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Silabo atencion al ciudadano en la labor policial

6 Feb 2018
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  1. 1 POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ DIRECCIÓN DE EJECUTIVA DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA ESCUELA DE TECNICO SUPERIOR PNP TRUJILLO SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA SÍLABO DESARROLLADO DE : ATENCION AL CIUDADANO EN LA LABOR POLICIAL. DOCENTES : Cmdte ® PNP URTEAGA ALCALDE Juan Mayor PNP VIDAL DEL CARPIO Cristian SO. S. PNP SANCHEZ SANCHEZ Carlos SO. B. PNP ZAVALETA GATAÑUDIE G. SO. B. PNP PELAEZ LOPEZ Grober SOT2. PNP CUEVA GAVIDIA Segundo SOT2. PNP SILVA AZAÑERO Ronald SO. 1. PNP MACHUCA MONTALVO Lady AÑO : 2018
  2. 2 SÍLABO DESARROLLADO DE LA ASIGNATURA DE ATENCION AL CIUDADANO EN LA LABOR POLICIAL I. DATOS GENERALES EJE CURRICULAR : Formación Complementaria ÁREA EDUCATIVA : Desarrollo Profesional. ÁREA COGNITIVA : Realidad Político - Social AÑO DE ESTUDIOS : Primer Año HORAS SEMESTRALES : 36 horas académicas HORAS SEMANALES : 02 horas CRÉDITOS : 02 créditos PERIODO ACADÉMICO : I Semestre Académico de Formación MODALIDAD : Programa Regular Presencial DIRIGIDO : A los Alumnos “Promoción 2018 -2020 ESPECIALIDAD : Orden Publico y Seguridad II. SUMILLA: La Asignatura forma parte del Plan Curricular de la Escuela Técnico Superior PNP, de Trujillo, lo cual comprende aspectos teóricos, consolidados con los talleres que se orientan al Alumno, para su formación profesional; significándose, que éstos conocimientos de las Funciones del personal policial relacionadas a la atención al ciudadano, va a servir a que éstos conocimientos gobiernan y condicionen la conducta de los Policías, quienes tienen la obligación de respetar y proteger a la persona humana, sin establecer diferencias por razones de sexo, raza, religión, opinión, idioma, condición económica y de otra índole. Asimismo en la presenta actividad educativa, se está considerando la representación de roles, mediante la cual se perenniza la conducta positiva del Policial durante el intercambio con el ciudadano que acude a solicitar o recibir sus servicios, reclamos y sugerencias. Estas concepciones, permitirá el desarrollo competitiva del futuro Policial Nacional del Perú, cuyos contenidos implican el dominio cognoscitivo de los fundamentos generales de la atención al ciudadano dentro del proceso de la Modernización de la Gestión pública, sus principios doctrinarios, Estándares para una atención de calidad al ciudadano, etc. cuyas Normas deben estar enmarcadas en la Cultura organizacional de la Policía Nacional del Perú.
  3. 3 1. OBJETIVOS 1.1. OBJETIVOS GENERAL Desarrollar en los alumnos un conjunto de conocimientos, actitudes, valores, técnicas y habilidades en la gestión de la atención al ciudadano en la labor policial, con la finalidad de que el servicio que brindan sea de calidad. El objetivo de esta asignatura es que las alumnas conozcan los estándares para una atención de calidad a la ciudadanía, para incorporarlos en la estructuración de las funciones de la PNP, mediante el uso de prácticas y herramientas de mejoramiento continuo en su actuar diario contribuyendo a afrontar los retos de competitividad que se les presenten en su vida personal y profesional. Es importante señalar que este curso no pretende crear un procedimiento que establezca de manera secuencial y detallada los pasos a seguir para mejorar la atención a la ciudadanía, sino orientar sobre la mejor manera de planificar e implementar diversas actividades que permitan lograr una mejor atención. 1.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS 1. Que los alumnos al finalizar el curso adopten una cultura de calidad en la atención a la ciudadanía en la labor policial. 2. Proporcionar a los alumnos conceptos y conocimientos básicos sobre la dimensión cognoscitiva de la calidad en la atención a la ciudadanía en la labor policial. 3. Que los alumnos analicen el marco normativo nacional e internacional sobre la calidad en la atención a la ciudadanía. 4. Que los alumnos internalicen el derecho que tienen las personas a que se les brinden servicios de calidad al momento de realizar algún trámite o requerir algún servicio en una entidad policial. 1.3. COMPETENCIA Los alumnos muestran interés, investigan, argumentan, explican, aplican y valoran los conceptos, métodos y técnicas de la gestión de la calidad en la atención a la ciudadanía en la labor policial, mediante la búsqueda y adquisición constante de información actualizada, desarrollo de habilidades y refuerzo de valores, para impulsar la competitividad de la PNP de la cual forman parte, con liderazgo y ética. 1.4. CAPACIDADES 1. Los alumnos muestran interés, investigan y argumentan sobre la importancia de la concepción, conceptualización y operatividad de la calidad en la atención a la ciudadanía en la labor policial, mediante la búsqueda y adquisición constante de información actualizada, desarrollo de habilidades y refuerzo de la filosofía de la calidad como un instrumento de mantener competitiva la organización y/o entidad de la cual forma parte.
  4. 4 2. Los alumnos conocen y analizan en forma crítica la calidad y evolución del servicio denominado: atención a la ciudadanía en la labor policial. III. CONTENIDOS: I UNIDAD ACADÉMICA PRIMERA SEMANA (02 horas)  (04 de Enero del 2018) Primera Sesión: Introducción: Concepto de Ciudadano, significado de Atención al ciudadano, Significado de Funcionario Público, Análisis sobre el Código de Conducta para los Funcionarios encargados de cumplir y hacer cumplir la ley, Labor policial.  Segunda Sesión: Taller: los derechos fundamentales de las personas, vulneración de los derechos fundamentales de las personas establecidas en nuestra Constitución durante la interacción, prestación de servicios e intervención policial. Debate de los principales hechos. SEGUNDA SEMANA (02 horas)  (11de Enero del 2018) Primera Sesión Análisis y definición de los principios doctrinarios establecidos en la Ley de la Policía Nacional del Perú, para el ejercicio de la función policial.  Segunda Sesión: Taller: Debate sobre Análisis y definición de los Valores doctrinarios establecidos en la Ley de la Policía Nacional del Perú, para el ejercicio de la función policial. Debate sobre el incumplimiento de estos principios y valores. TERCERA SEMANA (02 horas)  (18 de Enero del 2018) Primera Sesión: Análisis de las principales Funciones policiales establecidas en nuestra Ley Orgánica de la PNP. Definición de términos, Marco Normativo, etc.  Segunda Sesión:  Taller: Debate sobre las principales Funciones policiales establecidas en nuestra Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú en relación a la atención y servicio al ciudadano.
  5. 5 CUARTA SEMANA (02 horas)  (25 de Enero del 2018) Primera Sesión: Manual de atención y servicio al ciudadano, calidad en la la atención de peticiones, quejas, reclamaciones y sugerencias a e la policía nacional. Segunda Sesión: Análisis sobre la Política de calidad, transversalidad, Innovación, relacionamiento, evolución de las personas y satisfacción del ciudadano. II UNIDAD ACADÉMICA QUINTA SEMANA (02Horas) (01 de Febrero del 2018)  Primera Sesión Normas Técnicas en Gestión de la calidad. Satisfacción del cliente, Directrices para el tratamiento de las quejas en las Organizaciones. Principios de orientación.  Segunda Sesión: Taller: Análisis sobre: visibilidad, accesibilidad, respuesta diligente, objetividad, costos, confidencialidad, enfoque al cliente, responsabilidad y mejora continua. SEXTA SEMANA (02 horas) (08 de Febrero del 2018)  Primera Sesión: Significado de “brindar una mala atención ciudadana”, como mejorar la atención a la ciudadanía desde la percepción del ciudadano, consideraciones a tener en cuenta en el trato con el ciudadano.  Segunda Sesión: Diagnóstico: Características del buen servicio: es actualizado, adaptable, amable, confiable, digno, efectivo, empatía, lenguaje sencillo, oportuno, responsable, solidario, tolerancia, trabajo en equipo y transparente. SÉPTIMA SEMANA (02 horas) (15 de Febrero 2018)  Primera Sesión Beneficios de una atención al ciudadano con calidad, habilidades y aptitudes para atender al ciudadano: amabilidad y cortesía, sensibilidad, comprensión, tolerancia, dinamismo, persuasión, capacidad para escuchar, capacidad para asesorar y orientar, autocontrol y creatividad.  Segunda Sesión Protocolos y responsabilidades de atención al cliente-ciudadano: etapas del protocolo, protocolo de atención personal, protocolo de atención preferencial.
  6. 6 OCTAVA SEMANA (02 horas) (22 de Febrero del 2018)  Primera Sesión: Protocolo de atención telefónica: recomendaciones, consejos adicionales, Centro de llamadas o Call Center.- acciones de anticipación, en el contacto inicial, en el desarrollo de la llamada y en la finalización de la llamada.  Segunda Sesión PRIMER EXAMEN PARCIAL I III UNIDAD ACADÉMICA NOVENA SEMANA (02 horas) (01 de Marzo del 2018)  Primera Sesión: Estrategias de comunicación con la ciudadanía.- La comunicación como una estrategia para generar involucramiento en la ciudadanía, incentivos y reconocimiento al logro de los resultados.  Segunda Sesión: La Transparencia y accesibilidad de la información como característica del enfoque por demanda en la prestación del servicio público. Importancia y análisis de la ley de transparencia y acceso a la la información pública. DÉCIMA SEMANA (02 horas) (08 de Marzo del 2018)  Primera Sesión: La Simplificación Administrativa como característica del enfoque por demanda en la prestación del servicio público.- Concepto, Importancia que las Entidades de la administración pública al prestar sus servicios apliquen la simplificación administrativa.  Segunda Sesión: Taller: Análisis y Debate de la ley de Transparencia y acceso a la información pública. DÉCIMO PRIMERA SEMANA (02 horas) (15 de Marzo del 2018)  Primera Sesión: Protocolo de Atención Virtual.- Conceptualización, Premisas que garantizan un fácil acceso y una fluida comunicación. Entre policía-ciudadano.  Segunda Sesión: Taller: Análisis y diagnóstico sobre las premisas que garantizan el fácil acceso y una fluida comunicación de los Ciudadanos con la Policía Nacional.
