1. COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES
1. MARCO HISTORICO
La Comunidad Andina es una organización subregional con personería jurídica internacional,
integrada por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela y por los órganos e instituciones del
Sistema Andino de Integración.
Sus antecedentes se remontan a 1969, cuando un grupo de países sudamericanos del área
andina suscribieron el Acuerdo de Cartagena, también conocido como Pacto Andino, con el
propósito de establecer una unión aduanera en un plazo de diez años.
A lo largo de casi tres décadas, el proceso de integración andino atravesó por distintas etapas. De
una concepción básicamente cerrada de integración hacia adentro, acorde con el modelo de
sustitución de importaciones, se reorientó hacia un esquema de regionalismo abierto.
La intervención directa de los presidentes en la conducción del proceso dentro del nuevo modelo,
impulsó la integración y permitió alcanzar los principales objetivos fijados por el Acuerdo de
Cartagena, como la liberación del comercio de bienes en la Subregión, la adopción de un arancel
externo común, la armonización de instrumentos y políticas de comercio exterior y de política
económica, entre otros.
El grado de avance alcanzado por la integración y el surgimiento de nuevos retos derivados de
los cambios registrados en la economía mundial, plantearon la necesidad de introducir reformas
en el Acuerdo de Cartagena, tanto de carácter institucional como programático, lo que se hizo por
medio del Protocolo de Trujillo y el Protocolo de Sucre, respectivamente.
Las reformas institucionales le dieron al proceso una dirección política y crearon la Comunidad
Andina y el Sistema Andino de Integración. Las reformas programáticas ampliaron el campo de la
integración más allá de lo puramente comercial y económico.
A partir del 1 de agosto de 1997 inició sus funciones la Comunidad Andina con una Secretaría
General de carácter ejecutivo, cuya sede está en Lima (Perú). Se formalizó también el
establecimiento del Consejo de Presidentes y del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores
como nuevos órganos de orientación y dirección política. Se amplió además el papel normativo de
la Comisión, integrada por los Ministros de Comercio, a los ministros sectoriales
Actualmente, la Comunidad Andina agrupa a cinco países con una población superior a los 105
millones de habitantes, una superficie de 4.7 millones de kilómetros cuadrados y un Producto
Bruto Interno del orden de los 285 mil millones de dólares. Es una subregión, dentro de
Sudamérica, con un perfil propio y un destino común.
1.1 CRONOGRAFIA
26-05-1969 Suscripción del Acuerdo de Cartagena.
13-02-1973 Adhesión de Venezuela al Acuerdo de Cartagena.
30-10-1976 Retiro de Chile del Acuerdo de Cartagena.
28-05-1979 Suscripción del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia.
25-10-1979 Creación del Parlamento Andino.
12-11-1979 Creación del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores.
19-05-1983 Entra en vigencia el Tratado de Creación del Tribunal de Justicia.
12-05-1987 Suscripción del Protocolo de Quito.
17-12-1989 Presidentes aprueban Diseño Estratégico en Galápagos.
22-05-1990 Creación del Consejo Presidencial Andino.
29-11-1990 Presidentes adelantan plazos para formar Zona de Libre
2. Comercio.
17-05-1991 Presidentes aprueban política de cielos abiertos y profundizar integración.
05-12-1991 Presidentes aprueban Acta de Barahona por medio de la cual disponen la adopción
de un arancel externo común (AEC) con base en 4 niveles.
27-08-1992 Suspensión temporal, por parte de Perú, de sus obligaciones respecto al Programa
de Liberalización. 31-01-1993 Entra en pleno funcionamiento la Zona de Libre Comercio para
Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela.
26-11-1994 Aprobación del Arancel Externo Común por medio de la Decisión 370.
01-02-1995 Entra en vigencia Arancel Externo Común.
05-10-1995 Presidentes aprueban, en Quito, Nuevo Diseño Estratégico.
10-03-1996 Presidentes aprueban Protocolo de Trujillo.
03-08-1996 La Comisión del Acuerdo de Cartagena aprueba, mediante Decisión 395, el marco
regulador para el establecimiento, operación y explotación del Sistema Satelital "Simón Bolívar".
25-06-1997 Se aprueba Protocolo de Sucre.
30-07-1997 Se logra acuerdo para la incorporación gradual de Perú a la Zona Andina de Libre
Comercio (Decisión 414)
01-08-1997 Entra en funcionamiento la Secretaría General de la Comunidad Andina.
15-01-98 I Reunión de Representantes Máximos de los Organos e Instituciones que integran el
Sistema Andino de Integración.
19 y 20-01-1998 Se inició el diseño para definir la política exterior de la Comunidad Andina. 2 y 3-
03-1998 Primera Reunión del Consejo Asesor de Ministros de Hacienda y Finanzas, Bancos
Centrales y Responsables de Planeación Económica de la Comunidad Andina.
19-03-1998 Los Países Andinos participan, por primera vez a través de una vocería única, en las
negociaciones para el ALCA, obteniendo la presidencia de tres de nueve grupos de negociación.
16-04-1998 Firma del Acuerdo Marco para la creación de una Zona de Libre Comercio entre la
Comunidad Andina y el Mercosur.
26 y 27-05-1998 Se realizó el Foro Euro-Andino para promover nuevas inversiones europeas en
la Comunidad Andina.
11-06-1998 Se aprueba la Decisión 439, que sienta las bases para alcanzar la libre circulación de
los servicios, a más tardar en el 2005.
1.2 OBJETIVOS
La Comunidad Andina tiene como objetivos los siguientes:
Promover el desarrollo equilibrado y armónico de los Países Miembros en condiciones de
equidad, mediante la integración y la cooperación económica y social.
Acelerar el crecimiento de los países andinos y la generación de ocupación.
Facilitar la participación en el proceso de integración regional con miras a la formación gradual de
un mercado común latinoamericano.
Propender a disminuir la vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los Países Miembros en
el contexto económico internacional.
Fortalecer la solidaridad subregional y reducir las diferencias de desarrollo existentes entre los
Países Miembros.
3. Definir políticas sociales orientadas a la elevación de la calidad de vida y al mejoramiento del
acceso de los diversos grupos sociales de la subregión a los beneficios del desarrollo.
Para alcanzar estos objetivos se emplearán los siguientes mecanismos:
Un programa de liberalización total del intercambio comercial.
Un Arancel Externo Común.
La armonización gradual de políticas económicas y sociales y la aproximación de las legislaciones
nacionales en las materias pertinentes.
Intensificación del proceso de industrialización subregional.
Programas para acelerar el desarrollo de los sectores agropecuario y agroindustrial.
Acciones en el campo de la integración física y fronteriza.
Programas para el desarrollo científico y tecnológico.
Programas de Desarrollo Social.
1.3 SAI
El Sistema Andino de Integración (SAI) es el conjunto de órganos e instituciones que trabajan
estrechamente vinculados entre sí y cuyas acciones están encaminadas a lograr los mismos
objetivos: profundizar la integración subregional andina, promover su proyección externa y
robustecer las acciones relacionadas con el proceso.
Para asegurar una efectiva interrelación entre todos ellos existe una instancia denominada
"Reunión de Representantes de los Organos e Instituciones que conforman el SAI". La primera
reunión de este foro de coordinación se realizó el 15 de enero de 1998, en la ciudad de Quito,
Ecuador.
Los órganos e instituciones del SAI son los siguientes:
1.3.1 El Consejo Presidencial Andino
Es el máximo órgano del Sistema Andino de Integración (SAI), que se encarga de emitir
Directrices sobre distintos ámbitos de la integración subregional andina, las cuales son
instrumentadas por los órganos e instituciones del Sistema que éste determina,conforme a las
competencias y mecanismos establecidos en sus respectivos Tratados e Instrumentos
Constitutivos.
.
