SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  9
Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Faculta De Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Alumna: Yameli Goyo
C.I. 11.278.727
SAIA/C
Derechos Humanos, Garantias y
Deberes Constitucionales
DERECHOS HUMANOS: Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen
nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Los derechos humanos en
Venezuela están garantizados en la Constitución de 1999.
DERECHOS INDIVIDUALES
Nuestra constitución vigente, al igual que la de 1961, reconoce el carácter constitucional de otros Derechos Individuales que siendo inherentes a la persona
humana no se hallen previstos en la Constitución Bolivariana ni en los tratados internacionales suscritos por la Republica (A rt. 22 CBV). Así por ejemplo el
caminar, el mirar o el respirar, podríamos decir que son Derechos inherentes a la persona humana y por lo tanto derechos individuales que gozan de jerarquía y
protección constitucional.
En nuestra Constitución vigente desde 1999 se recogen los Derechos individuales reconocidos por el constituyente venezolano. Así tenemos el Derecho a la
Vida (Art. 43 CBV), a la Libertad (Art. 44 CBV), a la Integridad personal (Art. 46 CBV), a la Inviolabilidad del Hogar domestico (Art. 47 CBV) , a la Inviolabilidad de
las Comunicaciones Privadas (Art. 48 CBV), a la Asociación (Art. 52 CBV), a Reunión (Art. 53 CBV), al Libre Transito (Art. 50 CBV), al Nombre (Art. 56 CBV), a la
Identidad (Art. 56 CBV), a la Libertad de Expresión (Art. 57 CBV), a la Información (Art. 58 CBV), al Honor, a la Privacidad y a la Intimidad Personal (Art.60 CBV),
entre los mas destacados.
DE LOS DERECHOS POLITICOS
Tales derechos constituyen una profundización de la democracia participativa y una apertura del poder publico hacia los ciudadanos a quienes ahora se les
atribuye la facultad de emitir su opinión en asuntos de especial interés político.Los derechos políticos se hayan establecidos en nuestra carta magna en el
Capitulo IV (del Titulo III de la CBV) denominado de "De los Derechos Políticos Y del Referendo Popular", particularmente en la "Sección Primera: De los
Derechos Políticos".
Así tenemos que entre los Derechos a la participación popular del pueblo a los Referendos consultivos nacionales y provinciales en materias de especial interés
nacional, estadal, municipal y parroquial (Art.71 CBV), los Referendos revocatorios de todos los cargos y magistraturas de elección popular (Art. 72 CBV), los
Referendos aprobatorios de Leyes y Tratados Internacionales (Art. 73 CBV) y los Referendos abrogatorios de Leyes y Decretos -Ley (Art. 74 CBV).
EL ESTADO SOCIAL-
DEMOCRATICO
Derechos sociales en sentido amplio, entre los cuales se encuentran, actualmente en nuestra carta magna, los culturales, económicos, de las familias, los
Educativos, los laborales y los de los pueblos indígenas.
Si el Estado de Derecho estaba construido para respetar al máximo la libertad ciudadana (en especial la libertad económica) y para no intervenir sino para
salvaguardar tal libertad, el Estado Social se fundamentaba en la intervención activa en los distintos ámbitos de la vida ciudadana para regular la vida social,
Estado-individuo, Estado-empresa, Estado-trabajadores, etc., limitándose así de una manera mas sensible la libertad del ciudadano, en casos extremos este es
el periodo – que media entre las dos guerras mundiales- donde se producen los sistemas políticos totalitarios, pues su orientación es la intervención intensa en la
autonomía de la persona y en la libertad en general de la sociedad.
DE LOS DERECHOS DE LAS
FAMILIAS
Entre los Derechos estrictamente Sociales, Capitulo V Titulo III de la CBV, tenemos en nuestra Constitución los Derechos de las Familias. En tales Derechos de
las familias se protege a la familia como asociación natural de la sociedad y como espacio fundamental para el desarrollo de las personas y en especial a los
niños y adolescentes en cuanto a su Derecho a tener una familia (Art. 75 CBV), a la maternidad y a la paternidad (Art. 76 CBV), al matrimonio heterosexual (Art.
77 CBV), a los niños y adolescentes con especial consideración como sujetos de Derechos (Art. 78 CBV), a los jóvenes en su proceso de desarrollo (Art. 79
CBV), a los ancianos de forma particular (Art. 80 CBV) y a los discapacitados con especial atención (Art. 81 CBV).
DE LOS DERECHOS
ECONOMICOS
la Constitución Bolivariana establece un conjunto de Derechos Económicos, orientados hacia la persona humana, es decir, a salvaguardar tales Derechos en
función del ciudadano. En el Capitulo VII del Titulo III de la CBV tenemos que la Constitución reconoce y protege los Derechos a la Libertad económica de los
ciudadanos (Art. 112 CBV), a la propiedad (Art. 115 CBV), al acceso de bienes y servicios de calidad (Art. 117 CBV) y a fundar y promover asociaciones y
cooperativas para la consecución de fines económicos, en especial de los trabajadores aunque se establece tal disposición jurídica en beneficio de la comunidad
en general (Art. 118 CBV).
DE LOS DERECHOS CULTURALES
El Estado Social-Democrático también reconoce los Derechos Culturales y Educativos, como parte de la segunda generación de Derechos Humanos que
estamos mencionando. De esta manera la Constitución Nacional protege los Derechos Culturales en el Capitulo VI del Titulo III tales como la Libertad Cultural:
invención, producción y divulgación de obras creativas, científica, tecnológica y humanística, así como tutela los Derechos de autor y la propiedad intelectual (Art.
98 CBV), el fomento a la cultura y el patrimonio cultural (Art. 99 CBV), y las culturas populares (Art. 100 CBV).
DE LOS DERECHOS A LA
EDUCACION Y OTROS
CORRELACIONADOS
En este mismo Capitulo y Titulo de la Constitución Nacional el Estado reconoce y tutela el Derecho a la Educación (Art. 102 y 103 CBV), la autonomía
Universitaria (Art. 109 CBV), la Ciencia y la Tecnología (Art. 110 CBV) y el Deporte (Art. 111).
DE LOS DERECHOS DE LOS
PUEBLOS INDIGENAS
En este Capitulo se establece un conjunto de Derechos especialmente reconocidos para los pueblos indígenas, lo que viene a configurar un régimen jurídico
especialísimo para este sector de la población, que aunque es muy reducido en numero y poco representativo la cultura dominante en nuestro país, es un grupo
humano de significativa importancia histórica para el Venezuela. En Venezuela de acuerdo al ( Art. 119 CBV), se protege la identidad y cultura indígena (Art. 121
CBV), se reconoce la medicina tradicional indígena (Art. 122 CBV), se reconocen las practicas económicas de la sociedad indígena ( Art. 123 CBV), Se tutela la
propiedad intelectual y colectiva de los pueblos indígenas (Art. 124 CBV), Se protege el Derecho a la participación política en Venezuela de los pueblos
indígenas (Art. 125 CBV) y se reconocen los pueblos indígenas como parte del pueblo Venezolano e integrantes del territorio de la Nación (Art. 126 CBV).
GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Las Garantías Constitucionales están diseñadas para cautelar derechos elementales como el derecho a la libertad, acceso a la
información, derecho a la propiedad, derecho a tener un medio ambiente sano, derecho a que se cumplan las leyes, derecho a que no se vulnere la constitución, etc. para
garantizar lo dicho anteriormente podemos interponer acciones de Hábeas Corpus, Hábeas Data, Amparo, Popular-Acción Popular-, Cumplimiento e Inconstitucionalidad
respectivamente.
Estas herramientas legales están diseñadas para que se respeten los derechos de los ciudadanos y no se abuse de ellos; el problema es que muchos de ellos las desconocen o
no saben como aplicarlas a continuación se presenta una breve lección con conceptos y ejemplos de garantías constitucionales.
De las Garantías de los
Derechos Individuales
Las garantías, que en realidad la constitución las reconoce como Derechos, se refiere a cada uno de los derechos que enunciar a se tutelan a los individuos (Derechos
individuales). Para tales efectos seguiré el orden de los artículos establecidos en la cons titución y que se refieren a los Derechos Civiles (Capitulo III). Estas Garantías son:
Del Derecho a la Vida (Art. 43 CBV) la prohibición de la pena de muerte, la obligación del Estado en asegurar dicho Derecho para las personas recluidas en las cárceles o
instituciones del Estado tales como hospitales psiquiátricos,instituto deprotección del menor, cuarteles o cualquiera otra forma de restricción a la libertad personal impuesta
por el mismo Estado.
Del Derecho a la Libertad Personal (Art. 44 CBV) tiene muchas facetas, de hecho es el segundo Derecho en orden de importancia (si atendemos al orden en que fueron
dispuestos los Derechos Civiles expresamente reconocidos en la carta magna), pero en lo que a puesto atención el constituyente es a los abusos que contra la libertad
personal ha cometido el Estado en Venezuela, de allí que la mayor parte de las garantías que pretenden resguardar este derecho estén orientadas hacia el ámbito jurídico-
penal,entre las garantíaspenales tenemos: el principio pro libertatis y las formalidades establecidas para el arresto y la detención previstos en el ordinal 1 del Art. 44 de la
CBV; La gratuidad dela obtención de la libertad por caución exigidapor la Ley (Ord.1 Art. 44 CBV); El Derecho a Comunicars ey a la Información, así como a ser registrado, con
todas las formalidades prescritas,para todas aquellas personasquehayan sido detenidas por la autoridad del Estado (Ord. 2 Art. 44 CBV); La notificación Consular, además de