  7. 7 DÉCIMO SEGUNDA SEMANA (02 horas) (22 de Marzo del 2018)  Primera Sesión: Elementos básicos de un documento.- Los componentes de: Quién, Qué, Cuándo y Dónde.  Segunda Sesión: Responsables de la atención con Calidad, seguimiento y control a la atención con calidad en la Policía Nacional, Control de la calidad del proceso. DÉCIMO TERCERA SEMANA (02 horas) (29 de Marzo del 2018)  Primera Sesión: Indicadores de control, medición y evaluación: oportunidad de de respuesta al ciudadano y a requerimientos internos, índice de de satisfacción y calidad en la respuesta.  Segunda Sesión SEGUNDO EXAMEN PARCIAL IV UNIDAD ACADÉMICA DÉCIMO CUARTA SEMANA (02 horas) (05 de Abril del 2018)  Primera Sesión: Administración de Quejas, Reclamos y Sugerencias.- Recursos de infraestructura y recursos tecnológicos.  Segunda Sesión: Tramites de quejas, reclamos y sugerencias.- Comunicación, canales de comunicación. DÉCIMO QUINTA SEMANA (02 horas) (12 de Abril del 2018)  Primera Sesión: Comunicación permanente y satisfacción final con el cliente, nivel de satisfacción del cliente y mejora continua.  Segunda Sesión: Taller: Análisis y Diagnóstico sobre el nivel de satisfacción del ciudadano que acude a una Unidad u Oficina de la PNP, así como de la mejora continua que debe llevar a cabo la Policía Nacional a través de sus integrantes.
  8. 8 DÉCIMO SEXTA SEMANA (02 horas) (19 de Abril del 2018)  Primera Sesión: Cartilla de Servicio del Sector Interior al Ciudadano.- Servicio al ciudadano en el Sector Interior, canales de atención y calidad de servicio.  Segunda Sesión Presentación de Trabajo Aplicativo y Exposición grupal relacionado a la Asignatura de Atención al Ciudadano durante la labor policial. (Grupos 1 y 2) DÉCIMO SÉTIMA SEMANA (02 horas) (26 de Abril del 2018)  Primera Sesión: Presentación de Trabajo Aplicativo y Exposición grupal relacionado a la Asignatura de Atención al Ciudadano durante la labor policial. (Grupos 3 y 4)  Segunda Sesión Presentación de Trabajo Aplicativo y Exposición grupal relacionado a la Asignatura de Atención al Ciudadano durante la labor policial. (Grupos 5 y 6) DÉCIMO OCTAVA SEMANA (02 horas) (03 de Mayo del 2018) Primera Sesión EXAMEN FINAL UNIACA.  Segunda Sesión: Calificación de exámenes y llenado de la Hoja de Evaluación (Consolidado final de Notas) IV. PROCEDIMIENTOS DIDÁCTICOS A. Las técnicas de enseñanza se orientarán a la interacción permanente Docente – Educando, enmarcadas en la cultura participativa, el trabajo en equipo y el método de Laboratorio. B. Se promoverá la investigación permanente y la exposición de los conocimientos adquiridos. C. El desarrollo de los contenidos curriculares serán eminentemente objetivos mediante el empleo de Mapas Conceptuales y otros Métodos que coadyuven el proceso enseñanza – aprendizaje. D. El Alumno, una vez que ha recibido la clase presencial en el aula, deberá de aplicar dichos conocimientos en diferentes Unidades de la
  9. 9 PNP en el desempeño de sus funciones profesionales, complementando de ésta manera la enseñanza - aprendizaje. V. EQUIPOS Y MATERIALES: El docente para el desarrollo de la asignatura empleará los siguientes equipos y materiales: A. EQUIPOS: Retroproyector, video grabadora, computador, proyector multimedia y/o otros que considera necesario. B. MATERIALES Proveerá separatas a los educandos, así como utilizará transparencias o videos para reforzar las técnicas de enseñanza. VI. EVALUACIÓN: El proceso de evaluación del aprendizaje será permanente, comprenderá: A. Evaluación Diagnóstica o de entrada, para conocer el nivel de conocimiento sobre la asignatura. B. Evaluación Formativa Interactiva, en relación a la participación activa del Alumno en el aula. El promedio de las intervenciones orales constituirá Nota de Paso Oral. C. Evaluación Formativa o de Proceso para comprobar el rendimiento académico, pronosticar posibilidades de desarrollo y reorientar la metodología, compromete la aplicación de: 1. Talleres. 2. Exposiciones. 3. Dos exámenes escritos parciales (8ª y 13ª semana), enmarcados en los modelos de la Prueba Objetiva, pudiendo, además, contener preguntas tipo desarrollo y situación problema, en las que prime el empleo de la capacidad reflexiva, la correlación de criterios, el análisis y el pensamiento lógico, para ello se ha tomado en cuenta
  10. 10 las preguntas verdadero o falsa, completamiento de materia, interrelación de materia, elección múltiple y de desarrollo. 4. Un trabajo de investigación monográfica que se valorará en su forma y contenido, incidiéndose en su orientación del fondo. D. Evaluación Sumaria orientada a comprobar el nivel de desarrollo cognoscitivo, reflexivo y del pensamiento lógico, para lo cual se aplicará un examen final (18ª semana), de similar característica empleada en los exámenes parciales. E. El Promedio General se calculará en concordancia con las disposiciones establecidas en el Manual de Régimen de Educación de las Escuelas de Formación de la PNP y a la naturaleza de la Asignatura, conforme se detalla a continuación: Promedio General: PG = PEP (3) + PO (1) + TA (2) +EF (4) PEP = Promedio de Exámenes Parciales PO = Paso Oral TA = Trabajo de Investigación Monográfica EF = Examen Final VII. BIBLIOGRAFÍA BÁSICA A. Constitución Política del Perú B. Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-PCM. C. Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las Entidades de la Administración Pública, aprobada por Resolución Ministerial Nº 186-2015-PCM. D. Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, Ley N° 27658. E. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley N° 27806. F. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158. G. Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú H. “Manual de Atención al Ciudadano – Policía de Colombia” I. “Protocolo de Atención al Ciudadano en el Sector Interior” J. “Código de Conducta para los Funcionarios encargados de cumplir y hacer cumplir la Ley”. K. Boza Dibos, Beatriz (2011) “Buenas Prácticas en Gestión Pública-Sistemas de Gestión Interna”. Ciudadanos al Día (CAD). Primera Edición. L. “Manual de Atención al Ciudadano – Policía de Colombia”
  11. 11 PRESENTACIÓN Hoy estamos viviendo en un mundo más interrelacionado que el pasado, Esta nueva visión de la comunidad internacional, está orientada a buscar la protección, promoción y respeto a los derechos fundamentales de las personas, la misma que se ve plasmada en la adopción de diversos instrumentos jurídicos sobre esta materia, tanto a nivel universal como a nivel regional, obligando a los Estados a adecuarse a dicho marco legal, para lo cual se requiere de la participación de las instituciones que conforman el Estado, sobre todo aquellas a las cuales pertenecen los operadores de justicia y la Policía Nacional del Perú, quienes son los encargados de aplicar la ley. Hasta hoy los Policías aceptan la responsabilidad que su misión que les señala, su rol del Policía eficiente en el futuro, casi no hay diferencia de los Policías del pasado. No obstante dos cosas han variado y en ambas los Policías de hoy necesitan superar a sus predecesores. En primer lugar en la comprensión oportuna de los procesos de transformación de los problemas asociados a la labor Policial y en segundo lugar la calidad y magnitud concreta de los resultados que obtenga frente a la correcta gestión en el ejercicio de sus funciones. Es importante establecer que la sociedad civil está obligado a fortalecer a las organizaciones públicas, en tal sentido es necesario que en principio se empiece por aprender de ellas y en dicho proceso establecer lo que estas requieren, para así fortalecer eficazmente su trabajo en el cumplimiento de la misión que el País y el Estado le han señalado. Por otro lado, también es importante que se reconozca que las principales capacidades y habilidades de un Policía con relación a la aplicación correcta de la ley son aprendidas, a través de la educación, formación y por supuesto de su experiencia cotidiana, tal como se plantea el presente material de trabajo. Las Escuelas de Formación Policial, tienen fe en los procesos formadores prácticos como medio de transformación en la medida que estos sean de calidad y que tengan muy en claro el sentido de la moral y el deber, así como de los derechos humanos y la ética profesión durante la atención al ciudadano. Estos son los puntos que aspiramos desarrollar de manera satisfactoria en el presente material educativo. También queremos que el presente material, ayude a reflexionar sobre el sentido ético del quehacer Policial, ya que éste no se limita a reprimir dentro de la sociedad las conductas sociales negativas, sino la de acompañar a la persona por el camino de la paz y desarrollo social, es por ello que éste texto, tiene por finalidad orientar al personal Policial, para que se forme una conciencia de defensa y promoción de los derechos humanos y atención ciudadana. Sabemos que las Promociones de Alumnos PNP egresantes, ya tienen conocimiento sobre la doctrina de la función Policial, mas muy poco sobre la doctrina de atención al ciudadano; por consiguiente los Docentes de la presente asignatura, tienen la gran responsabilidad de volcar su bagaje de experiencia Profesional, aplicándose la representación de roles, en función al cumplimiento de la función Policial, de ésta manera perennizar la enseñanza y aprendizaje en el Alumno.
  12. 12 INTRODUCCIÓN Uno de los mayores privilegios que se le puede otorgar a una persona es la responsabilidad de ser Policía Nacional del Perú, pues el destino de muchas personas va a depender directamente de sus decisiones y acciones. Por lo tanto para desarrollar la capacidad del Policía, se requiere en principio de una gran fuerza de carácter y de fe para cumplir su misión y por ende con su Institución, en donde entiendan los Policías que son el producto de los principios de la justicia, por ello su deber es generar y proteger causas justas. También es importante que se comprenda que la formación de un Policía es un proceso dinámico y continuo, que produce una corriente de efectos intangibles y resultados tangibles y que deben ser coherentes a la visión que aspira alcanzar la sociedad con relación al valor de la justicia. Es por ello que los Policías se constituyen en líderes de la aplicación de la ley, por lo tanto tienen que demostrar en todo momento que la justicia es un valor que les corresponde a todas las personas, sin ningún tipo de discriminación. Hoy en día, el reconocimiento de la sociedad o el éxito de nuestra Institución, Va a depender de su calidad y del grado de adaptabilidad e innovación frente al cumplimiento de su misión, sobre todo por la capacidad que tenga para enfrentar oportuna y adecuadamente los retos que plantean los problemas sociales y la aplicación de la ley. En tal sentido, deben de compartir con la sociedad su visión del futuro, asociado al valor de la justicia, sustentándose en los principios éticos y el respeto irrestricto de los derechos fundamentales de las personas, dentro de ésta concepción los integrantes de La Policía Nacional, deben de entender y asumir su compromiso frente a la misión Institucional. El servicio y atención ciudadana es la nueva forma, por medio de la cual los ciudadanos miden la labor Policial, es por ello que los integrantes de la Policía Nacional del Perú, deben de entender que el servicio que brindan, es una combinación de actitudes que asumen con las acciones que toman frente a las personas con quienes interactúan, logrando hacerlos sentir, que están trabajando e interesados por ellos, que el valor de la justicia es el paradigma que cotidianamente guía todos sus actos. Es así que la Policía se constituye como el eje del control social y el orden público, así como del fiel defensor de la legalidad y de los derechos fundamentales de la persona, estos últimos son cautelados por las leyes internacionales, las mismas que obligan a todos los Estados a generar mecanismos de promoción y de protección a los derechos fundamentales de la persona; en tal sentido los integrantes de la Policía Nacional encargados de hacer cumplir la ley, tienen el deber de conocer las normas asociadas a la atención ciudadana, complementándose con la ética profesional y el Código de Conducta para los Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley; todo ello aplicados a la función Policial. La Policía Nacional del Perú, es una Institución tutelar de servicio público, que tiene como principal deber y obligación el respetar y proteger a las personas, garantizando a toda ellas bajo el principio de igualdad, diversos servicios en aplicación de la ley, que permitan una libre y correcta convivencia social, por lo tanto la Policía Nacional es indispensable para el buen funcionamiento de nuestra sociedad, de lo cual sus integrantes deben de sentirse orgullosos y éticamente comprometidos con su labor, ya que ello se constituye en uno de los pilares fundamentales para lograr el prestigio y confianza ciudadana.
