Introducción a las Patentes de invención Análisis de patentabilidad de una invención
1. Introducción a las Patentes de invención
Análisis de patentabilidad de una invención
Ing. Pablo F. PAZ
Consultor INTI
INTI, 3 de Junio de 2013
2. Ley de patentes y modelos de utilidad
de Argentina
ARTICULO 6 - No se considerarán invenciones para los efectos de esta
ley:
a) Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos
matemáticos;
b) Las obras literarias o artísticas o cualquier otra creación estética, así
como las obras científicas;
c) Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades
intelectuales, para juegos o para actividades económicocomerciales, así como los programas de computación;
d) Las formas de presentación de información;
e) Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de
diagnóstico aplicables al cuerpo humano y los relativos a animales;
g) Toda clase de materia viva y sustancias preexistentes en la
naturaleza.
3. Art. 5 – Divulgación previa de una invención
“ La divulgación de una invención no afectará su novedad,
cuando dentro de UN (1) año previo a la fecha de
presentación de la solicitud de patente o, en su caso, de
la prioridad reconocida, el inventor o sus causahabientes
hayan dado a conocer la invención por cualquier medio
de comunicación o la hayan exhibido en una exposición
nacional o internacional. ”
4. Art. 10 – Titularidad de derechos de patentes
ARTICULO 10 - Invenciones desarrolladas durante una relación laboral:
a) Las realizadas por el trabajador durante el curso de su contrato o relación de trabajo o de servicios
con el empleador que tengan por objeto total o parcialmente la realización de actividades inventivas,
pertenecerán al empleador.
b) El trabajador, autor de la invención bajo el supuesto anterior, tendrá derecho a una remuneración
suplementaria por su realización, si su aporte personal a la invención y la importancia de la misma
para la empresa y empleador excede de manera evidente el contenido explícito o implícito de su
contrato o relación de trabajo.
c) Cuando el empresario asuma la titularidad de una invención o se reserve el derecho de explotación de
la misma, el trabajador tendrá derecho a una compensación económica justa, fijada en atención a la
importancia industrial y comercial del invento, teniendo en cuenta el valor de los medios o
conocimientos facilitados por la empresa y los aportes del propio trabajador, en el supuesto de que el
empleador otorgue una licencia a terceros, el inventor podrá reclamar al titular de la patente de
invención el pago de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las regalías efectivamente
percibidas por éste.
d) Una invención industrial será considerada como desarrollada durante la ejecución de un contrato de
trabajo o de prestación de servicios, cuando la solicitud de patente haya sido presentada hasta UN (1)
año después de la fecha en que el inventor dejó el empleo dentro de cuyo campo de actividad se
obtuvo el invento.
5. Art. 11 y 17 - Derecho de la patente
ARTICULO 11 - El derecho conferido por la patente estará
determinado por la primera reivindicación aprobada, las
cuales definen la invención y delimitan el alcance del
derecho. La descripción y los dibujos o planos, o en su caso,
el depósito de material biológico servirán para
interpretarlas.
ARTICULO 17 - La solicitud de patente no podrá comprender
más que una sola invención o un grupo de invenciones
relacionadas entre sí de tal manera que integren un único
concepto inventivo en general. Las solicitudes que no
cumplan con este requisito habrán de ser divididas de
acuerdo con lo que se disponga reglamentariamente.
6. Art. 15 – Primero en presentar
“ Cuando varios inventores hayan realizado la misma
invención independientemente los unos de los otros, el
derecho a la patente pertenecerá al que tenga la solicitud
con fecha de presentación o de prioridad reconocida, en
su caso, más antigua. ”
De aquí la importancia de presentar con la mayor celeridad
una solicitud de patente.
7. Art. 19 – Limitación de correcciones
“ Desde la fecha de la presentación de la solicitud de
patente y hasta NOVENTA (90) días posteriores a esa
fecha, el solicitante podrá aportar complementos,
correcciones y modificaciones, siempre que ello no
implique una extensión de su objeto.