las anteriormente mencionadas, para aquellos ciudadanos extranjeros detenidos en territorio venezolano (Ord. 2 Art. 44 CBV); El principio de personalidad de las penas, de
pena humanitaria y de un limitemáximo de 30 años,para aquellaspersonascondenadaspor la comisión de algún delito tipifica do en Venezuela (Ord. 3 Art. 44 CBV); Deber de
identificarsepor parte de la autoridad del Estado ante el ciudadano que ejerza una medida privativa de la libertad (Ord. 4 Art. 44 CBV); Obligación del Estado de no retener a
ninguna persona que haya cumplido el tiempo de la condena penal establecida en la sentencia judicial (Ord. 5 Art. 44 CBV); Prohibición para las autoridades del Estado de
desaparecer forzadamente a las personasso pena de ser sancionadospenalmente(Art. 45 CBV); el legislador venezolano a puesto el acento en aquellas normas garantisticas
adjetivas tanto de carácter administrativo como judicial (Art.49 CBV), así tenemos las normas del debido proceso: del Derecho a la Defensa (Art. 49 Ord. 1 CBV), de la
Presunción de inocencia (Art. 49 Ord. 2 CBV), del Derecho a ser Oído (Art. 49 Ord. 3 CBV), del derecho al Juez natural (Art. 49 Ord.4), Del Derecho a no confesar contra sí
mismo o contra sus familiares (Art.49 Ord.5), siendo desarrollados tales garantíasen el Código Orgánico Procesal Penal (fuente originaria de estas disposiciones procesales).
Otras garantías sustantivas revisten gran importancia en el Derecho que estamos tratando, así el Principio de Legalidad penal (Art. 49 Ord. 6 CBV), el principio de Non bis in
idem (Art. 49 Ord. 7 CBV), el principio de reserva legal (Art. 156 Ord. 32 CBV).Todas estas garantías diseminadas a lo largo del texto constitucional de una maner a difusa se
refieren a garantías procesales y sustantivas decarácter jurídicopenal ytienenlafinalidadde limitar el ejercicio del Ius Puniendi del Estado a favor del Derecho a
Libertad personal de los ciudadanos.
De las Garantías de los
Derechos Políticos
se encuentran establecidas en la propia Constitución. Algunas se hayan prescritas en aquellas disposiciones normativas que reconocen Derechos políticos;
otras se desarrollan en las leyes sobre la materia, en tanto que el propio constituyente prescribió en el articulado constitucional referido disposiciones jurídicas
de carácter programático a ser desarrolladas y profundizadas en leyes sobre la materia. en cuanto a las garantías político-constitucionales la del Derecho a la
Participación Política (Art. 62 CBV) la garantía de que esta deberá ejercerse libremente, es decir sin coacciones de ningún tipo; directamente, es decir,
prescribiéndose el papel protagónico del pueblo en la vida política nacional y en la gestión de los asuntos públicos (democracia participativa) o por medio de
sus representantes legítimamente escogidos (democracia representativa); así mismo el Estado se obliga a desarrollar los mecanismos adecuados para
canalizar la participación política directa de los ciudadanos en los asuntos políticos o públicos como garantía programática a ser desarrollada por la Ley
electoral o por otras que se refieran a la materia. Del Derecho al Sufragio (Art. 63 CBV) se establecen las garantías de que esta deberá ser a través de
votaciones, libres, universales, directas y secretas. Del Derecho a elegir (Art. 64 CBV) se establece la granita que los ciudadanos puedan ejercerlo cuando
hayan cumplido la edad suficiente (18 años) para ser capaces de discernir en la elección . Del Derecho al desempeño de cargos públicos (Art. 65 CBV) se
prescribe la garantía para aquellos ciudadanos que con vocación de servicio y honestidad en el manejo del ager publicus (de la cosa publica) se han dedicado
a ejercer un cargo publico puedan hacerlo con el reconocimiento y la consideración de la sociedad venezolana. Del Derecho de los ciudadanos a que se le
rindan cuentas por parte de los representantes del Estado por ellos elegidos (Art. 66 CBV) se derivan las garantías de los ciudadanos en saber, de forma
transparente (es decir clara) y periódica (es decir con determinada frecuencia no muy distante en el tiempo), que destino se le da al patrimonio publico del cual
son titulares. Del Derecho a la asociación con fines políticos (Art. 67 CBV) se derivan las garantías democráticas de organización, funcionamiento y
dirección de las organizaciones políticas que funden, así como la garantía de participación directa de los miembros de tales organizaciones en la escogencia de
sus candidatos a cargos de elección popular. Del Derecho a manifestar pacíficamente(Art. 68 CBV) se derivan las garantías para los manifestantes y otros
ciudadanos que las mismas deberán hacerse sin armas, previendo posibles lesiones a bienes jurídicos y Derechos de los ciudadanos, Del Derecho a asilo y
refugio (Art. 69 CBV) se derivan las garantías del deber de solidaridad para con aquellas personas que siendo perseguidas por motivos políticos o
humanitarios tengan necesidad de buscar cobijo en nuestro país. Finalmente se establecen como garantías para el ejercicio del Derecho a la participación
política, tanto en lo estrictamente político, así como en los social y en lo económico los medios que podrán ser utilizados para ello, prescribiéndose como una
garantía de carácter programático, pues es la ley la que deberá desarrollar los mecanismos adecuados para hacer efectivos los medios en esta disposición
señalados (Art. 70 CBV).
De las Garantías de los
Derechos de las
Familias
En cuanto a las garantías para la protección de la familia (Art. 75 CBV), después de señalarse en la prescripción jurídica los principios conforme a los cuales el
Estado pretende se fundamenten las relaciones familiares, el Estado se obliga a garantizar protección al padre, a la madre, o a quienes ejerzan la jefatura de la
familia, lo que evidentemente constituye una norma programática cuyas garantías habrán de desarrollarse en una ley que regule la materia. Otra garantía se
refiere a la obligación que prescribe el Estado de que el desarrollo de los niños y adolescentes deberá realizarse en el seno de la familia biológica. Si ello no es
posible establece tal prescripción dicho desarrollo corresponderá a una familia sustituta. Y finalmente se establece como una garantía a favor de los menores la
adopción equiparándola a efectos jurídicos a la filiación, adopción que siempre deberá redundar en beneficio de los menores. Por su parte respecto a la
protección de los niños y adolescentes (Art. 78 CBV) se establecen las garantías jurisdiccionales y sustantivas previstas en la ley venezolana (Ley de
protección del niño y del adolescente) y en la Convención sobre los Derechos del Niño así como de los demás tratados internac ionales relativos a la materia.
Respecto a la protección de los jóvenes (Art. 79 CBV) el Estado establece la granita de crear los mecanismos tendientes a hacer productivo el transito hacia la
edad adulta, en particular su capacitación y el acceso al primer empleo. En lo que se refiere a los Derechos de los ancianos (Art. 80 CBV) se garantiza un
sistema de seguridad social que eleve y asegure la calidad de vida de los ancianos, respetando siempre su dignidad y autonomía.
De las Garantías del
Derecho a la Vivienda
El Derecho a la vivienda (Art. 82 CBV) se garantiza para todas las personas, debiendo ser una vivienda higiénica, cómoda, segura, adecuada,
con servicios básicos. El Estado se compromete a garantizar las facilidades para que las familias y en especial las de escasos recursos
económicos puedan tener acceso a una vivienda, ello a través de créditos públicos y otras políticas sociales.
De las Garantías del
Derecho a la Salud
El Derecho a la salud (Art. 83 CBV) se concibe como parte del Derecho a la vida. La garantía de este derecho es que el Estado se compromete a
garantizar el acceso a los servicios de salud en virtud del bien estar colectivo y elevar la calidad de vida, asegurando además el cumplimiento de
las leyes venezolanas y tratados internacionales en la preservación de la salud de los ciudadanos
De las Garantías del
Derecho al Trabajo
En cuanto al Derecho al Trabajo el estado establece un conjunto de garantías determinadas. Así concibe el trabajo una ocupación que le
garantice al ciudadano una existencia digna y decorosa (Art. 87 CBV); para ello el estado se compromete a crear empleo (Art. 87 CBV);
establece que la ley creara las garantías necesarias para el ejercicio de los Derechos laborales (Art. 87 CBV) – ley orgánica del trabajo-;
Establece la libertad del trabajo (Art. 87 CBV); garantiza la seguridad, higiene y ambiente adecuado de trabajo (Art. 87 CBV); garantiza la
igualdad y equidad en el trabajo (Art. 88 CBV); reconoce como trabajo remunerado la labor domestica y garantiza la seguridad social para las
mas de casa (Art. 88 CBV); garantiza la intangibilidad y progresividad de los derechos laborales (Art. 89 Ord. 1 CBV); La irrenunciabilidad de los
derechos laborales (Art. 89 Ord. 2 CBV); En caso de oscuridad legal garantiza la interpretación mas favorable al trabajador (Art. 89 Ord, 3 CBV);
Hace nula toda disposición del patrono contraria a la constitución respecto a los derechos laborales y humanos en general (Art. 89 Ord. 4 CBV);
Garantiza la igualdad y no discriminación por cualquier causa o condición (Art. 89 Ord. 5 CBV); Proscribe el trabajo de los adolescentes en
aquellas labores que pueda afectar su desarrollo integral y prohíbe todo tipo de explotación de que pudiera ser objeto por razones laborales (Art.
89 Ord. 6 CBV); Establece la jornada de trabajo para garantizar una jornada humana y no esclavizante (Art. 90 CBV); Garantiza el derecho al