  13. 13 I UNIDAD PRIMERASEMANA 04 DE ENERO 2018 (15.00 a 16.40 horas) CONCEPTO DE CIUDADANO, SIGNIFICADO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO, FUNCIONARIO O SERVIDOR PÚBLICO, EL CODIGO DE CONDUCTA PARA LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA LEY, Y LALABOR POLICIAL, QUE SIGNIFICA ATENCION Es la prestación de: un servicio policial, preocupación por sus problemas, solicitud a sus reclamos y sugerencias, escucha y diligencia, respeto y esmero, etc. Por parte del personal policial en beneficio de las personas. CONCEPTO DE CIUDADANO: * Art.30 de la Constitución Política del Perú.- Son ciudadanos los peruanos mayores de 18 años. Para el ejercicio de la ciudadanía se requiere la inscripción electoral. * Los ciudadanos tienen derecho: a participar en los asuntos públicos, a elegir y ser elegidos, a participar en los gobiernos municipales de su jurisdicción, etc. * Para la atención del ciudadano por parte de la Policía Nacional en cumplimiento de su labor, No es necesario la mayoría de edad, esta atención se brinda sin ninguna distinción de raza, credo, situación económica, edad, etc. CONCEPTO DE LABOR POLICIAL Conjunto de actividades, acciones, tareas y servicios que realiza el personal policial en cumplimiento a lo que establece la Constitución Política del Perú, su Ley Orgánica y otros Reglamentos y Directivas. SIGNIFICADO DE FUNCIONARIO O SERVIDOR PUBLICO: * Art. 39 de la Constitución Política del Perú,- Son Funcionarios Públicos: El Presidente de la Republica, los Congresistas, Ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo de la Magistratura, los Magistrados Supremos, El Fiscal de la Nación, el Defensor del Pueblo, los representantes de Organismos Descentralizados, Alcaldes y otros. * Todos los Funcionarios y trabajadores Públicos están al servicio de las Nación, la Ley regula el ingreso a la carrera administrativa y los derechos y deberes y responsabilidades de los servidores públicos. * Funcionario Público es quien desempeña alguna de las funciones públicas.- El Órgano o persona que pone en ejercicio el poder público, es quien intervine en un servicio público. * Art. 425 del Código Penal.- Se considera Funcionarios o Servidores Públicos a: 1. Los que están comprendidos en la carrera administrativa 2. Los que desempeñan cargos políticos o de confianza 3. Aquel que independientemente del régimen laboral en que se encuentre, mantiene vínculo laboral o contractual con Entidades y organismos del Estado y que en virtud de ello ejerce funciones en dichas Entidades. 4. Los Miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional 5. Los demás indicados por la Constitución política y la Ley.
  14. 14 CÓDIGO DE CONDUCTA PARA FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA LEY* LA ASAMBLEA GENERAL, Considerando que entre los propósitos proclamados en la Carta de las Naciones Unidas figura la realización de la cooperación internacional en el desarrollo y estímulo del respeto a los Derechos Humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión. Recordando, en particular, la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, Recordando asimismo, la Declaración sobre la Protección de todas las Personas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobada por la Asamblea General en su Resolución 3452 (XXX) de 9 de diciembre de 1975. Consciente de que la naturaleza de las funciones de aplicación de la ley en defensa del orden público y la forma en que dichas funciones se ejercen tienen una repercusión directa en la calidad de la vida de los individuos y de la sociedad en su conjunto. Consciente de las importantes tareas que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley llevan a cabo concienzuda y dignamente, de conformidad con los principios de los Derechos Humanos, Consciente, no obstante, de las posibilidades de abuso que entraña el ejercicio de esas tareas, Reconociendo que el establecimiento de un código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley es solamente una de varias medidas importantes para garantizar la protección de todos los derechos e intereses de los ciudadanos a quienes dichos funcionarios sirven. Consciente de que existen otros importantes principios y requisitos previos para el desempeño humanitario de las funciones de aplicación de la ley, a saber: a) Que, al igual que todos los organismos del sistema de justicia penal todo órgano de aplicación de la ley debe ser representativo de la comunidad en su conjunto, obedecerla y responder ante ella, b) Que el mantenimiento efectivo de normas éticas por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley depende de la existencia de un sistema de leyes bien concebido, aceptado popularmente y humanitario, c) Que todo funcionario encargado de hacer cumplir la ley forma parte del sistema de justicia penal, cuyo objetivo consiste en prevenir el delito y luchar contra la delincuencia, y que la conducta de cada funcionario del sistema repercute en el sistema en su totalidad. d) Que todo organismo de ejecución de la ley, en cumplimiento de la primera norma de toda profesión, tiene el deber de la autodisciplina en plena conformidad con los principios y normas aquí previstos, y que todos los actos de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben estar sujetos al escrutinio público, ya sea ejercido por una junta examinadora, un ministerio, una fiscalía, el poder judicial, un Ombudsman, un comité de ciudadanos, o cualquier combinación de éstos, o por cualquier otro órgano examinador. e) Que las normas en sí carecen de valor práctico a menos que su contenido y
  15. 15 significado, mediante la educación y la capacitación, y mediante vigilancia, pasen a ser parte del credo de todo funcionario encargado de hacer cumplir la ley, aquí previstos, y que todos los actos de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben estar sujetos al escrutinio público, ya sea ejercido por una junta examinadora, un ministerio, una fiscalía, el poder judicial, un Ombudsman, un comité de ciudadanos, o cualquier combinación de éstos, o por cualquier otro órgano examinador. Aprueba el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que figura en el anexo a la presente resolución y decide transmitirlo a los gobiernos con la recomendación de que consideren favorablemente la posibilidad de utilizarlo en el marco de la legislación o la práctica nacionales como conjunto de principios que han de observar los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. CÓDIGO DE CONDUCTA PARA FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LALEY ARTÍCULO 1 Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley, sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales, en consonancia con el alto grado de responsabilidad exigido por su profesión. Comentario a) La expresión "funcionarios encargados de hacer cumplir la ley" incluye a todos los agentes de la ley, ya sean nombrados o elegidos, que ejercen funciones de policía, especialmente las facultades de arresto o detención. b) En los países en que ejercen las funciones de policía autoridades militares, ya sean uniformadas o no, o fuerzas de seguridad del Estado, se considerará que la definición de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley comprende a los funcionarios de esos servicios. c) En el servicio a la comunidad se procura incluir especialmente la prestación de servicios de asistencia a los miembros de la comunidad que, por razones personales, económicas, sociales o emergencias de otra índole, necesitan ayuda inmediata. d) Esta disposición obedece al propósito de abarcar no solamente todos los actos violentos, de depredación y nocivos, sino también toda la gama de prohibiciones previstas en la legislación penal. Se extiende, además, a la conducta de personas que no pueden incurrir en responsabilidad penal. ARTÍCULO 2 En el desempeño de sus tareas, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetaran y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los Derechos Humanos de todas las personas. Comentario a) Los Derechos Humanos de que se trata están determinados y protegidos por el derecho nacional y el internacional. Entre los instrumentos internacionales pertinentes están la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto
  16. 16 Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid, la Convención para a Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. b) En los comentarios de los distintos países sobre esta disposición deben indicarse las disposiciones regionales o nacionales que determinen y protejan esos derechos. ARTÍCULO 3 Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas. Comentario a) En esta disposición se subraya que el uso de la fuerza por los funcionarios encargados de hacer cumplirla ley debe ser excepcional; si bien implica que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley pueden ser autorizados a usar la fuerza en la medida en que razonablemente sea necesaria, según las circunstancias para la prevención de un delito, para efectuar la detención legal de delincuentes o de presuntos delincuentes o para ayudar a efectuarla, no podrá usarse la fuerza en la medida en que exceda estos límites. b) El derecho nacional restringe ordinariamente el uso de la fuerza por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, de conformidad con un principio de proporcionalidad. Debe entenderse que esos principios nacionales de proporcionalidad han de ser respetados en la interpretación de esta disposición. En ningún caso debe interpretarse que esta disposición autoriza el uso de un grado de fuerza desproporcionado al objeto legítimo que se ha de lograr. c) El uso de armas de fuego se considera una medida extrema. Deberá hacerse todo lo posible por excluir el uso de armas de fuego, especialmente contra niños. En general, no deberán emplearse armas de fuego excepto cuando un presunto delincuente ofrezca resistencia armada o ponga en peligro, de algún otro modo, la vida de otras personas y no pueda reducirse o detenerse al presunto delincuente aplicando medidas menos extremas. En todo caso en que se dispare un arma de fuego, deberá informarse inmediatamente a las autoridades competentes. ARTÍCULO 4 Las cuestiones de carácter confidencial de que tengan conocimientos los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se mantendrán en secreto, a menos que el cumplimiento del deber o las necesidades de la justicia exijan estrictamente lo contrario. Comentario Por la naturaleza de sus funciones, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
  17. 17 obtienen información que puede referirse a la vida privada de las personas o redundar en perjuicio de los intereses, especialmente la reputación de otros. Se tendrá gran cuidado en la protección y el uso de tal información, que sólo debe revelarse en cumplimiento del deber o para atender las necesidades de la justicia. Toda revelación de tal información con otros fines es totalmente impropia. ARTÍCULO 5 Ningún funcionario encargado de hacer cumplir la ley podrá infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ni invocar la orden de un superior o circunstancias especiales, como estado de guerra o amenaza de guerra, amenaza a la seguridad nacional, inestabilidad política interna, o cualquier otra emergencia pública, como justificación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Comentario a) Esta prohibición dimana de la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobada por la Asamblea General, y en la que se estipula que: [Todo acto de esa naturaleza], constituye una ofensa a la dignidad humana y será condenado como violación de los propósitos de la Carta de las Naciones Unidas y de los Derechos Humano y libertades fundamentales proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos [y otros instrumentos internacionales de Derechos Humanos]. b) En la Declaración se define la tortura de la siguiente manera: se entenderá por tortura todo acto por el cual un funcionario público, u otra persona a instigación suya, inflija intencionalmente a una persona penas o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que haya cometido, o de intimidar a esa persona o a otras. No se considerarán torturas las penas o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de la privación legítima de la libertad, o sean inherentes o incidentales a ésta, en la medida en que estén en consonancia con las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos. c) El término "tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes" no ha sido definido definido por la Asamblea General, pero deberá interpretarse que extiende la protección más amplia posible contra todo abuso, sea físico o mental. ARTÍCULO 6 Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley asegurarán la plena protección de la salud de las personas bajo su custodia y, en particular, tomarán medidas inmediatas para proporcionar atención médica cuando se precise. Comentario a) La "atención médica", que se refiere a los servicios que presta cualquier tipo de personal médico, incluidos los médicos en ejercicio inscritos en el colegio respectivo y el personal paramédico, se proporcionará cuando se necesite o solicite.
