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ANTECEDENTES 
ANTECEDENTES 
HISTÓRICOS 
HISTÓRICOS 
Producto de la Guerra con Chile (1789) – 1883), los gobiernos de Chile y el 
Perú suscribieron el “Tratado de Ancón”. El tratado que consta de 14 artículos 
Producto de la Guerra con Chile (1789) – 1883), los gobiernos de Chile y el 
Perú suscribieron el “Tratado de Ancón”. El tratado que consta de 14 artículos 
se redactó en Ancón (Lima), el 20 de octubre de 1883. 
se redactó en Ancón (Lima), el 20 de octubre de 1883.
Según el Art. 3º el Perú perdió la 
provincia de Tarapacá, mientras 
que las provincias de Tacna y 
Arica quedaron bajo ocupación 
militar chilena por 10 años (1893), 
al término de los cuales, la 
posesión de éstas se definiría a 
través de un PLEBISCITO. 
Al término de estos 10 años 
(1893) el gobierno chileno no 
cumplió con este plebiscito y, 
finalmente, 46 años después se 
firmó el Tratado de 1929, que 
consta de 13 artículos, mediante 
cual el gobierno peruano 
oficializó la cesión de Arica y el 
retorno de Tacna al Perú.
LA DELIMITACIÓN MARÍTIMA 
PERU-CHILE 
SITUACIÓN ACTUAL 
En la práctica Chile sigue ejerciendo soberanía en el espacio marítimo reclamado por 
Perú, por lo cual la Armada chilena, en los casos que buques pesqueros peruanos 
cruzan el paralelo, procede en la forma habitual (detención, traslado hasta el puerto de 
Arica, confiscación de los productos obtenidos, imposición de una sanción pecuniaria y 
la deportación al Perú). 
El 23 de mayo de 1986, el Perú solicitó a Chile 
establecer el límite marítimo entre ambos países, 
bajo la premisa que aún no se ha celebrado un 
Tratado especifico de delimitación marítima. Para 
el Perú, todos los acuerdos anteriores, son apenas 
convenios de pesca, ante lo cual Chile respondió 
que los acuerdos de 1952 y 1954 constituyen 
tratados de límites marítimos entre ambos países.
Perú ha solicitado llegar a un entendimiento 
pacífico usando los mecanismos bilaterales, 
como la Comisión Mixta Permanente de 
Límites, Chile respondido que la frontera 
marítima ya está definida. 
Finalmente el Perú ha decidido presentar el diferendo ante la Corte 
Internacional de La Haya, en virtud a que Chile y Perú suscribieron el 
Tratado Americano de Soluciones Pacíficas (Pacto de Bogotá) de 1948, 
que establece que si no existe voluntad de las partes, y no habiéndose 
convenido un procedimiento arbitral, cualquiera de los Estados parte 
tienen derecho a recurrir a la Corte Internacional de Justicia, existiendo 
competencia obligatoria de ésta, tratándose controversias de orden 
jurídico que verse, entre otras, sobre la interpretación de un tratado y 
cualquier cuestión de Derecho internacional (artículo XXXI y XXXII del 
Pacto de Bogotá de 1948, en concordancia con el artículo 36 del 
Estatuto de la Corte Internacional de Justicia).
ARGUMENTOS CHILENOS
.
ARGUMENTOS PERUANOS 
En 1982, las Naciones Unidas aprueban la Convención sobre el Derecho del Mar 
(Convemar) llamada, la Constitución de los Océanos. La Convención del Mar establece 
que en ausencia de tratados formales, el método para establecer los límites marítimos es 
el trazo de una línea media y la aplicación del principio de la equidad. Según la posición 
peruana, Chile y Perú, nunca han firmado un Tratado específico de límites marítimos y 
Chile pretende imponer un límite marítimo tremendamente inequitativo. 
La Declaración de Zona Marítima de 1952, firmada por delegados de Chile, Ecuador 
y Perú, define como zona marítima de cada uno de los países las 200 millas medidas 
desde la costa. Perú sostiene que debido a las características de la costa del Pacífico, 
las 200 millas de Chile se sobreponen a las 200 millas del Perú. Si como Chile exige, 
se considerara al paralelo como límite, la ciudad peruana de Camaná solo tendría 
100 millas de mar territorial, Mollendo sólo tendría 80 millas, Ilo 40 millas, Sama 20 
millas y Tacna no tendría mar, pues tendría 0 millas en el punto de la Concordia. 
