SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  12
DERECHOS REALES 
O PERSONALES 
COSAS INCORPORALES. 
CLASIFICACION DE LOS DERECHOS REALES. 
ANALISIS Y CONCORDANCIAS ART 594 AL 598 
INTEGRANTES: 
TIPAN POZO VICTOR. 
SANCHEZ BADILLO JONATHAN. 
MORAN ORDOÑEZ JOSE.
COSAS INCORPORALES 
Son las que no se pueden tocar. Constituyen meros 
derechos. Así, una herencia, un usufructo. 
Las cosas incorporales admiten varias clasificaciones 
porque hay diversas clases de derechos. Así, pueden 
ser derechos de familia (como las tutelas y cúratelas), 
derechos reales, personales y otros. 
Gayo distingue en sus Instituciones entre cosas corporales e incorporales. 
Para el jurista son corporales las cosas tangibles (quae tangi possunt), 
como un fundo, un esclavo, un vestido, una cantidad de oro o de plata, 
etc. Son incorporales las no tangibles (quae tangi non possunt), como son 
las que consisten en un derecho: una herencia, el usufructo y las 
obligaciones de cualquier clase, por ejemplo.
DERECHO REALES O 
PERSONALES 
El derecho real “es una relación de derecho por virtud de la cual 
una persona tiene la facultad de obtener de una cosa, 
exclusivamente, y en una forma oponible a todos, toda la utilidad 
que produce o parte de ella”. 
Elementos constitutivos. En los derechos reales, los elementos son: el 
titular del derecho real, la cosa y el sujeto pasivo universal; en los 
personales, el sujeto activo, el sujeto pasivo individualmente 
determinado y la prestación, que consiste en dar, hacer o no hacer, con la 
diferencia de que en el derecho personal, del comportamiento del sujeto 
pasivo depende que la obligación se cumpla, mientras que los beneficios 
y utilidades que proporciona el derecho real dependen sólo de su titular, 
sin requerirse la actividad de un tercero.
DERECHO REALES O 
PERSONALES 
Objeto. El derecho real es siempre una cosa, y el del 
derecho personal es la prestación de una cosa, de un 
hecho o de una abstención, o sea, en el derecho de 
crédito el objeto es una prestación del deudor. 
Eficacia. Los derechos reales son absolutos porque se tienen frente a 
todo el mundo, sobre los demás sujetos, sobre quienes pesa el deber de 
no perturbar el derecho real; los personales son relativos porque 
solamente pueden hacerse efectivos contra personas determinadas, 
vinculadas por la relación jurídica.
CLASIFICACION DE LOS 
DERECHOS REALES 
•Principales y Accesorios 
•Definitivos y Provisionales 
•Amplios y Limitados 
•Inmuebles y Muebles 
•Sobre Bien Propio y Sobre Bien Ajeno
CLASIFICACION DE LOS 
DERECHOS REALES 
1A.- DERECHOS REALES PRINCIPALES: 
Son los que tienen existencia y autonomía propia, tales como la posesión, la 
propiedad y el usufructo 
1B.- DERECHOS REALES ACCESORIOS: 
Cuya existencia depende de otros. Se justifican en función de un Derecho 
Principal. Ej. Todos los Derechos Reales de Garantía: Hipoteca, Anticresis (para 
inmuebles) y la Prenda (para muebles). 
2A.- DERECHOS REALES DEFINITIVOS: 
Tales como la propiedad y el Usufructo. 
2B.- PROVICIONALES: 
Aquellos que como la Posesión pueden convertirse en definitivos. 
3A.- DERECHOS REALES AMPLIOS: 
Como el Derecho de Propiedad que encierra una gama completa de 
atributos. 
3B.- DERECHOS REALES LIMITADOS: 
Lo que no reconocen la facultad de libre disposición del bien Ej. El Derecho 
de Uso y la posesión.
CLASIFICACION DE LOS 
DERECHOS REALES 
4A.- DERECHOS REALES INMUEBLES: 
Son los que recaen sobre estos bienes (inmuebles) tales como la Hipoteca y la 
Anticresis. Contrariamente a los Derechos Reales Muebles. 
4B.- DERECHOS REALES MUEBLES: 
Sólo operan sobre Muebles, tales como la Prenda y la Apropiación. Pero hay Derecho 
Real que recaen indistintamente sobre bienes inmuebles y sobre bienes muebles, tales 
como: Propiedad, Posesión, Usufructo y Derecho a la Retención. 
5A.- DERECHOS REALES SOBRE BIEN PROPIO: 
Como la Propiedad y la Posesión. 
5B.- DERECHOS REALES SOBRE BIEN AJENO: 
Tales como el Usufructo, la Posesión, el Uso, Habitación, Prenda y Anticresis.
Código Civil 
Parágrafo 2. 
De las cosas incorporales 
Art. 594.- Las cosas incorporales son derechos reales o personales. 
Art. 595.- Derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin respecto a 
determinada persona. Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de 
usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda y el de 
hipoteca. De estos derechos nacen las acciones reales. 
Art. 596.- Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de 
ciertas personas que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraído 
las obligaciones correlativas; como el que tiene el prestamista contra su deudor, por 
el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estos derechos nacen 
las acciones personales. 