Ningún derecho podrá deducirse de los complementos,
correcciones y modificaciones que impliquen una
extensión de la solicitud original.”
8. Art. 28 - Observaciones de terceros
Cualquier
persona podrá formular observaciones
fundadas a la solicitud de patentes y agregar prueba
documental dentro del PLAZO de SESENTA (60) días a
contar de la publicación prevista en el artículo 26. Las
observaciones deberán consistir en la falta o insuficiencia
de los requisitos legales para su concesión.
9. Art. 31 – Responsabilidad INPI
“La concesión de la patente se hará sin perjuicio de
tercero con mejor derecho que el solicitante y sin
garantía del Estado en cuanto a la utilidad del objeto
sobre el que recae.”
10. Art. 36 - Derecho de una patente
No producirá efecto alguno contra:
a) Un tercero que, en el ámbito privado o académico y con
fines no comerciales, realice actividades de investigación
científica o tecnológica puramente experimentales, de
ensayo o de enseñanza, y para ello fabrique o utilice un
producto o use un proceso igual al patentado.
c) Cualquier persona que adquiera, use, importe o de
cualquier modo comercialice el producto patentado u
obtenido por el proceso patentado, una vez que dicho
producto hubiera sido puesto lícitamente en el comercio de
cualquier país.
11. Art. 62 Caducidad
ARTICULO 62 - Las patentes y certificado de modelo de
utilidad caducarán en los siguientes casos:
a) Al vencimiento de su vigencia;
c) Por no cubrir el pago de tasas anuales de
mantenimiento.
12. ¿ Qué es un modelo de utilidad ?
Es un derecho exclusivo otorgado al solicitante por el
Estado como contrapartida a la divulgación de una
invención.
Solo las invenciones que define el Art. 53 de la Ley de
Patentes y Modelos de Utilidad 24.481 , no quedando
comprendidas los invenciones referentes a
procedimientos, a materiales , compuestos entre otros.
13. Requisitos para su concesión
Invenciones menores en comparación con las de una
patente dado que los únicos requisitos son los de
novedad y de aplicación industrial.
La novedad en modelos de utilidad se refiere a que no
haya sido publicado en Argentina. Lo existente en
Internet se considera publicado en Argentina.
Con aportar una mejor utilidad en algo ya conocido, será
suficiente si la invención es novedosa.
14. ¿ Todo lo que no es patente es modelo de
utilidad ? No.
ARTICULO 53 – “Toda disposición o forma nueva
obtenida o introducida en herramientas, instrumentos de
trabajo, utensilios, dispositivos u objetos conocidos que
se presten a un trabajo práctico, en cuanto importen una
mejor utilización en la función a que estén destinados,
conferirán a su creador el derecho exclusivo de
explotación, que se justificará por títulos denominados
certificados de modelos de utilidad.”
15. Ejercicio 1 – Ley de Patentes 24.481
Horacio Testa, un empleado de la pyme “PLASTIK” fabricante de elementos para
caños lleva a cabo, en los ratos libres del almuerzo, el desarrollo de un elemento
para acoplar caños. En agosto de 2009 deja la empresa y en diciembre del mismo
año solicita, en forma particular, un modelo de utilidad ante el INPI.
Testa lanza al mercado en abril de 2010, asociado con un competidor de PLASTIK,
el nuevo producto. El éxito comercial es sorprendente en Argentina.
Preguntas:
1. ¿ Podría la empresa PLASTIK hacer algo contra su ex-empleado?
2. ¿ Daba lo mismo si Testa hubiese sido empleado administrativo ú operario de
producción ó hubiera trabajado en el departamento de I+D?
3. Testa, teniendo ahora dinero, piensa en ir a mercados vecinos tal como Brasil y
Chile. ¿ Podría presentar una solicitud de patente en dicho país ?
