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Rectoria del Estado en Banca y Crédito
1. UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
RECTORÍA DEL
ESTADO EN
BANCA Y
CRÉDITO
FLCJ – Escuela Académico Profesional de Derecho y Ciencias. Políticas 1
2. UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
INTRODUCCIÓN
Banca y Crédito son dos instituciones íntimamente ligadas al Derecho
Económico Peruano. El Derecho y la Economía van de la mano, cada
uno con su especificidad correspondiente; el Derecho legaliza las
decisiones económicas-sociales, pero también debería sancionar un
orden económico más justo para todos; asegurando y proporcionando
educación, trabajo y certidumbre en la propiedad.
En la década de los noventa el desempeño económico del Perú no se
ha mostrado ajeno a los vaivenes de la economía mundial. Si bien la
economía peruana se mantuvo al margen de la crisis mexicana y la
crisis asiática no se puede decir lo mismo respecto a la crisis rusa de
agosto de 1998 y la posterior crisis brasileña en enero de 1999.
En este sentido, las crisis internacionales de 1995 y 1997
representaron básicamente aumentos en la volatilidad del tipo de
cambio y caídas en las bolsas de valores mientras que la crisis de 1998
significó además una considerable disminución en el flujo de capitales
a las denominadas economías emergentes.
En este orden de ideas, es que entendemos, que la economía peruana
se rige en torno a ciertos límites normativos, establecidos en nuestra
legislación; la principal ley en nuestro ordenamiento jurídico es la
Constitución, la cual ampara e impulsa la economía peruana. Sin
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embargo; cabe la interrogante: ¿Esta protección aborda a todos los
sujetos participantes en las relaciones que derivan de la Banca y el
Crédito? y es que éste es un campo inmenso.
Es por ello que tenemos a bien presentar esta tarea académica que en
líneas abajo, abarca el tema anteriormente descrito. Sin más que
agregar, ponemos a disposición el presente para los fines que se
estime conveniente
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NOCIONES BÁSICAS: BANCA Y CRÉDITO
I. RECTORÍA DEL ESTADO.-
El termino rectoría significa orientar y conducir una cosa o situación ,
por lo que la “Rectoría del Desarrollo Nacional” sería la atribución que
tiene el Estado, en cuanto hace a la conducción de todo lo relativo al
desarrollo nacional, en donde la economía desempeña un papel
preponderante. La Rectoría Económica del Estado es el ejercicio de la
responsabilidad gubernamental en el ámbito económico. El Estado
promueve, induce y orienta la acción hacia los objetivos del desarrollo,
lo que hace mediante instrumentos y políticas como la acción tributaria,
el gasto público, la arancelaria.
La función rectora del Estado tiene un doble enfoque: Uno que
considera los elementos e instrumentos teóricos de análisis de la
función del Estado en el proceso económico y otro que pondere esa
función, describa y analice los diversos instrumentos y mecanismos de
los que se vale para la consecución de sus fines. Ambos se
complementan y a través de ellos el Estado realiza una acción que
conduzca de manera consciente y racional el crecimiento y desarrollo
de los recursos nacionales, armonizando los complejos intereses de los
diversos sujetos económicos que forman la sociedad, a través de lo
que se conoce como planeación.
II. RECTORÍA ECONÓMICA DEL ESTADO.-
Es la facultad y capacidad del Estado para dirigir la actividad de los
agentes económicos al logro de los objetivos y metas del Desarrollo.
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El proceso rector consiste en lograr la confluencia de las actividades a
través de la concertación e inducción de los sectores social y privado,
utilizando los instrumentos de Política Económica que van desde el
otorgamiento de apoyos y Subsidios hasta la participación directa en la
producción mediante las empresas paraestatales.
III. LA BANCA.-
La Banca es una actividad financiera consistente en la captación de
dinero (compra de dinero), en forma de depósito irregular a un cierto
tipo de interés, para invertirlo en la concesión de préstamos, crédito,
descuento de efectos, compra de valores mobiliarios, etc. (venta de
dinero) a un tipo de interés superior.
1) Sistema bancario.-
El sistema bancario de un país es el conjunto de instituciones y
organizaciones públicas y privadas que se dedican al ejercicio de la
banca y todas las funciones que son inherentes.
Conjunto de instituciones que permiten el desarrollo de todas
aquellas transacciones entre personas, empresas y organizaciones
que impliquen el uso de dinero.