Art. 597.- Los derechos y acciones se reputan bienes muebles o inmuebles, según lo 
sea la cosa en que han de ejercerse o que se debe. Así, el derecho de usufructo 
sobre un inmueble, es inmueble. Así, la acción del comprador para que se le 
entregue la finca comprada, es inmueble; y la acción del que ha prestado dinero, 
para que se le pague, es mueble. 
Art. 598.- Los hechos que se deben se reputan muebles. La acción para que un 
artífice ejecute la obra convenida, o resarza los perjuicios causados por la 
inejecución del convenio, entra, por consiguiente, en la clase de los bienes muebles.
Código Civil 
Art. 594.- Las cosas incorporales son derechos reales o personales. 
Concordancia 
Art. 583.- Los bienes consisten en cosas corporales o incorporales. 
Corporales son las que tienen un ser real y pueden ser percibidas por los sentidos, 
como una casa, un libro. Incorporales las que consisten en meros derechos, como 
los créditos, y las servidumbres activas. 
Art. 595.- Derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin respecto a 
determinada persona. Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de 
usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda y el de 
hipoteca. De estos derechos nacen las acciones reales. 
Art. 596.- Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de 
ciertas personas que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han 
contraído las obligaciones correlativas; como el que tiene el prestamista contra su 
deudor, por el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estos 
derechos nacen las acciones personales. 
Conclusión
Código Civil 
Art. 597.- Los derechos y acciones se reputan bienes muebles o inmuebles, 
según lo sea la cosa en que han de ejercerse o que se debe. Así, el derecho de 
usufructo sobre un inmueble, es inmueble. Así, la acción del comprador para 
que se le entregue la finca comprada, es inmueble; y la acción del que ha 
prestado dinero, para que se le pague, es mueble. 
Concordancia 
Art. 585.- Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea 
moviéndose por sí mismas, como los animales (que por eso se llaman 
semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas 
inanimadas. Exceptúense las que, siendo muebles por naturaleza, se reputan 
inmuebles por su destino, según el Art. 588. 
Art. 586.- Inmuebles, fincas o bienes raíces son las cosas que no pueden 
transportarse de un lugar a otro, como las tierras y minas, y las que adhieren 
permanentemente a ellas, como los edificios y los árboles. 
Las casas y heredades se llaman predios o fundos.
Código Civil 
Art. 595.- Derecho real es el que tenemos sobre una cosa 
sin respecto a determinada persona. Son derechos reales el 
de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o 
habitación, los de servidumbres activas, el de prenda y el de 
hipoteca. De estos derechos nacen las acciones reales. 
Concordancia Constitución 
Art. 321.- El Estado reconoce y garantiza el derecho a la 
propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, 
estatal, asociativa, cooperativa, mixta, y que deberá cumplir 
su función social y ambiental. 
Conclusión 
Las cosas y su apropiación, son elementos vitales para la 
vida del hombre, para su bienestar, para su cultura y moral. 
Pero ocurre que la apropiación y goce de una cosa por el 
hombre, supone la exclusión de la apropiación y goce de esa 
misma cosa por otros. 
En torno al derecho de las cosas gira la organización social y 
política de los pueblos, su estilo de vida, su filosofía.
Código Civil 
Art. 598.- Los hechos que se deben se reputan muebles. La acción para que un 
artífice ejecute la obra convenida, o resarza los perjuicios causados por la 
inejecución del convenio, entra, por consiguiente, en la clase de los bienes 
muebles. 
Concordancia 
Art. 585.- Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea 
moviéndose por sí mismas, como los animales (que por eso se llaman 
semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas 
inanimadas. Exceptúense las que, siendo muebles por naturaleza, se reputan 
inmuebles por su destino, según el Art. 588. 
Análisis 
Los bienes muebles son aquellos que pueden trasladarse fácilmente de un lugar a 
otro, manteniendo su integridad y la del inmueble en el que se hallaran 
depositados. 
En el Derecho se incluyen diferentes objetos bajo esta denominación dependiendo 
de la rama en que se esté trabajando. Así en Derecho civil no se consideran cosas 
muebles aquellas que naturalmente van adheridas al suelo u otras superficies 
(lavabos, baldosas, lajas, etc) mientras que éstas si son consideradas muebles para 
el Derecho penal (por ejemplo, pueden efectivamente ser objeto de hurto). Entre 
estos podemos encontrar objetos de hogar como neveras, computadoras, sofás, 
etc.