4. ¿ Y si el inventor hubiese presentado su modelo de utilidad en sept. 2010 ?
5. ¿ Que aconsejaría como Consultor a la empresa PLASTIL ? ¿y a Testa ?
16. Convenio de Paris - 1883
Primer Convenio Internacional que establece reglas
sobre Propiedad Intelectual, hoy en día aplicable a todos
los países del mundo.
Se establecen parámetros mínimos a cumplir o solicitar a
quien presente una solicitud de derechos industriales en
algún país del mundo.
17. Principales definiciones
del Convenio de Paris
Derecho de Prioridad: Quien hubiere depositado
regularmente una solicitud de patente de invención, de
modelo de utilidad, de dibujo o modelo industrial, de
marca, gozará, para efectuar el depósito en los otros
países, de un derecho de prioridad.
Ninguna condición de domicilio o de establecimiento en
el país donde la protección se reclame podrá ser exigida
a los nacionales de los países de la Unión para gozar de
alguno de los derechos de propiedad industrial.
18. Principales definiciones
del Convenio de Paris
Los plazos de prioridad arriba mencionados serán de
doce meses para las patentes de invención y los modelos
de utilidad y de seis meses para los dibujos o modelos
industriales y para las marcas de fábrica o de comercio.
Las patentes solicitadas en los diferentes países de la
Unión por los nacionales de países de la Unión serán
independientes de las patentes, obtenidas para la misma
invención en los otros países adheridos o no a la Unión.
El inventor tiene el derecho de ser mencionado como tal
en la patente.
19. Principales definiciones
del Convenio de Paris
Si el examen revela que una solicitud de patente es
compleja, el solicitante podrá dividir la solicitud en cierto
número de solicitudes divisionales.
También podrá el solicitante, por su propia iniciativa,
dividir la solicitud de patente, conservando, como fecha
de cada solicitud divisional, la fecha de solicitud inicial y,
si a ello hubiere lugar, el beneficio del derecho de
prioridad. Cada país de la Unión tendrá la facultad de
determinar las condiciones en las cuales esta división
será autorizada.
20. Derecho de Prioridad
1 año para solicitudes de patentes
6 meses para modelos de utilidad, diseño/modelos
industriales y marcas
Ej: Una solicitud argentina presentada el 10 de enero de
2011 y posteriormente el 9 de enero de 2012, será
considerada por la Oficina de Patentes de Estados Unidos
como presentada el 10 de enero de 2011 y por lo tanto
será anterior a cualquier solicitud presentada con
posterioridad a esa fecha.
21. ¿ Patentar ó no Patentar?
Patentar es presentar una solicitud ante una Oficina de
Patentes y obtener un derecho exclusivo o monopolio
“nacional” otorgado por el Estado como contrapartida
a la divulgación de la invención.
La invención propuesta debe ser nueva, tener mérito
inventivo y aplicación industrial.
Se otorga a invenciones de todos los campos de la
industria, pudiendo ser productos ó métodos de
cualquier tipo.
22. Definición Requisitos De Patentabilidad
Nuevo: que en el mundo no se haya divulgado una
solución idéntica a la propuesto como invención
(internet, revista, libro, catálogo, bases de datos, etc.)
Tener mérito inventivo: que no sea una solución evidente
ú obvia para un experto en la materia
Aplicación industrial: que sea fabricado ó utilizado en
algun tipo de industria.
22
23. Estrategia: ¿ CUÁNDO Patentar?
¿Esperar? ($$$), existen sus riesgos …
Divulgación/patentamiento
Divulgación
por terceros
involuntaria
¿Y si me anticipo, y presento antes de tiempo?
Insuficiencia
de descripción de la invención
Necesidad de una segunda patente
24. Estrategia: ¿ DÓNDE Patentar?
PRIMERO, la Solicitud nacional
Menores costos
Idioma local
Derecho de prioridad
Alcance global?
¿mercado?
