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oRD: 44 so l+S
                                       ANT.:Oficio N" 40.943,de 30 de junio de
                                            2011,de la División Auditoría la
                                                               de        de
                                            ContraloríaGeneral la República.
                                                              de

                                       MAT.: lnforma solicitado.
                                                   lo


                                       SANTIAGO,           illi- 20111

          SEÑORRAII,IIRO MENDOZA
                       A.      ZUÑIGA
          CONTRALOR GENERAL LA REPÚBLICA
                            DE

DE        ENAVONBAERJAHN
          MINISTRA
                 SECRETARIA
                          GENERAL GOBIERNO
                                DE

           En conformidad lo solicitado el documento la REF.,en relación la
                          a           en             de                      a
     presentaciónformulada por la honorableSenadora la República,
                                                    de               Sra. Ximena
     RinconGonzález, esa Entidad
                     ante                       respecto un eventual
                                    Fiscalizadora      de             conflicto
                                                                              de
     intereses la suscrit¡a,
             de           comoconsecuencia la aprobación
                                            de             por partedel Congreso
     Nacionaldel "ConvenioInternacional  para la Protección de las Obtenciones
                y
     Vegetales", de acuerdoal tenor de lo consultado   por la recurrente, cumplo
     respetuosamente señalaral Señor ContralorGeneralde la Repúblicalo
                     con
     siguiente:


           l. - Funcionesdel MinisterioSecretariaGeneralde Gobierno.

           El artículo1'de la Ley N" 19.032, 1991,consagra misión esta
                                                de                 la        de
     Secretaría Est¡ado,
               de          precisando atribuciones
                                     tres            fundamentales: el encargado
                                                                    ser
     de actuarcomoórgano comunicación Gobiemo;
                            de              del                 la
                                                         ejercer tuición sistema
                                                                         del
     de comunicaciones gubemamentales   y servir Secretiaría Consejo Gabinete.
                                               de           del         de
                                  jurídico
           Por su parte,el estatuto                y
                                          orgánico funcional Ministerio
                                                             del           Secretaria
     Generalde  Gobiemo, definen,
                         lo         comoel órgano comunicación Gobierno,
                                                   de              de           cuya
     tareaes, entreotras,la vinculación                               y
                                       comunicacional el Gobierno la sociedad,
                                                      entre
     seaa través losmedios
                 de            masivos comunicaciónde mododirecto,
                                       de              o                 mediante el
                                                 y
     contactocotidianoentre la Administración las organizaciones      socialesy la
     ciudadanía general.
               en
            Por tanto, corresponde esta Autoridad modo primordial, facilitarla
                                  a              de
     comunicación  entreel gobierno la sociedad
                                   y          chilena,difundiendo decisiones
                                                                las          e
     iniciativas
               emanadas  desdeel Ejecutivo,
                                         asesorandoy coordinando esteámbito
                                                                en          a
     losdistintosministeriosservicios.
                           v
I          ll.- Antecedentes
                           Generales ConvenioUPOV.
                                   del
          En relación la aprobación Convenio la referencia
                    a             del        de             podemos señalar
    queChile parte
            es      desde elaño 1996, la Unión
                                     de                  para
                                              Internacional la Protección
                                                                        de
    las ObtencionesVegetales(UPOV), que fue establecida el año 1961por el
                                    la                 en
    Convenio            para
            Internacional la Protección lasObtenciones
                                        de             Vegetales.
          EsteConvenio  lntemacional sidomodificado tres oportunidades, los
                                      ha                 en                    en
                          ,            por
    años1972,1978y 1991 existiendo, tanto,     tresAct¡as distintas-"Acta1972""Acta
                                                                              ,
    de 1978" "Acta 1991"-.
            y       de
          Luego,  Chileadhirió Convenio
                              al           UPOVy a las Actasde 1972y 1978,cuyos
    instrumentos internacionalesfueron promulgados DecretoSupremoNo 18, del
                                                    por
    Ministerio Relaciones
             de             Exteriores, 5 de enerode 1996,publicado el Diario
                                        de                                en
    Oficialel23 marzo 1996.
               de       de
          Cabe agregarque para Chilela adhesión UPOV-91 es un compromiso
                                                    a
            por
    asumido nuestro     paíscon tres importantes socioscomerciales:   Estados Unidos
    de América,Japóny la UniónEuropea, través los respectivos
                                          a      de                 Tratados Libre
                                                                             de
             que
    Comercio se encuentran       vigentes(Capítulo sobre"Propiedad
                                                  17                   Intelectual"
                                                                                  del
    Tratado LibreComercio
           de                 Chile- Estados Unidos; TituloVl sobre"Derechos
                                                      el                          de
    Propiedad Intelectual" Acuerdo Asociación
                         del         de            entreChile  y la UniónEuropea;   y
    artículo delTratado Libre
           162            de       Comercio Chile- Japón).

          lll.- Aprobación los Tratados
                          de           Internacionales.

