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Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Principios de la Criminalística y Microanálisis
Integrantes:
Yulianyel Yépez CI: 22.269.434
Ovilis Fuentes CI:
Aleymar González CI:
María Elen Rivero CI: 19.454.009
Carlos Valecillos CI:
Equipo Nº 1.
SAIA-L
Como equipo llegamos a la siguiente conclusión en cuanto al análisis de los temas 10 y
12, los cuales señalan los siete principios fundamentales de la criminalística y el otro
tema acerca del microanálisis. Inicialmente desglosamos uno a uno dichos principios
comenzando con el de Uso, el cual atiende fundamentalmente que sea cual sean las
circunstancias en las que se suscitaron los hechos presuntamente delictivos se hizo Uso
de algún agente o fuerza cuya naturaleza puede ser mecánica, biológica, química o
física. De Producción en la misma línea de ideas se tiene dicho principio como
consecuencia del Uso de algún agente, puesto que la materialización de dicho hecho va
a dejar ciertos rastros morfológicos y estructurales que garantizarán la reconstrucción de
los hechos; Durante el Uso y la Producción de dichos hechos, existirá un Intercambio
entre el autor del presunto crimen y la victima, todo esto en un espacio determinado el
cual se denomina “Lugar de los Hechos” dicho principio alude a la causa y efecto que
existe cuando hay un Intercambio de agentes entre diversos cuerpos: “Siempre que dos
objetos entran en contacto, transfieren parte del material que incorporan entre ellos.”
Por otro lado se tiene el de Correspondencia de Características, asume un principio
universal en la criminalística y este señala lo siguiente: “la acción dinámica de los
agentes mecánicos vulnerantes sobre determinados cuerpos dejan impresas sus
características reproduciendo la figura de su cara que impacta.” En otras palabras toda
fuerza que se superponga sobre otro cuerpo dejará una marca o huella que le
corresponda únicamente a dicho cuerpo durante su fuerza de impacto. El Principio de
reconstrucción de hechos y fenómenos estudia todos los elementos materiales de
prueba asociados al hecho, dando las bases y los elementos para conocer el desarrollo
de los fenómenos del caso y reconstruir el mecanismo del hecho o fenómeno, para
conocer la verdad de los hechos. En todo caso deberá existir un Principio de
probabilidad, el cual nos arrojará una idea de cómo sucedieron los hechos, pero nunca
se podrá decir: "esto sucedió exactamente así", ya que este principio nace para crear
discrepancias y generar hipótesis que lleven a investigaciones en búsqueda de
respuestas asertivas, dando así paso al Principio de Certeza el cual actúa a través de
identificaciones cualitativas, cuantitativas y comparativas de la mayoría de los agentes
vulnerantes que se utilizan elementos que se producen en la comisión de hechos,
arrojando resultados de los mismos acerca de su procedencia y conexión.
Uno de los principios donde parte los fundamentos de la Criminalística es que se puede
decir que técnicamente, en toda actividad de las personas, existe un momento y un
escenario donde se desarrollan diversas actividades del tipo social, político, religioso,
familiar, etc. incluso criminoso y que indudablemente, en cada escenario queda
estampado en forma latente o visual la presencia de los protagonistas, a través de
pequeños detalles dejados por cada uno como su único creador, (olores, sabores,
huellas, manchas, estado y posición de las cosas), y que por medio de su hallazgo y
estudio permiten deducir de que evento se trató.
Por otra parte, el microanálisis posibilita la determinación y cuantificación de los
elementos químicos presentes en prácticamente cualquier material; utilizando técnicas
para poder conseguir un resultado certero. El microanálisis de las evidencias es aquel
estudio minucioso o análisis que se realiza a pequeñas muestras, cualquiera que sea su
origen, a través de la puesta en práctica de métodos científicos, es decir, el uso de
sustancias o reactivos y equipos especializados para obtener un resultado de interés
criminalística. Este estudio es de gran importancia en el desarrollo de la investigación
criminal, entendiéndose por ésta como los pasos realizados por el investigador para
lograr la identificación de los presuntos autores de un hecho delictivo, a través de la
comprobación científica al someter a exámenes químicos o físicos en el laboratorio, las
evidencias recolectadas en el sitio del suceso o escena del crimen. El objeto del
microanálisis de las evidencias, está sujeto al sometimiento de estas a procesos
científicos, es decir, a usar ciencias como la química, biología y física, para identificar
la muestra recolectada y determinar su asociación con el hecho presuntamente
delictuoso, y es allí donde cobra importancia el microanálisis de la criminalística, pues
este es solo una forma o medio usado en este campo para lograr un resultado eficaz, que
pueda servir de acuerdo al método utilizado como orientación, probabilidad o de certeza
según el análisis realizado y el resultado de la misma.