descanso (Art. 90 CBV); Establece el Derecho al salario (Art. 91 CBV); Establece el Derecho al salario mínimo vital (Art. 91 CBV); Garantiza las
prestaciones sociales (Art. 92 CBV); Garantiza la estabilidad laboral (Art. 93 CBV); Establece la responsabilidad de los patronos y contratistas
respecto a los trabajadores (Art. 94 CBV); Establece el derecho a la sindicalización (Art. 95 CBV); Garantiza la democracia sindical (Art. 95 CBV);
Garantiza el derecho a la negociación colectiva (Art. 96 CBV) y Establece el Derecho a Huelga (Art. 97 CBV). Garantías todas reguladas y
desarrolladas por la ley Orgánica del Trabajo.
En cuanto a las Garantías para el cumplimiento de los Derechos económicos de los ciudadanos (Art. 112 y ss CBV), la Constitución establece la
garantía a la iniciativa privada y justa distribución de la riqueza (Art. 112 CBV); Limita los monopolios y el abuso de la posición de dominio (Art.
113 CBV); Prescribe sanciones, a ser desarrolladas por ley especial, para quienes realice ilícitos económicos (Art. 114 CBV); La propiedad
garantizada como derecho tiene las garantías de goce, uso y disposición por parte de sus propietarios (Art. 115 CBV), y la expropiación de la
misma solo se justifica por causa de utilidad publica o social, mediante justa indemnización y a través de una sentencia judicial (Art. 115 CBV);
De las Garantías de los
Derechos Económicos
Prohíbe las confiscaciones salvo en los casos de delitos contra el patrimonio publico (Art. 116 CBV); respecto al Derecho a bienes y servicios de
calidad (Art. 117 CBV) establece la garantía a la información sobre los productos, no engañosa, los mecanismos para la defensa al consumidor
(INDECU), normativas de control de calidad, el resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes a los responsables
(Art. 117 CBV).
De las Garantías del
Derecho a la Educación
y a la Ciencia y
Tecnologia
En relación con el Derecho a la Educación (Art. 102 CBV) la Constitución prescribe una serie de garantías, a ser desarrolladas por el Estado, que
se resumen en: que es prioritaria para el Estado por su función social al servicio de la comunidad, es democrática, gratuita y obligatoria, es un
servicio publico, y pone su acento en la educación ciudadana, en la valoración ética del trabajo y en la participación activa de la misma en los
procesos de transformación social inspirados en los valores del país, latinoamericanos y universales (Art. 102 CBV). Así mismo el Derecho a la
Educación integral es para el Estado una obligación, estableciendo un conjunto de granitas para los ciudadanos que se pueden resumir: Tal
educación integral debe ser de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, es obligatoria a todos los niveles desde el
maternal hasta el diversificado. Con relación a la ciencia y la tecnología que el Estado reconoce el interés publico de ella para el desarrollo del
país (Art. 110 CBV), el Estado se compromete a crear un sistema nacional que gestione y desarrolle esta área de la actividad ciudadana así
como financiar con fondos públicos el mismo; obliga al sector privado a aportar recursos para dicha actividad (Art. 110 CBV).
De las Garantías de Los
Derechos Humanos en
General y
particularmente de los
Derechos Humanos de
la Tercera generación
El régimen de Garantías establecidos para los Derechos Humanos de la tercera generación, como aquí se les ha denominado, por una parte se hayan
establecidos en la propia constitución y por la otra en los tratados internacionales suscritos y ratificados por Venezuela. respecto a las garantías expresamente
establecidas en la constitución debemos acudir a las disposiciones generales establecidas en el Capitulo I Titulo III de la c arta magna. Allí encontramos la
garantía de progresividad de los Derechos Humanos (Art. 19 CBV) aplicables a todos los derechos humanos que hemos venido desarrollando pero que cobran
especial importancia en esta tercera generación de Derechos (Vid Supra....); igualmente se establece el principio de igualdad (Art. 21 CBV) y en ella las
Garantías de igualdad ante la ley (Art. 21 CBV), de prohibición de discriminaciones (Art. 21 Ord. 1 CBV), la garantía de igualdad real (Art. 21 Ord. 2 CBV),
sobre los tratos oficiales (Art. 21 Ord. 3 CBV), la proscripción de títulos (Art. 21 Ord. 4 CBV), la cláusula abierta de los derechos y garantías (Art. 22 CBV), la
irretroactividad de la ley (Art. 24 CBV), la nulidad de los actos estatales violatorios de los Derechos garantizados por la c onstitución (Art. 25 CBV), el Derecho
de acceso a la justicia (Art. 26 CBV), el Derecho de amparo constitucional (Art. 27 CBV), el procedimiento de amparo constitucional (Art. 27 CBV), la Acc ión de
amparo de habeas hábeas (Art. 27 CBV), el derecho de amparo y estados de acepción (Art. 27 CBV), el derecho y acción de amparo de habeas data (Art. 28
CBV), y el derecho de petición ante organismos internacionales y la ejecución de las decisiones de los órganos internacionales (Art. 31 CBV).Por su parte
respecto a los tratados internacionales que establecen garantías para los Derechos humanos debemos decir que estos no solo gozan de reconocimiento
constitucional (Art. 21 CBV), sino que también, sus normas, tienen jerarquía constitucional y privan sobre el ordenamiento jurídico interno de Venezuela (Art. 24
CBV). Pero igualmente hay que destacar que las garantías que se derivan de los derechos inherentes a la persona humana, aunque no se hallen previstos en
leyes nacionales o tratados internacionales deberán ser desarrolladas y tiene carácter constitucional (Art. 22 CBV). Por lo tanto las Garantías que se derivan de
los tratados y convenios internacionales resultan de obligatoria consulta cuando se trate de Derechos Humanos, pues las garantías allí establecidas, que son
numerosas, tiene el carácter de ley en Venezuela.
DEBERES CONSTITUCIONALES:Se establecen como el conjunto de deberes constitucionales de las personas, los cuales se complementan con otras
disposiciones del texto constitucional.
El deber de defender a la
patria
Todoslos venezolanostienenel deberde honrary defenderalapatria,sus símbolos,valoresculturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la
integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación (art. 130).
El deber de acatar la
Constitución
Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar la Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder
Público (art.131).
Los deberes de solidaridad
social
odas las personas tienen el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país,
promoviendoydefendiendolosderechoshumanoscomofundamentode laconvivenciademocráticayde la paz social (art. 132). Además, conforme al artículo
135, las obligacionesque correspondanal Estado,conforme ala Constituciónyala ley,encumplimientode los fines del bienestar social general, no excluyen
las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria, correspondan a los particulares según su capacidad.
El deber de contribuir con los
gastos públicos Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley (art.
133).
El deberde prestar el servicio
civil y militar
Toda persona,de conformidadconlaley,tiene el deberde prestar los servicios civil o militar necesarios para la defensa, preservación y desarrollo del país, o
para hacer frente a situaciones de calamidad pública.
En cuanto al servicio militar, se establece expresamente que nadie puede ser sometido a reclutamiento forzoso.
Además, toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electorales que se les asignen de conformidad con la ley (art. 134).
El deber de educarse
La educación,ademásde underecho,se establece como un deber constitucional (deber social fundamental) por lo que es obligatoria (art. 102) en todos sus
niveles desde el maternal hasta el nivel medio diversificado (art. 103)
El deber de trabajar
El trabajo, además de un derecho, también se lo considera como un deber constitucional (art. 87).
Los deberes de los padres e
hijos
Los padres tienen el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos; y estos tienen el deber de asistirlos cuando
aquellos no puedan hacerlo por si mismos (art. 76).
Semejanzas entre los derechos humanos y las garantias: ambos tutelan
1.- El derecho a la vida
2.- A la libertad
3.- A la igualdad
4.-Al respeto
5.-A la dignidad
6.-A la seguridad
Diferencias entre los derechos humanos y las garantias:
1.- Los derechos humanos nos los ganamos por el solo hecho de haber nacido, es algo que se trae con uno mismo, es intrínseco. Mientras que las garantías
individuales se han adquirido o nos las ha proporcionado el Estado a través de su organización como tal.
2.- Los derechos humanos nunca se habrán de perder o suspender como sí puede acontecer con las garantías individuales de acuerdo al derecho Constitucional.
3.- El organismo defensor que los derechos humanos es precisamente la comisión nacional y/o estatal de los derechos humanos, organismo autónomo, no
depende de ninguno de los 5 poderes. Y la vigilancia del cumplimiento o encargados de hacer valer las garantías individuales sí tiene que ver con los poderes,
como por ejemplo el legislativo que las dictó, el judicial que las aplica y el ejecutivo que las hace cumplir.
4.- Los derechos humanos los encontramos plasmados en los tratados y convenciones; mientras las garantías individuales las encontramos en la constitución
política.
5.- Los derechos humanos son considerados y aplicados mundialmente, con los mismos artículos y contenido recorren todos los países; las garantías individuales
en cambio, son particulares para cada nación, su contenido varía de país a país.

Contenu connexe

Tendances

Derecho internacional privado
Derecho internacional privado Derecho internacional privado
Derecho internacional privado mai sanchez
 
Derechos De La Constitucion
Derechos De La ConstitucionDerechos De La Constitucion
Derechos De La Constitucionbcolina
 
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.Los derechos humanos y garantías y de los deberes.
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.mataraquel
 
Derechos Humanos en Venezuela, Daniella Sánchez
Derechos Humanos en Venezuela, Daniella SánchezDerechos Humanos en Venezuela, Daniella Sánchez
Derechos Humanos en Venezuela, Daniella SánchezEspacio Público
 
Derecho humanos y garantias ind
Derecho humanos y garantias indDerecho humanos y garantias ind
Derecho humanos y garantias indfiscmaster
 
derecho constitucional
derecho constitucionalderecho constitucional
derecho constitucionalMusa Majad
 
Constitución política del perú
Constitución política del perúConstitución política del perú
Constitución política del perúmariomerchan
 
Ensayo derecho garantia individuales
Ensayo derecho garantia individualesEnsayo derecho garantia individuales
Ensayo derecho garantia individualesMarvin Martinez
 
Los derechos humanos
Los derechos humanosLos derechos humanos
Los derechos humanosJHOANACRUZADO
 
Los derechos humanos en la constitución 2°hhj
Los derechos humanos en la constitución 2°hhjLos derechos humanos en la constitución 2°hhj
Los derechos humanos en la constitución 2°hhjremi2013
 
Constitucion politica
Constitucion politicaConstitucion politica
Constitucion politicaWily Cruzado
 
Estructura de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Estructura de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.Estructura de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Estructura de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.Ministerio de energía electrica
 
GarantíAs Y Derechos Constitucionales
GarantíAs Y Derechos ConstitucionalesGarantíAs Y Derechos Constitucionales
GarantíAs Y Derechos Constitucionalespecasbil
 
Los Derechos Humanos en la Constitucion Mexicana
Los Derechos Humanos en la Constitucion MexicanaLos Derechos Humanos en la Constitucion Mexicana
Los Derechos Humanos en la Constitucion MexicanaLuis Vargas
 

Tendances (20)

Derecho internacional privado
Derecho internacional privado Derecho internacional privado
Derecho internacional privado
 
Derechos De La Constitucion
Derechos De La ConstitucionDerechos De La Constitucion
Derechos De La Constitucion
 
Yunelsy
YunelsyYunelsy
Yunelsy
 
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.Los derechos humanos y garantías y de los deberes.
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.
 
Derechos humanos clase
Derechos humanos claseDerechos humanos clase
Derechos humanos clase
 
Derechos Humanos en Venezuela, Daniella Sánchez
Derechos Humanos en Venezuela, Daniella SánchezDerechos Humanos en Venezuela, Daniella Sánchez
Derechos Humanos en Venezuela, Daniella Sánchez
 
Derecho humanos y garantias ind
Derecho humanos y garantias indDerecho humanos y garantias ind
Derecho humanos y garantias ind
 
derecho constitucional
derecho constitucionalderecho constitucional
derecho constitucional
 
Constitución política del perú
Constitución política del perúConstitución política del perú
Constitución política del perú
 
Ensayo derecho garantia individuales
Ensayo derecho garantia individualesEnsayo derecho garantia individuales
Ensayo derecho garantia individuales
 
Los derechos humanos
Los derechos humanosLos derechos humanos
Los derechos humanos
 
Los derechos humanos en la constitución 2°hhj
Los derechos humanos en la constitución 2°hhjLos derechos humanos en la constitución 2°hhj
Los derechos humanos en la constitución 2°hhj
 
Constitucion politica
Constitucion politicaConstitucion politica
Constitucion politica
 
Derechos y garantias
Derechos y garantiasDerechos y garantias
Derechos y garantias
 
Haidelys3(rev)
Haidelys3(rev)Haidelys3(rev)
Haidelys3(rev)
 
Estructura de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Estructura de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.Estructura de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Estructura de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
 
Constitucion política del peru
Constitucion política del peruConstitucion política del peru
Constitucion política del peru
 
GarantíAs Y Derechos Constitucionales
GarantíAs Y Derechos ConstitucionalesGarantíAs Y Derechos Constitucionales
GarantíAs Y Derechos Constitucionales
 
Los Derechos Humanos en la Constitucion Mexicana
Los Derechos Humanos en la Constitucion MexicanaLos Derechos Humanos en la Constitucion Mexicana
Los Derechos Humanos en la Constitucion Mexicana
 
DEBERES Y DERECHOS
DEBERES Y DERECHOSDEBERES Y DERECHOS
DEBERES Y DERECHOS
 

Similaire à Derechos humanos

Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdx
Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdxMapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdx
Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdxYlsmar Torres Garcia
 
Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdx
Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdxMapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdx
Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdxYlsmar Torres Garcia
 
DE LOS DERECHOS HUMANOS, GARANTÍAS Y DEBERES EN EL ESTADO VENEZOLANO
DE LOS DERECHOS HUMANOS, GARANTÍAS Y DEBERES EN EL ESTADO VENEZOLANODE LOS DERECHOS HUMANOS, GARANTÍAS Y DEBERES EN EL ESTADO VENEZOLANO
DE LOS DERECHOS HUMANOS, GARANTÍAS Y DEBERES EN EL ESTADO VENEZOLANOanantta garcia valverde
 
Derecho internacional
Derecho internacionalDerecho internacional
Derecho internacionalsaraith riera
 
Los derechos humanos y garantías y de los deberes
Los derechos humanos y garantías y de los deberesLos derechos humanos y garantías y de los deberes
Los derechos humanos y garantías y de los deberesmataraquel
 
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.Los derechos humanos y garantías y de los deberes.
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.mataraquel
 
Los Derechos Humanos y Garantía de los Deberes
Los Derechos Humanos y Garantía de los DeberesLos Derechos Humanos y Garantía de los Deberes
Los Derechos Humanos y Garantía de los DeberesDeiimerGimenez
 
Actividad aprendizaje08 session05
Actividad aprendizaje08 session05Actividad aprendizaje08 session05
Actividad aprendizaje08 session05JuleisiVegatume
 
Investigacion zamaria
Investigacion zamariaInvestigacion zamaria
Investigacion zamaria15059608
 
Derechos y deberes de los venezolanos.
Derechos y deberes de los venezolanos.Derechos y deberes de los venezolanos.
Derechos y deberes de los venezolanos.Mariapatino00
 
Cuadro explicativo derecho Constitucional
Cuadro explicativo derecho ConstitucionalCuadro explicativo derecho Constitucional
Cuadro explicativo derecho ConstitucionalWilmer Antequera
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación125400660y
 
Derechos y deberes en la Constitucion de Venezuela
Derechos y deberes en la Constitucion de VenezuelaDerechos y deberes en la Constitucion de Venezuela
Derechos y deberes en la Constitucion de Venezuelagenessy gutierrez jimenez
 
temario de EDUCACIÓN CÍVICA 1ero sec.pptx
temario de EDUCACIÓN CÍVICA 1ero sec.pptxtemario de EDUCACIÓN CÍVICA 1ero sec.pptx
temario de EDUCACIÓN CÍVICA 1ero sec.pptxandersg2311
 
Derechos humanos
Derechos humanosDerechos humanos
Derechos humanosNilcarls
 

Similaire à Derechos humanos (20)

Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdx
Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdxMapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdx
Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdx
 
Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdx
Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdxMapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdx
Mapa conceptual derecho constitucional oct (1).vsdx
 
DE LOS DERECHOS HUMANOS, GARANTÍAS Y DEBERES EN EL ESTADO VENEZOLANO
DE LOS DERECHOS HUMANOS, GARANTÍAS Y DEBERES EN EL ESTADO VENEZOLANODE LOS DERECHOS HUMANOS, GARANTÍAS Y DEBERES EN EL ESTADO VENEZOLANO
DE LOS DERECHOS HUMANOS, GARANTÍAS Y DEBERES EN EL ESTADO VENEZOLANO
 
Derecho internacional
Derecho internacionalDerecho internacional
Derecho internacional
 
Los derechos humanos y garantías y de los deberes
Los derechos humanos y garantías y de los deberesLos derechos humanos y garantías y de los deberes
Los derechos humanos y garantías y de los deberes
 
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.Los derechos humanos y garantías y de los deberes.
Los derechos humanos y garantías y de los deberes.
 
Los Derechos Humanos y Garantía de los Deberes
Los Derechos Humanos y Garantía de los DeberesLos Derechos Humanos y Garantía de los Deberes
Los Derechos Humanos y Garantía de los Deberes
 
Yunelsy
YunelsyYunelsy
Yunelsy
 
Derechos+humanos
Derechos+humanosDerechos+humanos
Derechos+humanos
 
Tarea 3
Tarea 3Tarea 3
Tarea 3
 
Katherin Arrieche
Katherin ArriecheKatherin Arrieche
Katherin Arrieche
 
Actividad aprendizaje08 session05
Actividad aprendizaje08 session05Actividad aprendizaje08 session05
Actividad aprendizaje08 session05
 
Actividad aprendizaje08 session05
Actividad aprendizaje08 session05Actividad aprendizaje08 session05
Actividad aprendizaje08 session05
 
Investigacion zamaria
Investigacion zamariaInvestigacion zamaria
Investigacion zamaria
 
Derechos y deberes de los venezolanos.
Derechos y deberes de los venezolanos.Derechos y deberes de los venezolanos.
Derechos y deberes de los venezolanos.
 
Cuadro explicativo derecho Constitucional
Cuadro explicativo derecho ConstitucionalCuadro explicativo derecho Constitucional
Cuadro explicativo derecho Constitucional
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Derechos y deberes en la Constitucion de Venezuela
Derechos y deberes en la Constitucion de VenezuelaDerechos y deberes en la Constitucion de Venezuela
Derechos y deberes en la Constitucion de Venezuela
 
temario de EDUCACIÓN CÍVICA 1ero sec.pptx
temario de EDUCACIÓN CÍVICA 1ero sec.pptxtemario de EDUCACIÓN CÍVICA 1ero sec.pptx
temario de EDUCACIÓN CÍVICA 1ero sec.pptx
 
Derechos humanos
Derechos humanosDerechos humanos
Derechos humanos
 

Plus de yamelisnoiret

Ilicitos tributarios
Ilicitos tributariosIlicitos tributarios
Ilicitos tributariosyamelisnoiret
 
Participacion ciudadana
Participacion ciudadanaParticipacion ciudadana
Participacion ciudadanayamelisnoiret
 
La No Sujeción Al Impuesto, Las Exenciones, Exoneraciones En Venezuela
La No Sujeción Al Impuesto, Las Exenciones, Exoneraciones   En VenezuelaLa No Sujeción Al Impuesto, Las Exenciones, Exoneraciones   En Venezuela
La No Sujeción Al Impuesto, Las Exenciones, Exoneraciones En Venezuelayamelisnoiret
 
LAS INSTITUCIONES EN LA VIDA SOCIAL
LAS INSTITUCIONES EN LA VIDA SOCIALLAS INSTITUCIONES EN LA VIDA SOCIAL
LAS INSTITUCIONES EN LA VIDA SOCIALyamelisnoiret
 
Fuentes de obligaciones
Fuentes de obligaciones   Fuentes de obligaciones
Fuentes de obligaciones yamelisnoiret
 
Fuentes de obligaciones
Fuentes de obligacionesFuentes de obligaciones
Fuentes de obligacionesyamelisnoiret
 
La Extorsión , El Secuestro y La Estafa
La Extorsión , El Secuestro y La EstafaLa Extorsión , El Secuestro y La Estafa
La Extorsión , El Secuestro y La Estafayamelisnoiret
 
Soberania territorial
Soberania territorialSoberania territorial
Soberania territorialyamelisnoiret
 

Plus de yamelisnoiret (20)

Ilicitos tributarios
Ilicitos tributariosIlicitos tributarios
Ilicitos tributarios
 
La Recreacion
La RecreacionLa Recreacion
La Recreacion
 
caso criminalistico
caso criminalisticocaso criminalistico
caso criminalistico
 
Criminologia
CriminologiaCriminologia
Criminologia
 
Participacion ciudadana
Participacion ciudadanaParticipacion ciudadana
Participacion ciudadana
 
La No Sujeción Al Impuesto, Las Exenciones, Exoneraciones En Venezuela
La No Sujeción Al Impuesto, Las Exenciones, Exoneraciones   En VenezuelaLa No Sujeción Al Impuesto, Las Exenciones, Exoneraciones   En Venezuela
La No Sujeción Al Impuesto, Las Exenciones, Exoneraciones En Venezuela
 
Organizacion
OrganizacionOrganizacion
Organizacion
 
Politica
PoliticaPolitica
Politica
 
Hecho imponible
Hecho imponibleHecho imponible
Hecho imponible
 
LAS INSTITUCIONES EN LA VIDA SOCIAL
LAS INSTITUCIONES EN LA VIDA SOCIALLAS INSTITUCIONES EN LA VIDA SOCIAL
LAS INSTITUCIONES EN LA VIDA SOCIAL
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financiero
 
Cuadro
Cuadro Cuadro
Cuadro
 
Fuentes de obligaciones
Fuentes de obligaciones   Fuentes de obligaciones
Fuentes de obligaciones
 
Fuentes de obligaciones
Fuentes de obligacionesFuentes de obligaciones
Fuentes de obligaciones
 
Cuadro comparativo
Cuadro comparativoCuadro comparativo
Cuadro comparativo
 
El Poder Ciudadano
El Poder Ciudadano El Poder Ciudadano
El Poder Ciudadano
 
La Extorsión , El Secuestro y La Estafa
La Extorsión , El Secuestro y La EstafaLa Extorsión , El Secuestro y La Estafa
La Extorsión , El Secuestro y La Estafa
 
La justicia de paz
La justicia de pazLa justicia de paz
La justicia de paz
 
La justicia de paz
La justicia de pazLa justicia de paz
La justicia de paz
 
Soberania territorial
Soberania territorialSoberania territorial
Soberania territorial
 

Dernier

LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxYeseniaRivera50
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024IES Vicent Andres Estelles
 
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfFisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfcoloncopias5
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdfOswaldoGonzalezCruz
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfAlfredoRamirez953210
 
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfBIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfCESARMALAGA4
 
Tarea 5-Selección de herramientas digitales-Carol Eraso.pdf
Tarea 5-Selección de herramientas digitales-Carol Eraso.pdfTarea 5-Selección de herramientas digitales-Carol Eraso.pdf
Tarea 5-Selección de herramientas digitales-Carol Eraso.pdfCarol Andrea Eraso Guerrero
 
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMALVOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMALEDUCCUniversidadCatl
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
ÉTICA, NATURALEZA Y SOCIEDADES_3RO_3ER TRIMESTRE.pdf
ÉTICA, NATURALEZA Y SOCIEDADES_3RO_3ER TRIMESTRE.pdfÉTICA, NATURALEZA Y SOCIEDADES_3RO_3ER TRIMESTRE.pdf
ÉTICA, NATURALEZA Y SOCIEDADES_3RO_3ER TRIMESTRE.pdfluisantoniocruzcorte1
 
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docxCIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docxAgustinaNuez21
 
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdfFundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdfsamyarrocha1
 
Uses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressionsUses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressionsConsueloSantana3
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
La evolucion de la especie humana-primero de secundaria
La evolucion de la especie humana-primero de secundariaLa evolucion de la especie humana-primero de secundaria
La evolucion de la especie humana-primero de secundariamarco carlos cuyo
 
periodico mural y sus partes y caracteristicas
periodico mural y sus partes y caracteristicasperiodico mural y sus partes y caracteristicas
periodico mural y sus partes y caracteristicas123yudy
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfromanmillans
 

Dernier (20)

LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
 
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDIUnidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
 
Sesión La luz brilla en la oscuridad.pdf
Sesión  La luz brilla en la oscuridad.pdfSesión  La luz brilla en la oscuridad.pdf
Sesión La luz brilla en la oscuridad.pdf
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
 
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfFisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
 
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfBIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
 
Tarea 5-Selección de herramientas digitales-Carol Eraso.pdf
Tarea 5-Selección de herramientas digitales-Carol Eraso.pdfTarea 5-Selección de herramientas digitales-Carol Eraso.pdf
Tarea 5-Selección de herramientas digitales-Carol Eraso.pdf
 
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMALVOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
ÉTICA, NATURALEZA Y SOCIEDADES_3RO_3ER TRIMESTRE.pdf
ÉTICA, NATURALEZA Y SOCIEDADES_3RO_3ER TRIMESTRE.pdfÉTICA, NATURALEZA Y SOCIEDADES_3RO_3ER TRIMESTRE.pdf
ÉTICA, NATURALEZA Y SOCIEDADES_3RO_3ER TRIMESTRE.pdf
 
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docxCIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
 
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdfFundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
 
Uses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressionsUses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressions
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
La evolucion de la especie humana-primero de secundaria
La evolucion de la especie humana-primero de secundariaLa evolucion de la especie humana-primero de secundaria
La evolucion de la especie humana-primero de secundaria
 
periodico mural y sus partes y caracteristicas
periodico mural y sus partes y caracteristicasperiodico mural y sus partes y caracteristicas
periodico mural y sus partes y caracteristicas
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
 

