1. “lineamientos para la Ejecución de
Gastos Ejercicio Presupuestal -2015”
Huancavelica-Febrero-2015
2. 1. Normatividad Legal.
2. Presupuesto Público.
3. Sistema Nacional de Presupuesto Público.
4. Ley de Presupuesto 2015 – Ley N°30281.
5. Disposiciones importantes de la Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto Público N°28411.
6. Usos del Canon y Sobrecanon.
7. Directiva N° 005-2010-EF/76.01 Directiva De Ejecución
Presupuestal para Gobiernos Locales.
8. Proceso de Ejecución 2015 – PCA - Ejemplos.
9. Categorías Presupuestales 2015.
CONTENIDO:
3. 1. NORMATIVIDAD LEGAL
• Constitución Política del Perú.
• Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto.
• Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera
del Sector Público.
• Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General.
• Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2015.
• Directiva N° 005-2010-EF/76.01 de Ejecución
Presupuestaria.
4. 2. PRESUPUESTO PÚBLICO
El presupuesto constituye el instrumento de
gestión del Estado para el logro de
resultados a favor de la población, a través de
la prestación de servicios y logro de metas de
coberturas con eficacia y eficiencia por parte
de las Entidades
Expresión cuantificada , conjunta y
sistemática de los gastos a atender
en el año fiscal, refleja los ingresos
que financiarán dichos gastos.
Comprende los objetivos y metas a
alcanzar en el año fiscal.
5. 2.2.- ¿A CUÁNTO ASCIENDEN LOS
INGRESOS DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
2015?
El Presupuesto Anual de Gastos para el
Año Fiscal 2015 asciende a :
S/. 130 621 290 973,00.
Comprende los créditos presupuestarios
máximos correspondientes a los pliegos
presupuestarios del :
• Gobierno Nacional,
• Gobiernos Regionales y
• Gobiernos locales,
agrupados en Gobierno Central e
instancias descentralizadas, conforme a
la Constitución Política del Perú.
6. El Sistema Nacional de Presupuesto, es
uno de los sistemas administrativos
integrantes de la Administración
Financiera del Sector Público.
Comprende un conjunto de órganos,
normas y procedimientos que conducen
el proceso presupuestario de todas las
entidades y organismos del Sector
Público en sus fases de programación,
formulación, aprobación, ejecución y
evaluación.
El Sistema Nacional de
Presupuesto se rige por la
Ley N° 28112, Ley Marco de
la Administración Financiera
del Sector Publico y por la
Ley N°28411, Ley General
del Sistema Nacional de
Presupuesto.
3.- EL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO PUBLICO
7. 3.1.- INTEGRANTES DEL SISTEMA
NACIONAL DE PRESUPUESTO
Articulo 3º.- La DGPP, es la mas alta autoridad técnico-normativa en materia
presupuestaria
• Las oficinas de presupuesto o las que hagan sus veces en las entidades
publicas, mantienen relaciones técnico funcionales.
11. 4.- LEY N° 30281, LEY DE PRESUPUESTO DEL
SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2015
DISPOSICIONES GENERALES
12. No se puede realizar modificaciones presupuestarias en el nivel
funcional programático con cargo a la Genéricas de Gasto
Adquisición de Activos No Financieros (2.6) para habilitar
recursos para la contratación bajo la modalidad de CAS (2.3) ,
la misma restricción es aplicable a las partidas de gastos
vinculadas al mantenimiento de infraestructura.
El contrato CAS no se aplica a proyectos de inversión publica
(Art. N°9)
4.- LEY N° 30281, LEY DE PRESUPUESTO DEL
SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2015
DISPOSICIONES GENERALES
EN ACCIONES RELACIONADAS A PERSONAL CAS
13. 4.- LEY N° 30281, LEY DE PRESUPUESTO DEL
SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2015
DISPOSICIONES GENERALES
›Prohibición la partida de gasto 2.3.28 .11 “Contrato Administrativo de
Servicios” y 2.3.28.12 “Contribuciones a Essalud de C.A.S” no pueden
habilitar a otras partidas. ( art. 9° núm. 9.4)
Excepción 1: Habilitaciones que se realicen
dentro de las indicadas especificas entre
unidades ejecutoras del mismo pliego.