La Criminalística y los peritajes nacen para facilitar el conocimiento de personas,
hechos u objetos que presentan dificultades para ser comprendidos. El juez, con la
ayuda o auxilio del peritaje, desentraña una parte del acto o hecho punible que ha
generado el proceso para después poder definir. La Ciencia pericial es totalmente
aplicativa, es una ciencia de mayor proyección, dándole métodos concretos para alejar
de ella, en lo más posible el verbalismo.
Los principios criminalístico son aquellas bases científicas sobre las cuales se
fundamenta la investigación para determinar aspectos esenciales dentro del margen de
los hechos del delito, se estudian en la materia siete principios esenciales, el principio de
uso es aquel referido a los agentes mecánicos, químicos físicos y biológicos que son
utilizados en la comisión del hecho delictivo. El principio de producción estudia los
elementos materiales que se presentan en el sitio del suceso con los cuales se da
estructura a la investigación y contribuyen a la reconstrucción e identificación del
hecho; el principio de intercambio son los indicios que se mezclan entre autor, victima y
lugar de hechos que contribuyen a dar elementos esenciales. El principio de
correspondencia de características fundamenta la acción dinámica de los agentes que
dan caracteres importantes a los hechos; seguidamente se tiene el principio de
reconstrucción de hechos, que nos determina el estudio que se realiza para asociar todos
los elementos, indicios y/o pruebas que ayudar a conocer el desarrollo del delito. El
principio de probabilidad es la suposición de hechos que nos determina la
reconstrucción de hechos, y por último el principio de certeza es el más importante
siendo que de allí se establecen las identificaciones de los elementos de la comisión del
hecho dando base por medio de caracteres cuantitativos, cualitativos y comparativos.
Es relevante destacar, que antes de que las evidencias físicas sean trasladadas al
laboratorio para su posterior estudio, las mismas deben haber cumplido con la cadena de
custodia pertinente, siendo esta un documento escrito donde se reflejan todas las
incidencias de las evidencias, así como también los movimientos y acciones ejercidas
sobre el elemento físico colectado. Angulo (2007) explica que:
La cadena de custodia se basa en los procedimientos que aseguran las
características originales de los elementos físicos de prueba, comenzando desde la
protección del lugar de los hechos, recolección, embalaje, transporte, análisis,
almacenamiento, preservación, recuperación y disponibilidad final de estos elementos e
identifica a los responsables en cada una de las etapas. (p.1).
De lo anterior se refiere que, el fin de la cadena de custodia es demostrar que
todas las evidencias físicas analizadas, son las mismas que fueron colectadas en el sitio
del hecho, es decir, esta permite la autenticidad de la evidencia y optimiza la
investigación penal, por lo tanto en la cadena de custodia se requiere un estricto
cumplimiento, en lo que se refiere a su empleo para que puedan ser suministradas
debidamente todas las evidencias físicas.
De esta manera, el transporte de las evidencias físicas al laboratorio se debe realizar
bajo estrictas normas de seguridad para evitar alteraciones, pérdida, deterioro o
contaminaciones de las mismas. Por consiguiente lo más seguro y recomendable para el
envío de una evidencia física, es que sea el propio personal que investiga el hecho el
que se encargue del traslado de las evidencias al laboratorio, con el fin de evitar
inconvenientes como mezcla indebida de indicios y mal manejo o manipulación de las
mismas. Como el principal objeto de estudio de este trabajo de grado son las evidencias
de índoles seminales, se trabajará en base las mismas.
Manchas en el sitio del suceso
Las manchas encontradas en el sitio del hecho, contribuyen en la práctica forense ya que
representan, los indicios de mayor importancia para el esclarecimiento del suceso. Estas
manchas pueden ser: de origen orgánica e inorgánicas, siendo las primeras aquellas
sustancias como: la sangre, semen, orina, obstétricas (líquido amniótico, vemix caseosa
y meconio), de sudor, fecales, de saliva, de vómito, de mucosa nasal, de cerumen, entre
otros. Y las segundas, aquellas como: las sales de plata en solución (primero incoloras,
después se oscurecen al exponerse a la luz), las de bicromato en solución (amarillas),
algunos ácidos, entre otros.
Las manchas fundamentalmente orgánicas deberán buscarse en las áreas asociadas y
cercanas al escenario del crimen, así como alrededor y en las ropas de la víctima. Es
importante destacar que de la clasificación de las manchas solo se utilizaran las
manchas seminales, por ser principal objeto de estudio de este trabajo.
