2. Leyes del Magisterio desde 1964 1964 1984 1990 2001 - 2007 1980 Ley Nº 15215, Ley del Estatuto y Escalafón del Magisterio Peruano Ley Nº 24029, Ley del Magisterio Ley Nº 25212, Ley del Profesorado Preparación Propuesta Carrera Pública Magisterial Decreto Ley N° 22875 ( 16 ) ( 4 ) ( 17 ) ( 6 ) 11 julio 2007 Ley Nº 29062, modifica la Ley del Profeso-rado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial
5. Debate sobre la Propuesta de la CPM En las Instituciones En las Regiones En los Medios En la Comisión Permanente En la Comisión de Educación
6. BASE LEGAL DE LA LEY DE CARRERA Mandato de la Ley N° 28044 Artículo 57
7. Participación ciudadana en las modalidades de la Consulta Nacional CONSULTA CIUDADANA Anfora por la educación 34,759 votantes de 24 Departamentos CONSULTA INSTITUCIONAL 280 instituciones participantes de Lima y provincias CONSULTA DESCENTRALIZADA Talleres 200 talleres realizados 10,672 participantes a nivel provincial y departamental CONSULTA ELECTRÓNICA 304 votantes en la web del Congreso de la República CONSULTA INTERNACIONAL Conferencia 15 universidades interconectadas en el país 1,500 participantes* CONSULTA TECNICA Comisiones especializadas 100 especialistas, asesores y técnicos PROYECTOS DE LEY 7 Proyectos presentados por congresistas de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología LEY Nº 28044 *Cifra estimada
9. Alcance de la Ley Nº 29062 Cesantes y Jubilados Educación Superior Carrera Pública Administrativa Carrera de otros profesionales Profesores de Educación Básica, Educación Técnico Productiva Instancias de gestión pública descentralizada
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11. Estructura y duración IV Nivel III Nivel V Nivel II Nivel I Nivel 5 años 5 años 5 años 5 años IV Nivel III Nivel II Nivel I Nivel 3 años 5 años 6 años 6 años V Nivel I Nivel II Nivel III Nivel IV Nivel 3 años 3 años 5 años 5 años V Nivel Ley Nº 24029 Ley Nº 29062 Ingreso y permanencia en las Áreas de Administración e Investigación Tiempo de ascenso para docentes de escuelas unidocentes, multigrado y bilingües
13. INGRESO AL PRIMER NIVEL Título Colegiatura Eliminado VACANTE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Período de Inserción INSTITUCIÓN EDUCATIVA NOMBRAMIENTO Conocimientos y Capacidades Psicológica DRE / UGEL PRUEBA NACIONAL Elaboración: SINEACE + MED Formación profesional, Capacidad didáctica, Experiencia, Méritos, Desempeño profesional, Idiomas, Tics Segunda etapa Primera etapa Desaprueba
14. Responsables de la elaboración y aplicación de la Prueba Nacional ELABORACIÓN MED ELABORACIÓN PRUEBA DE CONOCI- MIENTOS Y EVALUACIÓN PSICOLO- GICA SINEACE DRE/UGEL APLICACIÓN DE LA PRUEBA Indicadores e instrumentos los elabora el SINEACE y el MED Tiene en cuenta pluri-culturalidad y diversidad re-gional.
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16. Composición de la C omisión de E valuación en la I nstitución Educativa COMISIÓN DE EVALUACIÓN Director preside Coordinador Académico del Área Profesor del Nivel elegido por profeso- res Dos Padres de Familia En las I.E. Unidocentes y multigrado la realiza la UGEL
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19. Criterios para evaluación de desempeño y ascenso Formación Desempeño Méritos Experiencia Idoneidad profesional Compromiso ético Ley Nº 29062 art. 24º
20. Factores de evaluación del desempeño Logros pedagógicos Dominio currículo y conocimientos Innovación pedagógica Autoevaluación Permanente, integral y obligatoria Cumplimiento funciones Además de lo pedido en el Art. 24
21. Efectos de la evaluación para todos EVALUACIÓN ORDINARIA CAPACITACIÓN EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA CAPACITACIÓN EVALUACIÓN ORDINARIA ( 1 AÑO ) ( 1 AÑO ) ( 3 AÑOS ) Retirado
24. Escalafón Magisterial SISTEMA Descentralizado Nacional Actualizado Se publica en el Portal Informático del Min. de Educación Público
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29. Remuneración Determinada por el Gobierno Nacional. Está en relación a lo que percibe un profesor del I Nivel, las diferencias son: 15 % 3 0% 5 0% 100% 0 20 40 60 80 100 II Nivel III Nivel IV Nivel V Nivel
30. Asignaciones DIRECTOR O SUBDIRECTOR UNIDOCENTE MULTIGRADO FUNCIONES COMPETENCIAS Los Gobiernos Regionales pueden añadir otras asignaciones ACOMPAÑAMIENTO A LA INSERCIÓN DESEMPEÑO DESTA- CADO 10, 15, 20 o 40 % 30 o 10 % 10 % Además, hay por tiempo de servicios, preparación de clase, luto y sepelio y compensación 1 remuneración mensual al año EXCELENCIA PROFESIONAL
