3. BLOQUE 3 LOS DERECHOS HUMANOS COMO FUNDAMENTO DE LA VIDA DEMOCRÁTICA
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7. Instrumentos Internacionales ONU A partir de la Segunda Guerra Mundial, es un nuevo actor político Legisla sobre asuntos de personas frente a Estados Procura un ordenamiento Democrático al interior de cada Estado y entre países
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9. La Asamblea General proclama la Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse , a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades .
22. La Declaración Universal de los Derechos del Niño E l 20 de noviembre de 1959, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos del Niño
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24. 2.2 La familia y la escuela como promotora y defensora de los derechos de los niños.
25. Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Tamaulipas 2.3 Leyes que protegen los derechos de las niñas, los niños ,los adolescentes y los jóvenes en Tamaulipas
26. Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Estado de Tamaulipas ARTICULO 2º.- Esta Ley tiene por objeto: I.- Garantizar y promover el ejercicio de los derechos de las niñas y niños; II.- Establecer los principios que orienten las políticas públicas a favor de las niñas y niños; III.- Establecer las facultades y obligaciones de las autoridades competentes para su cumplimiento; y IV.- Establecer las bases para la instrumentación y evaluación de las políticas públicas y de las acciones de defensa y representación jurídica, así como las de asistencia, provisión, prevención, protección y participación tendientes a la promoción y vigencia de los derechos de las niñas y niños.
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28. LEY DE JUSTICIA PARA LOS ADOLESCENTES DEL ESTADO 1 . Esta ley se aplica a todo adolescente a quien se le atribuya la realización de una conducta tipificada como delito en las leyes penales del Estado
29. Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas. ARTICULO 2o.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto esencial la protección, observancia, promoción, estudio y difusión de los derechos humanos previstos por el orden jurídico mexicano
30. LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS Esta ley reglamenta en el orden estatal el segundo párrafo del artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sobre el derecho de acceso a la información y la fracción V del artículo 17 de la Constitución Política del Estado sobre la libertad de información pública ARTÍCULO 2. En el Estado de Tamaulipas toda persona disfruta de la libertad de información, así como del derecho de utilizar y divulgar la información pública que reciba.
31. Tema 3 Instituciones que promueven el respeto y protecci ó n de los Derechos Humanos en el pa í s. 3.1 CNDH, Comisiones Estatales de los Derechos Humanos.