Dentro del sistema bancario podemos distinguir entre banca pública
y banca privada que, a su vez, puede ser comercial, industrial o de
negocios y mixta.
La banca privada comercial se ocupa sobre todo de facilitar créditos
a individuos privados.
La industrial o de negocios invierte sus activos en empresas
industriales, adquiriéndolas y dirigiéndolas.
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La banca privada mixta combina ambos tipos de actividades.
Los bancos son instituciones públicas o privadas que realizan actos
de intermediación profesional entre los dueños de dinero y capital y
los usuarios de dicho dinero y capital. Es decir, los bancos actúan
en el mercado de dinero y capitales.
Algunas de las funciones de los bancos son:
Recibir depósitos en dinero del público en general.
Otorgar créditos a corto y largo plazo.
Manejar cuentas de cheques, de ahorro, de tarjetas de crédito (y
lo relacionado con ellas) etc.
Recibir depósitos de los siguientes documentos: certificados
financieros, certificados de depósito bancario, etc.
En el funcionamiento los clientes depositan su dinero en las
instituciones bancarias y adquieren un derecho a pedir al banco
cierto tipo de cuenta (cheques, a corto plazo, a largo plazo, tarjeta
de crédito etc.). El banco por su parte adquiere una obligación con
los depositantes, pero también el derecho de utilizar esos de
depósitos en la forma que más conveniente.
2) Instituciones Financieras.-
En un sistema bancario existen diferentes tipos de bancos que
tratan de cubrir todas las necesidades financieras de la economía
de un país.
Según el sector social:
Bancos públicos: Son organismos creados por el gobierno
federal con el objetivo de atender las necesidades de crédito de
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algunas actividades que se consideren básicas para el
desarrollo de la economía de un país.
Bancos privados: Son también llamados bancos comerciales y
son instituciones cuya principal función es la intermediación
habitual que efectúan en forma masiva y profesional el uso del
crédito y en actividades de banca.
Bancos Mixtos: Actúan como bancos comerciales en la
intermediación profesional del uso del crédito y actividades
ligadas al ejercicio de la banca.
Bancos de Ahorro: Son aquellas instituciones cuya función
principal es recibir depósitos de ahorro del público.
Bancos de depósito: Son aquellas instituciones cuya función
principal es la de recibir del público en general depósitos
bancarios de dinero retirables a la vista mediante la expedición
de cheques a su cargo.
Bancos Financieros: También conocidos como bancos de
inversión, son los que tienen la finalidad principal de atender
necesidades de financiamiento a largo plazo del sector
productivo de la economía.
Bancos de capitalización: Instituciones cuya función principal
es la colocación de capitales mediante contratos que celebra
con el público por medio de títulos públicos de capitalización.
IV. EL CRÉDITO.-
Según unos, crédito es la transformación de los capitales fijos en
circulantes. Esta idea es estrecha, por excluir la riqueza mobiliaria, y
significa sólo que la ciencia del crédito radica en movilizar los valores.
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Según otros, crédito es la anticipación de valores mediante la
seguridad del reembolso. Esta noción es empírica, por lo extremada, y
sólo tiene exactitud cuando se refiere a los préstamos pecuniarios.
El crédito influye poderosamente en la producción de la riqueza, pues
las personas que gozan de él obtienen capitales al fiado, sin necesidad
de entregar en el acto valores equivalentes, y de este modo pueden
disponer de los bienes ajenos cuyos dueños no quieren o no pueden
emplearlos por sí mismos ; da colocación a las pequeñas sumas
procedentes del ahorro ; evita los inconvenientes del transporte de
numerario ; simplifica las operaciones del cambio y, en suma, allega
medios para el trabajo; pero todas estas facilidades y ventajas se
traducen en inconvenientes y perjuicios cuando del crédito se abusa,
porque se siembra la desconfianza y se recogen desastres.
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RECTORÍA DEL ESTADO EN BANCA Y CRÉDITO
I. ASPECTOS GENERALES.-
En una economía mixta como la de nuestro país, junto a la rectoría e
intervención estatal encontramos cuatro tipos de mercados: a) real, b)
monetario, c) de trabajo, y d) mercado externo
El mercado real de bienes y servicios se alcanza cuando se igualan
oferta y demanda, es decir, cuando la inversión privada más el gasto
público equivalen en volumen al ahorro más la inversión.
