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Facilitador
Abg. Ing. Víctor Manuela García Fermín, M.Sc.
victorgarciafermin@gmail.com
Conversatorio
• Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
•Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley Orgánica de Seguridad y
Soberanía Agroalimentaria
Facilitador
Abg. Ing. Víctor Manuela García Fermín, M.Sc.
victorgarciafermin@gmail.com
Estructura de la Ley
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
Para Ustedes:
¿Qué entienden por Ley Orgánica?
¿Qué entienden por Seguridad
Agroalimentaria?
¿Qué entienden por Soberanía
Agroalimentaria?
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
Ley
Orgánica
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
“Disponibilidad suficiente y estable de
alimentos en el ámbito nacional y el acceso
oportuno y permanente a estos por parte
del público consumidor”
“…se alcanzará desarrollando y
privilegiando la producción agropecuaria
interna, entendiéndose como tal la
proveniente de las actividades agrícola,
pecuaria, pesquera y acuícola…”
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
Es el derecho inalienable de una
nación a definir y desarrollar políticas
agrarias y alimentarias apropiadas a
sus circunstancias específicas, a
partir de la producción local y
nacional, respetando la conservación
de la biodiversidad productiva
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
y cultural, así como la capacidad de
autoabastecimiento priorizado,
garantizando el acceso oportuno y
suficiente de alimentos a toda la
población.
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
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Agroalimentaria
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Agroalimentaria
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garantizar la
Soberanía
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Objetivos de la
Seguridad
Agroalimentaria
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Título VI. De Las Infracciones a
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
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Sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil o
administrativa, las sanciones aplicables por el
órgano o ente competente a los sujetos que
cometan infracciones a las presente ley son:
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Con respecto a las reservas estratégicas:
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Título VII. De la Inspección,
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funcionario actuante quien podrá tomar medidas
administrativas o preventivas de ser necesarios. Las
medidas preventivas se sustanciarán en cuaderno
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Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
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Levantamiento del Acta (Contenido)
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
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Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
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Medidas Preventivas
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Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
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Del Procedimiento
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Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
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Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
El funcionario competente podrá acordar una
única prórroga de hasta 30 días en aquellos
casos de especial complejidad a fin de que
pueda practicarse otras pruebas o ensayos
que juzgue convenientes. Vencido el plazo a
que se refiere el encabezado del presente
artículo, o el de su prórroga de ser el caso, el
funcionario actuante podrá ordenar la
preparación o evacuación de cualquier otra
prueba que considere necesaria para el mejor
establecimiento de los hechos
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
1. Sólo se admitirán las pruebas admitidas en
el derecho.
2. Se procurará que las experticias sean
realizadas por un solo experto cuando sea
requerido conocimientos técnicos
especializados.
3. De no ponerse de acuerdo las partes sobre
el nombramiento del único experto, cada
parte podrá nombrar el suyo y convendrán
el nombramiento del tercero.
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
4. Los costos de los expertos (honorarios), correrán
por cuenta de la parte que lo soliciten.
5. No se valorarán las pruebas manifiestamente
impertinentes o ilegales.
6. No podrán promoverse el juramento y la
confesión de empleados públicos cuando ello
implique la absolución de posiciones por parte de
la Administración.
7. Cuando se trate de pruebas de laboratorio, el
ente u órgano notificará con antelación a la parte
interesada (fecha, lugar, hora, motivo).
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
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Acto conclusivo (Art. 164) DECISIÓN
1. Lugar y fecha
2. Identificación del o los sujetos que forman parte del
proceso
3. Descripción de los hechos y omisiones constatadas,
bienes objeto del procedimiento y métodos aplicados en
la inspección o fiscalización.
4. Apreciación de las pruebas y defensas alegadas.
5. Sanciones correspondientes según el caso.
6. Recursos que correspondan contra el caso.
7. Identificación y firma del funcionario que sustanció el caso.
8. Si hay evidencias de delitos de orden público = MP.
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía
Agroalimentaria
Ley de Tierras y Desarrollo
Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Para Ustedes:
¿Qué es Productividad Agraria?
¿Qué es Función Social de la Tierra?
¿Hay relación entre Función Social de la Tierra y la Productividad Agraria?
¿Qué se entiende por Rendimiento Idóneo?
¿Hablar de Rendimiento Idóneo es lo mismo qué hablar de Productividad
Agraria?
¿Qué se entiende por certificación de finca productiva y mejorable?
¿Qué es la declaración de tierras ociosas o de uso no conforme?
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Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
¿Qué es Productividad Agraria?
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Clase Rubros
I
Hortalizas.
Leguminosas.
II
Hortalizas.
Leguminosas.
Cereales
Musáceos.
Raíces y Tubérculos.