Manchas Seminales
El estudio de los fluidos seminales García y Gómez, F.A. (1995). En la escena del
crimen se encuentra directamente ligado a los crímenes de índole sexual y serán de vital
importancia al momento de realizar la reconstrucción del hecho y el establecimiento de
identidad del agresor o agresores. Una de las evidencias biológicas que se puede
colectar en el sitio del hecho es el semen, el cual entra en lo que se denomina estudios
de semiología, los cuales están directamente relacionados con los delitos de violación.
Generalmente este líquido aparece mezclado con secreciones de la glándula prostática.
De igual forma, el líquido seminal se puede presentar en tres formas al investigador:
 Como mancha: impregnado en un tejido (prendas).
 Como fluido mezclado con otros fluidos corporales como las secreciones vaginales.
 Como semen o líquido espermático cuando se obtiene directamente del individuo
para la práctica del espermograma.
Por lo tanto, las manchas de semen pueden variar en aspectos de acuerdo al soporte
sobre el cual se encuentra, el tiempo transcurrido y las condiciones ambientales. Sobre
telas absorbentes se presentaran en forma de manchas irregulares de color blanco
grisáceo o blanco amarillento, de aspecto acartonado o almidonado. Sobre la piel
aparecen como películas brillantes.
Es importante destacar, que estas manchas con mucha frecuencia se encuentran
acompañadas de otras sustancias como sangre, vellos púbicos o apéndices pilosos, entre
otros. Un aspecto significativo a tener en cuenta es que durante el delito pudo haber
erección y penetración del miembro viril sin que haya habido eyaculación
Las muestras de semen en el delito de violación son difíciles de encontrar en estado
líquido, ya que tienden a secarse rápidamente. Una vez que se ha secado, y de acuerdo a
la cantidad y concentración de espermatozoides, este se vuelve como una capa
blanquecina que puede ser identificada por medio de la luz ultravioleta ya que emite una
fluorescencia característica.
Es por ello, que en caso de conseguir semen líquido, debe recogerse con una jeringa
estéril, la cual al mismo tiempo sirve de medio de embalaje, por ello no debe agregarse
ningún tipo de conservante. De igual manera pueden usarse para hacer el muestreo
hisopos o gasas, dejando secar a temperatura ambiente y embalarlos en bolsas o
recipientes estériles.
De igual forma, en los procedimientos de colección de muestras de semen, es de suma
importancia el cuidado en su manipulación, ya que el líquido seminal al secarse y al ser
manipulados los espermatozoides pueden partirse, fracturándose a nivel de la cabeza,
por lo que al examinarlos en el laboratorio pueden ser confundidos con bacterias.
La identificación del semen como componente de una mancha problema, constituye una
constante preocupación en los laboratorios criminalístico o forenses debido a que en los
últimos años se han incrementado las causas vinculadas a delitos sexuales relacionados
con casos de violación.
La prueba científica-forense
Es toda actuación promovida por el Ministerio Público, acompañada de un examen en
que por la naturaleza del mismo, los expertos deben tener conocimientos previos y
acertados a todas aquellas evidencias que sean encontradas y llevadas a juicio.
Experticia
Las experticias pueden ser judiciales (cuando son realizadas dentro del proceso por
determinación de un juez) o extrajudiciales (cuando son realizadas fuera del proceso
por iniciativa de los interesados)”.
Abunahman, (2005), expresa que la experticia, “tal como se conoce, viene a ser el
medio por el cual, en la mitad del proceso, personas calificadas verifican hechos que
interesan para la decisión de la causa llevando al Juez su respectiva opinión”.
Los expertos que realicen el examen pericial deberán tener conocimientos especiales en
la materia a la cual pertenece la experticia y solo deberán limitarse a dar opinión de ellas
en el momento que sean solicitadas por el juez en el juicio.
Silva (2012) Documento sin Publicar, señala que “Para establecer la importancia de las
pruebas en juicio, es menester hablar de la licitud y la libertad de la prueba, que se
constituyen en el régimen probatorio del Código Orgánico Procesal Penal, en los
artículos 197 y 198. Y para ello es significativo diferenciar el medio probatorio de la
prueba. A tal efecto cabe destacar que un indicio una vez procesado, se convierte en
evidencia… las cuales el Fiscal del Ministerio Publico, toma en consideración en el
momento de presentar su acusación, y es allí que pasan a ser elementos o medios de
prueba.
No obstante la prueba, se refiere a la actividad que desarrollan las partes, en vía
jurisdiccional, a objeto de llevarlas al juez para que este dicte un veredicto ajustado al
principio de la sana crítica, reglas de la lógica, conocimientos científicos y su máxima
de experiencia...tomando en consideración, los elementos debatidos.