¿clientes/usuarios?
¿competidores/ infractores/licenciatarios?
¿Es fácil de copiar?
¿es patentable en todos los países?
25. Trámite Administrativo
Patente y Modelo de Utilidad
12 meses (desde la presentación): Examen
preliminar
18 meses: Publicación en Boletín Oficial
Durando 60 días cualquiera puede presentar
oposiciones a la concesión de la Patente ó Modelo
de Utilidad
Se realiza el examen de fondo de la solicitud,
evaluándose los 3 criterios de patentabilidad
Concesión 3 – 5 años dependiendo de la fecha de
pago del examen de fondo.
26. Ejercicio 2 – Convenio de Paris
Investigar en el sitio www.google.com/patents, si el
inventor argentino Norberto Voltolini presento una
solicitud de patente en Estados Unidos y si lo realizo con
prioridad argentina.
¿ Porque cree Usted que no se ha beneficiado del Derecho
de Prioridad ?
¿ La publicación Argentina de su solicitud original de
patente es un antecedente relevante que pueda impedir
su concesión en los Estados Unidos ?
27. Mitos De Las Patentes
Una patente es valida internacionalmente. NO, solo lo es
donde se encuentra presentada y concedida.
Con un simple cambio en lo que esta patentado evito
infringir dicha patente. NO!!
La protección llevada a cabo por Derecho de Autor es
suficiente para mi protección. NO! Solo se protege la
expresión artística de lo presentado.
28. Mitos De Las Patentes
Me conceden una patente y ya puedo ponerme a
fabricarlo. NO
Una patente no da derecho de manufacturar un
producto, puede aún estando bien concedido, infringir
derechos de terceros.
Las propias patentes dan protección legal contra la
infracción de una patente de un tercero. NO
Es necesario tener un prototipo para presentar una
solicitud de patente. NO
29. Tratado de Cooperación de Patentes PCT
Aplicable en solicitudes de patentes en donde el
solicitante o titular de la patente es nacional o
residente en un país que ha adherido al Tratado.
Argentina no ha adherido aun a este Tratado.
Otorga un plazo de 30/32 meses para decidir en que
países presentar luego de haber presentado la primera
solicitud de patente para una invención. En el caso del
Convenio de Paris se otorgan solo 12 meses.
PCT Resources: http://www.wipo.int/pct/en/
30. Presentación de una solicitud internacional
de patente PCT
La solicitud internacional PCT se presenta en una oficina
PCT en función de donde reside o es ciudadano el/los
solicitante/s de la patente.
Antes de un plazo de 30/32 meses de deberá entrar en
fases nacionales (presentación nacional de la solicitud).
Una búsqueda internacional a los 6 meses de presentada
la solicitud internacional posibilita evitar presentaciones
posteriores que luego serán denegadas por falta de
novedad
31. Ventajas del PCT en Argentina para los
inventores
Mayores plazos para presentar solicitudes en el
exterior dado que se extiende el plazo de un año a
30/32 meses.
Mayores tiempos para obtener inversores y/o dinero
propio
Mayor tiempo para observar el interés del mercado
en su invención
Mayor tiempo para mejorar su producto antes de
mostrarlo a inversores
Obtención de los resultados de una búsqueda de
calidad
Existen plazos a cumplir por parte de la Oficina de
Búsqueda designada en la solicitud PCT
32. Etapas del PCT
Presentación de solicitud internacional dentro del año de
presentada la solicitud original argentina.
Emisión de informe de búsqueda por parte del PCT.
Se posibilita la modificación de reivindicaciones previo a
las fases nacionales.
Pedido de informe preliminar PCT, argumentando en
detalle la relevancia de los documento citados en la
búsqueda.
33. Ventajas del PCT en Argentina para los
inventores/ pymes
Reducción de tasas de presentación de PCT
Las tasas de presentación de una solicitud de PCT se
encontrarán en menos 1100 U$S por los descuentos
del 75% al 90% existentes en las tasas para países de
bajo/mediano producto bruto interno.