           El artículo N' 15 de la Constitución
                      32                            Política la República
                                                             de               señalaque
    corresponde formaexclusiva Presidente la República
                 en                 al            de               conducir relaciones
                                                                            las
    políticas con las potenciasextranjeras,  concluir, firmary ratificar tratadosque
                                                                         los
    estimeconveniente   para los intereses país los que deberán sometidos la
                                            del                        ser           a
    aprobación Congreso
                del           conforme artículo N' 1. Una vez aprobado el
                                         al         54                             por
    Congreso Tratado ratificado el Presidente procede canjeo deposito
               un        y           por                se          al                de
    los correspondientes instrumentos ratificación,
                                        de               para luegoser promulgado    por
    decretosupremo    emitidopor el Ministerio Relaciones
                                                de              Exteriores. respectivo
                                                                             El
            y
    decreto el contenido delTratado publicados el Diario
                                     son              en          Oficial.
           En relación la aprobación dichoConvenio pertinente
                      a                de                  es            señalarque éste
    ingresó tramit¡ación
            a            parlamentaria fecha 31 de marzo 2009,a travésde un
                                        con                      de
    Mensaje la entonces
              de              Presidenta la República
                                          de                MichelleBachelet. dicho
                                                                                En
    Mensaje   quedóconsignado la adhesión Acta 1991 de UPOVademásde
                                que                al
    formar partedel proceso modernización la legislación
                            de                 de               chilena las normas
                                                                        a           más
    completas sistema
               del        internacionalde  propiedad  intelectual industrial,
                                                                 e           permitirá
                                                                                     dar
    cumplimiento compromisos
                  a                          por
                                  asumidos Chilecon dos de sus más importantes
    socios comerciales.
         Segúnconstaen el OficioNo 9471 de fecha 17 de mayo de 2011, del
    Presidente la Cámarade Diputados, referido
              de                        el                fue
                                                  Convenio aprobado el por
    Congreso Nacional la mismafecha.Luegocon fecha25 de mayode 2011,se
                    en
    presentó requerimiento inconstitucionalidadConvenio
            un            de                  del         anteel Excelentísimo
    Tribunal
           Constitucional, cualfue totalmente
                       el                             por
                                            desechado dichoTribunal    según
    consta la sentencia N' 1988-11.
          en          Rol


          lV- Sobreel supuestoconflicto de interés.
                    presentación mención un supuesto eventual
          La referida          hace    a           o        conflicto
                                                                    de
f ----/   acuerdo su declaración patrimonio propietaria
          Sociedad
                  a
                   Semillas
                                de
                           BaerLimitada.
                                            es          del15o/o losderechos la
                                                               de              en

                En primer        y
                         término, en relación la normativa
                                            a            apticabte los "conflictos
                                                                 a               de
          intereses",          que
                    cabeseñalar el artículo inciso
                                            8',     primero, la Constitución
                                                           de               política
          de.laRepública,
                        prescribe lostitulares lasfunciones
                                 que            de           públicas
                                                                    estánobligados
          a darestricto
                      cumplimientoprincipio probidad todas actuaciones.
                                  al      de         en     sus