Para el Perú, el acuerdo de 1954, firmado por delegados de Chile, Perú y Ecuador, 
denominado "Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima", sería sólo un 
convenio de pesca y no un tratado de limites. Sólo por error los negociadores habrían 
mencionado límites marítimos, que no se encontrarían definidos por tratado alguno. 
La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, señala que no puede tomarse 
un acuerdo internacional, usándolo en otro sentido: "Un tratado deberá interpretarse 
de buena fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del 
tratado en el contexto de estos y teniendo en cuenta su objeto y fin".
DEMANDA PERUANA ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA 
. 
Debido a que Chile se ha negado a 
negociar un tratado de límites 
marítimos con el Perú, el 16 DE 
ENERO DE 2008 nuestro país 
presentó la demanda ante la Corte 
Internacional de Justicia, con sede en 
La Haya, Holanda, solicitando a dicho 
tribunal que proceda a la 
delimitación marítima entre ambos 
Estados. El recurso ante la Corte se 
encuentra amparado por el Tratado 
Americano de Soluciones Pacíficas de 
1948, más conocido como “Pacto de 
Bogotá”, en el cual el Perú y Chile son 
partes. Dicho tratado constituye la 
vía legal para recurrir directamente a 
la Corte, sin necesidad de ningún 
convenio especial, en aplicación de 
su artículo XXXI. 
Dicho artículo 
establece el 
reconocimiento de las 
partes del Estatuto de 
la Corte Internacional 
de Justicia, de la 
jurisdicción de dicha 
Corte en todas las 
controversias de orden 
jurídico relativas a la 
interpretación de un 
tratado y cualquier 
cuestión de Derecho 
Internacional
El Estatuto y Reglamento de la 
Corte Internacional de Justicia 
regulan los aspectos formales del 
proceso, tales como el 
establecimiento de plazos para 
El Estatuto y Reglamento de la 
Corte Internacional de Justicia 
regulan los aspectos formales del 
proceso, tales como el 
establecimiento de plazos para la 
presentación de los alegatos de 
las partes para la actuación de las 
pruebas. 
El proceso puede alcanzar una 
duración de varios años. 
la presentación de los alegatos de 
las partes para la actuación de las 
pruebas. 
El proceso puede alcanzar una 
duración de varios años. 
El Perú mantiene su 
voluntad de resolver esta 
controversia en el ámbito 
jurídico de la Corte 
Internacional de Justicia de 
La Haya, sin afectar el 
dinamismo del conjunto de 
la agenda bilateral que 
tienen ambos países en el 
campo político, comercial, 
de inversiones y de 
cooperación.
CHILE PRESENTA CONTRADEMANDA Y PASA A LA OFENSIVA 
El canciller Mariano Fernández presentó el 10 de marzo de 2009 ante la Corte 
Internacional de Justicia. Fuente: LaNacion.cl 
El tema no es menor considerando 
que la presentación de la 
contramemoria se realizó a 48 horas 
de que Michelle Bachelet entregue el 
mando del país a Sebastián Piñera, 
quien ha asegurado continuidad en la 
defensa que Chile realiza de su 
delimitación marítima 
En este sentido, Fernández señaló que la 
unidad quedó de manifiesto para reafirmar 
“la plena vigencia del límite marítimo como 
también para documentar los actos 
constitutivos y confirmatorios del mismo, 
en el ejercicio legítimo de los derechos 
soberanos y la jurisdicción nacional a partir 
del paralelo 18°21’03”S 
Según el Periódico “La Razón”, Chile expone con “sólidos argumentos” la demanda 
peruana ante la Corte de la Haya. 
“Asimismo, indica que seis meses a partir de ayer es el plazo estimado que tendría 
Perú para presentar una respuesta a la contramemoria que Chile entregó este martes 
a la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en respuesta a la pretensión marítima 
que Lima expuso en 2009 ante el organismo internacional. 