Sobre la base de lo anterior, se trae a colación el siguiente ejemplo: En una inspección
ocular, se localiza manchas de presuntas sustancia seminales en el piso, así como
también es localizado un cadáver de una dama completamente desnudo y con signos de
violencia, al practicársele el frotis vaginal, se encontró apéndices pilosos y sustancia
seminal. Ahora Bien, mientras que el Ministerio Publico, no ordene practicar las
experticias correspondientes, no las puede ofrecer como medios de prueba, ya que solo
es una evidencia. El carácter de medio probatorio lo establece justamente, el ordenar
practicar las experticias, las cuales serán ofrecidas como elementos o medios
probatorios ante el Tribunal de Control, en el momento de presentar la acusación, y para
ello deberá reunir los principios de: licitud, pertinencia, necesidad, legalidad y utilidad,
una vez satisfechos estos principios…adquieren el carácter de prueba en juicio”.
“Artículo 197. Licitud de la prueba. Los elementos de convicción sólo tendrán valor si
han sido obtenidos por un medio lícito e incorporados al proceso conforme a las
disposiciones de este Código.
No podrán utilizarse información obtenida mediante tortura, maltrato coacción,
amenaza, engaño, indebida intromisión en la intimidad del domicilio, en la
correspondencia, las comunicaciones, los papeles y los archivos privados, ni la obtenida
que menoscabe la voluntad o viole los derechos fundamentales de las personas.
Asimismo, tampoco podrá apreciarse la información que provenga directa o
indirectamente de un medio o procedimiento ilícito”.
Este artículo señala que para que una prueba tenga valor en un juicio esta
debe cumplir con su licitud, sin hacer uso de algún medio practicado fuera de los límites
del mismo, como la tortura, engaño, maltrato, entre otros, con el fin de que pueda ser
apreciado por el Juez.
“Artículo 198. Libertad de la prueba. …Omissis…Un medio de prueba para ser
admitido, debe referirse, directa o indirectamente, al objeto de la investigación y ser útil
para el descubrimiento de la verdad. Los Tribunales podrán limitarlos medios de prueba
ofrecidos para demostrar un hecho o una circunstancia, cuando hay quedado
suficientemente comprobado con las pruebas ya practicadas.
El Tribunal puede prescindir de la prueba cuando esta sea ofrecida para acreditar un
hecho notorio”.
El artículo 198 nos da a entender que un medio de prueba pueda ser admitido, el mismo
debe guardar estrecha relación con el hecho, para que pueda ser tomado en el
descubrimiento de la verdad, en cuestión pudiendo el Tribunal de la causa prescindir de
dicha prueba cuando se trate de un hecho notorio.
Es por ello, que las pruebas son de suma importancia en los juicios de transgresión
sexual más específicamente de violación, ya por medio de las mismas se puede llegar al
esclarecimiento de hechos delictivos y la determinación del sujeto activo, la finalidad
además de lo antes mencionado es responsabilizar a la persona que cometió el hecho a
través de los procedimientos que se realizan en los juicios de violación.
Es importante señalar, que el Ministerio Público es quien realiza u ordena la práctica de
experticias, ya sea, para el examen de una persona u objeto, cuando se requieran
conocimientos o habilidades especiales en una determinada materia. Dichas experticias
estarán sometidas al peritaje, el cual consiste en un examen y estudio que es realizado
por un perito sobre el problema encomendado para luego entregar su informe o
dictamen pericial.
De igual forma, el perito es aquel profesional que tiene conocimientos profesionales
sobre una determinada materia, arte u oficio. En el ámbito criminal el perito debe
examinar las evidencias de las que se necesita extraer la información necesaria para
determinar entre otras cosas: el autor del delito, verificar si fue una acción delictual o un
posible accidente, victima, datos relevantes a la investigación, sustancias orgánicas e
inorgánicas externas como internas al lugar del hecho entre otras cosas y de las cuales
solamente es el perito quien tiene la experticia necesaria para obtener dicha información
dependiendo del área de la cual se trate.
Posteriormente, a la realización del peritaje se obtendrá un informe pericial, el cual
contendrá los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del
peritaje realizado conforme a los principios o reglas de su ciencia o arte. Del mismo
modo este informe será remitido al Juez con el fin de que sea éste quien deba valorar la
pericia o declaración del experto con base a las reglas de la sana crítica, ya que la
palabra del perito no es de certeza y que debe ser sometido al test fiabilidad, tanto desde
el punto de vista de su idoneidad como del contenido del dictamen.
Una vez determinada la sustancia seminal a través de los métodos utilizados en el
laboratorio de Micro análisis del CICPC, se realizara la identificación de la persona
responsable del delito de violación, en Fiscal del Ministerio Publico, debería solicitar la
práctica de un examen de ADN bien sea de sangre, sudor, saliva, apéndice piloso, entre
otros, ya que toda la composición de la persona se encuentra en su estructura, para
comparar con la sustancia seminal anteriormente determinada, de esta manera se
verificará si es positivo o negativo, siendo este examen el único método determinante en
la individualización de los sujetos. De este modo, el Juez al momento de dictar su
sentencia aplicara una justa y correcta administración de justicia en nombre de la
República.