Contenu connexe

Tendances

Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
DEL ROJAS
 
La ocupación Derecho Civil Ecuador
La ocupación Derecho Civil EcuadorLa ocupación Derecho Civil Ecuador
La ocupación Derecho Civil Ecuador
Evelyn Suarez
 

Tendances (20)

Derecho Civil Bienes
Derecho Civil BienesDerecho Civil Bienes
Derecho Civil Bienes
 
Modos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedadModos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedad
 
Derechos Reales
Derechos RealesDerechos Reales
Derechos Reales
 
El domicilio
El domicilioEl domicilio
El domicilio
 
Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
 
El Patrimonio
El PatrimonioEl Patrimonio
El Patrimonio
 
USUFRUCTO.pptx
USUFRUCTO.pptxUSUFRUCTO.pptx
USUFRUCTO.pptx
 
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil IModos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
 
Presentacion tipos de delitos
Presentacion tipos de delitosPresentacion tipos de delitos
Presentacion tipos de delitos
 
Propiedad, ocupación y accesión
Propiedad, ocupación y accesión  Propiedad, ocupación y accesión
Propiedad, ocupación y accesión
 
La servidumbre
La servidumbreLa servidumbre
La servidumbre
 
Obligaciones de dar
Obligaciones de darObligaciones de dar
Obligaciones de dar
 
garantías de propiedad
 garantías de propiedad  garantías de propiedad
garantías de propiedad
 
3. bienes. derecho civil
3. bienes. derecho civil3. bienes. derecho civil
3. bienes. derecho civil
 
Remisión de la deuda
Remisión de la deudaRemisión de la deuda
Remisión de la deuda
 
La ocupación Derecho Civil Ecuador
La ocupación Derecho Civil EcuadorLa ocupación Derecho Civil Ecuador
La ocupación Derecho Civil Ecuador
 
Tema II Patrimonio
Tema II PatrimonioTema II Patrimonio
Tema II Patrimonio
 
EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES
EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES
EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES
 
Modos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedadModos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedad
 
