Diapositivas del Seminario On Line "Admisión Evaluación, Calificación y Otorgamiento de la Buena Pro" dictado el 17/01/2020 INFORMES de Nuestros Seminarios On Line Gratuitos: http://licitafacil.pe/webinar
2. SEMINARIOS ANTERIORES
• CómoVenderle al Estado
• Responsabilidad en las Contrataciones del Estado
• Corrupción en las Contrataciones del Estado
• El SEACE, oportunidades de Negocio
• Cómo Analizar las Bases de un Procedimiento de
Selección
• Consultas y Observaciones a las Bases
• Cómo elaborar una Oferta Exitosa
3. FASES DEL PROCESO DE CONTRATACION
Actos
Preparatorios
Procedimiento
de Selección
Ejecución del
Contrato
4. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
• Bases del Procedimiento de Selección
• Registro de Participantes
• Formulación y Absolución de Consultas y
Observaciones a las Bases
• Pronunciamientos del OSCE
• Integración de Bases
• Presentación de Ofertas
• Evaluación y Calificación de Ofertas
• Otorgamiento de la Buena Pro
5. ADMISIÓN DE LA OFERTA
• En la etapa de “admisión” el comité de selección verifica la presentación de
los documentos requeridos en el artículo 52 del Reglamento –de acuerdo al
objeto de la contratación-, y determina si las ofertas responden a las
características y/o requisitos funcionales, y condiciones de las
EspecificacionesTécnicas,Términos de Referencia o ExpedienteTécnico de
Obra, especificados en las bases. De no cumplir con lo requerido la oferta se
considera no admitida.
6. EVALUACIÓN DE LA OFERTA
• La etapa de “evaluación”, tiene por objeto asignar el puntaje a las ofertas -
según los factores de evaluación enunciados en las bases- para determinar
cuál de ellas tiene el mejor puntaje, y establecer el orden de prelación de las
mismas.
• Bienes , Servicios enGeneral y Ejecución de Obras = Artículo 74º del RLCE
• Consultoría en General y Consultoría de Obras. EvaluaciónTécnica =
Numerales 82.2 y 82.3 Artículo 82º del RLCE. Evaluación EconómicaArtículo
83º
7. EVALUACIÓN
• Asignación de Puntajes: Artículo 50º c) En las contrataciones de bienes, servicios en general y obras, la evaluación se
realiza sobre la base de cien (100) puntos. En la evaluación se observa la ponderación que establecen los documentos del
procedimiento estándar aprobados por el OSCE. d) En las contrataciones de consultoría en general y consultoría de obras,
la evaluación técnica y económica se realiza sobre cien (100) puntos en cada caso. (Ponderaciones en las Bases)
• Bonificación: Artículo 50º f) Tratándose de la contratación de servicios en general, consultorías y obras que se presten o
ejecuten fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo valor referencial o valor estimado no supere los doscientos mil con
00/100 Soles (S/ 200 000,00) para la contratación de servicios en general y consultorías y no superen los novecientos mil
con 00/100 Soles (S/ 900 000,00) en el caso de obras, a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez
por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde presta el servicio o se
ejecuta la obra, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es
el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP.
• Desempate: LP (Bienes, Obras) y CP Servicios = Artículo 74 (Sorteo) - CP (Consultoría de obras y Consultoría en general)
Numeral 84.2 del Artículo 84. AS Bienes, Servicios en General y Obras Numeral 91.1 del artículo 91. AS (Consultoría de
obras y Consultoría en General) Numeral 91.2 delArtículo 91
8. PROVINCIA COLINDANTE
• Servicios en general y consultorías (Hasta S/ 200,000) y
obras (Hasta S/ 900,000.00) que se presten o ejecuten
fuera de la provincia de Lima y Callao
• Domicilio en la provincia donde presta el servicio o se
ejecuta la obra, o en las provincias colindantes, sean o no
pertenecientes al mismo departamento o región.
• El domicilio es el consignado en la constancia de
inscripción ante el RNP.
• Ejemplo: Para una obra que se ejecute en la Provincia de
Chincha cuyoValor Referencial sea de S/ 800,000.00:
Corresponde Bonificación a los Postores con domicilio
(Según su RNP) en la Provincia de Chincha (Ica) y en las
siguientes Provincias Colindantes:Cañete yYauyos del
Departamento de Lima, Castrovirreyna del Departamento
de Huancavelica y Pisco del Departamento de Ica.
