Distinción entre moral y derecho elaborado por:Verónica Guevara
Derecho y caracteristicas de normas equipo 2
1. Integrantes:
1AM1
• Díaz Flores Blanca
• Rojas Vidaurri Cesar
• Domínguez Trejo Brenda Julieta
• Sarmiento Cruz Jessica
• Jiménez Lara Humberto Luciano
• Serrano Jasso Francisco Joel
• Morales Jiménez Ismael
• Zúñiga Arroyo Víctor Daniel
2. 1.3 Concepto de derecho y Características de las normas jurídicas
Etimología de Derecho
La palabra derecho deriva
de la voz latina directum,
que significa "lo que está
conforme a la regla, a la
ley, a la norma", o como
expresa
3. 1.3 Concepto de derecho y Características de las normas jurídicas
Definición de Derecho
Derecho es el orden normativo e institucional de
la conducta humana en sociedad inspirado en postulados
de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales
existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y
momento dado.
En otras palabras, son
conductas dirigidas a la
observancia
de normas que regulan la
convivencia social y
permiten resolver los
conflictos intersubjetivos.
4. DERECHO OBJETIVO
Norma o conjunto de normas que
por una parte otorgan derechos o
facultades y por la otra,
correlativamente, establecen o
imponen obligaciones.
Conjunto de normas que regulan
la conducta de los hombres, con
el objeto de establecer un
ordenamiento
justo
de
convivencia humana.
5. DERECHO SUBJETIVO
• La facultad que tiene un sujeto para
ejecutar un acto con determinada
conducta o abstenerse de ella, o para
exigir de otro sujeto el cumplimiento
de su deber.
• Es una concesión de autoridad
otorgada por una norma jurídica una
persona o grupo en virtud de la cual
queda legitimada para desplegar una
determinada conducta sobre una o
más personas o cosas.
6. CLASIFICACIÓN DE DERECHO SUBJETIVO
1. Atendiendo a la conducta debida:
A la Conducta Propia: Hacer / Omitir (no hacer)
A la Conducta Ajena: Exigir una conducta positiva o negativa
2. Atendiendo a su efecto, se distingue entre:
Derecho Subjetivo Relativo: Se hacen valer ante otra persona o personas concretamente
identificadas.
Derecho Subjetivo Absoluto: Se hacen valer ante todas las personas que integran la sociedad.
3. Atendiendo a su régimen jurídico:
Públicos: conjunto de facultades que se hacen valer frente al Estado y representan una serie
de limitaciones que el Estado se impone a sí mismo.
Privados: Facultades que se ejercen en las relaciones de los particulares entre sí o con el
Estado, cuando éste no actúa en su carácter de ente soberano.
7. CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS
HETERÓNOMA.- Significa que las normas o reglas son creadas por un
sujeto distinto al destinatario de la norma y que además ésta le es
impuesta aun en contra de su voluntad.
AUTÓNOMA.- Porque nace o surge de acuerdo a la propia voluntad del
individuo, es decir, son normas que no se encuentran previamente
dictadas o creadas por algún sujeto distinto al individuo que debe
cumplir con la norma.
EXTERNA.- Es la manifestación de nuestra voluntad,
es decir, exteriorizamos nuestro proceder
mediante actos o acciones.
8. CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS
• 4. INTERNA.- Es cuando la norma regula los actos internos,
interiores de cada persona, no es necesario externarlos.
5. BILATERAL.- Porque frente al sujeto obligado estará otro que
tiene el derecho de exigir el cumplimiento de la obligación.
9. CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS
6. UNILATERAL.- Frente al sujeto obligado no va a
existir otra persona facultada para reclamarle la
obediencia de lo establecido por la norma.
7. COERCIBLE.- Significa que en caso de inobservancia
de la norma jurídica se puede hacer valer mediante la
fuerza pública, aún en contra de la voluntad del
sujeto.
8. INCOERCIBLE.- Porque no se nos puede obligar al
cumplimiento
forzado
de
la
norma.
10. CONCLUSIÓN
• La sociedad y la comunidad en sí necesita de un cuerpo de
normas o de reglas que los pueda regir y limitar en sus
actuaciones, sino de lo contrario sin normas todo va de
aquí para allá un mundo desordenado sin estructura
lógica. Todo tiene normas en la vida actual. Y es de gran
importancia en nuestra vida.
11. GLOSARIO
• FACULTAD: Capacidad
o aptitud natural, física o moral, que
tiene la persona para hacer cosas.
• CONCESION: Acción de
conceder o dar una cosa a una
persona quien tiene autoridad o poder para ello,
especialmente un favor o permiso.