2. INSTITUCIONES DE LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES
2.1 EL PARLAMENTO ANDINO
Es el órgano deliberante del Sistema Andino de Integración. Su naturaleza es comunitaria,
representa a los pueblos de la Comunidad Andina.
Actualmente, el Parlamento Andino está conformado por representantes de los Congresos
Nacionales, de conformidad a sus reglamentaciones internas y al Reglamento General del
Parlamento.
Dentro de un plazo de hasta cinco años, estará constituido por representantes elegidos por
sufragio universal y directo, según procedimiento que se adoptará mediante Protocolo Adicional
que incluirá los adecuados criterios de representación nacional.
2.1.1 Funciones
1. Participa en la promoción y orientación del proceso.
4. 2. Participa en la generación normativa del proceso, mediante sugerencias a los órganos del
Sistema de proyectos de normas de interés común.
3. Promueve la armonización de las legislaciones de los Países Miembros.
4. Promueve relaciones de cooperación y coordinación con los Parlamentos de los Países
Miembros y de terceros países, y con los órganos e instituciones del Sistema.
2.1.2 Estructura
El Parlamento Andino está conformado por los siguientes órganos:
1. La Asamblea.- Está constituida por cinco Representantes Titulares y diez Suplentes por cada
País Miembro, elegidos por los Parlamentos Nacionales de entre sus legisladores. Se reúne en
forma ordinaria dos veces al año.
2. La Mesa Directiva.- Es el órgano de Ejecución y Conducción del Parlamento Andino. Está
integrada por un Presidente y cuatro Vicepresidentes de nacionalidades diferentes entre sí.
3. Las Comisiones.- Las Comisiones podrán ser Permanentes o Especiales. Las Permanentes
son:
a) Comisión Primera: De Asuntos Políticos, Parlamentarios, de Integración y Relaciones
Exteriores.
b) Comisión Segunda: De Asuntos Jurídicos, Desarrollo y Armonización Legislativa y Defensa de
Derechos Humanos.
c) Comisión Tercera: De Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente, Prevención y Lucha contra el
Tráfico Ilícito de Drogas y Delitos Conexos.
d) Comisión Cuarta: De Asuntos Económicos, de Presupuesto y Ejercicio de Contraloría del
Sistema Andino de Integración.
e) Comisión Quinta: De Salud, Seguridad Social, Desarrollo Humano, Familia, Educación, Cultura,
Ciencia y Tecnología.
4. Secretarías y Oficinas.- Constituyen los órganos de apoyo técnico y administrativo del
Parlamento. Existen dos: la Secretaría General y la Secretaría de la Presidencia. La primera es el
órgano especializado con funciones permanentes en la Oficina Central del Parlamento Andino y la
segunda es un órgano de apoyo político y administrativo que funciona adscrita a la Presidencia.
Existen, además, la Oficina Central, con sede en Santafé de Bogotá (Colombia), y las Oficinas
Nacionales en cada uno de los Países Miembros.
2.1.3 Historia
Si bien la creación del Parlamento Andino no se contemplaba en forma explícita dentro del
Acuerdo de Cartagena, sus bases se encuentran en diversas declaraciones que resaltaban su
necesaria constitución.
La Declaración de Bogotá (1978), el Mandato de Cartagena de 1979, la Declaración de
Presidentes en Quito, del 11 de agosto de 1979, respaldaron la aspiración de constituir el
Parlamento.
El 27 de setiembre de 1979 se firmó la denominada Declaración de Caracas, en la cual se acordó
expresamente la constitución del Parlamento, y el 2 de octubre de ese mismo año se expide el
Acta de Panamá, en la cual se señala la fecha del 25 de octubre para que se suscriba el Tratado
Constitutivo.
En efecto, el Tratado Constitutivo del Parlamento Andino fue suscrito el 25 de octubre de 1979, en
La Paz (Bolivia), y entró en vigencia en enero de 1984, cuando se concluyó el proceso de
ratificación de este instrumento jurídico por parte de los Congresos respectivos.
5. El Protocolo de Quito, Modificatorio del Acuerdo de Cartagena, suscrito en 1978, reconoció al
Parlamento Andino como Organo Principal del Acuerdo. Luego el Protocolo de Trujillo, aprobado
el 10 de marzo de 1996, lo calificó como el órgano deliberante del Sistema Andino de Integración.
Asimismo, dispuso su fortalecimiento y la realización de las elecciones por sufragio universal y
directo de los representantes ante el mencionado órgano, dentro de un plazo de cinco años.
Actualmente, el Tratado Constitutivo ha sido adecuado a las disposiciones emanadas de la
Reunión Presidencial de Trujillo. El Protocolo Modificatorio respectivo, así como el Protocolo
Adicional del mismo sobre Elecciones Directas y Universales de sus Representantes, han sido ya
suscritos por los Ministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad Andina en abril de 1997, en
Sucre, durante la IX Reunión del Consejo Presidencial Andino.
2.2 LA SECRETARÍA GENERAL
Es el órgano ejecutivo de la Comunidad Andina que, a partir del 1 de agosto de 1997, sustituyó a
la Junta del Acuerdo de Cartagena. Funciona en forma permanente y tiene su sede en la ciudad
de Lima, Perú, aunque está facultada a establecer oficinas, previa autorización de la Comisión, en
función de las necesidades y del presupuesto que al efecto se apruebe.
A diferencia de la Junta, que estaba dirigida por un cuerpo colegiado de tres Miembros, la
Secretaría General de la Comunidad Andina está dirigida por un Secretario General, personalidad
de alta representatividad y reconocido prestigio, elegido por consenso por el Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores, en reunión ampliada. El perfil del Secretario, expresamente
consignado en el Protocolo de Trujillo (artículo 32), apunta a dar a este organismo del SAI una
presencia y vocería política, así como reforzar la direccionalidad política de la Comunidad Andina
en esta nueva etapa del proceso de integración.
2.2.1 Funciones
1.Administra el proceso de la integración subregional andina.
2.Resuelve asuntos sometidos a su consideración.
3.Vela por el cumplimiento de los compromisos comunitarios.
4.Presenta iniciativas y propuestas de Decisión.
5.Mantiene vínculos permanentes con los Países Miembros.
6.Mantiene vínculos de trabajo con los órganos ejecutivos de las demás organizaciones
regionales de integración y cooperación.
7.Lleva las actas de las reuniones ampliadas del Consejo Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores y las de la Comisión.
8.Ejerce la Secretaría de la Reunión de Representantes de las instituciones que conforman el
SAI.
2.2.2 Estructura
1.Secretario General: es la máxima autoridad de este organismo, elegido por un período de
cinco años, pudiendo ser reelegido por una sola vez. Ejerce la representación jurídica de la
Secretaría General; vela por la aplicación de las normas comunitarias y determina los casos en
que exista incumplimiento del ordenamiento jurídico; expide las Resoluciones, Propuestas,
Laudos Arbitrales y demás actos de la Secretaría General; contrata y remueve al personal técnico
y administrativo; participa con derecho a voz en las sesiones del Consejo de Cancilleres, de la
Comisión y de sus respectivas reuniones ampliadas.
2.Directores Generales: Tienen a su cargo una Dirección General por áreas temáticas. Son
elegidos, por un período de tres años, por el Secretario General, previa consulta con los Países
Miembros. Les corresponde planificar, organizar, dirigir y controlar la marcha de la Dirección a su
cargo. En los casos en los que se controviertan los intereses de dos o más Países Miembros, dos
de los Directores podrán ser designados expertos especiales.
6. 3.Personal Técnico y Administrativo: Deberá estar conformado por profesionales y técnicos
altamente calificados y con experiencia en el campo para el cual se les requiere. El
nombramiento, remoción y funciones del personal técnico y administrativo se regirá por lo
dispuesto en su contrato de trabajo, en el Reglamento Interno de la Secretaría General y en sus
disposiciones internas de carácter administrativo.
