Breve recuento sobre teoria del estado en filosofica del derecho de benigno mantilla pineda
1. TEORIA DEL ESTADO
• Contenido del término Estado:
▫ Stato : equivalente a gobierno
▫ Maquiavelo en su obra “El Príncipe”, es el
encargado de utilizar dicho término y hacerlo
conocido.
▫ A partir de Tomas Hobbes, el contenido
semántico de Estado es organización político-
jurídico.
2. • El contenido del término es de carácter bilateral
y mutua correspondencia
• Bilateral, porque se compone de dos conceptos:
▫ Política y derecho
• Mutua correspondencia, porque ambos son
inseparables que configuran el concepto de
Estado
3. ORIGEN Y EVOLUCION DEL ESTADO
• Origen del Estado:
▫ Formación primaria
▫ Formación secundaria
• Evolución del Estado:
• Aristóteles:
▫ Formas perfectas: monarquía, aristocracia,
democracia.
▫ Formas imperfectas: tiranía oligarquía y
demagogia.
4. - Hegel :
- Estado como substancia ética y consiente de si
misma
- Spengler:
- Estudia a la sociedad en bases a cultura o
civilizaciones. El autor comporte dicho modo de
estudio
5. PRESUPUESTOS DEL ESTADO
• Territorio:
▫ El Estado es considerado como organismo
geográfico, es presupuesto material y real De
Estado.
▫ El territorio espiritualizado deviene en Patria.
• Nación:
▫ elementos naturales: población unida por
parentesco y comunidad de lugar.
▫ Elementos culturales: unidad en base a cultura,
historia, tradición, raza e idioma.
6. • Soberanía :
▫ Entendida como máximo poder.
▫ Sentidos de la soberanía:
Como todo aquél que tenia alguna facultad o
atribución.
Como condición de independencia del Estado a nivel
externo e interno.
Como parte integrante del patrimonio jurídico de
cada persona (soberanía popular)
7. DEFINICIÓN DE ESTADO
• El autor define al Estado como la organización
político-jurídico, asentado en un territorio y
dotada de jurísdicción soberana
8. FUNDAMENTOS DEL ESTADO
• Parte el autor para precisar el fundamento del Estado de
2 posiciones:
• Teleologismo de Aristóteles:
El fin de Estado es la sociabilidad consiente y responsable del
ser humano.
• Mecanicismo de Tomás Hobbes:
siendo inherente al ser humano, la competencia que lo
impulsa a atacar a su semejante, la desconfianza que lo
impulsa a estar en permanente alerta y defensa y la
reputación, que impulsa al hombre a recurrir a la fuerza
por motivos insignificantes, éste sólo puede vivir
apelando a la Razón que lleva al hombre a vivir en un
orden, previo acuerdo (nace así el pacto subjectionis)
9. • Teoría dinamista:
▫ Partiendo de que es innato al hombre los deseos
de poder y gloria, el autor sostiene que el
fundamento del Estado es el ejercicio del poder
máximo.
10. CONSTITUCION Y FUNCIONES DEL
ESTADO
• Constitución:
Principios jurídicos de designan órganos del
Estado, modos de creación y relaciones mutuas
• Funciones del Estado:
- Legislativo
- Ejecutivo
- Judicial
11. FINES DEL ESTADO
• Fin en sentido ético, implica propósito u objetivo
• en tal sentido el autor vincula dicha noción a la
acción y, siendo la acción eminentemente
humana, el sujeto que se propone fines los
concretiza a través de acciones.
• Dichas acciones se pueden cumplir individual o
colectivamente.
12. • El Estado, siendo producto de la dinámica social
cumple:
▫ Fines colectivistas (ilimitados): la justicia,
felicidad y Bien Común, sustentado por Platón y
Aristóteles
. Fines Individualistas (limitados): la libertad, la
seguridad jurídica, el derecho, sustentados
respectivamente por Spinoza. Locke y Kant.