31. PARA PROFESORES CON TÍTULO PEDAGÓGICO NOMBRADOS SEGÚN EL RÉGIMEN DE LA LEY N° 24029, LEY DEL PROFESORADO MODIFICADA POR LEY N° 25212 (DEL II AL V NIVEL MAGISTERIAL) PROGRAMA DE INCORPORACIÓN
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36. 3 A) En el Ministerio de Educación: Expertos y Técnicos Instituciones especializadas de alto nivel académico: B) En cada Dirección Regional de Educación, un comité conformado po r: El director de la Dirección Regional de Educación que lo preside . Un representante del Ministerio de Educación. El director de gestión pedagógica. El director de gestión institucional. El responsable de personal, que actúa con funciones de secretari o técnico. Dos representantes del COPARE, elegidos por y entre sus miembros. 3. EQUIPOS DE EVALUACIÓN C) En el ámbito de la Dirección Regional de Lima Metropolitana, y e n aquellas que se designe especialmente, cada Unidad de Gestión Educativa Local constituir á su Comité de Evaluación Local conformado por: El director de Unidad de Gestión Educativa Local que lo preside. Un representante del Ministerio de Educación. El responsable del área de gestión institucional. El responsable del área de gestión pedagógica. El responsable de personal que actúa como secretaria técnico. Dos representantes del COPALE, elegidos de entre sus miembros. D) En el ámbito de la institución educativa: Director y el CONEI
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43. PARTICIPANTES CRITERIO Y PUNTAJE ASPECTOS INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN Postulantes de las áreas de Gestión Pedagógica y Gestión Institucional para los niveles magisteriales II, III, IV, y V DESEMPEÑO PROFESIONAL (10 puntos) Asistencia y puntualidad a la Institución Educativa o a la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local. Desempeño profesional. Para los profesores y subdirectores: Evaluación del Director de la I.E. y del CONEI. Para los Directores: Evaluación del CONEI y el Vº Bº del Director de la UGEL o DRE. Para los especialistas: Para la asistencia: Evaluación del responsable del Personal y Vº Bº del Director de la UGEL o de la DRE Para el desempeño laboral: Evaluación del Jefe del Área y Vº Bº del Director de la UGEL o de la DRE Se califica de acuerdo a la Tabla de evaluación del Expediente. Ver Anexo 1
44. EVALUACION DE LA IDONEIDAD PROFESIONAL DE LOS POSTULANTES CLASIFICADOS (60 puntos) SEGUNDO NIVEL MAGISTERIAL ÁREAS PUNTOS CRITERIO ASPECTOS INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN Gestión pedagógica y Gestión institucional 60 IDONEIDAD PROFESIONAL Para los profesores, subdirectores, directores y especialistas según la modalidad y nivel (60 puntos) La prueba de especialidad se da de acuerdo a lo indicado en la Resolución de Nombramiento del profesor que postula Educación Básica Regular a) Inicial Todas las áreas del currículo del nivel. b) Primaria Todas las áreas del currículo del nivel. c) Secundaria Sobre la especialidad o el área que enseña el profesor. Educación Básica Especial a) En el Nivel de Inicial o de Primaria todas las áreas b) En el de secundaria sobre la especialidad o el área especifica que atiende. Educación Básica Alternativa a) En los ciclos inicial e intermedio, todas las áreas b) En el avanzado, la especialidad o el área especifica que atiende. Educación Técnico Productiva En la familia profesional cuyo Nombramiento tiene el profesor Prueba nacional escrita
45. TERCER NIVEL MAGISTERIAL ÁREAS PUNTOS CRITERIO ASPECTOS INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN GESTIÓN PEDAGÓGICA Y GESTIÓN INSTITUCIONAL 60 IDONEIDAD PROFESIONAL Para los profesores, subdirectores, directores y especialistas según la modalidad y nivel (60 puntos)) La prueba de especialidad se da de acuerdo a lo indicado en la Resolución de Nombramiento del profesor que postula Educación Básica Regular a) Inicial Todas las áreas del currículo del nivel. b) Primaria Todas las áreas del currículo del nivel. c) Secundaria Sobre la especialidad o el área que enseña el profesor. Educación Básica Especial a) En el Nivel de Inicial o de Primaria todas las áreas b) En el de secundaria sobre la especialidad o el área especifica que atiende. Educación Básica Alternativa a) En los ciclos inicial e intermedio, todas las áreas b) En el avanzado, la especialidad o el área especifica que atiende. Educación Técnico Productiva En la familia profesional cuyo nombramiento tiene el profesor Prueba nacional escrita