                  En armonía     con lo anterior, incisoprimero artículo52, de la Ley N.
                                                    el                    del
           18.575, Orgánica    Constitucional Bases
                                               de          Generales la Administración Esiado,
                                                                       de                      del
           indicaque tantolas autoridades       comolosfuncionarios la Administración
                                                                           de                      Pública,
           deberán estricto
                    dar           cumplimíento principio probidad
                                                  al            de            administrativa.   Agregasu
           inciso segundoque el principio probidad
                                                 de             "consiste observaruna conducta
                                                                            en
           funcionaria               y
                       intachable un desempeño                      y
                                                           honesto leal de la funcióno cargo,con
           preeminencia interés
                          del          generalsobre particular".
                                                       el
                 Por su pafte,el artículo N' 6, de la mismaLey N' 18.575,
                                               62,                                             señalaque
           contravienen   especialmente principio probidadadministrativa
                                            el             de                               intervenir,en
           razÓn las funciones, asuntos que se tengainterés
                 de                    en            en                            personal en que lo
                                                                                              o
          tengan el cónyuge,hijos, adoptados parienteshasta el tercer grado de
                                                           o
                              y
          consanguinidad segundode afinidad                 inclusive, como asimismo,        participaren
          decisionesen que exista cualquier             circunstancia     que le reste imparcialidad,
                           que
          estableciendo las autoridadesfuncionariosy                 deberán   abstenerse participar
                                                                                              de
          en esos asuntos,      debiendo    poneren conocimiento su superior
                                                                          de                 jerárquico la
                      que
          implicancia lesafecta.
                 Finalmente, a¡tículo de la Ley N' 19.880,
                                el          12                             que establece    Basesde los
          Procedimientos     Administrativos     que Rigen los Actos de los Organos de la
          Administración Estado,
                           del            indica, su No 1, y en lo que interesa,
                                                  en                                        dentrode los
          motivos abstención un procedimiento
                   de                en                       administrativo,tenerinterés
                                                                               el                personal
          en el asunto quese trateo en otroen cuyaresolución
                        de                                                 pudiera  influir de aqué!.
                                                                                           la
                 De acuerdoa la jurisprudencia           administrativa ese Órganode Control
                                                                           de
          contenida,  entreotros, el Dictamen
                                     en                N'35.378,de2011, principio probidad
                                                                                el            de
          administrativa   "consiste observar
                                       en              una conducta       funcionaria   intachable uny
          desempeño     honesto leal de la funcióno cargo,con preeminencia interés
                                   y                                                           del
          generalsobreel particular". tal contexto,
                                           En                  agregadichoDictamen,          contravienen
          especialmente principio probidad
                           el           de             administrativa intervenir, razón las
                                                                       (...)             en         de
          funciones, asuntos
                      en              en que se tenga interéspersonal en que lo tenganel
                                                                               o
          cónyuge,   hijos,adoptados parientes
                                         o              hastael tercergradode consanguinidad            y
          segundo afinidad
                   de            inclusive, comoasimismo,       partícipar decisiones queexista
                                                                            en              en
          cualquier                  que
                    circunstancia le resteimparcialidad,           estableciendo,                  que
                                                                                     finalmente, las
                        y
          autoridades funcionarios         deberánabstenerse paÍicipar en estos asuntos,
                                                                    de
          debiendo   poneren conocimiento su superior
                                                  de                jerárquico implicancia les
                                                                                 la               que
          afecta.
                 Comoes posible       observar, finalidad la normativa
                                                 la            de                 antecitada impedir
                                                                                               es
          que intervengan la resolución,
                              en                   exameno estudiode determinados               asuntoso
          materias aquellos    servidores  públicos  que   puedan  verse   afectados  porun conflicto  de
          intereses el ejercicio su empleoo función, cual puedaalterarla debida
                    en                 de                             el
          imparcialidad debeconducir obrar lasautoridades
                         que                   el       de                    públicas.
                  Ello ha sido señalado reiteradas
                                               en               oportunidades la jurisprudencia
                                                                                  por
          administrativa ese Organismo Control,contenida,
                           de                        de                            entre otros, en los
          Dictámenes 8.057,
                       Nos.           39.453 y 75.078,    todosde 2010,comoquiera el principio
                                                                                          que
          de probidad   impone las autoridadesfuncionarios
                                 a                     o                 respectivos deberde evitar
                                                                                      el
          que sus prerrogativasesferas influencia proyecten su actividad
                                   o           de             se              en                particular,
          auncuando producción un conflicto sólo
                       la               de               sea      potencial.
                 Del análisisde las normaspreviamente                 citadasse desprende          que el
          principio de probidad-reconocidoconstitucional legalmente,     y                 como ya se
consignara-,pretende  precaver ocurrencia un conflicto interésconcreto
                                        la           de            de                y
          precisorespecto la concurrencia circunstancias hagan presumirun
                           de                de                 que
          interés"directo" partedel servidor
                          por                público               por
                                                     comprometido, lo que en ningún
          caso se trata de disposiciones pretenden
                                       que            regular,con un carácterabstracto
          genéricoy aprioristico eventuales problemas imparcialidad ejercer una
                                                        de              al
          funciónpública,másaún,las normas  sobreprobidad en especial, causales
                                                           y            las        de
          abstención son de interpretación estrictay restrictiva pudiéndohabilitar
                                                               no                   al
          interpretar predicar aplicación
                    a         una          extensiva las mismas.
                                                     de
                 V.- Conclusiones.


                En ese contextonormativo, menesteradvertirque la aprobacióndel
                                               es
         Convenio   UPOV-9lfue hechaporel Congreso        Nacional fecha11 de mayode
                                                                    con
         2011,de acuerdoal procedimiento        regladoy como tal establecido nuestra
                                                                                  en
         Constitución  comocondición que losTratados
                                        para                  Internacionalestengan  valoren
         nuestro sistema   jurídico.Procedimiento el cual corresponde
                                                   en                     intervenir forma
                                                                                   en
                   al             de              y
         exclusiva Presidente la República al Congreso           Nacional.
                En el mismoordende ideasy por la naturaleza funcionesdel Ministerio
                                                                   y
         Secretaría Generalde Gobierno competea éste en absoluto intervenir el
                                            no                                          en
         procedimiento entradaen vigenciainternade los tratados.Más todavía,mal
                         de
         podríaestaAutoridad     (administrativano legislativa)
                                                y                abstenerse el procesode
                                                                            en
         aprobación    de un Tratado Internacional      como quiera que dicha atribución
         corresponden formaexclusiva Congreso
                        en                  al           Nacional.
                Másaún,cabehacer      presente las normas
                                               que              sobrecausales abstención
                                                                               de
         dicenrelación la tramitación un procedimiento
                         con               de                    administrativo, lo que en
                                                                               por
         principio,no son predicables     respectode la tramitación un de      procedimiento
         legislativo, como en la especie acontececon la ratificaciónde un tratado
         internacional.
                Al respecto, cabe señalar que las interrogantesefectuadas en la
         presentación la Sra. Rincón,lejos de referirse un conflictode interésreal,
                        de                                    a
         concreto  y actual, o al menos potencial,     dicen relaciónmás bien con meras
         conjeturas sustento
                    sin           fácticonijurídico que,en sí mismas, configuran
                                                                      no             ninguno
         de los supuestos              que
                            normativos conforman conflicto interés.
                                                       un         de
                En conclusión, en mérito loe expuesto, se advierte que manera
                                 y           de                no            de
         podríaconfigurarse eventual
                              un          conflicto intereses partede la suscrita la
                                                    de           por                   en
         ratificación Estado Chileal Convenio
                    del         de                    UPOV  -91.


                Sinotroparticular,   atentamenteUS.,
                                saluda        a




1.- Destinatario.
2.-   Gabinete Ministra         GeneraldeGobiemo(Archivo).
                       Secretaria
3.-   Gabinete SubsecretarlaGeneraldeGobiemo(C/l).
4.-   Secretaríade Comunicaciones (C/l)
5.-   Archivo UnidadAsesoríaJuridica(Archivo).
I


                                        " "'.
                                            ",3ENTffi
                                                       ¡INGEITITE

                                                      TRAMTTET{ONMAL-

            PRovrDENcHN"
                      /9'.{?                               /
    s^NrrAcq JUi._
          18     ?011
    IrE     : JIX'E UNIDADASDSORIAJTRIDICA
                                         ltLS.G.G                       t

    A       , .h,/n +J,ffi
                  ú                                        fuLt*nfr-
    EPrn..c.")lll"*o                        U   EteYpr,Drcuno
    O PrnVltoBc¡o                               D Inrr, Pmporcr Rrsprcrúr

    0 P¡nFlrur




                            /tí.tsRl.Gii
                            $v r.ti?¡

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                    t'?.         JEFE
                    te.^ .Y.t$n$!
                            k;*I
de Fecha dejuniode201 de
                                                                      30            1,
                                            ABOGADO JEFEDIVISION AUDITORIA
                                                               DE
                                            ADMINISTRATIVA
                                                         CONTRALOR]A
                                                                   GENERAL LA
                                                                           DE
                                            REPUBLICA


                                      Rof.: Solicitainformede la Sra. MinistraS^G.G., sobre un
                                            eventual confliclode interesespor su participación la
                                                                                             en
                                            Sociedad  SemillasBaerLtda.;ante peticiónde la H.
                                            Senadora   XimenaRincónGonzález.
PROVTDENCTA 1950.
         N'     71




                                      Pe¡s¡:          ii t

 SRA. MIN|STRAS.G.G.                       SR DIRECTOR ADT. Y FINAN:¿AS
                                                     DIV.

 SR.JEFE OAB. T.S.G.G.                     SR.JEFEDEPTO.
                                                       RECURSOS
                                                              HUTIANOS

 SRA. SUBSECRETARNGRAL. GOB.               SR.JEFEDEPTO.
                                                       ADTINISTRACION

 SR.JEFE GA8. S.S.G.G.                     SR.JEFEDEPTO.
                                                       COORD. SEREUIS
                                                            DE

 SR. DIRECTORDIV. ORG.SOCIALES             UNIDAD ACCESO LA INFORTACION
                                                DE     A

 SR. DIRECTORSECRET.COTUNICACIOT{EE




 OBSERVACIONES:




                                                                   Saluda Us.(Ud)
                                                                        a




                                               ' *ir'o,
                                         ,'ttt:"-       -..*:1''gl
                                         rii;nryt$¡sAilcH-Flp,á.
                                           -,.1

                                          ir-rietc
                                                  uavv

                                                 co
                                           ".3¡¡v - o
¡|ASV, amse
Oficio 804/SEC/2011
                                                                            No

                                                             ..L
                      t l t ' t . t i . ; : ' ¡i . ; i . l         i
                              ?011                                     Valparaiso, de juniode 2011.
                                                                                10
                   I7l24{] 2006
                   .ñ f¡f ^fr¡fpl,l rr,l.r' '