Derechos humanos

  • 1. Universidad Fermín Toro Vice Rectorado Académico Faculta De Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Alumna: Yameli Goyo C.I. 11.278.727 SAIA/C Derechos Humanos, Garantias y Deberes Constitucionales
  • 2. DERECHOS HUMANOS: Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Los derechos humanos en Venezuela están garantizados en la Constitución de 1999. DERECHOS INDIVIDUALES Nuestra constitución vigente, al igual que la de 1961, reconoce el carácter constitucional de otros Derechos Individuales que siendo inherentes a la persona humana no se hallen previstos en la Constitución Bolivariana ni en los tratados internacionales suscritos por la Republica (A rt. 22 CBV). Así por ejemplo el caminar, el mirar o el respirar, podríamos decir que son Derechos inherentes a la persona humana y por lo tanto derechos individuales que gozan de jerarquía y protección constitucional. En nuestra Constitución vigente desde 1999 se recogen los Derechos individuales reconocidos por el constituyente venezolano. Así tenemos el Derecho a la Vida (Art. 43 CBV), a la Libertad (Art. 44 CBV), a la Integridad personal (Art. 46 CBV), a la Inviolabilidad del Hogar domestico (Art. 47 CBV) , a la Inviolabilidad de las Comunicaciones Privadas (Art. 48 CBV), a la Asociación (Art. 52 CBV), a Reunión (Art. 53 CBV), al Libre Transito (Art. 50 CBV), al Nombre (Art. 56 CBV), a la Identidad (Art. 56 CBV), a la Libertad de Expresión (Art. 57 CBV), a la Información (Art. 58 CBV), al Honor, a la Privacidad y a la Intimidad Personal (Art.60 CBV), entre los mas destacados. DE LOS DERECHOS POLITICOS Tales derechos constituyen una profundización de la democracia participativa y una apertura del poder publico hacia los ciudadanos a quienes ahora se les atribuye la facultad de emitir su opinión en asuntos de especial interés político.Los derechos políticos se hayan establecidos en nuestra carta magna en el Capitulo IV (del Titulo III de la CBV) denominado de "De los Derechos Políticos Y del Referendo Popular", particularmente en la "Sección Primera: De los Derechos Políticos". Así tenemos que entre los Derechos a la participación popular del pueblo a los Referendos consultivos nacionales y provinciales en materias de especial interés nacional, estadal, municipal y parroquial (Art.71 CBV), los Referendos revocatorios de todos los cargos y magistraturas de elección popular (Art. 72 CBV), los Referendos aprobatorios de Leyes y Tratados Internacionales (Art. 73 CBV) y los Referendos abrogatorios de Leyes y Decretos -Ley (Art. 74 CBV). EL ESTADO SOCIAL- DEMOCRATICO Derechos sociales en sentido amplio, entre los cuales se encuentran, actualmente en nuestra carta magna, los culturales, económicos, de las familias, los Educativos, los laborales y los de los pueblos indígenas. Si el Estado de Derecho estaba construido para respetar al máximo la libertad ciudadana (en especial la libertad económica) y para no intervenir sino para salvaguardar tal libertad, el Estado Social se fundamentaba en la intervención activa en los distintos ámbitos de la vida ciudadana para regular la vida social, Estado-individuo, Estado-empresa, Estado-trabajadores, etc., limitándose así de una manera mas sensible la libertad del ciudadano, en casos extremos este es el periodo – que media entre las dos guerras mundiales- donde se producen los sistemas políticos totalitarios, pues su orientación es la intervención intensa en la autonomía de la persona y en la libertad en general de la sociedad. DE LOS DERECHOS DE LAS FAMILIAS Entre los Derechos estrictamente Sociales, Capitulo V Titulo III de la CBV, tenemos en nuestra Constitución los Derechos de las Familias. En tales Derechos de las familias se protege a la familia como asociación natural de la sociedad y como espacio fundamental para el desarrollo de las personas y en especial a los niños y adolescentes en cuanto a su Derecho a tener una familia (Art. 75 CBV), a la maternidad y a la paternidad (Art. 76 CBV), al matrimonio heterosexual (Art. 77 CBV), a los niños y adolescentes con especial consideración como sujetos de Derechos (Art. 78 CBV), a los jóvenes en su proceso de desarrollo (Art. 79 CBV), a los ancianos de forma particular (Art. 80 CBV) y a los discapacitados con especial atención (Art. 81 CBV). DE LOS DERECHOS ECONOMICOS la Constitución Bolivariana establece un conjunto de Derechos Económicos, orientados hacia la persona humana, es decir, a salvaguardar tales Derechos en función del ciudadano. En el Capitulo VII del Titulo III de la CBV tenemos que la Constitución reconoce y protege los Derechos a la Libertad económica de los ciudadanos (Art. 112 CBV), a la propiedad (Art. 115 CBV), al acceso de bienes y servicios de calidad (Art. 117 CBV) y a fundar y promover asociaciones y cooperativas para la consecución de fines económicos, en especial de los trabajadores aunque se establece tal disposición jurídica en beneficio de la comunidad en general (Art. 118 CBV).
  • 3. DE LOS DERECHOS CULTURALES El Estado Social-Democrático también reconoce los Derechos Culturales y Educativos, como parte de la segunda generación de Derechos Humanos que estamos mencionando. De esta manera la Constitución Nacional protege los Derechos Culturales en el Capitulo VI del Titulo III tales como la Libertad Cultural: invención, producción y divulgación de obras creativas, científica, tecnológica y humanística, así como tutela los Derechos de autor y la propiedad intelectual (Art. 98 CBV), el fomento a la cultura y el patrimonio cultural (Art. 99 CBV), y las culturas populares (Art. 100 CBV). DE LOS DERECHOS A LA EDUCACION Y OTROS CORRELACIONADOS En este mismo Capitulo y Titulo de la Constitución Nacional el Estado reconoce y tutela el Derecho a la Educación (Art. 102 y 103 CBV), la autonomía Universitaria (Art. 109 CBV), la Ciencia y la Tecnología (Art. 110 CBV) y el Deporte (Art. 111). DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS En este Capitulo se establece un conjunto de Derechos especialmente reconocidos para los pueblos indígenas, lo que viene a configurar un régimen jurídico especialísimo para este sector de la población, que aunque es muy reducido en numero y poco representativo la cultura dominante en nuestro país, es un grupo humano de significativa importancia histórica para el Venezuela. En Venezuela de acuerdo al ( Art. 119 CBV), se protege la identidad y cultura indígena (Art. 121 CBV), se reconoce la medicina tradicional indígena (Art. 122 CBV), se reconocen las practicas económicas de la sociedad indígena ( Art. 123 CBV), Se tutela la propiedad intelectual y colectiva de los pueblos indígenas (Art. 124 CBV), Se protege el Derecho a la participación política en Venezuela de los pueblos indígenas (Art. 125 CBV) y se reconocen los pueblos indígenas como parte del pueblo Venezolano e integrantes del territorio de la Nación (Art. 126 CBV).
  • 4. GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Las Garantías Constitucionales están diseñadas para cautelar derechos elementales como el derecho a la libertad, acceso a la información, derecho a la propiedad, derecho a tener un medio ambiente sano, derecho a que se cumplan las leyes, derecho a que no se vulnere la constitución, etc. para garantizar lo dicho anteriormente podemos interponer acciones de Hábeas Corpus, Hábeas Data, Amparo, Popular-Acción Popular-, Cumplimiento e Inconstitucionalidad respectivamente. Estas herramientas legales están diseñadas para que se respeten los derechos de los ciudadanos y no se abuse de ellos; el problema es que muchos de ellos las desconocen o no saben como aplicarlas a continuación se presenta una breve lección con conceptos y ejemplos de garantías constitucionales. De las Garantías de los Derechos Individuales Las garantías, que en realidad la constitución las reconoce como Derechos, se refiere a cada uno de los derechos que enunciar a se tutelan a los individuos (Derechos individuales). Para tales efectos seguiré el orden de los artículos establecidos en la cons titución y que se refieren a los Derechos Civiles (Capitulo III). Estas Garantías son: Del Derecho a la Vida (Art. 43 CBV) la prohibición de la pena de muerte, la obligación del Estado en asegurar dicho Derecho para las personas recluidas en las cárceles o instituciones del Estado tales como hospitales psiquiátricos,instituto deprotección del menor, cuarteles o cualquiera otra forma de restricción a la libertad personal impuesta por el mismo Estado. Del Derecho a la Libertad Personal (Art. 44 CBV) tiene muchas facetas, de hecho es el segundo Derecho en orden de importancia (si atendemos al orden en que fueron dispuestos los Derechos Civiles expresamente reconocidos en la carta magna), pero en lo que a puesto atención el constituyente es a los abusos que contra la libertad personal ha cometido el Estado en Venezuela, de allí que la mayor parte de las garantías que pretenden resguardar este derecho estén orientadas hacia el ámbito jurídico- penal,entre las garantíaspenales tenemos: el principio pro libertatis y las formalidades establecidas para el arresto y la detención previstos en el ordinal 1 del Art. 44 de la CBV; La gratuidad dela obtención de la libertad por caución exigidapor la Ley (Ord.1 Art. 44 CBV); El Derecho a Comunicars ey a la Información, así como a ser registrado, con todas las formalidades prescritas,para todas aquellas personasquehayan sido detenidas por la autoridad del Estado (Ord. 2 Art. 44 CBV); La notificación Consular, además de las anteriormente mencionadas, para aquellos ciudadanos