Monografia+los+bienes
Monografia+los+bienesMonografia+los+bienes
Monografia+los+bienes
 

En vedette

Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
Frank93
 
Derecho civil bienes - curso completo en powerpoint (1)
Derecho civil   bienes - curso completo en powerpoint (1)Derecho civil   bienes - curso completo en powerpoint (1)
Derecho civil bienes - curso completo en powerpoint (1)
minucordero
 
Presentación2.dchos.reales
Presentación2.dchos.realesPresentación2.dchos.reales
Presentación2.dchos.reales
CIBBERJUS2010
 
Derechos Reales Editado
Derechos Reales EditadoDerechos Reales Editado
Derechos Reales Editado
abelardis
 

En vedette (20)

Bienes y derechos reales
Bienes y derechos realesBienes y derechos reales
Bienes y derechos reales
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 
Derecho real diapositivas
Derecho real diapositivasDerecho real diapositivas
Derecho real diapositivas
 
Derecho reales
Derecho realesDerecho reales
Derecho reales
 
Derecho civil bienes - curso completo en powerpoint (1)
Derecho civil   bienes - curso completo en powerpoint (1)Derecho civil   bienes - curso completo en powerpoint (1)
Derecho civil bienes - curso completo en powerpoint (1)
 
Derechos Reales Y Propiedad Examen Final
Derechos Reales Y Propiedad Examen FinalDerechos Reales Y Propiedad Examen Final
Derechos Reales Y Propiedad Examen Final
 
Naturaleza Jurídica de los Derechos Reales - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
Naturaleza Jurídica de los Derechos Reales - ANDRÉS CUSI ARREDONDONaturaleza Jurídica de los Derechos Reales - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
Naturaleza Jurídica de los Derechos Reales - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
 
Derechos reales en derecho romano
Derechos reales en derecho romanoDerechos reales en derecho romano
Derechos reales en derecho romano
 
Tema 5 los derechos reales
Tema 5 los derechos realesTema 5 los derechos reales
Tema 5 los derechos reales
 
Derechos Reales
Derechos RealesDerechos Reales
Derechos Reales
 
Ius romanum
Ius romanumIus romanum
Ius romanum
 
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDONATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
 
(001) parte general
(001) parte general(001) parte general
(001) parte general
 
(003) bienes y derechos reales
(003) bienes y derechos reales(003) bienes y derechos reales
(003) bienes y derechos reales
 
Compendio de derecho civil tomo II - bienes, derechos reales y sucesiones- ...
Compendio de derecho civil   tomo II - bienes, derechos reales y sucesiones- ...Compendio de derecho civil   tomo II - bienes, derechos reales y sucesiones- ...
Compendio de derecho civil tomo II - bienes, derechos reales y sucesiones- ...
 
Derechoss reales pretorianos
Derechoss reales pretorianosDerechoss reales pretorianos
Derechoss reales pretorianos
 
derechos morales y patrimoniales Internet
derechos morales y patrimoniales Internetderechos morales y patrimoniales Internet
derechos morales y patrimoniales Internet
 
Presentación2.dchos.reales
Presentación2.dchos.realesPresentación2.dchos.reales
Presentación2.dchos.reales
 
Derechos reales y personales
Derechos reales y personalesDerechos reales y personales
Derechos reales y personales
 
Derechos Reales Editado
Derechos Reales EditadoDerechos Reales Editado
Derechos Reales Editado
 

Similaire à Derechos reales o personales exposicion

Presentacion maría alejandra zapata 14979351
Presentacion maría alejandra zapata 14979351Presentacion maría alejandra zapata 14979351
Presentacion maría alejandra zapata 14979351
Sophytua28
 

Similaire à Derechos reales o personales exposicion (20)

Derecho civil
Derecho civilDerecho civil
Derecho civil
 
Unidad iii bienes
Unidad iii bienesUnidad iii bienes
Unidad iii bienes
 
Los bienes derecho civil
Los bienes derecho civilLos bienes derecho civil
Los bienes derecho civil
 