Así lo informó ayer el canciller Mariano Fernández, quien destacó “la amplia unidad 
nacional” lograda en torno a la respuesta que -durante un año- preparó el equipo que 
encabeza Van Klaveren.
“En la contramemoria -agregó- se 
rebaten con sólidos argumentos las 
pretensiones peruanas y se aporta una 
gran cantidad de antecedentes que 
demuestran la existencia no discutida 
del límite marítimo entre Chile y 
Perú”. 
Por ello, explicó el jefe de la 
diplomacia nacional, “El gobierno 
de Chile reitera que continuará 
ejerciendo sus derechos, como lo 
ha realizado hasta ahora, de 
plena conformidad con el 
Derecho Internacional y que no 
cesará en sus esfuerzos para que 
la frontera marítima siga siendo 
motivo de cooperación y respeto 
internacional”. 
Y si bien el contenido de la 
contramemoria es 
confidencial, en la práctica 
Chile argumenta que el límite 
marítimo entre Chile y Perú 
quedó zanjado por los tratados 
de 1952 y 1954, que Lima 
considera acuerdos pesqueros. 
Sin embargo, Ecuador -el 
tercer firmante de dichos 
pactos- también los considera 
convenios de límites.
ITINERARIO DE LA DEMANDA MARÍTIMA ENTRE EL PERÚ Y 
ITINERARIO DE LA DEMANDA MARÍTIMA ENTRE EL PERÚ Y 
CHILE 
CHILE 
16 DE ENERO DE 2008 (DEMANDA) 
19 DE MARZO DE 2008 (MEMORIA PERUANA) 
9 DE MARZO DE 2010 (CONTRAMEMORIA CHILENA) 
9 DE NOVIEMBRE DE 2010 (RÉPLICA PERUANA) 
11 DE JULIO DE 2011 (DÚPLICA CHILENA) 
3 -14 DE DICIEMBRE DE 2012 (AUDIENCIAS PÚBLICAS)
Durante la primera presentación de 
los alegatos peruanos, el agente 
nacional, Allan Wagner Tizón, 
señaló que “no existe ningún 
tratado” de límites que establezca 
la frontera marítima con el vecino 
país del sur. 
El embajador señaló que Chile "no 
ha logrado demostrar ni dónde ni 
cuándo quedó establecido el límite 
marítimo que esa parte alega". 
WAGNER TIZÓN explicó que, para 
entender la postura peruana, es 
necesario referirse al contexto 
histórico que dio origen a este 
diferendo. 
Durante la primera presentación de 
los alegatos peruanos, el agente 
nacional, Allan Wagner Tizón, 
señaló que “no existe ningún 
tratado” de límites que establezca 
la frontera marítima con el vecino 
país del sur. 
El embajador señaló que Chile "no 
ha logrado demostrar ni dónde ni 
cuándo quedó establecido el límite 
marítimo que esa parte alega". 
WAGNER TIZÓN explicó que, para 
entender la postura peruana, es 
necesario referirse al contexto 
histórico que dio origen a este 
diferendo. 
La prensa santiaguina informó que el 
canciller chileno, Alfredo Moreno, 
presenció por televisión la 
sustentación de Perú junto al 
presidente de su país, Sebastián 
Piñera, en el despacho de este último 
en el Palacio de La Moneda, sede del 
Ejecutivo chileno. 
La prensa santiaguina informó que el 
canciller chileno, Alfredo Moreno, 
presenció por televisión la 
sustentación de Perú junto al 
presidente de su país, Sebastián 
Piñera, en el despacho de este último 
en el Palacio de La Moneda, sede del 
Ejecutivo chileno.
En la víspera, desde muy temprano, los juristas internacionales expusieron sus alegatos, 
siendo el primero Alain Pellet, coordinador del equipo jurídico peruano ante la Haya. 
ALLAIN PELLET 
El catedrático francés Alain Pellet, coordinador del equipo jurídico peruano ante La Haya, sostuvo que 
el caso propuesto por Lima "es sencillo" pero que "Chile se empeña en presentarlo de manera difícil al 
centrarlo en la vigencia de tratados" pesqueros. 
Explicó que el pedido del Perú es que el tribunal determine la frontera entre las zonas marítimas de 
ambos estados “de conformidad con el derecho internacional”. 