Plantaciones Tropicales
Conservacionistas (café y Cacao).
III
Fruticultura.
Cereales.
Oleaginosas.
Raíces y Tubérculos.
Plantaciones Tropicales
Conservacionistas (café y Cacao).
IV
Raíces y Tubérculos.
Fruticultura.
Plantaciones Tropicales.
Suelos
principalmente
agrícolas
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Suelos
principalmente
pecuarios
Suelos
principalmente
forestales
V
Ganado Vacuno: Leche.
Doble Propósito (Leche y
Carne); Cría.
GANADO Bufalino, Caprino,
Ovinos, Porcinos, Aves,
Especies de Fauna Silvestre.
VI
Ganado Vacuno: Leche.
Doble Propósito (Leche y
Carne); Cría.
GANADO Bufalino, Caprino,
Ovinos, Porcinos, Aves,
Especies de Fauna Silvestre.
VII
Agroforesteria.
Plantaciones Forestales.
VIII
Agroforesteria.
Plantaciones Forestales.
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Son aquellas tierras que: ó
no cumplen con los
requisitos mínimos de
producción; ó están
destinadas para otros
objetivos ó usos distintos a
su clasificación y/o para
tercería
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Es aquella finca que
está dentro de los
parámetros de
productividad
establecidos por el
Ejecutivo Nacional
Es aquella finca que
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Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
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Artículo 35 LTDA, lo define
como las tierras con vocación
agrícola, pecuaria, acuícolas o
forestal que alcancen por lo
menos un ochenta por ciento
(80%) de la productividad del
producto o rubro acorde a su
clasificación
Artículo 35 LTDA, lo define
como las tierras con vocación
agrícola, pecuaria, acuícolas o
forestal que alcancen por lo
menos un ochenta por ciento
(80%) de la productividad del
producto o rubro acorde a su
clasificación
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Se calcula: Promedio de producción
anual nacional idóneo del producto o
rubro del producto multiplicado por el
precio promedio anual nacional de
dicho producto, a su vez multiplicado
por la totalidad de hectáreas de la clase
respectiva, es decir (Artículo 103, parágrafo
primero) :
Rendimiento Idóneo = PPANI x PPAN x TH
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
1) BUSCAR1) BUSCAR
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
2) BUSCAR LOS REGISTROS DE VENTAS DE
LAS UPA (FINCAS)
2) BUSCAR LOS REGISTROS DE VENTAS DE
LAS UPA (FINCAS)
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
3) DETERMINAR LA CLASE O CLASES DE
SUELOS DE LA SUPERFICIE DE LA UPA
3) DETERMINAR LA CLASE O CLASES DE
SUELOS DE LA SUPERFICIE DE LA UPA
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
4) PARA EL CÁLCULO DEL RENDIMIENTO REAL
TOTAL DE UPA, SE DEBE TOMAR EN CUENTA
LO SIGUIENTE:
4) PARA EL CÁLCULO DEL RENDIMIENTO REAL
TOTAL DE UPA, SE DEBE TOMAR EN CUENTA
LO SIGUIENTE:
Si se produce + de un tipo de
rubro, los rubros menos
importantes en términos de
producción deben alcanzar como
mínimo el 30% de RR del rubro
más importante para que pueda
ser sumados a este (Ejemplo:
carne y leche)
Si se produce + de un tipo de
rubro, los rubros menos
importantes en términos de
producción deben alcanzar como
mínimo el 30% de RR del rubro
más importante para que pueda
ser sumados a este (Ejemplo:
carne y leche)
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Por último, luego
de determinarse si
UPA alcanza o no
el RI
Se debe evaluar si hay
o no cumplimiento de
la “Función Social de
la Tierra”, es decir, si
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Asignatura problematica de la venezuela actual

  • 1. Facilitador Abg. Ing. Víctor Manuela García Fermín, M.Sc. victorgarciafermin@gmail.com Conversatorio • Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria •Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 2. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Facilitador Abg. Ing. Víctor Manuela García Fermín, M.Sc. victorgarciafermin@gmail.com
  • 3. Estructura de la Ley Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 4. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 5. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Para Ustedes: ¿Qué entienden por Ley Orgánica? ¿Qué entienden por Seguridad Agroalimentaria? ¿Qué entienden por Soberanía Agroalimentaria?
  • 6. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Ley Orgánica
  • 7. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria “Disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a estos por parte del público consumidor” “…se alcanzará desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola…”
  • 8. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 9. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 10. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 11. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Es el derecho inalienable de una nación a definir y desarrollar políticas agrarias y alimentarias apropiadas a sus circunstancias específicas, a partir de la producción local y nacional, respetando la conservación de la biodiversidad productiva
  • 12. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria y cultural, así como la capacidad de autoabastecimiento priorizado, garantizando el acceso oportuno y suficiente de alimentos a toda la población.
