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Guía para participar en procesos de compras públicas - El Salvador
1. GUÍA PARA PARTICIPAR EN PROCESOS DE COMPRAS PÚBLICAS
PARTE I. Procedimiento LACAP.
Regido por la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), es el mecanismo supletorio para
reglar las compras del Estado y demás instituciones públicas.
Quedan exceptuadas de la LACAP:
- Adquisiciones y contrataciones financiadas con fondos provenientes de convenios que celebre el Estado y en ellos se
establezcan mecanismos especiales para su ejecución.
- Contratación de servicios personales.
- Servicios bancarios y financieros que no sean seguros.
- Concesión de propiedad intelectual, propiedad del Estado.
- Colocación de títulos en el mercado internacional.
- Servicios de distribución de energía eléctrica y agua potable.
- Obras de construcción bajo el sistema de administración de concejos municipales.
- Contrataciones en el mercado bursátil.
- Asocios público privados.
Este tipo de adquisiciones siguen reglas especiales o se hacen de forma directa, bajo discreción de los titulares de las
instituciones del Estado.
Quiénes pueden participar:
Pueden ofertar y contratar con la administración pública, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que
tengan la capacidad para obligarse, y que no concurran en las siguientes situaciones:
- Haber sido condenado por delitos fiscales, falsedad, de corrupción o lavado de dinero o activos.
- Haber sido declarado en quiebra o concurso de acreedores.
- Haber sido sujeto de una extinción de contrato por la administración pública, durante los 5 años anteriores.
- Estar insolvente con las obligaciones fiscales, municipales y de seguridad social.
- Estar impedido para contratar, por conflicto de intereses.
La LACAP permite la participación conjunta de oferentes en todo tipo de procesos, a través de acuerdos de participación
conjunta (coloquialmente conocidos como “consorcios”).
Tipos de procesos:
- Licitación pública: para la adquisición de obras, bienes y servicios que no fueren de consultoría, por un monto superior a 160
salarios mínimos mensuales (aproximadamente US$ 48,000.00).
- Concurso público: para la adquisición de servicios de consultoría, por un monto superior a 160 salarios mínimos mensuales.
- Libre gestión: proceso simplificado para la adquisición de obras, bienes, servicios y consultorías, por un monto inferior a 160
salarios mínimos mensuales.
- Contratación directa: forma extraordinaria de contratación, sin límite de montos. Dependiendo de la causa que lo motive,
puede prescindirse totalmente de competencia.
Etapas del proceso
1. Convocatoria. Deben ser realizadas a través del Sistema Electrónico de Compras Públicas (Comprasal: comprasal.gob.sv) y,
opcionalmente, a través de otros medios de comunicación, como publicación en periódicos.
También la ley permite realizar convocatorias internacionales, a través de medios de publicaciones técnicas especializadas o
periódicos de amplia circulación internacional.
2. 2. Compra o descarga de bases del proceso. Ya sea, a través de la descarga desde Comprasal o a través del retiro físico desde
la institución contratante. Las bases pueden tener un costo, el cual debe ser incluido en la convocatoria.
Las bases deben incluir todas las indicaciones del proceso, entre otras:
a. Los requerimientos que deberán cumplir los ofertantes para participar, indicando los documentos probatorios que deben
acompañar su oferta.
b. La cantidad, especificaciones o características técnicas de las obras, bienes o servicios que se requieren.
c. La determinación de los precios unitarios por rubros y precios totales.
d. El lugar y plazo de entrega de la obra, bienes o servicios.
e. Lugar y tiempo de presentación de las ofertas.
f. Plazo para la apertura de las ofertas.
g. Período de vigencia de las ofertas.
h. Plazo de adjudicación.
i. Garantías o seguros requeridos.
j. Porcentaje de anticipo y procedimiento para otorgarlo.
k. Sistema de evaluación de ofertas.
l. Plazos y forma de pago.
m. Modelo de contrato.
3. Adendas, enmiendas y notificación. La institución contratante puede hacer modificaciones a las bases por escrito,
comunicándolas por los mismos medios a través de los cuales hizo la convocatoria, antes de que venza el plazo para la
presentación de ofertas.
4. Consultas. Dentro del plazo señalado en las bases, se pueden hacer consultas por escrito a la institución contratante, las
cuales deben ser contestadas por escrito a todos los interesados que hayan retirado las bases.
5. Presentación de ofertas. Estas pueden hacerse bajo dos modalidades:
Modalidad electrónica:
A través de Comprasal, la cual es una herramienta para facilitar el conocimiento y participación en procesos de contratación
pública, de forma electrónica, siguiendo los pasos siguientes, en el sitio web www.comprasal.gob.sv:
a. Registro como proveedor, ingresando a la sección “Proveedores”, brindando los datos y documentos siguientes:
Sociedades nacionales:
• Tarjeta de identificación tributaria salvadoreña (NIT).
• Escritura de constitución de la sociedad.
• Credencial de administración.
• Documento de identidad del representante legal.
• NIT del representante legal.
• Matrícula de comercio.
Persona natural nacional:
• Documento único de identidad (DUI).
• NIT.
3. Sociedad extranjera:
• NIT de la sociedad.
• Escritura de constitución de la sociedad (inscrita en el registro público aplicable).
• Credencial de administración (inscrita en el registro público aplicable).
• Pasaporte del representante legal.
• NIT del representante legal.
Persona natural extranjera:
• Pasaporte.
• NIT.
b. Búsqueda del proceso a través de la sección “Búsqueda de Procesos”:
c. Presentación de oferta o cotización a través de la plataforma, siguiendo las instrucciones del proceso.
Modalidad física:
A través de la presentación de las ofertas técnica y económica, debidamente foliadas y en original y copia, en el lugar señalado
en las bases. Los documentos emitidos por autoridades extranjeras, deben presentarse debidamente autenticados o
apostillados.
6. Apertura pública de las ofertas. El encargado de la institución contratante debe abrir las ofertas técnicas y económicas en
un acto público, en presencia de los ofertantes que deseen asistir.
7. Evaluación de ofertas y adjudicación. La Comisión de Evaluación de Ofertas de la institución contratante debe evaluar los
aspectos técnicos y económico-financieros de las ofertas, conforme al método señalado en las bases y hacer una
recomendación de adjudicación al titular de la institución, quien deberá emitir una resolución adjudicando el proceso o
declarándolo desierto. Esta decisión debe ser comunicada a todos los ofertantes.
8. Recursos. En caso de desacuerdo con la adjudicación, los ofertantes tienen derecho a impugnar la resolución, primero
internamente dentro de la institución contratante y luego ante el Órgano Judicial.
9. Firma y ejecución del contrato. El ofertante adjudicado será citado para la firma del contrato y le serán requeridas nuevas
solvencias fiscales y de seguridad social, así como las garantías señaladas en las bases.
4. PARTE II. Contratación bursátil.
Como otro medio de contratación pública, actualmente se esta utilizando la Bolsa de Productos y Servicios de El Salvador
(BOLPROS),elcualesunaentidadenlacualsededicaareuniracompradoresyvendedoresatravésdesuspuestosdebolsapara
que participen en la subastas de productos y servicios, es mucho más rápido y económico que una Licitación Pública, ya que el
proceso puede tardar de 10 a 21 días.
Las negociaciones en la Bolsa de Productos y Servicios de El Salvador, como en todas las Bolsas del mundo, se realizan a través
de los Puestos de Bolsa autorizados, estos son empresas privadas, autorizadas por BOLPROS. Su principal finalidad es asesorar
y representar al cliente para la ejecución en la compra o venta de productos.
Bajo esta modalidad, existe un marco legal establecido a través de la Ley de Bolsa, un Reglamento General y los diferentes
instructivos, lo cual dependerá del bien o servicio a subastar los requerimientos que se requerirán a las empresas que deseen
participar.