Defendió la propuesta para trazar una línea equidistante que delimite la frontera marítima con Chile, 
que consiste en trazar una línea que divida en partes iguales la zona en controversia. 
En la víspera, desde muy temprano, los juristas internacionales expusieron sus alegatos, 
siendo el primero Alain Pellet, coordinador del equipo jurídico peruano ante la Haya. 
ALLAIN PELLET 
El catedrático francés Alain Pellet, coordinador del equipo jurídico peruano ante La Haya, sostuvo que 
el caso propuesto por Lima "es sencillo" pero que "Chile se empeña en presentarlo de manera difícil al 
centrarlo en la vigencia de tratados" pesqueros. 
Explicó que el pedido del Perú es que el tribunal determine la frontera entre las zonas marítimas de 
ambos estados “de conformidad con el derecho internacional”. 
Defendió la propuesta para trazar una línea equidistante que delimite la frontera marítima con Chile, 
que consiste en trazar una línea que divida en partes iguales la zona en controversia.
El jurista estadounidense Rodman 
Bundy defendió el trazo de una 
línea equidistante para buscar 
una solución equitativa en la 
delimitación marítima entre Perú 
y Chile. 
"Chile es consciente que una línea 
equidistante da un resultado 
equitativo, su reclamo sobre el 
paralelo no produce ese 
resultado", expresó. 
Bundy mostró mapas de las 
costas de Perú y Chile para alegar 
que la frontera terrestre empieza 
en el Punto Concordia y es desde 
ahí donde debe establecerse la 
frontera. 
El jurista estadounidense Rodman 
Bundy defendió el trazo de una 
línea equidistante para buscar 
una solución equitativa en la 
delimitación marítima entre Perú 
y Chile. 
"Chile es consciente que una línea 
equidistante da un resultado 
equitativo, su reclamo sobre el 
paralelo no produce ese 
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Bundy mostró mapas de las 
costas de Perú y Chile para alegar 
que la frontera terrestre empieza 
en el Punto Concordia y es desde 
ahí donde debe establecerse la 
frontera.
El italiano Tullio Treves, 
integrante del equipo jurídico 
peruano, afirmó que sería 
incorrecto y un anacronismo 
considerar los convenios 
suscritos por Perú, Ecuador y 
Chile en la década de 1950 como 
tratados limítrofes. 
En su intervención explicó que 
los mencionados convenios 
tuvieron como único objetivo 
evitar que industrias pesqueras 
extranjeras depreden los 
recursos marinos de sus costas. 
Además, sustentó que dichos 
instrumentos buscaban 
preservar el derecho de todas las 
naciones al tránsito libre. 
El italiano Tullio Treves, 
integrante del equipo jurídico 
peruano, afirmó que sería 
incorrecto y un anacronismo 
considerar los convenios 
suscritos por Perú, Ecuador y 
Chile en la década de 1950 como 
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En su intervención explicó que 
los mencionados convenios 
tuvieron como único objetivo 
evitar que industrias pesqueras 
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recursos marinos de sus costas. 
Además, sustentó que dichos 
instrumentos buscaban 
preservar el derecho de todas las 
naciones al tránsito libre.
El jurista británico Michael 
Wood fue el último litigante y 
dijo que Chile busca 
argumentos “donde no los hay”, 
para tratar de demostrar la 
existencia de un tratado 
marítimo con Perú. 
Ante los jueces del tribunal 
internacional, Wood indicó que 
los instrumentos firmados por 
Perú y Chile en 1947 antes de la 
Declaración de Santiago “eran 
provisionales” y no son “tan 
significativos como los quieren 
hacer aparecer”. 
El jurista británico Michael 
Wood fue el último litigante y 
dijo que Chile busca 
argumentos “donde no los hay”, 
para tratar de demostrar la 
existencia de un tratado 
marítimo con Perú. 
Ante los jueces del tribunal 
internacional, Wood indicó que 
los instrumentos firmados por 
Perú y Chile en 1947 antes de la 
Declaración de Santiago “eran 
provisionales” y no son “tan 
significativos como los quieren 
hacer aparecer”.