▫ Fines conforme a la esencia del Estado: el Estado
cumple fines individuales y colectivos, dicha
compenetración genera:
13. Fines exclusivos:
Mantenimiento del poder.
Formación y conservación del orden
jurídico.
Protección de la sociedad.
Fines concurrentes:
Concretizar el bien Común (atención de
necesidades básicas)
14. FORMAS DE ESTADO Y DE GOBIERNO
• Forma de Estado:
Es la estructuración del poder:
Criterio político.- según la ideología que la sustenta
(liberal, socialista).
Criterio jurídico.- según como se ejerce la soberanía
(unitario, federativo)
• Forma de Gobierno:
Forma como se designan a gobernantes y cómo
ejercerán sus funciones
Gobiernos de facto
Gobiernos de Derecho
15. RELACION ENTRE ESTADO Y DERECHO
• Entre Estado y derecho existe una relación
inescindible, mutua y de carácter permanente.
• el derecho es condición necesaria para la
existencia del Estado así como el Estado es
condición necesaria para la configuración del
derecho
16. SEGUNDA PARTE: CONSIDERACIONES
ADICIONALES ACERCA DEL ESTADO
• Estado Liberal de Derecho:
▫ Expresión del individualismo.
▫ Estado abstencionista.
▫ Sacralización de la propiedad.
▫ Reconocimiento nominal de los DDHH.
▫ Visión homogénea de la sociedad.
▫ Voto censitario.
17. • Estado Social de Derecho:
▫ Estado intervencionista.
▫ Concreción del sufragio universal.
▫ Direccionalidad de la actividad económico-
productiva en forma subsidiaria.
▫ Atención de necesidades básicas.
▫ Surgimiento de la burocracia estatal.
▫ Gradual concreción del Bienestar general.
18. • Estado Democrático de Derecho:
▫ Predominio absoluto de valores sociales
dominantes.
▫ Democracia participativa, valor por excelencia.
▫ Estado consensualista, tolerante, pluralista e
inclusivo.
▫ Concreción de la igualdad sustancial (el Estado
impulsa oportunidades a sectores sociales en
condición de desventaja económica y social)
19. TERCERA PARTE: ESTADO PERUANO,
¿CÓMO SE CARACTERIZA?
• Artículo 43º de la Constitución Política del
Estado:
“…la república del Perú es democrática, social
independiente y soberana…”
. Artículo 3 de la Carta Magna:
“…se fundan en los principios de soberanía del
pueblo, Estado democrático de derecho y forma
republicana de gobierno…”
20. • Se concluye que:
- toda competencia, atribución, potestad,
función o facultad de los poderes creados y
constituidos, emana del pueblo (principio
político de soberanía popular) y de su
voluntad concretizada en la Constitución
(principio jurídico de supremacía
constitucional)
21. - Constitución como depositaria del modo de vida,
acervo cultural y las aspiraciones del pueblo
peruano, y sobre todo; de los valores y principios
sociales que lo determinan
22. ¿CÓMO SE GARANTIZA LA EFICACIA DE
LA CONSTITUCION PERUANA?
• Tribunal Constitucional , garante supremo de la
eficacia de la Constitución.
- A través de procesos constitucionales.
-Control difuso y concentrado de
constitucionalidad de leyes
- Proyección de postulado normativo concreto de
la Constitución
23. LO ANACRÓNICO DE LA CLASICA TEORIA DEL
DERECHO
• Teniendo en cuenta que la clásica Teoría del
Derecho se sustenta en:
- Teoría de las Fuentes:
Al considerar a la ley como fuente de derecho.
- Teoría de la norma:
La regla como única norma interpretable.
- Aplicación silogística del derecho:
Premisa Mayor (Norma), Premisa Menor (hecho)
Conclusión (subsunción hecho – norma)
24. • El Constitucionalismo hace insostenible dicha
Teoría del Derecho, por cuanto:
- la Constitución prevalece sobre la ley.
- Los principios y valores constitucionales
orientan el sentido normativo de la ley.
- Aplicación argumental del derecho