46. CUARTO NIVEL MAGISTERIAL ÁREAS PUNTOS CRITERIO ASPECTOS INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN GESTIÓN PEDAGÓGICA Y GESTIÓN INSTITUCIO-NAL 60 IDONEIDAD PROFESIONAL Para los profesores, subdirectores, directores y especialistas según la modalidad y nivel (40 puntos) La prueba de especialidad se da de acuerdo a lo indicado en la Resolución de Nombramiento del profesor que postula Educación Básica Regular a) Inicial Todas las áreas del currículo del nivel. b) Primaria Todas las áreas del currículo del nivel. c) Secundaria Sobre la especialidad o el área que enseña el profesor. Educación Básica Especial a) En el Nivel de Inicial o de Primaria todas las áreas b) En el de secundaria sobre la especialidad o el área especifica que atiende. Educación Básica Alternativa a) En los ciclos inicial e intermedio, todas las áreas b) En el avanzado, la especialidad o el área especifica que atiende. Educación Técnico Productiva En la familia profesional cuyo Nombramiento tiene el profesor CAPACIDAD DIDÁCTICA (10 puntos) USO DE LAS TIC (10 puntos) Prueba nacional escrita Esquema de aprendizaje y clase magistral Prueba de desempeño
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48. TABLA DE EVALUACIÓN DEL EXPEDIENTE PARA TODOS LOS NIVELES MAGISTERIALES FORMACIÓN El puntaje máximo en el criterio de Formación es de 15 puntos . La calificación del expediente en este rubro no puede exceder a este total.
49. RECONOCIMIENTOS DE MÉRITOS El puntaje máximo en el criterio de méritos es de 10 puntos . La calificación del expediente en este rubro no puede exceder a este total. Trabajos a favor del desarrollo de la comunidad para el ámbito rural 2 Por cada trabajo certificado por quien dirija o presida la comunidad, fedateado por la UGEL o DRE Condecoraciones y distinciones profesionales Por cada una: Amauta (7 puntos), Maestro (6 puntos), Educador (5 puntos); distinción universitaria, regional o municipal (4 puntos); Institucional (1 punto). Las Resoluciones que las otorgan deben tener fecha anterior a la Resolución Minist erial que aprueba este Reglamento. Resoluciones de reconocimiento o felicitación Ve r observaciones Por cada una: Ministerial (4 puntos) Regional o de UGEL (3 puntos), Institucional (1 punto). Las Resoluciones deben tener fecha anterior a la Resolución Ministerial que apru eba este Reglamento. Resolución de Director o Subdirector nombrado o encargado 5 3 3 2 Director nombrado, Director encargado Subdirector nombrado Subdirector encargado Se acredita con la copia fedateada de la Resolución de Nombramiento o Encargatura INDICADORES PUNTAJE (máximo) OBSERVACIONES Trabajo de investigación original publicado 3 Se acredita con la copia fotostática de la investigación fedateada. Debe estar explícito el nombre del postulante, la fecha de la publicación y en qué Revista científica o ped agógica se publicó. Investigación no publicada no se toma en cuenta. Texto escolar original publicado 2 Se acredita con una certificación expedida por la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local o de la Dirección Regional de Educación, bajo responsabilid ad de la autoridad que la firma Software educativo original 3 Se acredita con el reconocimiento de la DIGETE o del Proyecto Huascarán Obras literarias, artísticas o culturales publicadas o exhibidas 2 Las literarias son originales y publicadas. Las artísticas o culturales deben tener certificación oficial de exhibición.
50. DESEMPEÑO PROFESIONAL El puntaje máximo en el criterio de desempeño profesional es de 10 puntos . La calificación del expediente en este rubro no puede exceder a este total. Se dispone de un máximo de 4 puntos por asistencia y de 6 por desempeño laboral
53. EXPERIENCIA PROFESIONAL El puntaje máximo en el criterio de experiencia profesional es de 5 puntos . La calificación del expediente en este rubro no puede exceder a este total Después de descontar los años de servicio que se requieren para postular a un nivel de la Carrera Pública Magisterial, los años que excedan a este requisito tienen el puntaje siguiente: 0.5 por cada año de servicios en zona urbana; y, 1 punto por cada año de servicios en zona rural. Sólo se acreditan los años de servicio con el original o copia del Informe escalafonario o resoluciones de nombramiento
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55. 8. MESES DE INCORPORACIÓN NIVELES MESES AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE II y III IV y V
56. ¿CUÁNTO GANA ACTUALMENTE UN DOCENTE Y CUÁNTO GANARÁ SI SE INCORPORA A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL?