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LEY DE MINERíaY merRLuRGlA
TiTULo

.

I

DISPOSICIONES GENERALE$

CAPITULO

I

'

LA LEY
oBJETo, DoMlNlo v Rt-cÁtttcE DE

!
I

l

las actividades

o*rl"Jr-o 1. (oBJETo)'- La presente Lev tiene i:j-:bjutoi fg:l?l procedimientos'
y
prin-"ifro!, tin"umientoé' normas

minero inetalúrgicas estableci"nAo
mineios, desarrollo y
,la| otorgación, conservación v..utiñ"ion de derecirosresponsable' planificada
oara
¿".mán"ra
tontlnulüad de las.actividades minero niái"rjigi"""
rotes y atribuclonos de las
determlirar la nueva ""tJ;iu;institucionái'
v susteátable;
atribuciones y
de tos actár'Js-'Hnuto"; ' disponer las los precoptos
gstatales
ántidadés
minera' bonforme a
orocedlrhlentos de la Jurlsdlccfon uim-ii¡"iiát¡uururr nacir¿nar de B orivr ' a.
por rtica áái' esiaáá p
óonrt¡tr.iJñ

'

y

y

Effi#iü,iñTu
. i' ..' I
, ^Fñ-,^,r^ Dp.,p¡F'aRro
(DoMlNlo Y DEREcHo PRoP¡ETARIo

DEL puEBLo BoLlvlANo)'- l'
E
nnrícü1o,2.
¡, oi'gun o forma de presentaciÓn existentes en
Los recúrsos minerales, cualquiera. ""á
propiedad y dominio
det É"tá0" Éirrinacional-ion oe
. el.sueloiy sunsue6:Jái iurritbrio
adminiétración-corresponde
boliviano; su
directo, indivisible e imprescriPli!le. O"Tpu"Olo
mineras con suieción a lo
a través- Ju'lu" untiA"o"""y";ñ;";;; Ñnrigát
at Esta{o
ft"uittoi"n la Presente LeY'
podrá invocar
siendg ql:I"t"ria del sueto,
ll. NingJna persona natural o cotectiva, aún
y subsuelo'
en el suelo
ta propiqdad soUre ¡os-ré"urro" *in"tiL;, ü;;;-;";rerltren
todas las
JsloNEb)'- l' ta presente Ley alcanza-a
3. (ALCANCES Y
ARTíCULO
erates que se encuentran en el
que se reaticen con los f"ty":t
mineras
origen o el estado en el que
y subsuelo ouit*rñór¡o boliviano, cualquiera ?la oupizá-rras' areniscas' arcillas y
suelo
liavertinoi
jranitos,
se presentun, in"tiry"náó
fosfatos'
'óorátor, '
otras rocas; mrneraies industriales ;;;';L-s-o,1"ál,.salr¡'lb¡", 1'1t"t'j:l::lo'
caliza;
ulexita., garbonatos, magnesita'
bentonita, baritina, azufre,. lyorÍu,
amatista'
cuazo' ágata'
:piedras isemiprecibsás: .i¡rt"l O" tá." V-vaiie¿aOes' de
""ririio ' -¡éoran preciosas como diámante'
qranates, topaclo, berilo, sodalita,
ésmeralilai y otras; y tierras raras'

i
. ;;tiiJ.d;
I

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I

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EXCLT

l'1

t;ffiü,

t

y
aguas termales - medicinales áridos
ll. Los ,b.uiro. hidrocarburÍferos, geotérmicos, dál alcance de la presente Ley'
tu"r"

;üt"é

li#;ü

en techos Ou r¡oi,-J.ián

ARictlLo 4. (RÉGIMEN

DE ÁRlDoS)-

L P.: considera como

áridos

a la arena,

cascajo,lripio,piedia'grava'gr"uillay,arenilla:omStnaterialesdetríticosquese
ljs tecüJ, cauces y/qo mérgenes de los ríos'
encuentr,an exctus-üni"ñtu
"n
.t

.t.
I
i

4t
ll
quedan excluidos de la competencia
ll. Los áridos descritos en el parágrafo precedente
Minera.
JL T¿ nütoridad Jurisdiccionat Administrativa

!

de áridos y
titulares de autorizaciones municipales de explotaciÓn
Gobiernos Municipares de acuerdo con la Ley No
materiares sim¡rareslotoié"áá, por- ros
quedan prohibidos
y
tl?;'t=;'-ü'Jrnñ do 2006 y normas regtamentarias municipales,

lll. Los actuales

áe reat¡zar trabájos de explotaciÓn minera'

se encontraren áridos concurrentemente
rv. s¡ a consecuencia de ra actividad minera
tos de¡echos mineros tramitará ante el Gobierno
con minerar"" y ,Jü; ;T titri"r o.e
-áütór¡iación
o rióencia que corresponda, si decidiera su
Municipar competJnü'iá
oxPlotáclÓn Y comerclallzaclÓn'

donde desarrolla sus

que dentro del
v. El agto¡ produc'tivo minero ot-á*prtlátion área minera tercero con licencia o
áridos por un

'actlvldader,.nrr.ni'JJiJiltrJáá

ñü;;;,il

99
mrÑ"ipár, respetará los derechos deltercero'

oncontrare concurrentomonto

de árldos eo
vl, sl a oon¡ccuoncla do la .explotaclón toutá eitaos' deberá tramltar ante la AJAM la
mlnorslEa o metates',-J tiiüruiaá i"t^t"¡;;
mlnero cumpliendo para el efecto los
suscrlpelón del respecflvo contrato-"arinittr"tivo En caso cbntrário,- se considerará
Ley.
reóuisitos establecidos en la pr""uniu
ex¡itotqciOn ilegal de minerales'

p-lducir áridos constituye explotación
Vil. La explotación de rocas co.n lllrnarioad {9
n¡inicijares que incruyan ra exprotaoión de
minefa. Los tituraiei-i"-Áutár¡rac¡one"
tt"ti't¡tarán' su adécuaciÓn a contratos
rocas, según lo previsto. anteriormáÁt",
de adecuación exigidas a ros titulares
mirrnar nb*át
Administrativos Mineros, bajo r1,
Especi al es (ArEs)'
ii"ns¡totíut

;.;

A"ffi;;¡áiát

APÍTULO II

PRINcIPIosYDEFINICIoNESDELALEYDEM¡NERinvruerRLURG|A
Son principios de la presente Ley:
ARTÍCULO 5. (PRlNClPloS)'a) CumplimientodelaFunciónEconómicaSocialyellnterésEconómicoSocial. pafs'
uur"riJño oát iector de la economfa del para
b) Generación oe ex"eul;i;;
"r
J"-oioig""ión de-derechos mineros

t";"

acceso
c) lgualdad ae oportuiriJaáes'at
en determinados
mineros v áriiátátiento diferente
todos los actores proJu"tiuor
iurfdica diferenciada
casos en consider""ii"l ""-naturalezáiáluüót minerarosicos que se encuentran
ro"
áif; Ñnuiu v
d) tntransferib¡rioao oái
en los vacimientos mineros'
$;;üñáiurat,
para la realizaciÓn
toé derechos t¡"éiá'' otorgados
e) lntransmisibilidad le
g:t",Hfl:i,Tlli"tit;"ro garantra der respeto a ros derechos mineros otorsados
f)
de los
productivos mineros en el ejercicio
R"J"::*"::11[á"o.so"i"l de ros actores
s)
i;;,il;üóigáoot Por la Presente LeY'

rdf

2
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h)

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i

lSostenibilidad del desarrollo del sector minero'

'i

ARTíCULO

G.

(DEFINICIONES).- En la presente Ley las expresiones:

I

TRANSITORIAS ESPEGIALE$ o "ATEs" (y su sing{At)'dáacuerdo con el Decreto Supremo No 726 de 6 de Diciembre 2010, se refigren
,,. 5l¿5-; óónce.¡on"s mineras-reguladas pol el CQcligo de Minería (Ley No 1777
if" 17 de marzo de 1997), y sué modificaciones y Reglamentos, vigentes con
anterioridad a'la vigéncía áé'1" pr"rente ley, incluyendo los efectos derogatorios
: ü;-¡i"h;óéAigo ""!,in to dispuésto por la Sentencia Constitucional!o 032 de 10
pnraJee
, J; riiáuo de 2006. Las ATEg conetltuyen tambfén Arca¡ mlnore¡ o
pioüJto on loa Artfculoé 13, 14 y 15 de la presente Ley.
ñ'íniñi;"s,1¡ ló
b) ÁJÁM.- Si reReie a la AUToRIDAD JURISDICCIoNAL ADMINISTRATIVA
' "MINERA, establecida de acuerdo con la presente ley.
c) IIINERAL O MINERALES-- ,Comprende a los: minerales metálicos y no
metálicos
nero: M eta
d)'"q$lfiIBi5]Hryebrporación
d)'#$iidlÉ6]ffiebrporación M nero-lvletat ú rg i ca t n d ustri al de B olivi a.
e) SERGEOMIN.- Servicio Geológico Minero.
D qeRCRffVllN.- Servicio de Catastro Minero. ,,,g) qElMM.- Centro de lnvestigaciones Minerc Metalúrgicas.
h) SENARECOM.- Servicio Nacional de Registro y G,g¡trol de la Comércialización
de Minerales y Metales.
i) M¡tM.- ü¡n¡stár¡o de Minería y Metalurgia. ,

'a) hUfOnlZnClONES
-:
i

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i

I

i

:

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:"

CAPÍTULO III
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

ARTfcUlo 7. (c,A,RÁcTER EsTRATÉGtco DE Los REcURSOS MINERALES Y
COIT,IPETENCIA).; .1. l-os recursos minerales son de carácter estratéglco, de utllldad
prJbllca y pecesldad estatal, por su naturaleza no renovable, por el valor económico que
adquieren con la actividad minera y la transformación indu"strial; deben generar recursos
económico-s que dinamicen la economfa de las regiones productoras y el resto del país,
cumpliend.o la función económica social y el interés económico social.

I

I

i

ll. La defiilición de políticas mineras, reconocimiento de derechos, creación de entidades
mineras en toda o parte de la

)

y empresas priblicas relacionadas a las actividades



cadena productiva, son competencia exclusiva del nivel central del Estado.

)
)

',t'l
ARTicuLo B. (FoMENTo y pRoMoctÓru pe LA rNpusrRtALtzActÓN).- t. se
declara de prioridad nacional el fomento y la promocién de la industrialización de
minerales

)

)
)

,!

! metales producidos en el territorio nacional.
1

ll. El Miniéterio de Minerfa y

Metalurgia incentivará la lormulación de proyectos de
industriálÍzág!-0.$#"guí.o..r recurios m¡neráles prcducidos pci'los tres actores pioductivos
m n e ro s,
o s e m p re n d m e nto s est at a e s.
e¡rq g.il
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Estado o
lll.Loscréditosu9l'?t1",'I:"^lufinanciamiento'paraproyectos'estatalesde
p'o;";i;';; untio"aéJ'nnán"i"t"s del según
contratos'
transformaciÓn indl'rsü;-poJrán o" ru-rü.oipción o" *nu"ni"" o
,a través
extranjeras,
inveisiones

'*.iL;;;;¡":

:lv. Los procesos de indust'illiiT'lli"lt 8",,:T'¡;E''ulioi'llñ'i-ntáo
o me
"
lliiláÉ,Jpor la propia emii::a
m ixtas'

;;ü;;it"' d" 9'n
' , ' ' I ;''

P

t"tas

oe ásotiac¡on

fines de la
LAs AcrlvlDADEs MINERAs)'-..P."19

,'ffi::?y.1""irlLs!ü;*:i:li:n'h*"'1"ilJ"'#';"'üi";*:::]::'"t

'T;*iil¡¡n'Lltl*$¡-,?',::::i:""li,,1isl"6i:ñ:'*'"i'u:ifJ"l#i"'i'i:

'"e*r'+"1¿t'üi:rrm*t'"'+$:::t!::;isru;.'1*liffü:":"'::
-!

*="""'-.-

cantidao y carrqa¡
la
ñcitir"nto' de la
tilüñiio t¡nuto.
yacimiento o mina,
'ptintas
.
--^tación y desarrotto de un
tratamiento o
Ou
a bocattn"' "
mineral, su tünspqrte
,,extraccron O"t

: i"JñE?'lslsb ;": xs.""!,* ; r;i:¡il{fifi J-,:. J,"J::::":
Pt
l""tiñ"a*ñ

co
'
$";*i¡Xl3lil:"'';;;'" de
0 FUNDlcloN "t#flil;;)nta interna o
Y METALES'- compra-vt
Lñ'"*"t3;5áXtidli?i¿ MTNERALES , rrc.

g)

"9I::fi*'##'; i!,á'u'.

,,

-rormación de minerares v méiates
rinar'
o"

; mlttfriEÁi."'i^lr::.":f:l;:l$i;ilru;i"
bl"l:t;1'"1iff1,"';'"áiiu¡o"o
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,

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én uienei de capital'
i,::- -: , .

v ui""",

minera'

""*ü'o

l. El Estado'
iA DE DERECHOS).-

' rnpx',: u,sn¡¡qrg.;*5[f*ll*]#Ji:ltírri"ri!
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ii-i,i,ittwtt ;l$l¿,run";ffi ;oüiii'iu.i"
'mineras gn roqu tir Ler
t

4

n"r m

ente

ro

cas

o

rn am e
ftr

tieffas raras y
piedras preciosas y semipreciosas,
inourtrilrer, minerares. evaporíticos,
similares.
y
..^rrac rta qus oroanismos especializados investigará, conécerá
'El I
de sus o.rgi
acoqpaña¡rtes
ll.
Éstado a través
comorcio.É#i# y ;ñ;'t;i¿n-áá 'in"'ai.es
controláiá ta recuüJiactón,
varor
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LES)'- l' El Estado incontiyará
n.'r
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ñ;;ñi' ;;i"'gi^
-

comerciar'

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y
i.J,'.",'t:,lii"l?',T,'"=S1"i;iiT[[:"#iül'Fitoivers¡ticaab¿"to'
atuviaies, glaciales ftuvioglaciares'
yacimientor r,n"ráíJ. detrlticoé

't

.

I

-i-:^^{nc dahcrá c
ll'Laejecucióndelacadenaproductivadedichosyacimientosdeberáconsiderary de
de
f"t -mediante extracciÓn'y recuperaciÓn
de técnicas
mejora p"irná*rt" y
"i . r"--. tograr.la,
"ii"i"nil'"í
o"'" ti¡oJ]

*"f

ros minerares,

"óri"acibn

especiarmente

ámbientalmente eficientes'

de
ramecanización de sus trabajos y
mineros oeflfn p'?p:19:':
apropiadas
y u fu intioiti"tiOn O" t¿cnüai y tecnotogfas
producción y procesamiento
'modernas.
para generar reseryas
'lv.
exolotación y recuperación
la producciÓn de oro
se l¡"oi¡"rran ias operacion:r-g,:
y expansionlT'ffili;'0"--'tl*tentar
labores
qúe justifiquen inversiones
cotas y'residuos'-mediante
.v otros minerates evitando ia pérdida
ír,-""'t; ;iésl sel ectivas'
l' Area Minera
MINEROS Y'PRI'RIDAD)'r3. (ÁREA M¡NERA' PARAJES
ARTíCULO

;i'"t:l:;;"-.

'jJil;;;iun

I

;;ü;;;;'p;iTgl5"::;:litñ**,f fl Ei*i,tt?i':fi
mlnera' o"t:TiÍ:,:"::."-i;i";;

:T,""ru1!üu""il':i"l;

contrato con terceros'
cadena'productlva
por s[ mismo o
".é*
",
m¡n"ro oürg"¿á É"i el Estado,
derecho,

'as' relaves'
tl.SonParajesMineros:losresiduos,bocaminas,desmontes,colas,escon| en forma
á i"'presente Ley
y similares, considerado"-'J#'#áiütiááJ
oallacos
Transitorias Especialgs'
lqo
independiente aeias Áutorizaciones
^vrvr
'i
'
r
pueblo boliviano'
propiedad y clominio del
'1"" Átáas Mineras y.los Parajes
lll. Por 1.", tot recursos minerales' cie -yadminisirado" poiLi Estado ¿" ""u.rOl="J;;üL"V, ;;
susceptibles de sucesión
;o'
Minerosi son ,rir".J"iiorur, in"ru;rñ;;t

I

'

hereditaria

'
!
¡^ ^-ra¡,,aniÁn de ci€-'ó" previstos err la presente
de reconocimiento o de adecuatlgl ^d^1'*techos
denominadas
N. Paraifines
-Ñ"
pertenencias
de
las ex concesiones rin"r"r- pá, acuerdo ai o's' "uáor¡"ut"t fecha 06 de
ZZO
Ley,
á"
Autorizalion"" ir"ñrit"ii"" e"p""áu;
qu" se reconocen derechos pre
ú';il; $;;lu"
diciembre de 2010, tienen Arg.u,
óoÁltituipos o derechos adquiridos'

Mineros' gozan de
ctorga.ciÓ-¡'" cie Derechos
Administrativos Mineros de
v. Los contratos
ra respectiva so'citud'
v tá=cüü;;J.ú.¡oo',lu
prioridad o.
i

.l

¡

'
E.

9l

".ulroi'ri'*órá.to
,t

Y coNSoLlDAcloNES)'nRfiCU¡O 14. (UNIDAD DE MEDIDA opl ÁRe¡ MINERAque tiene la forma de una
es la cuadrfcula
l. La unidao oe máJá*J¿i área minera
su lfmite exterior en la
el centro de la tierra,

oirámide invertida,

cuadrado de quinientos metros
""v" "ert¡ülnterioies
!ffirffiJ'üi'ü'";órresponde. p.ranimétricamente a un

.

superficiales
totát Oe u"int¡"¡n"o hectáreas. Sus vértices
con una
proyección universar y Transversal de
rr
"r,t"ñ"i0"
determrnador-r"üi*te coordenadái i" tr¡uÁo¡at
WGS-84)' Una cuadricula no
(UTM), rgár¡iáf'ái Siit"*. éáóoeti*

nor lado,
.están
Mercator

ét tut."ptible de división material'
su
titular por pertenencias' se éncuentren en

ll. cuando una o varias ATEs de un.mismo áreas irancas o libres' las mismas quedan
en
integridad en una;ft; cuadrfculas
a los fines de su adecuación a contrato
consolidadas a las respectivas cuadriculas'
Administrativo Minero.

ill.Cuando'untitularporpertenenciasquesq.en:u:ltrendentrodeunaovarias
"*- ioricitJ aiecu"áon u contrato Administrativo Minero'
oe otil"i¡t,lÉi,
titurar da las

cuadrfcuias
automáticam.nt. favor der
dichas pertenencial
acuordo con la proeonto
"án"oria"a." ué-áitó úHmo do "
'en sus planes de
cuadrtcutas, srn pirl..,I"jl o.il""-óu¡g"Jü;;;
dicha nueva área
O" tüáüirui"" Oén"ialñ;tp;*¡
¡sy.: Et ¡tutar
ú n co rt espo nd a'
ilü;j;' "ffi;"i1. ltiáüJ:i' v o ás a rrot o' ses
"
enencias Y Por cuadrfculas
lV.:Cuandosehubierenadecuadoáreasporpert
ylt tit't"' pbr pertenencias pieráe sus derechos de
sgbrepuestas de Oit"r"ñt", titulares.' poituuair"uias ras consotidará previa notificación
acuer.do con ra pr.il,it"'ráv,-Lrtitur"-,. y"ñ;"rr;;¿;-;;;iirratoria. Ertiturar de cuadrrcuras
drspuesta por er oi,i"-ior Ióñip.t"nt.
á" {raoajo inversión o trabajo v
areiL,.''
deberá incorporar';i;ñ;-ñ;"u
ááiárrouo, seg rln corresPonda'
pertenencias
anteriores, el área minera por
por lo dispuesto en los parágrafos
V. Salvo
físicas originates a los fines
u-Ju"oiicuras, *unti"i"l""r"";;;;;i";''iicas
no consorid"o"
de la Presente LeY'
como
s DEL Ánel MINERA)'- l' El Area-Minera a ntes
no
s cot
;tsta to rm ao p o, u n o' m as cu ad r¡ cura

ü;;;ril

t

";;;l;*

i

SIHü h?"ll;jr"áTiJffii?JJ
al menog Por un lado'

"

"

..ll.LascuadriculasestánorientadasdeNorteaSuryregistradasenelcuadriculado
minero nacional'
;

lll.Gadacuadriculaseidentificaporlacoordenadaensuvérticesudoesteyseubicapor

,;i'.ñ;;¡;'1üü1!::;oq:fj*i*t'i::lil:::X',?.1;:ln*':3,11,1""''."i
coordenadas
gl,:ltf_::,Tii.3#i,|1?:r-H:'i' i;;;;;"¿ricura

ounura unüá,," po' ras

Úlltr ou cada uno de sus vértices'

.lV.solpenzonasdefronterainternacionalyenlasfraniasdetraslapodelaszonas19,
d* 'ü;;;t* drrrnl pueden existir
r".iüi"t"¡én univeü'-iü,i"uurr"r tenüan ios 5oó metros por lado'
20 y l1o"
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oertenefic¡as superpuestas a tu" "uáiri"ulas,
O" !úLtuac¡On a la presente
foriil"-"
tonsotidadas en tás'CüaOriculas, a
socia! se
La función
16. (FUNcróN EcoNoMrcA socrAL)..
¡nrfcJuo
ui u"t¡uidades mineras que generan- recursos -ecpnÓmlcos
cumple pon el
técnica, económica v
para eri Estado-6óñáno, pr"""riJüiál"iá-.o.tánintiral
v Ue
r9¡n11á"rllO"iu"ftos taborálesde la
financie¡a, ta generación de urnpr"o'aTg[o, "i
en. beneficio
noiñi"i medio amüeniat"";
seguridad social, cur.npliendo
su titular: cuyo incumplim.iento régimen
sociedad, del interéó colectivo
apticables a cada matena'
sancionatorio se iü" por las normas "rp"Ltn""t

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,) J" :g.neraqlónel pago de las otligacion." :::
^",9::Óg:::
para

cumple

ion:

ddqptar
iorresponda, (lmpuesto,, r"jat-tJ","pátént"

:

las previsiones que se deben
el Estado' según
"on el derecho a la
-"*no,ttil"t Por
*i^;;;

'

los casos de
ras actividades mirieras, sarvo
ástaurecido enlla presente Lgy

b) ETtJ::x"i:llsErhlgl,1"

.

Tayor

o t'áJo'tottuño

|ago

fueza

v PuEBLos INDíGENA'
18: (pARr¡ctpActóN DE LAs AuToNogfns constitución*'Folftica del
uituue"é,-ia
Lev' en
.oR¡ctNARtO CÁMpESlNos).- ¡. ;;ntáitá
Estado l'as Autonomfas lndlgenu o'iJñtiü,9i*n;¡i11:''*"o1?:¡di:^fgante el control
ejercerán
y
el mario de sus competenci", Jompártidas "onCuiünt""
nnríciuo

;;"¡;tbiental

I

sobre las actividades mineras'

indígena' origina'rio

las nacion ss '7 pueblos
de los
ll. De acuerdo al régimen regalitario minero'
p"ii"inlJiát."¡ tos,¡enáticios de la explotación
-eltanrecioa
campesi,no, tienón-cl-erecho á r"
Estado y
Potltica del
en ta óónstituciÓn

recursos minerales en sus territorios,
la Presente LeY.

Lai

der.derecho minero,

titutaridad
ARTfcuLo 19. (AL.AN.E DE LA TTT,LARTDAD).- árpas mineras ni a los recursos
lá
no';lr;;;;-"
.e.stablecida en ia presente Ley,
alterecho otorgado por el Estado
-contratos' para el
que se encuentran en 1"" VJtit"t"s, "oto
minerales
de
productivos mineros'a través de la süsiripciÓn d u ctiva m n era'
a los actores táxli,ü:;::
d e a c ad en a p ro
d
a

¡"iñ

J:;.["t

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;

o"i

ntü"

"'

I

i

i

ARTlcULo20.(lNVEsTlGAcloN,FoRMAclÓ.9|PAslTAclÓNEN^AGTIVIDADES
nlineros promoverán programas
M¡NERAS).- t. El Esta$o y to" ".ioiei-proOuctivosinnovación' desarrollo tecnológico'
tineros'
dirigidos;a la invesiigación de los ;;;;;;d
formaciÓnoeoperao-oresylacapacitaciÓnentodoslosniveles.
para los programas descritos
ll. El nntitsterto de Mlnerfa y Metalurgiu, d",:t¡1.11átecu¡'sos
de ExplotaciÓn en
p<lr la susffipciÓr--t'de'contratos
en el pqrágrafo anter¡or, provenientJs
erci alizaci Ón'
É;iáir r,' L¡ óJ.ii ái o e o p'eraci Ó n v c om
Areas neio nomilbiñbñ'

7
'.

{,

,ilt. Et Ministerio de Minerfa;y Metalurgia implementll,llgg'uma,¡. !e ?t-':-t:ltit técnica
medio
:.en.las áreas de mineria, góologla, .fáUoi"iot¡o, tecnologlJ satelital'.metalurgia' con
¿¡ lá miñerfa nacional'
pui" el foménto
ambiente, geoffsica y otras especiatiJáJ"t,
o
organ¿ác¡ón"r instituciones privadas nacionares
financiamiento pñénünte od
"
que se imprementaran a través
p1!á1"ünu"ñ¡o. vá.uéiJot, ros mismos
r extranjerar,
"n
I de normas esPecificas.

''r'

'

de los yacimient :os ¡nineralógicos del territorio
Asimismo, realizará la promociÓn
lV.
para captar inversiones de capital y
:: naclonali,en foros 'naclonales e internacionalei
i' tec-rl,oloO a dol
lxterior,
de Trabajo e lnversión
O 21, (PLANES DE TRABAJO)'- l' Los Planesestatales o los Planes de
ARTlcuL
privados y;
,i. presentados por [#;ü;t protai""s-mineros
se elaborarán y
y o"r"rr'o]J-pi"sunt"¿o",'pái tas . cooierativas tnineras'
TrabaJo,
'en
geológicas' mineras'
cuenta la- ubicación, caracterfsticas
oresentarán tomando
at actoi p.oductlvo mineto' según lo
r hetalrlrglcas, delc.*rJo a lo que ""iütpá"dá Lelr. Éstarán acompañados de un
ábÉente
i.establecido.en d;qtrüú rrg -'ol.;; iniciales propuestas.
,'

f

t ñffi;;:i":i';ffiüñ;

áe actividades

o proyectos' de
' , ll,: Los planes podrán ser integrales o desagregados por actividades mismos podrán
prog*riuá, .ñ fáses o etapas, los
lmplernentadón ferlódlca y

'i

tóáinó"rtuoactúalizarse'segúnsusavances'
-:.,... ''.r.. ; i
'.

a
significativas deberán ser comunicadas
lil: Las modificaciones o actualizaciones financiera'
.
;;;i¡; justificaciÓn técnica v

',
'

la

ilirti; .i;ü

aJustes
¡V'Losplaneadotrabajoy.pre$Jp:estofinanclerodelasactlvldadesdeprospecclóny
aJustarsé perlÓdlcamente' Los
serin'éittina'cibnes Or" ntg¡án
exploración
a la AJAM'

;íñm*tlvos
.:

seián óómun¡caoos

Y

. ARTICULO 22. (GOBIERN.OS AUTÓNOMOS DEPARTAMENTALES
estratégico v Ia creación
por
ros recuisos minórares de carácter

:

ser
y Jx"ruÁiva del nivel
MuNrcrpALES).puir¡"J, ñ.in"iu. "rtrultóil"s competen#;t"*"
p"iitic! der Esiado, ros Gobiernos
, de empresu,
,oer Estáiil;e ácueroo.. T" üá"stitución
centrar
constituir unidades o empresas
V ¡¡'"rc¡p"tr"t' PHI*n
AutÓnomo,
y/o municipale"'- ni p"'ticipar en la cadena
,,:, ,m¡neras :.departáméntales, regionales

o"plil#"ffi;

productiva minera directa'

'ir.