                                                                       En sesión Senado dia I del mes en curso.
                                                                                del   de
                    la HonorableSenadoraseñoraXimena Rincón Gonzálezsolicitódirrgrr
    ,l scrlor      oficio,en su nombre,a Usía,para que, si lo tiene a bien, informea la
   ('o¡ttrultlJ
( ic¡rcrul lu
          tlc
                    Corporaciónrespectode la situaciónde la señora Ministra Secretaria
   Itr:¡rutrlica    Generalde GobiernoEna von Baer quien,de acuerdocon su declaración
                    de intereses,es prop¡etaria
                                              del 15% de los derechos en la sociedad
                    SemillasBaerLimitada


                                                                       Expresóque el Gobierno Chile, a partirdel
                                                                                             de
                    presenteaño, ha decidido                que dicen relacióncon la
                                            legislar materias
                                                   en
                    protección los obtentores
                             a              vegetales, que se materializa el "Convenio
                                                     lo                 en
                                para la Protección las Obtenciones
                    Internacional                de              Vegetales",de 2 de
                    diciembre 1961,revisado Ginebra
                            de            en       segúnelActa de'19 de marzode
                    1991,que fue recienlemente       por
                                             aprobado el Congreso            y
                                                                    Nacional, en el
                    proyecto ley que reguladerechos
                            de                     sobreobtenciones        y
                                                                  vegetales deroga
                    la ley N'19.342, actualmente, segundotrámiteconstitucronal, el
                                               en                            en
                    Senado.


                                                                                              solicitóque la Entidadde
                                                                       En virtudde lo anterior,
                    Controlse pronuncierespeclode un eventualconflictode interesesde la
                    señora       dadasu participación la que seríauna de las principales
                          M¡nistra,                en
                    empresasnacionales
                                     beneficiadas la aprobación aquellalegislación,
                                                con           de
                    y si esa situaciónse adecuaa las normassobre probidadadministrativa
                    que establece legislación
                                la          vigente.




    ú9
.'" -.-'.F.€B!!€__q_
                                                                                     j_T!q'




                          Envlo el presente oficio en nombre de la
     mencionada
              soñoraSenadora, virtudde lo dispuesto el articulo105
                             en                   en
     delReglamento la Corporación.
                de

                          Diosguarde Usla.
                                   a




                                   GUIDO GIRARDILAVIN
                                    Presidente
                                            delSenado

         -'72-a:-a)*,<.t-
      JOSÉLUlsALLIENDE     LEIVA
     Secretado        (S)
              General del Senado




*y
CONTRALOR|A
                          GENERALDE LA REPÚBLICA
                     DNrsróNAUDrToRin
                          DE      mmrursrRATtvA
                       UNTDADAuDrronies
                           DE         espeqAlEs
     lIrrn
     cxtLa




     REF.:175.240/11                    SOLICITA INFORME FUNDADO EN
     PBW                                PRESENTACIÓr.I INDICA.
                                                    OUE




                                        S A N r l A G o , 3 0 . i i j t1 il . l i l 0 l i i J
                                                                       ,




                                          Pase al MinisterioSecretaríaGeneral de
     Gobierno,copia de la presentación   formuladapor la Senadoradoña Ximena
     RincónGonzález, fin de que,en conformidad lo dispuesto el articulo
                       a                          con             en          9,
     de la ley N' 10.336, sirvainformar esteOrganismo tenorde lo expuesto
                         se             a               al                  por
     la recurrente, el plazode 10 días hábiles
                   en                                          contados
                                                administrativos,        desde la
     totaltramitación presente
                     del        oficio.

                                         Dicho informedeberá ser preparadocon
     intervención la Asesoría
                de             Juridica abogado esa entidad, menosque el
                                       o          de              a
     asuntoplanteado ajenoa la aplicación interpretación normasjurídicaso
                     sea                     o              de
     reglamentarias que ese organismono cuente con ese profesional.
                   o                                                    Además
     deben remitirse
                   todoslos antecedentes  necesarios para resolveradecuadamente
     la presentación que se trata.
                   de



                                        Saluda        a
                                             atentamente Ud..