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Principios científicos de la criminalística pdf

  • 1. Universidad Fermín Toro Vicerrectorado académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Principios de la Criminalística y Microanálisis Integrantes: Yulianyel Yépez CI: 22.269.434 Ovilis Fuentes CI: Aleymar González CI: María Elen Rivero CI: 19.454.009 Carlos Valecillos CI: Equipo Nº 1. SAIA-L
  • 2. Como equipo llegamos a la siguiente conclusión en cuanto al análisis de los temas 10 y 12, los cuales señalan los siete principios fundamentales de la criminalística y el otro tema acerca del microanálisis. Inicialmente desglosamos uno a uno dichos principios comenzando con el de Uso, el cual atiende fundamentalmente que sea cual sean las circunstancias en las que se suscitaron los hechos presuntamente delictivos se hizo Uso de algún agente o fuerza cuya naturaleza puede ser mecánica, biológica, química o física. De Producción en la misma línea de ideas se tiene dicho principio como consecuencia del Uso de algún agente, puesto que la materialización de dicho hecho va a dejar ciertos rastros morfológicos y estructurales que garantizarán la reconstrucción de los hechos; Durante el Uso y la Producción de dichos hechos, existirá un Intercambio entre el autor del presunto crimen y la victima, todo esto en un espacio determinado el cual se denomina “Lugar de los Hechos” dicho principio alude a la causa y efecto que existe cuando hay un Intercambio de agentes entre diversos cuerpos: “Siempre que dos objetos entran en contacto, transfieren parte del material que incorporan entre ellos.” Por otro lado se tiene el de Correspondencia de Características, asume un principio universal en la criminalística y este señala lo siguiente: “la acción dinámica de los agentes mecánicos vulnerantes sobre determinados cuerpos dejan impresas sus características reproduciendo la figura de su cara que impacta.” En otras palabras toda fuerza que se superponga sobre otro cuerpo dejará una marca o huella que le corresponda únicamente a dicho cuerpo durante su fuerza de impacto. El Principio de reconstrucción de hechos y fenómenos estudia todos los elementos materiales de prueba asociados al hecho, dando las bases y los elementos para conocer el desarrollo de los fenómenos del caso y reconstruir el mecanismo del hecho o fenómeno, para conocer la verdad de los hechos. En todo caso deberá existir un Principio de probabilidad, el cual nos arrojará una idea de cómo sucedieron los hechos, pero nunca se podrá decir: "esto sucedió exactamente así", ya que este principio nace para crear discrepancias y generar hipótesis que lleven a investigaciones en búsqueda de respuestas asertivas, dando así paso al Principio de Certeza el cual actúa a través de identificaciones cualitativas, cuantitativas y comparativas de la mayoría de los agentes vulnerantes que se utilizan elementos que se producen en la comisión de hechos, arrojando resultados de los mismos acerca de su procedencia y conexión. Uno de los principios donde parte los fundamentos de la Criminalística es que se puede decir que técnicamente, en toda actividad de las personas, existe un momento y un
  • 3. escenario donde se desarrollan diversas actividades del tipo social, político, religioso, familiar, etc. incluso criminoso y que indudablemente, en cada escenario queda estampado en forma latente o visual la presencia de los protagonistas, a través de pequeños detalles dejados por cada uno como su único creador, (olores, sabores, huellas, manchas, estado y posición de las cosas), y que por medio de su hallazgo y estudio permiten deducir de que evento se trató. Por otra parte, el microanálisis posibilita la determinación y cuantificación de los elementos químicos presentes en prácticamente cualquier material; utilizando técnicas para poder conseguir un resultado certero. El microanálisis de las evidencias es aquel estudio minucioso o análisis que se realiza a pequeñas muestras, cualquiera que sea su origen, a través de la puesta en práctica de métodos científicos, es decir, el uso de sustancias o reactivos y equipos especializados para obtener un resultado de interés criminalística. Este estudio es de gran importancia en el desarrollo de la investigación criminal, entendiéndose por ésta como los pasos realizados por el investigador para lograr la identificación de los presuntos autores de un hecho delictivo, a través de la comprobación científica al someter a exámenes químicos o físicos en el laboratorio, las evidencias recolectadas en el sitio del suceso o escena del crimen. El objeto del microanálisis de las evidencias, está sujeto al sometimiento de estas a procesos científicos, es decir, a usar ciencias como la química, biología y física, para identificar la muestra recolectada y determinar su asociación con el hecho presuntamente delictuoso, y es allí donde cobra importancia el microanálisis de la criminalística, pues este es solo una forma o medio usado en este campo para lograr un resultado eficaz, que pueda servir de acuerdo al método utilizado como orientación, probabilidad o de certeza según el análisis realizado y el resultado de la misma. La Criminalística y los peritajes nacen para facilitar el conocimiento de personas, hechos u objetos que presentan dificultades para ser comprendidos. El juez, con la ayuda o auxilio del peritaje, desentraña una parte del acto o hecho punible que ha generado el proceso para después poder definir. La Ciencia pericial es totalmente aplicativa, es una ciencia de mayor proyección, dándole métodos concretos para alejar de ella, en lo más posible el verbalismo. Los principios criminalístico son aquellas bases científicas sobre las cuales se fundamenta la investigación para determinar aspectos esenciales dentro del margen de