(pARTlctpAclóN

y coNTRoL soclAL)-- se garantiza la
y la rendiciÓn pública

.,.:, ARTÍCULO 2i
oer acceJo u r" intá*""ióá
participación y.óoniiot sociar u t,"íe'
'' de cuentas.
GAPíTULO IV

':

MINERA
Ánens DE RESERvA FlscAL
:

sóbre determinadas
ARríguLo24'(RE?Eu1,il:"ALMll'¡ERA)'-'l'ElÓrsanoEjecutivomediante
decrarar-.i,.no'ñLu"rá *r.ulreffiárar
Decreto supremo podrá

I
^t
¡

1

¡

I

Ir labores de ProsPección Y
efectu*
¡blecer el
: :*i fisóal y promover nuevas re s
;;;;; *'::j'J'i?: ;B?:i,i,lSi, ", áreas
i

finatidad de

lf * ji

zonas. del territorio'nacional, con la
uempo Qere¡rrr¡¡¡auv:;ñ
t",.":il* ;;'
exploraciónr por. un tffi"d e ¡ "ti
::
mineralógico del área declar¿
óoienc¡¿if

; ;;
ffi
broductiVas
'
I

a

á

,

der órgano
mediante Ley Exprésa a propuesta
Jeiermi nuo"' io nui d"r
l''i' reculsos minerales estrátégicos y
pt*"¡.t"fár los

'¿#'-[f Tl¡l? t:i::#""*1'F::3*;"ile;t
objeto O"
tdrritoriol nacional, con el
racionalizada'
;üñif¡¿"'t una explotación

""li'*

en
I
' purJnte la vlgencla qe reserva fiscal' no podrá otorlJarsg derechos mineros pre
ugenola de lt;rttr vsr 'owqr' "v rv-'lil. Durante
lll.
-^ ^,- ra nracanto Lráv respetando derechos
presente r áy,
liii,í¡";üü i;; ñá;id"J", "st"nr"cidas en ta

constituidos Y adquiridos'
t,

rÑErE'fLrr lE ? F -Lt: -u* * u:.ui:^::Jtl* ::H,,'; la
P R E F E R E N I L sb
'
)licitar
r:r¡rPrt;DqJ Lorslq¡ve
Ail'""'fi;;;' y d;;;"á"' e"t"i1"' .1?lg:i^':i::::"::":T"Ji:.i.T3 ,,n'ln",o", un
Gorporaclones
Derechos Mineros, en
ión
;üñ;'¡d Jet óonirdtoadminis1?liy: l{111:: 1"":l?::*ldo denúmero de cuadrículas
er
:i:?:li::':'?J"Tiif
üili11:;i9t::i".x1'::'Íl"J:"::"::"H:''3:
';;;;;i;';;;-;;iá¡t""i'¡o en ra presente rev' en

iil

D EREC H o
ARTIGU.LO
ARrf c u: Lo 25. ((Utrt(trunt.,

;

i"::lü''ffi

:L':T i'#ffi:i:"T:ffff''"1
momentos:
cualesqüiera de los siguientes

I

'atoria
Keseíva
a) Durante ia vigencia de la declat"t?ll de Reserya
plazo de vigencia;
bi Alvencimienio out

,

;i

Fiscal Minera;
-¡5r-d¡ rvr¡¡rs'q'

Ái cumpttmlento dei objeto establecido'

I

l
I

pasaran a
solicitud poi la empresa estatal'

ll. Las áreas que no hUbieran sido objeto de
otros
óiotgáda1r mediante contratos a
ser áreas de libre disponibiliduO V po'oien-u"t
actores Productivos

)

)
)

I

I

)

)

)

)
)

)
)
)

l


)


mineros'

.i:

:

RESERVIPoS PARA
26. (ÁREAS MTNERAg, M¡NFIAI::^I^TT+ES
-frt"oo
reservar áreas mineras y
mediante norma expresa poi'rá
de
Et_ ESTRDO).- Ein',Jd,eror exclusivos por parte
minerarqs estratégicos para et e¡ercijo"ti"-oái!"no"
o. pre-co nstitti I I' o ad q ui ri d os'
oá
És ,-Á Jp
ÉffilJrá-r
I
"t"ór,
"ür'o
MINERALES
EXPLoi'A.clóN
(pRoH.tBtc¡óN
enrícr-luo
oe mirletlles radioactivos por actores
RADleAcTlVoS).- Se prohfbe ta exptqálion minero,' tii'r"t de un derecho' cuando
pifJuitiuo
Et
productivo, no
"rt"t"tei. ""tor án' volúmenes. o iü"ot"t significativos' deberá
éncontráre minerales radioactivo"
para que se
oe'rr¡inériá y ivtetalurEia y a la AJAM,
,informa¡1 Oer na¡ralól"i rvlin¡.iário
adoptenilas medidas que correspondan'

rnrícür-o

ñffi

,27.

DE

DÉ

1

nnrícü¡-o zs.

pR9NTERA).- Las Personas
(PRoHlB¡cloN¡Es EN Ánen DE
con [a AJAM Contratos
extranjeras, individlalmente o.n ro"ietlo.,'n1óod1án.-suscribir sobre áreas mineras
párecrros rvrineros
aL
Administrativos Mineros de otorgaáián
,situadas: dentro de los cincuenta rilámétroi a partir d€, l? línea fronteriza internacional
áeclarala por Ley expresa' aprobada
excepto en caso o" n".".iA'"Jánt"[J
del Estado,
ñór rá Asamblea Legistativa

I

Plurinacional'

:
OAPíTULO V

personas'
ser sujetos de derechos m¡neros las
ARTíCULO 29. (SUJETOS).- Podrán
o extranjeras' con
sociales' nac¡onales
colectivá!,'ár-tát"i"r, p-¡u"Ju" y jurfdi-ba propia, que les habilite para ser
. indlvlduates,
y
capac¡dad jurfdica v,;; su g1:o n"rt*ária"o
cúyo fin cumplirán con las normas
.titulares de dereihos y obligacionu.,ap*cabtes' Para
r" pr"uunt"" rey y oir3s no*ás juridicas
proced¡m¡entos
9n
de actores productivos
Oe fás modalidadeé
"rüüíá"¡áoi
ello deberán organ¡zarse bajo cuafqu¡ára
política del Estado y la presente tey' quedando
mineros reconocidas por la.const¡tucioñ e correspondan'
;üi;!-'" t"; ;;¿;i;5 v o[r¡g "tiones qu

,i..:.1._.Nopuedenadquirirniobtenerderechosmineros,
;' ;mras ej rzan' ;; ñ|1iln ás' uáio i ánc¡o n
, ffi:?aulh?'i} J'ñ? iiL:l;.?,f i* ;
L

¡

t;'ñiü;J,
*1

.lt
,::1:---' "n

é

toob'"1 terrliorio nacional:
-

a) ,EI Presidente

Senadorgs y Diputados'
y Vicepresidente del Estado Plurinacional'
cáneiates' Gobernadores de

. fiiinistro, ,de Eétado, viceminlstlo's,--oiL"totát ,
Departamentales,

.

,

públicos y

servidores
y nr"l'úr"ittas
Deoartamentos, c-oüái,l.oor",
de Medio Ambiente v
v áer n¡¡n¡sterio
consurtores dd Mí;isüü-Jáiin"r¡";'il;i;ü;t'"
estáJo que tensan relaclón con
y:#d;;;i;;! ;;iy-fiscafei del Órgano Judicial'
de tas entüades, empresas
Aguas;
Magistrádos, Jueces
actividádes *n"iár, Ministros,
coñseio Já la r¡agistratura v del
const¡tuiñh;i" i;;Y;"r .ngioamoióntal'
y Regionales de la
Tribunal
pribtico, Auioridad". ]1?'#ili!'","'ü"pái"tént"i"t
de la
Ministerio
á" ta bontratoiiá C"nbtut dét EstaOo'
Minerá, servidora, V ,.rJiJo;;; l"tu= on"iáii" de las Fuerzas Armadas
Jurisdicción
v
procuradu¡" su,l;l"ñ;1'É-ri;áó, G";;;É,
de ra contraloría
serv¡ciá";;tú;;'servidóres. lérviooras
po'cía ruáciénat, en
v de ra
de ros gobiernos autónomos'
-Deoartamentar,

y

,"ríoli"r-'puuri.o.
servidoras.
¡n.iuy.noo alcaldes y concejales'

mineros'
b)Losadministradores,trabajldoiu:,empleados,arrendatarios,contratistas,sociosde
-r"i de derechos de estos
táinigo, óniurtot"t'oe ros titularei
áreas mineras
tas cooper.,,u""iñ-inéiár,
a"
Kirómetlo"s"';"i' ;;;ir;iro
dentro de un area de dos
riltimos. '

i

L

:1.!:ln,?f,11#;?rl#::!?ilTlT#''1'1'::i:5H¿"H'id:;"lJ':l:"'13i'i'J:
ánteriores'
, -L^
Á

ll'Entodosloscasos,laprohibiciónsubsistedurantedosañossiguientesalacesación
á. tu condiciÓn o funciones'
I

aplican:
I de este Artículo no se.
estabrecidas en el parágrafo
,,,. Lás irorriniciones
las personas
.pol
tituidos, obtenidos o adquiridosaf ejercicio de ras

:

*,*,0f1.

ff'?iT:|.tff:.1 ::"::'l¿"lirJ,iü""H

resPedivas funclones'

10

I

*t"¡J'iá"u
,l

;l

parásrafo I de este Artículo o'" u"?!,3i?3:t;
b) A loslder":,1?:y9f::l"j':,:,:,,?: ul
matrimünio, o de sus u:""!,
t
ábi .Onyuge de¡ inháb¡litado adquirido añies clél
íqera de los plazqs de su
descendientes :hasta el segundo gtuáó; adquiridos
inhabilitáción.

parte de
v. r-as: personas señáladas en. el preser:te=1tt^Yl"' cuando I9tT,:! antes del
y empresas societarias'OE cualquier natqraleza constituidas

cooperativas
eprcier;do los derechos previstos en
ejerciciojde sus funciones públicas, pu"Ou.r""glir
funcionep de
ra normátiva vigente; ? co.dic¡on que-ñ:oáiürp"ileri''$fmurtáneamente
y.empresas' La condiciÓn subsiste
administración y dirócción en dichas'tt.iéááO*i
siguientes a la cesación defunciones:
Oüiáni"i.¡ áot

t:

"not

I

nnrfctjr-o 31: (AcroREs PRoDUcrlvos DE !'{t
il;á;f;tii¿. del seitor minero botiviano: la industria mir.era
mineras.

MINERiA).- Son actores
estatal, la industria mlnera

privada y las cooperativas

está
32. (rNDusrRrA MTNERA ESTATAL).- Lá{ industria minera estatal
Empresa siderúrgica
constituida por la coMlBoL sus Empresas Mine¡'as clependientes,
en todo o en parte
I

enríctjuo

I

¡

I

,

)

del MutUn (ESM) y otras empresas
de ta cadena Productiva minera.

pot-"*t"u,

para qúe incursionen

minera privada
ARTICULO 33. (INDUSTRIA MINERA PRIVADA).',1, La industria y/o extranjeras
nacionales
incluida;la minerfa chica está conformáda por las empre.sas
de las formas empresarlgles o societarias autorizadas
estableqidas bajo cualesquiera
y las sociedades de
por el Código de Gomercio incluyenOo ios negocios. lrlipersonales
;;*rá;¡xá,cúvo o¡ieio pr¡nóipal sea la realización de, actlvidades del sector.
I

)

)
)

l
)

)
)

)
)

1

)

]
)

)

mir,eros titulares de áreas mineras
r¡. t-a minerfa chica está constituida por g.pef.dolgs
en
y
que trabajan en pequeña escala usando métodos mall!'ales semimecanizados'
¡nAiu¡Jua, támit¡ar o en condominio o societaria.
i,

iñ;

ARTÍCULO 34. (COOPERATIVAS MU{ERAS).-

"

,

fu: cooperativas mineras son,I
de irrteÉs sociallil-!19s de lucro'

instituciones sóciales y económica. autoübJünarías
*"rt¡irtú; tmarco nor¡iativo es ta Ley Ge¡ieral de cooperativas v sus

bffi;;:;;.i"
estatutoS.

estatales'
anffCdUo 35. (EMPRESAS MIXTAS).- Los actores productivos mineros
(empresas mixtas), con
;;¡;a;=ñst¡tuir'y ótni*r",.sociedadLs de economía rnixta
aplicables para
que sean
actores productivos mineros privados de acuerdo a las noimas
cada caso,

11
TíTULO II
MINERO E$TATAL
ESTRUCTURA DEL SECTOR

cePírulo

I

INSTITUCIONES Y EMPRESAS

lNsTlrucloNAL
ARTICULO 36. (ESTRUCTURA
estructura:
úens la siguienfe

Y EMPt IESARIAL)" El soctor minero

;;üg

General: Ministerio de
de Políticas, :Fiscalización y supervisiÓn
a) Nivel de Definición
niinerfa Y Metalurgia'

:
tas Actividades ; Mineras Y Registro Minero:
de Administración Syqerigr de
b) Nivel
y el Servicio de Catastro Minero
Jurlsdiccional Administrat¡vaii¡neiu tnJAft¡l
Áutoridad
SERCATMIN,

Autárquicas:
c) Nivel de Empresas Estatales
loresas o.e-qe:')r1=iJ:;;'
- COMIBOL y empresas dePendientes'
- É;;;;á slueni?g¡ca ler Mu!ú,"iFstl'
- otrás Po[ crearse conforme a LeY'
rnvestigación y contror.
d) Nivelde Entidades de servicios,

-

SERGEOMIN
Servicio Geológico Minero

: S:$fr iX["ffit'3f;f ';*#
@ffi$)'

ü5'i1"8ffi'.,""i3'5,',Y#?o,.'
CAPITULO

d

e M rnerates v

M

etates

¡I

NVELDEDEFINIGIóNDEPoLíttcAs,FlScAL¡zActót.¡YSUPERVISIÓN
GENERAL
ARríc

u

Lo 32. (coMtErF,I-cn^:,'I:**h 5i ?H:,ii

¿i'ü:':li;- ff[i"3],4
lA.

t#:'il?.,l:'13,S'f?':J5')""Já,':yrlssfl l¡ilm¡,gl;'i$'t*¡ü"-¿;ersector
ilüi ÉHió # i,¡ Ñ E R{R v tr¡ EtR LU R G
ll¿ Jj:;l,ixl T ü'
*1ru::.m:'[;;/' ¿:
(ArRrBucroNEs)..'_Flr11y':":?yff¿'f J"y!li:l'i? j?::RTS:
ffi"ff#j&'s}lr":':::5:üi!i#it""i'euu;3'"',*:"r¿T:i'$t!!i
ffiffirbffiJilí:,"T:?,1ffi11'J"''ñj|¡j'¡:ti¡ffi.=,"llJ:5**
'Éffi; p¡riinac¡onal, elaborará y-up^f::"t" cr -orr LeL¡v¡v'* ¿:""x11'"'l;lu'"i,i'3J
.cuenta
los actores productivos
iniciativas
l

én
Minero Metalrlrgico" tiñánoo
mineros.

12

las
:l

ll..Asimiimo, contará con las siguientes alribuciones:
i

a)iEjercer tuición sobre la AJAM, Empresas
'im¡nero.

y

Entidades Públicas del sqctor

.

'
----r^r^^r^n ai A¡eas bajo
en Á'
blisuscribir Gontratos Administrativos Mineros de Explotación
'
Rdministración Estatal.
de Contratos de Asociación Minera Estatal bajo
su ¡rostqrier aprobación por la Asamblea
")ii;ffir"i-1"-,;cripción
lcualquiera de sus modalidadei'putu
i

Legislativa Plurinacional.
y ExploraciÓn'
Oliótórgac¡On oe i¡cencias de ProspeccLór'r
para las actividades
e)iOtoroaclón.dó Llcenciat O" ópá?""iOn VtCo'iierclalización
-'|átJutái
o no integradas.a Ia cadena qtttlY:t'^":^ltinera'
aá contrátos de Asociapión Minera no Estatal.
¿"
i

:

iÑi;;;;"¡on

0

l"

' .! i,
'

"ür-ripción

cAPrrulotlt

i

su

MINERAS Y
fulrulsrRAclóN
NIVEL DE ADMINISTRACTÓN SUPERIOR DE.LAS A't':rtr¡oaDEs
REGISTRO MINERO
,
I
;

iAUToRlDADJURlsDlccloNALADMlNIS.r-R4TIVAMINERA

!

I

I

I

1

)

)

)

)

l
)

)

La

3s. (AUT6RIDAD JURlsDlccloNAL ADIIINTSTRATIVA MINERA)'- bajo
entidad autárquica
Autoriddd Jurisdiccional Administrut¡ua-'lt¡in*" iÁ¡n¡¡)'como
.tuición del Ministerio de Minerfa y Metalurgia,'gon personalidad jurtdica, patrimonio
y fin€nciera' es la encargada de la
propio, autonomfa ádt¡nirtr"t¡u", té.niCáéJnOm¡ca -cumplimiento
de l:" Contratos
dirección, administración superior V-lonttof del
en todo el
il;iltü"tiiór"ir¡¡n"ros de otorgacio'n Je óerechos Mineros que suscriba
territorio del Estado
l:



l'

.t

nnrictj¡o

¡

i

previsto en la presente ley,
ll. La edtructura de la AJAM se organizará de acuerdo a lo
al Servicio de
oficinas Departamentales y7o neg¡onales, incorporando

oodrá cbnstituir
batastrcj

M

¡

nero l($F BCATM

I

N

).

o_Director Ejecutivo

lll. La ulax¡ma Autpridad Ejecutiva, con rango de DirectoraEjecutiva Departamentales o
in"iitu"¡onul y
ffi;;l ;üu á"t""ra ta representación pi"uiJ"ntt Oétlos Directores
fs'.aOo Plurinacional de Bolivia
Regionales serán designados por el
mediante ResoluciÓn SuPrema.

)

I

)

ARTíC¡LO 40. (ATRIBU6¡9NE5


]
)
)
]
)

Y

FINANSIAMIENT9)'-

l'

La AJAM tendrá las

siguientes atribuciones:
.'l

1. Conocer Y Procesar:
:

Especiales (ATE's)
a): Solicitudes de adecuación de las Autorizaciones.Transitorias Mineros'
de Derechos
a Contratos AOministrativos Mineros de OtorgaciÓn
oe"cotr¡¡BOL en Areas y Parajes de la
b) Soticituoes áe Registro de los Já*not
''

3



13

Minerfa Nacionalizada.
SollcltudesdoadecuaciÓnaContratosAdministrativosMinerosdeAreasMineras
en log ccsos provistos do
o Parajes, una vez conclttido su respectivo catastro'
para el catastro Minero'
átuéiá'o a Regtamento especlfico
oe clerechos mlneros cn ol área minera'
d) solicitudes o..onroiáaJbn
Á¡;inistrativos Mineros de otorsación de
e) soticitudes para
berechos Mineros.
de Prospección Aérea'
de
0 5Ji¡Iitüáái pára Autor¡zaciones
del ioátno preferente para la suscripciÓn

c)

";á;;-;;ot";
;;;;ffi*ánto

para e[
s) Solicitudes
éánitátot A'dministrativos Mineros' . .^ --.^^^¡r^ rra r{oror
en
respecto de derechos de paso y uso
h) solicitudes oe autorL'aJén-áJr¡n¡.trativa
á.u"iJo a to establecido en la presente Ley' acuerdo a la
áreas superficiale,
d. d.r"chos de superficie de
soticitudes o" u*prlii;ü;;;rp""ü
¡)
asuas v para la reducclón o
[Lt?'}f.|;u]"s para ra variación de cursos-cl.e
áloér"tr'os de uso' paso v superficie'
k) Denuncias de ProPase
Correcciones en el Catastro Mlnero'

i"

il

ñ;l¡;ñ

lÍ

2..

Administrar el Registro Minero'
previa establecida en la presente Ley'
Convocar V ffevaiáJelante la consulta
presentadas por los actores

3.
4. Acepta, r" ,"nu?.?J;;;;ái;i¿tal";;"A"';t-üin"ttt
'
. productivos mineros
r.ora¡lrnc f/tinÉ¡rós casos prevls;tos en el
en los
procesar v o*.ü* la nulidad de Derechos Mineros
5.
v un el Artic:ulo 30 cuando faltare la
i"
Articuto

zz

v'Tá-'a"-

fr"r9ntJl"v,

eG
previstos en er parásraro rV detArt.

... ñTa:if""l,:S::'r:S*l:lil#tJ'iXi"'liridad

parre interesada ra nuridad totar

o parcial de

9"":?"?fTit:i""J o a soncitud de "r"rpu"to de áreas mineras que hubieren
-m¡neias
de
contratos no*]nirt"iuá, n¡in"r*
legalmente reconocidas' a favor
,resultado sobrepuestas a ár9?: '"i'
a tiempo de su
ntÉ¡"tJiiJo ¡Oentificada
terceros, cuando la superposiciÓn
u,33'no?S3!lli,"*",
u p,.""u,'-11-i: prevista en la presente contratos
Ley y en
[A*t':l
en los ."rt, y en ta forma ^:::,:i:":"*,"X?"JH,

,.

I

administrativos mineros,
los contratos.
administrativos mineros'
Conocer, otorgar o rechazar "1,q?tot poi ioj
abrogatorios de la sentencia
la exi¡nción oe preno ¿"r".r,o zooe, "t"rtor corresponda'
10: Declarar
je 1O de mayo á.
guan!?
constitucion"¡'Ñ"-'óáz
que se le atribuye en
jur¡so¡ciánates de primera instancia
¡o, o#a-r-J"to.
11. Realiza,
en la presente
los casos v r" iüiñ"
contrá de quienes realicen taxplotación
"ti"níecjdos
promover y/o interponer accioneJüg;É"
12.
l¡i3,#ii:"r?suli
nllto' ad m n stratrvo-s m n e ro s'
:""1 re I o s
1 s.
de minerales metállcos v no
": ti""átttió
en las Reservas
14, Emitir nesortiJroi'JJ';;j";¡."
satarur, uiuit.t". y. otros concedidasTransitoria Octava
metálicos,
a ta DisposiciÓn
Fiscales d"tT#;ii;;i;-U-otiuüno,,"^ itica del Estado'
"r*óurytñto
ón P ot
bitaéiát" iD d; i;til'iituci

9.

;;

I

"6;tti""s,

14;

t

Ley'

i"i nrrt

I
I

.i
I

anterio¡ se efectuarán co¡forme
1. Las ltr¡ouciones establecidas en el parágrafoLey de Minería v Metalursia''
án et Reslamelt" dr ta

ill.,ilái,i'ilj.[i"ii;r".iJo

al

i

i

:

Jurisdiccionales Administrativas
Autorloaoes Jt
n
lll. Proponer la creación y/o supresión de Autoridades

iil#5il;u,Liilñtu¡"soresiónares'-:

i

i

I

i
Tesoro Generá1de la Nació¡ y-un porcentaje
lV. La AIAM se financiará con recursos del
y/o giternos' ingresos propio-s por
de la patente m¡néia, donaciones, "t¿iil"'iÁiernos
iublicaciones y otros ingresos
servicios ,..run"lád;", láni" .f" lntoitu"iOl:catastral,
aprobadps Por norma exPresa'

.t

ART[cuLo41.(ATRIBUCIoNESDESERcAT$rnl.-ElserviciocleCatastroMlnoro
del SERCATMIN:
i&FióÁiMlN), sbn atribuciones
Minero'
a) Elaborar y administrar el Catastro y Cuadriculado
I

i

b). PuOl¡ca¡:

la Gaceta Nacional

Minera'

i

..i

minera'
c¡ óontütar y fiscalizar el pago de la patente
r

atrlbuclones de Órgano auxiliar cje
Ley'
iát"itr1áAos y casos roquerldos por la preoonto

d) Elercer las

la AJAM en todos los
l-

asuntos

t.i
'e)Reviqar,complementary/omodificarlaBasedeDatosGráficayAlfanuméricadelas
minero' en los casos en que
ATEs por pertenen.¡u., qul h'bi""en.concluid"-:1..:.:ti:l'cr
por la AJAM' a
datos técnicos, prev¡a resoluciÓn emitida
se encuéntre diferencias en los
solicitudide los titulares del derecho

':

)

i

cAPlrulo

i

)

l:v'

NIVEL DE EMPRESAS ESTATALES

I

AUTÁROU ICAS Y NEPEN

l

DI EN.:f ES

i'

i
nnricül9

calidad de empresa PÚblica
públicoi ccn personería jurídica propia'
estratégica corporativa, autárquic", J" oáücho
jur'dica y económica bajo tuiciÓn
patrimonio propio, autonomía- tecnical
d'e dirigir.y administrar la
"Ornini"ttátiva,
del Ministerio de Minerfa y Metalurgia, es la responsable
rrirreras estatates que no estén

]

)
)

)
)
)

)

)

I

)

l
I

42. (coMIBoL).-

l- La cotullBoL'

en

industriá minera estatal con excepc¡O-n Oe las empresaq
derecho de
nornbre del EitaOo y ¡tr¡eblo boliviano' el
-expror"c¡6n,
bajo su 'dependencia. Ejercerá,
concentraciÓn'
explotaciÓn,
"n
realizar i las actividades de prorp-""Jion,
in¿T-tl{T.,:ln i':e mlnerales' metales' piedras
fundición, ,"nnr"ioñ, comercial¡z"tiáñ "
u*üt"ntes en las áreas mineras, bajo su administración'
preciosás V

""rn¡piut¡á"át
la transformación de la
ll. Su ob¡etivo es lograr el desarrollo productivo diversificado,
y lq generación de excedentes
matriz productiva minera, ."t-Oururróito industrial
I

económicos.
¡

15;

I
lll.QoMIBOLejercesumandatodemaneradirecta,atravésdesusempresas
otras empresas a crearse, en toda la cadena
dependientes, un¡oááes product¡u3: {
a. suscribit' contratos con otros actores
minera productiva,:j;-p!;itii¡ó oet, derecho

'Ji"iü.tiíJt-il¿";toé

ácueroo con la presente

Lev'

:

lV.Paraelcumplimientodesusfinesyobjetivos,coMlBoLfinanciaráSusoperacionesde
obtenidos a través de financiamiento
mineras con recursos propios o ,".u"ot nacionales o internacionales' conforme a
'instituciones o empresu, püntirus y p'iuaOas,
oé¡ s¡stema Nacionar de Tesoreria v crédito
ra normativa

em¡t¡o'l'iÍr'it;';;;"'d;;;

Ptiblica
se aplican a:
V. Los derechos mineros de la COMIBOL

de acuerdo con el Decreto Supremo No
a) AreaS de los grupgs mineros nacionalizados
igs2' elevado al rango de Ley el 29 de octubre de
s2zs de techa g1'#'oiüti.
1956.
a cualquier título' tuY3 titularidad
'd" octúbre
b) Areas de concesiones mineras.adquiridas'. oe tész v las que adquiera en el
ái
coMlBoL ejerce ;;'ü';¿ri"¡iáJ ár
lcy'.
futuro de acuerdo con la presente
.Las
colas, escorias, relaves, pallacos y residuos
bocBmlnas, nlvgles, dosmontes,
c)
las concesiones mineras de loS grupos
mlneros metalúrgícos; proveniente"-i"
üéui*uni" adquiridas por CoMlBoL a cualquier
nacionalizados y cpncesiones mineras
título.
en el Artfculo 2 del Decreto
de uso exclusivo de .COMIBOL establecidas
d) Areas
2012'
é'i.rfrL;; Ñ;ráéé Jel 03 de octubre

i"

la-coMlBOL
e) Areas bajo administración de
de asosto de2o12'
iáóü o"tácña o1

de acuerdo ccn el Decreto supremo

No

los campamentos, plantas metalúrgicas,
son de propiedad de llcoMlBoL
-tnhurtrtnt., y. tti.'t'"It-S"t'tt, ni"n"u muebles' inmuebles e
Vl. Asimlsmo
hldrometalurglas,
tltulo' con excepclÓn de
a
,oqr¡ri¿llü'ontuniao, óái'con¡lBoL "u"iqui"t
lnstalaclone,
*táriorioao a la presente Lev'

i3:'ffii?#üo1"iü';ffintt"ton

Mineras
ARTlcULo43.(GoNTINUIDAD.DEDEREGHoS,coNTRAToSYADECUACIÓN)..1. y
oerechos mineros sobre las Areas
su administración
coMlBou ."'ñinu"ia- q"i:i."noo
La
qu* purrá"iirn bajo
parajes Minerosüü'r"i¡in"Íá ñac¡onatizada
ótras Autorizaciones
É'TJl;;ént"'t-uy-y-soure
de acuerdo "on-;'lqr,j"rü-+zadecuación'
il..i:'ffi;t Etó"türas sujetas a

ll.Enelplazoquepara"lul-::l:,:stablezcalaAJAMenrelaciÓnalasÁreasdela
de CoMlBoL' esta última
pu'*un"-'"JJñ oáp aoministrac¡on

que
que tuvieran
Minería l.tacionaiüátit
ñismas junto con los contratos
.on ¡.'ÁiÁivlTu-i?"r""h.;;i;;
su inscripción en el
registrqrá
r-á Á¡Árt¡ oitr'átoia
suscritgs .on uáo;"s'proouctiv"r-;';¿;;t'coMlBoL q;"á;n sujetas al régimen de
ATE; Je
Registno Minero-.--Las demás
.l

16
:t

asimistno,acompañando los respectivos
adecüación de la presente Ley, que se curnplirá
pióár.tiroi nrincrqs privacJos, si los

i¡ubicrc'

;;;üilüff;J*
:
.t

np

'

tt rarlrl lr:lóru
ARTICULO 44. (SUSTITUCIÓN DE RÉGIMEN).¡

:

l. La s'' Autor¡zaciones T¡ansitorias

grupos nacionarizacros o no
de
de coM.rBoL
nie'rl pertenencia, o .u"orürr6 vlót ros
paraj-cs'de explotaciÓn por nivples'
"n'ár""u
por

$ffi;

nacionalizados,
relaves,. pallacos' S.ucus y' escorias'
boCamirias; asf como, las colas, désmontes,
iavor de l;rs Cooperativas Mineras' se
otor'gadas un ,oniiátó' dá arrendatiuniot"n
E;<plotaciÓn en Areas bajo
Contiáto Administratiuo- üin.ió
adecuaran
üi¡i"tut¡o de Minería y Metalurgia' conforme
Administración Estatal; a Euscribirr" con-ut
en el Reglamentg dl la presente Lev'
;l

a

Ot

ffi;ffi;;tGübiecido
I

I del presente ArtÍculo, se
consecuencia de lo dispuesto en_ el parágraÍo
a favor de tás Cooperativas Mineras'
extinguen ras onrigácüIu" ¿"luóórüreoL
y ho:'iamientas de la COMIBOL
lll.'tosi.bienes inmuebles, equipos' maquinaria -coop"lrativas mineras' les serán
ótorgados, en contrato de arrenCam¡ento a las
a establecerse mediante
transfeiidos a tftulo oneroso o¿ ""r"Iio-"-p'u"udimierito
Decreto,SuPremo.
por c-ontratos de
mineras
tV. Lasi deudas de las cooperativas inmuebles,con "dOMIBOL.
muebles' equipos' maquinariaS y
arrendamiento. de Concesiones, Uienes
J:otros anteriores a- la vigencia
;rir'i,ji"1i""i"iüi"" de venta o" "qrip-o", .ronograma de pagos con la coMlBOL' con
at
.de la presente ley, deberán sujetars.e á ,n
en
.carácter.previo a ra suscripción der c";il"." no'm¡n¡stratiüo Minero de Explotación
Metalursia'
ii]i!:Taf iiá',iittt"ción Éstatat con et Ministerio de MinerÍa v
¡1.

