El documento discute la inclusión laboral de personas con discapacidad en Argentina. Aunque una ley de hace 30 años requiere que los organismos públicos reserven el 4% de puestos de trabajo para personas con discapacidad, la mayoría no cumple con esta cuota. Aproximadamente el 60-90% de las 2.2 millones de personas con discapacidad en Argentina no tienen trabajo. Incorporarse al mercado laboral es un proceso lento y difícil para ellos.
1. Inclusion de discapacitados en el
trabajo
• Salvo la Comisión Nacional Asesora para la Integración de
Personas con Discapacidad (CONADIS), ningún organismo cumple
con el cupo”, dicen expertos. Desde el Ministerio de Trabajo
aseguran que superaron el 4%. Críticas al sistema de pensiones:
“Desalienta la búsqueda laboral”, aseguran. La inclusión laboral de
personas con discapacidad sigue siendo un derecho negado en
nuestro país. Aunque una ley obliga a los organismos públicos a
cumplir con un cupo del 4 por ciento para las personas con
discapacidad, la inmensa mayoría aún no lo cumple. La ley fue
sancionada hace 30 años, pero recién reglamentada en 2010.
• En el sector privado, la situación es igual. Y, en algunos casos,
peor.
• En nuestro país, el 7 por ciento de la población convive con alguna
discapacidad. Se trata de casi 2 millones 200 mil personas, de las
cuales entre el 60 y el 90 por ciento no tiene trabajo.
2. • Si bien las cifras no están actualizadas -la última
encuesta es de 2002/2003- y varían según se
consulte a organismos estatales u
organizaciones sociales especializadas en la
temática, la realidad es que insertarse en el
mercado laboral es un proceso lento y
desgastante para quienes poseen una
discapacidad.
• La tarea de inclusión que realizan organismos
públicos, ONGs y empresas, permite una mirada
cualitativa sobre la inclusión laboral de personas
con discapacidad (PcD), más allá de las cifras
3. • Hace 30 años que Argentina tiene una ley que
establece un cupo laboral para personas con
discapacidad en el ámbito de la administración
pública nacional, pero la legislación se
reglamentó recién en 2010. La norma dice que
los tres poderes del Estado tienen la obligación
de ocupar personas que reúnan condiciones de
idoneidad para el cargo o puesto, en una
proporción no inferior al 4 por ciento de la
totalidad del personal, así como a reservar
puestos de trabajos para ser exclusivamente
ocupados por PcD. Este porcentaje es
obligatorio para todo el personal de planta
permanente, contratados sea cual fuere la
modalidad de contratación, como así también
para los supuestos en las que existiere
tercerización de servicios
4. • En la República Argentina muchas personas
discapacitadas sufren la exclusión del sistema laboral. La
discriminación o la creencia de que una persona con
capacidad disminuída no puede desarrollar diversas
tareas, es un concepto erróneo que ha ido instalándose,
cada vez con más fuerza, en la sociedad. En otro sentido,
es posible afirmar que diversas organizaciones han
luchado a lo largo de los años por insertar a los
discapacitados en el mercado laboral, y que hoy, miles de
personas de un
• estro país han podido obtener un trabajo digno, acorde
con sus habilidades.
• Si bien no se conoce con exactitud cuál es la cantidad de
personas con capacidades diferentes que hoy conforma
el grupo de los desempleados, existen datos del 2003,
generados por el instituto nacional de
estadisticas y censos (indec), que dan cuenta de la falta
de empleo que sufre este grupo vulnerable