Los bienes derecho civil
Los bienes derecho civilLos bienes derecho civil
Los bienes derecho civil
 
Derecho civil II
Derecho civil IIDerecho civil II
Derecho civil II
 
Guia - Civil Bienes.pdf
Guia - Civil Bienes.pdfGuia - Civil Bienes.pdf
Guia - Civil Bienes.pdf
 
Bienes
BienesBienes
Bienes
 
Slideshare derecho romano
Slideshare derecho romanoSlideshare derecho romano
Slideshare derecho romano
 
Resumen derechos reales i
Resumen derechos reales iResumen derechos reales i
Resumen derechos reales i
 
Derecho civil-bienes
Derecho civil-bienesDerecho civil-bienes
Derecho civil-bienes
 
Bienes y su clasificación
Bienes y su clasificaciónBienes y su clasificación
Bienes y su clasificación
 
Conceptos de derechos reales
Conceptos de derechos realesConceptos de derechos reales
Conceptos de derechos reales
 
Presentacion maría alejandra zapata 14979351
Presentacion maría alejandra zapata 14979351Presentacion maría alejandra zapata 14979351
Presentacion maría alejandra zapata 14979351
 
Bienes y su clasificación 2
Bienes y su clasificación 2Bienes y su clasificación 2
Bienes y su clasificación 2
 
El derecho de propiedad
El derecho de propiedadEl derecho de propiedad
El derecho de propiedad
 
elementos derecho civil
elementos derecho civilelementos derecho civil
elementos derecho civil
 
Objeto de Derecho.-
Objeto de Derecho.-Objeto de Derecho.-
Objeto de Derecho.-
 
Derechos reales ii
Derechos reales iiDerechos reales ii
Derechos reales ii
 
Bases Romanistas De Los Derechos Reales
Bases Romanistas De Los Derechos RealesBases Romanistas De Los Derechos Reales
Bases Romanistas De Los Derechos Reales
 
Propiedad
PropiedadPropiedad
Propiedad
 

Plus de Victor Tipan

Cómo las nuevas tecnologías cambian el ambiente laboral
Cómo las nuevas tecnologías cambian el ambiente laboralCómo las nuevas tecnologías cambian el ambiente laboral
Cómo las nuevas tecnologías cambian el ambiente laboral
Victor Tipan
 
Piramide de Hans Kelsen
Piramide de Hans KelsenPiramide de Hans Kelsen
Piramide de Hans Kelsen
Victor Tipan
 
Antropología cristiana
Antropología cristianaAntropología cristiana
Antropología cristiana
Victor Tipan
 
Proyecto tec. investigacion
Proyecto tec. investigacionProyecto tec. investigacion
Proyecto tec. investigacion
Victor Tipan
 

Plus de Victor Tipan (19)

Ética en la era de las Tics
Ética en la era de las TicsÉtica en la era de las Tics
Ética en la era de las Tics
 
Pago en exceso
Pago en excesoPago en exceso
Pago en exceso
 
sistema de costeo absorbente
 sistema de costeo absorbente sistema de costeo absorbente
sistema de costeo absorbente
 
Proyecto de contabilidad
Proyecto de contabilidadProyecto de contabilidad
Proyecto de contabilidad
 
Epoca Republicana del Ecuador
Epoca Republicana del EcuadorEpoca Republicana del Ecuador
Epoca Republicana del Ecuador
 
Wall street 2 resumen
Wall street 2 resumenWall street 2 resumen
Wall street 2 resumen
 
Personas naturales Obligadas a llevar contabilidad
Personas naturales Obligadas a llevar contabilidadPersonas naturales Obligadas a llevar contabilidad
Personas naturales Obligadas a llevar contabilidad
 
Contabilidad de costo
Contabilidad de costoContabilidad de costo
Contabilidad de costo
 