comi

*;¡t*,t

I

)
l

Y RIESGO
ARTicuLo 45. (GoNTRATOS DE ARRET{DAMIEI¡T-C
MliiE3ds pñrvnDos EN ÁnEns
ENrREicoMrBoL y AcroRES PR&ü&iVA; de airendamiento suscritos por
DE LA: EM'RESA ESTATAL).- l.';; contratos
privaOos,.Ceberán adecuarse a Contratos
COMPARTIDO

I

I

''l
l
I



-)
')
")
')

l

)

ARTÍGULO 46. (ESTRUCTURADEcoMIBoL)..coMlBoLtienelasiguiente
!

estructuia:

y fiscatización de las
máxima instancia de dirección, control
estratésica'
óoiiti"ás áá-éélion corporativa v
autoridad ejecutiva y ejerce la
ll. La presidenta o presidente Ejecutivo es la máxinra
iéÑésentación legal de CoMlBoL'

t, El Directo¡,io es la
I

I

"

..i

:¡

-)
']
")

COMIBOL con actores productivo. tñ*iot
Estatal' a suscribir
Administrativos Mineros de exptotacián;Jt9;s^bEo,AdnrinistraciÓn del Estado'
r"'ptut"nt" l"l, y-ta Constituc ón Política
con el MMM,
"on'ruJu"¡OnL
'I
por coMIBOL con actores productivos
ll. Los contratos de Riesgo compartido suscritos
de-Aaociación Minera Estatal' con
mlnerosi prlvados, deberán adecuars-e-a-óántra$s de: E$'i'ado'
trr-,iÍtica
'
suJeclóri f" pr"ébriáGy y ta constitución

'I

I

I
I

17

1
se
|lr. Las empresas dependientes
Etpt"." Y una Gerencia General'

de Dirección de
encuentran dirig;cas por Lrn comité

empresas
lv. Los Gerentes Generales de las

dependientes ejercen Ia representaciÓn

legal de las mismas'

er
por su Directorio, estabrecerá ras atribuciones, su
a la naturaleza de
V. Er EstatUtO de coMrBot aprobado
tlñiion
'número y la denominacion 9:-11:-,é;';il-";: ""
y su desarrollo empresaria
"üán¡i"d¡on
l' El Directorio de coMlBoL estará
(DIRECTOR¡O DE COM¡BOL)'ARTÍCULO 47.

conformado

por:

prurinacional,
^r:r del Estado
Presidente r{or trstacro Plt
o Presidente' designago 'po'' el
a) Una Presidenta
cámara de Diputados'
de la terna propu"'iu'poi tu
b) Seis miembros, designadosporelÓrganoEjecutivomedianteResoluciónSuprema.

ll.Segarantizalaparticipaciónorgánicadelostrabajadoresdelasempresasde
Cort¡ reóu en su' Directorio'

lll.LasCooperativasMinerasnoparticipanenelDirectoriodeCoMlBoL'
pudiendo realizar
lV.LosDirectoresdeCoMlBoL.desempeñaransusjuncionesenformaexclusivay
Ñ"#"nü' i"-CóüieOU' no
sérán remuneradó,,on'recursos de intereses'
conflicto

ñil.;-;;;¡;¿

que senere

las siguientes
Directorio de coMlBOL tiene
48. (ATRlBucloNES)'- El
ARTÍCULO
atribuciones:

r

a)AprobarymodificarelEstatutoorgánicodeCoMlBoL,sujetoahomologaciónporel
ótgáno Ejeóutivo'
y ras poríticas corporativas de
estratégicos de desarroto
b¡ Aprobar ros pranes

ra

coMrBOL'

_ -_..^r ¡^ ra administra<
arrmiñistración centrar y
y el presupuesto anual de la
c) Aprobar el plan operativo.-anual
áL rás empresas dePendientes'

ls

o su lncorporaclÓn a las
liuá"i¿n de nuevas empresas

unidades operaüvas
"i"

:',"'.,fi:""i;:ot;J;¡il1ltJ'lii*=Tlffi;;;'
inediante norma expresa'
iiiiéñáü"tes

e)Aprobarelfinanciamientoypresupuestocorrespondientealasnuevasunidades

oPeratiYas'

18

:
.

de tas empresas dependientes Y
fl,Conocer y aprobar los proyéitos d9 inversión
li.i'oyüúái en tá gestion de su rinanciamiento'
:.1
y urlidades productivaE técnlca y
o) Disponer el cierre de las empresas dependientes
;

ñhtnct.ramente lnvlablos.
.:

:
:os en los
h)AprobarlasuscripciÓndeminutas-decontFatc.sconlosotrosacto'resminet
la presente Ley' "
casos qu-e correspoñ0" o" acuerdo con
operaciones de COMIBOL
il Fiscalizar los actos ejecutivos del Presiclente Ejecutivo''llas
:il s"ffi-¡f;;"nüt niu"ré., y las empresas dependientes'
I

"

i

J) lngtrqlr audltorfas a las empregas

y

unldados operiltlvae de acuerdo

vlgentee.

norrnás

.

i

'

a

unidá Ces pr:oductivas y emPresas
,iarrarci¡n ¡la rrrilidz
k):Controlar la reinversión de utilidades de"'sus
dependientes.

I
créditos bancarios o industriales'
l) Autorizar la suscripciÓn.de colven]i os emPréstitos'
áonác¡ones y otras operaciones financieras'
son empresas
ARTíguLo 49. (EMPRESAS DEPEND¡ENTES).-

dependientes de

COMIBPL, las siguientes:

,l:

' -

EmPresa Minera Huanuni (EMH)'
Emirresa Minera Colquiri (ELq)'
:Emilresa Minera Coro Coro (EMCC)
embresa Metahirgica Vinto (Ftt¡Vl'

'etbtuta Metalúrlica Karachip"T!" (EY5l-^ ,..,,,

-em'pru'aBolivianádeRecurscisEvaporfticos(EBl.lE).
Embr"tt Bollviana del Oro (El3O)
- Otrás empresas a crearse de acuerdo a norma'
-

La COMIBOL mediante Decreto
ARTICULO 50. (EMPRESA MINERA HUANUTI)-^I'
eá"ado al ranso de Lev No 371s
supremo No28901 defecha 31 de;;;;;iió,00,
asl como la dirección
del
"Váá¡t¡"ñtát cerro Posoconi del Centro Minero
del 31 de julio del 2007, asume ef Oominü totai
naclonalizados
y administración Oir"it" sobre o"
f

Huanuni.

estratégica dependiente de
Minera Huanuni (EMH), es una 9*ql"s.u
gestiiÓn administrativa' financiera'
coMlBol-, de derecho público, .on""utonomia de J"e.!a cadena p'oductiva minera e
legal y técnica, responsable de.real2;;;ii"iJtdes
Huanuni..
industrialización de ininerates del centro Minero
i
pasa:'¡ a la administración directa de
lll. Las áreas mineras del centro Minero Fluanuni,
á¡eas se hará de acuerdo a la
la Empresa Minera Huanuni. su expansiÓn a nuevas
presente LeY.
.:

ll, La Empresa

19
s1.- (EMpRE5A MINERA coLQUlRl).- La Empresa Minera Colquiri (EMc)
empresa
conforme al Decieto Supremo No 1264 de 20 de junio ae 2012, es una gestión
de derechó público, con autonomía de
ta CoMIBOL,
;il[;ii;"t OépánOiente'delegal y técnica, responsable de ' realizar actividades de la
administrativa, nnañciéra,
minera e iñdustrialización de minerales y metales.

nnfículo

;d;t

froOuctiva

La Empresa. Minera corocoro
ARTíCULO 52. (EMPRESA MINERA COROCORO).No 1269 de fecha 24 dejunio de 2012, es una
iEüój .r"á0" r"Oiánte Oecreto SupremoCOMIBOL, de derecho público, con autonomfa
empresa proOuctival JóáÁOi""te ie la
de realizar actividades
de gestión aOm¡n¡sirát¡uáinnán"¡era, legal y técnica,.responsabte
de minerares de cobre y otros, en er
de ra caden" prooüfjümih;á e ¡nouitr¡áización
Centro Minero de Corocoro.'

vinto
ARTfcuLo'oo. leruRRESA METALúRGtcA vtNTo).- La Empresa Jiletalúrgica
N' 2e026 du'7 de rebrero
rnectiante Decreto s.rprerrto
Güütrñ;rtiOá áláüoi áet Estaoo
de derecho público'
de Zee7, es.una .ffiül ".trái¿gl.t depondionto cle.CoMlBoL,
y técnica, res.ponsable de
flnanciera, legal
cgn autonomfa de gestión administrativa,
rcfinaóión, cor*rciarización e industriatización de
rearizar activldades"áá-iün¿¡ción,
minerales.

La Empresa
ARTíCULO 54. (EUPRESA METALÚRGICA KARACHTP'A'MPA)'- 145' de 04 de
mediante Decr:eto Supremo No
ffiüürgj* Xaácnipampa (EMK), creada
depe.ndiente de coMlBoL' de derecho
enero de 2013, es una empresa estratégica.
legal y técnica,
prlblico, con autóno-rnia üe gestión ádministrativa, fin¿inciera, comercialización
áe uen"¡cio, fundición, reiinación,
responsabru o" ,"JüJár'I"tiJio".í,*
"

iriOústr¡atización de mineráles y metales'

DE RECURSOS EVAPORíTICOS)'- l' se crea
ARTÍCULO 55. (EMPRESA BOLIVIANA
laEmpresaBolivianadeRecursosEvaporll.l::EBRE,comoEmpresaPública
lá Cbfr¡teOL, de derecho público'..con autonomfa
Nacionat Estratégica, dependiente de
y técnica-.responsable de realizar actividades
de:gestión aUm¡n¡siüttáii"á""¡era,,legal
'"iürü!"i0",
beneficio' o concentración' instalación'
de prospección,
,á*rjrriá.ioh, y administracié'n de complejos de quimica
lmplementación, puesta en marcha,_op"áLidn
il;;;árñ;, iná usiriar¡zaciÓn v com erci alizaci ón'
de Recursos Evapqríticos del salar de uyuni'
ll. El patrimonio del complejo lndustrial
a la Gerencia Nacional de Recursos
a
CIRESU, los. saldos presup-uestarios'ásignados
recursos humanos, activos y pasivos.asignados
Evaporiticos oe ra-córr¡igbu, los
u ra eáne de acuerdo a di$posición legal.
dtcha Gerensia .u?ailunÍái,oo"
a contratos
por el CIRESU con terceros se adecuaran
Los contratos vigentes suscritos
Bajo AdministraciÓn Estatal' a
un- Át""r
Administrativos Mineros de exprotátion- y Metaturgia, conforme ar procedimiento
ob rr¡in"iiu
suscribirse
de pago
"i"iurin¡rtário
ta presenie Ley' Ca-ncelqrán el porcentaje
en el
establecido "on Reglamento Oe
contratos estarán
primigenioi a favor Oei fCU. Los'referidos
convenido en los con[ratos
Uá¡o aOministración de la EBRE

20
F..

I
t-

y ac rninistradas directamente por

ttt..se o!a"r"n como áreas reservadas ppra el Esfado
'
5lgultr¡lrtiü Dqrarsr rqvs'rss saladas: -r
tr,ttKtr'
la EBRE, los sisuientes salares v rasunli vsrse--' Yv:i!.c:pt""fTn^Y::?ifllfill:
-capi
na, Lagu na' . laña pa, t<acni, colorada,_collpa,
p"itoi cr"ndes, Lag uáni,
óhirru¡¿'
Castor, Corantq' Celeste'
Lurique,l Loromayu,toiui", e;r;n." f<üiiná,-it¡át"'Khumü,
Salare: en. saucarí, Sajama y Sajama
HedionQa, Kara, Gnulün"un¡, Hediondá Sud,
b;;;; j :"¡"á;Ñ ; áiecrror pre-co nstituid os,y d e re chos ad q ui rid o s.

I

estraiég¡cos pura:]j::arrollo de
lV. Se deitara al litio y al potasio comq elementos
industria,iiáciÓn y comerpializqciÓn
Bolivia, j síendo su exptoración, u*figtá.iOn
y
I

totarmente administrada y operada
derechos adquiridos.

p"iiá-ri-ne,

ruiuznJou,e derechos pre-coristituidos

'I
de sus recursos evaporlticos
j
V. La EpRE desarrollará los procesot de qufmica básica
p"r"-in pi¿Jucc¡on y cp¡norciarización de: croruro de
con una pa*icipación 1oo%
""t"trr
de liiio; cloruro de potasio, nitrato de
litio, sulfato de litio, hidróxido de titio ;;;;ü;;i;
se podrán realizar
potasio y sulfato de potasio. Procesos póiiér¡oi.t ¿e induntrializaciÓn
pnvadas nacionales o extránjeras'
mediante contratos de asociación con empresas

t á.i".1ánOo

la participación mayoritaria del

Estado'

,

I

y comercializaciÓn tradicional
Vl. Se Jé.ono." el derecho a la explotación, producción
,áürL" o" Borivia'crue actuarmente rearizan tas
;:';":;ñfiiilruro de sodio) ."n ¡*cooperativas, previr'l veriflcación de autorización
rorgan¡zqciones u"onOtirus locáles y

Ñl;

ETJRE;

d¿;h;rdo

á oer"ct''oé pr"-conrtituidos recunocidos.

i

del
BoLIVIANA DEL oRo)r- pe crea la Empresa Boliviana
de la COMIBOL'
pttblica Ñ*i"*¡ f"t1"t9qi9*, dependiente
Oro - Ei3O, como Empresa
financiera, legal y técnica
de deregho pUOI¡co, cón autonomí" Ou éJ"lün aOm¡n'ístrativa,
explnraciÓn, explotaciÓn' beneficio
resoonsable de realizar actividades Oá pióióá..iOn,
ocbn""ht'ación,fundiciónycomercialización'deoro.

nnrícJuo

sG. (EMPRESA

DEPENDIENTES)'- l'
AnrÍCÜ¡-O s7. (DtREcToRto DE LAs EMPRE5A{i
las empresas dependientes
confórmación de los Comités oe bir"ctorics de
i

COMIBOL, se establece por Decreto

Supremo'

La
de

.'

..'--i-

atribuciones:
ll. El Directorio de las empresas dependientes tendrá las iguientes

)

i

)
1

)
)

i
)

)
)
)
)
i

institucional, plan operativo
a) Aprobar y controtar el, cumplimiento del plan estratégiqo_
árál: fi"n á" inversiones y presupuestci anual de la empr+sa' de los planes y del
b) lnformar al Oirectorio' üe Coti1ldót "ont" la eje';ución
piesupuesto de la emPresa'
ylo
c) Reqperir información técnica, econÓmica y administrativa a la gerencia
d ireccio¡es oPerativas.
seguridad industrial'
d) COntr;Olaf el cumplimiento de las normas legales, lakrc:'ales' de
;¿ iljl]iff",i.iJ'uotinistrativa, o" n'tuJiá ámÑénte y triburarias
salarial de la empresa en el marco de las disposiciones
ili;ñirl áptou"il"

;t

folítica

leoales ülqentes.

et cumplimiento de la reinve-rsión de sus utilidades'.
con el Estado'
"óñirorar
dl iontrpfár ef cumpi¡miento de las obligaciones de la enrpresa

iiiói.n|iy
I

21
FF

y manttales de la empresa'
h) Aprobar y/o modificar los estatutos, reglamentos
ini","n"t espéciales por sus unidades de auditorla
i) Disponer tu

,.""r¡ruiünü;;iü;i"t

interna.

ARTÍCULO 58. (DE LASoLosGERENTES).-Lasolosgerentesdelasempresas
de acuerdo at estatu,io y regtamento de cada
dependientes serán ilJg*J".-(os)
empresa.

económicos

ll.LacoMlBoLcomoEmpresaCorporativasefinanciaráconrecursos
provenientes de:

a)Delasoporsclonosrninerom.etalúr¡¡icasdela.ejecuciÓndesusproyectos. últlmos
estos
b Contratos de Asociación Mineia Éstatal y Riesgo Comparticlo'
vt

-u
ñffiñd*Uarse a contratos de asociación;
"c) créditos internos o externos, otras formas tltl
y

"

'-pldántáción de proyectos estatales'

d)

financiamicnto para la

Otras fuentes de ingresos'

lll: La coMlBoL

excedentes de las utilidades en
aportará al, TGN porcentajes de

áplicación a la normativa vigente

lV.LastransferenciasderecursoseconómicosporcoMlBoLa'u:empresas
convenios suscritos
o",t9ru"lOn outigatoria de acuerdo a
dependient",
".
entre amba. "r,"r!"n-Jr¡Já,

qu"

," in.írirán en ros respectivos

presupuestos.

"rpru!áiiotigacion",

V.Losactivosyelpatrimoniodelasempresas,^técnicayfinancieramenteinviables,
boMtBoL' quedindo bajo su administraciÓn
después de su ,¡Jl": #;ñ iránti"t¡oo' "
*n Regramento específico.
y responsab*idad, dÉ ácuerdo " pro.JJi,ii"nio "rt"ui"tiooempresás dependientes a la
iut áeuOas de tas
En ningún ..ro poür-a;; i;;tiuriOuu
deudas de sus empresas'
óóüie-óL, n¡ esia Joüiá subrogarse
La Empresa siderúrgica del

SIDERÚnclcR DEL MUTÚ.N)'público' con
ARTíCULO 60. (EMPRESA
t' empresa. "tü¿;;;" autárquicá de derechoadministrativa'
(ESM),
Mutrln
de gestiÓn
piopio, col
".i-té"ñ""
oersonalidad jurldica y patrlmonio tui"ün' ¿"r .a.Yt?lomfa ¿á úinerfa y Metarurgla,
Ministeriá
bajo
iinanciera, tegut
eiproraciÓn' explotación' benericio'
ou r"J,tl?"u.]lí¡¿áiL1 #;;;p;;;ion,
responsabt"

22
del
mlnerales qel yau¡r
e industrializaciÓn de minerales delYacimiento
fundicióh, refinaciÓn, comercialización
Mutún.
I
I

:' ? : -{il T::^:'^t',*:1ff "::i'Fl, jii' ffl
3*T,Hl,.?"i*:H#'i#;LT,o"o?J'*"ó;;i;;;";;AsociaciónMineraEstatarcon
r ¡ñn Al Caoftulo lll det Tltulo
con er captturo rr! der rrturo
:ffi3""ty,.$::?;l#,1T"1;1'ñ:;t;',ift,iiiár"" de acu"roc
ARTÍCULO 61. (NC) RMA c o M Ú N )'

-

s

Emp

r

-La

lV de laiPresente LeY.

CAPITULO

V

:

NIVEL DE ENTIDADES DE SERVICIO'
INVESTIGACIóI.¡ Y CONTRCIL

ARTICULO 62. (lNsTlrucloNES MINERAS
orean las siguientes instituciones:

D:

SERVICIO E INVESTIGACIÓN)'- se

t.

- Servicio GeolÓgico Minero (SERGEOMIN)
(CEIMM)
- Centro de lnvestigaciones Minero Metalúrgicas
.i

FINAN6II';'llENTO)'- l' El SERGEOMIN
ARTígüLO 63. (5ERGEOMIN, DlREcclóN Y
o;r. Minerfa y rvretarurgia, será
es ra dntidad pribrica desconcentr"ir'o"i tvrinister¡o
Autoridad
.dirigido:por una Directora Ejecutiva o-ó¡r."tot Ejecutivo como Máx¡ma oficinas
Podrá constituir
y Métutttttsia'
EiecutiVa, designado por el Ministro Ou-ft¡T".ti"
áépartai"nentalás Y regionales'

de las siquientes fuentes:
ll. Elfinanciamiento de sERGEOMIN provendrá
l--.

a) Tesoio Generalde la Nación'

i..
patente minera'
b) Porcentaje de las recaudaciones por

'

venta de informaciÓn
C) lngresos proplos por servicios remunerados,
y eva u ad is.
ü'.nii o5 Nldrmós sobre p ros pectos estud i ad os

y publicaciones'

I

internacional'
Q Apoyb de organismos de cooperaciÓn
)

ART¡CÜLO

64.

(ATR¡BUC'ONES

DE SERGEoMIN).-

l'

Son atribuciones del

SERGEOMIN, las siguientes:

)
)

)

)

i
)
)
I

nacionai' mapas temáticos:
publicar
J". :11*t?:l?:ica mineros' 'de riesgo geolÓgico;
geolégicos, hidrogeológico.s, metatogáiitói, át"O¡"ntitus,
y
otras disciplinas geolÓgicas
geotecnia, áridos, vulcanologir, g"oiJirñá,'rir.nufogia ile

a) Eladorar,

actualizar

y

ño referldas al sector minero.
I

ñól
¿,)
:lJ::HilT':3f ?'i#'¿i::::i:1ü;:i"""iuáoo'paraerEstado
fiscal'
en áreas mineras declaradas de reserva
c) Realizar prospección y exptoraciÓn
.
--a^^ r' nrnrranf^c rnineros oara prom(

cl)Elaborariunportafoliodeprospectosyproyectos¡ninerosparapromocionarel
p'otencial minero boliviano'

geológica' mineralógica'
clasificar, y- difundir infoimaciÓn
de lnformación geográfica e
páleontológica, de percepción rem.ota ttát"iitáU,.tistemas
ca s'
ó
tüe otras d s ci p i n as s eol s
irii"¡i'üáJü ñ;1
geoquímicos y medioambientales'
Prestar servicios geológicos'poíleofísicos' prodLtctivos mineros'
0
i"q'"iioo" -1 lo" actores
remunerador, q,"
"éán

e) Recopilar, generar,

*t''ñ

i

I

i

g)Prestarserviciosremunerados,delaboratoriorelac}onadosa:mineralogfa,
procesamiento de imágenes
p","llüf"gü;-p"tr"grafíi-medio.alnieni9,
mineragrafi",
geotecnia' hidrogeologla' análisis de
guotogi"'"mb¡ental'
satelitales, riesgos geológicos,
y competitividad'
aguas y otros' .on Jn"¡"ñ"ia

y
hidr:ogeolÓE¡ica del pals; investigar
"sistema de información
generar.v. o!itfl-]?.,]n'or'uciÓn
h) Recopilar,
'niOí¡*t subterráneás' mantener un
evaluar, recursos
temáticos en materia de
publicar y transferi, u"iiüo'oneroso to" niápus
hidrogeológica.
ag,uas subterráneas'

i)Realizarinvestigaciónaplicada,.recopilare.interpretitrinformaciÓngeológica
;;liü; base en aieas de interés minero'
ámblentalv

puurrJif,ilür r"üü;'.;t

j)Prestarservicios¡:emuneradosdemuestreoymediciones-at.nbientales.
mineros'
k)Prestarserviciosremuneradosde,.asist"t"ii-t.."ll::.engeologfaymedioambientea
mineras' asimismó' a sectores no
iá m¡ner¡a

"'tutd:;;;:ü;';;"*i'1iu"'

l)Recibir,sistematizaryevalua,-]-".d"lainformaciÓn.geológicayambiental,quelos
ta e¡ecucióri J" tontiutos Ad.ministrativos
-p"i
m¡neros g"n"rJ; por
ra autoridad
áctores productivos
.onirJ"'u'l¡rJ"ri-áié"
Mineros, para er seguimiento,
cámpetenie del sector

iarte de

minero'

iisterio de Minerla y Metalurgia'
técnica requerida por el Min
m) ProPorclonar informaciÓn

:'

"Á"tÓt"tót ó"óá'ttmentales y Gobiernos
n)Suscrlblrcontratosdeprestac.iÓndeserviclosremuneradosdeprospecclÓny
boui"'n"o'
por el MMM'
exploración t¡'ilil--t**
o'teniOos poir-in"sei'.utitizados
n¡"riliped.'Lor-i"ruttáOos
Aütónomos
mineras'
iii"'ü'ó"ttótion

i"

las actividades

:¡,ilffi: i?liLíllxl¿;:,:,T::':'fi:,1H,ff:[xT''":fi'::fl'l3li.,{'üXil'":i'*:J[;
24
relativos,f proyectos de investigación
difusión de sus resultados; así como y
initituc¡onal clel seo'tor minero'
ólofogiá para promover e[ desarrollo
y
i ¡¡ ^^L-^ r^^
de'frabajo c lrr(' crsiÓtt' Planos do:Trabajo
lnformar a la AJAM sobre los Planes
previstos en los
f)
prurupü-tto'nnánciero a los fines
Desarr.ollo, Planes de Trabajo V
fiñ,übi1b: y 121- s) cle la prosortto Lov',
l' El centro de
i

técnica

y

t

,:r^,aó

¡j

'Zrtrrr¡M nlRFcclÓN

Y

FlNANclAIvt¡ENTo)'-

púbriia g9"91'"ltrada der
?15:,".",'."üH¡n¡1, es ia
fiTlli.,rtá:L.3i,,l,?flTili"
Ejecutiva o Director
"lligi;
,ur.a- Jiiigiio por. una Diiectora
Ministerio de Miner[a y Mgi1l.ufgi",
'¿]$ij,-hü
rr¡rniit'ó de Minerra v Metarurgra'

ü'i;;;á;ú;;i

i

Elfinanáamiento provendrá de tas siguientes

fuentes:

¡

I

y comercializaciÓn'

de operaciÓn
a) Porcentaje del pago recaudl{o noJ las Licencias venta de información catastral y
b) lngresos propi[r-loi servicios ,"rr^"i"áos,
publicaciones.
c) ffi)rru;ijanismos de cooperaciÓn internacional'
I

por los activos del Ex - lnstituto de
ll. El patrimonio inicial del cEIMM está constituido
tnvesi¡gbc¡ones Minero Metalúrgicas'

son atribuciones del cEIMM:
ARTicuLo 66. (ATR¡BUCIONES DEL CEIMM).'
i
e
¡ difundir informaclón minero metalúrgica
a) Reqopilar, generarr clasificar )disciplinas metalúrgi':as'
investigacion cient¡tita y oe otras
tátárirgicos' recopilar e interpretar
investigáción aplicada t"bt;';ilát"t

b)

Reatizar

metarursia
'Él:$?'rtJn1,lxi:"r*,fflXli3iii" de asistencia técniza en minerra,
y.cóoperativas mineras'

";

d)
e)
fl
.

I

)
)

telnica especializada en laboreo
Elaborar e lmplomei¡tar program"t;;;ó;;ii""ion
mineraleti' gestlÓñ anrbiontal' soguridad
minero, procesamiento, comer"iufitlliJn'de
actividad miner? metalúrgica
lndustrial y otros l;mas inherenturl'lu
s! inserciÓn laboral'
Formar mano áá oo'" técnicá v "ip"ti"ri=1d.a nala e'ipecfficas de los trabajadores
laborales
promover el desarrollo o"
y ambientalmente
"otpái"n"i"t
áreas, orientado a una mirr;rfa social
mineros en diferentes
résponsable.
-:^- rzti^aa ,,-irrar,:id2dés v orqani2aciones

g)Firmarconveniosconinstitucionescientíficas'..,un:versidadesyorgu
nacionaleseinternacionalesparamejorar.niveiesdeformaciÓnacadémica,de
auiiotno relativos a. proyectos
. capacitaciOn ie"ni"" V J¡tusiOn O'e iüs 'é'ult"Uot;instit'lcionaly del sector minero'
minera para promo;t; J"üii"ffo

.

investigación

i

.le Registro y Control de la
'GErr^r:tE^^r,t - El
67. (sENAREcoM)'- F servicio Niacio¡a i
(Sfrlnnfg'OM)' és la entidad priblica'
Comerciatización de Minerales y M;;i;;
iuiin"ti" y Metalurgia' encargada del
y
descentializada, b'ajo tuición del Mil[i;¡;
min"r"t"s y rt>iales en ei comercio interior
registro y control ;;:1. ;;;"rcializaci|n*0"
I

)

l
'r

7

)
)
-)

1

v

privacta
procesos tnOusiriáfei, a la minertJ"utáiai,

lnricduo

opiraciónes de comercio exterior'

25'
i

sENAREcoM)''

l'

!?

Y
ARTIGULo 68. (DlREcc]oN . I]lANclAMlENrg' ^ PEL
será designada (o)
o el Director e¡"cuiiuo del sENARECOM'
Directora Ejecutiva
mediante Resolución SuPrema'

con

u. Er runcionamiento
recursos der

v operacioP'

j:ls5Y:H:?#;J.::tlJli"?333i;n:?,o"rte a su
ingi"ro' generados inherentes

resorf,#ffirui'ñr;á;:;;;;i;

propia actividad:

interno'
minerares v metares en er Mercado
2. $:fli'J::'ü'icdt:?x'"X1"J'i?'x'Y:le
O" minerales y metales'
J. Verificación Oe ta exóJrtá"iOn
pár conu"nios I nterinstitucionales
4. ;;i;t";
5. Pago de Formularios'
b. Donaciones.
de los
sobre el valor bruto de exportación
a Reglamento
se establece una. tas.a 11iaue
Ai¡mismo,
p"g;r'ioi-éxportaoo'""' tl,, acuerdo
minerales y metales, que deberán
EsPecffico.
ras siguientes:
Son atribuciones cret sENARECOM,
ARTÍCULO 69. (ATRTBUCToNES).y metales de Bolivia'
,a) Administrar er Registro !e golerciarizadores de mine'ales
de acuerdo a la
1.

,-

de quienes-r"l-u-nru"ntren.autorizados

pu'u

"o.tut"¡"titát

, qreselte r1Y';;ü;;i;*
n*'fffi..'8ls. y':ffiJyae ta
t) ';;f i.'
:#i':.ill " " o " o á "' n e ra e, )' m et a e
i,
nü
"H',"I"TF'
c)Verificaretpajo.d"l:q:I"''tin"'"t"ntootOióaciÓnconlosGobiernos
''
del

*llí:l;ilT

i

i

r

t

minera' así como

AutÓnomos DePartamentale-s',^

derecho por la explot:ciÓn
d) Registrar v J*ñroril et pagodel i"t iit|.ir"rul ou'ioi'contratos Administrativos
que cancerri*
monto
n .Estatal.
y
Ál."uJ.e o no'i ni'tració
""onóri"o
M neros d" ilñi";¿; "n
"¡
Auiónomos Departamentales
' e) proporcion"i"lógufurtuntu ".'L-'-'éoüi"'nos.
j:?,';'",|.:}il:'""'tx';'"J:':#'á1"'ff
i

iu,;,i;i¡"d:$it[*y:"x;u,ru

I

'::

minerales

0':?:lj:jilH" j Uf, :,Hl 'i'f :H " l" : "'
comerdalrz?"""a':ilJ;"¡". - -"

s) ;"'.t*:lf?"1i,lil??[1.o""tes
J"iilJ ;Ñ".',i¡;'

' i---^3^É^a a taq normas sobre
u*' * pt'i u
llÍ:lj:T ?" ñ

!_a^-:

"R'll3

"

...
sobre ra c;omisión de
ante er Ministerio Púbrico
ce su conr oetenci a.

presuntos
9;; "j"'"i.i1
externa'-e' interna de
h)Verificarru.-üió""o"ncia'voturr"n,r.vd."L:ll.*il|;¡.contenidometálicoy'
utilizada, durante la comerciuti=E"iOn Minera (RM)'
. cotizaciOn-oficiat
ne¿atia
par" ut.c#ili;"r püo o" t"
sus precios de'
minerares v-.ét"r",
expons"n

i)

Verificar

qt;.ü;:-"L":t:ili;o;res

; dnnfrlíTff.1#i?',#5,.tÍ1ll;u"
k)y1:gffi

"n]'iÍüiviiiute

minerra der oro'
de ros ribros de arza de ra

3;?:T$?:l'*5"Sfth?"-'s'-f :'*xlig:*"t*:m'::1":"''iffJr:1:

26
I

I

pago de
cotr la finaliilad de determinar el
afteSanf aS y pfOdUctOs incltlstrializaclos,
c6n
i

.

;fiá;'de

realizar el cruce de informaclÓn
¡egaltas y oirrs retenciones,
de la
relacion"¿J"'ulá cómercializ,piOn-ini"'na y extdrna
todas la,
"ntiááOes
bomercializaciÓn de minerales y metales'
mercado
¡¡ V;rifi.]iá'origen de los rin"üi"t y metates coinercializados en eli.
y difundir ¡jeriódicamente estadfsticas e
,.,.,l EEJI?;r y actuarizar ra base de datos
téi"iut' realizabas qn et
información, sobre comercializacio¡ de m¡neraleJ
int'"tno Y
i
mineros
n) Registrar információn sobre los aportes.y retencionbs de los operadores suscritos
a convenios
a lás enfldades estatales y do .üi.,,ia"o'"o"i"1, d".r*"uerdo
át át""to y dlsioslclones lágaloe apllcablos'
el control y
o) Estable"", J-iiiámJ tntolm¿iü ná.fonal operaclg en red, para oficinas de
. geguimiento de
com"r"¡át¡iac¡án de m¡ne'rales en las
Gobiernos
éE]rtÁRECoM, en el Ministeriá o* Minería y Nietalurgia, -en .los
Municipales y Caja
Arrtónomos
Autónomos Departamentales, "n fát Góbiernoi
Salud'
f''lacionalde
ll
nnrícúuo 20. (TRANSAccI9NES EN ltJlERcADo INTHRNo)'. !' Las. transacciones
se registrarán obligatoriamente en
iá r¡náries y metales en el mercado interno establéciCo por el SENARECOM' un
en
formulario
-"onsignándose. oficial único
mercado, Ias deducciones com erciales,
"ÉtJ.i"I'¡lit-nieii.o
los frecios de
iáfu ii".
acuerdo a
el cálcrilo de la RegalÍJ Minera (RMj, los aportes á la scguridad social de
y OéO ucc¡ones nbt¡túcional es p¿:e org aniÍ:m os g remiales'

externo. ;

ft;;¡o

,

I

la

;ffi;;r;
;;*.!;g*t"r

f

¡

il. Los comercializadores legalmente autorizados e inscrito:i, reportarán obligatoriamente
y venta d.e mineral ! r.ronGeñtrados de mineral, en un plazo
;i SÉNACE-óóü r"
"árp*
;; ,"yó-;;iS Jf"" ftáU¡iLs a partir del día de la óomp¡¿:y'u€ntá en el mercado interno'

lll. Lasi personas indÍviduales y colectivas, nacionales o extranjeras que realicen
a
l"tiüiJgá.';; ;;"Jfactura, joyáría o elabor:n productcs industrializados en base la
de
en agentes de retención
I

r¡n"r"fÁ" y metales en el mercádo interno, u" "onitituyen
establecidos en
Éágáff"lMlinera de sus proveedores nacionales o extranjer.qs legalmente
minera. El
er territoiio nacionar, isí como oer óágó'por er dereóhc; a rá explotaciónse realizará
!,",..il;lü ifRü y pago por et derechá a'la explotación minera retenidos
nasta etlOfa 1S del mes siguiente a la entidad autorizada.
I

I

I

)
)

)

)

i
)

de verificar la
ARTÍCULO 71. (RELIQUIDACIóN).- l. S¡ el SENARECpM a tiempo
por._declaraciones
il;;r¡Jtación'de minerates y metates encontrare diferencias (5) días hábiles
incorrectas, estas dáberan reliquídarse sin accesorios detrtro los cinco
;iñi;;iüLl" olt"r*inación de tas condiciones de expprtación. Los pagos fuera de
td;¡il'értán sujetos al pago de actualizacionés, intere)es y sanciones pecuniarias,
según r?glamento

del control
tt. fn c¿|so de observación por el comercializador u oper'adcr'a los resultados
Reglamento'
OáLSeflf'¡nECOM, estos seran previamente dirimidos de a:;uerdo a

)
I
J

27
TÍTULo'lu
DEREcHoSMINERoS,ÁREASEXCLUIDAS,EXTINCIoN
CAPÍTULO

¡

I' Los derechos mineros otorgan a los
ARTICULO 72. (DERECHOS MINEROS).explotar, concentrar' fundir' refinar'
titülares, la facultal--0" piotpectar, u*plotut,
minerales' medtante actividades mineras
industrializ", y ao*"rcialiiar íbs recursos
minera'
en toda o parte de la cadena productiva

;'üi$ñÉr.i""|1liiás

DERECHOS MINEROS)'' l' El reconocimiento u
ARTICULO,73. (ALCANCE DE LOS
rr"lo la" ¡Iodaliclaclcs cstablecidas en la presente
otorgamlento de aerá"ñbr nrineros
a q'uienes esiuvieren asociados con ellos, derechos
Ley no otorga artituiiiü-tlnüü;"! ni
las Areas Mineras'
ñi.ip¡Lt.tiót n¡ fosesorios sobre
Mineros' no pocirán dar las Areas Mineras
ll. Los titulares de Contratos Administrativos
en arrendamiento.
'.1
Y PRE coNSTlTUlDoS)'- l' El Estado
ARTICULO 74. (DERECHOS ADQUIRIDOS ros derechos adquiridos de ros titurares
prurinacionar de e;ivia reconoce v ,L.p"tá
y mixtas y de otras formas
.brlvados indlvlduales o conjuntos, dé f* Ltpte"as privadas prpvfa adecuación a loE
mineras-'
tutlonJ""tonti
bé t¡tutar¡Oad privada respecto Oe
Mineros o contratos
rrn¡neros o.e óiorqacion de. Derechos
contratos nom¡n¡siiátiuóJ
Estatal' según
ri¡i,ljr'o"";""il;r"i""iári"" Á"";; eá;o norninistración
Administrat¡uo,
Ley'
.oiiátponoa, de acuerdo a la presente

pre constituidos de

las

V rgsqetl -|11 1"::l:;^ILttos
ll. El Estado reconoce óualquie'u^Oá tu" modalidades vigentes debiendo adecuarse

Derechos
cooperativas m¡neras, en
'üin"toi Minerosle otorgación d.e
mismos at reg¡ml-; áe óóntiatos.Administrativos O" ExplotaciÓn en Areas Bajo
ros
Contiaios Administrat¡v;;' de acuerdo a la nreselte
Mineros
corrésponda'
Administrac¡On esiJtálsegc'n
.
empresas
los derechos mineros adquiridos de las registrarse
lll.' El Estado reconoce y respeta
debier;do adecuarse o
r"o"rio"Jt"-;iguntá"
estatales, en cualquiera de sus
en la presente Lev'
pt""istas
El titular de derechos mineros tiene
75. (DoMlNlo DEL TITULAR)'- lnvornlón, log:bloneg muoblQn, lnmuebleg
ARTÍCULO
g'qyfll"^n uouá',r"
domlnlo, llbre dlep-ol]ij6iif
lüti* Oel porlmetro del Aroa
.equtpos y maqulna'in"-fi'iáfádos dentro V
construldos,
ra produccrón mrnera'
y trabajos,-"ui
que son rásunáoo de sus inu"i"ion"r
"orno
Minera
uo u p o r: el E siad o'
cuya com erc¡ ar izaitnL- *-ntió
establecidas
lero' por cualesquiera cje las causales ei
en
farasrato
óonstruida no ffip'.undida

o

t":'

ñiffi;üj"Jál

l'

r

X;',TJñ:*itl:i: ijtfi":;:.1#il;,""
28
I

I

t

I

,l

i

:i
i
i

.l

se consolidará a favgr del
de
precedénte, que pertenezca al titular dr los derechos minetos'
'rtbnezca
un destino específica por
que dispongan
Estado,i sin perjuicio de norm"t
""p""iál"i
de interés Público.
razoned

i::'l

:

snRRtr

METALÚRGICOS)'- l' Los
EoEr-unq
ARTIGULO 76. (DERECHOS SOBRE RESIDUI'¡S MINE!:tO
relaves' escorias y Similares'
residuoS.minefo-metalúrgicos, como "ei'colts, clesmonteS,
fffr;ióilu-j"r'áiu" r'ñ1"r" "n ta qle g€ eñGU€¡'¡tran y ei titular tiene derecho a realizar
control y disposición se
sobre estas las actividades mineras. Su manejo, manténimiento,
iujetarán alcumplimiento de las normas ambientales"

la extinciÓn del
ll. Los lgr".no, Sobre los residuos minero metalúrgicos concluyen con
las causales eitablecidas en la prese{te Lev' '
ffi;ñi;;;p;r

. i

l' Los actores
I
ARTÍCULO 77. (DERECI{o A LAS UTILIDADES Y DE REMlslÓN)'utilidades 9 excedentes
productivos mineros gozan del derecho de percibir las
aplicables'
ü;;#i;;-.r i" ált¡"¡oáá rin"tu, sujetándose a las norm;as especiales
I

,

:

-exkan¡eros,
ll. El ierecho de remisión de utilidades o excedentes económicos al exterior de
normas tributarias

i"""*¡J,iüáraplicabl'es

""-"¡"""r""

se ejerce cumpliendo

o

.i

, ARTíCüL O' 78. (FINANC¡AMIENTO).-

l.

Los actores p:oductivos mineros que sean

Lev, podrán utilizar la
íiil;i;;o"iéiossoor" áreas mineras conforme ¿ ¡¿:'2resón!e u otros medios, sobre
, informabión cuantitativa o cualitativa, ánieniAa mediante óstt¡dio'b
sus
m¡nerates, ion fines de financianiento para el desarrollo de
ffi;lñ;;;;;tri
los medios
ley, incluyendo
ilili,r-;ü; i iiJru. por los medios autorizados por extranjeras.
o

áisp;;y&

"n

bolr"" de valores autorizadas nacionales

mineros no podrán otorgar como garantía de financiamiento en mercados
ll.
.deLos Jctores
que son de propiedad
Valo¡es nacionales o extranjero., Ée r""rrró. mineralógicos

del pueblo boliviano.

I

l' El
ARTíCULO 79. (DERECHO DE SEGURIDAD Y P-RC)TEcclÓN JURÍDIcA)''E;ü¡;l pl"r¡nác¡inai garantiza la seguridad jurfdica de los. emprendimientos e
¡";;rri"d'*'i*iu" de tos actores prbóuctivos minero-s y establece gug, entre otros
plena y
áerechos, gozan Oá á"re"fro cle exigir de las al¡toridacles ¡lúblicas competentes
pretendan
que
áf..t',"a Érótección frente a actos dé personas individual':s o colectivas
s.,rs Areas Mlneras, plantas 0
á"áiárÉi ó avasalten, invadan o piete¡dan lnvaclir
instalaclones,
),
l,

-r

I

'I

)

)

podrá
Ninquna persona natural, jurfdica, comunitaria, colecti'la u organización.social
ru!ó"nO"r medianté violenciá, amenazas, engaño, o cualquier otro medio, la
forma. alguna las
ilü''a;i¡; o c'ontinuidad de las actividades mineras ni perturbar en violación a dicha
o" tos actores productivos mineros. .Fn caso de
y en el Caso previsto eh el parágrafo I anterirlr se determinarán y aplicarán
prohibición
competentes
i"S i"rñAnránitiO"O"" y sanciones civiles y pénales de fe;y. Las autoridades

ll.

ñüii;
ffi;;;;i;"tr"i"i

ydeamparoremitirándeinmediatolosantecedentesnlicesariosalMinisterioPublico
pertine,ttes.
fara el iiiic¡o Oe las investigaciones y juzgamienl?
I

3

)

29l

!,
,l'
Er Mrnlsterio do Minorfa y
ARTrcuLo 80. lnnoruoctóH DE LA tr'¡vEnsróN).de porfticas púbilcrs para er sector minero
Metalurgla a travgs'di"ra imprementación
pro*ou.r ras rnversronos rr¿rQ'0naros y extranjeras
t",
""iáur"J"ra

"o,ioilán;J'ü;;

judiciar o
g1. (pARAt_rzRc¡óH DE TRABAJOS).- Ninguna autoridad no
ra suspensión de
inióiación-u ordenar
persona individuar o'""r""t¡"" puede irp"o¡r't"
de
o"'rá'iárcimiento de daño.: y perjuicios al titular

nnrfculo

actividades mi.neras, bajo sanción
penar que pr":criera corresponder, sarvo
derechos mineros,-ádéiña, de ra responráuitiouo de emergeni¡ia amniental' propase de
casos
que la autoridad
y vida del personal'
""tpli""t"-;OróUara
salud
labores o cuando a"if[ éxi¡un la
r. Er Ministerio d.e Minería.y Metarurgia en
enrícuuo 82.- (EXPLOTACTóN TLEGAL).legales visentes' de
el marco de sus competenc¡as estabÉ;q*-^tlf:-1:::t'"'cnes

encontraractividadd.eexplotaciÓn.ilegalCoflfIláC¡Uin1i1¿':::]l:"'procederáde
ffi;i;¿ " i" iiáult"t¡tá"iOñ, decomiso o destrucciÓn de la rnaqutnarta'
desarrolrla r1.s.normas para la neutralización'
ll. El Ministerjo de Minería y Metalurgia evitar ld actividad ''ninera ilegal'
para
decomiso o

o""truc"i;il;,í"óuinar¡á

- ^^-;^i,(ñ

.ra ilínifnq rnineros en áfe

lll.La.AJAM,advertidadelapresuntacomisióndeilícitosSrinerosenáreasdelibre
".,r:lr¡in st"r¡ o P u bl ico p ara s u investis aci Ón'

lil;ñ.tililil, ffiil;"ri-".ü

¡

ÁNrN)'' LOS titUIArCS
DE USO SOBRE RECURSOS DEL
ARTÍCULO 83. (DERECHOS
Areas Mineras, tienen el derecho de
perláito
de derechos mineñs, dentro ¿et
iánstiuc"¡on, maderas, reña, turba y similares
las normas
aprovecham¡ento áJ' ,áieriur."'¿e
actividacles mineras' en sujeciÓn a
u
existentes, con Oestino éictus¡vo
legales aPlicables.
l' Los
Y USO EN ÁREAS SUPERFICIALES)'84. (DERECHOS DE PASO
de las
ARTíCULO
por la superficie
tienen derecho a uso y paso
titulares Ae OereJtür-tinuro,
Lnc'uentra su área de contrato
J" ótru naturaleza, en las Qle se
propiedade,
de partes,, estando facultados para
"gr";";-o
propiloáoes vecinur, p*uio acuerdo
y/o por ¡"s
etéctrico, lfneas férreas
puentes, o,'t"',
construir sendas, caminos,
".,u91"1oj,:*nciido y costo' En todos los
su propia cuenta
-éito, necesarios, a
e instalar los servicios básicos our""-noi-l*pti"urb er cun,primiento de ras normas
casos er e¡ercicü-'áá
ambientales.

Oiri

t*

.

ll.Denoexistiracuerdoparael.usodesuperficiesquenoseandedominiopúblico,se
pievisto en et Reslamento de la
recurrirá
'U"Y

pro."iiiii;;J;;;"tori."lú,ilo*iñirtiuúuu

"r
O" Minerla

Y

Metalurgia'
dE

LOS I*UIArES
DERECHO DE SUPERFIGIE)'- ¡'
85. (CONSTITUCIÓN DE
propiedad agraria o
ART'CULO
superficie sobre la
derechos m¡neros pueden.constituir?;;;h;;"
ato y/o en lag propiedades
area' o"
et
"ont'
naturareza en ra que ,u "n.irán1ia
de otra
quedando así facultado para
pl?"u de colas'
previo pago de..co*.e"-1t-?;¿;'o-inJ"mn¡zaciÓn,
vecinas,
OJ trata;ie;io' 'di9ye.y
el
instatar ing.niJr]'br"^i"t
construir inmueÉte!,
para"s."'u'áttiu¡i"dás'mineras, en
y'óiio, equipam.ientos necesarios
infraest[uctur"
las ndrmas legales aplicables'

i"ái.. ó"
30
del derecho de superficie' e[ actor
ti.i p" ino existir acuerdo para la constitución
previsto en la presente ley'
productivo podrá

r""úi¡iá

procedimienio'6" É-u*propiaciÓn

paso Y
AMPLIAc¡óN¡.- l-os derechos de uso' de su
-"tniu la, necesidad o filaldad
ls;uero reouperará parcialmente
suoerfibie se reducen o amplf"n "r"¡Oo
,¡ut
eeiqbl€icrrnrento, En caso de reduccró"', uiñr.,ir",ur¡o

anrÍc[uo ge. (REDUcctóN o
U üupá*rcte afectada.

;"
t
i.
P',UBLIco Y
DE USp DE AGUAS"'DE DOMINIO utilfzar aguas
ARTÍGULO ST. (DERECHO
pRvAbo).- t. r-oi"iitri"i"r-0"-o"r"Jlr ril.u¡or tienei'i el derecho a mina o en
alunlPiil?" de interior
naturalgs que discurren en et área *in"i" v:"guas
ap{i;ables'
superficie, respetando las normas medio ambientales

'l
a recursos hídricos 9," lnformidad
tl. Entretanto se dicte el nuevo régimen legal relativo
":
Polftica del
óisposicién fianJ¡tor¡a octava de la constituciÓn
a,lo establecido
capituto V del Título ll de la Cuarta
"r-¡á
Estadol para la aáócua"¡ori a to oispulsü$t et
P;d;'tE coñsiitucion Polrtica del Fstaclo:
i '-'- -r--^
derech?t legales de uso de aguas' o 'de
an
a) Losi operadores mineros que gozan de derechos lqi naio jurlsclicción municipal, o
. señrcios de provisión de agua:
*-nár-concesibres,.u)
di;lrós dereclros de acuerdo
"l "n
oiió reg¡,ñun legal,
c) bajolcuatquier
"";,i;;;;;ieierciei-''lb b) siguiente:
el inciso
íno*ittiu"'v¡gente, t¡¡"p"t¡u¡"ió de lo previsto en
i
de A,guas - ex
o) r-os¡ titulares de Autorizaciones Transitorias Esle,giales (ATEs)
sin
á"tciitn'do sus'derechos' debiendo
concesiones mineras de aguas -norma.
Minero
"oni¡nráián
a contrato Administrativo
o"
#'b"""ü,'rrj"ill;;-ras
''I

"ot.r".ion la.ex concesión minera de aguas
que
previstos en la presente Ley cuando se demuestre
que a su vcz, se sujeta al régimen de
está destinada al servicio de una ATE,
se realizarásimuliáneamente en el mismo contrato'

ilicüün.Tr
'

;

"o".ración

.,-t^ -r-.^:^i^
el actor producl
de agUas cle clominio privaclo o com.unit¿:¡'io,
trámites de
,n álrétoo con er t¡tüai v " ic11" {e el.io, cumplir con los Minerta y
de la Ley de
autorlzaclón admlnlitraiiva establuc¡Ju- "h el Reglaménto
de las normas
faragrafo V sigúiente, además
Metalufg¡a, salvo por lo dispuesto

lll..Pafa el

UsO

iitj"rnr'"#;
)

)

)

)
')

"n-át
medio gmbientales aPlicables
i.'
ni la autorizaciÓn
lV. Eni ningrln caso corresponde el derecho de uso. de aguas de agua potable
perjudique la.provisión regular
adminis.trativa cuando se interrumpa o
el acuerdo
oara la población. si se afectaren ;"tJiá;¡"'" agrícola:s en explotación,
indispensable'
brev¡o üon tos afectados es requisito
:

qie agua de d.ominio público'.la
O" autorización para la variaciÓn de un curso
o perjudicada'
"["o
provisión de agua potable pára pobla.ionut no podrá queCar interrumpida

V. En

i

)

)


)

la correcta

U. fodh actividad minera integrada o aislada deberá ejecutar en sus trabajos
con
güri¡é.i" ;;*,i,; de los recuisos hfdricos superficiales 1 subterráneos cumpliendo
las norrhas ambientales vigentes.

31

l:
;
RnrícuLogg.(DEREGHoSPRE'CoNSTITUIDoSYADQUIRIDoSSoBRELA o
de los actores productivos mineros
SUPERFICIE).- l. Los derechos superficiates
con anterioridad a la vigencia de la presente
concesionar¡os reco*ioci;;;; aoquirioos pt"t"nte Ley en los cásos que correqponda'
anterioriOáU-á slaáecuác¡on á lt

Ley o con
u otra forma previsia por [ey' sobre terrenos
presea por servidumbr;;"ililü;t'd-"ompr"
dominio o naturaleza, cQnstituyen derechos
o. áreas supernciaÉ'i-J!'lrurqu¡er
se garantiza' pudiendo identificarse' a
constituidps v aoqiiiü;;lyá- óont¡nuioad

solicituddeparte¡nteresaoa,entosrespectivoscontratosadmi¡ristrativos.
títuro
ros que hubieren adquirido, bajo cuarquier
euedan incruidos en dichos derechos, J" üiuro, de Tierrai comunitarias de origen
regar,icon ant"r¡or¡oli;i';i;¿;i""ü u lJriiiórios lndígena:¡ orisinario campesinos
oáii"ñr""io,i
(TCOb) y
¡" .Jiüátiuu "gr"ria y autonómica aplicable'
(TloCs) de acuerooi*

,.

" ""*iti"

l. con excepciÓn de las actividades mineras
ARTíCULO 89. (ÁREAS EXCLUIDA$).a t" ,rrg"ncia de ra piesente rey, no se podrán rearizar
regarmente
uxptotáción o explotación' concentración'
mineras de prospecc¡On teiiest"'
actividades "*¡.t"nt"l'"ntJioi".
refi

nación Y,fundición:

o privadas'
cementerios y construccio'res públicas
a)lDentro de ciudades, poblaciones,

b)Enlaproximidaddecarreteras,canales,lagos,embalses,ouctos,víasférreas,líneas
hasta los 100 nrctros'

;L ttdtfiitün

Ot energfa y comun¡caciones'

hasta 1000 metros'
c) En la proximidad de aeropuertos'

d)Enlaprox|mldaddecuarteleseinstalacionesmilitares,hastalos300metros
cleclarados por ley' hasta los
y
monumentos históricos arqueolÓglcos
e).En zonas de
1000 metros.
y
ll.Las"*.lu,ion"sseñaladasene^l.parágrafoprecedentenoseaplicanaloscaminos,
que ionclucen'siryen a las minas
y tineás de transmision JJ eneigía,
lf neas férreas
q* ie eit¡enoan dentro de los mismos'
minera, sea o
centros de operación

I

lli"ftT 313''[i"'Bf

t$T]:

pobtacione.,
""H#;
"*!niJi,ü;
ei ecutarse o t*:
"t

lv. si

";

"ü;'il'
S:ü!lt'i:

|oadoaoumpllrlafung!Óneeontmlcnaoclnl.yol s
"d
áiáit"n o ó u d in a
d ;;" i

l'ü

"

üü;;;' ñ

esta

minero sobre un área determinada'
u otorgado un derecho referidos.eñ ár p"ragrafo r, las actividades

reconocido
ru'éáá"
compreqdier" rJJ
" eri el prespnte Artícu o'
mineras r. rui ttt"'Jn-á' ro'o¡tpu"sto

at
vb

I

"
privaOas' elmismo podrá
.uártdt.r,'i"nttiüó.¡ónes pU¡íúui-o bl e'
p osi
n d o t"u lee ál m ente

ü#;3;;u"

I
r)l
:

'.t

':

I

rs delcchos
' I
l' Lt:i:'^t^tlos
nnrfcilr-o e0. (cAusALEs DE EXTlNctÓH¡'por:
A;;d;dÑoül'Ettuoo se extinguen' sqgún corresponda

mrneros
mineros reconoc¡dos u
.

I

I

a) Venóimiento del Plazo'
bi ResgluciÓn de contrato'
cj nentincia total o Parcial'
d) Muei'te delTitular.

e) Nulidad.

0 CaOuicidad.

del actor productivo minero'
g) Acciones u omisiones contrarias a la naturalela

finaimente declarada' no afectará
tt. t-a rfnuncia, revocatoria o-resolución cont¡acJual,
sean los
der.chgs fro';lios del titular que no
los actiyos y bienes muebles ¡"t;;l;s o
y disposiciÓn de los mismos'
"
legai Oe Ústt ro
derebhbs mineros afectados, n¡ "u Járecho
extraídos por el titular
trataoo'
l,-oS residuos mineraiógicos
iátotnun a la administración del
";.;h"trdosl qú"
pérma'ecerán como parte de f"t ni*át Mineias
Estadoi

no. libe¡a

al titular del

mineros por cualquier causa
' lll. La ipera¡oa de derechos.
merlio ambiental conforme a la
cumplimiento de sus obligaciones de remediación

i"if'é"1i"a Licencia Ambienial y normas aplicables'

tV.cuandountitularbajounmismo.ContratoAdminis,trativoMinero.tengaderechos
lndeperidiontes la pérdida de dorechos
. sóbre dos o;d'Á*";-rvrin"r""'iln-pÁvá"tos
rá" cuaies se produzca el
afectará. dia'#;E-;"Á;;; o {ruá" rusp"ctl-áe
incumPlimiento.

i
JToRlzAclÓN)'
ARTíCULo91.(coNTRAToSDEAsocIAcloNNoES..|ATALSlNA|
c'ontraios oq l:ogiuciÓn Minera No
s¡ las actores productivos r¡n".r "uscribierenContratci Administrativo de Otorgación
el
Estatall sin contar con autorizu"itloáirulvtlvt,
reiuert. sin más trámite administrativo
Derechos Mrneros der titurar üñl'.,p.r;'üúuiuia
de
o

;

)

)


)

l
3

judicial'

mineros estar'án sujetos al control Periódico
ARTÍCULO 92. (CONTROL).- Los derechos.
ádm¡nistrativas y de las
ffi'ffi;ñ"iento de las obligac'tones legales, contractu¿les'autoridades competentes
. regulaciones-tecn¡c"", u.onoriiár-V áñ.Oi"ntales por ias
:i" préránt" u"y y
tau' leyes y normas especiales
conforme a lo estáblecido un
"n

.

aplicabies.

de. Areas ;'lineras en virtud a contratos
ARTíCULO 93. (RENUNCIA).- l. Los titulares
a
cualquier msmento' total o parcialmente
Adminigtrativos Mineros, podrán rÁun"i"t en
en
otor¡adas, salvo por lo previsto
sus der,echos mineros sobre tas áieas reconocidas'u
el nará{rafo lV siguiente'
;ción del área del
:.

I

-,:
ll.LarenunciaparcialnoimplicaextinciÓndelclerecho,sino'lareduc
contrato.

)

)



:

I

33
t:,It"-:^"Ltll1-:,,1,:iJAM para su tramitación de
lll. Toda renuncia de derechos mineros
acrfi;.á. éi ñágr"mántq de la Lev de MinerÍa v Metalursia'
tenga suscrito contratos con

Paraje Minero
lV. Cuando el titular del Área Minera o minéras según ro áutorizado por ra presente
terceros para.la ,""-iir".ion de actividaoás
*rp;;áiJá. ui, el mismo durante su vigencia'
Ley, no.podrá r"nun"Li-" tas áreás
salvo acuerdo de Partes'

CO¡'ITRATO)'- Los contratos mineros se resolverán
ARTíCULO 94. (RESOLUCIÓN DE
social' además' de las causales establecidas
oor incumpt¡m¡ento=it"¡;#¿J;";no*''"o ley' según correspolda'
presente
bn los mismos contratos y/o en la
pLAzo).- Erverrcimiento de prazo estipurado en un
ARTicuLo 9s. (vENcrMrENTo DE
Ñry13]3's derechos establecidos en los
satvo porii'-iánÑátion autolJao-J' para-suscripciÓn de contratos reconocidos
contrato,
mtsmos, sin per¡uicüiil;;;h;; ór"ráiuntá"
en la Presente.LeY.
contratos que otorguen derechos
96.,(NULIDAD).- l. 9o.n nulos los Artfculo 27 28 y 30 de la presente
ARTICULO
el
estaulecidu"
'
contravinlendo las disposiciones
"n
'
Ley..

"

de
Il.SontambiénhuloslosContratosqueseotorguenenáreas.lereservafiscaloáreas
o aluellos cuyas áreas se superpongan
para el Estado o sus
reservadas
"tpi"rár,
,"áñ"iá i"tai a ár.ea9 ya otorgadas'
an-teriormente
losición parcial sobre pertenencias
pre constituidas'
de respeti,.á'""'

ll;ülf"XlÉif,1,i,".ll':::flje i':?:'l;;oi'n"¿'un

contratosenloscasosprevistosenel.parágrafo'l

l"J,i",ll*Ti.il;:YlT,'TJ.,'":'3'i';J""ii'l:;i;'ñ;;ñi"ii"-il;inistrativo(LevN"
2341).
1

ARTicULogT.(MUERTEDETITULAR)..1.A_llmuertedeltitularunipersonalse
otorsados Por et Estado'

ffiC;;';;J;;;;;¡'.."'*

posterioridad a ra

de. una ATE con
de un titura.r, persona individuar
Er farecimiento
J"i coog" aL rt¡in"ría dispuesto

por la
lr.
d",
vioencia det etecto abrogatprio de-i'ó'-aá-*uvo ou zóóol e,*tinguu sus derechos' sin
O32
séntencia constitilc¡oñal-N" presente
er

ffi;"i;;

;il1,il['ii;';i:'P"-;Jt"

en

Artícuro'

,

Ley, er Area Minera
A.RTicULo98.(EFEcToSUBSECUENTEPE!AExTlNGlÓNDEDEREGHoS).-.En
min"iü es{aurec¡oo. "n'ü'r.i*nte
áát¡n¡ttii"ión del Estado
caso de ex¡nciofi;ilñ;;
mineros,
titular
'uto'nu'liu
sobre la que et
"i"tgl3 9?r"rno,
área de libre disponlbllloaq'
como

'rt¡íñui" '"i
ARTíctlLo99.(GoNTINUIDADDEoBLIGACIoNESCoNTRACTUALES).-l.Cuando
tiür" i'uió* suscritos contratos de
nru"

para et ou."rriríi'' a"':un
34
Ley de minería y metalurgia
Ley de minería y metalurgia
Ley de minería y metalurgia
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Ley de minería y metalurgia