FRONTERA MARÍTIMA PERÚ - CHILE 
Falló la nueva frontera del Perú y Chile. Se estableció que la 
frontera sigue el paralelo geográfico por 80 millas y luego se 
transforma en equidistante hasta las 200 millas. La Corte dio un 
veredicto salomónico, que reconocía argumentos peruanos y 
chilenos. 
Para el fallo, la Corte concluyó que no existía un Tratado de límites 
marítimos entre ambos países, pero que el Perú había reconocido 
de facto, la frontera tradicional entre Perú y Chile, que se 
estableció en 80 millas desde la frontera terrestre. Luego de las 80 
millas, la línea de frontera se vuelve equidistante hasta las 200 
millas. 
Si bien, parte de la costa peruana permanece sin mar (lo que es 
llamado seca), el Perú amplía su dominio marítimo en unos 50.000 
kilómetros cuadrados sobre los que no ejercía soberanía, lo 
significa más del 70% del total de la demanda peruana sobre el 
mar del Océano Pacífico sur.
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Delimitacion fronteriza peru chile

  • 1.
  • 2. . ANTECEDENTES ANTECEDENTES HISTÓRICOS HISTÓRICOS Producto de la Guerra con Chile (1789) – 1883), los gobiernos de Chile y el Perú suscribieron el “Tratado de Ancón”. El tratado que consta de 14 artículos Producto de la Guerra con Chile (1789) – 1883), los gobiernos de Chile y el Perú suscribieron el “Tratado de Ancón”. El tratado que consta de 14 artículos se redactó en Ancón (Lima), el 20 de octubre de 1883. se redactó en Ancón (Lima), el 20 de octubre de 1883.
  • 3. Según el Art. 3º el Perú perdió la provincia de Tarapacá, mientras que las provincias de Tacna y Arica quedaron bajo ocupación militar chilena por 10 años (1893), al término de los cuales, la posesión de éstas se definiría a través de un PLEBISCITO. Al término de estos 10 años (1893) el gobierno chileno no cumplió con este plebiscito y, finalmente, 46 años después se firmó el Tratado de 1929, que consta de 13 artículos, mediante cual el gobierno peruano oficializó la cesión de Arica y el retorno de Tacna al Perú.
  • 4.
  • 5. LA DELIMITACIÓN MARÍTIMA PERU-CHILE SITUACIÓN ACTUAL En la práctica Chile sigue ejerciendo soberanía en el espacio marítimo reclamado por Perú, por lo cual la Armada chilena, en los casos que buques pesqueros peruanos cruzan el paralelo, procede en la forma habitual (detención, traslado hasta el puerto de Arica, confiscación de los productos obtenidos, imposición de una sanción pecuniaria y la deportación al Perú). El 23 de mayo de 1986, el Perú solicitó a Chile establecer el límite marítimo entre ambos países, bajo la premisa que aún no se ha celebrado un Tratado especifico de delimitación marítima. Para el Perú, todos los acuerdos anteriores, son apenas convenios de pesca, ante lo cual Chile respondió que los acuerdos de 1952 y 1954 constituyen tratados de límites marítimos entre ambos países.
  • 6. Perú ha solicitado llegar a un entendimiento pacífico usando los mecanismos bilaterales, como la Comisión Mixta Permanente de Límites, Chile respondido que la frontera marítima ya está definida. Finalmente el Perú ha decidido presentar el diferendo ante la Corte Internacional de La Haya, en virtud a que Chile y Perú suscribieron el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas (Pacto de Bogotá) de 1948, que establece que si no existe voluntad de las partes, y no habiéndose convenido un procedimiento arbitral, cualquiera de los Estados parte tienen derecho a recurrir a la Corte Internacional de Justicia, existiendo competencia obligatoria de ésta, tratándose controversias de orden jurídico que verse, entre otras, sobre la interpretación de un tratado y cualquier cuestión de Derecho internacional (artículo XXXI y XXXII del Pacto de Bogotá de 1948, en concordancia con el artículo 36 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia).
  • 8. .