9. CALIFICACIÓN DE LA OFERTA
• La etapa de “calificación” corresponde al momento en que la Entidad
verifica si los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar
las prestaciones que requiere contratar, de acuerdo a los requisitos que se
indiquen en los documentos del procedimiento de selección. En caso la
oferta no cumpla con dichos requisitos, deberá ser descalificada.
• Bienes , Servicios enGeneral y Ejecución de Obras = Artículo 75º del RLCE
• Consultoría en General y Consultoría de Obras = Numeral 82.1 del Artículo
82º del RLCE
10. SECCIÓN GENERAL
1.11. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a lo establecido en el artículo 60
del Reglamento. El plazo que se otorgue para la subsanación no puede ser
inferior a un (1) día hábil.
La solicitud de subsanación se realiza de manera electrónica a través del
SEACE y será remitida al correo electrónico consignado por el postor al
momento de realizar su inscripción en el RNP, siendo su responsabilidad el
permanente seguimiento de las notificaciones a dicho correo. La
notificación de la solicitud se entiende efectuada el día de su envío al
correo electrónico.
La presentación de las subsanaciones se realiza a través del SEACE. No
se tomará en cuenta la subsanación que se presente en físico a la Entidad.
11. ARTÍCULO 60º DEL RLCE
ARTÍCULO 60º DEL RLCE
60.1 Durante el desarrollo de la admisión, evaluación y calificación, el
órgano a cargo del procedimiento solicita, a cualquier postor que
subsane alguna omisión o corrija algún error material o formal de los
documentos presentados, siempre que no alteren el contenido
esencial de la oferta
60.2. Son subsanables, entre otros, los siguientes errores materiales o
formales:
12. ARTÍCULO 60º DEL RLCE
ARTÍCULO 60º DEL RLCE
a) La omisión de determinada información en formatos y declaraciones juradas, distintas al plazo
parcial o total ofertado y al precio u oferta económica;
b) La nomenclatura del procedimiento de selección y falta de firma o foliatura del postor o su
representante;
c) La legalización notarial de alguna firma. En este supuesto, el contenido del documento con la firma
legalizada que se presente coincide con el contenido del documento sin legalización que obra en la oferta;
d) La traducción de acuerdo a lo previsto en el artículo 59, en tanto se haya presentado el documento
objeto de traducción;
e) Los referidos a las fechas de emisión o denominaciones de las constancias o certificados emitidos por
Entidades públicas;
f) Los referidos a las divergencias, en la información contenida en uno o varios documentos, siempre que
las circunstancias materia de acreditación existiera al momento de la presentación de la oferta;
g) Los errores u omisiones contenidos en documentos emitidos por Entidad pública o un privado
ejerciendo función pública;
h) La no presentación de documentos emitidos por Entidad Pública o un privado ejerciendo función
pública.
13. ARTÍCULO 60º DEL RLCE
ARTÍCULO 60º DEL RLCE
60.3. Son subsanables los supuestos previstos en los literales g) y h) siempre que tales documentos hayan
sido emitidos con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de ofertas, tales como
autorizaciones, permisos, títulos, constancias, certificaciones y/o documentos que acrediten estar
inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga.
60.4. En el documento que contiene el precio ofertado u oferta económica puede subsanarse la rúbrica y
la foliación. La falta de firma en la oferta económica no es subsanable. En caso de divergencia entre el
precio cotizado en números y letras, prevalece este último. En los sistemas de contratación a precios
unitarios o tarifas, cuando se advierta errores aritméticos, corresponde su corrección al órgano a cargo
del procedimiento, debiendo constar dicha rectificación en el acta respectiva; en este último caso, dicha
corrección no implica la variación de los precios unitarios ofertados
14. SECCIÓN GENERAL
1.12. RECHAZO DE LAS OFERTAS
Previo al otorgamiento de la buena pro, el comité de selección revisa las
ofertas económicas que cumplen los requisitos de calificación, de
conformidad con lo establecido para el rechazo de ofertas, previsto en el
artículo 68 del Reglamento, de ser el caso.
