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Normas Internacionales de Información Financiera
– NIIF 2019
NIIF 15
Ingresos de Actividades Ordinarias
Procedentes de Contratos con Clientes
Aplicación de las NIIF
• ¿Qué se entiende por Estados Financieros?
• Los EEFF constituyen una representación estructurada de la situación
financiera y del rendimiento financiero de una entidad.
• ¿Cómo están compuestos los EEFF?
• Comprenden el Estado de Situación Financiera, el Estado de Resultados, el
Estado de Cambios en el Patrimonio, el Estado de Flujos de efectivo y las
Notas correspondientes.
• ¿Cuál es el objetivo de los EEFF?
• El objetivo de los EEFF es suministrar información acerca de la situación
financiera, del rendimiento financiero y de los flujos de efectivo de una
entidad, que sea útil a una amplia variedad de usuarios a la hora de tomar
sus decisiones económicas. Los EEFF también muestran los resultados de
la gestión realizada por los administradores con los recursos que les han
sido confiados.
¿Qué criterios se deben considerar para preparar y presentar los
EEFF? ¿Las normas tributarias, el PCGE o las NIIF?
Definitivamente, los criterios que se deben tener en cuenta para la
preparación y presentación de los EEFF deben ser las Normas
Internacionales de Información Financiera.
Esto es reconocido por la legislación positiva:
• Artículo 221º de Ley General de Sociedades: Finalizado el ejercicio el
directorio debe formular la memoria, los EEFF y la propuesta de aplicación
de las utilidades en caso de haberlas. De estos documentos debe resultar,
con claridad y precisión, la situación económica y financiera de la
sociedad, el estado de sus negocios y los resultados obtenidos en el
ejercicio vencido.
• Artículo 223º de la LGS: Los EEFF se preparan y presentan de conformidad
con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de
contabilidad generalmente aceptados en el país (es decir de acuerdo a las
NIIF)
• Artículo 33º del RLIR: La contabilización de operaciones bajo PCGA, puede
determinar, por la aplicación de las normas contenidas en la Ley,
diferencias temporales y permanentes en la determinación de la renta
neta. En consecuencia, salvo que la LIR o el RLIR condicione la deducción
al registro contable, la forma de contabilización de las operaciones no
originará la pérdida de una deducción.
• Sección B de la Parte I Generalidades del PCGE: Es requisito para la
aplicación del PCGE, observar lo que establecen las NIIF. De manera
adicional y sin poner en riesgo la aplicación de lo dispuesto por las NIIF,
se debe considerar las normas del derecho, la jurisprudencia y los usos y
costumbres mercantiles.
• Sección B de la Parte I Generalidades del PCGE: El registro contable no
está supeditado a la existencia de un documento formal. En los casos en
que la esencia de la operación se haya efectuado según lo señalado en el
Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los EEFF de las
NIIF, corresponde efectuar el registro contable correspondiente, así no
exista comprobante de sustento. En todos los casos, el registro contable
debe sustentarse en documentación suficiente, muchas veces provista por
terceros, y en otras ocasiones generada internamente.
• Sección B de la Parte I Generalidades del PCGE: Las operaciones se deben
registrar en las cuentas que corresponde a su naturaleza.
• Sección B de la Parte I Generalidades del PCGE: Este PCGE es congruente
y se encuentra homogenizado con las NIIF oficializadas por el Consejo
Normativo de Contabilidad (CNC).
Hasta aquí ¿alguien
duda de la
aplicación
obligatoria de las
NIIF?
• Versión 2018 de las NIIF
Mediante Resolución Nº 002-2018-EF/30, publicada el 29.08.2018, el Consejo
Normativo de Contabilidad (CNC) ha oficializado entre otros, la versión
2018 de las Normas Internacionales de Información Financiera.
ASESOR EMPRESARIAL 7
SINOPSIS
NORMA CONTABLE OBJETIVOS
NIC 2 Existencias ¿En qué oportunidad se deben reconocer las
existencias? ¿Cuál es su costo?
NIC 8 Políticas
contables, cambios en
estimaciones
contables y Errores
¿Qué hacer cuando se detectan errores contables?
¿Cómo se tratan (ajustan)? Efectos en los Estados
Financieros
NIC 11 Contratos de
Construcción
¿Cuándo se reconocen los ingresos y costos de los
Contratos de Construcción?