  • 9. ARGUMENTOS PERUANOS En 1982, las Naciones Unidas aprueban la Convención sobre el Derecho del Mar (Convemar) llamada, la Constitución de los Océanos. La Convención del Mar establece que en ausencia de tratados formales, el método para establecer los límites marítimos es el trazo de una línea media y la aplicación del principio de la equidad. Según la posición peruana, Chile y Perú, nunca han firmado un Tratado específico de límites marítimos y Chile pretende imponer un límite marítimo tremendamente inequitativo. La Declaración de Zona Marítima de 1952, firmada por delegados de Chile, Ecuador y Perú, define como zona marítima de cada uno de los países las 200 millas medidas desde la costa. Perú sostiene que debido a las características de la costa del Pacífico, las 200 millas de Chile se sobreponen a las 200 millas del Perú. Si como Chile exige, se considerara al paralelo como límite, la ciudad peruana de Camaná solo tendría 100 millas de mar territorial, Mollendo sólo tendría 80 millas, Ilo 40 millas, Sama 20 millas y Tacna no tendría mar, pues tendría 0 millas en el punto de la Concordia. Para el Perú, el acuerdo de 1954, firmado por delegados de Chile, Perú y Ecuador, denominado "Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima", sería sólo un convenio de pesca y no un tratado de limites. Sólo por error los negociadores habrían mencionado límites marítimos, que no se encontrarían definidos por tratado alguno. La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, señala que no puede tomarse un acuerdo internacional, usándolo en otro sentido: "Un tratado deberá interpretarse de buena fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del tratado en el contexto de estos y teniendo en cuenta su objeto y fin".
  • 10. DEMANDA PERUANA ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA . Debido a que Chile se ha negado a negociar un tratado de límites marítimos con el Perú, el 16 DE ENERO DE 2008 nuestro país presentó la demanda ante la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya, Holanda, solicitando a dicho tribunal que proceda a la delimitación marítima entre ambos Estados. El recurso ante la Corte se encuentra amparado por el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas de 1948, más conocido como “Pacto de Bogotá”, en el cual el Perú y Chile son partes. Dicho tratado constituye la vía legal para recurrir directamente a la Corte, sin necesidad de ningún convenio especial, en aplicación de su artículo XXXI. Dicho artículo establece el reconocimiento de las partes del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, de la jurisdicción de dicha Corte en todas las controversias de orden jurídico relativas a la interpretación de un tratado y cualquier cuestión de Derecho Internacional
  • 11. El Estatuto y Reglamento de la Corte Internacional de Justicia regulan los aspectos formales del proceso, tales como el establecimiento de plazos para El Estatuto y Reglamento de la Corte Internacional de Justicia regulan los aspectos formales del proceso, tales como el establecimiento de plazos para la presentación de los alegatos de las partes para la actuación de las pruebas. El proceso puede alcanzar una duración de varios años. la presentación de los alegatos de las partes para la actuación de las pruebas. El proceso puede alcanzar una duración de varios años. El Perú mantiene su voluntad de resolver esta controversia en el ámbito jurídico de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, sin afectar el dinamismo del conjunto de la agenda bilateral que tienen ambos países en el campo político, comercial, de inversiones y de cooperación.
  • 12. CHILE PRESENTA CONTRADEMANDA Y PASA A LA OFENSIVA El canciller Mariano Fernández presentó el 10 de marzo de 2009 ante la Corte Internacional de Justicia. Fuente: LaNacion.cl El tema no es menor considerando que la presentación de la contramemoria se realizó a 48 horas de que Michelle Bachelet entregue el mando del país a Sebastián Piñera, quien ha asegurado continuidad en la defensa que Chile realiza de su delimitación marítima En este sentido, Fernández señaló que la unidad quedó de manifiesto para reafirmar “la plena vigencia del límite marítimo como también para documentar los actos constitutivos y confirmatorios del mismo, en el ejercicio legítimo de los derechos soberanos y la jurisdicción nacional a partir del paralelo 18°21’03”S Según el Periódico “La Razón”, Chile expone con “sólidos argumentos” la demanda peruana ante la Corte de la Haya. “Asimismo, indica que seis meses a partir de ayer es el plazo estimado que tendría Perú para presentar una respuesta a la contramemoria que Chile entregó este martes a la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en respuesta a la pretensión marítima que Lima expuso en 2009 ante el organismo internacional. Así lo informó ayer el canciller Mariano Fernández, quien destacó “la amplia unidad nacional” lograda en torno a la respuesta que -durante un año- preparó el equipo que encabeza Van Klaveren.