La estructura orgánico-funcional de la Secretaría General será aprobada por el Secretario
General, previa opinión favorable de la Comisión. Dicha estructura deberá ser conforme a las
funciones establecidas en el Acuerdo de Cartagena y al presupuesto asignado, y observar los
principios de simplicidad, celeridad, eficiencia y transparencia.
2.2.3 Historia
Desde la aprobación del Acuerdo de Cartagena en 1969 hasta el 1 de agosto de 1997, en que fue
sustituida por la Secretaría General de la Comunidad Andina, la Junta ejerció las funciones de
órgano técnico del Acuerdo.
En sus 28 años de existencia, la Junta cumplió con esmero y eficiencia sus funciones de velar por
la aplicación de la normatividad andina, de formular propuestas, de administrar el proceso, entre
otras.
El Protocolo de Trujillo sustituyó la Junta por la Secretaría General y le asignó a ésta la capacidad
propuesta y las competencias normativas y de control y vigilancia de la Junta, pero mejoró y
amplió su capacidad de contacto y coordinación con los Países Miembros y los máximos órganos
de dirección. Le otorgó, así, un rol político, adicional al rol técnico que tenía la Junta, facilitando el
cumplimiento de sus nuevas funciones.
Otra reforma consagrada por el Protocolo de Trujillo fue la sustitución en la dirección del cuerpo
colegiado (Junta de tres) por una personalidad (Secretario General) de alta representatividad y
reconocido prestigio, lo que refuerza su rol político.
En lo que se refiere a sus competencias técnicas y administrativas, se añade a las que tenía la
Junta, la de llevar actas de reuniones ampliadas del Consejo de Cancilleres y de la Comisión, ser
la Secretaría de la Reunión de Representantes de las instituciones que conforman el SAI.
2.3 EL TRIBUNAL DE JUSTICIA
Es el órgano jurisdiccional de la Comunidad Andina, con competencia territorial en los cinco
Países Miembros y con sede permanente en Quito (Ecuador).
2.3.1 Funciones
1.Controla la legalidad de las normas comunitarias, mediante la acción de nulidad.
2.Interpreta, por vía prejudicial, las normas que conforman el Ordenamiento Jurídico de la
Comunidad Andina, para asegurar la aplicación uniforme de dichas normas en el territorio de los
Países Miembros.
3. Dirime las controversias sobre cumplimiento de las obligaciones por parte de los Países
Miembros.
El Protocolo Modificatorio del Tratado de Creación del Tribunal, asignó a este organismo nuevas
competencias.
La primera de las nuevas competencias es el llamado "Recurso por Omisión o Inactividad", por el
cual los Países Miembros y las personas naturales o jurídicas podrán demandar cuando el
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, la Comisión o la Secretaría General dejen
de cumplir las actividades a que están obligadas expresamente por el Ordenamiento Jurídico
andino.
La segunda competencia es la "función arbitral", por la que el Tribunal podrá dirimir como árbitro
las controversias que se susciten por la aplicación o interpretación de contratos, convenios o
7. acuerdos suscritos entre órganos o instituciones del Sistema Andino de Integración o entre
particulares, cuando las partes así lo acuerden mediante compromiso arbitral.
La tercera competencia adicional que ha sido atribuida al Tribunal es la de "jurisdicción laboral",
por la que será competente para conocer las controversias laborales que se susciten en los
órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración.
2.3.2 Estructura
El Tribunal está integrado por cinco magistrados (jueces), quienes deben ser nacionales de origen
de los Países Miembros, gozar de consideración moral y reunir las condiciones requeridas en su
país para el ejercicio de las más altas funciones judiciales o ser jurisconsultos de notoria
competencia.
Cada magistrado tiene dos suplentes para reemplazarlos en los casos de ausencia definitiva o
temporal, así como de impedimento o recusación. Los suplentes deben tener iguales cualidades
que los principales.
2.3.3 Historia
El Acuerdo de Cartagena no contempló la creación de un órgano jurisdiccional; sin embargo, a
medida que se aplicaban los diversos mecanismos de la integración y que se iba configurando el
sistema normativo se hacía evidente la necesidad de contar con un órgano de esa naturaleza.
El primer esfuerzo para dotar al Grupo Andino de un órgano jurisdiccional lo realizó la Junta en
1972, a pedido de la Comisión, al elaborar el primer documento sobre la materia, titulado "Bases
de un Tratado para la Creación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena".
Por una serie de circunstancias el tema fue postergado. Y en 1977, cuando el incumplimiento de
algunos compromisos puso en el tapete el asunto del órgano jurisdiccional, la Junta presentó
formalmente el Proyecto del Tratado para la Creación del Tribunal. Se inició así un proceso formal
de negociación, en la que participaron expertos gubernamentales y luego representantes
plenipotenciarios de los países andinos.
En agosto de 1978, se firmó en Bogotá la "Declaración de los Presidentes de los Países
Andinos", en la que los Mandatarios plantearon la necesidad de crear el Tribunal y señalaron las
competencias que debería tener. En cumplimiento de ese mandato, el 28 de mayo de 1979 fue
suscrito por los cinco países el Tratado que crea el Tribunal de Justicia del Acuerdo de
Cartagena.
El proceso de ratificación del Protocolo concluyó cuatro años después y entró en vigencia el 19 de
mayo de 1983. El Tribunal inició sus actividades el 2 de enero de 1984, luego de una serie de
gestiones destinadas a su instalación por parte de Ecuador, país sede del organismo.
2.4 LA COMISIÓN
Es el órgano normativo por excelencia del Sistema Andino de Integración, cuya capacidad
legislativa, expresada en la adopción de Decisiones, la comparte ahora con el Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores.
2.4.1 Estructura
La Comisión está integrada por un representante plenipotenciario de cada uno de los Gobiernos
de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Cada Gobierno acredita un representante
titular y un alterno.
La Comisión tiene un Presidente que permanece un año en su cargo. Dicha función es ejercida
por el representante del país que ocupa la Presidencia del Consejo Presidencial Andino.
8. 2.4.2 Funciones
1. Formula, ejecuta y evalúa la política de integración subregional andina en materia de comercio
e inversiones.
2. Adopta las medidas necesarias para el logro de los objetivos del Acuerdo de Cartagena, así
como para el cumplimiento de las Directrices del Consejo Presidencial Andino.
3.Coordina la posición conjunta de los Países Miembros en foros y negociaciones internacionales
en el ámbito de su competencia.
4. Aprueba, no aprueba o enmienda las Propuestas que los Países Miembros o la Secretaría
General someten a su consideración.
5. Representa a la Comunidad Andina en asuntos de su competencia.
La Comisión se reúne ordinariamente tres veces al año y en forma extraordinaria cuando es
convocada por su Presidente, a petición de cualquiera de los Países Miembros o de la Secretaría
General.
A solicitud de uno o más de los Países Miembros o de la Secretaría General, el Presidente de la
Comisión está facultado para convocar a la Comisión para que se reúna como Comisión
Ampliada, con el fin de tratar asuntos de carácter sectorial, considerar normas para hacer posible
la coordinación de los planes de desarrollo y la armonización de las políticas económicas de los
Países Miembros, así como para conocer y resolver todos los demás asuntos de interés común.
Dichas reuniones serán presididas por el Presidente de la Comisión y estarán conformadas
conjuntamente por los representantes titulares ante ésta y los Ministros o Secretarios de Estado
del área respectiva. Se ejerce un voto por país para aprobar las Decisiones.
2.4.3 Historia
El Acuerdo de Cartagena creó la Comisión, la definió como "el órgano máximo del Acuerdo" y le
otorgó "capacidad de legislación exclusiva sobre las materias de su competencia".
Como órgano máximo de la integración, la Comisión se encargaba de formular la política general
del Acuerdo y adoptar las medidas que sean necesarias para el logro de sus objetivos, entre otras
cosas.
Con el Protocolo de Trujillo, la dirección del proceso pasó a manos del Consejo Presidencial
Andino y del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y se introdujo algunas
reformas en la Comisión.
Una de esas reformas es que se crea la figura de la Comisión Ampliada, la que permite que los
Ministros Sectoriales, conjuntamente con los Titulares ante la Comisión, se reúnan y adopten
normas sobre asuntos de carácter sectorial, haciendo que la Comisión trascienda a otras áreas
diferentes al comercial.
Esta reforma es considerada como una de las más importantes porque va a facilitar enormemente
la participación de otros ministros en la marcha del proceso de integración. En el pasado, y
concretamente antes del Protocolo de Trujillo, los ministros sectoriales participaron a través de
Comités y Consejos, cuyos acuerdos tenían carácter de recomendación.
Otra de las reformas es que la facultad normativa, expresada en la adopción de Decisiones, ya no
es exclusiva de la Comisión sino que ha sido extendida al Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores. Este legislará en asuntos de política exterior, mientras que la otra en
materia de comercio e inversiones. Esta división no es rígida, ya que se puede legislar sobre
cualquier otro asunto de interés subregional en el seno de la Comisión Ampliada o en la Reunión
Ampliada del Consejo.
2.5 LOS CONSEJOS CONSULTIVOS EMPRESARIAL Y LABORAL
9. El Consejo Consultivo Empresarial Andino y el Consejo Consultivo Laboral
Andino, son instituciones consultivas del Sistema Andino de Integración.
2.5.1 Estructura
Están conformados por delegados del más alto nivel, los cuales son elegidos directamente por las
organizaciones representativas de los sectores empresarial y laboral de cada uno de los Países
Miembros, de conformidad con sus respectivos reglamentos, y acreditados oficialmente por
aquellos.
2.5.2 Funciones
Los Consejos Consultivos emiten opinión ante el Consejo Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores, la Comisión y la Secretaría General, a solicitud de éstos o por propia iniciativa, sobre
los programas o actividades del proceso de integración subregional andina que fueran de interés
para sus respectivos sectores. También pueden ser convocados a las reuniones de los grupos de
trabajo y de expertos gubernamentales, vinculadas a la elaboración de proyectos de Decisión, y
pueden participar con derecho a voz en las reuniones de la Comisión.
2.5.3 Historia
En el texto del Acuerdo de Cartagena, suscrito el 26 de mayo de 1969, se establece que "habrá
un Comité Asesor Económico y Social (CAES), integrado por representantes de los empresarios y
de los trabajadores de los Países Miembros. La Comisión establecerá su composición, el
procedimiento para integrarlo y fijará sus funciones". De conformidad con este artículo, la
Comisión reglamentó en octubre de 1970, mediante la Decisión 17, el funcionamiento del CAES,
considerando la necesidad de vincular a los sectores de la actividad económica de los Países
Miembros con los órganos del Acuerdo y promover una activa integración subregional.
Luego de su primera reunión ordinaria, celebrada en octubre de 1973, el CAES tuvo una activa
participación en el proceso, especialmente en los grupos de trabajo especializados creados para
discutir propuestas industriales. En el período 1974/1976, se celebraron siete reuniones,
básicamente de carácter informativo, en las que la Junta realizaba una presentación somera de lo
que se estaba negociando y los delegados formulaban las recomendaciones del caso.
Hacia 1981 se inicia la reorientación del proceso y se plantea la necesidad de mejorar la
participación de los agentes productivos en el proceso. En enero de 1983, mediante las
Decisiones 175 y 176, se procede a la creación del Consejo Consultivo Empresarial Andino y del
Consejo Consultivo Laboral Andino, respectivamente, que permiten la participación en instancias
separadas de empresarios y trabajadores.
La participación del sector empresarial y laboral en el proceso ha sido objeto de atención en las
Reuniones Presidenciales celebradas a partir de 1989. En la Reunión Cumbre de Caracas, por
ejemplo, los mandatarios andinos instruyeron al Consejo Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores para que adelante las acciones pertinentes con el fin de fortalecer y activar la
participación de ambos sectores en el proceso de integración.
Durante varios años, a partir de 1986, el sector laboral concentró sus esfuerzos en la creación del
Instituto Laboral Andino hasta que finalmente lo consiguió. Su objetivo era brindar a los
trabajadores la asesoría técnica en materia de integración, emprender tareas de capacitación y
formación de los trabajadores, y tareas de difusión del proceso, entre otras, cosa que no se ha
podido cumplir cabalmente.
Por su parte, el sector empresarial ha ido enriqueciendo su participación y ahora cuenta con una
red de interrelaciones con la Comunidad Andina. En esta red, son tres los niveles en donde los
empresarios aparecen más nítidamente con diversos grados de participación: en los gremios
subregionales de carácter sectorial, en el circuito de toma de decisiones y en los mecanismos de
cooperación.
En el circuito de toma de decisiones, los empresarios participan a través del Consejo Consultivo,
los Comités Técnicos Subregionales y los Grupos de Expertos. En los mecanismos de
10. cooperación, participan como contraparte en acciones nacionales y subregionales y como
consultores en temas de interés sectorial.
Pero donde se aprecia una mayor participación es en el nivel de los gremios subregionales. En
una primera etapa se llegaron a formar organizaciones gremiales de alcance subregional que
abarcaban amplios sectores de la producción y el comercio como la Confederación de Cámaras
de Comercio del Grupo Andino (CONFECAMARAS), la Confederación Andina de Exportadores
(CONANDEX), la Confederación de Industriales del Grupo Andino (CONANDINA), entre otras.
En una segunda etapa, los empresarios se fueron agrupando, por propia iniciativa, de acuerdo a
su homogeneidad productiva, en sectores mucho más específicos. Así nacieron la Federación
Textil Andina, la Cámara Andina de Industriales de Plástico, la Asociación de Confeccionistas
Andinos, la Asociación Andina de Transporte Terrestre, entre otras.
Los sectores empresariales que integran estas organizaciones tienen importantes niveles de
información y puntos de vista sobre aspectos cruciales del proceso, que sirven de base para el
diseño de la política y la legislación andina.
2.6 CONVENIOS
2.6.1 El Convenio Hipólito Unanue
El convenio es una institución de integración subregional, cuyo objetivo es coordinar y apoyar los
esfuerzos que realizan los Países Miembros, individual o colectivamente, para el mejoramiento de
la salud de sus pueblos.
Coordina acciones destinadas a mejorar el nivel de salud de sus Países Miembros, dando
prioridad a los mecanismos de cooperación que facilitan el desarrollo de sistemas y metodologías
subregionales. Coordina igualmente con otros órganos regionales o subregionales e
internacionales las medidas destinadas al mismo fin.
Las acciones del Convenio Hipólito Unanue (CONHU), que antes estaban dispersas, han sido
focalizadas en un solo gran proyecto: Fronteras Saludables, de conformidad con el programa de
relanzamiento y modernización de este mecanismo subregional en salud, que viene desarrollando
la Secretaría Ejecutiva desde el 2 de enero de 1997.
La ejecución de las acciones en el campo de salud las realiza el Convenio por medio de los
siguientes órganos: la Reunión de Ministros de Salud del Area Andina, el Comité de
Coordinación, la Secretaría Ejecutiva.
La Reunión de Ministros de Salud (REMSAA), órgano máximo del Convenio, determina la
política general y establece las prioridades para la consecución de los objetivos del Convenio y
adopta, por medio de resoluciones y acuerdos, acciones y programas que se ejecutan en forma
conjunta o mediante tareas específicas asignadas a cada País Miembro.
El Comité de Coordinación es el órgano técnico del Convenio, constituido por representantes de
cada uno de los países signatarios. Su función es programar y coordinar acciones para dar
cumplimiento a las recomendaciones y resoluciones de la REMSAA y presentar a ésta informes
evaluativos sobre los logros alcanzados.
