3. EL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL
OBJETIVO GENERAL: Enseñar al estudiante la
importancia y como se hace un Programa de Salud
Ocupacional para cualquier tipo de empresa.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Enseñar al estudiante que es Programa de Salud
Ocupacional.
Analizar cada un de los elementos que tiene el
Programa de Salud Ocupacional.
4. PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL
¿En Que Consiste Un Programa De Salud Ocupacional?
Consiste en la planeación, organización, ejecución,
control y evaluación de todas aquellas actividades
tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud
individual y colectiva de los trabajadores con el fin de
evitar accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales.
El principal objetivo de un programa de Salud
Ocupacional es proveer de seguridad, protección y
atención a los empleados en el desempeño de su
trabajo.
5. ¿Cuales son los elementos básicos para un
programa de salud ocupacional?
Son prevención de accidentes, la evaluación
médica de los empleados, la investigación de
los accidentes que ocurran y un programa de
entrenamiento y divulgación de las normas
para evitarlos.
6. Política de Salud Ocupacional
La política contempla entre otros puntos los siguientes:
-Cumplimiento de todas las normas legales vigentes en Colombia sobre Salud
Ocupacional y Seguridad Integral.
-Protección y mantenimiento del mayor nivel de bienestar, tanto físico como mental,
de todos los trabajadores
-Preservación de buenas condiciones de operación en los recursos materiales y
económicos
-Garantía de que las condiciones y el manejo de residuos no contaminen el medio
ambiente y cumplan las normas vigentes.
-Rentabilidad de todos los niveles de Dirección por proveer un ambiente sano y
seguro de trabajo
-Responsabilidad de todos los trabajadores por su seguridad
Incorporación del control de riesgos en cada una de las tareas.
7. Niveles de Participación
Participación Del Empleador O Gerencia
La institución en la que se trabaja, debe proveer equipos de
seguridad con los cuales se pueda obtener condiciones de
seguridad adecuadas para el trabajo. Realizando una serie de
tareas como:
Motivar al personal por la Salud Ocupacional a través de charlas,
cartas de reconocimiento, asistir a reuniones formales entre otras.
Dar prioridad a la Salud Ocupacional cuando deba tomarse una
decisión en la que aquella esté en juego.
Controlar resultados, conociendo el desarrollo de los
subprogramas y funcionamiento del comité de Medicina, Higiene y
Seguridad a través de estadísticas de accidentalidad, actas del
comité, cumplimiento de los récords establecidos, pronunciándose
al respecto.
8. Participación De Los Trabajadores
A pesar de que el empleado es la razón final de un Programa de Salud
Ocupacional y el mayor beneficiado en su desarrollo, es necesario hacer
énfasis en que a él le corresponde la mayor parte de la responsabilidad.
Es obligación del empleado:
El seguimiento estricto de las Normas de seguridad a fin de garantizar un
trabajo seguro.
Cumplir las normas y procedimientos de Salud Ocupacional establecidas
por la Empresa.
Informar a sus superiores o al coordinador de Salud Ocupacional, sobre
condiciones y/o actos sub-estándar en los lugares de trabajo ó cualquier
circunstancia que pudiera provocar un accidente y presentar sugerencias
para su estudio participando en la elaboración de normas y
procedimientos seguros de trabajo.
9. MARCO LEGAL
La Ley 9ª de 1979, se establece las normas de
preservación y mejora de la salud de los trabajadores,
protegiéndolos de los factores de riesgo.
Que la Ley 100 de 1993, el Decreto Ley 1295 de 1994 y
los Decretos reglamentarios 1771 y 1772 de 1994 y Ley
789 de 2002 determinan la organización y
administración del Sistema General de Riesgos
Profesionales, a fin de fortalecer y promover las
condiciones de trabajo y de salud de los empleados.
Que en los Artículos 2 y 3 de la Resolución 2400 de
1979, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Hoy
Ministerio de la Protección Social), establece las
obligaciones de los empleadores y de los trabajadores
sobre vivienda, higiene y seguridad.
10. SALUD OCUPACIONAL
La Salud Ocupacional es el
conjunto de actividades
multidisciplinarias encaminadas
a la promoción, educación,
prevención control, recuperación
y rehabilitación de los
trabajadores, para protegerlos de
los riesgos ocupacionales y
ubicarlos en un ambiente de
trabajo de acuerdo con sus
condiciones fisiológicas.