  • 13. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 14. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 15. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 16. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Acciones para garantizar la Soberanía Agroalimentaria Objetivos de la Seguridad Agroalimentaria
  • 17. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 18. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 19. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 20. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 21. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Título VI. De Las Infracciones a
  • 22. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil o administrativa, las sanciones aplicables por el órgano o ente competente a los sujetos que cometan infracciones a las presente ley son: •Multa. •Comiso. •Cierre temporal del establecimiento. •Prisión.
  • 23. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 24. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Con respecto a las reservas estratégicas:
  • 25. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Con respecto a los incumplimientos
  • 26. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 27. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Título VII. De la Inspección, Fiscalización y Control
  • 28. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 29. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 30. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Procedimiento de Fiscalización e Inspección Procedimiento de Fiscalización e Inspección Procedimiento Sancionatorio Procedimiento Sancionatorio
  • 31. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Procedimiento de Fiscalización e Inspección Procedimiento de Fiscalización e Inspección
  • 32. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 33. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Acta que da inicio debe contener: Nombre del funcionario y del o los sujetos objetos del procedimiento. Nombre del denunciante si lo hubiese y el motivo del procedimiento. La notificación debe ser personal y en caso de no encontrarse la persona, se le entregará la notificación a las personas presentes y se dejará constancia por escrito de tal circunstancia. Las inspecciones y fiscalizaciones se fundamentan en actividades materiales y técnicas por parte del funcionario actuante quien podrá tomar medidas administrativas o preventivas de ser necesarios. Las medidas preventivas se sustanciarán en cuaderno separado, debiendo incorporarse al expediente.
  • 34. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 35. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Levantamiento del Acta (Contenido)
  • 36. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 37. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Medidas Preventivas (Art. 147) Suspensión del intercambio, distribución o venta de los productos o de la prestación del servicio Comiso Requisición u ocupación temporal de los establecimientos o bienes indispensables para el desarrollo de la actividad agroalimentaria o para el transporte o almacenamiento de los bienes comisados
  • 38. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Cierre temporal del establecimiento Suspensión temporal de las licencias, permisos o autorizaciones Todas aquellas que sean necesarias para garantizar el abastecimiento de los alimentos o productos regulados en el presente decreto
  • 39. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 40. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 41. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Del Procedimiento Sancionatorio
  • 42. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria 8 15 3 3 2 55
  • 43. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria El funcionario competente podrá acordar una única prórroga de hasta 30 días en aquellos casos de especial complejidad a fin de que pueda practicarse otras pruebas o ensayos que juzgue convenientes. Vencido el plazo a que se refiere el encabezado del presente artículo, o el de su prórroga de ser el caso, el funcionario actuante podrá ordenar la preparación o evacuación de cualquier otra prueba que considere necesaria para el mejor establecimiento de los hechos
  • 44. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria 1. Sólo se admitirán las pruebas admitidas en el derecho. 2. Se procurará que las experticias sean realizadas por un solo experto cuando sea requerido conocimientos técnicos especializados. 3. De no ponerse de acuerdo las partes sobre el nombramiento del único experto, cada parte podrá nombrar el suyo y convendrán el nombramiento del tercero.
  • 45. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria 4. Los costos de los expertos (honorarios), correrán por cuenta de la parte que lo soliciten. 5. No se valorarán las pruebas manifiestamente impertinentes o ilegales. 6. No podrán promoverse el juramento y la confesión de empleados públicos cuando ello implique la absolución de posiciones por parte de la Administración. 7. Cuando se trate de pruebas de laboratorio, el ente u órgano notificará con antelación a la parte interesada (fecha, lugar, hora, motivo).
  • 46. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 47. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Acto conclusivo (Art. 164) DECISIÓN 1. Lugar y fecha 2. Identificación del o los sujetos que forman parte del proceso 3. Descripción de los hechos y omisiones constatadas, bienes objeto del procedimiento y métodos aplicados en la inspección o fiscalización. 4. Apreciación de las pruebas y defensas alegadas. 5. Sanciones correspondientes según el caso. 6. Recursos que correspondan contra el caso. 7. Identificación y firma del funcionario que sustanció el caso. 8. Si hay evidencias de delitos de orden público = MP.
  • 48. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 49. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
  • 50. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 51. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 52. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Para Ustedes: ¿Qué es Productividad Agraria? ¿Qué es Función Social de la Tierra? ¿Hay relación entre Función Social de la Tierra y la Productividad Agraria? ¿Qué se entiende por Rendimiento Idóneo? ¿Hablar de Rendimiento Idóneo es lo mismo qué hablar de Productividad Agraria? ¿Qué se entiende por certificación de finca productiva y mejorable? ¿Qué es la declaración de tierras ociosas o de uso no conforme? ¿Qué se entiende por expropiación, rescate de tierras e impuesto predial?