  • 13. “En la contramemoria -agregó- se rebaten con sólidos argumentos las pretensiones peruanas y se aporta una gran cantidad de antecedentes que demuestran la existencia no discutida del límite marítimo entre Chile y Perú”. Por ello, explicó el jefe de la diplomacia nacional, “El gobierno de Chile reitera que continuará ejerciendo sus derechos, como lo ha realizado hasta ahora, de plena conformidad con el Derecho Internacional y que no cesará en sus esfuerzos para que la frontera marítima siga siendo motivo de cooperación y respeto internacional”. Y si bien el contenido de la contramemoria es confidencial, en la práctica Chile argumenta que el límite marítimo entre Chile y Perú quedó zanjado por los tratados de 1952 y 1954, que Lima considera acuerdos pesqueros. Sin embargo, Ecuador -el tercer firmante de dichos pactos- también los considera convenios de límites.
  • 14.
  • 15. ITINERARIO DE LA DEMANDA MARÍTIMA ENTRE EL PERÚ Y ITINERARIO DE LA DEMANDA MARÍTIMA ENTRE EL PERÚ Y CHILE CHILE 16 DE ENERO DE 2008 (DEMANDA) 19 DE MARZO DE 2008 (MEMORIA PERUANA) 9 DE MARZO DE 2010 (CONTRAMEMORIA CHILENA) 9 DE NOVIEMBRE DE 2010 (RÉPLICA PERUANA) 11 DE JULIO DE 2011 (DÚPLICA CHILENA) 3 -14 DE DICIEMBRE DE 2012 (AUDIENCIAS PÚBLICAS)
  • 16.
  • 17. Durante la primera presentación de los alegatos peruanos, el agente nacional, Allan Wagner Tizón, señaló que “no existe ningún tratado” de límites que establezca la frontera marítima con el vecino país del sur. El embajador señaló que Chile "no ha logrado demostrar ni dónde ni cuándo quedó establecido el límite marítimo que esa parte alega". WAGNER TIZÓN explicó que, para entender la postura peruana, es necesario referirse al contexto histórico que dio origen a este diferendo. Durante la primera presentación de los alegatos peruanos, el agente nacional, Allan Wagner Tizón, señaló que “no existe ningún tratado” de límites que establezca la frontera marítima con el vecino país del sur. El embajador señaló que Chile "no ha logrado demostrar ni dónde ni cuándo quedó establecido el límite marítimo que esa parte alega". WAGNER TIZÓN explicó que, para entender la postura peruana, es necesario referirse al contexto histórico que dio origen a este diferendo. La prensa santiaguina informó que el canciller chileno, Alfredo Moreno, presenció por televisión la sustentación de Perú junto al presidente de su país, Sebastián Piñera, en el despacho de este último en el Palacio de La Moneda, sede del Ejecutivo chileno. La prensa santiaguina informó que el canciller chileno, Alfredo Moreno, presenció por televisión la sustentación de Perú junto al presidente de su país, Sebastián Piñera, en el despacho de este último en el Palacio de La Moneda, sede del Ejecutivo chileno.
  • 18. En la víspera, desde muy temprano, los juristas internacionales expusieron sus alegatos, siendo el primero Alain Pellet, coordinador del equipo jurídico peruano ante la Haya. ALLAIN PELLET El catedrático francés Alain Pellet, coordinador del equipo jurídico peruano ante La Haya, sostuvo que el caso propuesto por Lima "es sencillo" pero que "Chile se empeña en presentarlo de manera difícil al centrarlo en la vigencia de tratados" pesqueros. Explicó que el pedido del Perú es que el tribunal determine la frontera entre las zonas marítimas de ambos estados “de conformidad con el derecho internacional”. Defendió la propuesta para trazar una línea equidistante que delimite la frontera marítima con Chile, que consiste en trazar una línea que divida en partes iguales la zona en controversia. En la víspera, desde muy temprano, los juristas internacionales expusieron sus alegatos, siendo el primero Alain Pellet, coordinador del equipo jurídico peruano ante la Haya. ALLAIN PELLET El catedrático francés Alain Pellet, coordinador del equipo jurídico peruano ante La Haya, sostuvo que el caso propuesto por Lima "es sencillo" pero que "Chile se empeña en presentarlo de manera difícil al centrarlo en la vigencia de tratados" pesqueros. Explicó que el pedido del Perú es que el tribunal determine la frontera entre las zonas marítimas de ambos estados “de conformidad con el derecho internacional”. Defendió la propuesta para trazar una línea equidistante que delimite la frontera marítima con Chile, que consiste en trazar una línea que divida en partes iguales la zona en controversia.
