El documento presenta el marco legal de la psicología educativa en Colombia, incluyendo la Ley 1620 de 2013 que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, y la Ley 1732 de 2014 que establece la Cátedra para la Paz. La Ley 1620 exige la creación de comités de convivencia a nivel nacional, municipal y escolar para abordar situaciones de conflicto, acoso y violencia. También presenta protocolos para tres tipos de situaciones y orienta a las instituciones educativas a trabajar con psicólogos. La
2. Ley 1620 de 2013
■ Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el
ejercicio de los Derechos Humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.
■ Ambito: Se aplicará en todos los establecimientos educativos
oficiales y no oficiales de educación preescolar, básica y media
del territorio nacional y demás instancias que conforman el
Sistema Nacional de Convivencia Escolar
3. Mediante el decreto es obligatoria la
creación de:
■ Comité Nacional de Convivencia Escolar;
■ Comités municipales, distritales y
departamentales de Convivencia Escolar y de
los Comités Escolares de Convivencia.
4. Comité
nacional
Secretaria
Técnica
ICFES
El Comité Nacional de Convivencia Escolar armonizará y articulará las políticas, estrategias y programas y
emitirá los lineamientos relacionados con la DECRETO NÚMERO Hoja N°. 5 Continuación del Decreto “Por
el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación
para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la
Sexualidad y la Prevención y Mitigación de laViolencia Escolar”
promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía, el
ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos, y la
prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la
adolescencia de los estudiantesde los niveles educativos de preescolar, básica y media.
5. Comités escolares
■ Representante de los docentes, el
presidente del consejo de padres de
familia y el representante de los
estudiantes
■ Quorum
■ Reuniones
■ Actas
■ Garantía de Derechos y aplicación de
Principios.
■ Acciones del Componente de
Promoción
■ Diseñar proyectos de formación para
derechos, sexualidad y
competencias ciudadanas
6. Que atiende
■ Conflictos/ inadecuadamente
■ Agresión escolar: física, verbal, gestual,
relacional, electrónica, acoso escolar,
ciberacoso, violencia escolar, violación de
derechos, restablecimiento de derechos.
7. Situaciones:
1. SituacionesTipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente
y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que
en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. 2. Situaciones
2. Tipo II.Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar
(bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión
de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se
presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud
sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
3. SituacionesTipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean
constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual,
8. Protocolo situación 1
■ Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera
pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los
daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima
de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.
■ 2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la
reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación
dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el
establecimiento educativo. Actuación de la cual se dejará constancia.
■ 3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue
efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del
presente Decreto.
9. ProtocoloTipo II
Garantizar la salud, prevenir agresiones, informar a padres o
acudientes, buscar acciones restaurativas, información en todos
los comités, documentar en acta.
ProtocoloTipo III
Igual al tipo II pero se avisa a las autoridades. Clínicas,
hospitales, defensor del pueblo, comisarias de familia.
El seguimiento es continuo.
10. Orientación educativa
■ Las entidades territoriales podrán adelantar las gestiones
necesarias y las alianzas estratégicas a través de convenios
interadministrativos con las instituciones de educación
superior, tendientes a lograr que estudiantes de último
semestre de las carreras de psicología, psiquiatría y
programas afines, realicen sus prácticas de orientación
escolar en los establecimientos educativos, de manera que
contribuyan a fortalecer la convivencia escolar, a prevenir y
mitigar la violencia escolar; y apoyen la formación para el
ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos,
y la educación para la sexualidad.
12. OBJETIVOS
La Cátedra de la Paz tendrá como objetivo crear y consolidar un espacio para el
aprendizaje, la reflexión y el diálogo sobre la cultura de la paz y el desarrollo sostenible
que contribuya al bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la
población.
El desarrollo de la Cátedra de la Paz se ceñirá a un pénsum académico flexible, el cual será
el punto de partida para que cada institución educativa lo adapte de acuerdo con las
circunstancias académicas y de tiempo, modo y lugar que sean pertinentes.
13. Principios fundamentales Catedra para la Paz.
Igualdad
Equivalencia de condiciones para todas las personas. El gobierno debe
garantizar igualdad de oportunidades.
Respeto de los
derechos
Derecho a la representación, educación, protección, participación y a
ser escuchado por los poderes públicos entre otros.
Participación
ciudadana
La carta del 91 incorpora la participación como un principio consagrado
en el artículo 78 y 103 la constitución de mecanismos democráticos y de
participación.
Justicia social Dar a cada cual lo que le corresponde
Buena economía para
todos
Búsqueda del equilibrio para el bienestar de todos.
Tomado de (Arenas, 2015).