El mercado monetario. Su equilibrio se da cuando se igualan oferta y
demanda de dinero. Ahora bien, la oferta de dinero depende del
volumen de los pasivos del Banco Central, de la diferencia entre el tipo
de interés bancario y el de descuento, de los coeficientes de caja,
liquidez y de las reservas internacionales con que cuente el Banco en
cuestión.
El mercado de trabajo integra la demanda global interna de una
sistema económico, la cual repercute en precios y salarias.
El mercado externo registra en las balanzas comerciales un equilibro
(importaciones y exportaciones), y en las balanzas de pagos que
registran en forma sistemática todas las transacciones económicas
entre los residentes de un país y los residentes del extranjero en un
año calendario.
Es así, que la política económica debe actuar sobre estos cuatro
mercados utilizando diversos instrumentos (fiscales, presupuestarios,
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monetarios, etc), de los cuales el manejo monetario es esencial y
definitivo.
Así también cabe mencionar que la moneda es el ente mediante el cual
los valores económicos asumen validez abstracta, general y que son
unificados y medidos. Es un fenómeno social en el sentido que
representa un medio de intercambio para permitir el funcionamiento y
desarrollo de cualquier sistema económico. Las formas que asume la
moneda en la actualidad son dos: 1) Moneda primaria (oro y papel
moneda), y 2) moneda secundaria que puede ser la crediticia-bancaria
y la propia deuda pública como capital financiero cuyo deudor es el
propio Estado
II. EL SISTEMA BANCARIO PERUANO.-
La liberalización y las reformas financieras en el Perú, formaron parte
de un programa de estabilización y reformas estructurales
implementadas a partir de agosto de 1990. Las reformas anteriormente
mencionadas se dieron luego de un periodo de represión financiera y
crisis del sistema financiero que llevó a la desintermediación del
sistema bancario y a la pérdida de acceso al sistema financiero
internacional.
En los últimos años nos encontramos en una etapa de reactivación
fortalecimiento, ya que los sistemas financieros, de seguros y privado
de pensiones del Perú se han ido fortaleciendo y consolidando
significativamente, ubicándose hoy entre los más sólidos y con mejores
perspectivas de crecimiento en América Latina. Los esfuerzos
realizados por las empresas de estos sistemas, en cuanto a
capitalización y mejora en la administración de riesgos, sumado a
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importantes cambios ejecutados por la Superintendencia de Banca y
Seguros (SBS), en materia de regulación y supervisión, han hecho
posible esta favorable evolución, que imprime en la economía peruana
las condiciones idóneas para el desarrollo de negocios y la inversión en
el largo plazo.
La composición del sistema financiero así como su evolución reciente y
principales indicadores, reflejan su solvencia, niveles de cobertura de
riesgos superiores a los estándares internacionales y niveles de
rentabilidad que se viene recuperando paulatinamente, gracias a los
cuales el Perú se configura como un escenario atractivo a la
participación de bancos internacionales de primer nivel.
III. TRATAMIENTO CONSTITUCIONAL.-
La actividad de la Banca se remonta a épocas antiquísimas, siendo en
la actualidad un sistema complejo que moviliza grandes recursos
obtenidos de muy distintas fuentes para hacer posible el
financiamiento, fomento y desarrollo de entidades públicas y privadas,
sin que escape a su radio de acción la intervención en operaciones
internacionales, cada vez más sofisticadas.
La Banca cubre hoy cualquier punto de la amplia esfera económica de
los pueblos, siendo en muchos casos la fuerza motriz que las empuja y
expande.
1) Sistema monetario.-
Respecto a ello, el artículo 83º de nuestra Constitución política señala
“La ley determina el sistema monetario de la República. La emisión de
billetes y monedas es facultad exclusiva del Estado. La ejerce por
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intermedio del Banco Central de Reserva del Perú”. De dicho precepto
legal, se desprende que en la actualidad la macroeconomía exige de
instrumentos de control de la emisión de la moneda, que sea
centralizada a favor del Estado para así posibilitar la estabilidad
económica y financiera, teniendo en cuenta que el proceso de inflación
puede producirse por un exceso de circulante, precisamente por ello la
emisión debe ser a través de las solicitudes y control permanente.
La entidad encargada exclusivamente de la emisión es el Banco
Central de Reserva del Perú.
Es así que todavía se considera signo de soberanía el que un Estado
emita sus billetes y monedas. Se estima el único monopolio tolerado.