extranjeros detenidos en territorio venezolano (Ord. 2 Art. 44 CBV); El principio de personalidad de las penas, de pena humanitaria y de un limitemáximo de 30 años,para aquellaspersonascondenadaspor la comisión de algún delito tipifica do en Venezuela (Ord. 3 Art. 44 CBV); Deber de identificarsepor parte de la autoridad del Estado ante el ciudadano que ejerza una medida privativa de la libertad (Ord. 4 Art. 44 CBV); Obligación del Estado de no retener a ninguna persona que haya cumplido el tiempo de la condena penal establecida en la sentencia judicial (Ord. 5 Art. 44 CBV); Prohibición para las autoridades del Estado de desaparecer forzadamente a las personasso pena de ser sancionadospenalmente(Art. 45 CBV); el legislador venezolano a puesto el acento en aquellas normas garantisticas adjetivas tanto de carácter administrativo como judicial (Art.49 CBV), así tenemos las normas del debido proceso: del Derecho a la Defensa (Art. 49 Ord. 1 CBV), de la Presunción de inocencia (Art. 49 Ord. 2 CBV), del Derecho a ser Oído (Art. 49 Ord. 3 CBV), del derecho al Juez natural (Art. 49 Ord.4), Del Derecho a no confesar contra sí mismo o contra sus familiares (Art.49 Ord.5), siendo desarrollados tales garantíasen el Código Orgánico Procesal Penal (fuente originaria de estas disposiciones procesales). Otras garantías sustantivas revisten gran importancia en el Derecho que estamos tratando, así el Principio de Legalidad penal (Art. 49 Ord. 6 CBV), el principio de Non bis in idem (Art. 49 Ord. 7 CBV), el principio de reserva legal (Art. 156 Ord. 32 CBV).Todas estas garantías diseminadas a lo largo del texto constitucional de una maner a difusa se refieren a garantías procesales y sustantivas decarácter jurídicopenal ytienenlafinalidadde limitar el ejercicio del Ius Puniendi del Estado a favor del Derecho a Libertad personal de los ciudadanos.
  • 5. De las Garantías de los Derechos Políticos se encuentran establecidas en la propia Constitución. Algunas se hayan prescritas en aquellas disposiciones normativas que reconocen Derechos políticos; otras se desarrollan en las leyes sobre la materia, en tanto que el propio constituyente prescribió en el articulado constitucional referido disposiciones jurídicas de carácter programático a ser desarrolladas y profundizadas en leyes sobre la materia. en cuanto a las garantías político-constitucionales la del Derecho a la Participación Política (Art. 62 CBV) la garantía de que esta deberá ejercerse libremente, es decir sin coacciones de ningún tipo; directamente, es decir, prescribiéndose el papel protagónico del pueblo en la vida política nacional y en la gestión de los asuntos públicos (democracia participativa) o por medio de sus representantes legítimamente escogidos (democracia representativa); así mismo el Estado se obliga a desarrollar los mecanismos adecuados para canalizar la participación política directa de los ciudadanos en los asuntos políticos o públicos como garantía programática a ser desarrollada por la Ley electoral o por otras que se refieran a la materia. Del Derecho al Sufragio (Art. 63 CBV) se establecen las garantías de que esta deberá ser a través de votaciones, libres, universales, directas y secretas. Del Derecho a elegir (Art. 64 CBV) se establece la granita que los ciudadanos puedan ejercerlo cuando hayan cumplido la edad suficiente (18 años) para ser capaces de discernir en la elección . Del Derecho al desempeño de cargos públicos (Art. 65 CBV) se prescribe la garantía para aquellos ciudadanos que con vocación de servicio y honestidad en el manejo del ager publicus (de la cosa publica) se han dedicado a ejercer un cargo publico puedan hacerlo con el reconocimiento y la consideración de la sociedad venezolana. Del Derecho de los ciudadanos a que se le rindan cuentas por parte de los representantes del Estado por ellos elegidos (Art. 66 CBV) se derivan las garantías de los ciudadanos en saber, de forma transparente (es decir clara) y periódica (es decir con determinada frecuencia no muy distante en el tiempo), que destino se le da al patrimonio publico del cual son titulares. Del Derecho a la asociación con fines políticos (Art. 67 CBV) se derivan las garantías democráticas de organización, funcionamiento y dirección de las organizaciones políticas que funden, así como la garantía de participación directa de los miembros de tales organizaciones en la escogencia de sus candidatos a cargos de elección popular. Del Derecho a manifestar pacíficamente(Art. 68 CBV) se derivan las garantías para los manifestantes y otros ciudadanos que las mismas deberán hacerse sin armas, previendo posibles lesiones a bienes jurídicos y Derechos de los ciudadanos, Del Derecho a asilo y refugio (Art. 69 CBV) se derivan las garantías del deber de solidaridad para con aquellas personas que siendo perseguidas por motivos políticos o humanitarios tengan necesidad de buscar cobijo en nuestro país. Finalmente se establecen como garantías para el ejercicio del Derecho a la participación política, tanto en lo estrictamente político, así como en los social y en lo económico los medios que podrán ser utilizados para ello, prescribiéndose como una garantía de carácter programático, pues es la ley la que deberá desarrollar los mecanismos adecuados para hacer efectivos los medios en esta disposición señalados (Art. 70 CBV). De las Garantías de los Derechos de las Familias En cuanto a las garantías para la protección de la familia (Art. 75 CBV), después de señalarse en la prescripción jurídica los principios conforme a los cuales el Estado pretende se fundamenten las relaciones familiares, el Estado se obliga a garantizar protección al padre, a la madre, o a quienes ejerzan la jefatura de la familia, lo que evidentemente constituye una norma programática cuyas garantías habrán de desarrollarse en una ley que regule la materia. Otra garantía se refiere a la obligación que prescribe el Estado de que el desarrollo de los niños y adolescentes deberá realizarse en el seno de la familia biológica. Si ello no es posible establece tal prescripción dicho desarrollo corresponderá a una familia sustituta. Y finalmente se establece como una garantía a favor de los menores la adopción equiparándola a efectos jurídicos a la filiación, adopción que siempre deberá redundar en beneficio de los menores. Por su parte respecto a la protección de los niños y adolescentes (Art. 78 CBV) se establecen las garantías jurisdiccionales y sustantivas previstas en la ley venezolana (Ley de protección del niño y del adolescente) y en la Convención sobre los Derechos del Niño así como de los demás tratados internac ionales relativos a la materia. Respecto a la protección de los jóvenes (Art. 79 CBV) el Estado establece la granita de crear los mecanismos tendientes a hacer productivo el transito hacia la edad adulta, en particular su capacitación y el acceso al primer empleo. En lo que se refiere a los Derechos de los ancianos (Art. 80 CBV) se garantiza un sistema de seguridad social que eleve y asegure la calidad de vida de los ancianos, respetando siempre su dignidad y autonomía.
  • 6. De las Garantías del Derecho a la Vivienda El Derecho a la vivienda (Art. 82 CBV) se garantiza para todas las personas, debiendo ser una vivienda higiénica, cómoda, segura, adecuada, con servicios básicos. El Estado se compromete a garantizar las facilidades para que las familias y en especial las de escasos recursos económicos puedan tener acceso a una vivienda, ello a través de créditos públicos y otras políticas sociales. De las Garantías del Derecho a la Salud El Derecho a la salud (Art. 83 CBV) se concibe como parte del Derecho a la vida. La garantía de este derecho es que el Estado se compromete a garantizar el acceso a los servicios de salud en virtud del bien estar colectivo y elevar la calidad de vida, asegurando además el cumplimiento de las leyes venezolanas y tratados internacionales en la preservación de la salud de los ciudadanos De las Garantías del Derecho al Trabajo En cuanto al Derecho al Trabajo el estado establece un conjunto de garantías determinadas. Así concibe el trabajo una ocupación que le garantice al ciudadano una existencia digna y decorosa (Art. 87 CBV); para ello el estado se compromete a crear empleo (Art. 87 CBV); establece que la ley creara las garantías necesarias para el ejercicio de los Derechos laborales (Art. 87 CBV) – ley orgánica del trabajo-; Establece la libertad del trabajo (Art. 87 CBV); garantiza la seguridad, higiene y ambiente adecuado de trabajo (Art. 87 CBV); garantiza la igualdad y equidad en el trabajo (Art. 88 CBV); reconoce como trabajo remunerado la labor domestica y garantiza la seguridad social para las mas de casa (Art. 88 CBV); garantiza la intangibilidad y progresividad de los derechos laborales (Art. 89 Ord. 1 CBV); La irrenunciabilidad de los derechos laborales (Art. 89 Ord. 2 CBV); En caso de oscuridad legal garantiza la interpretación mas favorable al trabajador (Art. 89 Ord, 3 CBV); Hace nula toda disposición del patrono contraria a la constitución respecto a los derechos laborales y humanos en general (Art. 89 Ord. 4 CBV); Garantiza la igualdad y no discriminación por cualquier causa o condición (Art. 89 Ord. 5 CBV); Proscribe el trabajo de los adolescentes en aquellas labores que pueda afectar su desarrollo integral y prohíbe todo tipo de explotación de que pudiera ser objeto por razones laborales (Art. 89 Ord. 6 CBV); Establece la jornada de trabajo para garantizar una jornada humana y no esclavizante (Art. 90 CBV); Garantiza el derecho al descanso (Art. 90 CBV); Establece el Derecho al salario (Art. 91 CBV); Establece el Derecho al salario mínimo vital (Art. 91 CBV); Garantiza las prestaciones sociales (Art. 92 CBV); Garantiza la estabilidad laboral (Art. 93 CBV); Establece la responsabilidad de los patronos y contratistas respecto a los trabajadores (Art. 94 CBV); Establece el derecho a la sindicalización (Art. 95 CBV); Garantiza la democracia sindical (Art. 95 CBV); Garantiza el derecho a la negociación colectiva (Art. 96 CBV) y Establece el Derecho a Huelga (Art. 97 CBV). Garantías todas reguladas y desarrolladas por la ley Orgánica del Trabajo. En cuanto a las Garantías para el cumplimiento de los Derechos económicos de los ciudadanos (Art. 112 y ss CBV), la Constitución establece la garantía a la iniciativa privada y justa distribución de la riqueza (Art. 112 CBV); Limita los monopolios y el abuso de la posición de dominio (Art. 113 CBV); Prescribe sanciones, a ser desarrolladas por ley especial, para quienes realice ilícitos económicos (Art. 114 CBV); La propiedad garantizada como derecho tiene las garantías de goce, uso y disposición por parte de sus propietarios (Art. 115 CBV), y la expropiación de la misma solo se justifica por causa de utilidad publica o social, mediante justa indemnización y a través de una sentencia judicial (Art. 115 CBV);