  • 1. LEY DE MINERíaY merRLuRGlA TiTULo . I DISPOSICIONES GENERALE$ CAPITULO I ' LA LEY oBJETo, DoMlNlo v Rt-cÁtttcE DE ! I l las actividades o*rl"Jr-o 1. (oBJETo)'- La presente Lev tiene i:j-:bjutoi fg:l?l procedimientos' y prin-"ifro!, tin"umientoé' normas minero inetalúrgicas estableci"nAo mineios, desarrollo y ,la| otorgación, conservación v..utiñ"ion de derecirosresponsable' planificada oara ¿".mán"ra tontlnulüad de las.actividades minero niái"rjigi""" rotes y atribuclonos de las determlirar la nueva ""tJ;iu;institucionái' v susteátable; atribuciones y de tos actár'Js-'Hnuto"; ' disponer las los precoptos gstatales ántidadés minera' bonforme a orocedlrhlentos de la Jurlsdlccfon uim-ii¡"iiát¡uururr nacir¿nar de B orivr ' a. por rtica áái' esiaáá p óonrt¡tr.iJñ ' y y Effi#iü,iñTu . i' ..' I , ^Fñ-,^,r^ Dp.,p¡F'aRro (DoMlNlo Y DEREcHo PRoP¡ETARIo DEL puEBLo BoLlvlANo)'- l' E nnrícü1o,2. ¡, oi'gun o forma de presentaciÓn existentes en Los recúrsos minerales, cualquiera. ""á propiedad y dominio det É"tá0" Éirrinacional-ion oe . el.sueloiy sunsue6:Jái iurritbrio adminiétración-corresponde boliviano; su directo, indivisible e imprescriPli!le. O"Tpu"Olo mineras con suieción a lo a través- Ju'lu" untiA"o"""y";ñ;";;; Ñnrigát at Esta{o ft"uittoi"n la Presente LeY' podrá invocar siendg ql:I"t"ria del sueto, ll. NingJna persona natural o cotectiva, aún y subsuelo' en el suelo ta propiqdad soUre ¡os-ré"urro" *in"tiL;, ü;;;-;";rerltren todas las JsloNEb)'- l' ta presente Ley alcanza-a 3. (ALCANCES Y ARTíCULO erates que se encuentran en el que se reaticen con los f"ty":t mineras origen o el estado en el que y subsuelo ouit*rñór¡o boliviano, cualquiera ?la oupizá-rras' areniscas' arcillas y suelo liavertinoi jranitos, se presentun, in"tiry"náó fosfatos' 'óorátor, ' otras rocas; mrneraies industriales ;;;';L-s-o,1"ál,.salr¡'lb¡", 1'1t"t'j:l::lo' caliza; ulexita., garbonatos, magnesita' bentonita, baritina, azufre,. lyorÍu, amatista' cuazo' ágata' :piedras isemiprecibsás: .i¡rt"l O" tá." V-vaiie¿aOes' de ""ririio ' -¡éoran preciosas como diámante' qranates, topaclo, berilo, sodalita, ésmeralilai y otras; y tierras raras' i . ;;tiiJ.d; I ) ) ) ) ) I ) ) ) ) ) ) EXCLT l'1 t;ffiü, t y aguas termales - medicinales áridos ll. Los ,b.uiro. hidrocarburÍferos, geotérmicos, dál alcance de la presente Ley' tu"r" ;üt"é li#;ü en techos Ou r¡oi,-J.ián ARictlLo 4. (RÉGIMEN DE ÁRlDoS)- L P.: considera como áridos a la arena, cascajo,lripio,piedia'grava'gr"uillay,arenilla:omStnaterialesdetríticosquese ljs tecüJ, cauces y/qo mérgenes de los ríos' encuentr,an exctus-üni"ñtu "n .t .t. I i 4t ll
  • 2. quedan excluidos de la competencia ll. Los áridos descritos en el parágrafo precedente Minera. JL T¿ nütoridad Jurisdiccionat Administrativa ! de áridos y titulares de autorizaciones municipales de explotaciÓn Gobiernos Municipares de acuerdo con la Ley No materiares sim¡rareslotoié"áá, por- ros quedan prohibidos y tl?;'t=;'-ü'Jrnñ do 2006 y normas regtamentarias municipales, lll. Los actuales áe reat¡zar trabájos de explotaciÓn minera' se encontraren áridos concurrentemente rv. s¡ a consecuencia de ra actividad minera tos de¡echos mineros tramitará ante el Gobierno con minerar"" y ,Jü; ;T titri"r o.e -áütór¡iación o rióencia que corresponda, si decidiera su Municipar competJnü'iá oxPlotáclÓn Y comerclallzaclÓn' donde desarrolla sus que dentro del v. El agto¡ produc'tivo minero ot-á*prtlátion área minera tercero con licencia o áridos por un 'actlvldader,.nrr.ni'JJiJiltrJáá ñü;;;,il 99 mrÑ"ipár, respetará los derechos deltercero' oncontrare concurrentomonto de árldos eo vl, sl a oon¡ccuoncla do la .explotaclón toutá eitaos' deberá tramltar ante la AJAM la mlnorslEa o metates',-J tiiüruiaá i"t^t"¡;; mlnero cumpliendo para el efecto los suscrlpelón del respecflvo contrato-"arinittr"tivo En caso cbntrário,- se considerará Ley. reóuisitos establecidos en la pr""uniu ex¡itotqciOn ilegal de minerales' p-lducir áridos constituye explotación Vil. La explotación de rocas co.n lllrnarioad {9 n¡inicijares que incruyan ra exprotaoión de minefa. Los tituraiei-i"-Áutár¡rac¡one" tt"ti't¡tarán' su adécuaciÓn a contratos rocas, según lo previsto. anteriormáÁt", de adecuación exigidas a ros titulares mirrnar nb*át Administrativos Mineros, bajo r1, Especi al es (ArEs)' ii"ns¡totíut ;.; A"ffi;;¡áiát APÍTULO II PRINcIPIosYDEFINICIoNESDELALEYDEM¡NERinvruerRLURG|A Son principios de la presente Ley: ARTÍCULO 5. (PRlNClPloS)'a) CumplimientodelaFunciónEconómicaSocialyellnterésEconómicoSocial. pafs' uur"riJño oát iector de la economfa del para b) Generación oe ex"eul;i;; "r J"-oioig""ión de-derechos mineros t";" acceso c) lgualdad ae oportuiriJaáes'at en determinados mineros v áriiátátiento diferente todos los actores proJu"tiuor iurfdica diferenciada casos en consider""ii"l ""-naturalezáiáluüót minerarosicos que se encuentran ro" áif; Ñnuiu v d) tntransferib¡rioao oái en los vacimientos mineros' $;;üñáiurat, para la realizaciÓn toé derechos t¡"éiá'' otorgados e) lntransmisibilidad le g:t",Hfl:i,Tlli"tit;"ro garantra der respeto a ros derechos mineros otorsados f) de los productivos mineros en el ejercicio R"J"::*"::11[á"o.so"i"l de ros actores s) i;;,il;üóigáoot Por la Presente LeY' rdf 2
  • 3. I 'I i l i. l ! '1, .l ..ll .' h) .! i lSostenibilidad del desarrollo del sector minero' 'i ARTíCULO G. (DEFINICIONES).- En la presente Ley las expresiones: I TRANSITORIAS ESPEGIALE$ o "ATEs" (y su sing{At)'dáacuerdo con el Decreto Supremo No 726 de 6 de Diciembre 2010, se refigren ,,. 5l¿5-; óónce.¡on"s mineras-reguladas pol el CQcligo de Minería (Ley No 1777 if" 17 de marzo de 1997), y sué modificaciones y Reglamentos, vigentes con anterioridad a'la vigéncía áé'1" pr"rente ley, incluyendo los efectos derogatorios : ü;-¡i"h;óéAigo ""!,in to dispuésto por la Sentencia Constitucional!o 032 de 10 pnraJee , J; riiáuo de 2006. Las ATEg conetltuyen tambfén Arca¡ mlnore¡ o pioüJto on loa Artfculoé 13, 14 y 15 de la presente Ley. ñ'íniñi;"s,1¡ ló b) ÁJÁM.- Si reReie a la AUToRIDAD JURISDICCIoNAL ADMINISTRATIVA ' "MINERA, establecida de acuerdo con la presente ley. c) IIINERAL O MINERALES-- ,Comprende a los: minerales metálicos y no metálicos nero: M eta d)'"q$lfiIBi5]Hryebrporación d)'#$iidlÉ6]ffiebrporación M nero-lvletat ú rg i ca t n d ustri al de B olivi a. e) SERGEOMIN.- Servicio Geológico Minero. D qeRCRffVllN.- Servicio de Catastro Minero. ,,,g) qElMM.- Centro de lnvestigaciones Minerc Metalúrgicas. h) SENARECOM.- Servicio Nacional de Registro y G,g¡trol de la Comércialización de Minerales y Metales. i) M¡tM.- ü¡n¡stár¡o de Minería y Metalurgia. , 'a) hUfOnlZnClONES -: i r i I i : 'l :" CAPÍTULO III DISPOSICIONES FUNDAMENTALES ARTfcUlo 7. (c,A,RÁcTER EsTRATÉGtco DE Los REcURSOS MINERALES Y COIT,IPETENCIA).; .1. l-os recursos minerales son de carácter estratéglco, de utllldad prJbllca y pecesldad estatal, por su naturaleza no renovable, por el valor económico que adquieren con la actividad minera y la transformación indu"strial; deben generar recursos económico-s que dinamicen la economfa de las regiones productoras y el resto del país, cumpliend.o la función económica social y el interés económico social. I I i ll. La defiilición de políticas mineras, reconocimiento de derechos, creación de entidades mineras en toda o parte de la ) y empresas priblicas relacionadas a las actividades cadena productiva, son competencia exclusiva del nivel central del Estado. ) ) ',t'l ARTicuLo B. (FoMENTo y pRoMoctÓru pe LA rNpusrRtALtzActÓN).- t. se declara de prioridad nacional el fomento y la promocién de la industrialización de minerales ) ) ) ,! ! metales producidos en el territorio nacional. 1 ll. El Miniéterio de Minerfa y Metalurgia incentivará la lormulación de proyectos de industriálÍzág!-0.$#"guí.o..r recurios m¡neráles prcducidos pci'los tres actores pioductivos m n e ro s, o s e m p re n d m e nto s est at a e s. e¡rq g.il i i _qtq4fr ) : ! I l 3l i l
  • 4. '. .'.',,,.,. i 'ri,i,,¡.,. i1 ,1'" ,'.1.., :;. r.i:. : i.. , t. rj ,d, ; i, 'i li .l ..1 ' ';,i. tl.. |i,'ii :1,.1 i. : :" ,,. lii ,; ' Estado o lll.Loscréditosu9l'?t1",'I:"^lufinanciamiento'paraproyectos'estatalesde p'o;";i;';; untio"aéJ'nnán"i"t"s del según contratos' transformaciÓn indl'rsü;-poJrán o" ru-rü.oipción o" *nu"ni"" o ,a través extranjeras, inveisiones '*.iL;;;;¡": :lv. Los procesos de indust'illiiT'lli"lt 8",,:T'¡;E''ulioi'llñ'i-ntáo o me " lliiláÉ,Jpor la propia emii::a m ixtas' ;;ü;;it"' d" 9'n ' , ' ' I ;'' P t"tas oe ásotiac¡on fines de la LAs AcrlvlDADEs MINERAs)'-..P."19 ,'ffi::?y.1""irlLs!ü;*:i:li:n'h*"'1"ilJ"'#';"'üi";*:::]::'"t 'T;*iil¡¡n'Lltl*$¡-,?',::::i:""li,,1isl"6i:ñ:'*'"i'u:ifJ"l#i"'i'i: '"e*r'+"1¿t'üi:rrm*t'"'+$:::t!::;isru;.'1*liffü:":"':: -! *="""'-.- cantidao y carrqa¡ la ñcitir"nto' de la tilüñiio t¡nuto. yacimiento o mina, 'ptintas . --^tación y desarrotto de un tratamiento o Ou a bocattn"' " mineral, su tünspqrte ,,extraccron O"t : i"JñE?'lslsb ;": xs.""!,* ; r;i:¡il{fifi J-,:. J,"J::::": Pt l""tiñ"a*ñ co ' $";*i¡Xl3lil:"'';;;'" de 0 FUNDlcloN "t#flil;;)nta interna o Y METALES'- compra-vt Lñ'"*"t3;5áXtidli?i¿ MTNERALES , rrc. g) "9I::fi*'##'; i!,á'u'. ,, -rormación de minerares v méiates rinar' o" ; mlttfriEÁi."'i^lr::.":f:l;:l$i;ilru;i" bl"l:t;1'"1iff1,"';'"áiiu¡o"o "' , ,,:.', ,, én uienei de capital' i,::- -: , . v ui""", minera' ""*ü'o l. El Estado' iA DE DERECHOS).- ' rnpx',: u,sn¡¡qrg.;*5[f*ll*]#Ji:ltírri"ri! tT"iJ s . , rá"r,o" q. "4";" :;oLt través de la "" áá tJ" n"'iüii" iéc o ntr at o Ad m i ni strattt¡ "f[:ri:d r Llcenclas' ["Jf iT rtt' [#irn:ii*-qnu-"4"-**-p*t":,",*',*l¡::ffJí''"fi resPeto a las inversler tS3!i?#;f ff"ffi #$:x'frJx#J';"']5¿?t[i"Ti*uJ**l?i:: ii-i,i,ittwtt ;l$l¿,run";ffi ;oüiii'iu.i" 'mineras gn roqu tir Ler t 4 n"r m ente ro cas o rn am e
  • 5. ftr tieffas raras y piedras preciosas y semipreciosas, inourtrilrer, minerares. evaporíticos, similares. y ..^rrac rta qus oroanismos especializados investigará, conécerá 'El I de sus o.rgi acoqpaña¡rtes ll. Éstado a través comorcio.É#i# y ;ñ;'t;i¿n-áá 'in"'ai.es controláiá ta recuüJiactón, varor i :i''lffi1,Li | LES)'- l' El Estado incontiyará n.'r i ñ;;ñi' ;;i"'gi^ - comerciar' i ' ---r.Érr+Aó y i.J,'.",'t:,lii"l?',T,'"=S1"i;iiT[[:"#iül'Fitoivers¡ticaab¿"to' atuviaies, glaciales ftuvioglaciares' yacimientor r,n"ráíJ. detrlticoé 't . I -i-:^^{nc dahcrá c ll'Laejecucióndelacadenaproductivadedichosyacimientosdeberáconsiderary de de f"t -mediante extracciÓn'y recuperaciÓn de técnicas mejora p"irná*rt" y "i . r"--. tograr.la, "ii"i"nil'"í o"'" ti¡oJ] *"f ros minerares, "óri"acibn especiarmente ámbientalmente eficientes' de ramecanización de sus trabajos y mineros oeflfn p'?p:19:': apropiadas y u fu intioiti"tiOn O" t¿cnüai y tecnotogfas producción y procesamiento 'modernas. para generar reseryas 'lv. exolotación y recuperación la producciÓn de oro se l¡"oi¡"rran ias operacion:r-g,: y expansionlT'ffili;'0"--'tl*tentar labores qúe justifiquen inversiones cotas y'residuos'-mediante .v otros minerates evitando ia pérdida ír,-""'t; ;iésl sel ectivas' l' Area Minera MINEROS Y'PRI'RIDAD)'r3. (ÁREA M¡NERA' PARAJES ARTíCULO ;i'"t:l:;;"-. 'jJil;;;iun I ;;ü;;;;'p;iTgl5"::;:litñ**,f fl Ei*i,tt?i':fi mlnera' o"t:TiÍ:,:"::."-i;i";; :T,""ru1!üu""il':i"l; contrato con terceros' cadena'productlva por s[ mismo o ".é* ", m¡n"ro oürg"¿á É"i el Estado, derecho, 'as' relaves' tl.SonParajesMineros:losresiduos,bocaminas,desmontes,colas,escon| en forma á i"'presente Ley y similares, considerado"-'J#'#áiütiááJ oallacos Transitorias Especialgs' lqo independiente aeias Áutorizaciones ^vrvr 'i ' r pueblo boliviano' propiedad y clominio del '1"" Átáas Mineras y.los Parajes lll. Por 1.", tot recursos minerales' cie -yadminisirado" poiLi Estado ¿" ""u.rOl="J;;üL"V, ;; susceptibles de sucesión ;o' Minerosi son ,rir".J"iiorur, in"ru;rñ;;t I ' hereditaria ' ! ¡^ ^-ra¡,,aniÁn de ci€-'ó" previstos err la presente de reconocimiento o de adecuatlgl ^d^1'*techos denominadas N. Paraifines -Ñ" pertenencias de las ex concesiones rin"r"r- pá, acuerdo ai o's' "uáor¡"ut"t fecha 06 de ZZO Ley, á" Autorizalion"" ir"ñrit"ii"" e"p""áu; qu" se reconocen derechos pre ú';il; $;;lu" diciembre de 2010, tienen Arg.u, óoÁltituipos o derechos adquiridos' Mineros' gozan de ctorga.ciÓ-¡'" cie Derechos Administrativos Mineros de v. Los contratos ra respectiva so'citud' v tá=cüü;;J.ú.¡oo',lu prioridad o. i .l ¡ ' E. 9l ".ulroi'ri'*órá.to
  • 6. ,t Y coNSoLlDAcloNES)'nRfiCU¡O 14. (UNIDAD DE MEDIDA opl ÁRe¡ MINERAque tiene la forma de una es la cuadrfcula l. La unidao oe máJá*J¿i área minera su lfmite exterior en la el centro de la tierra, oirámide invertida, cuadrado de quinientos metros ""v" "ert¡ülnterioies !ffirffiJ'üi'ü'";órresponde. p.ranimétricamente a un . superficiales totát Oe u"int¡"¡n"o hectáreas. Sus vértices con una proyección universar y Transversal de rr "r,t"ñ"i0" determrnador-r"üi*te coordenadái i" tr¡uÁo¡at WGS-84)' Una cuadricula no (UTM), rgár¡iáf'ái Siit"*. éáóoeti* nor lado, .están Mercator ét tut."ptible de división material' su titular por pertenencias' se éncuentren en ll. cuando una o varias ATEs de un.mismo áreas irancas o libres' las mismas quedan en integridad en una;ft; cuadrfculas a los fines de su adecuación a contrato consolidadas a las respectivas cuadriculas' Administrativo Minero. ill.Cuando'untitularporpertenenciasquesq.en:u:ltrendentrodeunaovarias "*- ioricitJ aiecu"áon u contrato Administrativo Minero' oe otil"i¡t,lÉi, titurar da las cuadrfcuias automáticam.nt. favor der dichas pertenencial acuordo con la proeonto "án"oria"a." ué-áitó úHmo do " 'en sus planes de cuadrtcutas, srn pirl..,I"jl o.il""-óu¡g"Jü;;; dicha nueva área O" tüáüirui"" Oén"ialñ;tp;*¡ ¡sy.: Et ¡tutar ú n co rt espo nd a' ilü;j;' "ffi;"i1. ltiáüJ:i' v o ás a rrot o' ses " enencias Y Por cuadrfculas lV.:Cuandosehubierenadecuadoáreasporpert ylt tit't"' pbr pertenencias pieráe sus derechos de sgbrepuestas de Oit"r"ñt", titulares.' poituuair"uias ras consotidará previa notificación acuer.do con ra pr.il,it"'ráv,-Lrtitur"-,. y"ñ;"rr;;¿;-;;;iirratoria. Ertiturar de cuadrrcuras drspuesta por er oi,i"-ior Ióñip.t"nt. á" {raoajo inversión o trabajo v areiL,.'' deberá incorporar';i;ñ;-ñ;"u ááiárrouo, seg rln corresPonda' pertenencias anteriores, el área minera por por lo dispuesto en los parágrafos V. Salvo físicas originates a los fines u-Ju"oiicuras, *unti"i"l""r"";;;;;i";''iicas no consorid"o" de la Presente LeY' como s DEL Ánel MINERA)'- l' El Area-Minera a ntes no s cot ;tsta to rm ao p o, u n o' m as cu ad r¡ cura ü;;;ril t ";;;l;* i SIHü h?"ll;jr"áTiJffii?JJ al menog Por un lado' " " ..ll.LascuadriculasestánorientadasdeNorteaSuryregistradasenelcuadriculado minero nacional' ; lll.Gadacuadriculaseidentificaporlacoordenadaensuvérticesudoesteyseubicapor ,;i'.ñ;;¡;'1üü1!::;oq:fj*i*t'i::lil:::X',?.1;:ln*':3,11,1""''."i coordenadas gl,:ltf_::,Tii.3#i,|1?:r-H:'i' i;;;;;"¿ricura ounura unüá,," po' ras Úlltr ou cada uno de sus vértices' .lV.solpenzonasdefronterainternacionalyenlasfraniasdetraslapodelaszonas19, d* 'ü;;;t* drrrnl pueden existir r".iüi"t"¡én univeü'-iü,i"uurr"r tenüan ios 5oó metros por lado' 20 y l1o" o" zíit*ü;;;; t;" cuadrigutas 6 qr. t #¿; ffi;
  • 7. : ,r '' , 'u' I I ri 1., 'l I 1 .t i al mismo tiempp titular de de derechos ?9': :Yid':'1:,::ioo quedan automátic-amente v. crun[o un titular soce las p'i*á'aS Ley' oertenefic¡as superpuestas a tu" "uáiri"ulas, O" !úLtuac¡On a la presente foriil"-" tonsotidadas en tás'CüaOriculas, a socia! se La función 16. (FUNcróN EcoNoMrcA socrAL).. ¡nrfcJuo ui u"t¡uidades mineras que generan- recursos -ecpnÓmlcos cumple pon el técnica, económica v para eri Estado-6óñáno, pr"""riJüiál"iá-.o.tánintiral v Ue r9¡n11á"rllO"iu"ftos taborálesde la financie¡a, ta generación de urnpr"o'aTg[o, "i en. beneficio noiñi"i medio amüeniat""; seguridad social, cur.npliendo su titular: cuyo incumplim.iento régimen sociedad, del interéó colectivo apticables a cada matena' sancionatorio se iü" por las normas "rp"Ltn""t , dd;ffi;;u : T-:1lT* f r", y ¡; y . ,l I ARTtq'qLo17.(|NTEREsrcoruÓMlcoYSoC:AL)-Elinteréseconómicosocialse : de excedelltt ,) J" :g.neraqlónel pago de las otligacion." ::: ^",9::Óg::: para cumple ion: ddqptar iorresponda, (lmpuesto,, r"jat-tJ","pátént" : las previsiones que se deben el Estado' según "on el derecho a la -"*no,ttil"t Por *i^;;; ' los casos de ras actividades mirieras, sarvo ástaurecido enlla presente Lgy b) ETtJ::x"i:llsErhlgl,1" . Tayor o t'áJo'tottuño |ago fueza v PuEBLos INDíGENA' 18: (pARr¡ctpActóN DE LAs AuToNogfns constitución*'Folftica del uituue"é,-ia Lev' en .oR¡ctNARtO CÁMpESlNos).- ¡. ;;ntáitá Estado l'as Autonomfas lndlgenu o'iJñtiü,9i*n;¡i11:''*"o1?:¡di:^fgante el control ejercerán y el mario de sus competenci", Jompártidas "onCuiünt"" nnríciuo ;;"¡;tbiental I sobre las actividades mineras' indígena' origina'rio las nacion ss '7 pueblos de los ll. De acuerdo al régimen regalitario minero' p"ii"inlJiát."¡ tos,¡enáticios de la explotación -eltanrecioa campesi,no, tienón-cl-erecho á r" Estado y Potltica del en ta óónstituciÓn recursos minerales en sus territorios, la Presente LeY. Lai der.derecho minero, titutaridad ARTfcuLo 19. (AL.AN.E DE LA TTT,LARTDAD).- árpas mineras ni a los recursos lá no';lr;;;;-" .e.stablecida en ia presente Ley, alterecho otorgado por el Estado -contratos' para el que se encuentran en 1"" VJtit"t"s, "oto minerales de productivos mineros'a través de la süsiripciÓn d u ctiva m n era' a los actores táxli,ü:;:: d e a c ad en a p ro d a ¡"iñ J:;.["t ;ilffi ; o"i ntü" "' I i i ARTlcULo20.(lNVEsTlGAcloN,FoRMAclÓ.9|PAslTAclÓNEN^AGTIVIDADES nlineros promoverán programas M¡NERAS).- t. El Esta$o y to" ".ioiei-proOuctivosinnovación' desarrollo tecnológico' tineros' dirigidos;a la invesiigación de los ;;;;;;d formaciÓnoeoperao-oresylacapacitaciÓnentodoslosniveles. para los programas descritos ll. El nntitsterto de Mlnerfa y Metalurgiu, d",:t¡1.11átecu¡'sos de ExplotaciÓn en p<lr la susffipciÓr--t'de'contratos en el pqrágrafo anter¡or, provenientJs erci alizaci Ón' É;iáir r,' L¡ óJ.ii ái o e o p'eraci Ó n v c om Areas neio nomilbiñbñ' 7
  • 8. '. {, ,ilt. Et Ministerio de Minerfa;y Metalurgia implementll,llgg'uma,¡. !e ?t-':-t:ltit técnica medio :.en.las áreas de mineria, góologla, .fáUoi"iot¡o, tecnologlJ satelital'.metalurgia' con ¿¡ lá miñerfa nacional' pui" el foménto ambiente, geoffsica y otras especiatiJáJ"t, o organ¿ác¡ón"r instituciones privadas nacionares financiamiento pñénünte od " que se imprementaran a través p1!á1"ünu"ñ¡o. vá.uéiJot, ros mismos r extranjerar, "n I de normas esPecificas. ''r' ' de los yacimient :os ¡nineralógicos del territorio Asimismo, realizará la promociÓn lV. para captar inversiones de capital y :: naclonali,en foros 'naclonales e internacionalei i' tec-rl,oloO a dol lxterior, de Trabajo e lnversión O 21, (PLANES DE TRABAJO)'- l' Los Planesestatales o los Planes de ARTlcuL privados y; ,i. presentados por [#;ü;t protai""s-mineros se elaborarán y y o"r"rr'o]J-pi"sunt"¿o",'pái tas . cooierativas tnineras' TrabaJo, 'en geológicas' mineras' cuenta la- ubicación, caracterfsticas oresentarán tomando at actoi p.oductlvo mineto' según lo r hetalrlrglcas, delc.*rJo a lo que ""iütpá"dá Lelr. Éstarán acompañados de un ábÉente i.establecido.en d;qtrüú rrg -'ol.;; iniciales propuestas. ,' f t ñffi;;:i":i';ffiüñ; áe actividades o proyectos' de ' , ll,: Los planes podrán ser integrales o desagregados por actividades mismos podrán prog*riuá, .ñ fáses o etapas, los lmplernentadón ferlódlca y 'i tóáinó"rtuoactúalizarse'segúnsusavances' -:.,... ''.r.. ; i '. a significativas deberán ser comunicadas lil: Las modificaciones o actualizaciones financiera' . ;;;i¡; justificaciÓn técnica v ', ' la ilirti; .i;ü aJustes ¡V'Losplaneadotrabajoy.pre$Jp:estofinanclerodelasactlvldadesdeprospecclóny aJustarsé perlÓdlcamente' Los serin'éittina'cibnes Or" ntg¡án exploración a la AJAM' ;íñm*tlvos .: seián óómun¡caoos Y . ARTICULO 22. (GOBIERN.OS AUTÓNOMOS DEPARTAMENTALES estratégico v Ia creación por ros recuisos minórares de carácter : ser y Jx"ruÁiva del nivel MuNrcrpALES).puir¡"J, ñ.in"iu. "rtrultóil"s competen#;t"*" p"iitic! der Esiado, ros Gobiernos , de empresu, ,oer Estáiil;e ácueroo.. T" üá"stitución centrar constituir unidades o empresas V ¡¡'"rc¡p"tr"t' PHI*n AutÓnomo, y/o municipale"'- ni p"'ticipar en la cadena ,,:, ,m¡neras :.departáméntales, regionales o"plil#"ffi; productiva minera directa' 'ir. (pARTlctpAclóN y coNTRoL soclAL)-- se garantiza la y la rendiciÓn pública .,.:, ARTÍCULO 2i oer acceJo u r" intá*""ióá participación y.óoniiot sociar u t,"íe' '' de cuentas. GAPíTULO IV ': MINERA Ánens DE RESERvA FlscAL : sóbre determinadas ARríguLo24'(RE?Eu1,il:"ALMll'¡ERA)'-'l'ElÓrsanoEjecutivomediante decrarar-.i,.no'ñLu"rá *r.ulreffiárar Decreto supremo podrá I
  • 9. ^t ¡ 1 ¡ I Ir labores de ProsPección Y efectu* ¡blecer el : :*i fisóal y promover nuevas re s ;;;;; *'::j'J'i?: ;B?:i,i,lSi, ", áreas i finatidad de lf * ji zonas. del territorio'nacional, con la uempo Qere¡rrr¡¡¡auv:;ñ t",.":il* ;;' exploraciónr por. un tffi"d e ¡ "ti :: mineralógico del área declar¿ óoienc¡¿if ; ;; ffi broductiVas ' I a á , der órgano mediante Ley Exprésa a propuesta Jeiermi nuo"' io nui d"r l''i' reculsos minerales estrátégicos y pt*"¡.t"fár los '¿#'-[f Tl¡l? t:i::#""*1'F::3*;"ile;t objeto O" tdrritoriol nacional, con el racionalizada' ;üñif¡¿"'t una explotación ""li'* en I ' purJnte la vlgencla qe reserva fiscal' no podrá otorlJarsg derechos mineros pre ugenola de lt;rttr vsr 'owqr' "v rv-'lil. Durante lll. -^ ^,- ra nracanto Lráv respetando derechos presente r áy, liii,í¡";üü i;; ñá;id"J", "st"nr"cidas en ta constituidos Y adquiridos' t, rÑErE'fLrr lE ? F -Lt: -u* * u:.ui:^::Jtl* ::H,,'; la P R E F E R E N I L sb ' )licitar r:r¡rPrt;DqJ Lorslq¡ve Ail'""'fi;;;' y d;;;"á"' e"t"i1"' .1?lg:i^':i::::"::":T"Ji:.i.T3 ,,n'ln",o", un Gorporaclones Derechos Mineros, en ión ;üñ;'¡d Jet óonirdtoadminis1?liy: l{111:: 1"":l?::*ldo denúmero de cuadrículas er :i:?:li::':'?J"Tiif üili11:;i9t::i".x1'::'Íl"J:"::"::"H:''3: ';;;;;i;';;;-;;iá¡t""i'¡o en ra presente rev' en iil D EREC H o ARTIGU.LO ARrf c u: Lo 25. ((Utrt(trunt., ; i"::lü''ffi :L':T i'#ffi:i:"T:ffff''"1 momentos: cualesqüiera de los siguientes I 'atoria Keseíva a) Durante ia vigencia de la declat"t?ll de Reserya plazo de vigencia; bi Alvencimienio out , ;i Fiscal Minera; -¡5r-d¡ rvr¡¡rs'q' Ái cumpttmlento dei objeto establecido' I l I pasaran a solicitud poi la empresa estatal' ll. Las áreas que no hUbieran sido objeto de otros óiotgáda1r mediante contratos a ser áreas de libre disponibiliduO V po'oien-u"t actores Productivos ) ) ) I I ) ) ) ) ) ) ) ) l ) mineros' .i: : RESERVIPoS PARA 26. (ÁREAS MTNERAg, M¡NFIAI::^I^TT+ES -frt"oo reservar áreas mineras y mediante norma expresa poi'rá de Et_ ESTRDO).- Ein',Jd,eror exclusivos por parte minerarqs estratégicos para et e¡ercijo"ti"-oái!"no" o. pre-co nstitti I I' o ad q ui ri d os' oá És ,-Á Jp ÉffilJrá-r I "t"ór, "ür'o MINERALES EXPLoi'A.clóN (pRoH.tBtc¡óN enrícr-luo oe mirletlles radioactivos por actores RADleAcTlVoS).- Se prohfbe ta exptqálion minero,' tii'r"t de un derecho' cuando pifJuitiuo Et productivo, no "rt"t"tei. ""tor án' volúmenes. o iü"ot"t significativos' deberá éncontráre minerales radioactivo" para que se oe'rr¡inériá y ivtetalurEia y a la AJAM, ,informa¡1 Oer na¡ralól"i rvlin¡.iário adoptenilas medidas que correspondan' rnrícür-o ñffi ,27. DE DÉ 1 nnrícü¡-o zs. pR9NTERA).- Las Personas (PRoHlB¡cloN¡Es EN Ánen DE con [a AJAM Contratos extranjeras, individlalmente o.n ro"ietlo.,'n1óod1án.-suscribir sobre áreas mineras párecrros rvrineros aL Administrativos Mineros de otorgaáián ,situadas: dentro de los cincuenta rilámétroi a partir d€, l? línea fronteriza internacional áeclarala por Ley expresa' aprobada excepto en caso o" n".".iA'"Jánt"[J del Estado, ñór rá Asamblea Legistativa I Plurinacional' :
  • 10. OAPíTULO V personas' ser sujetos de derechos m¡neros las ARTíCULO 29. (SUJETOS).- Podrán o extranjeras' con sociales' nac¡onales colectivá!,'ár-tát"i"r, p-¡u"Ju" y jurfdi-ba propia, que les habilite para ser . indlvlduates, y capac¡dad jurfdica v,;; su g1:o n"rt*ária"o cúyo fin cumplirán con las normas .titulares de dereihos y obligacionu.,ap*cabtes' Para r" pr"uunt"" rey y oir3s no*ás juridicas proced¡m¡entos 9n de actores productivos Oe fás modalidadeé "rüüíá"¡áoi ello deberán organ¡zarse bajo cuafqu¡ára política del Estado y la presente tey' quedando mineros reconocidas por la.const¡tucioñ e correspondan' ;üi;!-'" t"; ;;¿;i;5 v o[r¡g "tiones qu ,i..:.1._.Nopuedenadquirirniobtenerderechosmineros, ;' ;mras ej rzan' ;; ñ|1iln ás' uáio i ánc¡o n , ffi:?aulh?'i} J'ñ? iiL:l;.?,f i* ; L ¡ t;'ñiü;J, *1 .lt ,::1:---' "n é toob'"1 terrliorio nacional: - a) ,EI Presidente Senadorgs y Diputados' y Vicepresidente del Estado Plurinacional' cáneiates' Gobernadores de . fiiinistro, ,de Eétado, viceminlstlo's,--oiL"totát , Departamentales, . , públicos y servidores y nr"l'úr"ittas Deoartamentos, c-oüái,l.oor", de Medio Ambiente v v áer n¡¡n¡sterio consurtores dd Mí;isüü-Jáiin"r¡";'il;i;ü;t'" estáJo que tensan relaclón con y:#d;;;i;;! ;;iy-fiscafei del Órgano Judicial' de tas entüades, empresas Aguas; Magistrádos, Jueces actividádes *n"iár, Ministros, coñseio Já la r¡agistratura v del const¡tuiñh;i" i;;Y;"r .ngioamoióntal' y Regionales de la Tribunal pribtico, Auioridad". ]1?'#ili!'","'ü"pái"tént"i"t de la Ministerio á" ta bontratoiiá C"nbtut dét EstaOo' Minerá, servidora, V ,.rJiJo;;; l"tu= on"iáii" de las Fuerzas Armadas Jurisdicción v procuradu¡" su,l;l"ñ;1'É-ri;áó, G";;;É, de ra contraloría serv¡ciá";;tú;;'servidóres. lérviooras po'cía ruáciénat, en v de ra de ros gobiernos autónomos' -Deoartamentar, y ,"ríoli"r-'puuri.o. servidoras. ¡n.iuy.noo alcaldes y concejales' mineros' b)Losadministradores,trabajldoiu:,empleados,arrendatarios,contratistas,sociosde -r"i de derechos de estos táinigo, óniurtot"t'oe ros titularei áreas mineras tas cooper.,,u""iñ-inéiár, a" Kirómetlo"s"';"i' ;;;ir;iro dentro de un area de dos riltimos. ' i L :1.!:ln,?f,11#;?rl#::!?ilTlT#''1'1'::i:5H¿"H'id:;"lJ':l:"'13i'i'J: ánteriores' , -L^ Á ll'Entodosloscasos,laprohibiciónsubsistedurantedosañossiguientesalacesación á. tu condiciÓn o funciones' I aplican: I de este Artículo no se. estabrecidas en el parágrafo ,,,. Lás irorriniciones las personas .pol tituidos, obtenidos o adquiridosaf ejercicio de ras : *,*,0f1. ff'?iT:|.tff:.1 ::"::'l¿"lirJ,iü""H resPedivas funclones' 10 I *t"¡J'iá"u
  • 11. ,l ;l parásrafo I de este Artículo o'" u"?!,3i?3:t; b) A loslder":,1?:y9f::l"j':,:,:,,?: ul matrimünio, o de sus u:""!, t ábi .Onyuge de¡ inháb¡litado adquirido añies clél íqera de los plazqs de su descendientes :hasta el segundo gtuáó; adquiridos inhabilitáción. parte de v. r-as: personas señáladas en. el preser:te=1tt^Yl"' cuando I9tT,:! antes del y empresas societarias'OE cualquier natqraleza constituidas cooperativas eprcier;do los derechos previstos en ejerciciojde sus funciones públicas, pu"Ou.r""glir funcionep de ra normátiva vigente; ? co.dic¡on que-ñ:oáiürp"ileri''$fmurtáneamente y.empresas' La condiciÓn subsiste administración y dirócción en dichas'tt.iéááO*i siguientes a la cesación defunciones: Oüiáni"i.¡ áot t: "not I nnrfctjr-o 31: (AcroREs PRoDUcrlvos DE !'{t il;á;f;tii¿. del seitor minero botiviano: la industria mir.era mineras. MINERiA).- Son actores estatal, la industria mlnera privada y las cooperativas está 32. (rNDusrRrA MTNERA ESTATAL).- Lá{ industria minera estatal Empresa siderúrgica constituida por la coMlBoL sus Empresas Mine¡'as clependientes, en todo o en parte I enríctjuo I ¡ I , ) del MutUn (ESM) y otras empresas de ta cadena Productiva minera. pot-"*t"u, para qúe incursionen minera privada ARTICULO 33. (INDUSTRIA MINERA PRIVADA).',1, La industria y/o extranjeras nacionales incluida;la minerfa chica está conformáda por las empre.sas de las formas empresarlgles o societarias autorizadas estableqidas bajo cualesquiera y las sociedades de por el Código de Gomercio incluyenOo ios negocios. lrlipersonales ;;*rá;¡xá,cúvo o¡ieio pr¡nóipal sea la realización de, actlvidades del sector. I ) ) ) l ) ) ) ) ) 1 ) ] ) ) mir,eros titulares de áreas mineras r¡. t-a minerfa chica está constituida por g.pef.dolgs en y que trabajan en pequeña escala usando métodos mall!'ales semimecanizados' ¡nAiu¡Jua, támit¡ar o en condominio o societaria. i, iñ; ARTÍCULO 34. (COOPERATIVAS MU{ERAS).- " , fu: cooperativas mineras son,I de irrteÉs sociallil-!19s de lucro' instituciones sóciales y económica. autoübJünarías *"rt¡irtú; tmarco nor¡iativo es ta Ley Ge¡ieral de cooperativas v sus bffi;;:;;.i" estatutoS. estatales' anffCdUo 35. (EMPRESAS MIXTAS).- Los actores productivos mineros (empresas mixtas), con ;;¡;a;=ñst¡tuir'y ótni*r",.sociedadLs de economía rnixta aplicables para que sean actores productivos mineros privados de acuerdo a las noimas cada caso, 11