  • 4. los hechos del delito, se estudian en la materia siete principios esenciales, el principio de uso es aquel referido a los agentes mecánicos, químicos físicos y biológicos que son utilizados en la comisión del hecho delictivo. El principio de producción estudia los elementos materiales que se presentan en el sitio del suceso con los cuales se da estructura a la investigación y contribuyen a la reconstrucción e identificación del hecho; el principio de intercambio son los indicios que se mezclan entre autor, victima y lugar de hechos que contribuyen a dar elementos esenciales. El principio de correspondencia de características fundamenta la acción dinámica de los agentes que dan caracteres importantes a los hechos; seguidamente se tiene el principio de reconstrucción de hechos, que nos determina el estudio que se realiza para asociar todos los elementos, indicios y/o pruebas que ayudar a conocer el desarrollo del delito. El principio de probabilidad es la suposición de hechos que nos determina la reconstrucción de hechos, y por último el principio de certeza es el más importante siendo que de allí se establecen las identificaciones de los elementos de la comisión del hecho dando base por medio de caracteres cuantitativos, cualitativos y comparativos. Es relevante destacar, que antes de que las evidencias físicas sean trasladadas al laboratorio para su posterior estudio, las mismas deben haber cumplido con la cadena de custodia pertinente, siendo esta un documento escrito donde se reflejan todas las incidencias de las evidencias, así como también los movimientos y acciones ejercidas sobre el elemento físico colectado. Angulo (2007) explica que: La cadena de custodia se basa en los procedimientos que aseguran las características originales de los elementos físicos de prueba, comenzando desde la protección del lugar de los hechos, recolección, embalaje, transporte, análisis, almacenamiento, preservación, recuperación y disponibilidad final de estos elementos e identifica a los responsables en cada una de las etapas. (p.1). De lo anterior se refiere que, el fin de la cadena de custodia es demostrar que todas las evidencias físicas analizadas, son las mismas que fueron colectadas en el sitio del hecho, es decir, esta permite la autenticidad de la evidencia y optimiza la investigación penal, por lo tanto en la cadena de custodia se requiere un estricto
  • 5. cumplimiento, en lo que se refiere a su empleo para que puedan ser suministradas debidamente todas las evidencias físicas. De esta manera, el transporte de las evidencias físicas al laboratorio se debe realizar bajo estrictas normas de seguridad para evitar alteraciones, pérdida, deterioro o contaminaciones de las mismas. Por consiguiente lo más seguro y recomendable para el envío de una evidencia física, es que sea el propio personal que investiga el hecho el que se encargue del traslado de las evidencias al laboratorio, con el fin de evitar inconvenientes como mezcla indebida de indicios y mal manejo o manipulación de las mismas. Como el principal objeto de estudio de este trabajo de grado son las evidencias de índoles seminales, se trabajará en base las mismas. Manchas en el sitio del suceso Las manchas encontradas en el sitio del hecho, contribuyen en la práctica forense ya que representan, los indicios de mayor importancia para el esclarecimiento del suceso. Estas manchas pueden ser: de origen orgánica e inorgánicas, siendo las primeras aquellas sustancias como: la sangre, semen, orina, obstétricas (líquido amniótico, vemix caseosa y meconio), de sudor, fecales, de saliva, de vómito, de mucosa nasal, de cerumen, entre otros. Y las segundas, aquellas como: las sales de plata en solución (primero incoloras, después se oscurecen al exponerse a la luz), las de bicromato en solución (amarillas), algunos ácidos, entre otros. Las manchas fundamentalmente orgánicas deberán buscarse en las áreas asociadas y cercanas al escenario del crimen, así como alrededor y en las ropas de la víctima. Es importante destacar que de la clasificación de las manchas solo se utilizaran las manchas seminales, por ser principal objeto de estudio de este trabajo. Manchas Seminales