De rechazarse alguna de las ofertas calificadas, el comité de selección
revisa el cumplimiento de los requisitos de calificación de los postores que
siguen en el orden de prelación, en caso las hubiere.
15. ARTÍCULO 68º DEL RLCE
Artículo 68. Rechazo de ofertas
68.1 En el caso de la contratación de bienes, servicios en general y consultorías
en general, el comité de selección o el órgano encargado de las contrataciones,
solicita al postor la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos
de su oferta cuando, entre otros, i) la oferta se encuentra sustancialmente por
debajo del valor estimado; o ii) no se incorpore alguna de las prestaciones
requeridas o estas no se encuentren suficientemente presupuestadas.
68.2 La Entidad puede proporcionar un formato de estructura de costos con los
componentes mínimos materia de acreditación, así como solicitar al postor la
información adicional que resulte pertinente, otorgándole para ello un plazo
mínimo de dos (2) días hábiles de recibida dicha solicitud. Una vez cumplido con
lo indicado en precedentemente, el comité de selección o el órgano encargado de
las contrataciones, según corresponda, determina si rechaza la oferta, decisión
que es fundamentada.
16. ARTÍCULO 68º DEL RLCE
Artículo 68. Rechazo de ofertas
68.3. En el supuesto que la oferta supere el valor estimado, para efectos
que el comité de selección considere válida la oferta económica, aquella
cuenta con la certificación de crédito presupuestario correspondiente y
la aprobación del Titular de la Entidad; ambas condiciones son
cumplidas como máximo a los cinco (5) días hábiles, contados desde la
fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo
responsabilidad. Tratándose de compras corporativas el referido plazo
como máximo es de diez (10) días hábiles.
68.4. Tratándose de consultoría de obras y ejecución de obras, se
rechaza la oferta que supere el valor referencial en más del diez por
ciento (10%) y que se encuentran por debajo del noventa por ciento
(90%).
17. ARTÍCULO 68º DEL RLCE
Artículo 68. Rechazo de ofertas
68.5. Para que el comité de selección considere válida la oferta
económica que supere el valor referencial, hasta el límite máximo
previsto en el numeral anterior, se cuenta con la certificación de crédito
presupuestario suficiente y la aprobación del Titular de la Entidad, en el
mismo plazo establecido en el numeral 68.3, salvo que el postor acepte
reducir su oferta económica.
68.6. En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario
conforme se requiere en los numerales precedentes, se rechaza la oferta.
68.7. Lo dispuesto en los numerales precedentes no es aplicable para la
Subasta Inversa Electrónica, salvo lo dispuesto en el numeral 68.3.
18. SECCIÓN ESPECÍFICA
Admisión de la Oferta
• CAPÍTULO II
• 2.2.1 Documentación de
presentación obligatoria
• 2.2.1.1 Documentos para la admisión
de la oferta.
• OJO: Capítulo III - Condiciones de los
Consorcios:
• El número máximo de consorciados
• El porcentaje mínimo de participación
de cada consorciado
• El porcentaje mínimo de participación
en la ejecución del contrato, para el
integrante del consorcio que acredite
mayor experiencia.
Calificación de la Oferta
• CAPÍTULO III
• 3.2 REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
• Capacidad Legal
• CapacidadTécnica y Profesional
• Experiencia del Postor en la
Especialidad
• Solvencia económica: aplicable para
licitaciones públicas convocadas para
contratar la ejecución de obras.
Evaluación de la Oferta
• CAPÍTULO IV
• Precio (Obligatorio)
• Plazo de Prestación
• Sostenibilidad Ambiental
• Protección Social y Desarrollo
Humano
• Integridad en la Contratación Pública
• Garantía Comercial
• Capacitación al Personal de la Entidad
• Mejoras a losTérminos de Referencia
• Sistema de Gestión de Calidad
19. ARTÍCULO 64º DEL RLCE
Artículo 64. Consentimiento del otorgamiento de la buena pro
64.6. Asimismo, consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano
encargado de las contrataciones o al órgano de la Entidad al que se le haya
asignado tal función realiza la verificación de la oferta presentada por el
postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o
falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada,
la Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del
contrato, dependiendo de la oportunidad en que se hizo la comprobación,
de conformidad con lo establecido en la Ley y en el Reglamento.
Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal para que inicie el
procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para
que interponga la acción penal correspondiente
20. DEFINICIONES
• INFORMACIÓN INEXACTA contenido que no es concordante
congruente con la realidad, lo que constituye una forma de
falseamiento de ésta
• DOCUMENTACIÓN FALSA documento que no haya sido
válidamente expedido por el órgano o agente emisor
correspondiente o que, siendo válidamente expedido, haya sido
adulterado en su contenido
• INCONGRUENCIA. Cuando la propia propuesta o documento
contiene declaraciones o información que resultan
contradictorias o excluyentes entre sí, es decir, se brinda
información evidentemente contradictoria, lo que no permite
tener certeza sobre cuál es el alcance preciso de la información
que se pretende acreditar.
21. Bienes y Servicios en General
Ejecución de Obras
Apertura de
Ofertas
Calificación
de Ofertas
Admisión de
Ofertas
Evaluación
de Ofertas
22. Consultoría en
General y de Obras
Apertura de
OfertasTécnicas
Calificación
de Ofertas Técnicas
Admitidas
Admisión de
OfertasTécnicas
Evaluación
de Ofertas
Técnicas
Apertura
De Ofertas
Económicas
23. PLAZOY PROCEDIMIENTO PARA
PERFECCIONAR ELCONTRATO
8 días hábiles para la
entrega de documentos,
luego del registro en el
SEACE del consentimiento
de la buena pro o de que
esta haya quedado
administrativamente firme
2 días hábiles siguientes
para suscribir el contrato o
entrega de orden de
compra/servicio o para
otorgar plazo adicional para
subsanar requisitos
Plazo de subsanación no
mayor de 4 días hábiles
desde el día siguiente de
notificado al postor. A los dos
días de la subsanación, como
máximo, se suscribe el
contrato
24. RECOMENDACIONES
• Revise las Instrucciones, Notas y Advertencias de las Bases
• Identifique y Revise con detenimiento las siguientes Secciones de
las Bases: a) La Admisión, b) Evaluación y c) Calificación
• Simule la Evaluación de su Oferta
• Revise la Ley, el RLCE y las Bases Estándar del Procedimiento de
Selección
• Revise Opiniones del OSCE y Resoluciones del TCE
• Solicite el Apoyo profesional de especialistas
25. LICITA FÁCIL
• Es el Servicio de Asesoría INTEGRAL en Contrataciones del
Estado, especializado, oportuno, personalizado y
permanente que ofrecemos a nuestros clientes con el fin de
procurar que obtengan la Buena Pro en los Procedimientos de
Selección a los que se presenten; y que durante la Ejecución del
Contrato cuenten con el respaldo profesional y técnico que les
permita mejorar sus resultados; evitando, en todo momento,
incurrir en causal de sanciones de tipo administrativo, civil o
penal.
• El Servicio cubre todas las Fases del Procedimiento de
Selección.
• INCLUYE notificaciones del SEACE en su correo, formulación de
consultas y Observaciones, hasta dos revisiones de su Oferta,
seguimiento del Procedimiento de Selección y MUCHO MÁS.
26. Modelos de certificados de
participación (Imagen referencial).
Recibirá un correo con las
Instrucciones para su emisión
Consultas:
webinar@comprasestatales.org
A
B C
CLAUDIO ERNESTO GALLARDO SALAS
POR SU PARTICIPACIÓN EN EL SEMINARIO ON LINE
"EL SEACE – OPORTUNIDADES DE NEGOCIO"
(Válido por Cuatro horas lectivas)
Lima, 20 de Setiembre de 2019
CLAUDIO ERNESTO GALLARDO SALAS
POR SU PARTICIPACIÓN EN EL SEMINARIO ON LINE
"EL SEACE – OPORTUNIDADES DE NEGOCIO"
(Válido por Cuatro horas lectivas)
Lima, 20 de Setiembre de 2019
CLAUDIO ERNESTO GALLARDO SALAS
POR SU PARTICIPACIÓN EN EL SEMINARIO ON LINE
"EL SEACE – OPORTUNIDADES DE NEGOCIO"
(Válido por Cuatro horas lectivas)
Lima, 20 de Setiembre de 2019