  • 12. TíTULO II MINERO E$TATAL ESTRUCTURA DEL SECTOR cePírulo I INSTITUCIONES Y EMPRESAS lNsTlrucloNAL ARTICULO 36. (ESTRUCTURA estructura: úens la siguienfe Y EMPt IESARIAL)" El soctor minero ;;üg General: Ministerio de de Políticas, :Fiscalización y supervisiÓn a) Nivel de Definición niinerfa Y Metalurgia' : tas Actividades ; Mineras Y Registro Minero: de Administración Syqerigr de b) Nivel y el Servicio de Catastro Minero Jurlsdiccional Administrat¡vaii¡neiu tnJAft¡l Áutoridad SERCATMIN, Autárquicas: c) Nivel de Empresas Estatales loresas o.e-qe:')r1=iJ:;;' - COMIBOL y empresas dePendientes' - É;;;;á slueni?g¡ca ler Mu!ú,"iFstl' - otrás Po[ crearse conforme a LeY' rnvestigación y contror. d) Nivelde Entidades de servicios, - SERGEOMIN Servicio Geológico Minero : S:$fr iX["ffit'3f;f ';*# @ffi$)' ü5'i1"8ffi'.,""i3'5,',Y#?o,.' CAPITULO d e M rnerates v M etates ¡I NVELDEDEFINIGIóNDEPoLíttcAs,FlScAL¡zActót.¡YSUPERVISIÓN GENERAL ARríc u Lo 32. (coMtErF,I-cn^:,'I:**h 5i ?H:,ii ¿i'ü:':li;- ff[i"3],4 lA. t#:'il?.,l:'13,S'f?':J5')""Já,':yrlssfl l¡ilm¡,gl;'i$'t*¡ü"-¿;ersector ilüi ÉHió # i,¡ Ñ E R{R v tr¡ EtR LU R G ll¿ Jj:;l,ixl T ü' *1ru::.m:'[;;/' ¿: (ArRrBucroNEs)..'_Flr11y':":?yff¿'f J"y!li:l'i? j?::RTS: ffi"ff#j&'s}lr":':::5:üi!i#it""i'euu;3'"',*:"r¿T:i'$t!!i ffiffirbffiJilí:,"T:?,1ffi11'J"''ñj|¡j'¡:ti¡ffi.=,"llJ:5** 'Éffi; p¡riinac¡onal, elaborará y-up^f::"t" cr -orr LeL¡v¡v'* ¿:""x11'"'l;lu'"i,i'3J .cuenta los actores productivos iniciativas l én Minero Metalrlrgico" tiñánoo mineros. 12 las
  • 13. :l ll..Asimiimo, contará con las siguientes alribuciones: i a)iEjercer tuición sobre la AJAM, Empresas 'im¡nero. y Entidades Públicas del sqctor . ' ----r^r^^r^n ai A¡eas bajo en Á' blisuscribir Gontratos Administrativos Mineros de Explotación ' Rdministración Estatal. de Contratos de Asociación Minera Estatal bajo su ¡rostqrier aprobación por la Asamblea ")ii;ffir"i-1"-,;cripción lcualquiera de sus modalidadei'putu i Legislativa Plurinacional. y ExploraciÓn' Oliótórgac¡On oe i¡cencias de ProspeccLór'r para las actividades e)iOtoroaclón.dó Llcenciat O" ópá?""iOn VtCo'iierclalización -'|átJutái o no integradas.a Ia cadena qtttlY:t'^":^ltinera' aá contrátos de Asociapión Minera no Estatal. ¿" i : iÑi;;;;"¡on 0 l" ' .! i, ' "ür-ripción cAPrrulotlt i su MINERAS Y fulrulsrRAclóN NIVEL DE ADMINISTRACTÓN SUPERIOR DE.LAS A't':rtr¡oaDEs REGISTRO MINERO , I ; iAUToRlDADJURlsDlccloNALADMlNIS.r-R4TIVAMINERA ! I I I 1 ) ) ) ) l ) ) La 3s. (AUT6RIDAD JURlsDlccloNAL ADIIINTSTRATIVA MINERA)'- bajo entidad autárquica Autoriddd Jurisdiccional Administrut¡ua-'lt¡in*" iÁ¡n¡¡)'como .tuición del Ministerio de Minerfa y Metalurgia,'gon personalidad jurtdica, patrimonio y fin€nciera' es la encargada de la propio, autonomfa ádt¡nirtr"t¡u", té.niCáéJnOm¡ca -cumplimiento de l:" Contratos dirección, administración superior V-lonttof del en todo el il;iltü"tiiór"ir¡¡n"ros de otorgacio'n Je óerechos Mineros que suscriba territorio del Estado l: l' .t nnrictj¡o ¡ i previsto en la presente ley, ll. La edtructura de la AJAM se organizará de acuerdo a lo al Servicio de oficinas Departamentales y7o neg¡onales, incorporando oodrá cbnstituir batastrcj M ¡ nero l($F BCATM I N ). o_Director Ejecutivo lll. La ulax¡ma Autpridad Ejecutiva, con rango de DirectoraEjecutiva Departamentales o in"iitu"¡onul y ffi;;l ;üu á"t""ra ta representación pi"uiJ"ntt Oétlos Directores fs'.aOo Plurinacional de Bolivia Regionales serán designados por el mediante ResoluciÓn SuPrema. ) I ) ARTíC¡LO 40. (ATRIBU6¡9NE5 ] ) ) ] ) Y FINANSIAMIENT9)'- l' La AJAM tendrá las siguientes atribuciones: .'l 1. Conocer Y Procesar: : Especiales (ATE's) a): Solicitudes de adecuación de las Autorizaciones.Transitorias Mineros' de Derechos a Contratos AOministrativos Mineros de OtorgaciÓn oe"cotr¡¡BOL en Areas y Parajes de la b) Soticituoes áe Registro de los Já*not '' 3 13 Minerfa Nacionalizada.
  • 14. SollcltudesdoadecuaciÓnaContratosAdministrativosMinerosdeAreasMineras en log ccsos provistos do o Parajes, una vez conclttido su respectivo catastro' para el catastro Minero' átuéiá'o a Regtamento especlfico oe clerechos mlneros cn ol área minera' d) solicitudes o..onroiáaJbn Á¡;inistrativos Mineros de otorsación de e) soticitudes para berechos Mineros. de Prospección Aérea' de 0 5Ji¡Iitüáái pára Autor¡zaciones del ioátno preferente para la suscripciÓn c) ";á;;-;;ot"; ;;;;ffi*ánto para e[ s) Solicitudes éánitátot A'dministrativos Mineros' . .^ --.^^^¡r^ rra r{oror en respecto de derechos de paso y uso h) solicitudes oe autorL'aJén-áJr¡n¡.trativa á.u"iJo a to establecido en la presente Ley' acuerdo a la áreas superficiale, d. d.r"chos de superficie de soticitudes o" u*prlii;ü;;;rp""ü ¡) asuas v para la reducclón o [Lt?'}f.|;u]"s para ra variación de cursos-cl.e áloér"tr'os de uso' paso v superficie' k) Denuncias de ProPase Correcciones en el Catastro Mlnero' i" il ñ;l¡;ñ lÍ 2.. Administrar el Registro Minero' previa establecida en la presente Ley' Convocar V ffevaiáJelante la consulta presentadas por los actores 3. 4. Acepta, r" ,"nu?.?J;;;;ái;i¿tal";;"A"';t-üin"ttt ' . productivos mineros r.ora¡lrnc f/tinÉ¡rós casos prevls;tos en el en los procesar v o*.ü* la nulidad de Derechos Mineros 5. v un el Artic:ulo 30 cuando faltare la i" Articuto zz v'Tá-'a"- fr"r9ntJl"v, eG previstos en er parásraro rV detArt. ... ñTa:if""l,:S::'r:S*l:lil#tJ'iXi"'liridad parre interesada ra nuridad totar o parcial de 9"":?"?fTit:i""J o a soncitud de "r"rpu"to de áreas mineras que hubieren -m¡neias de contratos no*]nirt"iuá, n¡in"r* legalmente reconocidas' a favor ,resultado sobrepuestas a ár9?: '"i' a tiempo de su ntÉ¡"tJiiJo ¡Oentificada terceros, cuando la superposiciÓn u,33'no?S3!lli,"*", u p,.""u,'-11-i: prevista en la presente contratos Ley y en [A*t':l en los ."rt, y en ta forma ^:::,:i:":"*,"X?"JH, ,. I administrativos mineros, los contratos. administrativos mineros' Conocer, otorgar o rechazar "1,q?tot poi ioj abrogatorios de la sentencia la exi¡nción oe preno ¿"r".r,o zooe, "t"rtor corresponda' 10: Declarar je 1O de mayo á. guan!? constitucion"¡'Ñ"-'óáz que se le atribuye en jur¡so¡ciánates de primera instancia ¡o, o#a-r-J"to. 11. Realiza, en la presente los casos v r" iüiñ" contrá de quienes realicen taxplotación "ti"níecjdos promover y/o interponer accioneJüg;É" 12. l¡i3,#ii:"r?suli nllto' ad m n stratrvo-s m n e ro s' :""1 re I o s 1 s. de minerales metállcos v no ": ti""átttió en las Reservas 14, Emitir nesortiJroi'JJ';;j";¡." satarur, uiuit.t". y. otros concedidasTransitoria Octava metálicos, a ta DisposiciÓn Fiscales d"tT#;ii;;i;-U-otiuüno,,"^ itica del Estado' "r*óurytñto ón P ot bitaéiát" iD d; i;til'iituci 9. ;; I "6;tti""s, 14; t Ley' i"i nrrt I
  • 15. I .i I anterio¡ se efectuarán co¡forme 1. Las ltr¡ouciones establecidas en el parágrafoLey de Minería v Metalursia'' án et Reslamelt" dr ta ill.,ilái,i'ilj.[i"ii;r".iJo al i i : Jurisdiccionales Administrativas Autorloaoes Jt n lll. Proponer la creación y/o supresión de Autoridades iil#5il;u,Liilñtu¡"soresiónares'-: i i I i Tesoro Generá1de la Nació¡ y-un porcentaje lV. La AIAM se financiará con recursos del y/o giternos' ingresos propio-s por de la patente m¡néia, donaciones, "t¿iil"'iÁiernos iublicaciones y otros ingresos servicios ,..run"lád;", láni" .f" lntoitu"iOl:catastral, aprobadps Por norma exPresa' .t ART[cuLo41.(ATRIBUCIoNESDESERcAT$rnl.-ElserviciocleCatastroMlnoro del SERCATMIN: i&FióÁiMlN), sbn atribuciones Minero' a) Elaborar y administrar el Catastro y Cuadriculado I i b). PuOl¡ca¡: la Gaceta Nacional Minera' i ..i minera' c¡ óontütar y fiscalizar el pago de la patente r atrlbuclones de Órgano auxiliar cje Ley' iát"itr1áAos y casos roquerldos por la preoonto d) Elercer las la AJAM en todos los l- asuntos t.i 'e)Reviqar,complementary/omodificarlaBasedeDatosGráficayAlfanuméricadelas minero' en los casos en que ATEs por pertenen.¡u., qul h'bi""en.concluid"-:1..:.:ti:l'cr por la AJAM' a datos técnicos, prev¡a resoluciÓn emitida se encuéntre diferencias en los solicitudide los titulares del derecho ': ) i cAPlrulo i ) l:v' NIVEL DE EMPRESAS ESTATALES I AUTÁROU ICAS Y NEPEN l DI EN.:f ES i' i nnricül9 calidad de empresa PÚblica públicoi ccn personería jurídica propia' estratégica corporativa, autárquic", J" oáücho jur'dica y económica bajo tuiciÓn patrimonio propio, autonomía- tecnical d'e dirigir.y administrar la "Ornini"ttátiva, del Ministerio de Minerfa y Metalurgia, es la responsable rrirreras estatates que no estén ] ) ) ) ) ) ) ) I ) l I 42. (coMIBoL).- l- La cotullBoL' en industriá minera estatal con excepc¡O-n Oe las empresaq derecho de nornbre del EitaOo y ¡tr¡eblo boliviano' el -expror"c¡6n, bajo su 'dependencia. Ejercerá, concentraciÓn' explotaciÓn, "n realizar i las actividades de prorp-""Jion, in¿T-tl{T.,:ln i':e mlnerales' metales' piedras fundición, ,"nnr"ioñ, comercial¡z"tiáñ " u*üt"ntes en las áreas mineras, bajo su administración' preciosás V ""rn¡piut¡á"át la transformación de la ll. Su ob¡etivo es lograr el desarrollo productivo diversificado, y lq generación de excedentes matriz productiva minera, ."t-Oururróito industrial I económicos. ¡ 15; I
  • 16. lll.QoMIBOLejercesumandatodemaneradirecta,atravésdesusempresas otras empresas a crearse, en toda la cadena dependientes, un¡oááes product¡u3: { a. suscribit' contratos con otros actores minera productiva,:j;-p!;itii¡ó oet, derecho 'Ji"iü.tiíJt-il¿";toé ácueroo con la presente Lev' : lV.Paraelcumplimientodesusfinesyobjetivos,coMlBoLfinanciaráSusoperacionesde obtenidos a través de financiamiento mineras con recursos propios o ,".u"ot nacionales o internacionales' conforme a 'instituciones o empresu, püntirus y p'iuaOas, oé¡ s¡stema Nacionar de Tesoreria v crédito ra normativa em¡t¡o'l'iÍr'it;';;;"'d;;; Ptiblica se aplican a: V. Los derechos mineros de la COMIBOL de acuerdo con el Decreto Supremo No a) AreaS de los grupgs mineros nacionalizados igs2' elevado al rango de Ley el 29 de octubre de s2zs de techa g1'#'oiüti. 1956. a cualquier título' tuY3 titularidad 'd" octúbre b) Areas de concesiones mineras.adquiridas'. oe tész v las que adquiera en el ái coMlBoL ejerce ;;'ü';¿ri"¡iáJ ár lcy'. futuro de acuerdo con la presente .Las colas, escorias, relaves, pallacos y residuos bocBmlnas, nlvgles, dosmontes, c) las concesiones mineras de loS grupos mlneros metalúrgícos; proveniente"-i" üéui*uni" adquiridas por CoMlBoL a cualquier nacionalizados y cpncesiones mineras título. en el Artfculo 2 del Decreto de uso exclusivo de .COMIBOL establecidas d) Areas 2012' é'i.rfrL;; Ñ;ráéé Jel 03 de octubre i" la-coMlBOL e) Areas bajo administración de de asosto de2o12' iáóü o"tácña o1 de acuerdo ccn el Decreto supremo No los campamentos, plantas metalúrgicas, son de propiedad de llcoMlBoL -tnhurtrtnt., y. tti.'t'"It-S"t'tt, ni"n"u muebles' inmuebles e Vl. Asimlsmo hldrometalurglas, tltulo' con excepclÓn de a ,oqr¡ri¿llü'ontuniao, óái'con¡lBoL "u"iqui"t lnstalaclone, *táriorioao a la presente Lev' i3:'ffii?#üo1"iü';ffintt"ton Mineras ARTlcULo43.(GoNTINUIDAD.DEDEREGHoS,coNTRAToSYADECUACIÓN)..1. y oerechos mineros sobre las Areas su administración coMlBou ."'ñinu"ia- q"i:i."noo La qu* purrá"iirn bajo parajes Minerosüü'r"i¡in"Íá ñac¡onatizada ótras Autorizaciones É'TJl;;ént"'t-uy-y-soure de acuerdo "on-;'lqr,j"rü-+zadecuación' il..i:'ffi;t Etó"türas sujetas a ll.Enelplazoquepara"lul-::l:,:stablezcalaAJAMenrelaciÓnalasÁreasdela de CoMlBoL' esta última pu'*un"-'"JJñ oáp aoministrac¡on que que tuvieran Minería l.tacionaiüátit ñismas junto con los contratos .on ¡.'ÁiÁivlTu-i?"r""h.;;i;; su inscripción en el registrqrá r-á Á¡Árt¡ oitr'átoia suscritgs .on uáo;"s'proouctiv"r-;';¿;;t'coMlBoL q;"á;n sujetas al régimen de ATE; Je Registno Minero-.--Las demás .l 16
  • 17. :t asimistno,acompañando los respectivos adecüación de la presente Ley, que se curnplirá pióár.tiroi nrincrqs privacJos, si los i¡ubicrc' ;;;üilüff;J* : .t np ' tt rarlrl lr:lóru ARTICULO 44. (SUSTITUCIÓN DE RÉGIMEN).¡ : l. La s'' Autor¡zaciones T¡ansitorias grupos nacionarizacros o no de de coM.rBoL nie'rl pertenencia, o .u"orürr6 vlót ros paraj-cs'de explotaciÓn por nivples' "n'ár""u por $ffi; nacionalizados, relaves,. pallacos' S.ucus y' escorias' boCamirias; asf como, las colas, désmontes, iavor de l;rs Cooperativas Mineras' se otor'gadas un ,oniiátó' dá arrendatiuniot"n E;<plotaciÓn en Areas bajo Contiáto Administratiuo- üin.ió adecuaran üi¡i"tut¡o de Minería y Metalurgia' conforme Administración Estatal; a Euscribirr" con-ut en el Reglamentg dl la presente Lev' ;l a Ot ffi;ffi;;tGübiecido I I del presente ArtÍculo, se consecuencia de lo dispuesto en_ el parágraÍo a favor de tás Cooperativas Mineras' extinguen ras onrigácüIu" ¿"luóórüreoL y ho:'iamientas de la COMIBOL lll.'tosi.bienes inmuebles, equipos' maquinaria -coop"lrativas mineras' les serán ótorgados, en contrato de arrenCam¡ento a las a establecerse mediante transfeiidos a tftulo oneroso o¿ ""r"Iio-"-p'u"udimierito Decreto,SuPremo. por c-ontratos de mineras tV. Lasi deudas de las cooperativas inmuebles,con "dOMIBOL. muebles' equipos' maquinariaS y arrendamiento. de Concesiones, Uienes J:otros anteriores a- la vigencia ;rir'i,ji"1i""i"iüi"" de venta o" "qrip-o", .ronograma de pagos con la coMlBOL' con at .de la presente ley, deberán sujetars.e á ,n en .carácter.previo a ra suscripción der c";il"." no'm¡n¡stratiüo Minero de Explotación Metalursia' ii]i!:Taf iiá',iittt"ción Éstatat con et Ministerio de MinerÍa v ¡1. comi *;¡t*,t I ) l Y RIESGO ARTicuLo 45. (GoNTRATOS DE ARRET{DAMIEI¡T-C MliiE3ds pñrvnDos EN ÁnEns ENrREicoMrBoL y AcroRES PR&ü&iVA; de airendamiento suscritos por DE LA: EM'RESA ESTATAL).- l.';; contratos privaOos,.Ceberán adecuarse a Contratos COMPARTIDO I I ''l l I -) ') ") ') l ) ARTÍGULO 46. (ESTRUCTURADEcoMIBoL)..coMlBoLtienelasiguiente ! estructuia: y fiscatización de las máxima instancia de dirección, control estratésica' óoiiti"ás áá-éélion corporativa v autoridad ejecutiva y ejerce la ll. La presidenta o presidente Ejecutivo es la máxinra iéÑésentación legal de CoMlBoL' t, El Directo¡,io es la I I " ..i :¡ -) '] ") COMIBOL con actores productivo. tñ*iot Estatal' a suscribir Administrativos Mineros de exptotacián;Jt9;s^bEo,AdnrinistraciÓn del Estado' r"'ptut"nt" l"l, y-ta Constituc ón Política con el MMM, "on'ruJu"¡OnL 'I por coMIBOL con actores productivos ll. Los contratos de Riesgo compartido suscritos de-Aaociación Minera Estatal' con mlnerosi prlvados, deberán adecuars-e-a-óántra$s de: E$'i'ado' trr-,iÍtica ' suJeclóri f" pr"ébriáGy y ta constitución 'I I I I 17 1
  • 18. se |lr. Las empresas dependientes Etpt"." Y una Gerencia General' de Dirección de encuentran dirig;cas por Lrn comité empresas lv. Los Gerentes Generales de las dependientes ejercen Ia representaciÓn legal de las mismas' er por su Directorio, estabrecerá ras atribuciones, su a la naturaleza de V. Er EstatUtO de coMrBot aprobado tlñiion 'número y la denominacion 9:-11:-,é;';il-";: "" y su desarrollo empresaria "üán¡i"d¡on l' El Directorio de coMlBoL estará (DIRECTOR¡O DE COM¡BOL)'ARTÍCULO 47. conformado por: prurinacional, ^r:r del Estado Presidente r{or trstacro Plt o Presidente' designago 'po'' el a) Una Presidenta cámara de Diputados' de la terna propu"'iu'poi tu b) Seis miembros, designadosporelÓrganoEjecutivomedianteResoluciónSuprema. ll.Segarantizalaparticipaciónorgánicadelostrabajadoresdelasempresasde Cort¡ reóu en su' Directorio' lll.LasCooperativasMinerasnoparticipanenelDirectoriodeCoMlBoL' pudiendo realizar lV.LosDirectoresdeCoMlBoL.desempeñaransusjuncionesenformaexclusivay Ñ"#"nü' i"-CóüieOU' no sérán remuneradó,,on'recursos de intereses' conflicto ñil.;-;;;¡;¿ que senere las siguientes Directorio de coMlBOL tiene 48. (ATRlBucloNES)'- El ARTÍCULO atribuciones: r a)AprobarymodificarelEstatutoorgánicodeCoMlBoL,sujetoahomologaciónporel ótgáno Ejeóutivo' y ras poríticas corporativas de estratégicos de desarroto b¡ Aprobar ros pranes ra coMrBOL' _ -_..^r ¡^ ra administra< arrmiñistración centrar y y el presupuesto anual de la c) Aprobar el plan operativo.-anual áL rás empresas dePendientes' ls o su lncorporaclÓn a las liuá"i¿n de nuevas empresas unidades operaüvas "i" :',"'.,fi:""i;:ot;J;¡il1ltJ'lii*=Tlffi;;;' inediante norma expresa' iiiiéñáü"tes e)Aprobarelfinanciamientoypresupuestocorrespondientealasnuevasunidades oPeratiYas' 18 :
  • 19. . de tas empresas dependientes Y fl,Conocer y aprobar los proyéitos d9 inversión li.i'oyüúái en tá gestion de su rinanciamiento' :.1 y urlidades productivaE técnlca y o) Disponer el cierre de las empresas dependientes ; ñhtnct.ramente lnvlablos. .: : :os en los h)AprobarlasuscripciÓndeminutas-decontFatc.sconlosotrosacto'resminet la presente Ley' " casos qu-e correspoñ0" o" acuerdo con operaciones de COMIBOL il Fiscalizar los actos ejecutivos del Presiclente Ejecutivo''llas :il s"ffi-¡f;;"nüt niu"ré., y las empresas dependientes' I " i J) lngtrqlr audltorfas a las empregas y unldados operiltlvae de acuerdo vlgentee. norrnás . i ' a unidá Ces pr:oductivas y emPresas ,iarrarci¡n ¡la rrrilidz k):Controlar la reinversión de utilidades de"'sus dependientes. I créditos bancarios o industriales' l) Autorizar la suscripciÓn.de colven]i os emPréstitos' áonác¡ones y otras operaciones financieras' son empresas ARTíguLo 49. (EMPRESAS DEPEND¡ENTES).- dependientes de COMIBPL, las siguientes: ,l: ' - EmPresa Minera Huanuni (EMH)' Emirresa Minera Colquiri (ELq)' :Emilresa Minera Coro Coro (EMCC) embresa Metahirgica Vinto (Ftt¡Vl' 'etbtuta Metalúrlica Karachip"T!" (EY5l-^ ,..,,, -em'pru'aBolivianádeRecurscisEvaporfticos(EBl.lE). Embr"tt Bollviana del Oro (El3O) - Otrás empresas a crearse de acuerdo a norma' - La COMIBOL mediante Decreto ARTICULO 50. (EMPRESA MINERA HUANUTI)-^I' eá"ado al ranso de Lev No 371s supremo No28901 defecha 31 de;;;;;iió,00, asl como la dirección del "Váá¡t¡"ñtát cerro Posoconi del Centro Minero del 31 de julio del 2007, asume ef Oominü totai naclonalizados y administración Oir"it" sobre o" f Huanuni. estratégica dependiente de Minera Huanuni (EMH), es una 9*ql"s.u gestiiÓn administrativa' financiera' coMlBol-, de derecho público, .on""utonomia de J"e.!a cadena p'oductiva minera e legal y técnica, responsable de.real2;;;ii"iJtdes Huanuni.. industrialización de ininerates del centro Minero i pasa:'¡ a la administración directa de lll. Las áreas mineras del centro Minero Fluanuni, á¡eas se hará de acuerdo a la la Empresa Minera Huanuni. su expansiÓn a nuevas presente LeY. .: ll, La Empresa 19
  • 20. s1.- (EMpRE5A MINERA coLQUlRl).- La Empresa Minera Colquiri (EMc) empresa conforme al Decieto Supremo No 1264 de 20 de junio ae 2012, es una gestión de derechó público, con autonomía de ta CoMIBOL, ;il[;ii;"t OépánOiente'delegal y técnica, responsable de ' realizar actividades de la administrativa, nnañciéra, minera e iñdustrialización de minerales y metales. nnfículo ;d;t froOuctiva La Empresa. Minera corocoro ARTíCULO 52. (EMPRESA MINERA COROCORO).No 1269 de fecha 24 dejunio de 2012, es una iEüój .r"á0" r"Oiánte Oecreto SupremoCOMIBOL, de derecho público, con autonomfa empresa proOuctival JóáÁOi""te ie la de realizar actividades de gestión aOm¡n¡sirát¡uáinnán"¡era, legal y técnica,.responsabte de minerares de cobre y otros, en er de ra caden" prooüfjümih;á e ¡nouitr¡áización Centro Minero de Corocoro.' vinto ARTfcuLo'oo. leruRRESA METALúRGtcA vtNTo).- La Empresa Jiletalúrgica N' 2e026 du'7 de rebrero rnectiante Decreto s.rprerrto Güütrñ;rtiOá áláüoi áet Estaoo de derecho público' de Zee7, es.una .ffiül ".trái¿gl.t depondionto cle.CoMlBoL, y técnica, res.ponsable de flnanciera, legal cgn autonomfa de gestión administrativa, rcfinaóión, cor*rciarización e industriatización de rearizar activldades"áá-iün¿¡ción, minerales. La Empresa ARTíCULO 54. (EUPRESA METALÚRGICA KARACHTP'A'MPA)'- 145' de 04 de mediante Decr:eto Supremo No ffiüürgj* Xaácnipampa (EMK), creada depe.ndiente de coMlBoL' de derecho enero de 2013, es una empresa estratégica. legal y técnica, prlblico, con autóno-rnia üe gestión ádministrativa, fin¿inciera, comercialización áe uen"¡cio, fundición, reiinación, responsabru o" ,"JüJár'I"tiJio".í,* " iriOústr¡atización de mineráles y metales' DE RECURSOS EVAPORíTICOS)'- l' se crea ARTÍCULO 55. (EMPRESA BOLIVIANA laEmpresaBolivianadeRecursosEvaporll.l::EBRE,comoEmpresaPública lá Cbfr¡teOL, de derecho público'..con autonomfa Nacionat Estratégica, dependiente de y técnica-.responsable de realizar actividades de:gestión aUm¡n¡siüttáii"á""¡era,,legal '"iürü!"i0", beneficio' o concentración' instalación' de prospección, ,á*rjrriá.ioh, y administracié'n de complejos de quimica lmplementación, puesta en marcha,_op"áLidn il;;;árñ;, iná usiriar¡zaciÓn v com erci alizaci ón' de Recursos Evapqríticos del salar de uyuni' ll. El patrimonio del complejo lndustrial a la Gerencia Nacional de Recursos a CIRESU, los. saldos presup-uestarios'ásignados recursos humanos, activos y pasivos.asignados Evaporiticos oe ra-córr¡igbu, los u ra eáne de acuerdo a di$posición legal. dtcha Gerensia .u?ailunÍái,oo" a contratos por el CIRESU con terceros se adecuaran Los contratos vigentes suscritos Bajo AdministraciÓn Estatal' a un- Át""r Administrativos Mineros de exprotátion- y Metaturgia, conforme ar procedimiento ob rr¡in"iiu suscribirse de pago "i"iurin¡rtário ta presenie Ley' Ca-ncelqrán el porcentaje en el establecido "on Reglamento Oe contratos estarán primigenioi a favor Oei fCU. Los'referidos convenido en los con[ratos Uá¡o aOministración de la EBRE 20
  • 21. F.. I t- y ac rninistradas directamente por ttt..se o!a"r"n como áreas reservadas ppra el Esfado ' 5lgultr¡lrtiü Dqrarsr rqvs'rss saladas: -r tr,ttKtr' la EBRE, los sisuientes salares v rasunli vsrse--' Yv:i!.c:pt""fTn^Y::?ifllfill: -capi na, Lagu na' . laña pa, t<acni, colorada,_collpa, p"itoi cr"ndes, Lag uáni, óhirru¡¿' Castor, Corantq' Celeste' Lurique,l Loromayu,toiui", e;r;n." f<üiiná,-it¡át"'Khumü, Salare: en. saucarí, Sajama y Sajama HedionQa, Kara, Gnulün"un¡, Hediondá Sud, b;;;; j :"¡"á;Ñ ; áiecrror pre-co nstituid os,y d e re chos ad q ui rid o s. I estraiég¡cos pura:]j::arrollo de lV. Se deitara al litio y al potasio comq elementos industria,iiáciÓn y comerpializqciÓn Bolivia, j síendo su exptoración, u*figtá.iOn y I totarmente administrada y operada derechos adquiridos. p"iiá-ri-ne, ruiuznJou,e derechos pre-coristituidos 'I de sus recursos evaporlticos j V. La EpRE desarrollará los procesot de qufmica básica p"r"-in pi¿Jucc¡on y cp¡norciarización de: croruro de con una pa*icipación 1oo% ""t"trr de liiio; cloruro de potasio, nitrato de litio, sulfato de litio, hidróxido de titio ;;;;ü;;i; se podrán realizar potasio y sulfato de potasio. Procesos póiiér¡oi.t ¿e induntrializaciÓn pnvadas nacionales o extránjeras' mediante contratos de asociación con empresas t á.i".1ánOo la participación mayoritaria del Estado' , I y comercializaciÓn tradicional Vl. Se Jé.ono." el derecho a la explotación, producción ,áürL" o" Borivia'crue actuarmente rearizan tas ;:';":;ñfiiilruro de sodio) ."n ¡*cooperativas, previr'l veriflcación de autorización rorgan¡zqciones u"onOtirus locáles y Ñl; ETJRE; d¿;h;rdo á oer"ct''oé pr"-conrtituidos recunocidos. i del BoLIVIANA DEL oRo)r- pe crea la Empresa Boliviana de la COMIBOL' pttblica Ñ*i"*¡ f"t1"t9qi9*, dependiente Oro - Ei3O, como Empresa financiera, legal y técnica de deregho pUOI¡co, cón autonomí" Ou éJ"lün aOm¡n'ístrativa, explnraciÓn, explotaciÓn' beneficio resoonsable de realizar actividades Oá pióióá..iOn, ocbn""ht'ación,fundiciónycomercialización'deoro. nnrícJuo sG. (EMPRESA DEPENDIENTES)'- l' AnrÍCÜ¡-O s7. (DtREcToRto DE LAs EMPRE5A{i las empresas dependientes confórmación de los Comités oe bir"ctorics de i COMIBOL, se establece por Decreto Supremo' La de .' ..'--i- atribuciones: ll. El Directorio de las empresas dependientes tendrá las iguientes ) i ) 1 ) ) i ) ) ) ) ) i institucional, plan operativo a) Aprobar y controtar el, cumplimiento del plan estratégiqo_ árál: fi"n á" inversiones y presupuestci anual de la empr+sa' de los planes y del b) lnformar al Oirectorio' üe Coti1ldót "ont" la eje';ución piesupuesto de la emPresa' ylo c) Reqperir información técnica, econÓmica y administrativa a la gerencia d ireccio¡es oPerativas. seguridad industrial' d) COntr;Olaf el cumplimiento de las normas legales, lakrc:'ales' de ;¿ iljl]iff",i.iJ'uotinistrativa, o" n'tuJiá ámÑénte y triburarias salarial de la empresa en el marco de las disposiciones ili;ñirl áptou"il" ;t folítica leoales ülqentes. et cumplimiento de la reinve-rsión de sus utilidades'. con el Estado' "óñirorar dl iontrpfár ef cumpi¡miento de las obligaciones de la enrpresa iiiói.n|iy I 21
  • 22. FF y manttales de la empresa' h) Aprobar y/o modificar los estatutos, reglamentos ini","n"t espéciales por sus unidades de auditorla i) Disponer tu ,.""r¡ruiünü;;iü;i"t interna. ARTÍCULO 58. (DE LASoLosGERENTES).-Lasolosgerentesdelasempresas de acuerdo at estatu,io y regtamento de cada dependientes serán ilJg*J".-(os) empresa. económicos ll.LacoMlBoLcomoEmpresaCorporativasefinanciaráconrecursos provenientes de: a)Delasoporsclonosrninerom.etalúr¡¡icasdela.ejecuciÓndesusproyectos. últlmos estos b Contratos de Asociación Mineia Éstatal y Riesgo Comparticlo' vt -u ñffiñd*Uarse a contratos de asociación; "c) créditos internos o externos, otras formas tltl y " '-pldántáción de proyectos estatales' d) financiamicnto para la Otras fuentes de ingresos' lll: La coMlBoL excedentes de las utilidades en aportará al, TGN porcentajes de áplicación a la normativa vigente lV.LastransferenciasderecursoseconómicosporcoMlBoLa'u:empresas convenios suscritos o",t9ru"lOn outigatoria de acuerdo a dependient", ". entre amba. "r,"r!"n-Jr¡Já, qu" ," in.írirán en ros respectivos presupuestos. "rpru!áiiotigacion", V.Losactivosyelpatrimoniodelasempresas,^técnicayfinancieramenteinviables, boMtBoL' quedindo bajo su administraciÓn después de su ,¡Jl": #;ñ iránti"t¡oo' " *n Regramento específico. y responsab*idad, dÉ ácuerdo " pro.JJi,ii"nio "rt"ui"tiooempresás dependientes a la iut áeuOas de tas En ningún ..ro poür-a;; i;;tiuriOuu deudas de sus empresas' óóüie-óL, n¡ esia Joüiá subrogarse La Empresa siderúrgica del SIDERÚnclcR DEL MUTÚ.N)'público' con ARTíCULO 60. (EMPRESA t' empresa. "tü¿;;;" autárquicá de derechoadministrativa' (ESM), Mutrln de gestiÓn piopio, col ".i-té"ñ"" oersonalidad jurldica y patrlmonio tui"ün' ¿"r .a.Yt?lomfa ¿á úinerfa y Metarurgla, Ministeriá bajo iinanciera, tegut eiproraciÓn' explotación' benericio' ou r"J,tl?"u.]lí¡¿áiL1 #;;;p;;;ion, responsabt" 22
  • 23. del mlnerales qel yau¡r e industrializaciÓn de minerales delYacimiento fundicióh, refinaciÓn, comercialización Mutún. I I :' ? : -{il T::^:'^t',*:1ff "::i'Fl, jii' ffl 3*T,Hl,.?"i*:H#'i#;LT,o"o?J'*"ó;;i;;;";;AsociaciónMineraEstatarcon r ¡ñn Al Caoftulo lll det Tltulo con er captturo rr! der rrturo :ffi3""ty,.$::?;l#,1T"1;1'ñ:;t;',ift,iiiár"" de acu"roc ARTÍCULO 61. (NC) RMA c o M Ú N )' - s Emp r -La lV de laiPresente LeY. CAPITULO V : NIVEL DE ENTIDADES DE SERVICIO' INVESTIGACIóI.¡ Y CONTRCIL ARTICULO 62. (lNsTlrucloNES MINERAS orean las siguientes instituciones: D: SERVICIO E INVESTIGACIÓN)'- se t. - Servicio GeolÓgico Minero (SERGEOMIN) (CEIMM) - Centro de lnvestigaciones Minero Metalúrgicas .i FINAN6II';'llENTO)'- l' El SERGEOMIN ARTígüLO 63. (5ERGEOMIN, DlREcclóN Y o;r. Minerfa y rvretarurgia, será es ra dntidad pribrica desconcentr"ir'o"i tvrinister¡o Autoridad .dirigido:por una Directora Ejecutiva o-ó¡r."tot Ejecutivo como Máx¡ma oficinas Podrá constituir y Métutttttsia' EiecutiVa, designado por el Ministro Ou-ft¡T".ti" áépartai"nentalás Y regionales' de las siquientes fuentes: ll. Elfinanciamiento de sERGEOMIN provendrá l--. a) Tesoio Generalde la Nación' i.. patente minera' b) Porcentaje de las recaudaciones por ' venta de informaciÓn C) lngresos proplos por servicios remunerados, y eva u ad is. ü'.nii o5 Nldrmós sobre p ros pectos estud i ad os y publicaciones' I internacional' Q Apoyb de organismos de cooperaciÓn ) ART¡CÜLO 64. (ATR¡BUC'ONES DE SERGEoMIN).- l' Son atribuciones del SERGEOMIN, las siguientes: ) ) ) ) i ) ) I nacionai' mapas temáticos: publicar J". :11*t?:l?:ica mineros' 'de riesgo geolÓgico; geolégicos, hidrogeológico.s, metatogáiitói, át"O¡"ntitus, y otras disciplinas geolÓgicas geotecnia, áridos, vulcanologir, g"oiJirñá,'rir.nufogia ile a) Eladorar, actualizar y ño referldas al sector minero. I ñól ¿,)
