Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo
1. Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio Programa foro urbano Arq. Hugo Wilfredo Torres ReynaEspecialista en Patrimonio Histórico Arquitectónico Colegio de Ingenieros Chiclayo 30 abril 2009 Colección Rómulo Sessarego
2. Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio Los orígenes de la ciudad de Chiclayo, giran en torno al Convento de San Francisco (después llamado de Santa María) y a la visita del Oidor Gregorio Gonzáles de Cuenca entre los años 1560 y 1566 aproximadamente. Nace a raiz de una reducción de los pueblos de indios de Cinto y Collique, la visita del Oidor aún no ha sido publicada en ningún medio oficial por lo tanto podemos solamente suponer la fecha de creación de Chiclayo por los datos que nos indican en que época se encontraba en el norte del Perú. Colección Rómulo Sessarego
3. Colección Rómulo Sessarego El documento más antiguo del Archivo General de Indias, en el cual se menciona a Chiclayo data del año 1616 y está en la Casa de la Contratación. Se trata de Autos de bienes de difuntos (CONTRATACION,326A): “De Juan de Mallarén, natural de Marchena, y difunto abintestato en el corregimiento de Chiclayo, en el Perú”.
5. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Artículo 21°: “Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado. La ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio. Fomenta conforme a ley, la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo, así como su restitución al país cuando hubiere sido ilegalmente trasladado fuera del territorio nacional”.
6. LEY GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN – LEY 28296 Título Preliminar, artículo II.- Definición: Se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación toda manifestación del quehacer humano, material o inmaterial, que por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la presente Ley.
7. LEY GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN – LEY 28296 Título I.- Bienes Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, Capítulo I.- Disposiciones Generales, Artículo 1°.- Clasificación: 1. Bienes Materiales 1.1 Inmuebles.- comprende de manera no limitativa, los edificios, obras de infraestructura, ambientes y conjuntos monumentales, centros históricos y demás construcciones o evidencias materiales resultantes de la vida y actividad humana urbanos y/o rurales, aunque estén constituidos por bienes de diversa antigüedad o destino y tengan valor arqueológico, arquitectónico, histórico, religioso, etnológico, artístico, antropológico, paleontológico, tradicional, científico o tecnológico, su entorno paisajístico y los sumergidos en espacios acuáticos del territorio nacional. La protección de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, comprende el suelo y el subsuelo en el que se encuentran o asientan, los aires y el marco circundante, en la extensión técnicamente necesaria para cada caso.
8. PATRIMONIO CULTURAL INMUEBLE SINGULAR: - Inmueble de valor monumental - Inmueble que reviste valor de entorno - Monumento GRUPAL - Ambiente urbano monumental - Conjunto monumental - Zona Urbano monumental - Centros históricos
9. REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES - 2006. NORMA A.140 Artículo 4°: AMBIENTE URBANO MONUMENTAL Son aquellos espacios públicos cuya fisonomía y elementos, por poseer valor urbanístico en conjunto, tales como escala, alturas, volumetría, deben conservarse TOTAL O PARCIALMENTE.
10. REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES - 2006. NORMA A.140 Artículo 4°: CONJUNTO MONUMENTAL Son aquellos grupos de construcciones aisladas o reunidas, que por razones de su arquitectura, unidad e integración al paisaje, tengan un valor histórico, científico o artístico.
11. REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES - 2006. NORMA A.140 Artículo 4°: ZONA URBANO MONUMENTAL Son aquellos sectores o barrios de una ciudad cuya fisonomía debe conservarse por cualquiera de las razones siguientes: Por poseer valor urbanístico de conjunto Por poseer valor documental, histórico y/o artístico Porque en ellas se encuentra un número apreciable de monumentos o ambientes urbano monumentales
12. La Problemática de la Zona Monumental de Chiclayo Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio
13. El INC declaró la Zona Monumental de Chiclayo con la R.J. No. 009-1989-INC/J, el 12 de enero de 1989 y fue publicada en el Peruano el dia 26 de abril de 1989, lo cual otorga un tratamiento especial a: “El área comprendida dentro de la siguiente poligonal: Av Pedro Ruiz Gallo, Calle Andalucía, Calle Toledo, Av. José Quiñones Gonzáles, Calle Leoncio Prado, Calle Grau, Calle Mariscal Nieto, Calle 7 de Enero, Calle Nazareth, Calle Panamá, Av. Junín, Av. Luis Gonzáles, Av. Bolognesi, Av. José Leonardo Ortiz, Calle Elías Aguirre (Calle Real), Calle San Martín, Calle José Lora y Cordero, Av. Luis Gonzáles y nuevamente Av. Pedro Ruiz; según Plano 88-0172”.
14. La Problemática de la Zona Monumental de Chiclayo Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio
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18. No hay coordinación con el INC para la revisión de proyectos en una Comisión conjunta, aunque si lo estipula la Ley.
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20. La emisión indiscriminada de licencias y en muchos casos la ausencia de estas, ocasiona que el centro de Chiclayo se perciba como un lugar desordenado, hay mucha contaminación visual.
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22. Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio Un plan de gestión o plan específico para el centro de Chiclayo se hace necesario pues las ciudades tienden a crecer y a descentralizar sus actividades, siendo los centros focos culturales y comerciales en los cuales se encuentran puntos de identidad colectiva que deben ser difundidos después de una eficiente labor de recuperación y puesta en valor. Solamente en el perímetro del parque principal de Chiclayo tenemos: Convento de Santa María Cine Colonial Cine Tropical Catedral Palacio Municipal Casa de José Leonardo Ortíz Existen cerca varias casonas que actualmente se encuentran dedicadas al comercio menor y que no han sido convenientemente puestas en valor. Calle Real, Tranv ía de Chiclayo.
25. Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo: Propuestas Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio Pasos a seguir en una propuesta para Chiclayo: I. Regularización de la Propiedad Se debe regularizar la propiedad de los inmuebles para poder hacer saneamiento legal, y recuperar los Monumentos que no tienen un dueño establecido. una estrategia en el caso de Monumentos que no pueden ser convenientemente conservados por parte de los propietarios, es la cesión en uso a la Municipalidad a cambio de algún beneficio tributario. En caso de ser otra Institución Estatal (Ejemplo: Convento de Santa María), se hace un trámite de adjudicación al órgano estatal correspondiente, después de la Justificación del caso. Archivo Dégolas Archivo Dégolas Catedral de Chiclayo inconclusa
29. Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo: Propuestas Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio IV. Elaboración de un Plan Específico para la Zona Monumental de Chiclayo (Reglamento de acondicionamiento Territorial, Capítulo I, artículo 3°) El reglamento de la Zona Monumental de Chiclayo no identifica los proyectos que se deben hacer en la Zona Monumental de Chiclayo. Regularización de la propiedad “Actualización” de la Zona Monumental Reglamentación Plan Específico para la Zona Monumental de Chiclayo Archivo Dégolas Antiguos cines en la calle San José.
30. Alcances para una Propuesta de un Plan de Gestión en la Zona Monumental de Chiclayo: Propuestas Chiclayo: Juntos Planificando el Territorio Se puede también enfocar el problema de la siguiente manera: Plan Específico para la Zona Monumental de Chiclayo I. Regularización físico legal, de delimitación y Normatividad (regularización de la propiedad, delimitación de la nueva Zona Monumental y Reglamentación de la misma) II. Otras Acciones Calle Real, Tranv ía de Chiclayo.