La Secretaría Ejecutiva es el órgano operativo del Convenio y tiene su sede en Lima, Perú, que
está a cargo de un funcionario designado por la REMSAA. La Secretaría tiene a su cargo la
ejecución de las políticas, planes y programas señalados en las reuniones de los Ministros de
Salud. Prepara las reuniones de los órganos del Convenio. Sirve de órgano de enlace con
organismos internacionales y regionales y con gobiernos de los países que no pertenecen a la
región.
2.6.1.1 Historia
Ante la necesidad de complementar los esfuerzos integracionistas en los campos económico y
comercial con acciones en el ámbito de salud, se realizó en diciembre de 1971, en Lima, Perú, la
11. Primera Reunión de Ministros de Salud del Area Andina, con la presencia de los Titulares de
Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Perú y Venezuela.
En dicha ocasión, los ministros suscribieron un Convenio de Cooperación en Salud de los Países
del Area Andina, el que fue completado y perfeccionado en noviembre de 1994, con un Protocolo
Adicional suscrito en Caracas, Venezuela, que crea una Secretaría Ejecutiva con sede fija,
consagra los compromisos financieros de los países miembros y otorga capacidad jurídica al
Convenio.
El Convenio fue denominado, por acuerdo unánime, Hipólito Unanue Pavón, en homenaje al
médico, político y estadista peruano del mismo nombre, nacido el 13 de agosto de 1755 en la
ciudad de Arica, en ese entonces territorio peruano.
Unanue fue el prototipo del héroe civil, de definitiva actuación en las gestas de la Independencia y
en la estructuración de la República Peruana. Su obra es prolífica en el campo de la ciencia
aplicada al ser humano, aconsejando medidas para mejorar la economía y la salud de la sociedad
en que vivía y servía.
¿Cómo se adecuara al sistema andino de integración?
Por disposición de los Ministros de Salud del Area Andina se están desarrollando acciones para
adecuar los objetivos y estructuras del CONHU al Sistema Andino de Integración, para "optimizar
su rol de coordinador o armonizador de las políticas de integración en salud del área andina".
A este objetivo está dirigido el programa de relanzamiento y modernización que viene llevando
adelante la Secretaría Ejecutiva.
2.6.2 El Convenio Simón Rodríguez
El Convenio Simón Rodríguez es una institución del Sistema de carácter intergubernamental,
cuya finalidad es promover la integración socio -laboral de la Comunidad Andina. Tiene sede en
Quito, Ecuador.
Su objetivo es concretar la participación de los Ministerios de Trabajo de los Países Miembros en
los aspectos socio -laborales de la integración.
Está encargado de armonizar las normas jurídicas laborales y de seguridad social; coordinar las
políticas para atenuar los problemas del desempleo, subempleo, seguridad social y formación
laboral y promover la participación de los trabajadores y empleadores en la integración
subregional.
Los órganos encargados de velar por el cumplimiento y aplicación de este Convenio son:
1.La Conferencia de Ministros de Trabajo: es el órgano máximo del Convenio, integrado por los
titulares de Trabajo de los Países Miembros y sus respectivos representantes debidamente
acreditados.
2.La Comisión de Delegados: es el órgano técnico auxiliar del Convenio, constituido por un
representante personal de cada Ministro. Se debe reunir dos veces al año.
3.La Secretaría de Coordinación: es el órgano permanente del Convenio, con sede en Quito,
Ecuador, dirigida por un Secretario Ejecutivo designado por la Conferencia de Ministros por tres
años.
4.Las Comisiones Andinas: tienen la misión de apoyar a la Secretaría de Coordinación dentro
de su ámbito de competencia. Están ubicadas de la siguiente manera:
-Seguridad social en Lima,
-Formación profesional en Bogotá,
-Empleo en Caracas,
-Promoción e integración cooperativa en La Paz.
12. 2.6.2.1 Historia
En abril de 1973, se realizó en Quito la I Conferencia de los Ministros de Trabajo de los Países
Miembros del Grupo Andino, donde se establecieron las bases de la integración sociolaboral
andina. Luego, el 26 de octubre de 1973, en la II Reunión de Ministros celebrada en Caracas, se
suscribió el Convenio Simón Rodríguez.
En la IV Reunión Ordinaria de la Conferencia de Ministros, efectuada en Cartagena de Indias, en
mayo de 1976, se adoptó el Protocolo Adicional del Convenio Simón Rodríguez, que lo elevó a la
categoría de Organismo Internacional.
En la década del setenta, este Convenio tuvo gran dinamismo. Así llegó a aprobar los
Instrumentos Andinos de Seguridad Social y de Migraciones Laborales mediante las Decisiones
113 y 116, respectivamente. Asimismo, efectuó estudios comparados de las legislaciones de
trabajo y de seguridad social y un documento sobre la Situación Ocupacional en los Países
Andinos.
Sin embargo, el desenvolvimiento del Convenio Simón Rodríguez se hizo cada vez más difícil y
en 1983 los ministros tomaron la decisión de que su actividad se suspendiera.
Actualmente, el Convenio se encuentra inoperativo. El Consejo Presidencial Andino, en sus
reuniones celebradas en La Paz y en Caracas, dio directivas destinadas a reactivarlo.
En la Reunión Presidencial de Galápagos, los Mandatarios apoyaron la reactivación del Convenio
y manifestaron su complacencia por los resultados obtenidos en la VIII Conferencia de Ministros
de Trabajo del Area Andina realizada en Quito, el 27 de noviembre de 1989.
En la reunión de La Paz, celebrada en diciembre de 1990, los Presidentes dieron instrucciones
para que en una Reunión de Ministros de Trabajo del Grupo Andino se evalúe un plan mínimo de
acción para su reactivación, lo que todavía no se ha realizado.
Por último, en la Cumbre de Trujillo, efectuada en marzo de 1996, los Presidentes emitieron una
Directriz en la que resaltan la importancia de actualizar los objetivos y reforzar a los Convenios,
entre los cuales mencionan al Convenio Simón Rodríguez, a fin de adaptarlos al Sistema Andino
de Integración.
2.7 LA UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR
Es una de las instituciones del Sistema Andino de Integración, que se dedica a la investigación, la
enseñanza, la formación post-universitaria y la prestación de servicios, así como el fomento al
espíritu de cooperación y coordinación entre las universidades de la Subregión.
Tiene su sede central en la ciudad de Sucre, Bolivia, y sus actividades se desenvuelven en las
instalaciones proporcionadas por la Universidad Mayor de San Francisco Xavier de Chuquisaca,
en calidad de uso, por el lapso de veinte años.
Está previsto el establecimiento de unidades descentralizadas en las cinco naciones andinas. A la
fecha tiene ya constituida una subsede en Quito y acaba de abrir nuevas sedes en Caracas,
Venezuela y en Cali, Colombia. Se ha dado también inicio a actividades docentes en la oficina de
La Paz.
2.8 LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO
La Corporación Andina de Fomento (CAF) es una institución financiera del SAI cuya misión es
apoyar el desarrollo sostenible de sus países accionistas y la integración regional mediante una
eficiente movilización de recursos para la prestación oportuna de servicios financieros múltiples
de alto valor agregado, a clientes de los sectores público y privado.
2.8.1 Estructura
La CAF está conformada por accionistas de América Latina y el Caribe. Sus principales socios
son los cinco países que conforman la Comunidad Andina: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y
13. Venezuela. Cuenta, además, con otros accionistas: seis países extrarregionales (Brasil, Chile,
México, Trinidad & Tobago, Paraguay y Jamaica) y veintidós bancos privados de la región andina.