  • 24. :lJ::HilT':3f ?'i#'¿i::::i:1ü;:i"""iuáoo'paraerEstado fiscal' en áreas mineras declaradas de reserva c) Realizar prospección y exptoraciÓn . --a^^ r' nrnrranf^c rnineros oara prom( cl)Elaborariunportafoliodeprospectosyproyectos¡ninerosparapromocionarel p'otencial minero boliviano' geológica' mineralógica' clasificar, y- difundir infoimaciÓn de lnformación geográfica e páleontológica, de percepción rem.ota ttát"iitáU,.tistemas ca s' ó tüe otras d s ci p i n as s eol s irii"¡i'üáJü ñ;1 geoquímicos y medioambientales' Prestar servicios geológicos'poíleofísicos' prodLtctivos mineros' 0 i"q'"iioo" -1 lo" actores remunerador, q," "éán e) Recopilar, generar, *t''ñ i I i g)Prestarserviciosremunerados,delaboratoriorelac}onadosa:mineralogfa, procesamiento de imágenes p","llüf"gü;-p"tr"grafíi-medio.alnieni9, mineragrafi", geotecnia' hidrogeologla' análisis de guotogi"'"mb¡ental' satelitales, riesgos geológicos, y competitividad' aguas y otros' .on Jn"¡"ñ"ia y hidr:ogeolÓE¡ica del pals; investigar "sistema de información generar.v. o!itfl-]?.,]n'or'uciÓn h) Recopilar, 'niOí¡*t subterráneás' mantener un evaluar, recursos temáticos en materia de publicar y transferi, u"iiüo'oneroso to" niápus hidrogeológica. ag,uas subterráneas' i)Realizarinvestigaciónaplicada,.recopilare.interpretitrinformaciÓngeológica ;;liü; base en aieas de interés minero' ámblentalv puurrJif,ilür r"üü;'.;t j)Prestarservicios¡:emuneradosdemuestreoymediciones-at.nbientales. mineros' k)Prestarserviciosremuneradosde,.asist"t"ii-t.."ll::.engeologfaymedioambientea mineras' asimismó' a sectores no iá m¡ner¡a "'tutd:;;;:ü;';;"*i'1iu"' l)Recibir,sistematizaryevalua,-]-".d"lainformaciÓn.geológicayambiental,quelos ta e¡ecucióri J" tontiutos Ad.ministrativos -p"i m¡neros g"n"rJ; por ra autoridad áctores productivos .onirJ"'u'l¡rJ"ri-áié" Mineros, para er seguimiento, cámpetenie del sector iarte de minero' iisterio de Minerla y Metalurgia' técnica requerida por el Min m) ProPorclonar informaciÓn :' "Á"tÓt"tót ó"óá'ttmentales y Gobiernos n)Suscrlblrcontratosdeprestac.iÓndeserviclosremuneradosdeprospecclÓny boui"'n"o' por el MMM' exploración t¡'ilil--t** o'teniOos poir-in"sei'.utitizados n¡"riliped.'Lor-i"ruttáOos Aütónomos mineras' iii"'ü'ó"ttótion i" las actividades :¡,ilffi: i?liLíllxl¿;:,:,T::':'fi:,1H,ff:[xT''":fi'::fl'l3li.,{'üXil'":i'*:J[; 24
  • 25. relativos,f proyectos de investigación difusión de sus resultados; así como y initituc¡onal clel seo'tor minero' ólofogiá para promover e[ desarrollo y i ¡¡ ^^L-^ r^^ de'frabajo c lrr(' crsiÓtt' Planos do:Trabajo lnformar a la AJAM sobre los Planes previstos en los f) prurupü-tto'nnánciero a los fines Desarr.ollo, Planes de Trabajo V fiñ,übi1b: y 121- s) cle la prosortto Lov', l' El centro de i técnica y t ,:r^,aó ¡j 'Zrtrrr¡M nlRFcclÓN Y FlNANclAIvt¡ENTo)'- púbriia g9"91'"ltrada der ?15:,".",'."üH¡n¡1, es ia fiTlli.,rtá:L.3i,,l,?flTili" Ejecutiva o Director "lligi; ,ur.a- Jiiigiio por. una Diiectora Ministerio de Miner[a y Mgi1l.ufgi", '¿]$ij,-hü rr¡rniit'ó de Minerra v Metarurgra' ü'i;;;á;ú;;i i Elfinanáamiento provendrá de tas siguientes fuentes: ¡ I y comercializaciÓn' de operaciÓn a) Porcentaje del pago recaudl{o noJ las Licencias venta de información catastral y b) lngresos propi[r-loi servicios ,"rr^"i"áos, publicaciones. c) ffi)rru;ijanismos de cooperaciÓn internacional' I por los activos del Ex - lnstituto de ll. El patrimonio inicial del cEIMM está constituido tnvesi¡gbc¡ones Minero Metalúrgicas' son atribuciones del cEIMM: ARTicuLo 66. (ATR¡BUCIONES DEL CEIMM).' i e ¡ difundir informaclón minero metalúrgica a) Reqopilar, generarr clasificar )disciplinas metalúrgi':as' investigacion cient¡tita y oe otras tátárirgicos' recopilar e interpretar investigáción aplicada t"bt;';ilát"t b) Reatizar metarursia 'Él:$?'rtJn1,lxi:"r*,fflXli3iii" de asistencia técniza en minerra, y.cóoperativas mineras' "; d) e) fl . I ) ) telnica especializada en laboreo Elaborar e lmplomei¡tar program"t;;;ó;;ii""ion mineraleti' gestlÓñ anrbiontal' soguridad minero, procesamiento, comer"iufitlliJn'de actividad miner? metalúrgica lndustrial y otros l;mas inherenturl'lu s! inserciÓn laboral' Formar mano áá oo'" técnicá v "ip"ti"ri=1d.a nala e'ipecfficas de los trabajadores laborales promover el desarrollo o" y ambientalmente "otpái"n"i"t áreas, orientado a una mirr;rfa social mineros en diferentes résponsable. -:^- rzti^aa ,,-irrar,:id2dés v orqani2aciones g)Firmarconveniosconinstitucionescientíficas'..,un:versidadesyorgu nacionaleseinternacionalesparamejorar.niveiesdeformaciÓnacadémica,de auiiotno relativos a. proyectos . capacitaciOn ie"ni"" V J¡tusiOn O'e iüs 'é'ult"Uot;instit'lcionaly del sector minero' minera para promo;t; J"üii"ffo . investigación i .le Registro y Control de la 'GErr^r:tE^^r,t - El 67. (sENAREcoM)'- F servicio Niacio¡a i (Sfrlnnfg'OM)' és la entidad priblica' Comerciatización de Minerales y M;;i;; iuiin"ti" y Metalurgia' encargada del y descentializada, b'ajo tuición del Mil[i;¡; min"r"t"s y rt>iales en ei comercio interior registro y control ;;:1. ;;;"rcializaci|n*0" I ) l 'r 7 ) ) -) 1 v privacta procesos tnOusiriáfei, a la minertJ"utáiai, lnricduo opiraciónes de comercio exterior' 25'
  • 26. i sENAREcoM)'' l' !? Y ARTIGULo 68. (DlREcc]oN . I]lANclAMlENrg' ^ PEL será designada (o) o el Director e¡"cuiiuo del sENARECOM' Directora Ejecutiva mediante Resolución SuPrema' con u. Er runcionamiento recursos der v operacioP' j:ls5Y:H:?#;J.::tlJli"?333i;n:?,o"rte a su ingi"ro' generados inherentes resorf,#ffirui'ñr;á;:;;;;i; propia actividad: interno' minerares v metares en er Mercado 2. $:fli'J::'ü'icdt:?x'"X1"J'i?'x'Y:le O" minerales y metales' J. Verificación Oe ta exóJrtá"iOn pár conu"nios I nterinstitucionales 4. ;;i;t"; 5. Pago de Formularios' b. Donaciones. de los sobre el valor bruto de exportación a Reglamento se establece una. tas.a 11iaue Ai¡mismo, p"g;r'ioi-éxportaoo'""' tl,, acuerdo minerales y metales, que deberán EsPecffico. ras siguientes: Son atribuciones cret sENARECOM, ARTÍCULO 69. (ATRTBUCToNES).y metales de Bolivia' ,a) Administrar er Registro !e golerciarizadores de mine'ales de acuerdo a la 1. ,- de quienes-r"l-u-nru"ntren.autorizados pu'u "o.tut"¡"titát , qreselte r1Y';;ü;;i;* n*'fffi..'8ls. y':ffiJyae ta t) ';;f i.' :#i':.ill " " o " o á "' n e ra e, )' m et a e i, nü "H',"I"TF' c)Verificaretpajo.d"l:q:I"''tin"'"t"ntootOióaciÓnconlosGobiernos '' del *llí:l;ilT i i r t minera' así como AutÓnomos DePartamentale-s',^ derecho por la explot:ciÓn d) Registrar v J*ñroril et pagodel i"t iit|.ir"rul ou'ioi'contratos Administrativos que cancerri* monto n .Estatal. y Ál."uJ.e o no'i ni'tració ""onóri"o M neros d" ilñi";¿; "n "¡ Auiónomos Departamentales ' e) proporcion"i"lógufurtuntu ".'L-'-'éoüi"'nos. j:?,';'",|.:}il:'""'tx';'"J:':#'á1"'ff i iu,;,i;i¡"d:$it[*y:"x;u,ru I ':: minerales 0':?:lj:jilH" j Uf, :,Hl 'i'f :H " l" : "' comerdalrz?"""a':ilJ;"¡". - -" s) ;"'.t*:lf?"1i,lil??[1.o""tes J"iilJ ;Ñ".',i¡;' ' i---^3^É^a a taq normas sobre u*' * pt'i u llÍ:lj:T ?" ñ !_a^-: "R'll3 " ... sobre ra c;omisión de ante er Ministerio Púbrico ce su conr oetenci a. presuntos 9;; "j"'"i.i1 externa'-e' interna de h)Verificarru.-üió""o"ncia'voturr"n,r.vd."L:ll.*il|;¡.contenidometálicoy' utilizada, durante la comerciuti=E"iOn Minera (RM)' . cotizaciOn-oficiat ne¿atia par" ut.c#ili;"r püo o" t" sus precios de' minerares v-.ét"r", expons"n i) Verificar qt;.ü;:-"L":t:ili;o;res ; dnnfrlíTff.1#i?',#5,.tÍ1ll;u" k)y1:gffi "n]'iÍüiviiiute minerra der oro' de ros ribros de arza de ra 3;?:T$?:l'*5"Sfth?"-'s'-f :'*xlig:*"t*:m'::1":"''iffJr:1: 26
  • 27. I I pago de cotr la finaliilad de determinar el afteSanf aS y pfOdUctOs incltlstrializaclos, c6n i . ;fiá;'de realizar el cruce de informaclÓn ¡egaltas y oirrs retenciones, de la relacion"¿J"'ulá cómercializ,piOn-ini"'na y extdrna todas la, "ntiááOes bomercializaciÓn de minerales y metales' mercado ¡¡ V;rifi.]iá'origen de los rin"üi"t y metates coinercializados en eli. y difundir ¡jeriódicamente estadfsticas e ,.,.,l EEJI?;r y actuarizar ra base de datos téi"iut' realizabas qn et información, sobre comercializacio¡ de m¡neraleJ int'"tno Y i mineros n) Registrar információn sobre los aportes.y retencionbs de los operadores suscritos a convenios a lás enfldades estatales y do .üi.,,ia"o'"o"i"1, d".r*"uerdo át át""to y dlsioslclones lágaloe apllcablos' el control y o) Estable"", J-iiiámJ tntolm¿iü ná.fonal operaclg en red, para oficinas de . geguimiento de com"r"¡át¡iac¡án de m¡ne'rales en las Gobiernos éE]rtÁRECoM, en el Ministeriá o* Minería y Nietalurgia, -en .los Municipales y Caja Arrtónomos Autónomos Departamentales, "n fát Góbiernoi Salud' f''lacionalde ll nnrícúuo 20. (TRANSAccI9NES EN ltJlERcADo INTHRNo)'. !' Las. transacciones se registrarán obligatoriamente en iá r¡náries y metales en el mercado interno establéciCo por el SENARECOM' un en formulario -"onsignándose. oficial único mercado, Ias deducciones com erciales, "ÉtJ.i"I'¡lit-nieii.o los frecios de iáfu ii". acuerdo a el cálcrilo de la RegalÍJ Minera (RMj, los aportes á la scguridad social de y OéO ucc¡ones nbt¡túcional es p¿:e org aniÍ:m os g remiales' externo. ; ft;;¡o , I la ;ffi;;r; ;;*.!;g*t"r f ¡ il. Los comercializadores legalmente autorizados e inscrito:i, reportarán obligatoriamente y venta d.e mineral ! r.ronGeñtrados de mineral, en un plazo ;i SÉNACE-óóü r" "árp* ;; ,"yó-;;iS Jf"" ftáU¡iLs a partir del día de la óomp¡¿:y'u€ntá en el mercado interno' lll. Lasi personas indÍviduales y colectivas, nacionales o extranjeras que realicen a l"tiüiJgá.';; ;;"Jfactura, joyáría o elabor:n productcs industrializados en base la de en agentes de retención I r¡n"r"fÁ" y metales en el mercádo interno, u" "onitituyen establecidos en Éágáff"lMlinera de sus proveedores nacionales o extranjer.qs legalmente minera. El er territoiio nacionar, isí como oer óágó'por er dereóhc; a rá explotaciónse realizará !,",..il;lü ifRü y pago por et derechá a'la explotación minera retenidos nasta etlOfa 1S del mes siguiente a la entidad autorizada. I I I ) ) ) ) i ) de verificar la ARTÍCULO 71. (RELIQUIDACIóN).- l. S¡ el SENARECpM a tiempo por._declaraciones il;;r¡Jtación'de minerates y metates encontrare diferencias (5) días hábiles incorrectas, estas dáberan reliquídarse sin accesorios detrtro los cinco ;iñi;;iüLl" olt"r*inación de tas condiciones de expprtación. Los pagos fuera de td;¡il'értán sujetos al pago de actualizacionés, intere)es y sanciones pecuniarias, según r?glamento del control tt. fn c¿|so de observación por el comercializador u oper'adcr'a los resultados Reglamento' OáLSeflf'¡nECOM, estos seran previamente dirimidos de a:;uerdo a ) I J 27
  • 28. TÍTULo'lu DEREcHoSMINERoS,ÁREASEXCLUIDAS,EXTINCIoN CAPÍTULO ¡ I' Los derechos mineros otorgan a los ARTICULO 72. (DERECHOS MINEROS).explotar, concentrar' fundir' refinar' titülares, la facultal--0" piotpectar, u*plotut, minerales' medtante actividades mineras industrializ", y ao*"rcialiiar íbs recursos minera' en toda o parte de la cadena productiva ;'üi$ñÉr.i""|1liiás DERECHOS MINEROS)'' l' El reconocimiento u ARTICULO,73. (ALCANCE DE LOS rr"lo la" ¡Iodaliclaclcs cstablecidas en la presente otorgamlento de aerá"ñbr nrineros a q'uienes esiuvieren asociados con ellos, derechos Ley no otorga artituiiiü-tlnüü;"! ni las Areas Mineras' ñi.ip¡Lt.tiót n¡ fosesorios sobre Mineros' no pocirán dar las Areas Mineras ll. Los titulares de Contratos Administrativos en arrendamiento. '.1 Y PRE coNSTlTUlDoS)'- l' El Estado ARTICULO 74. (DERECHOS ADQUIRIDOS ros derechos adquiridos de ros titurares prurinacionar de e;ivia reconoce v ,L.p"tá y mixtas y de otras formas .brlvados indlvlduales o conjuntos, dé f* Ltpte"as privadas prpvfa adecuación a loE mineras-' tutlonJ""tonti bé t¡tutar¡Oad privada respecto Oe Mineros o contratos rrn¡neros o.e óiorqacion de. Derechos contratos nom¡n¡siiátiuóJ Estatal' según ri¡i,ljr'o"";""il;r"i""iári"" Á"";; eá;o norninistración Administrat¡uo, Ley' .oiiátponoa, de acuerdo a la presente pre constituidos de las V rgsqetl -|11 1"::l:;^ILttos ll. El Estado reconoce óualquie'u^Oá tu" modalidades vigentes debiendo adecuarse Derechos cooperativas m¡neras, en 'üin"toi Minerosle otorgación d.e mismos at reg¡ml-; áe óóntiatos.Administrativos O" ExplotaciÓn en Areas Bajo ros Contiaios Administrat¡v;;' de acuerdo a la nreselte Mineros corrésponda' Administrac¡On esiJtálsegc'n . empresas los derechos mineros adquiridos de las registrarse lll.' El Estado reconoce y respeta debier;do adecuarse o r"o"rio"Jt"-;iguntá" estatales, en cualquiera de sus en la presente Lev' pt""istas El titular de derechos mineros tiene 75. (DoMlNlo DEL TITULAR)'- lnvornlón, log:bloneg muoblQn, lnmuebleg ARTÍCULO g'qyfll"^n uouá',r" domlnlo, llbre dlep-ol]ij6iif lüti* Oel porlmetro del Aroa .equtpos y maqulna'in"-fi'iáfádos dentro V construldos, ra produccrón mrnera' y trabajos,-"ui que son rásunáoo de sus inu"i"ion"r "orno Minera uo u p o r: el E siad o' cuya com erc¡ ar izaitnL- *-ntió establecidas lero' por cualesquiera cje las causales ei en farasrato óonstruida no ffip'.undida o t":' ñiffi;üj"Jál l' r X;',TJñ:*itl:i: ijtfi":;:.1#il;,"" 28
  • 29. I I t I ,l i :i i i .l se consolidará a favgr del de precedénte, que pertenezca al titular dr los derechos minetos' 'rtbnezca un destino específica por que dispongan Estado,i sin perjuicio de norm"t ""p""iál"i de interés Público. razoned i::'l : snRRtr METALÚRGICOS)'- l' Los EoEr-unq ARTIGULO 76. (DERECHOS SOBRE RESIDUI'¡S MINE!:tO relaves' escorias y Similares' residuoS.minefo-metalúrgicos, como "ei'colts, clesmonteS, fffr;ióilu-j"r'áiu" r'ñ1"r" "n ta qle g€ eñGU€¡'¡tran y ei titular tiene derecho a realizar control y disposición se sobre estas las actividades mineras. Su manejo, manténimiento, iujetarán alcumplimiento de las normas ambientales" la extinciÓn del ll. Los lgr".no, Sobre los residuos minero metalúrgicos concluyen con las causales eitablecidas en la prese{te Lev' ' ffi;ñi;;;p;r . i l' Los actores I ARTÍCULO 77. (DERECI{o A LAS UTILIDADES Y DE REMlslÓN)'utilidades 9 excedentes productivos mineros gozan del derecho de percibir las aplicables' ü;;#i;;-.r i" ált¡"¡oáá rin"tu, sujetándose a las norm;as especiales I , : -exkan¡eros, ll. El ierecho de remisión de utilidades o excedentes económicos al exterior de normas tributarias i"""*¡J,iüáraplicabl'es ""-"¡"""r"" se ejerce cumpliendo o .i , ARTíCüL O' 78. (FINANC¡AMIENTO).- l. Los actores p:oductivos mineros que sean Lev, podrán utilizar la íiil;i;;o"iéiossoor" áreas mineras conforme ¿ ¡¿:'2resón!e u otros medios, sobre , informabión cuantitativa o cualitativa, ánieniAa mediante óstt¡dio'b sus m¡nerates, ion fines de financianiento para el desarrollo de ffi;lñ;;;;;tri los medios ley, incluyendo ilili,r-;ü; i iiJru. por los medios autorizados por extranjeras. o áisp;;y& "n bolr"" de valores autorizadas nacionales mineros no podrán otorgar como garantía de financiamiento en mercados ll. .deLos Jctores que son de propiedad Valo¡es nacionales o extranjero., Ée r""rrró. mineralógicos del pueblo boliviano. I l' El ARTíCULO 79. (DERECHO DE SEGURIDAD Y P-RC)TEcclÓN JURÍDIcA)''E;ü¡;l pl"r¡nác¡inai garantiza la seguridad jurfdica de los. emprendimientos e ¡";;rri"d'*'i*iu" de tos actores prbóuctivos minero-s y establece gug, entre otros plena y áerechos, gozan Oá á"re"fro cle exigir de las al¡toridacles ¡lúblicas competentes pretendan que áf..t',"a Érótección frente a actos dé personas individual':s o colectivas s.,rs Areas Mlneras, plantas 0 á"áiárÉi ó avasalten, invadan o piete¡dan lnvaclir instalaclones, ), l, -r I 'I ) ) podrá Ninquna persona natural, jurfdica, comunitaria, colecti'la u organización.social ru!ó"nO"r medianté violenciá, amenazas, engaño, o cualquier otro medio, la forma. alguna las ilü''a;i¡; o c'ontinuidad de las actividades mineras ni perturbar en violación a dicha o" tos actores productivos mineros. .Fn caso de y en el Caso previsto eh el parágrafo I anterirlr se determinarán y aplicarán prohibición competentes i"S i"rñAnránitiO"O"" y sanciones civiles y pénales de fe;y. Las autoridades ll. ñüii; ffi;;;;i;"tr"i"i ydeamparoremitirándeinmediatolosantecedentesnlicesariosalMinisterioPublico pertine,ttes. fara el iiiic¡o Oe las investigaciones y juzgamienl? I 3 ) 29l !,
  • 30. ,l' Er Mrnlsterio do Minorfa y ARTrcuLo 80. lnnoruoctóH DE LA tr'¡vEnsróN).de porfticas púbilcrs para er sector minero Metalurgla a travgs'di"ra imprementación pro*ou.r ras rnversronos rr¿rQ'0naros y extranjeras t", ""iáur"J"ra "o,ioilán;J'ü;; judiciar o g1. (pARAt_rzRc¡óH DE TRABAJOS).- Ninguna autoridad no ra suspensión de inióiación-u ordenar persona individuar o'""r""t¡"" puede irp"o¡r't" de o"'rá'iárcimiento de daño.: y perjuicios al titular nnrfculo actividades mi.neras, bajo sanción penar que pr":criera corresponder, sarvo derechos mineros,-ádéiña, de ra responráuitiouo de emergeni¡ia amniental' propase de casos que la autoridad y vida del personal' ""tpli""t"-;OróUara salud labores o cuando a"if[ éxi¡un la r. Er Ministerio d.e Minería.y Metarurgia en enrícuuo 82.- (EXPLOTACTóN TLEGAL).legales visentes' de el marco de sus competenc¡as estabÉ;q*-^tlf:-1:::t'"'cnes encontraractividadd.eexplotaciÓn.ilegalCoflfIláC¡Uin1i1¿':::]l:"'procederáde ffi;i;¿ " i" iiáult"t¡tá"iOñ, decomiso o destrucciÓn de la rnaqutnarta' desarrolrla r1.s.normas para la neutralización' ll. El Ministerjo de Minería y Metalurgia evitar ld actividad ''ninera ilegal' para decomiso o o""truc"i;il;,í"óuinar¡á - ^^-;^i,(ñ .ra ilínifnq rnineros en áfe lll.La.AJAM,advertidadelapresuntacomisióndeilícitosSrinerosenáreasdelibre ".,r:lr¡in st"r¡ o P u bl ico p ara s u investis aci Ón' lil;ñ.tililil, ffiil;"ri-".ü ¡ ÁNrN)'' LOS titUIArCS DE USO SOBRE RECURSOS DEL ARTÍCULO 83. (DERECHOS Areas Mineras, tienen el derecho de perláito de derechos mineñs, dentro ¿et iánstiuc"¡on, maderas, reña, turba y similares las normas aprovecham¡ento áJ' ,áieriur."'¿e actividacles mineras' en sujeciÓn a u existentes, con Oestino éictus¡vo legales aPlicables. l' Los Y USO EN ÁREAS SUPERFICIALES)'84. (DERECHOS DE PASO de las ARTíCULO por la superficie tienen derecho a uso y paso titulares Ae OereJtür-tinuro, Lnc'uentra su área de contrato J" ótru naturaleza, en las Qle se propiedade, de partes,, estando facultados para "gr";";-o propiloáoes vecinur, p*uio acuerdo y/o por ¡"s etéctrico, lfneas férreas puentes, o,'t"', construir sendas, caminos, ".,u91"1oj,:*nciido y costo' En todos los su propia cuenta -éito, necesarios, a e instalar los servicios básicos our""-noi-l*pti"urb er cun,primiento de ras normas casos er e¡ercicü-'áá ambientales. Oiri t* . ll.Denoexistiracuerdoparael.usodesuperficiesquenoseandedominiopúblico,se pievisto en et Reslamento de la recurrirá 'U"Y pro."iiiii;;J;;;"tori."lú,ilo*iñirtiuúuu "r O" Minerla Y Metalurgia' dE LOS I*UIArES DERECHO DE SUPERFIGIE)'- ¡' 85. (CONSTITUCIÓN DE propiedad agraria o ART'CULO superficie sobre la derechos m¡neros pueden.constituir?;;;h;;" ato y/o en lag propiedades area' o" et "ont' naturareza en ra que ,u "n.irán1ia de otra quedando así facultado para pl?"u de colas' previo pago de..co*.e"-1t-?;¿;'o-inJ"mn¡zaciÓn, vecinas, OJ trata;ie;io' 'di9ye.y el instatar ing.niJr]'br"^i"t construir inmueÉte!, para"s."'u'áttiu¡i"dás'mineras, en y'óiio, equipam.ientos necesarios infraest[uctur" las ndrmas legales aplicables' i"ái.. ó" 30
  • 31. del derecho de superficie' e[ actor ti.i p" ino existir acuerdo para la constitución previsto en la presente ley' productivo podrá r""úi¡iá procedimienio'6" É-u*propiaciÓn paso Y AMPLIAc¡óN¡.- l-os derechos de uso' de su -"tniu la, necesidad o filaldad ls;uero reouperará parcialmente suoerfibie se reducen o amplf"n "r"¡Oo ,¡ut eeiqbl€icrrnrento, En caso de reduccró"', uiñr.,ir",ur¡o anrÍc[uo ge. (REDUcctóN o U üupá*rcte afectada. ;" t i. P',UBLIco Y DE USp DE AGUAS"'DE DOMINIO utilfzar aguas ARTÍGULO ST. (DERECHO pRvAbo).- t. r-oi"iitri"i"r-0"-o"r"Jlr ril.u¡or tienei'i el derecho a mina o en alunlPiil?" de interior naturalgs que discurren en et área *in"i" v:"guas ap{i;ables' superficie, respetando las normas medio ambientales 'l a recursos hídricos 9," lnformidad tl. Entretanto se dicte el nuevo régimen legal relativo ": Polftica del óisposicién fianJ¡tor¡a octava de la constituciÓn a,lo establecido capituto V del Título ll de la Cuarta "r-¡á Estadol para la aáócua"¡ori a to oispulsü$t et P;d;'tE coñsiitucion Polrtica del Fstaclo: i '-'- -r--^ derech?t legales de uso de aguas' o 'de an a) Losi operadores mineros que gozan de derechos lqi naio jurlsclicción municipal, o . señrcios de provisión de agua: *-nár-concesibres,.u) di;lrós dereclros de acuerdo "l "n oiió reg¡,ñun legal, c) bajolcuatquier "";,i;;;;;ieierciei-''lb b) siguiente: el inciso íno*ittiu"'v¡gente, t¡¡"p"t¡u¡"ió de lo previsto en i de A,guas - ex o) r-os¡ titulares de Autorizaciones Transitorias Esle,giales (ATEs) sin á"tciitn'do sus'derechos' debiendo concesiones mineras de aguas -norma. Minero "oni¡nráián a contrato Administrativo o" #'b"""ü,'rrj"ill;;-ras ''I "ot.r".ion la.ex concesión minera de aguas que previstos en la presente Ley cuando se demuestre que a su vcz, se sujeta al régimen de está destinada al servicio de una ATE, se realizarásimuliáneamente en el mismo contrato' ilicüün.Tr ' ; "o".ración .,-t^ -r-.^:^i^ el actor producl de agUas cle clominio privaclo o com.unit¿:¡'io, trámites de ,n álrétoo con er t¡tüai v " ic11" {e el.io, cumplir con los Minerta y de la Ley de autorlzaclón admlnlitraiiva establuc¡Ju- "h el Reglaménto de las normas faragrafo V sigúiente, además Metalufg¡a, salvo por lo dispuesto lll..Pafa el UsO iitj"rnr'"#; ) ) ) ) ') "n-át medio gmbientales aPlicables i.' ni la autorizaciÓn lV. Eni ningrln caso corresponde el derecho de uso. de aguas de agua potable perjudique la.provisión regular adminis.trativa cuando se interrumpa o el acuerdo oara la población. si se afectaren ;"tJiá;¡"'" agrícola:s en explotación, indispensable' brev¡o üon tos afectados es requisito : qie agua de d.ominio público'.la O" autorización para la variaciÓn de un curso o perjudicada' "["o provisión de agua potable pára pobla.ionut no podrá queCar interrumpida V. En i ) ) ) la correcta U. fodh actividad minera integrada o aislada deberá ejecutar en sus trabajos con güri¡é.i" ;;*,i,; de los recuisos hfdricos superficiales 1 subterráneos cumpliendo las norrhas ambientales vigentes. 31 l: ;
  • 32. RnrícuLogg.(DEREGHoSPRE'CoNSTITUIDoSYADQUIRIDoSSoBRELA o de los actores productivos mineros SUPERFICIE).- l. Los derechos superficiates con anterioridad a la vigencia de la presente concesionar¡os reco*ioci;;;; aoquirioos pt"t"nte Ley en los cásos que correqponda' anterioriOáU-á slaáecuác¡on á lt Ley o con u otra forma previsia por [ey' sobre terrenos presea por servidumbr;;"ililü;t'd-"ompr" dominio o naturaleza, cQnstituyen derechos o. áreas supernciaÉ'i-J!'lrurqu¡er se garantiza' pudiendo identificarse' a constituidps v aoqiiiü;;lyá- óont¡nuioad solicituddeparte¡nteresaoa,entosrespectivoscontratosadmi¡ristrativos. títuro ros que hubieren adquirido, bajo cuarquier euedan incruidos en dichos derechos, J" üiuro, de Tierrai comunitarias de origen regar,icon ant"r¡or¡oli;i';i;¿;i""ü u lJriiiórios lndígena:¡ orisinario campesinos oáii"ñr""io,i (TCOb) y ¡" .Jiüátiuu "gr"ria y autonómica aplicable' (TloCs) de acuerooi* ,. " ""*iti" l. con excepciÓn de las actividades mineras ARTíCULO 89. (ÁREAS EXCLUIDA$).a t" ,rrg"ncia de ra piesente rey, no se podrán rearizar regarmente uxptotáción o explotación' concentración' mineras de prospecc¡On teiiest"' actividades "*¡.t"nt"l'"ntJioi". refi nación Y,fundición: o privadas' cementerios y construccio'res públicas a)lDentro de ciudades, poblaciones, b)Enlaproximidaddecarreteras,canales,lagos,embalses,ouctos,víasférreas,líneas hasta los 100 nrctros' ;L ttdtfiitün Ot energfa y comun¡caciones' hasta 1000 metros' c) En la proximidad de aeropuertos' d)Enlaprox|mldaddecuarteleseinstalacionesmilitares,hastalos300metros cleclarados por ley' hasta los y monumentos históricos arqueolÓglcos e).En zonas de 1000 metros. y ll.Las"*.lu,ion"sseñaladasene^l.parágrafoprecedentenoseaplicanaloscaminos, que ionclucen'siryen a las minas y tineás de transmision JJ eneigía, lf neas férreas q* ie eit¡enoan dentro de los mismos' minera, sea o centros de operación I lli"ftT 313''[i"'Bf t$T]: pobtacione., ""H#; "*!niJi,ü; ei ecutarse o t*: "t lv. si "; "ü;'il' S:ü!lt'i: |oadoaoumpllrlafung!Óneeontmlcnaoclnl.yol s "d áiáit"n o ó u d in a d ;;" i l'ü " üü;;;' ñ esta minero sobre un área determinada' u otorgado un derecho referidos.eñ ár p"ragrafo r, las actividades reconocido ru'éáá" compreqdier" rJJ " eri el prespnte Artícu o' mineras r. rui ttt"'Jn-á' ro'o¡tpu"sto at vb I " privaOas' elmismo podrá .uártdt.r,'i"nttiüó.¡ónes pU¡íúui-o bl e' p osi n d o t"u lee ál m ente ü#;3;;u" I
  • 33. r)l : '.t ': I rs delcchos ' I l' Lt:i:'^t^tlos nnrfcilr-o e0. (cAusALEs DE EXTlNctÓH¡'por: A;;d;dÑoül'Ettuoo se extinguen' sqgún corresponda mrneros mineros reconoc¡dos u . I I a) Venóimiento del Plazo' bi ResgluciÓn de contrato' cj nentincia total o Parcial' d) Muei'te delTitular. e) Nulidad. 0 CaOuicidad. del actor productivo minero' g) Acciones u omisiones contrarias a la naturalela finaimente declarada' no afectará tt. t-a rfnuncia, revocatoria o-resolución cont¡acJual, sean los der.chgs fro';lios del titular que no los actiyos y bienes muebles ¡"t;;l;s o y disposiciÓn de los mismos' " legai Oe Ústt ro derebhbs mineros afectados, n¡ "u Járecho extraídos por el titular trataoo' l,-oS residuos mineraiógicos iátotnun a la administración del ";.;h"trdosl qú" pérma'ecerán como parte de f"t ni*át Mineias Estadoi no. libe¡a al titular del mineros por cualquier causa ' lll. La ipera¡oa de derechos. merlio ambiental conforme a la cumplimiento de sus obligaciones de remediación i"if'é"1i"a Licencia Ambienial y normas aplicables' tV.cuandountitularbajounmismo.ContratoAdminis,trativoMinero.tengaderechos lndeperidiontes la pérdida de dorechos . sóbre dos o;d'Á*";-rvrin"r""'iln-pÁvá"tos rá" cuaies se produzca el afectará. dia'#;E-;"Á;;; o {ruá" rusp"ctl-áe incumPlimiento. i JToRlzAclÓN)' ARTíCULo91.(coNTRAToSDEAsocIAcloNNoES..|ATALSlNA| c'ontraios oq l:ogiuciÓn Minera No s¡ las actores productivos r¡n".r "uscribierenContratci Administrativo de Otorgación el Estatall sin contar con autorizu"itloáirulvtlvt, reiuert. sin más trámite administrativo Derechos Mrneros der titurar üñl'.,p.r;'üúuiuia de o ; ) ) ) l 3 judicial' mineros estar'án sujetos al control Periódico ARTÍCULO 92. (CONTROL).- Los derechos. ádm¡nistrativas y de las ffi'ffi;ñ"iento de las obligac'tones legales, contractu¿les'autoridades competentes . regulaciones-tecn¡c"", u.onoriiár-V áñ.Oi"ntales por ias :i" préránt" u"y y tau' leyes y normas especiales conforme a lo estáblecido un "n . aplicabies. de. Areas ;'lineras en virtud a contratos ARTíCULO 93. (RENUNCIA).- l. Los titulares a cualquier msmento' total o parcialmente Adminigtrativos Mineros, podrán rÁun"i"t en en otor¡adas, salvo por lo previsto sus der,echos mineros sobre tas áieas reconocidas'u el nará{rafo lV siguiente' ;ción del área del :. I -,: ll.LarenunciaparcialnoimplicaextinciÓndelclerecho,sino'lareduc contrato. ) ) : I 33
  • 34. t:,It"-:^"Ltll1-:,,1,:iJAM para su tramitación de lll. Toda renuncia de derechos mineros acrfi;.á. éi ñágr"mántq de la Lev de MinerÍa v Metalursia' tenga suscrito contratos con Paraje Minero lV. Cuando el titular del Área Minera o minéras según ro áutorizado por ra presente terceros para.la ,""-iir".ion de actividaoás *rp;;áiJá. ui, el mismo durante su vigencia' Ley, no.podrá r"nun"Li-" tas áreás salvo acuerdo de Partes' CO¡'ITRATO)'- Los contratos mineros se resolverán ARTíCULO 94. (RESOLUCIÓN DE social' además' de las causales establecidas oor incumpt¡m¡ento=it"¡;#¿J;";no*''"o ley' según correspolda' presente bn los mismos contratos y/o en la pLAzo).- Erverrcimiento de prazo estipurado en un ARTicuLo 9s. (vENcrMrENTo DE Ñry13]3's derechos establecidos en los satvo porii'-iánÑátion autolJao-J' para-suscripciÓn de contratos reconocidos contrato, mtsmos, sin per¡uicüiil;;;h;; ór"ráiuntá" en la Presente.LeY. contratos que otorguen derechos 96.,(NULIDAD).- l. 9o.n nulos los Artfculo 27 28 y 30 de la presente ARTICULO el estaulecidu" ' contravinlendo las disposiciones "n ' Ley.. " de Il.SontambiénhuloslosContratosqueseotorguenenáreas.lereservafiscaloáreas o aluellos cuyas áreas se superpongan para el Estado o sus reservadas "tpi"rár, ,"áñ"iá i"tai a ár.ea9 ya otorgadas' an-teriormente losición parcial sobre pertenencias pre constituidas' de respeti,.á'""' ll;ülf"XlÉif,1,i,".ll':::flje i':?:'l;;oi'n"¿'un contratosenloscasosprevistosenel.parágrafo'l l"J,i",ll*Ti.il;:YlT,'TJ.,'":'3'i';J""ii'l:;i;'ñ;;ñi"ii"-il;inistrativo(LevN" 2341). 1 ARTicULogT.(MUERTEDETITULAR)..1.A_llmuertedeltitularunipersonalse otorsados Por et Estado' ffiC;;';;J;;;;;¡'.."'* posterioridad a ra de. una ATE con de un titura.r, persona individuar Er farecimiento J"i coog" aL rt¡in"ría dispuesto por la lr. d", vioencia det etecto abrogatprio de-i'ó'-aá-*uvo ou zóóol e,*tinguu sus derechos' sin O32 séntencia constitilc¡oñal-N" presente er ffi;"i;; ;il1,il['ii;';i:'P"-;Jt" en Artícuro' , Ley, er Area Minera A.RTicULo98.(EFEcToSUBSECUENTEPE!AExTlNGlÓNDEDEREGHoS).-.En min"iü es{aurec¡oo. "n'ü'r.i*nte áát¡n¡ttii"ión del Estado caso de ex¡nciofi;ilñ;; mineros, titular 'uto'nu'liu sobre la que et "i"tgl3 9?r"rno, área de libre disponlbllloaq' como 'rt¡íñui" '"i ARTíctlLo99.(GoNTINUIDADDEoBLIGACIoNESCoNTRACTUALES).-l.Cuando tiür" i'uió* suscritos contratos de nru" para et ou."rriríi'' a"':un 34