Proponen la eliminación del Consejo de la Magistratura
R.a. no.180 comite electoral centro poblado balsapata(2)
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“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 180 -2012-MPM-A.
Ayaviri, 18 de Abril del 2012.
VISTOS:
El Oficio Nº 025-2012-MCPB-0, Opinión Legal Nº 38-2012-MPM-A-GAL, y demás actuados relacionados al
Reconocimiento del Comité Electoral del Centro Poblado de Balsapata, Distrito de Orurillo, Provincia Melgar, Departamento de
Puno, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Art. 194° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precepto constitucional con el que concuerda
el artículo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, radicando dicha autonomía en la facultad de
ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Oficio Nº025-2012-MCPB-0, el Sr. Alcalde del Centro Poblado de Balsapata, del Distrito de Orurillo,
Provincia de Melgar, solicita el Reconocimiento del Comité Electoral del mencionado centro poblado señalado líneas arriba,
adjuntado para cuyo efecto el Acta de Elección de los Miembros del Comité Electoral, realizado el día 22 de marzo del presente
año, para la elección de las nuevas autoridades del mencionado Centro Poblado;
Que, con la Opinión Legal Nº 38-2012-MPM-A-GAL, de fecha 11 de abril del 2012, de la Gerencia de Asesoría Legal se
indica que la Ley Nº 28440 Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros poblados, regula el proceso de
elección democrática de alcaldes y regidores de las municipalidades de centros poblados, de acuerdo a lo previsto en el artículo
132º de la Ley Nº 27972, que la Ley Nº 28440 prescribe en su artículo 3º que “La organización del proceso electoral está a cargo
de un Comité Electoral, que estará conformado por un número de cinco pobladores que domicilien dentro de la delimitación
territorial de la municipalidad del centro poblado, aspecto que de la revisión a los antecedentes y al padrón general del Centro
Poblado de Balsapata, se observa que los cinco miembros del Comité Electoral tienen fijado su domicilio en el mencionado
centro poblado, es mas se aprecia que los miembros propuesto han sido elegidos con la presencia del representante de la
Municipalidad Distrital de Orurillo, en consecuencia resulta procedente emitir la resolución de reconocimiento del Comité
Electoral en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 28440 Ley de Elecciones de autoridades de Municipalidades de Centros
Poblados para llevar adelante el Proceso de Elecciones Municipales en el Centro Poblado de Balsapata, Distrito de Orurillo, de la
Provincia de Melgar – Puno;
Que, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6, 20 de la norma acotada y con visacion de Gerencia
Municipal, Gerencia de Administración General, Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECONOCER a los miembros del Comité Electoral del Centro Poblado de Balsapata, del Distrito de
Orurillo, de la Provincia de Melgar, para llevar adelante el Proceso de Elección de las Nuevas Autoridades para el periodo 2012-
2015 integrado por las siguientes personas:
PRESIDENTE ANTONIO LUIS CONDORI CANAHUIRI D.N.I. Nº 02305264
SECRETARIO PEDRO PABLO YUPANQUI HANCCO D.N.I. Nº 45107738
TESORERO ERNESTO APAZA DIAZ D.N.I. Nº 29732642
PRENSA Y PROPAGANDA VICTORIA CORINA GUTIERREZ QUISPESAYHUA D.N.I.Nº 02263225
PRENSA Y PROPAGANDA NICANOR MUÑOZ TURPO D.N.I.Nº 02283619
Articulo Segundo.- ESTABLECER que el Comité Electoral, tiene vigencia para llevar a cabo el Proceso de Elección de las
nuevas autoridades del Centro Poblado de Balsapata, Distrito de Orurillo, Provincia de Melgar, cumplida esta fenece
automáticamente.
Artículo Tercero.- DISPONER que el Asesor Legal de la Municipalidad Provincial de Melgar, proceda a elaborar el
proyecto de Ordenanza Municipal para convocar al Proceso de Elecciones de las nuevas autoridades del Centro Poblado de
Balsapata, Distrito de Orurillo, Provincia de Melgar, teniendo en cuenta los plazos estipulados en la Ley Nº 28440- Ley de
Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados.
Artículo Cuarto.- NOTIFÍQUESE a los integrantes del Comité Electoral, para que asuman sus funciones de acuerdo a
Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
LHH/A
WCH/SG
C.C.
GAL
INT.
ARCH.