PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
Rocio5ºb
1. SOCIEDADES COMERCIALES NOMBRE Y APELLIDOS: ROCIO LAREDO MARIÑAS PROFESOR: MARTIN CHOCANO GRADO Y SECCION: 5ºB AÑO: 2010
2. SOCIEDADES COMERCIALES Es un contrato, a través del cual dos o más personas se comprometen a hacer aportes en dinero, especie o trabajo; con el objetivo de destinarlos a formar una persona jurídica diferente a cada uno de sus integrantes, cuyo fin es repartirse las utilidades obtenidas con la actividad de la empresa.
3. Tipos de sociedades comerciales Según objeto social: s. civil, s. mercantil. Según la división del capital: s. colectiva, s. comandita. Según la participación del Estado: s. Estatal (>90%), s. Mixta (51%-90%), s. Privada (<51%). Según la ley de constitución: s. Nacional, s. Extranjera. Según el origen del capital: s. Nacional (80%-100%), s. Mixta (51%-80%), s. Extranjera (49%-100%).
4. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Responsabilidad no se extiende más allá de los aportes. El monto del capital está dividido en cuotas de igual valor. El número máximo y mínimo de socios: 25 y 2 respectivamente.
5. SOCIEDAD ANONIMA Conformada por la reunión de un fondo social suministrado por accionistas responsables hasta el monto de sus respectivos aportes Denominación seguida de las palabras "sociedad anónima" o de las letras "S.A.“ Mínimo 5 accionistas.
6. SOCIEDAD COLECTIVA Socios responden solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales. Nombre completo o el solo apellido de alguno o algunos de los socios seguido de las expresiones "y compañía", "hermanos", "e hijos“.
7. SOCIEDAD EN COMANDITA Socios gestores o colectivos y, socios comanditarios. Nombre completo o sólo el apellido de uno o más socios colectivos y se agregará la expresión "y compañía" o la abreviatura "& Cía."
8. SOCIEDAD MERCANTIL La sociedad mercantil o sociedad comercial es aquella sociedad que tiene por objeto la realización de uno o más actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil. Se diferencia de un contrato de sociedad civil. Como toda sociedad, son entes a los que la ley reconoce personalidad jurídica propia y distinta de sus miembros, y que contando también con patrimonio propio, canalizan sus esfuerzos a la realización de una finalidad lucrativa que es común, con vocación tal que los beneficios que resulten de las actividades realizadas, solamente serán percibidos por los socios.
9. CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE SOCIEDAD - El contrato de sociedad es bilateral o multilateral, según que participen dos personas o un numero superior, toda vez que las partes se obligan recíprocamente. -El contrato es oneroso, ya que su objeto es la utilidad de ambos o de todos los contratantes, gravándose cada uno en beneficio de otro o de los otros. -También es conmutativo, ya que lo que cada parte se obliga a hacer se mira como equivalente de lo que hará la otra -El contrato de sociedad es reglado por el Código Civil, esto es, el contrato de sociedad colectiva y en comandita civil, es un contrato consensual, ya que la ley no establece solemnidad alguna a su respecto, y no es real, pues los aportes no perfeccionan el contrato.