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C.I. Extraordinario 19120-06-12                                                   112


      REUNIDOS:
      Por el Comité:
                                 En Madrid, a 19 de junio de 2012, en el Centro de Formación de
      CCOO:                      Carrefour, sito en San Sebastián de los Reyes, Madrid, se
      - María Alcaide,           reúnen los miembros del Comité Intercentros de Carrefour
      - Pilar Montes.            Hipermercados y la Dirección de la Empresa, según relación al
      FASGA:                     margen, en reunión extraordinaria convocada para continuar con
      - Alberto González.        la negociación en materia de Modificación de turnos y
      FETICO:
      - Miguel Amaya,            horarios, movilidad funcional y geográfica de los
      - Silvia Belda,            trabajadores de Carrefour Hipermercados, en aplicación del
      - Sara Cifuentes,          artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
      - Sergio Gómez,
      - lnmaculada Gudín,        Por la dirección se procede a iniciar la reunión continuando con
      - Llanos López,            la presentación de la situación concreta de dos nuevos centros
      - Miguel Ángel Marín,      de trabajo, sus necesidades de modificación de horarios por
      - Araceli Navarro.         falta o exceso de trabajadores en determinados momentos, así
      UGT:                       como los efectos que en dichos centros produce la aplicación de
      - Nieves Baeza,            las medidas planteadas, indicando para cada caso las medidas
      - Juan José Sánchez.
                                 concretas aplicadas y el número de trabajádores afectados por
      Por la empresa:            cada medida.
      - Juan Antonio Sánchez,
      - Isabel Poza,             Por otra parte, se procede a comentar por la direccih los
      - Elena Cardona.           cambios que respecto a las medidas planteadas puede adoptar,
                                 a la vista de los comentarios realizados hasta el momento por
                                 las distintas representaciones sindicales presentes en el comité
                                 intercentros, sin perjuicio de las propuestas concretas que se
      realicen posteriormente, teniendo en cuenta que toda la información presentada hasta el
      momento evidencia las necesidades generadas en la empresa y que las medidas concretas
      se han planteado buscando la menor afectación posible en cuanto al número de
      trabajadores y que dichas medidas no afecten ni al empleo de nuestra actual plantilla ni a
      su retribución.

      En especial, a requerimiento del comité, se aclara que, la cuestión planteada de necesidad
      de cambiar los criterios de establecimiento de los calendarios de vacaciones para que las
      mismas no tengan lugar en los momentos punta de trabajo, se refiere a los calendarios del
      próximo año, y siempre en cumplimiento de lo que disponga el convenio, siendo el motivo
      de dicho cambio en la determinación de los turnos la actual situación económica y
      organizativa presentada a este comité. En cuanto a los cambios que fueran necesarios en
      el presente ano se harán como en años anteriores contando con la voluntad y colaboración
      de los trabajadores.                                                                            A('
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       Por otra parte, en relación con el tema planteado por la reciente sentencia de la Audiencia
       Nacional y la interpretación que la misma realiza del artículo 32.10, y tras su lectura
Y      detallada y en profundidad, la dirección lamenta comunicar al comité intercentros I
       decisión de proceder a ampliar las modificaciones de condiciones planteadas en relació
       con la jornada y el descanso a la condición contenida en el penúltimo párrafo del artícul
       32.10 del convenio colectivo de grandes almacenes de aplicación, para los trabajadore
'4'    que prestan servicios menos de seis días, a efectos de mantener el actual sistema de
       distribución de los descansos establecida y evitar así tener que realizar otros cambios
    -: adicionales a los inicialmente planteados y que resultaría9 más perjudiciales para los
C.I. Extraordinario 19120-06-12                                                   212




                         trabajadores además de afectar a muchas más personas en los centros, por lo que
                         considera que es la manera más adecuada de disminuir las posibles consecuencias que un
                         cambio en la organización de este calibre podría suponer para los trabajadores. Las causas
                         son las mismas causas económicas y organizativas planteadas hasta el momento en este
                         proceso de modificación de condiciones, a las que se remite respecto a toda la información
                         presentada y comentada hasta el momento y la que se presente a lo largo del proceso,
                         señalando que este comité es el órgano competente para el planteamiento de esta
                         modificación en aplicación del artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores. La
                         inaplicación del precepto indicado no afectará a los trabajadores que prestan servicios
                         habitualmente seis días a la semana, por la mayor onerosidad de su régimen de trabajo y
                         descansos respecto al resto de trabajadores, y esta modificación se extendería hasta el
                         momento en que resulte de aplicación un nuevo convenio, recordando al comité que el
                         presente convenio finaliza su vigencia el 31 de diciembre del presente año 2012.