  18. 18 b) Si bien es probable que el personal médico esté adscrito a los órganos de cumplimiento de la ley, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben tener en cuenta la opinión de ese personal cuando recomiende que se dé a la persona en custodia el tratamiento apropiado por medio del personal médico no adscrito a los órganos de cumplimiento de la ley o en consulta con él. c) Se entiende que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley proporcionarán también atención médica a las víctimas de una violación de la ley o de un accidente ocurrido en el curso de una violación de la ley. ARTÍCULO 7 Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no cometerán ningún acto de corrupción. También se opondrán rigurosamente a todos los actos de esa índole y los combatirán. Comentario a) Cualquier acto de corrupción, lo mismo que en cualquier otro abuso de autoridad, es incompatible con la profesión de funcionario encargado de hacer cumplir la ley. Debe aplicarse la ley con todo rigor a cualquier funcionario encargado de hacerla cumplir que cometa un acto de corrupción, ya que los gobiernos no pueden pretender hacer cumplir la ley a sus ciudadanos si no pueden, o no quieren, aplicarla contra sus propios agentes y en sus propios organismos. b) Si bien la definición de corrupción deberá estar sujeta al derecho nacional, debe entenderse que abarca tanto la comisión u omisión de un acto por parte del responsable, en el desempeño de sus funciones o con motivo de éstas, en virtud de dádivas, promesas o estímulos ilegítimos, exigidos o aceptados, como la recepción indebida de éstos una vez realizado u omitido el acto. c) Debe entenderse que la expresión "acto de corrupción" anteriormente mencionada abarca la tentativa de corrupción. ARTÍCULO 8 Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán la ley y el presente Código. También harán cuanto esté a su alcance por impedir toda violación de ellos y por oponerse rigurosamente a tal violación. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que tengan motivos para creer que se ha producido o va a producirse una violación del presente Código informarán de la cuestión a sus superiores y, si fuere necesario, a cualquier otra autoridad y organismo apropiado que tenga atribuciones de control o correctivas. Comentario a) El presente Código se aplicará en todos los casos en que se haya incorporado a la legislación o la práctica nacionales. Si la legislación o la práctica contienen disposiciones más estrictas que las del presente Código, se aplicarán esas disposiciones más estrictas. b) El artículo tiene por objeto mantener el equilibrio entre la necesidad de que haya disciplina interna en el organismo del que dependa principalmente la seguridad pública, por una parte, y la de hacer frente a las violaciones de los derechos humanos básicos, por otra. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley informarán de las
  19. 19 violaciones a sus superiores inmediatos y sólo adoptarán otras medidas legítimas sin respetar la escala jerárquica si no se dispone de otras posibilidades de rectificación o si éstas no son eficaces. Se entiende que no se aplicarán sanciones administrativas ni de otro tipo a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley por haber informado de que ha ocurrido o va a ocurrir otra violación al presente Código. c) El término "autoridad u organismo apropiado que tenga atribuciones de control o correctivas" se refiere a toda autoridad o todo organismo existente con arreglo a la legislación nacional, ya forme parte del órgano de cumplimiento de la ley o sea independiente de éste, que tenga facultades estatutarias, consuetudinarias o de otra índole para examinar reclamaciones y denuncias de violaciones dentro del ámbito del presente Código. SEGUNDASEMANA 11 DE ENERO DEL 2018 (15.00 a 16.40 horas) LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS ESTABLECIDOS EN NUESTRA CONSTITUCION POLITICA Y LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES (Art.1°, 2° y Art.200) DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA: Artículo 1°. La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Artículo 2°. Toda persona tiene derecho: 1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. 2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole. 3. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público. 4. A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley. Los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demás medios de comunicación social se tipifican en el Código Penal y se juzgan en el fuero común. Es delito toda acción que suspende o clausura algún órgano de expresión o le impide circular libremente. Los derechos de informar y opinar comprenden los de fundar medios de comunicación. 5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones
  20. 20 que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del juez, del Fiscal de la Nación, o de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado. 6. A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar. 7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias. Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviadas en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que éste se rectifique en forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las responsabilidades de ley. 9. A la inviolabilidad del domicilio. Nadie puede ingresar en él ni efectuar investigaciones o registros sin autorización de la persona que lo habita o sin mandato judicial, salvo flagrante delito o muy grave peligro de su perpetración. Las excepciones por motivos de sanidad o de grave riesgo son reguladas por la ley. 10. Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos privados. Las comunicaciones, telecomunicaciones o sus instrumentos sólo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento motivado del juez, con las garantías previstas en la ley. Se guarda secreto de los asuntos ajenos al hecho que motiva su examen. Los documentos privados obtenidos con violación de este precepto no tienen efecto legal. Los libros, comprobantes y documentos contables y administrativos están sujetos a inspección o fiscalización de la autoridad competente, de conformidad con la ley. Las acciones que al respecto se tomen no pueden incluir su sustracción o incautación, salvo por orden judicial. 11. A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir de él y entrar en él, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería. 12. A reunirse pacíficamente sin armas. Las reuniones en locales privados o abiertos al público no requieren aviso previo. Las que se convocan en plazas y vías públicas exigen anuncio anticipado a la autoridad, la que puede prohibirlas solamente por motivos probados de seguridad o de sanidad públicas. 16. A la propiedad y a la herencia. 17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum. 18. A mantener reserva sobre sus convicciones políticas, filosóficas, religiosas o de cualquiera otra índole, así como a guardar el secreto profesional. 19. A su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación. Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete. Los extranjeros tienen este mismo derecho cuando son citados por cualquier autoridad. 20. A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que está obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad.
  21. 21 22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. 23. A la legítima defensa. 24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia: a. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe. b. No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley. Están prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas. c. No hay prisión por deudas. Este principio no limita el mandato judicial por incumplimiento de deberes alimentarios. d. Nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley. e. Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad. f. Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito. El detenido debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el término de la distancia. Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos implicados por un término no mayor de quince días naturales. Deben dar cuenta al Ministerio Público y al juez, quien puede asumir jurisdicción antes de vencido dicho término. g. Nadie puede ser incomunicado sino en caso indispensable para el esclarecimiento de un delito, y en la forma y por el tiempo previstos por la ley. La autoridad está obligada bajo responsabilidad a señalar, sin dilación y por escrito, el lugar donde se halla la persona detenida. h. Nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes. Cualquiera puede pedir de inmediato el examen médico de la persona agraviada o de aquélla imposibilitada de recurrir por sí misma a la autoridad. Carecen de valor las declaraciones obtenidas por la violencia. Quien la emplea incurre en responsabilidad. LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS. (Artículo 200 de la Constitución Política) EL Derecho Procesal Constitucional, es un conjunto de procedimientos legales que tiene por finalidad garantizar la observancia de la Constitución, dentro de esta concepción la protección de los derechos humanos, entre ellos tenemos: A, La acción de Hábeas Corpus Hábeas corpus, que en latín significa “Traed el Cuerpo”, es un curso legal que se interpone ante cualquier Juez Penal del lugar donde se encuentra el detenido, para exigir el restablecimiento de una garantía constitucional o social que ha sido vulnerada o amenazada la libertad por parte de un funcionario, autoridad o persona. Toda autoridad civil y militar está obligada a proporcionar información o dar las facilidades del caso a los funcionarios Judiciales para el cumplimiento de su misión, la misma que procede ante el hecho u omisión de cualquier
  22. 22 autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza la libertad individual o cualquier derecho conexo. Es importante señalar cuando la Policía sin motivo o sin fundamentos detiene a una persona, por esta vulneración del derecho constitucional, procede el recurso de hábeas Corpus. C. La acción de Amparo Se da cuando a través de un hecho u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución, es decir aquellos derechos que no están protegidos por la acción de hábeas Corpus. La diferencia con la acción de Hábeas Corpus es que éste último está íntimamente vinculado a la restricción física de la persona, en cambio La Acción de Amparo tiene como misión cautelar los otros derechos reconocidos por la Constitución. D. La acción de Hábeas Data Esta procede contra el hecho u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza los derechos a que se refiere el Artículo 2, Incisos 5 y 7 de la Constitución Política del Perú. El inciso quinto del Artículo Segundo establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y al costo que suponga el pedido, exceptuándose las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por la ley o por razones de seguridad nacional. Por su parte, el inciso Séptimo establece que toda persona tiene derecho al honor y la buena reputación, a la intimidad personal y familiar, así como a la voz e imagen propias y que toda persona que se vea afectado por afirmaciones inexactas o agraviada en cualquier medio de comunicación social, tiene derecho a que éste rectifique en forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de la responsabilidad de ley. E. La acción de Inconstitucional Se aplica contra las normas con rango de ley, como lo son los Decretos Legislativos, Decretos de Urgencia, Tratados, reglamentos del Congreso, Normas Regionales de carácter general y Ordenanzas Municipales que contravengan tanto en el fondo o en la forma. F. La acción Popular Procede contra los Reglamentos, Normas Administrativas, Resoluciones y Decretos de carácter general que infrinjan la Constitución o la ley, cualquiera sea la Autoridad de la cual hayan emanado. G. La acción de Cumplimiento Se ejecuta contra cualquier autoridad o funcionario que se resista a acatar la norma legal o el acto administrativo, sin perjuicio de las responsabilidades que establece la ley.