Tanto en el plano político como operativo, la CAF está estrechando relaciones y estableciendo
vasos comunicantes eficaces y pragmáticos para contribuir con el proceso de integración de
América Latina y el Caribe. El hecho de ampliar su base accionaria mediante el ingreso a la
institución de varios países del área es una prueba de ello. actualmente colabora con diversos
proyectos -especialmente de infraestructura física- que involucran tanto a países de la Comunidad
Andina como del Mercosur. Otorga, además, facilidades crediticias para apoyar el intercambio
comercial entre las naciones andinas, caribeñas y el resto de los países que son socios
extrarregionales de la CAF.
2.8.2 Funciones
-Actúa como intermediario financiero, movilizando preferentemente recursos desde países
industrializados hacia la región.
-Promueve el comercio y las inversiones; apoya todos los niveles empresariales, desde grandes
corporaciones hasta microempresas, y fomenta la creación de alianzas estratégicas entre sus
socios andinos y extrarregionales.
-Apoya los procesos de reforma estructural que están llevando a cabo sus países miembros.
-Financia el desarrollo de infraestructura productiva -especialmente en las áreas de vialidad,
energía y telecomunicaciones- para facilitar la integración física y fronteriza.
- Contribuye a la consolidación de los mercados de capital a nivel nacional y de la región andina.
2.8.3 Estructura Organizacional
La estructura organizacional básica de la Corporación comprende los siguientes niveles
jerárquicos:
1.Asamblea de Accionistas, órgano supremo de la CAF, compuesta por accionistas de las
series A, B y C.
2.Directorio, compuesto por once miembros con sus respectivos suplentes, representantes de
las acciones de las series A y B.
3.Comité Ejecutivo, órgano subsidiario establecido por el Directorio e integrado por seis
directores designados por los accionistas de las series A y B y presidido por el Presidente
Ejecutivo.
4.Presidente Ejecutivo, representante legal y máxima autoridad directiva y administrativa de la
institución.
Tanto en el plano político como operativo, la CAF está estrechando relaciones y estableciendo
vasos comunicantes eficaces y pragmáticos para contribuir con el proceso de integración de
América Latina y el Caribe. El hecho de ampliar su base accionaria mediante el ingreso a la
institución de varios países del área es una prueba de ello. actualmente colabora con diversos
proyectos -especialmente de infraestructura física- que involucran tanto a países de la Comunidad
Andina como del Mercosur. Otorga, además, facilidades crediticias para apoyar el intercambio
comercial entre las naciones andinas, caribeñas y el resto de los países que son socios
extrarregionales de la CAF.
2.8.4 Historia
El Acuerdo Constitutivo de la CAF fue firmado el 7 de febrero de 1968 por los representantes de
Bolivia, Colombia, Chile (se retiró en 1976), Ecuador, Perú y Venezuela, países que
posteriormente formaron el Grupo Andino. Dicho Acuerdo entró en vigencia el 30 de enero de
1970 y la institución comenzó a operar formalmente el 8 de junio de 1970.
4. COYUNTURA
14. Los Presidentes de los Países de la Comunidad Andina dispusieron, en septiembre de 1995, una
reforma institucional que culminó con la entrada en vigencia del Protocolo Modificatorio del
Acuerdo de Cartagena el 3 de junio de 1997 y la instalación de la Secretaría General el 1° de
agosto de este mismo año; gracias a éste proceso, hoy la Comunidad Andina cuenta con un
sistema institucional dotado de los mecanismos necesarios para responder a los retos y tareas
planteadas en la nueva etapa de la integración.
Esas tareas comprenden no solamente acciones destinadas a consolidar el mercado interno, sino
a multiplicar y reforzar los vínculos económicos y políticos internacionales y a desarrollar una
agenda social, entre otros.
Otra de las características destacadas del modelo institucional andino presente, es el
reforzamiento del liderazgo político que había comenzado a adquirir presencia a partir de la
celebración periódica de las Cumbres Presidenciales en 1989.
En los últimos años, la participación directa de los Presidentes dinamizó el proceso y demostró,
con resultados concretos, que la dirección política es fundamental no sólo para superar los más
difíciles obstáculos sino para avanzar hacia etapas superiores de integración.
Con esta experiencia, el Protocolo Modificatorio del Acuerdo de Cartagena incorporó al Consejo
Presidencial Andino y al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en el
Ordenamiento Jurídico Andino y dio, de esa manera, al proceso la direccionalidad política
necesaria en la etapa actual. Asimismo, creó la Secretaría General como órgano ejecutivo
comunitario para reforzar esa orientación.
La CAN y el Mercosur han mantenido negociaciones sobre el Acuerdo de Preferencias
Arancelarias, como primera etapa de la celebración de un Acuerdo de Libre Comercio entre los
dos esquemas de integración.
Para abril de 1998 se creó un área de libre comercio mediante la expansión y diversificación del
intercambio comercial y la eliminación de los gravámenes y restricciones que afecten el comercio
recíproco; éste acuerdo busca también promover la complementación y cooperación económica,
energética, científica y tecnológica; y procurar la coordinación de posiciones en el proceso de
integración hemisférica y en los foros multilaterales.
El Acuerdo de preferencias arancelarias entró en vigencia el 1 de octubre de 1998, estableciendo
márgenes de preferencia fijos e incorporando las disciplinas comerciales vigentes en el marco de
la ALADI.
Entre el 1 de octubre de 1998 y el 31 de diciembre de 1999, el MERCOSUR y la Comunidad
Andina negociarán un Acuerdo de Libre Comercio que abarcará los productos contemplados en el
Acuerdo y el 1 de enero del año 2000 los demás productos que tienen aranceles.
4.1 Acuerdo de Asistencia Técnica y Cooperación entre los Países Miembros de la Comunidad
Andina para afrontar el problema del año 2000 (Y2K)
Reconociendo la magnitud y alcance del Problema del Año 2000 y la necesidad de afrontarlo en
forma conjunta y oportuna, los países de la Comunidad Andina han acordado lo siguiente:
Crear el Grupo de Trabajo Andino para la Prevención del Problema del Año 2000 (Y2K), el cual
estará conformado por los Coordinadores Nacionales de los Países Miembros de la Comunidad
Andina y el Coordinador de Informática de la Secretaría General de la Comunidad Andina que
asumirá las funciones de Secretaría Técnica.
Fortalecer el desarrollo de áreas de cooperación subregional, que posibiliten la adopción de
soluciones de interés común sobre el Problema del Año 2000, en particular lo referente a la
infraestructura y servicios en los Pasos Fronterizos, incluyendo Aduanas, Migraciones, Seguridad
y otros.
Promover mecanismos para el intercambio de información especializada sobre el Problema del
Año 2000, privilegiando el uso de medios electrónicos.
15. Fomentar el intercambio de experiencias en las diferentes áreas, públicas y privadas,
relacionadas con el Problema del Año 2000, a fin de acelerar los procesos de adaptación.
Plantear la elaboración de Planes de Contingencia para el ámbito subregional, que aseguren la
continuidad del tránsito de personas y del intercambio de bienes y servicios entre los Países
Miembros, ante situaciones que pudieran presentarse con motivo del Problema del Año 2000.
Acuerdo entre la Comunidad Andina, y los Estados Unidos para la creación de un Consejo sobre
el Comercio y la Inversión.
Los Países Miembros de la Comunidad Andina y el Gobierno de los Estados Unidos establecieron
un Consejo de Comercio e Inversión que tendrán los siguientes objetivos:
Promover el diálogo sobre el intercambio comercial de bienes y servicios y el flujo de inversión
entre las Partes.
Identificar y proponer la adopción de mecanismos que faciliten el comercio y la inversión.
Promover medidas para mejorar la eficacia de la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas
(ATPA).
Identificar y propender por la eliminación de las restricciones al comercio y a la inversión, en
congruencia con el Acuerdo de la OMC y en forma complementaria a la negociación del Area de
Libre Comercio de las Américas (ALCA), incluso mediante acuerdos comerciales bilaterales,
multilaterales y regionales.