Excepción 2: creación fusión o
reestructuración, traspaso de competencias;
las modificaciones en el NFP hasta el 31 de
marzo.
Requisitos al
habilitar por
excepción:
i. Informe previo
de la DGPP
14. TRANSFERENCIA FINANCIERAS PERMITIDAS – Art. 12°
Cofinanciamiento de Proyectos de Inversión, se realiza mediante
transferencias financieras de recursos a favor de la entidad ejecutora del
proyecto, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal,
respectivamente, previo informe favorable de la oficina de presupuesto. La
Resolución del Titular del Pliego y el Acuerdo de Consejo Regional se publican
en El Peruano, y el Acuerdo de Concejo Municipal su publica en su página
web
En el caso de transferencias financieras a otro Gobierno Local
Se transfiere por estructura funcional programática 9002-5002350-00000-03-
011-0019
La cadena de gasto: 2.4.2.3.1.3 a Otras Unidades de Gobierno Local.
4.- LEY N° 30281, LEY DE PRESUPUESTO
DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2015
15. TRANSFERENCIA FINANCIERAS PERMITIDAS – Art. 12°
La entidad receptora de la transferencia financiera, lo incorpora
como Crédito Suplementario en la fte. de fto. 13.
Las transferencias financieras solo se autorizan hasta el segundo
trimestre del año 2015.
La entidad pública, que transfiere es responsable del monitoreo,
seguimiento y cumplimiento de los fines, metas para los cuales les
fueron entregados los recursos.
4.- LEY N° 30281, LEY DE PRESUPUESTO
DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2015
16. SEXAGÉSIMA CUARTA:
Prohíbase, durante el Año Fiscal 2015, a las entidades del Gobierno Nacional, los
Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, efectuar modificaciones presupuestarias
en el nivel funcional programático con cargo a las Partidas de Gasto 2.3.1.6 (repuestos
y accesorios), 2.3.1.11 (suministros para mantenimiento y reparación) y 2.3.2.4
(servicios de mantenimiento, acondicionamiento y reparaciones), con el fin de
habilitar a otras partidas, genéricas o específicas del gasto de sus presupuestos
institucionales, salvo las habilitaciones que se realicen dentro de las indicadas partidas
de gasto entre unidades ejecutoras del mismo pliego.
4.- LEY N° 30281, LEY DE PRESUPUESTO
DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2015
17. SEPTUAGÉSIMA SEGUNDA :
Autoriza la continuidad de los proyectos de inversión, las acciones de
mantenimiento y de las actividades vinculadas a la prevención, mitigación y
adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre.
4.- LEY N° 30281, LEY DE PRESUPUESTO
DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2015
La incorporación sólo comprende los recursos para proyectos de inversión y para las
acciones de mantenimiento:
Que, se encuentren certificados al 30 de noviembre de 2014.
El financiamiento, no debe de estar considerado en el presupuesto
institucional del Año Fiscal 2015 por parte del respectivo pliego, para el
mismo proyecto de inversión o para las mismas acciones de mantenimiento,
según corresponda
18. No se podrán autorizar habilitaciones para gastos corrientes
con cargo a anulaciones presupuestarias, vinculadas a gastos
de inversión (Literal c. Art. 41 Ley N° 28411).
2.6. Adquisición de Activos Financieros
2.3. Bienes y Servicios
5.- DISPOSICIONES IMPORTANTES DE LA LEY
GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LEY N°28411
19. Los recursos financieros, distintos a la fuente
de Financiamiento Recursos Ordinarios (CSC,
FONCOMUN,OIM,RDR DONAC. Y TRANSFER,
RPOOC), que no se hayan utilizado al 31 de
diciembre del año fiscal, constituyen SALDOS
DE BALANCE, los mismos que pueden ser
incorporar durante la ejecución en el
presupuesto de la Entidad, bajo la modalidad
de incorporación de mayores fondos públicos
que se generan por el incremento de los
créditos presupuestarios (Literal d. Art. 42 Ley
N° 28411).