  23. 23 TERCERASEMANA 18 DE ENERO DEL 2018 (15.00 a 16.40 horas) PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES QUE ORIENTAN AL EJERCICIO DE LA CONDUCTAY LABOR POLICIAL Artículo VII.- Principios Institucionales Para el ejercicio de sus funciones y atribuciones, la Policía Nacional del Perú se orienta por los siguientes principios: 1) Primacía de la persona humana y sus derechos fundamentales: La defensa y protección de la persona humana, el respeto a su dignidad y a las garantías para el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales, considerando los enfoques de derechos humanos, género e interculturalidad; tienen primacía en el ejercicio de la función policial; 2) Unidad de la función policial: La función policial se brinda a través de la Policía Nacional del Perú, como fuerza pública unitaria y cohesionada; 3) Unidad de Comando: La Policía Nacional del Perú tiene Comando Único; 4) Acceso universal a los servicios: Los ciudadanos tienen derecho a acceder de manera gratuita, inmediata, oportuna y eficiente al servicio policial; 5) Orientación al Ciudadano: La Policía Nacional del Perú orienta su gestión a partir de las necesidades ciudadanas, buscando agregar valor público a través del uso racional de los recursos con los que cuenta y con un estándar de calidad adecuado; 6) Transparencia y rendición de cuentas: La Policía Nacional del Perú es transparente en su actuación y promueve la rendición de cuentas de su gestión a la ciudadanía; 7) Legalidad: La función policial se brinda en el marco de la Constitución Política del Perú y las demás normas sobre la materia; 8) Eficiencia y eficacia: Toda actuación policial procura ser eficiente, eficaz, y se orienta a una permanente optimización de la calidad del servicio policial; 9) La articulación de las intervenciones en el territorio nacional: La Policía Nacional del Perú planifica y ejecuta sus acciones operativas y administrativas de manera coordinada y alineadas con las políticas nacionales, sectoriales y los intereses del Estado, Gobiernos Regionales y Locales. Artículo VIII.- Valores Institucionales Los valores que rigen al personal de la Policía Nacional del Perú son: 1) Honor: Es el valor que asegura su prestigio y reputación; se cultiva mediante el cabal cumplimiento de la función policial, de los deberes ciudadanos y el respeto al prójimo y a sí mismo; 2) Honestidad: Actuar en todos los actos de la vida pública y privada con transparencia y verdad; 3) Justicia: Actuar con equidad e imparcialidad, fundada en la no discriminación y la protección de la dignidad de las personas, procurando el bien común y el interés general; 4) Integridad: El servicio policial demanda la actuación ética, proba y correcta; 5) Cortesía: Conducta respetuosa, amable, oportuna, deferente y predispuesta al servicio del ciudadano;
  24. 24 6) Disciplina: Acatar consciente y voluntariamente las órdenes impartidas con arreglo a ley, así como la normatividad institucional; 7) Patriotismo: Predisposición al sacrificio personal por la Patria; 8) Pertenencia institucional: Identificación con un colectivo humano unido por lazos institucionales y de compañerismo, basados en valores y buenas prácticas que dignifican la función policial; 9) Vocación: Poseer de manera permanente la aptitud y disposición para desempeñar la función policial en beneficio de la comunidad, denotando capacidad para establecer relaciones humanas armoniosas y madurez emocional, así como las condiciones físicas necesarias para el cumplimiento de la labor policial; y, 10) Servicio: Servir a la institución policial, cuya doctrina, organización y práctica son propias de la Policía Nacional del Perú, destinada a proteger y garantizar el libre ejercicio de los derechos y las libertades de las personas, prevenir y controlar toda clase de delitos y faltas, así como a mantener la paz interna, la tranquilidad, el orden interno, el orden público y la seguridad ciudadana. CUARTA SEMANA 25 DE ENERO DEL 2018 (15.00 a 16.40 horas) MANUAL DE ATENCION Y SERVICIO AL CIUDADANO, CALIDAD EN LA ATENCION DE PETICIONES, QUEJAS, RECLAMACIONES Y SUGERENCIAS EN LA POLICIA NACIONAL ANALISIS SOBRE LA POLITICA DE CALIDAD, TRANSVERSALIDAD, INNOVACIÓN, RELACIONAMIENTO, EVOLUCION DE LAS PERSONAS Y SATISFACCION DEL CIUDADANO. MANUAL DE ATENCION AL CIUDADANO A. DEFINICIÓN El “Manual de atención, servicio al ciudadano y calidad en la atención de Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias en la Policía Nacional”, se concibe como un documento guía dirigido a todos los funcionarios de la Policía Nacional comprometidos con el servicio y la atención al ciudadano, sean estos particulares o usuarios propios de la Institución. Aquí se encuentran plasmados los principales fundamentos, así como algunos procedimientos y protocolos que deben ser asimilados, adoptados y aplicados en forma permanente con miras a brindar un servicio y una atención de calidad que satisfaga al ciudadano. El Manual de atención, servicio al ciudadano y calidad en la atención de PQRS en la Policía Nacional, busca optimizar los recursos, tiempo y capacidad de respuesta institucional. B. FINALIDAD El presente documento, establece las normas y procedimientos fundamentales que deben observarse en todas las relaciones de los funcionarios que hacen parte de la Policía Nacional, con sus clientes externos e internos. El Manual contempla las premisas esenciales, los
  25. 25 postulados generales y las teorías que deben ser replicadas en todos los procesos institucionales, para garantizar integralmente la generación de canales de servicio adecuados y la atención personalizada, telefónica y virtual en la Policía Nacional. En este sentido, el fin último del Manual es que las relaciones entre la Policía Nacional y la ciudadanía, así como los parámetros de servicio, se hagan cada vez más incluyentes, visibles, eficaces, equitativos y que generen satisfacción y mejora continua. C: ÁMBITO DE APLICACIÓN Está dirigido a todos los hombres y mujeres policías, como quiera que sus cargos, funciones y/o actividades, constantemente interactúan con los demás miembros de la sociedad, haciéndose imperioso el establecimiento de estándares de relación y comportamiento. La aplicación del presente Manual es de carácter obligatorio y de cumplimiento permanente en todos los ámbitos institucionales, tanto en la ejecución de los procesos y procedimientos, como al momento de ofrecer los productos y/o servicios que presta la Policía Nacional, es decir, en todas las relaciones que se desarrollen con los usuarios. D. BASE LEGAL - Constitución Política del Perú - Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-PCM. - Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las Entidades de la Administración Pública, aprobada por Resolución Ministerial Nº 186-2015-PCM. - Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, Ley N° 27658. - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley N° 27806. - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú - “Manual de Atención al Ciudadano en el Sector Interior - “Protocolo de Atención al Ciudadano en el Sector Interior” E. CONCEPTO DE ATENCION Y SERVICIO AL CIUDADANO La atención y el servicio a los ciudadanos es uno de los aspectos que mayor relevancia ha adquirido en la Policía Nacional durante la última década, toda vez que la misión Institucional no solo se limita a la simple prestación de un servicio público sino que ésta debe ser efectiva, con el objeto de ofrecer sus servicios para ser aplicados a todos los integrantes en el desarrollo de sus funciones públicas. F. ANALISIS SOBRE LA POLÍTICA DE CALIDAD Desde el Mando Institucional a través del Manual del Sistema Gestión Integral para el ámbito de gestión misional policial, se definió la Política de Calidad que debe caracterizar el proceso de atención de las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias relativas al servicio policial, así: Un servicio “cercano al ciudadano” en la Policía Nacional, se convierte en el marco de referencia para establecer y gestionar el cumplimiento de los Objetivos de Calidad relacionados con el proceso de atención de las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias relativas al servicio policial:  Alcanzar credibilidad y confianza de la ciudadanía, funcionarios y partes interesadas, a través de una mejor atención, comunicación y resultados efectivos.  Garantizar la integridad policial, la transparencia y la veeduría social. Para el logro de estos objetivos, la gestión del proceso de atención de las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias, es de suma importancia, considerando
  26. 26 que uno de los factores más valorados por los ciudadanos, funcionarios y partes interesadas, para definir su grado de satisfacción con la prestación de los servicios de la Institución es, precisamente, en qué medida se da respuesta a sus requerimientos. Para entender mejor estos conceptos, es indispensable acoger algunas características esenciales de un sistema de calidad, que deben ser observadas en todos los productos y/o servicios que se ofrezcan tales como:  TRANSVERSALIDAD su alcance en la Policía Nacional debe ser a todo nivel: Partiendo del principio inalienable según el cual el cliente es la razón de ser de toda Institución, se genera la cultura de la transversalidad en las estructuras, con el fin de soportar sus estrategias en procesos integrados y en la que haya una menor intervención sólo de áreas funcionales. Bajo este modelo de administración, la responsabilidad directa de atender al cliente no recae exclusivamente sobre un área específica, sino que se hace homogénea a toda la Policía Nacional, generando total compromiso con la satisfacción integral de las necesidades del cliente. En tal sentido, se ha implementado el Sistema de Gestión Integral, que recoge y desarrolla todos estos postulados, para crear una estructura más plana, abierta y cercana a los clientes, orientada en la gestión por procesos. Dentro de esta transversalidad, se ha establecido el proceso gerencial de Integridad Policial para efectos de direccionar la atención y servicio al ciudadano, haciendo común su ejecución a todas las unidades.  INNOVACIÓN por las exigencias de la ciudadanía y las necesidades que emergen por los delitos Bajo la premisa de “crear, crecer, construir”, hoy día el mundo avanza de manera vertiginosa en una carrera sin retorno hacia el desarrollo en todas sus áreas; el dinamismo que se percibe en las comunidades tiene un efecto arrollador, es decir, arrastra todo lo que se encuentre a su paso, de tal suerte que las instituciones que estén preparadas adoptarán este nuevo ritmo; por su parte, las que no, quedarán relegadas al pasado o en su defecto serán condenadas al abatimiento. Es por ello que una Institución debe estar compuesta, principalmente, por personas innovadoras, creativas, con una alta dosis de imaginación y, también, con la capacidad y habilidad de poner las ideas en ejecución. Ello no quiere decir que va a existir una clase de funcionarios “élite” y otros de menor categoría, por el contrario, lo que se pretende es invitar a todos y cada uno de los funcionarios a desarrollar estas características innovadoras en su área de trabajo y en la ejecución de sus actividades y tareas. Lo anterior hace que los clientes sean cada vez más exigentes al momento de requerir la satisfacción de sus necesidades; en la actualidad, no basta simplemente con prestar un servicio, se hace necesario adornarlo con otros atributos como calidad, amabilidad, oportunidad e integralidad, para que sea aceptado por la comunidad. La Policía Nacional no puede ser ajena a esta evolución. Por tratarse de una Institución de naturaleza social y encargada de garantizar un escenario adecuado para el goce de derechos y libertades públicas, debe ir siempre un paso adelante en esta marcha para, así, poder enfrentar los nuevos retos y desafíos que se puedan presentar y, para ello,