  • 6. El estudio de los fluidos seminales García y Gómez, F.A. (1995). En la escena del crimen se encuentra directamente ligado a los crímenes de índole sexual y serán de vital importancia al momento de realizar la reconstrucción del hecho y el establecimiento de identidad del agresor o agresores. Una de las evidencias biológicas que se puede colectar en el sitio del hecho es el semen, el cual entra en lo que se denomina estudios de semiología, los cuales están directamente relacionados con los delitos de violación. Generalmente este líquido aparece mezclado con secreciones de la glándula prostática. De igual forma, el líquido seminal se puede presentar en tres formas al investigador:  Como mancha: impregnado en un tejido (prendas).  Como fluido mezclado con otros fluidos corporales como las secreciones vaginales.  Como semen o líquido espermático cuando se obtiene directamente del individuo para la práctica del espermograma. Por lo tanto, las manchas de semen pueden variar en aspectos de acuerdo al soporte sobre el cual se encuentra, el tiempo transcurrido y las condiciones ambientales. Sobre telas absorbentes se presentaran en forma de manchas irregulares de color blanco grisáceo o blanco amarillento, de aspecto acartonado o almidonado. Sobre la piel aparecen como películas brillantes. Es importante destacar, que estas manchas con mucha frecuencia se encuentran acompañadas de otras sustancias como sangre, vellos púbicos o apéndices pilosos, entre otros. Un aspecto significativo a tener en cuenta es que durante el delito pudo haber erección y penetración del miembro viril sin que haya habido eyaculación
  • 7. Las muestras de semen en el delito de violación son difíciles de encontrar en estado líquido, ya que tienden a secarse rápidamente. Una vez que se ha secado, y de acuerdo a la cantidad y concentración de espermatozoides, este se vuelve como una capa blanquecina que puede ser identificada por medio de la luz ultravioleta ya que emite una fluorescencia característica. Es por ello, que en caso de conseguir semen líquido, debe recogerse con una jeringa estéril, la cual al mismo tiempo sirve de medio de embalaje, por ello no debe agregarse ningún tipo de conservante. De igual manera pueden usarse para hacer el muestreo hisopos o gasas, dejando secar a temperatura ambiente y embalarlos en bolsas o recipientes estériles. De igual forma, en los procedimientos de colección de muestras de semen, es de suma importancia el cuidado en su manipulación, ya que el líquido seminal al secarse y al ser manipulados los espermatozoides pueden partirse, fracturándose a nivel de la cabeza, por lo que al examinarlos en el laboratorio pueden ser confundidos con bacterias. La identificación del semen como componente de una mancha problema, constituye una constante preocupación en los laboratorios criminalístico o forenses debido a que en los últimos años se han incrementado las causas vinculadas a delitos sexuales relacionados con casos de violación. La prueba científica-forense Es toda actuación promovida por el Ministerio Público, acompañada de un examen en que por la naturaleza del mismo, los expertos deben tener conocimientos previos y acertados a todas aquellas evidencias que sean encontradas y llevadas a juicio.
  • 8. Experticia Las experticias pueden ser judiciales (cuando son realizadas dentro del proceso por determinación de un juez) o extrajudiciales (cuando son realizadas fuera del proceso por iniciativa de los interesados)”. Abunahman, (2005), expresa que la experticia, “tal como se conoce, viene a ser el medio por el cual, en la mitad del proceso, personas calificadas verifican hechos que interesan para la decisión de la causa llevando al Juez su respectiva opinión”. Los expertos que realicen el examen pericial deberán tener conocimientos especiales en la materia a la cual pertenece la experticia y solo deberán limitarse a dar opinión de ellas en el momento que sean solicitadas por el juez en el juicio. Silva (2012) Documento sin Publicar, señala que “Para establecer la importancia de las pruebas en juicio, es menester hablar de la licitud y la libertad de la prueba, que se constituyen en el régimen probatorio del Código Orgánico Procesal Penal, en los artículos 197 y 198. Y para ello es significativo diferenciar el medio probatorio de la prueba. A tal efecto cabe destacar que un indicio una vez procesado, se convierte en evidencia… las cuales el Fiscal del Ministerio Publico, toma en consideración en el momento de presentar su acusación, y es allí que pasan a ser elementos o medios de prueba. No obstante la prueba, se refiere a la actividad que desarrollan las partes, en vía jurisdiccional, a objeto de llevarlas al juez para que este dicte un veredicto ajustado al principio de la sana crítica, reglas de la lógica, conocimientos científicos y su máxima de experiencia...tomando en consideración, los elementos debatidos. Sobre la base de lo anterior, se trae a colación el siguiente ejemplo: En una inspección ocular, se localiza manchas de presuntas sustancia seminales en el piso, así como también es localizado un cadáver de una dama completamente desnudo y con signos de