11. SALUD OCUPACIONAL
• Medicina del Trabajo:
Conjunto de actividades dirigidas a la
promoción y control de la salud de los
trabajadores. En este subprograma se
integran las acciones de Medicina
Preventiva y Medicina del trabajo,
teniendo en cuenta que las dos tienden
a garantizar óptimas
condiciones de bienestar físico, mental y
social de las personas, protegiéndolos de los
factores de riesgo ocupacionales, ubicándolos
en un puesto de trabajo acorde con sus
condiciones psico-físicas y manteniéndolos
en aptitud de producción laboral.
12. SALUD OCUPACIONAL
Medicina del Trabajo:
Objetivo General
Orientarse por el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones
generales de salud y calidad de vida de los trabajadores.
Objetivos Específicos
Educar a todo el personal en la forma de mantener su salud
Capacitación en factores de riesgo, sus efectos sobre la salud y la manera
de corregirlos.
Prevenir, detectar precozmente y controlar las enfermedades generales
(EG) y las profesionales (EP).
Ubicar al trabajador en el cargo acorde con sus condiciones psico-físicas.
Hacer seguimiento periódico de los trabajadores para identificar y vigilar a
los expuestos a riesgos específicos.
13. SALUD OCUPACIONAL
Higiene Industrial:
La Higiene industrial es la disciplina
dedicada al reconocimiento,
evaluación y control de aquellos
factores y agentes ambientales
originados en o por el lugar de
trabajo, que puedan causar
enfermedad e ineficiencia entre los
trabajadores o entre los ciudadanos
de una comunidad.
14. SALUD OCUPACIONAL
Higiene Industrial:
Objetivos
Identificar y evaluar mediante estudio ambientales
periódicos, los agentes y factores de riesgos del
trabajo que afecten o puedan afectar la salud de los
trabajadores.
Determinar y aplicar las medidas para el control de
riesgos de accidentes y enfermedades relacionadas
con el trabajo y verificar periódicamente su eficiencia.
15. SALUD OCUPACIONAL
Seguridad Industrial:
La Seguridad industrial
comprende el conjunto de
técnicas y actividades
destinadas a la
identificación, valoración y al
control de las causas de los
accidentes de trabajo.
16. SALUD OCUPACIONAL
Seguridad Industrial:
Objetivo general:
Mantener un ambiente laboral seguro, mediante el control de las causas
básicas de potencialmente pueden causar daño a la integridad física del
trabajador o a los recursos de la empresa.
Objetivos específicos:
Identificar, valorar y controlar las causas básicas de accidentes.
Implementar mecanismos periódicos de monitoreo y control permanente
de los factores que tengan un alto potencial de pérdida para la empresa.
Relacionar actividades con los otros subprogramas para asegurar la
adecuada protección de los empleados.
Elaborar y capacitar en procedimientos adecuados de trabajo con criterios
de seguridad, calidad y producción.
17. SEGUIMIENTO
A través de los Indicadores de proceso:
Índices de frecuencia y severidad de
accidentes de trabajo.
Tasas de ausentismo general, por
accidente de trabajo, por enfermedad
profesional y por enfermedad común, en el
último año.
Tasas específicas de enfermedades
profesionales, en el último año.
Grado de cumplimiento del Programa de
Salud Ocupacional de acuerdo con el
cronograma de actividades.
La medición de estos indicadores es
mensual.
18. Comité Paritario de Salud ocupacional
COPASO
El Comité Paritario de Salud Ocupacional
constituye un medio importante para
promocionar la Salud Ocupacional en todos los
niveles de la empresa, buscar acuerdos con las
directivas y responsables del Programa de
Salud Ocupacional en función del logro de
metas y objetivos concretos, divulgar y sustentar
prácticas saludables y motivar la adquisición de
hábitos seguros.
Se debe conformar en las instalaciones de la
empresa en reunión de la cual participarán el
Representante Legal y sus trabajadores, dando
cumplimiento a la Resolución 2013 de 1986 y al
Decreto 1295 de 1994 en su articulo 63 y las
exigencias de la División de Salud Ocupacional
del Ministerio de Trabajo.
19. VIGENCIA DEL COPASO
El periodo de los miembros del
Comité es de dos (2) años y el
empleador está obligado a
proporcionar por lo menos
cuatros horas semanales
dentro de la jornada normal de
trabajo de uno de los miembros
para el funcionamiento del
Comité.