  27. 27 debe implementar nuevas y ambiciosas estrategias que le permitan garantizar el cumplimiento de su misión.  RELACIONAMIENTO los ciudadanos son la razón de ser de la existencia institucional Toda institución debe buscar relacionarse abiertamente con sus clientes, primero, para conocer sus necesidades, y luego, para desarrollar los productos y/o servicios que sean necesarios para satisfacer sus expectativas y proyecciones. Si se dice que el cliente es la razón de ser, esto no debe ser un simple lema o frase publicitaria que llame la atención de los mismos, debe constituirse en el eje orientador de las políticas y lineamientos que permitan direccionar la Institución hacia el objetivo trazado, el cual es el logro de una utilidad a través de la satisfacción integral de sus necesidades. Tradicionalmente se ha concebido al ciudadano como un simple receptor de los servicios que se presta, la Policía Nacional ha actuado, entonces, en un papel reactivo en el que solo se pone en marcha el aparato policial ante los requerimientos. Hoy, la misma población exige una transformación de pensamiento para dar paso a la “era proactiva” en la que se busca al cliente antes que surjan las necesidades y así prevenir que éstas se materialicen: prestando un servicio anticipado a los acontecimientos. Es claro entonces, que si se pretende satisfacer integralmente las necesidades en materia de seguridad, tranquilidad y salubridad pública, como primera medida, debe conocer del cliente todas sus características, su cultura y, justamente, cuáles son esas necesidades que presenta, para así direccionar las políticas y estrategias institucionales; por ello, se debe salir de sus instalaciones para acercarse a la comunidad y conocer de primera mano sus expectativas.  EVOLUCIÓN DE LAS PERSONAS.- la Policía evoluciona para ofrecer un mejor servicio al ciudadano La principal fuente para la evolución de las instituciones reside en la transformación de sus propios integrantes; en la medida que el personal se capacita, se forma intelectual y emocionalmente, desarrolla una visión prospectiva y genera, indiscutiblemente, su avance. La Policía Nacional, entendiendo que el mayor capital lo posee en su talento humano, ha definido como una de sus premisas el desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida de sus integrantes en todos los ámbitos, con el propósito de que ese progreso se vea reflejado en la prestación de un servicio de calidad y con excelencia. Entendiendo la importancia que tienen las personas, se ha definido como una de las prioridades el crecimiento e involucramiento del mismo en todas y cada una de las fases del manual de atención, servicio al ciudadano y calidad en la atención de PQRS; esta perspectiva, contribuye a lograr un mayor compromiso de cada uno de los funcionarios que participan directa o indirectamente en cada una de las actividades establecidas en el mismo.  SATISFACCIÓN DEL CIUDADANO la Cercanía al Ciudadano, determina el nivel de satisfacción
  28. 28 Se debe relacionar abiertamente con los ciudadanos, primero para conocer sus necesidades, y luego para implementar metodologías, cada vez más eficaces, en la solución de las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias relativas al servicio policial, con el fin de satisfacer sus expectativas. El ciudadano, al ser el principal objetivo y cliente, debe constituirse en el eje orientador de las políticas y lineamientos establecidos en la Institución, permitiendo el direccionamiento de las metas trazadas, las cuales serán alcanzadas a través de la satisfacción integral de sus necesidades. Para poder garantizar de manera efectiva e integral un servicio al ciudadano, es necesario tener en cuenta principios consagrados en normas técnicas que brindan una orientación más clara y detallada en esta materia. II UNIDAD ACADÉMICA QUINTA SEMANA 01 DE FEBRERO DEL 2018 (15.00 a 16.40 horas) NORMAS TÉCNICAS EN GESTIÓN DE LA CALIDAD. SATISFACCIÓN DEL CLIENTE, DIRECTRICES PARA EL TRATAMIENTO DE LAS QUEJAS EN LAS ORGANIZACIONES. PRINCIPIOS DE ORIENTACIÓN. TALLER: ANÁLISIS SOBRE: VISIBILIDAD, ACCESIBILIDAD, RESPUESTA DILIGENTE, OBJETIVIDAD, COSTOS, CONFIDENCIALIDAD, ENFOQUE AL CLIENTE, RESPONSABILIDAD Y MEJORACONTINUA. NORMAS TÉCNICAS EN GESTIÓN DE LA CALIDAD. SATISFACCIÓN DEL CLIENTE: DIRECTRICES PARA EL TRATAMIENTO DE LAS QUEJAS EN LAS ORGANIZACIONES. PRINCIPIOS DE ORIENTACIÓN.  Visibilidad: La información acerca de cómo y dónde reclamar debe darse a conocer por los clientes, el personal y otras partes interesadas. La Policía Nacional ha dispuesto diferentes canales para que los ciudadanos, funcionarios y partes interesadas, puedan interponer ante la Institución sus peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias relativas al servicio policial. Para tal efecto, la Oficina de Comunicaciones Estratégicas de la Dirección General y de las Unidades de Policía, realizarán divulgación continua (a través de los medios de comunicación, pendones ubicados en las unidades de Policía, volantes, información telefónica y personal) a fin que se conozca de qué manera y dónde pueden presentar sus requerimientos. Este mismo principio es acogido por la Ley anti-trámites y el programa Gobierno en Línea, los cuales son ejecutados por las oficinas de atención al ciudadano en todo el territorio nacional, dando a conocer a la comunidad en general los medios de recepción de inconformidades y la forma de acceder a ellos.
  29. 29  Accesibilidad: El proceso de tratamiento de las quejas debe ser fácilmente accesible para todos los reclamantes, es decir, sencillo de comprender y utilizar, la información sobre los detalles de realización y resolución de las quejas debe estar disponible en un lenguaje claro. La información y asistencia sobre cómo expresar una queja debe estar en todos los idiomas en los que los productos hayan sido ofrecidos o proporcionados, incluyendo formatos alternativos, tales como impresos, sistema braille o cintas de audio, de forma que ningún reclamante sea perjudicado. La Institución garantiza el acceso al sistema de quejas y reclamos para todos los ciudadanos, sin ningún distingo, procurando ampliar el alcance, especialmente a aquellos grupos de personas que sufren algún tipo de discapacidad. Además, ofrece diferentes canales, tiene un equipo humano dispuesto a recibir los requerimientos, cuenta con la infraestructura física y tecnológica necesaria y con los procedimientos y normas internas para garantizar la eficaz atención a quienes requieran de este servicio. Estas condiciones son dadas a conocer a los interesados de una manera precisa, clara y sencilla, con el fin que los mismos puedan acceder al servicio en forma expedita, ágil y oportuna.  Respuesta Diligente: La recepción de cada queja debe ser reconocida al reclamante inmediatamente, y ser contestada con prontitud de acuerdo con su urgencia. Se debe responder cortésmente y mantenerlos informados del progreso de su solicitud La Policía Nacional ha implementado una cultura de respuesta oportuna y efectiva, esto es, atender los requerimientos con celeridad, prontitud y manteniendo una comunicación fluida y permanente con el ciudadano sobre su trámite, acciones desarrolladas y resultados obtenidos, en aras de alcanzar la solución definitiva y así, satisfacer integralmente sus necesidades. El equipo humano de la institución, con la mejor disposición, amabilidad, cortesía y entendiendo las necesidades de los ciudadanos, funcionarios y partes interesadas, reciben con la mayor diligencia las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias, relativas al servicio policial, cumpliendo con las directivas internas en cuanto a la oportunidad de la información que debe ser entregada al solicitante durante el trámite y el debido tratamiento que requiere cada solicitud, evaluando con objetividad aquellas que se deben atender con prioridad, a fin de dar respuesta, de manera ágil y oportuna, a las diferentes situaciones presentadas.  Objetividad: Cada queja debe ser resuelta de manera equitativa, objetiva e imparcial. En la Institución se reconoce que todas las peticiones, sin importar su naturaleza, deben ser tratadas con el mismo grado de importancia, propender por su resolución oportuna y efectiva, para satisfacer integralmente la necesidad del peticionario. La Policía Nacional asegura que las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias relativas al servicio policial, hacen parte de un proceso claro, sencillo y abierto, con acceso a la información por parte de los interesados, de fácil trazabilidad, seguimiento y total imparcialidad, evitando cualquier inclinación a favor o en contra de las partes interesadas.
  30. 30 Con este fin, se diseñó una guía para la atención de peticiones, quejas, reclamos, reconocimiento del servicio policial y sugerencias, ubicada en la Suite Visión Empresarial, para el trámite interno, la cual establece que las quejas sobre los funcionarios se atienden de manera independiente y bajo la normatividad legal vigente, asegurando que los involucrados tengan un tratamiento basado en la justicia y el derecho exhaustivo, buscando los hechos pertinentes y reales para definir un campo en común, verificando las explicaciones y tomando las decisiones conforme a las normas actuales; de manera equitativa, para dar un tratamiento igualitario a las partes independiente de su condición y género; y sensible, para dar especial atención a las diferencias y necesidades individuales. Salvaguardando los principios de confidencialidad y de objetividad se debe otorgar información completa a los funcionarios que son objeto de las quejas dando la oportunidad de explicar las circunstancias y proporcionando el apoyo adecuado, con el propósito de informar la continuidad de las investigaciones relacionadas con su trámite y su resultado.  Costos: El acceso al proceso de tratamiento de las quejas no tiene costo para el reclamante. Los costos que ocasiona el proceso que se hace a las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias, relativas al servicio policial, corren por cuenta de la Institución; de esta forma, los solicitantes no asumen ningún cargo al respecto. Se deben mantener a disposición los recursos necesarios: humanos, físicos y tecnológicos, para asegurar la eficaz atención de los requerimientos de los ciudadanos, funcionarios y partes interesadas. La Policía Nacional considera esta información el principal insumo para autoevaluar su gestión, detectar fortalezas y debilidades, y aplicar los ajustes correspondientes.  Confidencialidad: Únicamente conviene poner a disposición la información de carácter personal del usuario o ciudadano cuando ésta sea necesaria para el tratamiento de la queja dentro de la organización, y no divulgarla sin el consentimiento expreso del cliente. La información ingresada a través del sistema de peticiones, quejas y reclamos, es valorada y tratada con el mayor grado de reserva, evitando la fuga de datos sensibles o que puedan generar inconformismo en los ciudadanos. En virtud de las normas legales vigentes y las políticas internas, toda la información que se considere necesaria para dar atención ágil y oportuna a las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias relativas al servicio policial, es confidencial; únicamente se pone a disposición la información de carácter personal del cliente cuando ésta sea necesaria para el trámite de la solicitud dentro de la Institución, y no se divulga sin el consentimiento expreso del reclamante. El proceso para la atención de los requerimientos está diseñado para proteger la identidad de quien radica la queja, salvo condiciones de mandatos judiciales. Este aspecto es muy importante para evitar que los reclamantes renuncien a la presentación de posibles quejas por temor a dar detalles que les puedan ocasionar inconvenientes o discriminación.  Enfoque al Cliente: La Institución debe adoptar un enfoque al cliente, receptivo a la retroalimentación, incluyendo las quejas, y demostrar, por sus acciones, el compromiso para la resolución de las mismas. Las peticiones, quejas y reclamos de los ciudadanos no constituyen un obstáculo sino, por el contrario, una oportunidad para mejorar; de esta manera, su atención y solución se convierten en una prioridad para el Mando Institucional.