  • 19. El jurista estadounidense Rodman Bundy defendió el trazo de una línea equidistante para buscar una solución equitativa en la delimitación marítima entre Perú y Chile. "Chile es consciente que una línea equidistante da un resultado equitativo, su reclamo sobre el paralelo no produce ese resultado", expresó. Bundy mostró mapas de las costas de Perú y Chile para alegar que la frontera terrestre empieza en el Punto Concordia y es desde ahí donde debe establecerse la frontera. El jurista estadounidense Rodman Bundy defendió el trazo de una línea equidistante para buscar una solución equitativa en la delimitación marítima entre Perú y Chile. "Chile es consciente que una línea equidistante da un resultado equitativo, su reclamo sobre el paralelo no produce ese resultado", expresó. Bundy mostró mapas de las costas de Perú y Chile para alegar que la frontera terrestre empieza en el Punto Concordia y es desde ahí donde debe establecerse la frontera.
  • 20. El italiano Tullio Treves, integrante del equipo jurídico peruano, afirmó que sería incorrecto y un anacronismo considerar los convenios suscritos por Perú, Ecuador y Chile en la década de 1950 como tratados limítrofes. En su intervención explicó que los mencionados convenios tuvieron como único objetivo evitar que industrias pesqueras extranjeras depreden los recursos marinos de sus costas. Además, sustentó que dichos instrumentos buscaban preservar el derecho de todas las naciones al tránsito libre. El italiano Tullio Treves, integrante del equipo jurídico peruano, afirmó que sería incorrecto y un anacronismo considerar los convenios suscritos por Perú, Ecuador y Chile en la década de 1950 como tratados limítrofes. En su intervención explicó que los mencionados convenios tuvieron como único objetivo evitar que industrias pesqueras extranjeras depreden los recursos marinos de sus costas. Además, sustentó que dichos instrumentos buscaban preservar el derecho de todas las naciones al tránsito libre.
  • 21. El jurista británico Michael Wood fue el último litigante y dijo que Chile busca argumentos “donde no los hay”, para tratar de demostrar la existencia de un tratado marítimo con Perú. Ante los jueces del tribunal internacional, Wood indicó que los instrumentos firmados por Perú y Chile en 1947 antes de la Declaración de Santiago “eran provisionales” y no son “tan significativos como los quieren hacer aparecer”. El jurista británico Michael Wood fue el último litigante y dijo que Chile busca argumentos “donde no los hay”, para tratar de demostrar la existencia de un tratado marítimo con Perú. Ante los jueces del tribunal internacional, Wood indicó que los instrumentos firmados por Perú y Chile en 1947 antes de la Declaración de Santiago “eran provisionales” y no son “tan significativos como los quieren hacer aparecer”.
  • 22. FRONTERA MARÍTIMA PERÚ - CHILE Falló la nueva frontera del Perú y Chile. Se estableció que la frontera sigue el paralelo geográfico por 80 millas y luego se transforma en equidistante hasta las 200 millas. La Corte dio un veredicto salomónico, que reconocía argumentos peruanos y chilenos. Para el fallo, la Corte concluyó que no existía un Tratado de límites marítimos entre ambos países, pero que el Perú había reconocido de facto, la frontera tradicional entre Perú y Chile, que se estableció en 80 millas desde la frontera terrestre. Luego de las 80 millas, la línea de frontera se vuelve equidistante hasta las 200 millas. Si bien, parte de la costa peruana permanece sin mar (lo que es llamado seca), el Perú amplía su dominio marítimo en unos 50.000 kilómetros cuadrados sobre los que no ejercía soberanía, lo significa más del 70% del total de la demanda peruana sobre el mar del Océano Pacífico sur.