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Impuesto Industria y Comercio, Avisos
             y Tableros
• El impuesto de Industria y
  Comercio es un gravamen de
  carácter municipal que grava
  toda actividad industrial,
  comercial o de servicios que se
  realiza en Bogotá en forma
  ocasional o permanente, con o
  sin establecimientos.
• Son responsables del
  impuesto de industria y
  comercio la persona natural o
  jurídica o la sociedad de
  hecho, que realice el hecho
  generador de la obligación
  tributaria, consistente en el
  ejercicio de actividades
  industriales, comerciales o de
  servicios en la jurisdicción del
  Distrito Capital.
Los contribuyentes del impuesto de industria y
            comercio se clasifican en
Régimen Común:             Obligaciones del régimen común:


                           •    Inscribirse, dentro de los dos meses
                                siguientes, al Registro de Información
Los contribuyentes del     •
                                Tributaria RIT.
                                Actualizar el Registro de Información
  régimen común son las         Tributaria RIT con las novedades, cese de
  personas naturales que        actividades, etc. dentro de los dos meses
  no cumplen con los       •
                                siguientes al hecho.
                                Declarar y pagar el Impuestos de ICA,
  requisitos para               bimestralmente.
  pertenecer al régimen    •    Declarar y pagar en el formulario
  simplificado y sin            específico, las retenciones de ICA
                                practicadas.
  excepción todas las      •    Llevar libros de contabilidad, conforme a
  personas jurídicas.           los principios de contabilidad aceptados.
                           •    Expedir factura con el lleno de los
                                requisitos.
                           •    Informar el NIT en correspondencia y
                                documentos.
Régimen
                                                       Obligaciones del régimen simplificado:




 Simplificado:                                         •    Inscribirse, dentro de los dos meses siguientes al
                                                            inicio de actividades, al Registro de Información
                                                            Tributaria RIT.
•   Que en el año anterior hubieren obtenido           •    Actualizar el Registro de Información Tributaria
    ingresos brutos totales provenientes de la              RIT con las novedades, cese de actividades, etc.
    actividad, inferiores a $100.528.000 (valor año         dentro de los dos meses siguientes al hecho.
    base 2011 igual a 4.000 UVT).                      •    Declarar y pagar el Impuestos de ICA,
•   Que no hayan celebrado en el año                        anualmente.
    inmediatamente anterior ni en el año en curso      •    Llevar libro fiscal de registro de operaciones.
    contratos de venta de bienes o prestación de       •    Informar el NIT en correspondencia y
    servicios gravados por valor individual y               documentos
    superior a $82.936.000 (valor año base 2011        •
    igual a 3.300 UVT).                                     Conservar información y pruebas, por lo menos
                                                            cinco años.
•   Que el monto de sus consignaciones bancarias,      •    Los contribuyentes que pertenezcan al régimen
    depósitos o inversiones financieras durante el
    año anterior o durante el respectivo año no             simplificado que obtengan durante el año
    supere la suma de $113.094.000 (valor año base          gravable ingresos netos inferiores a 80 salarios
    2011 igual a 4.500 UVT).                                mínimos mensuales vigentes no tienen que
                                                            presentar la declaración del impuesto de
•   Que tengan máximo un establecimiento de                 Industria y comercio.
    comercio, oficina, sede, local o negocio donde
    ejercen su actividad.
•   Que en el establecimiento de comercio, oficina,
    sede, local o negocio no se desarrollen
    actividades bajo franquicia, concesión, regalía,
    autorización o cualquier otro sistema que
Base gravable
•   El impuesto de industria y comercio
    correspondiente a cada bimestre, se
    liquida con base en los ingresos netos del
    contribuyente obtenidos durante el
    periodo. Para determinarlos, se resta de la
    totalidad de los ingresos ordinarios y
    extraordinarios, los correspondientes a
    actividades exentas y no sujetas, así como
    las devoluciones, rebajas y descuentos, las
    exportaciones y la venta de activos fijos.
•   Hacen parte de la base gravable, los
    ingresos obtenidos por rendimientos
    financieros, comisiones, y en general
    todos los que no estén expresamente
    excluidos.La tarifa: Una vez obtenida la
    base gravable se multiplica por la tarifa
    correspondiente al código de actividad(es)
    desarrollada(s)
•   La liquidación del impuesto de industria y
    comercio será igual al resultado de
    multiplicar el valor determinado como
    base gravable por la tarifa
    correspondiente.