NIC 12 Impuesto a la
Renta
¿Cuál es el tratamiento contable del Impuesto a la
Renta?
NIC 16 Inmuebles,
maquinaria y equipo
¿Cuándo se reconoce un activo fijo? ¿Cuál es el
tratamiento de la depreciación?
NIIF 16
Arrendamientos
¿Cuál es el tratamiento del arrendamiento financiero?
¿Cuál es el tratamiento del arrendamiento operativo?
NIIF 15 Ingresos de
Actividades Ordinarias
Procedentes de
Contratos con Clientes
¿En qué oportunidad se deben reconocer los
ingresos? ¿Cuál es el tratamiento contable?
ASESOR EMPRESARIAL 8
SINOPSIS
NORMA CONTABLE OBJETIVOS
NIC 21 Efectos de las
variaciones en las
Diferencias de Cambio
¿Cómo se tratan las Diferencias de Cambio? ¿Cuál es
su efecto tributario?
NIC 23 Costos por
préstamos
¿Cuál es el tratamiento contable de los intereses?
¿Se pueden capitalizar? ¿Cuál es la incidencia
tributaria?
NIC 37 Provisiones ¿Qué es una provisión? ¿Cuál es la diferencia entre
provisiones y cuentas correctoras? Cuándo se
reconoce una Provisión?
NIC 38 Intangibles ¿Cuándo se reconoce un activo intangible? ¿Cuál es
el tratamiento que se le debe otorgar para efectos
contables y tributarios?
NIC 40 Inversión
Inmobiliaria
¿Qué son las Inversiones Inmobiliarias? ¿Cómo se
tratan contablemente?
ASESOR EMPRESARIAL 9
NIIF 15
Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de
Contratos con Clientes
Aspectos Generales
Principio básico de la NIIF 15
• Una entidad debe reconocer los ingresos de actividades ordinarias para
representar la transferencia de los bienes o servicios comprometidos con los
clientes, por un importe que refleje la contraprestación a que la entidad
espera tener derecho, a cambio de dichos bienes o servicios.
• Para lograr este objeto, la NIIF 15 establece los siguientes cinco pasos:
1er paso: Identificación del contrato
• Una entidad «contabilizará» un contrato con un cliente que queda dentro del
alcance de la NIIF 15 solo cuando se cumplan todos los criterios siguientes:
• a) Las partes del contrato han aprobado el contrato (por escrito, oralmente o de
acuerdo con otras prácticas tradicionales del negocio) y se comprometen a
cumplir con sus respectivas obligaciones;
• b) La entidad puede identificar los derechos de cada parte con respecto a los
bienes o servicios a transferir;
• c) La entidad puede identificar las condiciones de pago con respecto a los bienes o
servicios a transferir;
• d) El contrato tiene fundamento comercial (es decir, se espera que el riesgo,
calendario o importe de los flujos de efectivo futuros de la entidad cambien como
resultado del contrato); y
• e) Es probable que la entidad recaude la contraprestación a la que tendrá derecho
a cambio de los bienes o servicios que se transferirán al cliente.
2° paso: Identificación de las obligaciones de
desempeño
Al comienzo del contrato, una entidad evaluará los bienes o servicios
comprometidos en un contrato con un cliente e identificará como una
obligación de desempeño cada compromiso de transferir al cliente:
a) Un bien o servicio (o un
grupo de bienes o servicios)
que es distinto; o
b) Una serie de bienes o servicios
distintos que son sustancialmente
iguales y que tienen el mismo patrón
de transferencia al cliente.
3° paso: Determinación del precio de la transacción
• El precio de la transacción es el importe de la contraprestación a la que
una entidad espera tener derecho a cambio de transferir los bienes o
servicios comprometidos con el cliente, excluyendo los importes
recaudados en nombre de terceros (por ejemplo, algunos impuestos sobre
las ventas).
• La contraprestación que se compromete en un contrato con un cliente
puede incluir importes fijos, importes variables, o ambos.
• Para determinar el precio de la transacción, una entidad debe considerar
los términos del contrato y sus prácticas tradicionales de negocio para
determinar el precio de la transacción.
