1. Alerta legislativa laboral
El mes de abril ha sido uno de actividad
legislativa repetida. Localmente se sometieron 5
proyectos de ley. El PC 0980 y PS 0501 para
establecer un ambiente de trabajo libre de acoso,
conocido como “mobbing”, aunque en el
proyecto lo ponen como “bulling”. Ya estaba el
PC 0079, por lo cual entiendo que es una
duplicidad de esfuerzo y en este último no ha
habido discusión.
Otro proyecto que es nuevo y no necesario que
lo hayan redactado es el PC 0970. Este ordena
notificar por escrito con 90 días de anticipación
al Departamento del Trabajo y Recursos
Humanos en casos de cierre totales o parciales
de una empresa o en cambios de condiciones de
trabajo. Por qué digo que no es necesario, pues
ya existe la Ley WARN que exige a los patronos
con 100 empleados o más a notificar con 60 días
al Departamento del Trabajo local, a los
representantes de los empleados y a los
empleados cuando cierran totalmente, o
parcialmente y se afecta hasta un 33% de los
empleados. Si no se notifica, no existe
penalidad. Sin embargo como en Puerto Rico
como lo hacemos mejor el proyecto en discusión
aumenta la cantidad de días, le aplica a todo
patrono, aunque tenga un solo empleado y
establece multas por violar esta ley de $2,000.00
por cada empleado afectado y lo tipifica como
delito.
Otro proyecto es el PC 1061, para proteger los
derechos de los usuarios de las redes sociales
en el lugar de empleo y tipificar los actos
delictivos. Este proyecto de ley no trabaja
exclusivamente el área de trabajo, sino que
establece política pública con relación al uso de
medios electrónicos en las escuelas y en el
gobierno. Es un proyecto que consta de 59
páginas y es uno muy técnico donde entrelaza
los derechos de la privacidad de los empleados
con los derechos a monitorear las cuentas
personales en el lugar de empleo, siempre y
cuando esté por escrito. Me resulta un tanto
curioso que en el caso de cese de empleo del
obrero y se tenga información personal
electrónica tiene que disponer a los 30 días
luego de la separación de dicha data. Se adjunta
este proyecto junto al boletín.
Por último otro proyecto repetido, el PC 0971 es
uno copia fiel y exacta de los PC 0770 y PS 0507
sobre que no se pueda evaluar al personal
tomando en consideración las ausencias por
enfermedad.
A nivel federal los proyectos no han tenido
movimiento excepto que el HR 1010, que
aumenta salario mínimo sigue aumentando los
auspiciadores. Se nos había quedado del mes de
marzo el HR 1277 que enmienda el título III para
denegar compensación por desempleo por 30
días a los que arrojen positivo a las pruebas de
drogas y son unas en específico. A los
reincidentes que den positivos en tres ocasiones
a las pruebas se le podrán negar hasta 5 años la
compensación del beneficio.
Otro del mes de marzo que se nos quedó fue el
HR 1001 que enmienda el FLSA para eximir del
pago de horas extras cuando se trabaja por
desastres naturales o por reclamaciones
después de desastres naturales.
En el mes de abril se sometieron 3 nuevos
proyectos que ya habían sido sometidos en los
otro Congresos. El S 815 que establece el
discrimen por orientación sexual, el S 884 y el S
857 para incluir en la FMLA a las parejas de
hecho.
Un cuarto proyecto de ley muy interesante es el
H. R 1406 que enmienda la FLSA para que se le
pueda dar tiempo compensatorio a los
empleados exentos.
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Mayo 2013
Colón Gerena & Associates, Human Capital Advisers
2. ¿Puede un patrono solicitar diagnóstico de incapacidad para hacer un acomodo razonable o para el pago de
licencia de enfermedad tomando en consideración HIPPA?
Depende para cuál de las dos se está trabajando.
Vamos a comenzar por la más sencilla, la del pago de licencia de enfermedad, que lo establece la Ley NUM.
180 DEL 27 DE JULIO DE 1998. La contestación es si, pues antes de que se pasara la ley Health Insurance
Portability Act (HIPPA) en el 2003, existía la Ley 180, la cual no define o describe como debe ser el
certificado médico, para justificar más de dos días de ausencias. Sin embargo HIPPA permite que las
entidades de salud utilizar información protegida de salud, para tratamiento, pago y operaciones de cuidado
de salud. Si se utiliza para cualquier otro propósito se necesita la autorización por escrito del paciente. Por
lo tanto el patrono en su manual de empleado debe requerir que el certificado médico, tenga el código de
diagnóstico, para ser pagado contra licencia de enfermedad. Estos certificados médicos, deben estar fuera
del expediente de personal de los empleados. HIPPA establece que el record relacionado a solicitud FMLA
para el cuido de condiciones serias de salud no está cubierto por la primera.
Ahora vamos a discutir si se necesita el diagnóstico de incapacidad para hacer el acomodo razonable. Para
empezar el candidato a empleo o el empleado debe solicitar acomodo razonable. Si no lo solicita el patrono
no viene obligado a entrar en este proceso. Este proceso es uno interactivo entre el patrono y el empleado y
es único de caso a caso, pero en todos envuelve 5 pasos claves:
I. Solicitud de acomodo.
II. Identificación de barreras para desempeñar las funciones esenciales del puesto.
III. Identificación de posible acomodo.
IV. Evaluar la razonabilidad de los acomodos incluyendo la responsabilidad del patrono y si no es un
acomodo que sea imponga un gasto oneroso.
Es aquí que entra el médico para establecer la responsabilidad del patrono, pero ni cuando
es candidato a empleo o empleado se le puede pedir el diagnóstico de la incapacidad según
las guías del EEOC.
1
La función del médico es solamente asesorar al patrono sobre la
habilidad y limitaciones del individuo para desempeñar las funciones esenciales del puesto.
2
Solamente se puede solicitar diagnóstico cuando usted tenga una creencia razonable,
basada en pruebas objetivas, de que un empleado en particular presentará una
amenaza directa debido a una condición médica.
3
V. Seleccionar el acomodo apropiado para cada individuo.
Por lo anterior descrito, excepto en el caso de seguridad, no se puede solicitar diagnóstico de incapacidad.
1
Disability Discrimination, United State Equal Opportunity Commission Technical Assistance Program,
October 2002
2
Idem
3
Idem
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