                                                     I



                                          ¡or ortr       ür cotrlrd   {tJLl!
                                                     CS
                                         nrnhsr¡a CARR$-tl^ERo
                                                  ADogb Jrh
                                         Dl,lÉn it Aurfbú A¡lnh¡¡rll|


     A LA SEÑORA
     MINISTRASECRETARIA
                      GENEML DE GOBIERNO
     PRESENTE
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Oficio 1950 78 (1)

  • 1. oRD: 44 so l+S ANT.:Oficio N" 40.943,de 30 de junio de 2011,de la División Auditoría la de de ContraloríaGeneral la República. de MAT.: lnforma solicitado. lo SANTIAGO, illi- 20111 SEÑORRAII,IIRO MENDOZA A. ZUÑIGA CONTRALOR GENERAL LA REPÚBLICA DE DE ENAVONBAERJAHN MINISTRA SECRETARIA GENERAL GOBIERNO DE En conformidad lo solicitado el documento la REF.,en relación la a en de a presentaciónformulada por la honorableSenadora la República, de Sra. Ximena RinconGonzález, esa Entidad ante respecto un eventual Fiscalizadora de conflicto de intereses la suscrit¡a, de comoconsecuencia la aprobación de por partedel Congreso Nacionaldel "ConvenioInternacional para la Protección de las Obtenciones y Vegetales", de acuerdoal tenor de lo consultado por la recurrente, cumplo respetuosamente señalaral Señor ContralorGeneralde la Repúblicalo con siguiente: l. - Funcionesdel MinisterioSecretariaGeneralde Gobierno. El artículo1'de la Ley N" 19.032, 1991,consagra misión esta de la de Secretaría Est¡ado, de precisando atribuciones tres fundamentales: el encargado ser de actuarcomoórgano comunicación Gobiemo; de del la ejercer tuición sistema del de comunicaciones gubemamentales y servir Secretiaría Consejo Gabinete. de del de jurídico Por su parte,el estatuto y orgánico funcional Ministerio del Secretaria Generalde Gobiemo, definen, lo comoel órgano comunicación Gobierno, de de cuya tareaes, entreotras,la vinculación y comunicacional el Gobierno la sociedad, entre seaa través losmedios de masivos comunicaciónde mododirecto, de o mediante el y contactocotidianoentre la Administración las organizaciones socialesy la ciudadanía general. en Por tanto, corresponde esta Autoridad modo primordial, facilitarla a de comunicación entreel gobierno la sociedad y chilena,difundiendo decisiones las e iniciativas emanadas desdeel Ejecutivo, asesorandoy coordinando esteámbito en a losdistintosministeriosservicios. v
  • 2. I ll.- Antecedentes Generales ConvenioUPOV. del En relación la aprobación Convenio la referencia a del de podemos señalar queChile parte es desde elaño 1996, la Unión de para Internacional la Protección de las ObtencionesVegetales(UPOV), que fue establecida el año 1961por el la en Convenio para Internacional la Protección lasObtenciones de Vegetales. EsteConvenio lntemacional sidomodificado tres oportunidades, los ha en en , por años1972,1978y 1991 existiendo, tanto, tresAct¡as distintas-"Acta1972""Acta , de 1978" "Acta 1991"-. y de Luego, Chileadhirió Convenio al UPOVy a las Actasde 1972y 1978,cuyos instrumentos internacionalesfueron promulgados DecretoSupremoNo 18, del por Ministerio Relaciones de Exteriores, 5 de enerode 1996,publicado el Diario de en Oficialel23 marzo 1996. de de Cabe agregarque para Chilela adhesión UPOV-91 es un compromiso a por asumido nuestro paíscon tres importantes socioscomerciales: Estados Unidos de América,Japóny la UniónEuropea, través los respectivos a de Tratados Libre de que Comercio se encuentran vigentes(Capítulo sobre"Propiedad 17 Intelectual" del Tratado LibreComercio de Chile- Estados Unidos; TituloVl sobre"Derechos el de Propiedad Intelectual" Acuerdo Asociación del de entreChile y la UniónEuropea; y artículo delTratado Libre 162 de Comercio Chile- Japón). lll.- Aprobación los Tratados de Internacionales. El artículo N' 15 de la Constitución 32 Política la República de señalaque corresponde formaexclusiva Presidente la República en al de conducir relaciones las políticas con las potenciasextranjeras, concluir, firmary ratificar tratadosque los estimeconveniente para los intereses país los que deberán sometidos la del ser a aprobación Congreso del conforme artículo N' 1. Una vez aprobado el al 54 por Congreso Tratado ratificado el Presidente procede canjeo deposito un y por se al de los correspondientes instrumentos ratificación, de para luegoser promulgado por decretosupremo emitidopor el Ministerio Relaciones de Exteriores. respectivo El y decreto el