Intercambiar y revisar información sobre nuestras relaciones de comercio e inversión con el fin de
evaluar periódicamente la evolución de dichas relaciones.
Coordinar esfuerzos en foros y organismos multilaterales y regionales, tales como el ALCA y la
OMC.
Alentar la realización de reuniones empresariales y otras actividades complementarias que
amplíen las relaciones de comercio e inversión entre nuestros respectivos países.
4.2 LOGROS
En el transcurso de la última década del proceso integracionista andino, éstos son algunos de los
logros alcanzados:
Una Zona de Libre Comercio en funcionamiento desde 1993 en Bolivia, Colombia, Ecuador y
Venezuela, a la que viene incorporándose Perú en un proceso que culminará el 2005.
Un Arancel Externo Común vigente desde el 1 de febrero de 1995.
El notable incremento, 50 veces, de las exportaciones intrasubregionales que crecieron de 111
millones de dólares, en 1970, a . 5 628 millones de dólares en 1997.
Pese a la severa crisis internacional, las exportaciones intrandinas subieron ligeramente al
situarse en poco más de 5000 millones de dólares.
El considerable aumento de la inversión extranjera en más de ocho veces al crecer de 1 140
millones de dólares en 1990 a 9 792 millones de dólares en 1997 /e.
El incremento en la frecuencia de vuelos semanales en tan sólo una década de menos de 150 a
475, como resultado de la política de cielos abiertos.
La firma de un acuerdo marco, el 16 de abril de 1998, entre la Comunidad Andina y el Mercosur
para la creación de una Zona de Libre Comercio que entrará en vigencia el 1 de Enero del 2000.
Vocería única en las negociaciones para el Area de Libre Comercio de las Américas(ALCA)
obteniendo la presidencia de tres de los nueve grupos negociadores - Acceso a Mercados
(Colombia), Políticas de Competencia (Perú) y Propiedad Intelectual (Venezuela)- además de una
de las cuatro presidencias del proceso negociador para Ecuador, durante el periodo 2001-2002.
16. La celebración de un convenio entre la Comunidad Andina y Estados Unidos para el
establecimiento del Consejo Andino-Estadounidense que impulsará las exportaciones y atraerá
inversiones.
Un marco jurídico para el establecimiento, operación y explotación de los sistemas satelitales
andinos, el primero de los cuales será el Simón Bolívar.
La definición de una "Agenda para la armonización de políticas macroeconómicas" entre los
Países Miembros.
La aprobación de un Marco General de Principios y Normas para la Liberalización del Comercio
de Servicios en la Comunidad Andina que permitirá la libre circulación de los servicios, a más
tardar en el 2005..
Institucionalización del Consejo Asesor de Ministros de Hacienda, Finanzas, Bancos Centrales y
responsables de Planeación Económica de la Comunidad Andina, que se ha reunido dos veces
en 1998
Fortalecimiento del marco jurídico andino, lo que se ha expresado en una mayor utilización de los
mecanismos jurídicos y el incremento de los requerimientos al Tribunal de Justicia.
Fortalecimiento del Sistema Andino de Integración (SAI) con la aprobación, por los ministros de
Salud de la Subregión y de Chile, de la adscripción del Convenio Hipólito Unanue al SAI.
Relanzamiento de los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral que cuenta ahora con nuevos
mecanismos y un programa de trabajo que permitirán su mayor participación en la toma de
decisiones del proceso.
4.3 La CAN realizan gestiones en EE.UU.
para extensión de preferencias arancelarias
Lima, 16 abr. 99. El lunes 19 de abril, los ministros de Comercio e industria de la Comunidad
Andina (CAN) iniciarán gestiones en Washington, ante las autoridades norteamericanas, para
lograr la renovación y ampliación de la Ley de Preferencias Andinas (ATPA), así como la
incorporación de Venezuela a la misma.
La ATPA, aprobada por el Congreso de los Estados Unidos en 1991 para apoyar a los países
andinos en su lucha contra el narcotráfico, beneficia con reducciones arancelarias a la mayoría de
los productos provenientes de Bolivia, Colombia Ecuador y Perú.
Las gestiones de la representación ministerial andina estarán dirigidas, en primer lugar, a lograr la
extensión de las preferencias más allá del 2001, teniendo en cuenta que su vencimiento está
próximo (10 de diciembre del 2001) y que ello produciría efectos negativos sobre el flujo comercial
entre ambas partes.
En segundo lugar, los ministros solicitarán la inclusión de los países andinos en el proyecto de
iniciativa para la Cuenca del Caribe, que contempla preferencias arancelarias en confecciones y
textiles para Centroamérica y El Caribe. De esta forma, los productos andinos no perderían
competitividad frente las otras subregiones del continente.
Cabe destacar que Estados Unidos es el principal socio comercial de la Comunidad Andina, que a
su vez representa un mercado importante para las exportaciones estadounidenses.
LA CAN exportó a los Estados Unidos mercaderías por un valor aproximada de 18 mil millones de
dólares, mientras que las importaciones andinas de mercancías procedentes de ese país
sumaron en el mismo año 15 mil 400 millones de dólares.
4.4 La CAN realizan gestiones con Brasil
La primera reunión de negociación entre la Comunidad Andina y Brasil se realizará, del 21 al 23
de abril, en Brasilia, en esta reunión se negociará el Acuerdo de Preferencias Arancelarias entre
ambas partes.
17. El encuentro fue propuesto por la CAN a la cancillería brasileña, tras conocerse la propuesta de
ese país de negociar individual o colectivamente con los andinos, en vez de hacerlo bloque a
bloque, con sus socios del Mercosur, como sucedía desde abril de 1998.
En lo que respecta a los acuerdos de alcance parcial suscritos por los países de la CAN y el
Mercosur, que vencían el 30 de marzo, Brasil decidió prorrogarlos por tres meses hasta el 30 de
junio, en tanto que Uruguay y Paraguay expresaron la disposición a extenderlos hasta diciembre
de 1999, Argentina anunció la decisión de prorrogar los acuerdos hasta el 30 de junio, fecha
coincidente con la de Brasil.
Esto fortalecerá aún más la capacidad de inserción internacional de los sudamericanos.
4.5 Negociaciones de Tratado de Libre Comercio entre la Comunidad Andina y Panamá
Documento suscrito el 4 de abril de 1998, en la ciudad de Guayaquil, Ecuador.
4.5.1 OBJETIVOS
a. Conformar una Zona de Libre Comercio entre las Partes brindando nuevas oportunidades de
comercio para la oferta exportable actual y potencial, tanto en el área de bienes, como en el área
de servicios.
b. Fortalecer las relaciones entre las Partes, buscando ampliar el espacio económico y el
bienestar conjunto mediante la suscripción de un Tratado de Libre Comercio que responda a sus
intereses comerciales y al nuevo entorno económico internacional, y que supere y sustituya los
actuales instrumentos que rigen su comercio recíproco.
c. Buscar la complementación económica entre las Partes y el intercambio por sectores
productivos.
d. Promover y desarrollar las inversiones en los territorios de las Partes.
e. Normar el comercio de bienes y servicios mediante el establecimiento de reglas claras,
transparentes y estables.
f. Establecer mecanismos que eviten la aplicación de medidas unilaterales y/o discrecionales, que
puedan obstaculizar los objetivos del Tratado de Libre Comercio.
4.5.2 BASES PARA LA NEGOCIACION
a. El Tratado de Libre Comercio procurará la máxima liberalización del comercio entre Panamá y
la CAN.
b. La desgravación arancelaria
4.6 PROBLEMAS EN LA FRONTERA ENTRE COLOMBIA Y ECUADOR.
Las trabas impuestas al ingreso de algunas mercancías colombianas a Ecuador, lo mismo que
una situación similar pero con productos agrícolas ecuatorianos que regularmente se co-
mercializan en Colombia, suscitaron en días pasados variadas reacciones en medios
gubernamentales y empresariales de los dos países lo cual afecto el marco de cooperación e
intercambio binacional.