Lo cierto es que la gran mayoría de estados se reserva esta atribución
aunque, hay movimientos nacionales que se inclinan por dejar de lado
esta facultad, a pesar que este abandono pueda representar pérdidas
considerables, porque el 'señoriaje' es la reserva de facultad que hace
el Estado para emitir sus billetes y monedas, fijándole un valor
determinado, al que hemos llamado extrínseco. Sin embargo, el costo
de la emisión es infinitamente menor por billete que el valor legal que
representa (.. .). Se dice que el Estado fomenta y garantiza el ahorro.
La pregunta que se nos ocurre es, ¿cómo? Una forma sería evitar la
inflación o controlarla. Si hay una inflación anual acumulada del quince
por ciento y el interés que abona el banco es de diez por ciento en
soles, hay evidentemente una gran pérdida para el ahorrista. ¿Podría
hablarse que existe garantía? Hemos condenado a la inflación por la
injusticia que representa, ¿pero no es también una injusticia que el
ahorrista que confía en el sistema, pierda en sus depósitos
beneficiando al banco o a terceros? ¿Qué garantía debe ofrecer el
estado para garantizar el ahorro?
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La modalidad que se viene aplicando en los últimos años para cumplir
con el mandato constitucional es el de establecer un fondo de garantía,
renovables cada cierto tiempo y que en la actualidad asciende a la
suma de sesenta y ocho mil ciento setenta y cuatro nuevos soles (S/.
68,174). Se le denomina Fondo de Seguro de Depósito de Ahorro y se
reajusta trimestralmente de acuerdo al Índice de Precios al por Mayor,
que fija el INEI.
El problema radica en que ese monto no garantiza el cien por ciento de
lo que se ahorra.
2) Fomento y garantía al ahorro.-
Nuestra Carta magna, señala también en su artículo 87º que “El Estado
fomenta y garantiza el ahorro. La ley establece las obligaciones y los
límites de las empresas que reciben ahorros del público, así como el
modo y los alcances de dicha garantía.
La Superintendencia de Banca y Seguros ejerce el control de las
empresas bancarias y de seguros, de las demás que reciben depósitos
del público y de aquellas otras que, por realizar operaciones conexas o
similares, determine la ley.
La ley establece la organización y la autonomía funcional de la
Superintendencia de Banca y Seguros.
El Poder Ejecutivo designa al Superintendente de Banca y Seguros por
el plazo correspondiente a su período constitucional. El Congreso lo
ratifica.
En razón a esta disposición podemos entender que los Bancos son
instituciones importantes y básicas dentro del sistema económico del
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país, ya que estos captan los ahorros de la población e instituciones,
las mismas que son canalizadas hacia actividades productivas.
El estado asume la obligación de garantizar el ahorro. De allí, que
cuando un Banco quiebre, el Estado asume las obligaciones de dicho
Banco hacia los ahorristas. Por ejemplo en el caso de CLAE, no fueron
ahorros, sino inversiones del público, las mismas que están sujetas a
riesgos y el Estado no pudo garantizar a los inversionistas de CLAE, la
recuperación total de sus ahorros.
El estado promueve el ahorro interno, como palanca financiera del
desarrollo. La Constitución establece que el Estado promueve y
garantiza el ahorro de los ciudadanos, permitiendo un equilibrio de
intereses entre las entidades financieras y los usuarios, señalando
topes mínimos y máximos en la tasa de interés, garantizando el Estado
de esta manera la devolución del dinero ahorrado en caso de quiebra.
Un papel importante, recae en el Superintendente de Banca y Seguro,
ya que su función es ejercer un control sobre las empresas financieras
expidiendo normas sobre su funcionamiento (Estatutos), organización,
dejando un margen de autonomía a las Empresas privadas.
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BANCO CENTRAL DEL PERÚ
La banca central de un país es la base de todo sistema bancario de
esa nación; es la encargada de aplicar las medidas de la política
monetaria y crediticia necesarias para el buen funcionamiento de la
economía nacional.
El Banco de Reserva del Perú fue creado el 9 de marzo de 1922, e
inició sus actividades el 4 de abril de ese mismo año. Posteriormente el
28 de abril de 1931, fue transformado en Banco Central de Reserva
del Perú (BCRP), tomando en cuenta las recomendaciones de la
Misión del profesor Kemmerer, quien señaló que la principal función del
Banco debía ser mantener el valor de la moneda.