contenido delTratado publicados el Diario son en Oficial. En relación la aprobación dichoConvenio pertinente a de es señalarque éste ingresó tramit¡ación a parlamentaria fecha 31 de marzo 2009,a travésde un con de Mensaje la entonces de Presidenta la República de MichelleBachelet. dicho En Mensaje quedóconsignado la adhesión Acta 1991 de UPOVademásde que al formar partedel proceso modernización la legislación de de chilena las normas a más completas sistema del internacionalde propiedad intelectual industrial, e permitirá dar cumplimiento compromisos a por asumidos Chilecon dos de sus más importantes socios comerciales. Segúnconstaen el OficioNo 9471 de fecha 17 de mayo de 2011, del Presidente la Cámarade Diputados, referido de el fue Convenio aprobado el por Congreso Nacional la mismafecha.Luegocon fecha25 de mayode 2011,se en presentó requerimiento inconstitucionalidadConvenio un de del anteel Excelentísimo Tribunal Constitucional, cualfue totalmente el por desechado dichoTribunal según consta la sentencia N' 1988-11. en Rol lV- Sobreel supuestoconflicto de interés. presentación mención un supuesto eventual La referida hace a o conflicto de
  • 3. f ----/ acuerdo su declaración patrimonio propietaria Sociedad a Semillas de BaerLimitada. es del15o/o losderechos la de en En primer y término, en relación la normativa a apticabte los "conflictos a de intereses", que cabeseñalar el artículo inciso 8', primero, la Constitución de política de.laRepública, prescribe lostitulares lasfunciones que de públicas estánobligados a darestricto cumplimientoprincipio probidad todas actuaciones. al de en sus En armonía con lo anterior, incisoprimero artículo52, de la Ley N. el del 18.575, Orgánica Constitucional Bases de Generales la Administración Esiado, de del indicaque tantolas autoridades comolosfuncionarios la Administración de Pública, deberán estricto dar cumplimíento principio probidad al de administrativa. Agregasu inciso segundoque el principio probidad de "consiste observaruna conducta en funcionaria y intachable un desempeño y honesto leal de la funcióno cargo,con preeminencia interés del generalsobre particular". el Por su pafte,el artículo N' 6, de la mismaLey N' 18.575, 62, señalaque contravienen especialmente principio probidadadministrativa el de intervenir,en razÓn las funciones, asuntos que se tengainterés de en en personal en que lo o tengan el cónyuge,hijos, adoptados parienteshasta el tercer grado de o y consanguinidad segundode afinidad inclusive, como asimismo, participaren decisionesen que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad, que estableciendo las autoridadesfuncionariosy deberán abstenerse participar de en esos asuntos, debiendo poneren conocimiento su superior de jerárquico la que implicancia lesafecta. Finalmente, a¡tículo de la Ley N' 19.880, el 12 que establece Basesde los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de la Administración Estado, del indica, su No 1, y en lo que interesa, en dentrode los motivos abstención un procedimiento de en administrativo,tenerinterés el personal en el asunto quese trateo en otroen cuyaresolución de pudiera influir de aqué!. la De acuerdoa la jurisprudencia administrativa ese Órganode Control de contenida, entreotros, el Dictamen en N'35.378,de2011, principio probidad el de administrativa "consiste observar en una conducta funcionaria intachable uny desempeño honesto leal de la funcióno cargo,con preeminencia interés y del generalsobreel particular". tal contexto, En agregadichoDictamen, contravienen especialmente principio probidad el de administrativa intervenir, razón las (...) en de funciones, asuntos en en que se tenga interéspersonal en que lo tenganel o cónyuge, hijos,adoptados parientes o hastael tercergradode consanguinidad y segundo afinidad de inclusive, comoasimismo, partícipar decisiones queexista en en cualquier que circunstancia le resteimparcialidad, estableciendo, que finalmente, las y autoridades funcionarios deberánabstenerse paÍicipar en estos asuntos, de debiendo poneren conocimiento su superior de jerárquico implicancia les la que afecta. Comoes posible observar, finalidad la normativa la de antecitada impedir es que intervengan la resolución, en exameno estudiode determinados asuntoso materias aquellos servidores públicos que puedan verse afectados porun conflicto de intereses el ejercicio su empleoo función, cual puedaalterarla debida en de el imparcialidad debeconducir obrar lasautoridades que el de públicas. Ello ha sido señalado reiteradas en oportunidades la jurisprudencia por administrativa ese Organismo Control,contenida, de de entre otros, en los Dictámenes 8.057, Nos. 39.453 y 75.078, todosde 2010,comoquiera el principio que de probidad impone las autoridadesfuncionarios a o respectivos deberde evitar el que sus prerrogativasesferas influencia proyecten su actividad o de se en particular, auncuando producción un conflicto sólo la de sea potencial. Del análisisde las normaspreviamente citadasse desprende que el principio de probidad-reconocidoconstitucional legalmente, y como ya se