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Impuesto industria y comercio, avisos y tableros (1)

  • 1. Impuesto Industria y Comercio, Avisos y Tableros • El impuesto de Industria y Comercio es un gravamen de carácter municipal que grava toda actividad industrial, comercial o de servicios que se realiza en Bogotá en forma ocasional o permanente, con o sin establecimientos. • Son responsables del impuesto de industria y comercio la persona natural o jurídica o la sociedad de hecho, que realice el hecho generador de la obligación tributaria, consistente en el ejercicio de actividades industriales, comerciales o de servicios en la jurisdicción del Distrito Capital.
  • 2. Los contribuyentes del impuesto de industria y comercio se clasifican en Régimen Común: Obligaciones del régimen común: • Inscribirse, dentro de los dos meses siguientes, al Registro de Información Los contribuyentes del • Tributaria RIT. Actualizar el Registro de Información régimen común son las Tributaria RIT con las novedades, cese de personas naturales que actividades, etc. dentro de los dos meses no cumplen con los • siguientes al hecho. Declarar y pagar el Impuestos de ICA, requisitos para bimestralmente. pertenecer al régimen • Declarar y pagar en el formulario simplificado y sin específico, las retenciones de ICA practicadas. excepción todas las • Llevar libros de contabilidad, conforme a personas jurídicas. los principios de contabilidad aceptados. • Expedir factura con el lleno de los requisitos. • Informar el NIT en correspondencia y documentos.
  • 3. Régimen Obligaciones del régimen simplificado: Simplificado: • Inscribirse, dentro de los dos meses siguientes al inicio de actividades, al Registro de Información Tributaria RIT. • Que en el año anterior hubieren obtenido • Actualizar el Registro de Información Tributaria ingresos brutos totales provenientes de la RIT con las novedades, cese de actividades, etc. actividad, inferiores a $100.528.000 (valor año dentro de los dos meses siguientes al hecho. base 2011 igual a 4.000 UVT). • Declarar y pagar el Impuestos de ICA, • Que no hayan celebrado en el año anualmente. inmediatamente anterior ni en el año en curso • Llevar libro fiscal de registro de operaciones. contratos de venta de bienes o prestación de • Informar el NIT en correspondencia y servicios gravados por valor individual y documentos superior a $82.936.000 (valor año base 2011 • igual a 3.300 UVT). Conservar información y pruebas, por lo menos cinco años. • Que el monto de sus consignaciones bancarias, • Los contribuyentes que pertenezcan al régimen depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no simplificado que obtengan durante el año supere la suma de $113.094.000 (valor año base gravable ingresos netos inferiores a 80 salarios 2011 igual a 4.500 UVT). mínimos mensuales vigentes no tienen que presentar la declaración del impuesto de • Que tengan máximo un establecimiento de Industria y comercio. comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad. • Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que
  • 4. Base gravable • El impuesto de industria y comercio correspondiente a cada bimestre, se liquida con base en los ingresos netos del contribuyente obtenidos durante el periodo. Para determinarlos, se resta de la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios, los correspondientes a actividades exentas y no sujetas, así como las devoluciones, rebajas y descuentos, las exportaciones y la venta de activos fijos. • Hacen parte de la base gravable, los ingresos obtenidos por rendimientos financieros, comisiones, y en general todos los que no estén expresamente excluidos.La tarifa: Una vez obtenida la base gravable se multiplica por la tarifa correspondiente al código de actividad(es) desarrollada(s) • La liquidación del impuesto de industria y comercio será igual al resultado de multiplicar el valor determinado como base gravable por la tarifa correspondiente.