Cómo las nuevas tecnologías cambian el ambiente laboral
Cómo las nuevas tecnologías cambian el ambiente laboralCómo las nuevas tecnologías cambian el ambiente laboral
Cómo las nuevas tecnologías cambian el ambiente laboral
 
Exposición de jornada de trabajo
Exposición de jornada de trabajo Exposición de jornada de trabajo
Exposición de jornada de trabajo
 
Derecho del Trabajador en el Ecuador
Derecho del Trabajador en el EcuadorDerecho del Trabajador en el Ecuador
Derecho del Trabajador en el Ecuador
 
Isla santay
Isla santayIsla santay
Isla santay
 
Reparto de utilidades - Derecho II
Reparto de utilidades - Derecho IIReparto de utilidades - Derecho II
Reparto de utilidades - Derecho II
 
Componentes del presupuesto maestro
Componentes del presupuesto maestroComponentes del presupuesto maestro
Componentes del presupuesto maestro
 
Exposicion introduccion al derecho
Exposicion introduccion al derechoExposicion introduccion al derecho
Exposicion introduccion al derecho
 
Piramide de Hans Kelsen
Piramide de Hans KelsenPiramide de Hans Kelsen
Piramide de Hans Kelsen
 
Antropología cristiana
Antropología cristianaAntropología cristiana
Antropología cristiana
 
Proyecto tec. investigacion
Proyecto tec. investigacionProyecto tec. investigacion
Proyecto tec. investigacion
 
Autocad Conceptos
Autocad  Conceptos Autocad  Conceptos
Autocad Conceptos
 

Dernier

Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
patriciaines1993
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
EliaHernndez7
 

Dernier (20)

Linea del tiempo - Filosofos Cristianos.docx
Linea del tiempo - Filosofos Cristianos.docxLinea del tiempo - Filosofos Cristianos.docx
Linea del tiempo - Filosofos Cristianos.docx
 
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdf
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdfPlan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdf
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdf
 
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADO
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADOTIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADO
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADO
 
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIASISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
 
prostitución en España: una mirada integral!
prostitución en España: una mirada integral!prostitución en España: una mirada integral!
prostitución en España: una mirada integral!
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
 
Biografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdfBiografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdf
 
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
 
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
 
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptxPosición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptx
 
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigosLecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
 
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptxLA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
 
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
ACERTIJO LA RUTA DEL MARATÓN OLÍMPICO DEL NÚMERO PI EN PARÍS. Por JAVIER SOL...
ACERTIJO LA RUTA DEL MARATÓN OLÍMPICO DEL NÚMERO PI EN  PARÍS. Por JAVIER SOL...ACERTIJO LA RUTA DEL MARATÓN OLÍMPICO DEL NÚMERO PI EN  PARÍS. Por JAVIER SOL...
ACERTIJO LA RUTA DEL MARATÓN OLÍMPICO DEL NÚMERO PI EN PARÍS. Por JAVIER SOL...
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
 
Desarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
Desarrollo y Aplicación de la Administración por ValoresDesarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
Desarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
 
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.docSESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
 
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicasUsos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
 
Supuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docxSupuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docx
 