I. DEFINICIÓN.-
El Banco Central de Reserva del Perú, conforme lo señala nuestra
constitución, es persona jurídica de derecho público y posee autonomía
dentro del marco de su Ley Orgánica.
La estabilidad monetaria es el principal aporte que el Banco Central
puede hacer a la economía del país, pues al controlarse la inflación se
reduce la incertidumbre y se genera confianza en el valor presente y
futuro de la moneda, elemento imprescindible para estimular el ahorro,
atraer inversiones productivas y así promover un crecimiento sostenido
de la economía.
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II. FUNCIONES.-
En la Constitución se indica que la finalidad del Banco Central de
Reserva del Perú es preservar la estabilidad monetaria. El Banco
Central anuncia una meta de inflación de 2,0 por ciento, con un margen
de tolerancia de un punto porcentual hacia arriba y hacia abajo. Las
acciones del BCRP están orientadas a alcanzar dicha meta. Además
de establecer el objetivo del Banco Central, la Constitución también le
asigna las siguientes funciones:
a) Regular la moneda y el crédito del sistema financiero
b) Administrar las reservas internacionales a su cargo
c) Emitir billetes y monedas
d) Informar periódicamente al país sobre las finanzas nacionales
e) Administrar la rentabilidad de los fondos.
III. PRINCIPALES OBJETIVOS.-
a) Mantener la tasa de inflación anual en 2 por ciento con un
margen de un punto para arriba y para abajo.
b) Fortalecer el uso del Nuevo Sol.
c) Expandir el uso de los pagos electrónicos.
d) Contribuir con propuestas para fomentar el crecimiento
sostenido de la economía, la estabilidad financiera y el
desarrollo del mercado de capitales.
e) Administrar eficientemente las reservas internacionales.
f) Consolidar la institucionalidad del BCRP a fin de lograr la
identificación de la sociedad con el Banco y su misión.
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g) Contar con procesos internos modernos, sustentados en
desarrollos tecnológicos de avanzada, en los que prime la
gestión integral de riesgos y la eficiencia.
h) Promover una organización y cultura de excelencia basada en la
orientación al usuario, la innovación, mejora continua de
procesos, transparencia, cooperación y cumplimiento de metas.
i) Mejorar la gestión del talento humano. Dando así confianza y
seguridad de ahorros y fondos
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SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS
I. DEFINICIÓN.-
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP es el organismo
encargado de la regulación y supervisión de los Sistemas Financiero,
de Seguros y del Sistema Privado de Pensiones, así como de prevenir
y detectar el lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Su
objetivo primordial es preservar los intereses de los depositantes, de
los asegurados y de los afiliados al SPP.
II. SU ROL SUPERVISOR.-
La SBS busca poner en práctica una supervisión especializada, integral
y discrecional.
Una supervisión especializada significa que la SBS pretende
implementar un enfoque de supervisión por tipo de riesgo. Ello implica
contar con personal especializado en la evaluación de los diversos
tipos de riesgo, tales como riesgo crediticio, de mercado, de liquidez,
operacional y legal. Asimismo, la SBS se orienta hacia una supervisión
integral que genere una apreciación sobre la administración de los
riesgos por parte de las empresas supervisadas. Finalmente, una
supervisión discrecional se refiere a que el contenido, alcance y
frecuencia de la supervisión debe estar en función del diagnóstico de
los riesgos que enfrenta cada empresa supervisada.
La estrategia de supervisión de la SBS se desarrolla en dos frentes. El
primero consiste en la supervisión que ejerce directamente sobre las
empresas y el segundo se basa en participación de los colaboradores
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externos, tales como los auditores, las empresas clasificadoras de
riesgo, supervisores locales y de otros países.
Con relación a la supervisión directa, ésta se desarrolla bajo dos
modalidades: la supervisión extra-situ y la supervisión in-situ. La
primera consiste en analizar en forma permanente la información
brindada por las empresas supervisadas e identificar los temas que
sean de preocupación y que merezcan un examen más profundo. La
segunda se ocupa de verificar en la propia empresa supervisada los
aspectos identificados previamente en la labor de análisis extra-situ.
Respecto de la colaboración de agentes externos, desde su propia
perspectiva estas entidades ejercen un cierto tipo de monitoreo de las
empresas que se encuentran dentro del ámbito de la Superintendencia.