  • 53. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario ¿Qué es Productividad Agraria?
  • 54. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 55.
  • 56. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 57. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 58. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 59. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 60. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 61. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 62. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 63. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 64. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 65. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 66. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 67. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 68. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Clase Rubros I Hortalizas. Leguminosas. II Hortalizas. Leguminosas. Cereales Musáceos. Raíces y Tubérculos. Plantaciones Tropicales Conservacionistas (café y Cacao). III Fruticultura. Cereales. Oleaginosas. Raíces y Tubérculos. Plantaciones Tropicales Conservacionistas (café y Cacao). IV Raíces y Tubérculos. Fruticultura. Plantaciones Tropicales. Suelos principalmente agrícolas
  • 69. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Suelos principalmente pecuarios Suelos principalmente forestales V Ganado Vacuno: Leche. Doble Propósito (Leche y Carne); Cría. GANADO Bufalino, Caprino, Ovinos, Porcinos, Aves, Especies de Fauna Silvestre. VI Ganado Vacuno: Leche. Doble Propósito (Leche y Carne); Cría. GANADO Bufalino, Caprino, Ovinos, Porcinos, Aves, Especies de Fauna Silvestre. VII Agroforesteria. Plantaciones Forestales. VIII Agroforesteria. Plantaciones Forestales.
  • 70. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 71. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 72. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 73. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Son aquellas tierras que: ó no cumplen con los requisitos mínimos de producción; ó están destinadas para otros objetivos ó usos distintos a su clasificación y/o para tercería Son aquellas tierras que: ó no cumplen con los requisitos mínimos de producción; ó están destinadas para otros objetivos ó usos distintos a su clasificación y/o para tercería
  • 74. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 75. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 76. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 77. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 78. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Es aquella finca que está dentro de los parámetros de productividad establecidos por el Ejecutivo Nacional Es aquella finca que está dentro de los parámetros de productividad establecidos por el Ejecutivo Nacional
  • 79. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 80. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 81. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 82. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 83. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 84. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 85. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Artículo 35 LTDA, lo define como las tierras con vocación agrícola, pecuaria, acuícolas o forestal que alcancen por lo menos un ochenta por ciento (80%) de la productividad del producto o rubro acorde a su clasificación Artículo 35 LTDA, lo define como las tierras con vocación agrícola, pecuaria, acuícolas o forestal que alcancen por lo menos un ochenta por ciento (80%) de la productividad del producto o rubro acorde a su clasificación
  • 86. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Se calcula: Promedio de producción anual nacional idóneo del producto o rubro del producto multiplicado por el precio promedio anual nacional de dicho producto, a su vez multiplicado por la totalidad de hectáreas de la clase respectiva, es decir (Artículo 103, parágrafo primero) : Rendimiento Idóneo = PPANI x PPAN x TH
  • 87. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 88. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 89. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario 1) BUSCAR1) BUSCAR
  • 90. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 91. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 92. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario 2) BUSCAR LOS REGISTROS DE VENTAS DE LAS UPA (FINCAS) 2) BUSCAR LOS REGISTROS DE VENTAS DE LAS UPA (FINCAS)
  • 93. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 94. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario 3) DETERMINAR LA CLASE O CLASES DE SUELOS DE LA SUPERFICIE DE LA UPA 3) DETERMINAR LA CLASE O CLASES DE SUELOS DE LA SUPERFICIE DE LA UPA
  • 95. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 96. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario 4) PARA EL CÁLCULO DEL RENDIMIENTO REAL TOTAL DE UPA, SE DEBE TOMAR EN CUENTA LO SIGUIENTE: 4) PARA EL CÁLCULO DEL RENDIMIENTO REAL TOTAL DE UPA, SE DEBE TOMAR EN CUENTA LO SIGUIENTE: Si se produce + de un tipo de rubro, los rubros menos importantes en términos de producción deben alcanzar como mínimo el 30% de RR del rubro más importante para que pueda ser sumados a este (Ejemplo: carne y leche) Si se produce + de un tipo de rubro, los rubros menos importantes en términos de producción deben alcanzar como mínimo el 30% de RR del rubro más importante para que pueda ser sumados a este (Ejemplo: carne y leche)
  • 97. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 98. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 99. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Por último, luego de determinarse si UPA alcanza o no el RI Se debe evaluar si hay o no cumplimiento de la “Función Social de la Tierra”, es decir, si hay o no “Productividad Agraria”
  • 100. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 101. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 102. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
  • 103. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario