«MERCADOS DEL SISTEMA FINANCIERO - CLASIFICACIÓN DE DEUDA Y SECRETO BANCARIO»
1. «MERCADOS DEL
SISTEMA FINANCIERO -
CLASIFICACIÓN DE
DEUDA Y SECRETO
BANCARIO»
PONENTES:
GARCÍA EVANGELISTAKARINA
SANDRA OBREGONURCO
PIZARRO MARTINEZ JIMENA
SALCEDO MORALES EDUARDO
SANTOS FLORES PAUL
SILENCIO ECHENIQUEKEITH
2. I. MERCADOS DEL SISTEMA FINANCIERO
*EL MERCADO FINANCIERO DEFINICION
es el lugar,
mecanismo o
sistema en el
cual se compran
y venden
cualquier activo
financiero.
FINALIDAD
poner en contacto
oferentes y
demandantes de
fondos, y determinar
los precios justos de
los diferentes
activos financieros.
4. *EL MERCADO FINANCIERO
PERFECTO
El concepto de mercado
financiero perfecto aparece
como unidad de medida,
para comparar los distintos
mercados financieros.
CARACTERISTICAS
Gran cantidad de agentes que intervienen
tanto por el lado de la oferta como en la
demanda.
Que no existan costes de transacción, ni
impuestos, ni interés, ni inflación.
Que no existan restricciones ni a la entrada
ni a la salida del mercado financiero.
Que exista perfecta información, que todos
sepan lo mismo.
Los activos sean divisibles e indistinguibles.
5. *EL MERCADO DE
CAPITALES
es el lugar donde se
emiten y transan
instrumentos
financieros. Este
mercado existe como
una alternativa al
financiamiento
tradicional bancario,
FUNCION
Promoción del Ahorro
Asignación de recursos a las actividades
económicas productivas
Provisión de capital de riesgo
Financiación de necesidades de recursos
a largo plazo de las empresas
Diversificación del accionariado y la
garantía de liquidez.
6. *BANCA DE INVERSIÓN
EL
RIESGO
Son instituciones propias del
mercado de capitales que
recogen el ahorro de la
comunidad y lo destinan a
conceder créditos a mediano y
largo plazo para la adquisición
de edificios, máquinas y
mercaderías en favor de
empresas y Estados.
Político
Riesgo
país
Tributario
ComercialFinanciero
Económico
7. Contar
internamente
con el personal
especializado
Información
relativa al
desarrollo
económico.
Alta tecnología
en la
comercializació
n de valores
Analizar y
decidir las
fuentes de
recursos
Conocer al
inversionista y
al promotor de
la empresa
Tomar en cuenta
el mercado de
bienes y
servicios
REQUISITOS DE
ORGANIZACIÓN
9. OPERACIONES
Otorgar
préstamos a
corto plazo
Administrar
carteras de
valores y cargos
fiduciarios.
Recibir
depósitos, emitir
bonos y
obligaciones
Dar en locación
bienes de capital
Efectuar
inversiones de
carácter
transitorio
Realizar
inversiones en
valores
mobiliarios Obtener créditos
del exterior y
actuar como
intermediario de
créditos en
moneda nacional
y extranjera.
Cumplir
mandatos y
comisiones
ligadas con sus
operaciones.
Aceptar y cobrar
letras y pagarés
de terceros
Actuar como
fideicomisario y
depositario de
fondos comunes
de inversión.
10. *MERCADO DE VALORES
Este mercado cumple
la función económica
de permitir la
asignación del ahorro
entre las opciones
alternativas de
financiación mediante
los negociosos sobre
valores inmobiliarios.
Son negocios
del mercado
primario o
secundario.
El mercado
primario
permite a las
empresas
ponerse en
contacto con
los ahorristas
para captar
recursos
financieros
mediante la
emisión de
valores.
El mercado
secundario,
proporciona
liquidez a los
valores ya
emitidos al
poner en
contacto a los
ahorristas
entre sí para
que realicen
transacciones
de valores.
11. II. CLASIFICACIÓN DE DEUDA Y
SECRETO BANCARIO
CLASIFICACIÓN DE LOS
DEUDORES:
Deudores
en
situación
normal:
Deudores de
gestión
judicial:
Deudores
con riesgo
de
insolvenci
a:
Deudores
con
acuerdo:
Deudores con
atrasos:
Deudores en
quiebra o
liquidación:
12. Inmovilizaciones:
Los principales activos
inmovilizados son:
Bienes
tomados en
defensa del
crédito.
Bienes de uso
futuro.
Inversiones en
bienes de renta
o venta.
Préstamos en
gestión y mora.
Bienes de uso
propio.
Bienes sujetos
a realización.
13. Relaciones técnicas:
Estas relaciones comprenden:
Recursos
propios y
distintos
activos:
Graduación de
créditos,
garantías e
inversiones:
Depósitos y
todo tipo de
obligaciones:
Partidas de
activos y
pasivos:
14. El secreto bancario es un privilegio de
interés público, cuyo beneficiario es el
cliente de la entidad, y por cliente debe
entenderse toda persona que utilice los
servicios de la entidad financiera,
aunque sea en forma ocasional siendo
indistinto que la operación que los une
este vigente o haya cesado.