                         Una minoría del comité no está de acuerdo en que se plantee este tema por considerar que        
                         afecta sectorialmente y que debe analizarse en función de ello, ya que es un tema de
                         aplicación de una sentencia. El resto del comité mayoritariamente se considera
                         perfectamente capacitado, en aplicación del Estatuto de los Trabajadores para el
                         tratamiento y toma de decisión sobre las condiciones contenidas en el convenio aunque sea
                                                                                                                         '
                                                                                                                             y
                         sectorial por ser el Órgano capacitado para la negociación de un convenio con la empresa.           '!   ;
                                                                                                                 = L
                                                                                                                  +

                         Continuando la reunión el día 20 de junio, a las 10:30, se procede por la dirección a
                         presentar la información sobre situación de otros dos centros concretos, medidas a aplicar y
                         resultados en los mismos, así como la información concreta de personas que se verían
                         afectadas con la aplicación de las distintas medidas propuestas, y resolviéndose y
                         contestándose las distintas cuestiones y aclaraciones que se solicitan por el comité.

                         Tras el debate que se produce, y tras un receso, por parte del comité se manifiesta su
                         voluntad de hacer propuestas concretas más en profundidad por las distintas
                         representaciones sindicales, sin perjuicio de comentar que considera como temas básicos
                         que cualquier cambio no tenga carácter indefinido, que no se perjudique el actual sistema
                         de descanso que vienen disfrutando los trabajadores hasta el momento, así como contar,
                         antes de la aplicación de cualquier medida a un trabajador, con posibles voluntarios, así

    E-
                         como otras cuestiones, proponiendo se fije nueva reunión y el envío a la dirección de la
                         empresa de sus propuestas para que pueda analizarlas con anterioridad.                                   /
                         Se acuerda celebrar nueva reunión el día 27 de junio, reservándose también el día 29, y se
                         solicita por la dirección al comité que las propuestas, en lo posible, se remitan antes del f
                         próximo fin de semana para tener tiempo de estudiarlas.

                         Se recuerda a las partes que toda la información y documentación presentada está a             7
1
                         disposición del comité para su consulta y aclaraciones concretas de su contenido.
                                                                                                                        
                 *
                 ,   e   y, sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, de la que se levanta la
             '           presenta acta que se firma por las partes, en el lugar y fecha indicados en el
         /
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Acta intercentros 19 y 20 junio 2012

