2. Participación
Social
La participación social es el proceso que permite
involucrar a la población, a las autoridades locales,
a la instituciones públicas y a los sectores social y
privado en la:
Planeación,
Programación,
Ejecución y
Evaluación
de los programas y acciones de salud, con el
propósito de lograr un mayor impacto y fortalecer los
resultados
NOM-028-SSA2 Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones.
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3. El abordaje de las adicciones requiere una visión integral, que
incluya la participación organizada e involucre a diversos
sectores de la comunidad
Promover la corresponsabilidad y la participación facilita la
apropiación de modelos y la transferencia tecnológica de las
estrategias diseminadas por las instituciones, así como cuidar y
fortalecer los servicios que de otra manera serían insuficientes
(cobertura universal)
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4. -
Instituciones
Públicas
Comunidad
Organizaciones de la
sociedad civil
Alinear programas
Destinar recursos
Compartir objetivos y estrategias
Corresponsabilidad
Cuidado y vigilancia de espacios
(denuncia ciudadana)
Ejecutar proyectos locales
Servir de vínculo entre la
comunidad y las instituciones
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6. La participación organizada de la comunidad permite:
Credibilidad, porque implica el compromiso y la
participación de la ciudadanía
Mayor impacto y cobertura de las acciones, pues ayuda
a llegar a más sectores de la comunidad
Diversidad en las acciones, por la amplia gama de
perfiles que pueden tener los liderazgos comunitarios
Cohesión y capital social, ya que mantiene los valores
de la propia comunidad
Promover la autogestión, a partir del ejercicio de los
derechos y las responsabilidades de cada miembro de una
comunidad
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Ventajas
7. Informar, sensibilizar y movilizar a la comunidad
Identificar las fortalezas
Intervenir en problemáticas que sólo pueden ser resueltas
con una actuación proximal
Ser portavoz de grupos comunitarios en situación de
vulnerabilidad
Actuar siempre a favor de los intereses generales y del
bien de la comunidad
Impulsar acciones que favorecen la sensibilización y
educación de la comunidad en detección de riesgos
psicosociales
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Papel del Preventor
comunitario
8. Cómo fortalece a
las comunidades
Pone en marcha las acciones
que diseña cada comunidad,
es decir, son a su medida
(ellos conocen sus contextos,
espacios y factores de riesgo)
Fortalece el capital comunitario,
haciendo énfasis en las
fortalezas y la identidad
Promueve comunidades más
seguras, cohesionadas e
inclusivas, a través de la
convivencia y cercanía de sus
miembros
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9. Requiere de:
Procesos de sensibilización
Identificación de problemáticas
Organización y formulación de planes
Realización de intervenciones y acciones específicas
La evaluación de los resultados
7
La participación organizada de las
personas no se genera por sí sola
Las comunidades transforman sus condiciones cuando
adquieren con procesos participativos, la capacidad de definir
sus problemas, necesidades y soluciones
10. Oportunidades
En 2015 para fortalecer el trabajo de las organizaciones de la
sociedad civil, el IAPA establece:
Programa de ayuda para fortalecer a organizaciones de
la sociedad civil que promueven acciones productivas y
artísticas/culturales con personas en situación de
vulnerabilidad social (PAFOSC)
Programa de ayuda para preventores comunitarios en
adicciones que forman parte de organizaciones de la
sociedad civil en el Distrito Federal (Preventores IAPA)
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12. Las estrategias de participación comunitaria dan a la
población la oportunidad de ser protagonistas de su
tiempo
Promueven el ejercicio de la ciudadanía y el
empoderamiento comunitario
Los preventores comunitarios
como parte de una sociedad organizada, son capaces de:
Generar ambientes activos y saludables
Favorecer el desarrollo de competencias socio-afectivas
en su propio contexto
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13. Ley General para el Control del Tabaco, Congreso de la
Unión 26/02/08 DOF 30/05/08 Reglamento 31/05/09
En vigor 30/06/09
Ley de Protección a la Salud de los NO fumadores del DF
26/02/08 GODF 04/03/08 Reglamento 04/04/08 . En
vigor 05/04/08
El Distrito Federal fue la primera Entidad Federativa en
declarar los espacios públicos cerrados 100% libres de
humo de tabaco
LGCT hacía obligatorios espacios exclusivamente para
fumar; Federación demandó al GDF, perdió ante la
Suprema Corte: tratándose de derechos las Entidades
pueden ir más allá. En reforma de la LGCT de 2010 los
espacios para fumar se hicieron voluntarios
Leyes de Protección
contra el tabaquismo
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14. Los espacios 100% libres de humo de tabaco, son una
medida éticamente necesaria para proteger la salud de los
efectos causados por la inhalación involuntaria de humo ajeno,
de quienes han decidido NO fumar y de quienes fuman, cuando
no están fumando y para ayudarlos a decidirse a dejar de fumar
(Artículo 4° CPEUM)
Principales Avances:
Espacios 100% libres
de humo de Tabaco
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15. • 93% opina que fumar es perjudicial para la salud y tiene
que haber medidas para reducir su consumo
• 91% cree que la exposición al humo del tabaco es
peligrosa o muy peligrosa para los NO fumadores
• 90% expresa su acuerdo con el derecho a trabajar en
ambientes libres de humo de tabaco
• 81% considera que las personas que fuman NO tienen
derecho a fumar en cualquier espacio
• 80% de la población apoya iniciativas que prohíban fumar
en todos los lugares de trabajo y espacios públicos
cerrados, así como en el transporte público
Encuesta de Opinión Pública sobre Espacios Libres de Humo en el DF,
IAPA / CMCT 2012
Espacios 100% libres
de humo de Tabaco
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16. Participación social
ante el consumo de tabaco
Las políticas para el control del tabaco en México se generan a
partir de un esfuerzo conjunto entre los trabajadores de la
salud pública y los actores sociales relevantes en el control
del tabaco, consolidándose con la firma del Convenio Marco de
para el control de Tabaco (CMCT/OMS)
Los primeros resultados se evidenciaron con la creación de:
La Oficina Nacional para el Control de Tabaco
La Ley General para el Control de Tabaco
La firma del Acuerdo Secretarial de Pictogramas y
Advertencias Sanitarias
El incremento de los impuestos a los productos de tabaco
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17. Particularmente en la CDMX, con:
Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en el
Distrito Federal
Ley para el Funcionamiento de Establecimientos
Mercantiles
Espacios 100% libres de humo
La vigencia y respeto de estas leyes depende en gran medida
del compromiso de la sociedad para proteger y hacer valer su
derecho a la salud
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18. Construcción de ciudadanía, cumplimiento de la
legalidad, mayor protección y mejor seguridad pública
Evitar el consumo ilícito de tabaco en edificios públicos,
recintos educativos, instalaciones escolares y sus
alrededores
Denunciar la venta y el suministro de a menores de
edad, especialmente en los entornos de escuelas de
educación básica y de media superior (300 metros a la
redonda)
Alternativas
de participación
Es en comunidad donde se da el inicio y el
refuerzo del consumo de sustancias,
así como su abstención o reducción
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19. iapa.df.gob.mx
Av. Río Mixcoac núm. 234 • Col. Acacias, Del. Benito Juárez, C.P. 03240 • Ciudad de México, Distrito Federal • Tel. 4631 3035 ext 1002
Muchas gracias por su atención,
estoy a sus órdenes
rcamachos@df.gob.mx