Derechos reales o personales exposicion

  • 1. DERECHOS REALES O PERSONALES COSAS INCORPORALES. CLASIFICACION DE LOS DERECHOS REALES. ANALISIS Y CONCORDANCIAS ART 594 AL 598 INTEGRANTES: TIPAN POZO VICTOR. SANCHEZ BADILLO JONATHAN. MORAN ORDOÑEZ JOSE.
  • 2. COSAS INCORPORALES Son las que no se pueden tocar. Constituyen meros derechos. Así, una herencia, un usufructo. Las cosas incorporales admiten varias clasificaciones porque hay diversas clases de derechos. Así, pueden ser derechos de familia (como las tutelas y cúratelas), derechos reales, personales y otros. Gayo distingue en sus Instituciones entre cosas corporales e incorporales. Para el jurista son corporales las cosas tangibles (quae tangi possunt), como un fundo, un esclavo, un vestido, una cantidad de oro o de plata, etc. Son incorporales las no tangibles (quae tangi non possunt), como son las que consisten en un derecho: una herencia, el usufructo y las obligaciones de cualquier clase, por ejemplo.
  • 3. DERECHO REALES O PERSONALES El derecho real “es una relación de derecho por virtud de la cual una persona tiene la facultad de obtener de una cosa, exclusivamente, y en una forma oponible a todos, toda la utilidad que produce o parte de ella”. Elementos constitutivos. En los derechos reales, los elementos son: el titular del derecho real, la cosa y el sujeto pasivo universal; en los personales, el sujeto activo, el sujeto pasivo individualmente determinado y la prestación, que consiste en dar, hacer o no hacer, con la diferencia de que en el derecho personal, del comportamiento del sujeto pasivo depende que la obligación se cumpla, mientras que los beneficios y utilidades que proporciona el derecho real dependen sólo de su titular, sin requerirse la actividad de un tercero.
  • 4. DERECHO REALES O PERSONALES Objeto. El derecho real es siempre una cosa, y el del derecho personal es la prestación de una cosa, de un hecho o de una abstención, o sea, en el derecho de crédito el objeto es una prestación del deudor. Eficacia. Los derechos reales son absolutos porque se tienen frente a todo el mundo, sobre los demás sujetos, sobre quienes pesa el deber de no perturbar el derecho real; los personales son relativos porque solamente pueden hacerse efectivos contra personas determinadas, vinculadas por la relación jurídica.
  • 5. CLASIFICACION DE LOS DERECHOS REALES •Principales y Accesorios •Definitivos y Provisionales •Amplios y Limitados •Inmuebles y Muebles •Sobre Bien Propio y Sobre Bien Ajeno
  • 6. CLASIFICACION DE LOS DERECHOS REALES 1A.- DERECHOS REALES PRINCIPALES: Son los que tienen existencia y autonomía propia, tales como la posesión, la propiedad y el usufructo 1B.- DERECHOS REALES ACCESORIOS: Cuya existencia depende de otros. Se justifican en función de un Derecho Principal. Ej. Todos los Derechos Reales de Garantía: Hipoteca, Anticresis (para inmuebles) y la Prenda (para muebles). 2A.- DERECHOS REALES DEFINITIVOS: Tales como la propiedad y el Usufructo. 2B.- PROVICIONALES: Aquellos que como la Posesión pueden convertirse en definitivos. 3A.- DERECHOS REALES AMPLIOS: Como el Derecho de Propiedad que encierra una gama completa de atributos. 3B.- DERECHOS REALES LIMITADOS: Lo que no reconocen la facultad de libre disposición del bien Ej. El Derecho de Uso y la posesión.
  • 7. CLASIFICACION DE LOS DERECHOS REALES 4A.- DERECHOS REALES INMUEBLES: Son los que recaen sobre estos bienes (inmuebles) tales como la Hipoteca y la Anticresis. Contrariamente a los Derechos Reales Muebles. 4B.- DERECHOS REALES MUEBLES: Sólo operan sobre Muebles, tales como la Prenda y la Apropiación. Pero hay Derecho Real que recaen indistintamente sobre bienes inmuebles y sobre bienes muebles, tales como: Propiedad, Posesión, Usufructo y Derecho a la Retención. 5A.- DERECHOS REALES SOBRE BIEN PROPIO: Como la Propiedad y la Posesión. 5B.- DERECHOS REALES SOBRE BIEN AJENO: Tales como el Usufructo, la Posesión, el Uso, Habitación, Prenda y Anticresis.