• A efectos de determinar el precio de la transacción, una entidad asumirá
que los bienes o servicios se transferirán al cliente según el compromiso y
de acuerdo con el contrato existente y que el contrato no se cancelará,
renovará o modificará.
4° paso: Asignación del precio de la transacción a las
obligaciones de desempeño
• El párrafo 73 de la NIIF 15 señala que el objetivo cuando se asigna el precio de la
transacción es que una entidad distribuya el precio de la transacción a cada
obligación de desempeño (a cada bien o servicio que sean distintos) por un
importe que represente la parte de la contraprestación a la cual la entidad espera
tener derecho a cambio de transferir los bienes o servicios comprometidos con el
cliente.
•
• Para cumplir el objetivo de la asignación, una entidad distribuirá el precio de la
transacción a cada obligación de desempeño identificada en el contrato
basándose en el precio relativo de venta independiente.
5° paso: Satisfacción de las obligaciones de
desempeño
Cuando (o a medida que)
satisfaga un obligación de
desempeño mediante la
transferencia de los bienes
o servicios comprometidos
(es decir, uno o varios
activos) al cliente
Una entidad debe
reconocer los ingresos de
actividades ordinarias
(párrafo 31 – NIIF 15).
Desempeño a
lo largo del tiempo
Desempeño en
un momento
determinado
Sector Comercio
¿Cómo opera
el sector
comercial?
Oferta /
Publicidad
Recepción de
pedidos /
Presupuesto
Entrega de los
bienes /
Cumplimiento
del contrato
Qué necesita
el mercado? /
Adquisición de
bienes
Facturación /
Cobranza
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cliente /
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¿Cómo opera
el sector
Servicios?
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Solicitud de
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Ejecución del
servicio /
Cumplimiento
del contrato
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el mercado? /
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prestar
Facturación /
Cobranza
Aceptación del
cliente /
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Sector Servicios
• Tratamiento contable para el reconocimiento de ingresos
Sector Industrial
¿Cómo opera
el sector
industrial?
Producción de
bienes/ Oferta
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Cumplimiento
del contrato
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Análisis de la
Demanda
Facturación /
Cobranza
Aceptación del
cliente /
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Sector Construcción
24
¿Cómo opera
el sector
Construcción?
Ejecución de
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Avances
Viabilidad del
proyecto
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contrato
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fernandoeffiopereda@hotmail.com
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  • 1. Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF 2019 NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes
  • 2. Aplicación de las NIIF • ¿Qué se entiende por Estados Financieros? • Los EEFF constituyen una representación estructurada de la situación financiera y del rendimiento financiero de una entidad. • ¿Cómo están compuestos los EEFF? • Comprenden el Estado de Situación Financiera, el Estado de Resultados, el Estado de Cambios en el Patrimonio, el Estado de Flujos de efectivo y las Notas correspondientes. • ¿Cuál es el objetivo de los EEFF? • El objetivo de los EEFF es suministrar información acerca de la situación financiera, del rendimiento financiero y de los flujos de efectivo de una entidad, que sea útil a una amplia variedad de usuarios a la hora de tomar sus decisiones económicas. Los EEFF también muestran los resultados de la gestión realizada por los administradores con los recursos que les han sido confiados.
  • 3. ¿Qué criterios se deben considerar para preparar y presentar los EEFF? ¿Las normas tributarias, el PCGE o las NIIF? Definitivamente, los criterios que se deben tener en cuenta para la preparación y presentación de los EEFF deben ser las Normas Internacionales de Información Financiera. Esto es reconocido por la legislación positiva: • Artículo 221º de Ley General de Sociedades: Finalizado el ejercicio el directorio debe formular la memoria, los EEFF y la propuesta de aplicación de las utilidades en caso de haberlas. De estos documentos debe resultar, con claridad y precisión, la situación económica y financiera de la sociedad, el estado de sus negocios y los resultados obtenidos en el ejercicio vencido. • Artículo 223º de la LGS: Los EEFF se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país (es decir de acuerdo a las NIIF)
  • 4. • Artículo 33º del RLIR: La contabilización de operaciones bajo PCGA, puede determinar, por la aplicación de las normas contenidas en la Ley, diferencias temporales y permanentes en la determinación de la renta neta. En consecuencia, salvo que la LIR o el RLIR condicione la deducción al registro contable, la forma de contabilización de las operaciones no originará la pérdida de una deducción. • Sección B de la Parte I Generalidades del PCGE: Es requisito para la aplicación del PCGE, observar lo que establecen las NIIF. De manera adicional y sin poner en riesgo la aplicación de lo dispuesto por las NIIF, se debe considerar las normas del derecho, la jurisprudencia y los usos y costumbres mercantiles.