  • 9. violencia, al practicársele el frotis vaginal, se encontró apéndices pilosos y sustancia seminal. Ahora Bien, mientras que el Ministerio Publico, no ordene practicar las experticias correspondientes, no las puede ofrecer como medios de prueba, ya que solo es una evidencia. El carácter de medio probatorio lo establece justamente, el ordenar practicar las experticias, las cuales serán ofrecidas como elementos o medios probatorios ante el Tribunal de Control, en el momento de presentar la acusación, y para ello deberá reunir los principios de: licitud, pertinencia, necesidad, legalidad y utilidad, una vez satisfechos estos principios…adquieren el carácter de prueba en juicio”. “Artículo 197. Licitud de la prueba. Los elementos de convicción sólo tendrán valor si han sido obtenidos por un medio lícito e incorporados al proceso conforme a las disposiciones de este Código. No podrán utilizarse información obtenida mediante tortura, maltrato coacción, amenaza, engaño, indebida intromisión en la intimidad del domicilio, en la correspondencia, las comunicaciones, los papeles y los archivos privados, ni la obtenida que menoscabe la voluntad o viole los derechos fundamentales de las personas. Asimismo, tampoco podrá apreciarse la información que provenga directa o indirectamente de un medio o procedimiento ilícito”. Este artículo señala que para que una prueba tenga valor en un juicio esta debe cumplir con su licitud, sin hacer uso de algún medio practicado fuera de los límites del mismo, como la tortura, engaño, maltrato, entre otros, con el fin de que pueda ser apreciado por el Juez. “Artículo 198. Libertad de la prueba. …Omissis…Un medio de prueba para ser admitido, debe referirse, directa o indirectamente, al objeto de la investigación y ser útil para el descubrimiento de la verdad. Los Tribunales podrán limitarlos medios de prueba ofrecidos para demostrar un hecho o una circunstancia, cuando hay quedado suficientemente comprobado con las pruebas ya practicadas.
  • 10. El Tribunal puede prescindir de la prueba cuando esta sea ofrecida para acreditar un hecho notorio”. El artículo 198 nos da a entender que un medio de prueba pueda ser admitido, el mismo debe guardar estrecha relación con el hecho, para que pueda ser tomado en el descubrimiento de la verdad, en cuestión pudiendo el Tribunal de la causa prescindir de dicha prueba cuando se trate de un hecho notorio. Es por ello, que las pruebas son de suma importancia en los juicios de transgresión sexual más específicamente de violación, ya por medio de las mismas se puede llegar al esclarecimiento de hechos delictivos y la determinación del sujeto activo, la finalidad además de lo antes mencionado es responsabilizar a la persona que cometió el hecho a través de los procedimientos que se realizan en los juicios de violación. Es importante señalar, que el Ministerio Público es quien realiza u ordena la práctica de experticias, ya sea, para el examen de una persona u objeto, cuando se requieran conocimientos o habilidades especiales en una determinada materia. Dichas experticias estarán sometidas al peritaje, el cual consiste en un examen y estudio que es realizado por un perito sobre el problema encomendado para luego entregar su informe o dictamen pericial. De igual forma, el perito es aquel profesional que tiene conocimientos profesionales sobre una determinada materia, arte u oficio. En el ámbito criminal el perito debe examinar las evidencias de las que se necesita extraer la información necesaria para determinar entre otras cosas: el autor del delito, verificar si fue una acción delictual o un posible accidente, victima, datos relevantes a la investigación, sustancias orgánicas e inorgánicas externas como internas al lugar del hecho entre otras cosas y de las cuales solamente es el perito quien tiene la experticia necesaria para obtener dicha información dependiendo del área de la cual se trate. Posteriormente, a la realización del peritaje se obtendrá un informe pericial, el cual contendrá los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del
  • 11. peritaje realizado conforme a los principios o reglas de su ciencia o arte. Del mismo modo este informe será remitido al Juez con el fin de que sea éste quien deba valorar la pericia o declaración del experto con base a las reglas de la sana crítica, ya que la palabra del perito no es de certeza y que debe ser sometido al test fiabilidad, tanto desde el punto de vista de su idoneidad como del contenido del dictamen. Una vez determinada la sustancia seminal a través de los métodos utilizados en el laboratorio de Micro análisis del CICPC, se realizara la identificación de la persona responsable del delito de violación, en Fiscal del Ministerio Publico, debería solicitar la práctica de un examen de ADN bien sea de sangre, sudor, saliva, apéndice piloso, entre otros, ya que toda la composición de la persona se encuentra en su estructura, para comparar con la sustancia seminal anteriormente determinada, de esta manera se verificará si es positivo o negativo, siendo este examen el único método determinante en la individualización de los sujetos. De este modo, el Juez al momento de dictar su sentencia aplicara una justa y correcta administración de justicia en nombre de la República.