2. “Son deberes de los empleadores
y empleadoras, adoptar las
medidas necesarias para
garantizar a los trabajadores y
trabajadoras condiciones de salud,
higiene, seguridad y bienestar en
el trabajo, así como programas de
recreación, utilización del tiempo
libre, descanso y turismo social e
infraestructura para su
desarrollo…”
LOPCYMAT, Artículo 56:
3. Reglamento parcial de la LOPCYMAT, Artículo 20:
• Estructura organizacional de los
empleadores que tiene como
objetivo la promoción,
prevención y vigilancia en
materia de seguridad y salud,
condiciones y medio ambiente
de trabajo para proteger los
derechos humanos a la vida,
salud e integridad personal.
5. • Elemento importante en la
promoción del trabajo
seguro y saludable.
• Orientación principalmente
preventiva.
• Participación activa de
Delegados de Prevención y
trabajadores.
Anteproyecto de Norma Técnica:
6. 1. Asegurar la protección de los trabajadores contra toda
condición insegura.
2. Promover y mantener el bienestar físico, mental y social.
3. Identificar, evaluar y proponer correctivos.
4. Asesorar en materia de seguridad y salud en el trabajo.
5. Vigilar la salud de los trabajadores.
6. Suministrar oportunamente a los trabajadores los informes,
exámenes, análisis clínicos y paraclínicos, practicados por
ellos.
Artículo 40 LOPCYMAT
7. 7. Asegurar el cumplimiento de las vacaciones y el descanso.
8. Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia
Epidemiológica.
9. Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia de la
utilización del tiempo libre.
10. Reportar los accidentes de trabajo y las enfermedades
ocupacionales.
11. Desarrollar programas de promoción de la seguridad y salud
en el trabajo.
Artículo 40 LOPCYMAT
8. 12. Promover planes para la construcción, dotación,
mantenimiento y protección de infraestructura destinadas a
los programas de recreación, utilización del tiempo libre,
descanso y turismo social.
13. Organizar los sistemas de atención de primeros auxilios.
14. Investigar los accidentes de trabajo y las enfermedades
ocupacionales.
15. Evaluar y conocer las condiciones de las nuevas instalaciones
antes de dar inicio a su funcionamiento.
Artículo 40 LOPCYMAT
9. 16. Elaborar la propuesta de Programa de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
17. Aprobar los proyectos de nuevos medios y puestos de trabajo
o la remodelación de los mismos.
18. Participar en la elaboración de los planes y actividades de
formación.
19. Las demás que señalen la Ley, su reglamento y normas té
nicas.
Artículo 40 LOPCYMAT
10. La empresa debe adoptar un Servicio de Seguridad y Salud en el
Trabajo de carácter propio:
• 1. Cuando la empresa cuente con más de 250 trabajadores
• 2. Cuando la empresa cuente con 50 o más empleados y
desarrollen alguna de las actividades económicas indicadas en
las normas técnicas que se dicten al respecto (actualmente se
encuentra en discusión el Anteproyecto de Norma Técnica
Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo Propios.)
Reglamento parcial LOPCYMAT, Artículo 40:
11. • El Anteproyecto de Norma Técnica
de Servicios de Seguridad y Salud
en el Trabajo Propios especifica
que este tipo de servicios deben
estar ubicados exactamente dentro
del centro de trabajo.
• Reglamento parcial LOPCYMAT, Artículo 25:
Los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo deberán
estar ubicados en el centro de trabajo, establecimiento o
unidad de explotación o en su proximidad
12. • Reglamento parcial LOPCYMAT,
Artículo 26:
Los Servicios de Seguridad y Salud
en el Trabajo son gratuitos para los
trabajadores. En consecuencia, no
implicarán costo alguno para ellos o
ellas. Así mismo, los exámenes de
salud en el trabajo que deban
realizarse serán gratuitos.
13. • Reglamento parcial LOPCYMAT,
Artículo 26:
Los trabajadores tienen derecho a
obtener de los Servicios de
Seguridad y Salud en el Trabajo
toda la información sobre su
salud, que se encuentre a
disposición del patrono y
especialmente, la relativa a los
exámenes de salud que les sean
realizados.
14. • Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo (LOPCYMAT), Gaceta Oficial
N° 38.236 del 26 de julio de 2005.
• Reglamento parcial LOPCYMAT,
Gaceta Oficial N° 38.596
Extraordinario de fecha 03 de enero
de 2007.
• Anteproyecto de Norma Técnica de
Servicios de Seguridad y Salud en el
Trabajo Propios. 2009.