El gobierno colombiano advirtió sobre reiteradas violaciones ecuatorianas a las normas del
comercio en la Región Andina, luego de ta adopción de medidas económicas dispuestas por el
gobierno de Jamil Mahuad al finalizar febrero.
La administración Mahuad dispuso, la aplicación de un arancel de entre el dos y el 10 por ciento a
las importaciones provenientes de paísos de la subregión, a manera de cláusula de salvaguardia,
para corregir desequilibrios de la balanza de pagos de Ecuador.
La decisión coincidió con otras discrepancias ocurridas en el contexto del dinámico intercambio
comercial binacional, originadas en el impedimento de ingreso de pesticidas provenientes de
Colombia a territorio ecuatoriano y en dificultades similares con las exportaciones de arroz
18. ecuatoriano a regiones fronterizas colombianas, antes, otros productos han sido motivo polémi-
cas, entre ellos los licores, alimentos y productos de madera.
En días pasados el gobierno colombiano se pronuncio al respecto diciendo que "Colombia no está
dispuesta a aceptar que con el pretexto de los desequilibrios macroeconómicos se frene la
exportación de nuestros productos".
4.7 PROBLEMAS DE INSEGURIDAD EN LA SUBREGION.
La región andina se ha constituido en el mayor foco de inestabilidad e inquietud continental.
Colombia, como fuente de inseguridad.
En este final de siglo, la región andina, en su conjunto, está atravesando una crisis muy profunda
y de consecuencias impredecibles.
En los noventa, la región andina se ha constituido en el mayor foco de inestabilidad e inquietud
continental. En lo político, se produjo el autogolpe del Presidente Flujimori en Perú, la caída
constitucional del Presidente Pérez en Venezuela, la salida política del Presidente Bucaram en
Ecuador y el cuasi-desplome del presidente Samper en Colombia.
La ambición antidemocrática de Fujimori para convertirse en una suerte de monarca perpetuo en
Perú, el descalabro social que no parece capaz de controlar Mahuad en Ecuador, la delicada
incertidumbre institucional generada por Chávez en Venezuela, la degradada situación que
confronta Pastrana en Colombia, son claros indicadores de que los Andes están viviendo un
torbellino político.
En el plano militar, el mayor enfrentamiento limítrofe del hemisferio se origino entre Ecuador y
Perú y una de las fronteras más tensas en el continente en la actualidad es la de Colombia y
Venezuela. En materia humanitaria, la zona andina es la que, en comparación con otras regiones
de las Américas, sé violan más sistemáticamente los derechos humanos; siendo Colombia y Perú
casos para resaltar.
En la cuestión de las drogas, los Andes concentran la producción y procesamiento de coca del
continente, y las cinco naciones (junto con México) son actores centrales en el negocio ilícito de
los narcóticos. En cuanto a la corrupción, en el área, en conjunto, se ubican los países (entre los
que se destacan Bolivia, Colombia y Venezuela) con mayor nivel de corrupción continental. En
relación con el tema ambiental, los países de la zona muestran altos grados de degradación
ambiental; en especial respecto al espacio amazónico que comparten las naciones andinas (junto
con Brasil).
Adicionalmente, la región andina es donde los militares, en el escenario de la posguerra fría,
menos se han replegado en términos de su incidencia política y su gravitación corporativa como
lo evidencian los cinco ejemplos del área. Es, además, la zona en que varias naciones han
efectuado el ajuste económico y la reforma estructural más tardíos y menos profundo (en especial
en Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela) en contraste con otras regiones del hemisferio. Por
último, la comunidad andina se ve cada día más replegada en términos de integración ante los
avances de otros acuerdos como Nafta y Mercosur, en particular.
Por lo tanto, más allá de lo que suceda individualmente en Colombia, el País resulta en 1a
actualidad más “visible” porque la subregión de la que hace parte es un área de inquietud
continental.
Resulta evidente en la década del noventa que Colombia aún se percibe como un aliado de
Estados Unidos para la lucha antidrogas, continua siendo un referente democrático para sus
vecinos en particular y para Suramérica en general.
Sin embargo, para sus pares más inmediatos, y aun para los distantes en Latinoamérica, Co-
lombia sé, ha transformado en los noventa en exportador de inseguridad, fuente de
ingobernabilidad y eventualmente peligro. El panorama es dramático desplazados colombianos
en Panamá. guerrilleros y narcotraficantes nacionales que cruzan y afectan la frontera con
19. Venezuela, utilización del territorio ecuatoriano como santuario temporal para la insurgencia
armada.
lnclusive para Brasil, el caso colombiano parece resultar cada día más preocupante. Según la
nueva política de defensa Brasileña, aprobada en el segundo semestre de 1996, existen “zonas
de inestabilidad” próximas que son "contrarias a los intereses brasileños" debido, entre otras
causas, a “la acción de bandas armadas que actúan en países vecinos, en los limites de la
Amazonia brasileña, y de crimen organizado transnacional” en puntos cercanos. La combinación
de bandas armas, Amazonia y criminalidad organizada tienen un nombre: Colombia.
En síntesis, el país se ha ido convirtiendo en un problema ya no solo para Estados Unidos, sino
también para las naciones que la circundan. De hecho, desde Canadá hasta Argentina, hoy el
caso colombiano es visto con mucha preocupación y sentido de urgencia.
5. COMERCIO
5.1 EXPORTACIONES INTRA-COMUNIDAD ANDINA (1996 - 1998)
Las exportaciones intra-comunitarias han registrado un crecimiento de 6,5 por ciento en promedio
anual, entre 1996 y 1998, pasando de 4 705 millones de dólares en 1996 a 5 333 millones en
1998. Esta tasa contrasta con la tendencia observada para las exportaciones andinas al mundo (-
8 por ciento).
El valor de las exportaciones en 1998 fue de 5 333 millones de dólares; superior en 628 millones
de dólares a las exportaciones de 1996, pero inferior en 295 millones a las exportaciones intra-
comunitarias registradas en 1997.
En 1998, las exportaciones intra-comunitarias sufrieron una caída de 5,2 por ciento, después de
un crecimiento de casi 20 por ciento registrado en 1997 y una ligera disminución de -1,5 por
ciento en 1996. Hasta ese año el comercio intra-comunitario venía observando un franco
crecimiento del orden del 29 por ciento en promedio anual, para el período de 1990 a 1995.
A pesar de este revés al interior de la Comunidad Andina, la participación de las exportaciones
intra-comunitarias, respecto a las exportaciones andinas al mundo ha aumentado, pasando de
representar 10 por ciento en 1996, 12 por ciento en 1997 y 14 por ciento en 1998.
5.2 COMERCIO ENTRE COLOMBIA Y LA CAN
Los cinco Países Miembros de la Comunidad Andina, de acuerdo al valor de sus exportaciones
intra-comunitarias, tienen en Colombia y Venezuela a sus principales proveedores con alrededor
de los 2 mil millones de dólares cada uno. Le siguen Ecuador y Perú con niveles de comercio
entre 400 y 600 millones de dólares y Bolivia con aproximadamente 250 millones de dólares.
Colombia, es el único país andino que registra en 1998 un crecimiento en sus exportaciones a la
Comunidad Andina de 0,7 por ciento. Con Bolivia y Ecuador ha registrado crecimiento en los
últimos tres años; con Perú han disminuido sus ventas en 1997 y 1998 (11 y 33 por ciento
respectivamente); y, con Venezuela, su principal socio comercial, después de una caída en 1996
de 17 por ciento, ha registrado incrementos en 1997 y 1998 (27 y 16 por ciento respectivamente).