  31. 31 Este es un principio para la Policía Nacional en el desarrollo de la prestación de sus servicios al país y a la comunidad, procurando la satisfacción de los ciudadanos, los funcionarios y las partes interesadas. En cumplimiento de lo anterior, el proceso de atención de las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias relativas al servicio policial, se complementa con el Sistema de Gestión Integral y el Modelo Estándar de Control Interno MECI, para coadyuvar en el propósito fundamental de orientar el quehacer institucional al cumplimiento de su misión, satisfaciendo las necesidades y expectativas de los ciudadanos, funcionarios y partes interesadas. Por tanto, los funcionarios son receptivos a la retroalimentación y oportunidades de mejora que genera la información de las quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias, relativas al servicio policial, presentadas por los ciudadanos, y demuestra, por sus acciones, el compromiso en la resolución de las mismas.  Responsabilidad: Es conveniente que se defina claramente quién es el encargado de responder sobre las acciones y decisiones de la organización en relación con el tratamiento de las quejas, y quién debe informar sobre ellas. La Policía Nacional ha delegado a través del Área de Atención y Servicio al Ciudadano esta responsabilidad. Con el fin de ratificar este compromiso, la Institución determinó en el Sistema de Gestión Integral los estándares de actuación, las funciones y responsabilidades de cada una de las partes involucradas, de tal manera que los funcionarios sean conscientes, conozcan, entiendan y acepten cuál es su participación en el desarrollo eficiente, eficaz y efectivo del proceso de atención de las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias relativas al servicio policial, y garantizar que se cumplan los objetivos institucionales asociados a la satisfacción de los ciudadanos, funcionarios y partes interesadas.  Mejora Continua: La mejora continua en la calidad de los productos y en el proceso de las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias relativas al servicio policial debe ser un objetivo permanente en la institución. Debe ser compromiso el mantenimiento de una actitud proactiva y orientada a mejorar y aumentar la eficiencia, eficacia y efectividad del Sistema de Gestión Integral, en el que se incluye la atención de las peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos y sugerencias correspondientes al servicio policial. Con este fin, se desarrollan acciones para promover y fomentar un enfoque coherente que comprenda la definición de objetivos desde el Mando Institucional, desplegados a todas unidades policiales; estableciendo metas para guiar el proceso de mejora continua y mediciones para trazarla; proporcionando a los funcionarios formación en los métodos y fijando objetivos para cada uno, reconociendo, así mismo, las propuestas generadas por ellos mismos, los ciudadanos y las partes interesadas. SEXTASEMANA 08 DE FEBRERO DEL 2018 (15.00 a 16.30 horas)
  32. 32 SIGNIFICADO DE “BRINDAR UNA MALA ATENCIÓN CIUDADANA”, COMO MEJORAR LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA DESDE LA PERCEPCIÓN DEL CIUDADANO, CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA EN EL TRATO CON EL CIUDADANO. DIAGNÓSTICO: CARACTERÍSTICAS DEL BUEN SERVICIO: ES ACTUALIZADO, ADAPTABLE, AMABLE, CONFIABLE, DIGNO, EFECTIVO, EMPATÍA, LENGUAJE SENCILLO, OPORTUNO, RESPONSABLE, SOLIDARIO, TOLERANCIA, TRABAJO EN EQUIPO Y TRANSPARENTE ¿QUÉ SIGNIFICA“BRINDAR UNAMALA ATENCIÓN”? La atención de los servicios no responde a las necesidades de los ciudadanos, debido a:  Lentitud y centralización de los servicios públicos.  Horarios de atención rígidos.  Infraestructura insuficiente (física y tecnológica).  Trámites complejos (procesos redundantes).  Información desarticulada y poco difundida.  Relaciones inadecuadas entre el ciudadano y los efectivos policiales. ¿CÓMO MEJORAR LA ATENCIÓN A LA CIUDADANIA DESDE LA PERCEPCIÓN DEL CIUDADANO? Una buena atención a la ciudadanía comprende prestar servicios de calidad e interiorizar que todas las acciones o inacciones de la entidad, a lo largo del ciclo de la gestión, impactan en el servicio que se presta al ciudadano. Todo ciudadano, sea que actúe en nombre propio o en virtud de representación, tiene derecho a recibir servicios de calidad al momento de realizar algún trámite o requerir algún servicio de la Policía Nacional del Estado. Esto implica:  Contar con una administración moderna y transparente.  Obtener información sobre los horarios de atención de manera visible en las diferentes dependencias de la Policía Nacional del Perú.  Recibir información clara, completa, oportuna y precisa sobre los servicios prestados por las dependencias de la Policía Nacional del Perú.  Acceder a las dependencias de la Policía Nacional del Perú sin barreras arquitectónicas que lo impidan o dificulten.  Acceder a la información que administran las entidades.  Recibir una atención que tome en cuenta las prácticas culturales y la lengua de cada ciudadano.  Exigir cuantos derechos les reconozca la Constitución y demás normas jurídicas.
  33. 33  Obtener el asesoramiento preciso sobre los trámites y requisitos que deben cumplir en sus procedimientos.  Trámite respetuoso y diligente, con igualdad en el trato, sin discriminación por razón de sexo, raza, religión, condición social, nacionalidad u opinión.  A una administración responsable ante la ciudadanía.  Conocer el estado de su trámite.  Una espera razonable al momento de ser atendido. CONSIDERACIONES ATENER EN CUENTAEN EL TRATO CON EL CIUDADANO CARACTERÍSTICAS DEL BUEN SERVICIO Las características del buen servicio en las dependencias de la Policía Nacional del Perú, relacionados a continuación, se encuentran orientados a la prestación de un servicio con CALIDAD. 1. Actualizado Anticipándose a las necesidades cambiantes y renovando de manera constante la información que se facilite 2. Adaptable La atención al ciudadano debe adaptarse a las necesidades del usuario sin salirse de los procedimientos establecidos. 3. Amable Brindar una atención respetuosa, gentil y sincera, de manera igualitaria a todos los ciudadanos que acuden a las dependencias de la Policía Nacional del Perú, teniendo prelación por las mujeres embarazadas, niños, niñas, adultos acompañados de niños, personas en condición de discapacidad y el adulto mayor. 4. Confiable Que se presten los servicios de tal forma que los ciudadanos confíen en la exactitud de la información suministrada y en la calidad de los servicios recibidos, respondiendo siempre con transparencia y equidad, transmitiendo una imagen de credibilidad, seguridad y confianza.
  34. 34 5. Digno Que el servicio sea prestado con respeto, responsabilidad y seriedad a cada persona. 6. Efectivo Que el servicio responda a las necesidades y solicitudes de los clientes. 7. Empatía Capacidad de percibir y responder a las necesidades, emociones y preferencias de los demás, (“sensibilidad") promoviendo una sintonía afectiva con las demás personas y generando un ambiente armonioso. 8. Lenguaje Sencillo Comunicándose de manera comprensible y evitando, en la medida de lo posible, la utilización de un lenguaje demasiado técnico. 9. Oportuno Que el servicio sea ágil y se preste en el tiempo establecido, caracterizándose por la rapidez y eficacia en todas sus actuaciones. 10. Responsable En cumplimiento con las funciones el efectivo policial, estará comprometido con su trabajo. 11. Solidario El efectivo policial de la Policía Nacional del Perú, deberá ponerse en el lugar del ciudadano para atender su requerimiento, de manera solidaria sin perder objetividad. 12. Tolerancia Que se tiene para comprender al ciudadano en sus diversas actitudes y comportamiento manteniendo un clima adecuado para prestar el servicio. 13. Trabajo en equipo Lograr la cooperación de todos los efectivos policiales de la Policía Nacional del Perú utilizando los procedimientos, técnicas y estrategias definidas por la entidad para conseguir los objetivos propuestos en la atención y orientación al ciudadano. 14. Transparente Suministrando en todo momento información clara y precisa sobre lo solicitado. TIPOS DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA 1. Presencial Consiste en la atención en ventanillas ubicadas en locales específicamente diseñados para la realización de trámites, acceso a información, recepción de quejas y reclamos, etc. Este medio cuenta con la ventaja de brindar una atención personalizada que permite una mayor asistencia en la realización del trámite o servicio. Sin embargo, tanto la ciudadanía como la entidad cargan con el costo de desplazamiento e instalación de
  35. 35 establecimientos, respectivamente, lo que genera que en muchos casos su cobertura no sea universal. Es importante dejar en claro que, en entidades pequeñas con escasos recursos y con baja demanda de servicios, pensar en una plataforma de servicios con varias ventanillas puede resultar innecesario. 2. Telefónico Consiste en la recepción de llamadas de la ciudadanía realizadas a una línea de atención específica, instalada por la entidad correspondiente, con el fin de facilitar el acceso a la información, la presentación de quejas, reclamos, sugerencias, denuncias, o incluso, la ejecución de trámites. Este medio tiene la ventaja de ofrecer una amplia cobertura y representar un menor costo a la entidad, en comparación a la atención presencial. 3. Virtual Consiste en la recepción de solicitudes online, mediante una plataforma virtual especifica (página web) o correo electrónico, con el fin de requerir información, realizar un trámite o cancelar los derechos del mismo. Este aprovechamiento de la tecnología permite multiplicar los puntos de contacto y ofrece un enfoque de datos abiertos sobre la información que pone a disposición las distintas entidades. 4. Preferencial En cumplimiento de la Ley N° 28683, las mujeres embarazadas, personas adultas mayores y personas con discapacidad, deben ser atendidas preferentemente, a fin de brindarles un tratamiento acorde con su estado. Y aunque no haya una ventanilla exclusiva para la atención preferencial, si el efectivo policial ve personas con estas características, deben ser atendidas primero. 5. Móvil o Itinerante Consiste en el traslado temporal de una oficina de atención hacia una población que tiene acceso limitado a la misma. Por lo general, se utiliza en zonas alejadas a centros urbanos o en zonas con menor densidad poblacional, donde se acumulan las necesidades del servicio o tramite y se satisfacen, simultáneamente, a partir de la presencia itinerante. Mediante este canal, se realiza trámites, se brinda información, se reciben reclamos, entre otros. 6. Del Libro de Reclamaciones El Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM establece la obligatoriedad de tener un libro de reclamaciones en las entidades del sector público. El libro de reclamaciones, o en su defecto un letrero que dé cuenta de su existencia, deben estar en un lugar visible al ciudadano. Cuando un ciudadano solicite el libro de reclamaciones, este debe ser entregado sin demora y no se debe tratar de disuadir al ciudadano de no solicitarlo. TIPOLOGÍAS DE CIUDADANOS 1. Desagradable a. Características
  36. 36 Busca discusión. Pretende tener siempre la razón. Pertenece al grupo de los eternos descontentos. Habla bruscamente. b. Qué hacer Dejar que hable cuanto quiera. Ser pacientes al escucharle. Conservar la calma y el dominio de la situación. c. Evitar Discutir. Considerar personal sus comentarios sarcásticos. Entrar en su juego provocativo. 2. Distraído a. Características Se distrae constantemente. Su expresión es de ausencia. No escucha. b. Qué hacer Concentrar su atención sobre pocos asuntos. Despertar su interés y curiosidad con datos precisos. c. Evitar Distraerse. Cansarle. Interrumpir la entrevista o la conversación telefónica. 3. Callado a. Características Rostro sin expresión. Aspecto de no escuchar. Apenas responde a las preguntas. No pregunta. b. Qué hacer Escucharle con empatía. Conducir la conversación hacia el servicio que interese. c. Evitar Manifestar impaciencia. Distraerse. Perder la misión de oferta del servicio.