  • 7. De las Garantías de los Derechos Económicos Prohíbe las confiscaciones salvo en los casos de delitos contra el patrimonio publico (Art. 116 CBV); respecto al Derecho a bienes y servicios de calidad (Art. 117 CBV) establece la garantía a la información sobre los productos, no engañosa, los mecanismos para la defensa al consumidor (INDECU), normativas de control de calidad, el resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes a los responsables (Art. 117 CBV). De las Garantías del Derecho a la Educación y a la Ciencia y Tecnologia En relación con el Derecho a la Educación (Art. 102 CBV) la Constitución prescribe una serie de garantías, a ser desarrolladas por el Estado, que se resumen en: que es prioritaria para el Estado por su función social al servicio de la comunidad, es democrática, gratuita y obligatoria, es un servicio publico, y pone su acento en la educación ciudadana, en la valoración ética del trabajo y en la participación activa de la misma en los procesos de transformación social inspirados en los valores del país, latinoamericanos y universales (Art. 102 CBV). Así mismo el Derecho a la Educación integral es para el Estado una obligación, estableciendo un conjunto de granitas para los ciudadanos que se pueden resumir: Tal educación integral debe ser de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, es obligatoria a todos los niveles desde el maternal hasta el diversificado. Con relación a la ciencia y la tecnología que el Estado reconoce el interés publico de ella para el desarrollo del país (Art. 110 CBV), el Estado se compromete a crear un sistema nacional que gestione y desarrolle esta área de la actividad ciudadana así como financiar con fondos públicos el mismo; obliga al sector privado a aportar recursos para dicha actividad (Art. 110 CBV). De las Garantías de Los Derechos Humanos en General y particularmente de los Derechos Humanos de la Tercera generación El régimen de Garantías establecidos para los Derechos Humanos de la tercera generación, como aquí se les ha denominado, por una parte se hayan establecidos en la propia constitución y por la otra en los tratados internacionales suscritos y ratificados por Venezuela. respecto a las garantías expresamente establecidas en la constitución debemos acudir a las disposiciones generales establecidas en el Capitulo I Titulo III de la c arta magna. Allí encontramos la garantía de progresividad de los Derechos Humanos (Art. 19 CBV) aplicables a todos los derechos humanos que hemos venido desarrollando pero que cobran especial importancia en esta tercera generación de Derechos (Vid Supra....); igualmente se establece el principio de igualdad (Art. 21 CBV) y en ella las Garantías de igualdad ante la ley (Art. 21 CBV), de prohibición de discriminaciones (Art. 21 Ord. 1 CBV), la garantía de igualdad real (Art. 21 Ord. 2 CBV), sobre los tratos oficiales (Art. 21 Ord. 3 CBV), la proscripción de títulos (Art. 21 Ord. 4 CBV), la cláusula abierta de los derechos y garantías (Art. 22 CBV), la irretroactividad de la ley (Art. 24 CBV), la nulidad de los actos estatales violatorios de los Derechos garantizados por la c onstitución (Art. 25 CBV), el Derecho de acceso a la justicia (Art. 26 CBV), el Derecho de amparo constitucional (Art. 27 CBV), el procedimiento de amparo constitucional (Art. 27 CBV), la Acc ión de amparo de habeas hábeas (Art. 27 CBV), el derecho de amparo y estados de acepción (Art. 27 CBV), el derecho y acción de amparo de habeas data (Art. 28 CBV), y el derecho de petición ante organismos internacionales y la ejecución de las decisiones de los órganos internacionales (Art. 31 CBV).Por su parte respecto a los tratados internacionales que establecen garantías para los Derechos humanos debemos decir que estos no solo gozan de reconocimiento constitucional (Art. 21 CBV), sino que también, sus normas, tienen jerarquía constitucional y privan sobre el ordenamiento jurídico interno de Venezuela (Art. 24 CBV). Pero igualmente hay que destacar que las garantías que se derivan de los derechos inherentes a la persona humana, aunque no se hallen previstos en leyes nacionales o tratados internacionales deberán ser desarrolladas y tiene carácter constitucional (Art. 22 CBV). Por lo tanto las Garantías que se derivan de los tratados y convenios internacionales resultan de obligatoria consulta cuando se trate de Derechos Humanos, pues las garantías allí establecidas, que son numerosas, tiene el carácter de ley en Venezuela.
  • 8. DEBERES CONSTITUCIONALES:Se establecen como el conjunto de deberes constitucionales de las personas, los cuales se complementan con otras disposiciones del texto constitucional. El deber de defender a la patria Todoslos venezolanostienenel deberde honrary defenderalapatria,sus símbolos,valoresculturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación (art. 130). El deber de acatar la Constitución Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar la Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público (art.131). Los deberes de solidaridad social odas las personas tienen el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendoydefendiendolosderechoshumanoscomofundamentode laconvivenciademocráticayde la paz social (art. 132). Además, conforme al artículo 135, las obligacionesque correspondanal Estado,conforme ala Constituciónyala ley,encumplimientode los fines del bienestar social general, no excluyen las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria, correspondan a los particulares según su capacidad. El deber de contribuir con los gastos públicos Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley (art. 133). El deberde prestar el servicio civil y militar Toda persona,de conformidadconlaley,tiene el deberde prestar los servicios civil o militar necesarios para la defensa, preservación y desarrollo del país, o para hacer frente a situaciones de calamidad pública. En cuanto al servicio militar, se establece expresamente que nadie puede ser sometido a reclutamiento forzoso. Además, toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electorales que se les asignen de conformidad con la ley (art. 134). El deber de educarse La educación,ademásde underecho,se establece como un deber constitucional (deber social fundamental) por lo que es obligatoria (art. 102) en todos sus niveles desde el maternal hasta el nivel medio diversificado (art. 103) El deber de trabajar El trabajo, además de un derecho, también se lo considera como un deber constitucional (art. 87). Los deberes de los padres e hijos Los padres tienen el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos; y estos tienen el deber de asistirlos cuando aquellos no puedan hacerlo por si mismos (art. 76).
  • 9. Semejanzas entre los derechos humanos y las garantias: ambos tutelan 1.- El derecho a la vida 2.- A la libertad 3.- A la igualdad 4.-Al respeto 5.-A la dignidad 6.-A la seguridad Diferencias entre los derechos humanos y las garantias: 1.- Los derechos humanos nos los ganamos por el solo hecho de haber nacido, es algo que se trae con uno mismo, es intrínseco. Mientras que las garantías individuales se han adquirido o nos las ha proporcionado el Estado a través de su organización como tal. 2.- Los derechos humanos nunca se habrán de perder o suspender como sí puede acontecer con las garantías individuales de acuerdo al derecho Constitucional. 3.- El organismo defensor que los derechos humanos es precisamente la comisión nacional y/o estatal de los derechos humanos, organismo autónomo, no depende de ninguno de los 5 poderes. Y la vigilancia del cumplimiento o encargados de hacer valer las garantías individuales sí tiene que ver con los poderes, como por ejemplo el legislativo que las dictó, el judicial que las aplica y el ejecutivo que las hace cumplir. 4.- Los derechos humanos los encontramos plasmados en los tratados y convenciones; mientras las garantías individuales las encontramos en la constitución política. 5.- Los derechos humanos son considerados y aplicados mundialmente, con los mismos artículos y contenido recorren todos los países; las garantías individuales en cambio, son particulares para cada nación, su contenido varía de país a país.