1. Educación Sexual Integral Una oportunidad que tiene la escuela de dar respuestas eficaces a situaciones de riesgos.
2. Propósito de la ley N°26.150 Establece la responsabilidad del Estado de hacer válido el derecho de los niños, niñas y jóvenes a recibir Educación Sexual Integral en todos los Establecimientos Públicos de gestión estatal y privada.
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4. art. 5: Establece los niveles de obligación nacional, provincial y de Buenos Aires para impartir educación sexual adaptando los programas a la realidad sociocultural local.
5. Art. 10: Establece que la ley será adoptada de manera gradual y progresiva, acorde a todas las acciones preparatorias en aspectos curriculares y de capacitación docente.Ley 26.150: Programa Nacional de Educación Sexual.
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7. Promover una educación en valores y actitudesrelacionados con la solidaridad, el amor, el respeto a la intimidad propia y ajena, el respeto por la vida y la integridad de las personas y con el desarrollo de actitudes responsables ante la sexualidad.
8. Promover aprendizajes de competencias relacionadas con la prevención de las diversas formas de vulneración de derechos: maltrato infantil, abuso sexual, trata de niños.*Lineamientos curriculares para ESI.
9. “ Cada comunidad educativa debe incluir en el proceso de elaboración de su proyecto institucional, la adaptación de los lineamientos a su realidad sociocultural, en el marco de respeto de su ideario institucional y a las convicciones de sus miembros”.Ley 26.150 art. 5