La estrategia de la SBS es buscar que su participación sea permanente
y consistente con la regulación. En el caso de los auditores y
clasificadoras de riesgo se busca que, adicionalmente a las labores que
realicen estos agentes, se pronuncien sobre la calidad de la
administración de riesgos de las empresas. En el caso de los
supervisores locales y de otros países, la estrategia se basa en
propiciar la cooperación y el intercambio de información.
III. IMPORTANCIA.-
La actual administración de la SBS emprendió una serie de acciones
orientadas a lograr la mayor eficiencia y efectividad de los sistemas
supervisados, para promover su estabilidad y proteger los intereses del
público usuario. En este marco, destacan la implementación de un
esquema de supervisión preventiva, capaz de anticipar los problemas
que pudieran surgir en los mercados financieros; la creación de una
gerencia de riesgos que permitió una supervisión más especializada de
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20. UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
los riesgos de crédito, mercado y operación; y la iniciativa de ampliar la
difusión sobre los precios y principales operaciones de los sistemas
financiero, de seguro y privado de pensiones que generó una mayor
competencia en éstos.
Cabe resaltar en éste ámbito, la creación, al interior de la SBS, de una
intendencia general de microfinanzas, que hace posible que en el Perú
se maneje uno de los mejores esquemas de supervisión de éstas
entidades en la región latinoamericana.
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ANÁLISIS
Entendemos que la Rectoría del Estado en el ámbito económico, es
donde el Estado es el ejerce una responsabilidad gubernamental en el
ámbito económico, es decir el Estado promueve, induce y orienta la
acción hacia los objetivos del desarrollo, lo que hace mediante
instrumentos y políticas como la acción tributaria, el gasto público, y la
actividad arancelaria. De igual manera conocemos 2 enfoques de la
rectoría del Estado, uno teórico y el otro práctico. Ahora bien
analizando la Rectoría del Estado en la Banca y el Crédito, es propicio
saber los alcances y significado de la Banca, entendiendo que por
banca, también se llama al sistema bancario de un país, el cual es el
conjunto de instituciones y organizaciones públicas y privadas que
permiten el desarrollo de todas aquellas transacciones entre personas,
empresas y organizaciones que impliquen el uso de dinero, el cual
debe ser usado de manera responsable, y es allí donde entra a tallar el
Estado como ente regulador. Teniendo ahora bajo análisis el crédito, es
decir la manera que el Estado lo regula, tenemos que crédito es la
transformación de los capitales fijos en circulantes, siendo así el crédito
influye poderosamente en la producción de la riqueza, pues las
personas que gozan de él obtienen capitales al fiado, sin necesidad de
entregar en el acto valores equivalentes.
En el Perú tenemos el Banco Central de Reserva, como una clara
forma por el cual el Estado recta la banca y en crédito en nuestro país,
siendo así el BCR busca preservar la estabilidad monetaria, ya que la
inflación es perjudicial para el desarrollo económico porque impide que
la moneda cumpla adecuadamente sus funciones de medio de cambio,
de unidad de cuenta y de depósito de valor; aún mas, al desvalorizarse
la moneda con alzas generalizadas y continuas de los precios de los
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22. UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
bienes y servicios, se perjudica principalmente a aquellos segmentos
de la población con menores ingresos debido a que éstos no tienen un
fácil acceso a mecanismos de cobertura contra un proceso
inflacionario.
Asimismo tenemos a la Superintendencia de Banca y Seguros la cual
tiene como prerrogativa defender los intereses del público, cautelando
la solidez económica y financiera de las personas naturales y jurídicas
sujetas a su control, velando porque se cumplan las normas legales,
reglamentarias y estatutarias que las rigen; ejerciendo para ello el más
amplio control de todas sus operaciones y negocios y denunciando
penalmente la existencia de personas naturales y jurídicas que, sin la
debida autorización ejerzan las actividades señaladas en la presente
ley, procediendo a la clausura de sus locales, y, en su caso, solicitando
la disolución y liquidación del infractor.
De igual manera tenemos que la regulación en nuestra carta magna en
el Titulo III del Régimen Económico, en el Capitulo V, sobre la moneda
y la banca, en el cual confirmamos de manera fehaciente la
preocupación que tiene el Estado para regular y establecer pautas
claras para la regulación de la Banca y el Crédito en el Perú.
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CONCLUSIONES
El conocimiento de la aplicación de la economía en el entorno social
ha servido para ampliar el contexto en el que se desarrollan los
consumidores y productores, siempre y cuando éstos sean parte
individual de estudio.