5.- DISPOSICIONES IMPORTANTES DE LA LEY
GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LEY N°28411
20. 1.- Los gobiernos regionales o los gobiernos locales quedan facultados a:
a) Utilizar hasta un veinte por ciento (20%) de los recursos provenientes del canon y
sobrecanon y regalía minera, a que se refiere la Ley Nº 28258, Ley de regalía minera,
en el gasto corriente exclusivamente para ser destinado al mantenimiento de los
proyectos de impacto regional y local, priorizando infraestructura básica.
b) Destinar hasta el cinco por ciento (5%) de los recursos provenientes del canon y
sobrecanon y regalía minera, a que se refiere la Ley Nº 28258, Ley de regalía minera,
para financiar la elaboración de perfiles de los proyectos de inversión pública que se
enmarquen en los respectivos planes de desarrollo concertados.
6.- USOS DEL CANON Y SOBRECANON
LEY DE PRESUPUESTO N° 29289 - AÑO 2009
DÉCIMA TERCERA – DISPOSICION FINAL
21. ¿ Cómo se determina el PCA?
Principalmente sobre la base de la información de la Programación
Mensual de gastos e información del nivel de compromisos asumidos por
las Entidades Públicas y el nivel de gasto posible que determina el Marco
Macroeconómico Multianual y sus revisiones.
¿Quiénes definen el monto del PCA?
La Dirección General de Presupuesto Público y la Dirección General Política
Macroeconómica.
¿ Cada qué tiempo se actualiza el PCA?
De manera Trimestral.
7.- DIRECTIVA N° 005-2010-EF/76.01 MODIFICADA
POR RD 025-2013-EF/50.01 - DIRECTIVA DE
EJECUCIÓN PRESUPUESTAL PARA GOBIERNOS
LOCALES
22. 22
Etapasdeejecuciónpresupuestal
Certificación
del gasto
Acto de administración
en el que se constata
que existen los créditos
presupuestarios para
atender obligaciones
durante el año fiscal
Compromiso
Pagado
Girado
Devengado
Preparatoria para la ejecución
Ejecución
Con cargo al crédito
presupuestario y
hasta por el monto
de la obligación
total dentro del año
fiscal
Constatación de
que el bien o
servicio se ha
realizado
Giro de los
recursos
públicos para
atender el gasto
comprometido
y devengado
El proceso de ejecución está compuesto por dos etapas: «preparatoria para la
ejecución» y «ejecución»:
EJECUCIÓN DE GASTOS
23. Se Incorpora en el Sistema SIAF-SP la Certificación de Crédito
Presupuestario
Acto de administración
Garantiza que se cuente con
crédito presupuestario
disponible.
Para comprometer un gasto
con el presupuesto
autorizado.
Certificación de
Crédito
Presupuestario
7.- DIRECTIVA N° 005-2010-EF/76.01 MODIFICADA POR
RD 025-2013-EF/50.01 - DIRECTIVA DE EJECUCIÓN
PRESUPUESTAL PARA GOBIERNOS LOCALES
24. 8.- PROCESO DE EJECUCIÓN 2015 - PCA
Compromiso
Anual
Certificación
Presupuestal
Programación
de
Compromisos
Anual (PCA)
Prioriza bienes,
servicios y proyectos
DGPP
Marco
Presup.
PIA - PIM
Pliego
Devengado PagoGiro
PLIEGODNTPPLIEGO
NORMADO - DNTP
La DGPP asigna la PCA a Nivel de
pliego, fuente de financiamiento y
genérica del gasto
El Pliego prioriza los bienes, servicios y
proyectos que ejecutará en base a la PCA
La Certificación Presupuestal se realiza
teniendo en cuenta el PIM de cada bien,
servicio o proyecto priorizado en la PCA
El compromiso se realiza en base al PIM de
cada bien o servicio priorizado en la PCA
El Pliego distribuye la PCA en cada
una de sus UEs
El Pliego realizada la conformidad de la
compra del bien, del servicios prestado o
proyecto ejecutado, efectúa el devengo
La DNTP autoriza el giro
NORMADO - DGPP
El Pliego efectúa el pago