  • 5. • Sección B de la Parte I Generalidades del PCGE: El registro contable no está supeditado a la existencia de un documento formal. En los casos en que la esencia de la operación se haya efectuado según lo señalado en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los EEFF de las NIIF, corresponde efectuar el registro contable correspondiente, así no exista comprobante de sustento. En todos los casos, el registro contable debe sustentarse en documentación suficiente, muchas veces provista por terceros, y en otras ocasiones generada internamente. • Sección B de la Parte I Generalidades del PCGE: Las operaciones se deben registrar en las cuentas que corresponde a su naturaleza. • Sección B de la Parte I Generalidades del PCGE: Este PCGE es congruente y se encuentra homogenizado con las NIIF oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad (CNC).
  • 6. Hasta aquí ¿alguien duda de la aplicación obligatoria de las NIIF?
  • 7. • Versión 2018 de las NIIF Mediante Resolución Nº 002-2018-EF/30, publicada el 29.08.2018, el Consejo Normativo de Contabilidad (CNC) ha oficializado entre otros, la versión 2018 de las Normas Internacionales de Información Financiera. ASESOR EMPRESARIAL 7
  • 8. SINOPSIS NORMA CONTABLE OBJETIVOS NIC 2 Existencias ¿En qué oportunidad se deben reconocer las existencias? ¿Cuál es su costo? NIC 8 Políticas contables, cambios en estimaciones contables y Errores ¿Qué hacer cuando se detectan errores contables? ¿Cómo se tratan (ajustan)? Efectos en los Estados Financieros NIC 11 Contratos de Construcción ¿Cuándo se reconocen los ingresos y costos de los Contratos de Construcción? NIC 12 Impuesto a la Renta ¿Cuál es el tratamiento contable del Impuesto a la Renta? NIC 16 Inmuebles, maquinaria y equipo ¿Cuándo se reconoce un activo fijo? ¿Cuál es el tratamiento de la depreciación? NIIF 16 Arrendamientos ¿Cuál es el tratamiento del arrendamiento financiero? ¿Cuál es el tratamiento del arrendamiento operativo? NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes ¿En qué oportunidad se deben reconocer los ingresos? ¿Cuál es el tratamiento contable? ASESOR EMPRESARIAL 8
  • 9. SINOPSIS NORMA CONTABLE OBJETIVOS NIC 21 Efectos de las variaciones en las Diferencias de Cambio ¿Cómo se tratan las Diferencias de Cambio? ¿Cuál es su efecto tributario? NIC 23 Costos por préstamos ¿Cuál es el tratamiento contable de los intereses? ¿Se pueden capitalizar? ¿Cuál es la incidencia tributaria? NIC 37 Provisiones ¿Qué es una provisión? ¿Cuál es la diferencia entre provisiones y cuentas correctoras? Cuándo se reconoce una Provisión? NIC 38 Intangibles ¿Cuándo se reconoce un activo intangible? ¿Cuál es el tratamiento que se le debe otorgar para efectos contables y tributarios? NIC 40 Inversión Inmobiliaria ¿Qué son las Inversiones Inmobiliarias? ¿Cómo se tratan contablemente? ASESOR EMPRESARIAL 9
  • 10. NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes Aspectos Generales
  • 11. Principio básico de la NIIF 15 • Una entidad debe reconocer los ingresos de actividades ordinarias para representar la transferencia de los bienes o servicios comprometidos con los clientes, por un importe que refleje la contraprestación a que la entidad espera tener derecho, a cambio de dichos bienes o servicios. • Para lograr este objeto, la NIIF 15 establece los siguientes cinco pasos:
  • 12. 1er paso: Identificación del contrato • Una entidad «contabilizará» un contrato con un cliente que queda dentro del alcance de la NIIF 15 solo cuando se cumplan todos los criterios siguientes: • a) Las partes del contrato han aprobado el contrato (por escrito, oralmente o de acuerdo con otras prácticas tradicionales del negocio) y se comprometen a cumplir con sus respectivas obligaciones; • b) La entidad puede identificar los derechos de cada parte con respecto a los bienes o servicios a transferir; • c) La entidad puede identificar las condiciones de pago con respecto a los bienes o servicios a transferir; • d) El contrato tiene fundamento comercial (es decir, se espera que el riesgo, calendario o importe de los flujos de efectivo futuros de la entidad cambien como resultado del contrato); y • e) Es probable que la entidad recaude la contraprestación a la que tendrá derecho a cambio de los bienes o servicios que se transferirán al cliente.