La función rectora del Estado tiene un doble enfoque: Uno que
considera los elementos e instrumentos teóricos de análisis de la
función del Estado en el proceso económico y otro que pondere esa
función, describa y analice los diversos instrumentos y mecanismos
de los que se vale para la consecución de sus fines.
Banca es el conjunto de instituciones que permiten el desarrollo de
todas aquellas transacciones entre personas, empresas y
organizaciones que impliquen el uso de dinero.
El crédito consiste en la autorización a otra persona para que haga
uso de bienes o de dinero hasta cierto límite. Esta autorización
puede llevarse a cavo mediante préstamos, es decir, en contraer
una deuda o concederla.
El estado promueve el ahorro interno, como palanca financiera del
desarrollo.
El Banco Central tiene la capacidad de emitir la moneda, divisa, o
bonos que faciliten la economía del país o se requiera para el
adecuado uso de transacciones financieras.
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24. UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
Sin lugar a dudas, no es lo mismo referirnos a la banca comercial
peruana de inicios de los noventa con sus tradicionales operaciones
activas y pasivas que a la actual banca múltiple que ofrece a sus
clientes toda una gama de nuevos productos y servicios, luego de
la apertura de nuestra economía al mundo, de la desregulación
implementada, de las nuevas normas de control y supervisión
bancaria adoptadas, de la creación e implementación de nuevos
instrumentos financieros, de las características especiales con las
que operan algunos bancos con tecnología de punta, de los
cambios tecnológicos acelerados que posibilitan operaciones
financieras inmediatas, y del movimiento de capitales que traspasan
fronteras fácilmente.
Es necesario revisar la estructura del mercado bancario local,
cómo influyen estos cambios en la estructura del sistema bancario
local, así como en los flujos de financiamiento que se dirigen a la
actividad económica.
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25. UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
BIBLIOGRAFIA
COMENTARIOS A LA CONSTITUCIÓN – Raúl Chanamé Orbe/ 5ta
Edición- Jurista Editores. Lima 2009
DERECHO ECONÓMICO – Andrés Serra Rojas/ 3era Edición –
Editorial Porrúe S.A.. Mexico 1993
DERECHO Y ECONOMÍA – Alfredo Bullard González/ 2da Edición-
Palestra Editores. Lima 2006
Decreto Ley Nº 26123: Ley Orgánica del Banco Central de Reserva
del Perú.
Páginas consultadas:
o http://sisbib.unmsm.edu.pe/bibvirtual/tesis/human/acosta_i_v/
contenido.htm
o http://www.monografias.com/trabajos27/banca-peru/banca-
peru.shtml
o http://www.bcrp.gob.pe/
o http://www.buenastareas.com/ensayos/La-Rectoria-Del-
Estado/308197.html
o http://www.eumed.net/libros/2006a/ah-circ/1n.htm
FLCJ – Escuela Académico Profesional de Derecho y Ciencias. Políticas 25
26. UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
ÍNDICE
Rectoría del Estado en Banca y Crédito
INTRODUCCIÒN…………………………………………………… Pág. 02
I.- Nociones Básicas: Banca y Crédito
Rectoría del Estado………………………………………………. Pág. 04
Rectoría Económica del Estado……………………………….. Pág. 04
La Banca………………………………………………………….. Pág. 05
El crédito…………………………………………………………... Pág. 07
II.- Rectoría del Estado en Banca y Crédito
Aspectos Generales………………………………………... Pág.09
El Sistema Bancario Peruano…………………………….. Pág.10
Tratamiento Constitucional……………………………….. Pág. 11
III.- El Banco Central de Reserva del Perú
Definición………………………………………………….. Pág. 15
Funciones…………………………………………………. Pág. 16
Principales Objetivos……………………………………. Pág. 16
FLCJ – Escuela Académico Profesional de Derecho y Ciencias. Políticas 26
27. UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
IV.- Superintendencia de Banca y Seguros
Definición…………………………………………………. Pág. 18
Su rol supervisor………………………………………… Pág. 18
ANÁLISIS………………………………………………….. Pág. 21
CONCLUSIONES………………………………………….. Pág. 23
BIBLIOGRAFIA………………..……………………………. Pág.25
ÍNDICE……………………………………………………… Pág.26
FLCJ – Escuela Académico Profesional de Derecho y Ciencias. Políticas 27