15. OPERACIONES
COMPRENDIDAS DEL
SECRETO BANCARIO
De conformidad con la ley general del sistema financiero y de seguros,
las empresas bancarias y financieras quedan obligadas a no revelar
información o asegurar el deber de confidencialidad respecto a las
“operaciones pasivas” que realicen
A partir de la dación del D. Leg. Nº 770 Y de la Ley 26702 operaciones
activas quedan al margen del secreto~ bancario, lo que permitirá
conocer mejor el conjunto de deudores y la real situación de
endeudamiento evidenciada por los solicitantes de crédito.
16. EXCEPCIONES
El secreto debe mantenerse en todo momento. Salvo cuando
estar comprometidos intereses públicos. En cuyo supuesto
el legislador ha procedido a determinar en forma taxativa las
únicas excepciones válidas para el beneficiario de la
confidencia. De ello se infiere que el secreto bancario no es
absoluto.
17. PRERROGATIVAS DE LA
ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
Los requerimientos que formule la administración tributaria
es necesario que se refieran a un contribuyente determinado.
La administración tributaria debe ser de carácter particular y
referirse a un sujeto determinado que se encuentra bajo un
proceso de verificación y fiscalización
19. EXTENSIÓN DEL
BENEFICIO
Las informaciones que los terceros manejan por delegación
de las entidades financieras a las que se presta
determinados servicios se encuentran amparadas en
las reservas.
Para que cumplan el propósito del legislador, es menester
considerar el ámbito de aplicación del secreto bancario a
quien posee circunstancialmente las referidas
informaciones.
20. APLICACIÓN DE LA
REFORMA EN EL TIEMPO
Toda ley por principio general del Derecho, no tiene efectos
retroactivos, salvo que la misma disponga el efecto
contrario. La nueva normatividad del secreto bancario rige
solo para el futuro.
21. LAS CENTRALES DE
DATOS Y RIESGOS
En la práctica internacional, la mayor. Información entre las entidades se ha
ido incrementando por medio de la constitución de centrales de datos y
riesgos, que de alguna manera constituyen una red se seguridad para todo
sistema
Mediante la central de datos, las entidades asociadas reciben todo tipo de
información.
En Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros ha creado una Central de
Riesgos, asumiendo su conducción, Ello constituye un importante avance
hacia una mayor integración informativa entre todas las entidades del
Sistema Financiero, lo que coadyuva a la mejor y segura toma de decisiones
en la concesión de créditos.
22. TRANSFERENCIAS
ELECTRONICAS DE
FONDOS
Se entiende por la expresión “transferencias electrónicas de
fondos”, las ordenes de transferir sumas de dinero de una
persona a otra, las que son comunicadas y ejecutadas mediante
sistemas electrónicos.
El traspaso de riquezas o de fondos o de fondos de un
patrimonio a otro se efectúa sin ningún movimiento material de
dinero o de títulos, y solamente a través de instrucciones
comunicadas y ejecutadas electrónicamente.
23. AUTORIZACIÓN PARA LA
APERTURA, TRASLADO Y CIERRE
SUCURSALES Y OTRAS OFICINAS
La vigencia del certificado de autorización de funcionamiento es
indefinida.
Tratándose de la denegatoria de autorización de apertura de una
sucursal o agencia, en el país o en el extranjero, se dispone que
esta deba contener expresión de fundamentos; sin embargo, se
persiste en el temperamento de la impugnabilidad en la vía
administrativa, así como en la judicial.
25. BANCOS Y SUS
SUBSIDIARIAS
Otorgar créditos directos
Conceder préstamos hipotecarios y emitir letras de cambio
Otorga avales y finanzas
Adquirir y negociar certificados de depósito, warrants, letras de cambio y
facturas
Realizar operaciones de crédito y efectuar depositos
Emitir y colocar bonos
Operar en moneda extranjera
Adquirir los bienes muebles e inmuebles
Establecer las características de los depósitos de ahorro
26. LÍMITES Y
PROHIBICIONES
Efecto de la ponderación del riesgo previsto por la ley , es necesario
que la Superintendencia de Banca y Seguros lleve un registro de los
bancos del exterior regulado por organismos similares a ella , así como
de empresas de derecho público domiciliadas en el exterior. Los
excesos respecto de los límites que en él se señala deberán ser
vendidos en un plazo de dos meses.
Se contempla sanciones a los casos de incumplimiento de los límites
globales haciendo referencia a la tasa mensual promedio para las
operaciones activas de los cinco bancos más grandes.
27. NORMAS SOBRE
ENCAJE
No sea considerado lo dispuesto en la Ley
Orgánica del Banco Central de Reserva señala que
tratándose de las obligaciones pagaderas en
moneda extranjera los encajes mínimo podrán
consistir en más en todo o en parte de las
siguientes partidas :
Otro amonedado a un precio equivalente a su
contenido fino depositado en la bóveda de la
respectiva empresa o institución en la del Banco
Central de Reserva.
Depósitos a la vista en barco de primera clase el
extranjero que no estén afiliados a la empresa que
sean dueños de la misma o acciones con más del
10% del capital.
28. FONDO DEL SEGURO DE
DEPÓSITO
es un fondo constituido en el Banco Central de Reserva
,para proteger a quienes realizan imposiciones en
inversiones en las empresas bancarias y en Las demás
instituciones del Sistema Financiero .