Reducción en costos de traducción
Hoy un Argentino, ciudadano italiano, puede presenta
una solicitud PCT pero lo debe hacer ante la oficina
Italiana en el idioma de dicho país y con altas tasas de
presentación.
34. Convenios Regionales de Patentes
Patente Europea:
Albania, Austria, Bulgaria, Switzerland, Czech
Republic, Germany, Denmark, Estonia, Spain, Finland, United Kingdom,
Croatia, Hungary, Iceland, Liechtenstein, Lithuania, Norway, Poland,
Portugal, Romania, Serbia, Sweden, Slovakia, Turkey
Patente Africana ARIPO:
Botswana, Ghana, Gambia, Kenya,
Liberia, Lesotho, Malawi, Mozambique, Namibia, Sudan, Sierra Leone,
United Republic of Tanzania
Patente Africana OAPI:
Burkina Faso, Benin, Central African
Republic, Congo, Côte d’Ivoire, Cameroon, Gabon, Guinea, Equatorial
Guinea, Mali, Niger, Senegal
Patente Eurásica: Armenia, Azerbaijan, Belarus, Kyrgyzstan,
Kazakhstan, Republic of Moldova, Russian Federation , Tajikistan,
Turkmenistan
35. Tramitación: Procedimiento Europeo
Convenio de Múnich sobre la Patente Europea (CPE)
Este acuerdo se encuadra dentro del Convenio de París
y del PCT
Procedimiento único de concesión de patentes para
los estados miembros (paquete de patentes).
Las patentes concedidas se rigen por las leyes
nacionales de los respectivos países.
Se crea la Organización/Oficina Europea de Patentes
35
36. ¿ Qué es una familia de patentes ?
La familia de patentes constituyen aquellos documentos
de patentes que han sido presentados en el mundo y que
contienen al menos un mismo documento de prioridad.
Tiene mucha relación con los documentos presentados
en diferentes países sobre una misma solicitud.
37. Estructura De Una Patente
Campo técnico
Arte previo ó Estado de la Técnica
Definición del problema del arte previo
Solución planteada para resolver el problema existente
( La invención propuesta )
Descripción detallada de la invención, incluyendo figuras
para el mejor entendimiento.
Ejemplo preferido de realización
Reivindicaciones. Alcance de protección
solicitado/otorgado (en caso de estar concedida)
38. Información bibliográfica de una patente
Datos del solicitante/s de la patente de invención
Datos del o los inventores
Domicilio de contacto de solicitantes/ inventores
Documentos relevantes encontrados por el examinador
de patentes en su análisis de patentabilidad (análisis
de novedad y actividad inventiva)
Documentos en donde la invención ha sido citada
como arte previo o considerada relevante por el
examinador.
Códigos de clasificación (IPC/ECLA/ USCL)
39. Solicitud de patente estadounidense
Nro. Public.
título
Fecha de
publicación
CIP
Inventor
USCL
Agente
Titular
Nro/Fecha de
solicitud
Prov. US
Resumen
40. Solicitud internacional de patente PCT
Fecha de
publicación
Nro. Public.
CIP
Inventor
Agente
Nro./Fecha
de solicitud
Datos de
prioridad
Titular
título
Resumen
41. Solicitud de patente española
Nro. Public.
CIP
Nro./Fecha
de solicitud
Fecha de
publicación
título
Datos de
prioridad
Titular
Inventor
Agente
42. Solicitud de patente europea
Nro. Public.
Fecha de
publicación
CIP
Nro./Fecha
de solicitud
Titular
Datos de
prioridad
Inventor
Agente
título
Resumen
43. Solicitud de patente argentina
Nro./Fecha
de solicitud
Datos de
prioridad
Nro. Public.
CIP
título
Resumen
Titular
Agente
Fecha de
publicación