  37. 37 4. Indeciso a. Características Es incapaz de tomar una decisión. La duda es su manera de ser. Pide consejos continuamente. b. Qué hacer Darle consejos útiles. Ser su asesor. Descubrir sus motivaciones e intereses. c. Evitar Dejar languidecer la entrevista, la conversación. Abandonar al cliente a su suerte. Esperar que él/ella tome la iniciativa. 5. Importante a. Características Intenta demostrar que posee un conocimiento infalible. Contradice o pone en duda nuestras afirmaciones. Puede que sea más competente que nosotros. b. Qué hacer Escuchar con mucha atención. Dar importancia a sus ideas. Ser muy pacientes y atentos. c. Evitar Contrariarlo. Dejarse impresionar por sus conocimientos. Mostrarse desconcertados. 6. Presuroso a. Características Se muestra impaciente, nervioso, agitado. Consulta a menudo su reloj. b. Qué hacer Escucharle con atención. Fijar su atención en los puntos básicos. No hacerle perder tiempo. c. Evitar Enredar nuestra argumentación. El nerviosismo.
  38. 38 7. Reflexivo a. Características Se toma mucho tiempo para reflexionar. Es lento de movimientos y palabras. Parece que su tiempo es limitado. b. Qué hacer Escucharle con atención. Tomarse tiempo. Repetir los argumentos en términos diferentes. c. Evitar Ser bruscos. Presionarle. Demostrar impaciencia en terminar la conversación. 8. Tímido a. Características Le falta conocimiento del servicio. Teme cometer errores. Falta de confianza en sí mismo. Tiene dificultades para expresar lo que se quiere. b. Qué hacer La argumentación debe ser amplia. Preocuparse de que nos comprenda. Crear un clima de confianza. c. Evitar Hacer muchas preguntas. Acentuar su incomodidad. Mostrarse impacientes o incómodos ante su timidez. 9. Minucioso a. Características Sabe perfectamente lo que desea. Es concreto y conciso. Suele ser tajante y utiliza pocas palabras Exige rapidez, atención y eficacia. Desea información exacta y respuestas concretas. b. Qué hacer Demostrar seriedad y atención hacia él/ella. Trato correcto y amable. Dar una respuesta precisa y concreta. Ser ordenado en la forma de solicitar y ofrecer información. De ser posible ofrecerle información escrita. Demostrar eficiencia.
  39. 39 SÉPTIMA SEMANA 15 DE FEBRERO DEL 2018 (15.00 a 16.30 horas) BENEFICIOS DE UNA ATENCIÓN AL CIUDADANO CON CALIDAD, HABILIDADES Y APTITUDES PARA ATENDER AL CIUDADANO: AMABILIDAD Y CORTESÍA, SENSIBILIDAD, COMPRENSIÓN, TOLERANCIA, DINAMISMO, PERSUASIÓN, CAPACIDAD PARA ESCUCHAR, CAPACIDAD PARA ASESORAR Y ORIENTAR, AUTOCONTROL Y CREATIVIDAD. PROTOCOLOS Y RESPONSABILIDADES DE ATENCIÓN AL CLIENTE-CIUDADANO: ETAPAS DEL PROTOCOLO, PROTOCOLO DE ATENCIÓN PERSONAL, PROTOCOLO DE ATENCIÓN PREFERENCIAL BENEFICIOS DE UNAATENCIÓN AL CIUDADANO CON CALIDAD Prestar un buen servicio al ciudadano requiere, ante todo, compromiso, dedicación y esfuerzo. Para lograr lo anterior y tener una clara gestión y orientación al servicio, se debe trabajar en equipo, así como desarrollar las actitudes, habilidades y conductas que permiten el logro de esta competencia. Los beneficios de garantizar la calidad en los productos y/o servicios que se ofrecen a la comunidad representan, uno de los más preciados objetivos, logrando el afianzamiento en la sociedad como una institución respetuosa, efectiva y cercana al ciudadano. En consecuencia, la institución está comprometida con el desarrollo y fortalecimiento de las siguientes habilidades y aptitudes para atender al ciudadano: 1. Amabilidad y Cortesía La amabilidad debe ser una actitud general que e debe poner en práctica cada día. Ser agradable y servicial con los demás es una forma de mostrar interés por tener buenas relaciones, saludar, ofrecer una sonrisa cuando pregunten algo, tener un gesto amable al ceder el paso a alguien, brindar un trato atento y cordial a los demás, hace que la convivencia sea más agradable. 2. Sensibilidad Se entiende por sensibilidad, aquella capacidad, propia e inherente a cualquier ser vivo, de percibir sensaciones. Es la tendencia natural que tienen los seres humanos a sentir emociones o expresar sentimientos. 3. Comprensión Facultad del ser humano para percibir y asimilar claramente lo que dice o hace una persona, lo que sucede. Está la tendencia natural que tienen los seres humanos a sentir emociones o expresar sentimientos. 4. Tolerancia Se define como el respeto a las opiniones, ideas, creencias o actitudes de los demás, aunque sean diferentes o contrarias a las propias.
  40. 40 5. Dinamismo Cualidad de la persona activa y emprendedora que actúa con prontitud, diligencia y energía. 6. Persuasión La persuasión es la capacidad o habilidad que tiene una persona para influenciar las creencias, actitudes, intenciones, motivaciones y comportamientos de otra. Es una acción destinada a cambiar la actitud o comportamiento de una persona o un grupo hacia algún evento, idea, objeto o persona(s), mediante el uso de argumentos, sentimientos, o la combinación de los mismos. 7. Capacidad para escuchar Es una competencia comunicativa relacionada con la capacidad de entender, comprender, o dar sentido a lo que se oye, desde el punto de vista de quien habla. Se refiere a la habilidad de escuchar no sólo lo que la persona está expresando directamente, sino también los sentimientos, ideas o pensamientos que subyacen a lo que se está diciendo. Para llegar a entender a alguien se precisa cierta empatía, es decir, saber ponerse en el lugar de la otra persona. 8. Capacidad para asesorar y orientar Está relacionada con la habilidad para brindar el apoyo necesario a una persona, una vez se ha logrado la comprensión de su situación particular, para que pueda desarrollar alguna actividad al respecto. 9. Autocontrol El autocontrol es la capacidad o habilidad que tiene una persona para ejercer control sobre sus propias emociones, comportamientos y deseos, previniendo comportamientos instintivos o impulsivos y teniendo en cuenta la noción de comportamiento social, para no ser evaluado negativamente. 10. Creatividad También denominada como imaginación constructiva, es la facultad que tiene una persona de crear y generar nuevas ideas, conceptos orientados a producir soluciones originales, modificar o transformar lo existente. Se trata de ver nuevas posibilidades y hacer algo al respecto, buscando resultados positivos. Se debe tener en cuenta que la ciudadanía se acerca a las oficinas de atención al ciudadano preguntando por algo específico, pero lo que espera recibir va mucho más allá. A los ciudadanos les gusta que:
  41. 41 PROTOCOLOS Y RESPONSABILIDADES DE ATENCION AL CIUDADANO ETAPAS DEL PROTOCOLO Establece la formalidad que se debe seguir por cortesía, diplomacia y practicidad, en los asuntos públicos o privados. Comprende tres etapas básicas, a saber: 1. Apertura. Saludo, su objetivo es tener acercamiento necesario para abrir comunicación con el interlocutor, es abrir la puerta de la Institución, dar la bienvenida o contestación, de forma tal que el ciudadano se sienta importante, reconocido como persona, digno de respeto, confianza, para ser atendido por el servidor público, quien lo orientará en el problema planteado o le brindará el servicio que solicite. 2. Análisis y comprensión. Es el momento en que se facilita el espacio para que el ciudadano se “desahogue”, permitiendo la descarga afectiva. Se debe observar, de manera discreta, para percibir el mayor número de detalles que permitan un adecuado manejo de la situación inicial, recibiendo la expresión de las necesidades de la solicitud o petición. Es importante, enfocar la información limitando los puntos básicos del asunto, detallando las personas involucradas, delimitando el tiempo y espacio y manteniendo la neutralidad, evitando involucrarse en forma personal con las opiniones y juicios subjetivos que formula el querellante o querellado. 3. Intervención y solución. Para intervenir en un conflicto se debe tener en cuenta el rol, posición o función de las personas involucradas, determinar sobre ellas qué les interesa, promover la solución del conflicto, lo cual consiste en buscar el punto en que ambas partes sientan un cambio favorable y satisfactorio, concretar las condiciones para que se hagan responsables de la solución del conflicto y dejar a las unidades policiales o entidades públicas de competencia, el proceso legal, si es necesario. PROTOCOLO DE ATENCIÓN PERSONAL Se puede dar en dos circunstancias; presencial común o de manera preferencial, las cuales tendrán el siguiente protocolo: 1. Atención presencial: a. Saludo: Saludar al ciudadano de inmediato, de forma amable y sin esperar que sea él (ella) quien salude primero. Ejemplo: Buenos días (tardes, noches), mi nombre es…”nombre y apellido” ¿En qué puedo servirle? b. Presentación personal: La presentación personal influye en la percepción que tendrá el ciudadano respecto al servidor público y a la entidad. Por eso, es importante mantener una buena presentación, apropiada para el rol que se desempeña y guardar adecuadamente la imagen institucional. La identificación siempre debe estar visible. c. Comportamiento: Realizar actividades como comer en el puesto de trabajo, masticar chicle, maquillarse o arreglarse las uñas frente al ciudadano, hablar por celular o con sus compañeros (si no es necesario para completar la atención solicitada) indispone al ciudadano y le hace percibir que sus necesidades no son importantes para la Institución. d. Expresividad en el rostro: La expresión facial es relevante; no hace falta sonreír de manera forzada, estableciendo contacto visual con el interlocutor ya se demuestra interés. El lenguaje gestual y corporal debe ser acorde con el lenguaje verbal; es decir, educado y cortés.
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