20. RESPONSABILIDADES DEL COPASO
Actuar como veedores del cumplimiento de los programas
de salud ocupacional de la empresa.
Participar en las actividades de promoción, divulgación y
capacitación sobre medicina, higiene y seguridad , para
lograr la participación de todo el personal en los programas
de salud ocupacional.
Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de
trabajo y proponer medidas correctivas.
También los COPASO tienen entre sus funciones, visitar
periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los
ambientes, máquinas y operaciones e informar al empleador
sobre la existencia de factores de riesgo.
El COPASO debe tener un plan de trabajo concreto
orientado a apoyar el control de los factores de riesgo más
prioritarios. No debe ser un instrumento de quejas y
reclamos de temas distintos a la salud y la seguridad
laboral.
21. ACTIVIDADES DEL COPASO
Actividades de promoción,
divulgación y capacitación
sobre medicina, higiene y
seguridad, para lograr la
participación de todo el
personal en los programas
de salud ocupacional.
22. ACTIVIDADES DEL COPASO
Con base en la Resolución 2013 de 1986 y
el Decreto 1295 de 1994 y la Resolución
interna 1018 de 2009, cada uno de los
Directores Regionales o Seccionales deberá
constituir el Plan de Actividades de Salud
Ocupacional.
El COPASO – Regional realizará las
actividades establecidas en el Plan de
Actividades de Salud.
El Plan de Actividades de Salud, debe
contener las actividades de los
Subprogramas de Salud Ocupacional y las
recomendaciones de la ARP.
23.
24. AFILIACIONES (ARP)
1
• Novedad del ingreso del Servidor Público.
2
• Diligenciamiento del formato electrónico y/o
físico.
3
• Si el formulario es electrónico, se imprime
• Si el formulario es físico, se debe radicar en la
oficina de la ARP
4
• Se archiva en la Hoja de Vida y se registra la
novedad en la nómina..
25. AFILIACIONES (EPS)
SOLTERO CASADO UNIÓN LIBRE
Sin beneficiarios Con beneficiarios Sin beneficiarios Con beneficiarios Sin beneficiarios
Con
beneficiarios
Fotocopia de Cédula
Formulario diligenciado
Padres:
Fotocopia de Cédula(s)
de los padre(s) /
Extrajuicio de
dependencia económica
de los padres y Registro
civil del afiliado.
Esposo(a): Por
unidad de núcleo
familiar .
Esposo(a):
Fotocopia del
Registro civil de
matrimonio y
extrajuicio de
dependencia
económica.
Compañero o
Compañera: Por
unidad de núcleo
familiar, la unión
debe ser superior a
dos años.
Compañero o
Compañera:
extrajuicio de
dependencia
económica y
convivencia.
Hijos: (Hasta los 24
años) Fotocopia del
Registro civil o Tarjeta
de Identidad.
Certificado de
escolaridad.
Hijos: (Hasta los
24 años)
Fotocopia del
Registro civil o
Tarjeta de
Identidad.
Certificado de
escolaridad.
Hijos: (Hasta
los 24 años)
Fotocopia del
Registro civil o
Tarjeta de
Identidad.
Certificado de
escolaridad.
26. AFILIACIONES (AFP)
1
Novedad del
ingreso del
Servidor Público.
2
Diligenciamiento
del formato físico.
3
Si el formulario se
debe radicar en la
oficina de la AFP.
4
Debe anexarse
fotocopia de la
cédula, y para la
inclusión de los
beneficiarios se
debe incluir la
fotocopia de los
beneficiarios.
27. TRASLADOS (EPS, AFP)
EPS – El afiliado puede hacer
traslado cada 24 meses. (art. 16
Decreto 047/00)
AFP – Los afiliados al régimen
de pensión podrán trasladarse
de régimen por una sola vez
cada cinco (5) años.
28. Administradora de Riesgos Profesionales
SURATEP es una empresa Administradora de Riesgos
Profesionales (ARP), filial de Suramericana, cuya función
principal consiste en prevenir, atender y proteger a los
trabajadores de los efectos causados por accidentes y
enfermedades que puedan ocurrirles con ocasión o como
consecuencia del trabajo que desarrollan
Cubrimiento:
29. Administradora de Riesgos Profesionales
Diagnostico del
Riesgo
Ocupacional
Transferen
cia del
Riesgo
Tratamiento
del Riesgo
PREVENCIÓN
ASISTENCIA
RESPUESTA