  • 1. C.I. Extraordinario 19120-06-12 112 REUNIDOS: Por el Comité: En Madrid, a 19 de junio de 2012, en el Centro de Formación de CCOO: Carrefour, sito en San Sebastián de los Reyes, Madrid, se - María Alcaide, reúnen los miembros del Comité Intercentros de Carrefour - Pilar Montes. Hipermercados y la Dirección de la Empresa, según relación al FASGA: margen, en reunión extraordinaria convocada para continuar con - Alberto González. la negociación en materia de Modificación de turnos y FETICO: - Miguel Amaya, horarios, movilidad funcional y geográfica de los - Silvia Belda, trabajadores de Carrefour Hipermercados, en aplicación del - Sara Cifuentes, artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. - Sergio Gómez, - lnmaculada Gudín, Por la dirección se procede a iniciar la reunión continuando con - Llanos López, la presentación de la situación concreta de dos nuevos centros - Miguel Ángel Marín, de trabajo, sus necesidades de modificación de horarios por - Araceli Navarro. falta o exceso de trabajadores en determinados momentos, así UGT: como los efectos que en dichos centros produce la aplicación de - Nieves Baeza, las medidas planteadas, indicando para cada caso las medidas - Juan José Sánchez. concretas aplicadas y el número de trabajádores afectados por Por la empresa: cada medida. - Juan Antonio Sánchez, - Isabel Poza, Por otra parte, se procede a comentar por la direccih los - Elena Cardona. cambios que respecto a las medidas planteadas puede adoptar, a la vista de los comentarios realizados hasta el momento por las distintas representaciones sindicales presentes en el comité intercentros, sin perjuicio de las propuestas concretas que se realicen posteriormente, teniendo en cuenta que toda la información presentada hasta el momento evidencia las necesidades generadas en la empresa y que las medidas concretas se han planteado buscando la menor afectación posible en cuanto al número de trabajadores y que dichas medidas no afecten ni al empleo de nuestra actual plantilla ni a su retribución. En especial, a requerimiento del comité, se aclara que, la cuestión planteada de necesidad de cambiar los criterios de establecimiento de los calendarios de vacaciones para que las mismas no tengan lugar en los momentos punta de trabajo, se refiere a los calendarios del próximo año, y siempre en cumplimiento de lo que disponga el convenio, siendo el motivo de dicho cambio en la determinación de los turnos la actual situación económica y organizativa presentada a este comité. En cuanto a los cambios que fueran necesarios en el presente ano se harán como en años anteriores contando con la voluntad y colaboración de los trabajadores. A(' %-" , jub j Por otra parte, en relación con el tema planteado por la reciente sentencia de la Audiencia Nacional y la interpretación que la misma realiza del artículo 32.10, y tras su lectura Y detallada y en profundidad, la dirección lamenta comunicar al comité intercentros I decisión de proceder a ampliar las modificaciones de condiciones planteadas en relació con la jornada y el descanso a la condición contenida en el penúltimo párrafo del artícul 32.10 del convenio colectivo de grandes almacenes de aplicación, para los trabajadore '4' que prestan servicios menos de seis días, a efectos de mantener el actual sistema de distribución de los descansos establecida y evitar así tener que realizar otros cambios -: adicionales a los inicialmente planteados y que resultaría9 más perjudiciales para los
  • 2. C.I. Extraordinario 19120-06-12 212 trabajadores además de afectar a muchas más personas en los centros, por lo que considera que es la manera más adecuada de disminuir las posibles consecuencias que un cambio en la organización de este calibre podría suponer para los trabajadores. Las causas son las mismas causas económicas y organizativas planteadas hasta el momento en este proceso de modificación de condiciones, a las que se remite respecto a toda la información presentada y comentada hasta el momento y la que se presente a lo largo del proceso, señalando que este comité es el órgano competente para el planteamiento de esta modificación en aplicación del artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores. La inaplicación del precepto indicado no afectará a los trabajadores que prestan servicios habitualmente seis días a la semana, por la mayor onerosidad de su régimen de trabajo y descansos respecto al resto de trabajadores, y esta modificación se extendería hasta el momento en que resulte de aplicación un nuevo convenio, recordando al comité que el presente convenio finaliza su vigencia el 31 de diciembre del presente año 2012. Una minoría del comité no está de acuerdo en que se plantee este tema por considerar que afecta sectorialmente y que debe analizarse en función de ello, ya que es un tema de aplicación de una sentencia. El resto del comité mayoritariamente se considera perfectamente capacitado, en aplicación del Estatuto de los Trabajadores para el tratamiento y toma de decisión sobre las condiciones contenidas en el convenio aunque sea ' y sectorial por ser el Órgano capacitado para la negociación de un convenio con la empresa. '! ; = L + Continuando la reunión el día 20 de junio, a las 10:30, se procede por la dirección a presentar la información sobre situación de otros dos centros concretos, medidas a aplicar y resultados en los mismos, así como la información concreta de personas que se verían afectadas con la aplicación de las distintas medidas propuestas, y resolviéndose y contestándose las distintas cuestiones y aclaraciones que se solicitan por el comité. Tras el debate que se produce, y tras un receso, por parte del comité se manifiesta su voluntad de hacer propuestas concretas más en profundidad por las distintas representaciones sindicales, sin perjuicio de comentar que considera como temas básicos que cualquier cambio no tenga carácter indefinido, que no se perjudique el actual sistema de descanso que vienen disfrutando los trabajadores hasta el momento, así como contar, antes de la aplicación de cualquier medida a un trabajador, con posibles voluntarios, así E- como otras cuestiones, proponiendo se fije nueva reunión y el envío a la dirección de la empresa de sus propuestas para que pueda analizarlas con anterioridad. / Se acuerda celebrar nueva reunión el día 27 de junio, reservándose también el día 29, y se solicita por la dirección al comité que las propuestas, en lo posible, se remitan antes del f próximo fin de semana para tener tiempo de estudiarlas. Se recuerda a las partes que toda la información y documentación presentada está a 7 1 disposición del comité para su consulta y aclaraciones concretas de su contenido. * , e y, sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, de la que se levanta la ' presenta acta que se firma por las partes, en el lugar y fecha indicados en el / encabezamiento.