  • 13. 2° paso: Identificación de las obligaciones de desempeño Al comienzo del contrato, una entidad evaluará los bienes o servicios comprometidos en un contrato con un cliente e identificará como una obligación de desempeño cada compromiso de transferir al cliente: a) Un bien o servicio (o un grupo de bienes o servicios) que es distinto; o b) Una serie de bienes o servicios distintos que son sustancialmente iguales y que tienen el mismo patrón de transferencia al cliente.
  • 14. 3° paso: Determinación del precio de la transacción • El precio de la transacción es el importe de la contraprestación a la que una entidad espera tener derecho a cambio de transferir los bienes o servicios comprometidos con el cliente, excluyendo los importes recaudados en nombre de terceros (por ejemplo, algunos impuestos sobre las ventas). • La contraprestación que se compromete en un contrato con un cliente puede incluir importes fijos, importes variables, o ambos. • Para determinar el precio de la transacción, una entidad debe considerar los términos del contrato y sus prácticas tradicionales de negocio para determinar el precio de la transacción. • A efectos de determinar el precio de la transacción, una entidad asumirá que los bienes o servicios se transferirán al cliente según el compromiso y de acuerdo con el contrato existente y que el contrato no se cancelará, renovará o modificará.
  • 15. 4° paso: Asignación del precio de la transacción a las obligaciones de desempeño • El párrafo 73 de la NIIF 15 señala que el objetivo cuando se asigna el precio de la transacción es que una entidad distribuya el precio de la transacción a cada obligación de desempeño (a cada bien o servicio que sean distintos) por un importe que represente la parte de la contraprestación a la cual la entidad espera tener derecho a cambio de transferir los bienes o servicios comprometidos con el cliente. • • Para cumplir el objetivo de la asignación, una entidad distribuirá el precio de la transacción a cada obligación de desempeño identificada en el contrato basándose en el precio relativo de venta independiente.
  • 16. 5° paso: Satisfacción de las obligaciones de desempeño Cuando (o a medida que) satisfaga un obligación de desempeño mediante la transferencia de los bienes o servicios comprometidos (es decir, uno o varios activos) al cliente Una entidad debe reconocer los ingresos de actividades ordinarias (párrafo 31 – NIIF 15). Desempeño a lo largo del tiempo Desempeño en un momento determinado
  • 18. ¿Cómo opera el sector comercial? Oferta / Publicidad Recepción de pedidos / Presupuesto Entrega de los bienes / Cumplimiento del contrato Qué necesita el mercado? / Adquisición de bienes Facturación / Cobranza Aceptación del cliente / Contrato
  • 20. ¿Cómo opera el sector Servicios? Oferta / Publicidad Solicitud de servicios / Presupuesto Ejecución del servicio / Cumplimiento del contrato Qué necesita el mercado? / Servicios a prestar Facturación / Cobranza Aceptación del cliente / Contrato
  • 21. Sector Servicios • Tratamiento contable para el reconocimiento de ingresos
  • 23. ¿Cómo opera el sector industrial? Producción de bienes/ Oferta / Publicidad Recepción de pedidos / Presupuesto Entrega de los bienes / Cumplimiento del contrato Qué necesita el mercado? / Análisis de la Demanda Facturación / Cobranza Aceptación del cliente / Contrato
  • 25. ¿Cómo opera el sector Construcción? Ejecución de obras / Avances Viabilidad del proyecto Suscripción del contrato Participación en procesos de licitación Facturación / Cobranza Valorizaciones