  • 8. Código Civil Parágrafo 2. De las cosas incorporales Art. 594.- Las cosas incorporales son derechos reales o personales. Art. 595.- Derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin respecto a determinada persona. Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda y el de hipoteca. De estos derechos nacen las acciones reales. Art. 596.- Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de ciertas personas que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas; como el que tiene el prestamista contra su deudor, por el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estos derechos nacen las acciones personales. Art. 597.- Los derechos y acciones se reputan bienes muebles o inmuebles, según lo sea la cosa en que han de ejercerse o que se debe. Así, el derecho de usufructo sobre un inmueble, es inmueble. Así, la acción del comprador para que se le entregue la finca comprada, es inmueble; y la acción del que ha prestado dinero, para que se le pague, es mueble. Art. 598.- Los hechos que se deben se reputan muebles. La acción para que un artífice ejecute la obra convenida, o resarza los perjuicios causados por la inejecución del convenio, entra, por consiguiente, en la clase de los bienes muebles.
  • 9. Código Civil Art. 594.- Las cosas incorporales son derechos reales o personales. Concordancia Art. 583.- Los bienes consisten en cosas corporales o incorporales. Corporales son las que tienen un ser real y pueden ser percibidas por los sentidos, como una casa, un libro. Incorporales las que consisten en meros derechos, como los créditos, y las servidumbres activas. Art. 595.- Derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin respecto a determinada persona. Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda y el de hipoteca. De estos derechos nacen las acciones reales. Art. 596.- Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de ciertas personas que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas; como el que tiene el prestamista contra su deudor, por el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estos derechos nacen las acciones personales. Conclusión
  • 10. Código Civil Art. 597.- Los derechos y acciones se reputan bienes muebles o inmuebles, según lo sea la cosa en que han de ejercerse o que se debe. Así, el derecho de usufructo sobre un inmueble, es inmueble. Así, la acción del comprador para que se le entregue la finca comprada, es inmueble; y la acción del que ha prestado dinero, para que se le pague, es mueble. Concordancia Art. 585.- Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose por sí mismas, como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas. Exceptúense las que, siendo muebles por naturaleza, se reputan inmuebles por su destino, según el Art. 588. Art. 586.- Inmuebles, fincas o bienes raíces son las cosas que no pueden transportarse de un lugar a otro, como las tierras y minas, y las que adhieren permanentemente a ellas, como los edificios y los árboles. Las casas y heredades se llaman predios o fundos.
  • 11. Código Civil Art. 595.- Derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin respecto a determinada persona. Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda y el de hipoteca. De estos derechos nacen las acciones reales. Concordancia Constitución Art. 321.- El Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mixta, y que deberá cumplir su función social y ambiental. Conclusión Las cosas y su apropiación, son elementos vitales para la vida del hombre, para su bienestar, para su cultura y moral. Pero ocurre que la apropiación y goce de una cosa por el hombre, supone la exclusión de la apropiación y goce de esa misma cosa por otros. En torno al derecho de las cosas gira la organización social y política de los pueblos, su estilo de vida, su filosofía.
  • 12. Código Civil Art. 598.- Los hechos que se deben se reputan muebles. La acción para que un artífice ejecute la obra convenida, o resarza los perjuicios causados por la inejecución del convenio, entra, por consiguiente, en la clase de los bienes muebles. Concordancia Art. 585.- Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose por sí mismas, como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas. Exceptúense las que, siendo muebles por naturaleza, se reputan inmuebles por su destino, según el Art. 588. Análisis Los bienes muebles son aquellos que pueden trasladarse fácilmente de un lugar a otro, manteniendo su integridad y la del inmueble en el que se hallaran depositados. En el Derecho se incluyen diferentes objetos bajo esta denominación dependiendo de la rama en que se esté trabajando. Así en Derecho civil no se consideran cosas muebles aquellas que naturalmente van adheridas al suelo u otras superficies (lavabos, baldosas, lajas, etc) mientras que éstas si son consideradas muebles para el Derecho penal (por ejemplo, pueden efectivamente ser objeto de hurto). Entre estos podemos encontrar objetos de hogar como neveras, computadoras, sofás, etc.