  • 4. consignara-,pretende precaver ocurrencia un conflicto interésconcreto la de de y precisorespecto la concurrencia circunstancias hagan presumirun de de que interés"directo" partedel servidor por público por comprometido, lo que en ningún caso se trata de disposiciones pretenden que regular,con un carácterabstracto genéricoy aprioristico eventuales problemas imparcialidad ejercer una de al funciónpública,másaún,las normas sobreprobidad en especial, causales y las de abstención son de interpretación estrictay restrictiva pudiéndohabilitar no al interpretar predicar aplicación a una extensiva las mismas. de V.- Conclusiones. En ese contextonormativo, menesteradvertirque la aprobacióndel es Convenio UPOV-9lfue hechaporel Congreso Nacional fecha11 de mayode con 2011,de acuerdoal procedimiento regladoy como tal establecido nuestra en Constitución comocondición que losTratados para Internacionalestengan valoren nuestro sistema jurídico.Procedimiento el cual corresponde en intervenir forma en al de y exclusiva Presidente la República al Congreso Nacional. En el mismoordende ideasy por la naturaleza funcionesdel Ministerio y Secretaría Generalde Gobierno competea éste en absoluto intervenir el no en procedimiento entradaen vigenciainternade los tratados.Más todavía,mal de podríaestaAutoridad (administrativano legislativa) y abstenerse el procesode en aprobación de un Tratado Internacional como quiera que dicha atribución corresponden formaexclusiva Congreso en al Nacional. Másaún,cabehacer presente las normas que sobrecausales abstención de dicenrelación la tramitación un procedimiento con de administrativo, lo que en por principio,no son predicables respectode la tramitación un de procedimiento legislativo, como en la especie acontececon la ratificaciónde un tratado internacional. Al respecto, cabe señalar que las interrogantesefectuadas en la presentación la Sra. Rincón,lejos de referirse un conflictode interésreal, de a concreto y actual, o al menos potencial, dicen relaciónmás bien con meras conjeturas sustento sin fácticonijurídico que,en sí mismas, configuran no ninguno de los supuestos que normativos conforman conflicto interés. un de En conclusión, en mérito loe expuesto, se advierte que manera y de no de podríaconfigurarse eventual un conflicto intereses partede la suscrita la de por en ratificación Estado Chileal Convenio del de UPOV -91. Sinotroparticular, atentamenteUS., saluda a 1.- Destinatario. 2.- Gabinete Ministra GeneraldeGobiemo(Archivo). Secretaria 3.- Gabinete SubsecretarlaGeneraldeGobiemo(C/l). 4.- Secretaríade Comunicaciones (C/l) 5.- Archivo UnidadAsesoríaJuridica(Archivo).
  • 5. I " "'. ",3ENTffi ¡INGEITITE TRAMTTET{ONMAL- PRovrDENcHN" /9'.{? / s^NrrAcq JUi._ 18 ?011 IrE : JIX'E UNIDADASDSORIAJTRIDICA ltLS.G.G t A , .h,/n +J,ffi ú fuLt*nfr- EPrn..c.")lll"*o U EteYpr,Drcuno O PrnVltoBc¡o D Inrr, Pmporcr Rrsprcrúr 0 P¡nFlrur /tí.tsRl.Gii $v r.ti?¡ s-t'kE!rTF: ir':) t'?. JEFE te.^ .Y.t$n$! k;*I
  • 6. de Fecha dejuniode201 de 30 1, ABOGADO JEFEDIVISION AUDITORIA DE ADMINISTRATIVA CONTRALOR]A GENERAL LA DE REPUBLICA Rof.: Solicitainformede la Sra. MinistraS^G.G., sobre un eventual confliclode interesespor su participación la en Sociedad SemillasBaerLtda.;ante peticiónde la H. Senadora XimenaRincónGonzález. PROVTDENCTA 1950. N' 71 Pe¡s¡: ii t SRA. MIN|STRAS.G.G. SR DIRECTOR ADT. Y FINAN:¿AS DIV. SR.JEFE OAB. T.S.G.G. SR.JEFEDEPTO. RECURSOS HUTIANOS SRA. SUBSECRETARNGRAL. GOB. SR.JEFEDEPTO. ADTINISTRACION SR.JEFE GA8. S.S.G.G. SR.JEFEDEPTO. COORD. SEREUIS DE SR. DIRECTORDIV. ORG.SOCIALES UNIDAD ACCESO LA INFORTACION DE A SR. DIRECTORSECRET.COTUNICACIOT{EE OBSERVACIONES: Saluda Us.(Ud) a ' *ir'o, ,'ttt:"- -..*:1''gl rii;nryt$¡sAilcH-Flp,á. -,.1 ir-rietc uavv co ".3¡¡v - o ¡|ASV, amse
  • 7. Oficio 804/SEC/2011 No ..L t l t ' t . t i . ; : ' ¡i . ; i . l i ?011 Valparaiso, de juniode 2011. 10 I7l24{] 2006 .ñ f¡f ^fr¡fpl,l rr,l.r' ' En sesión Senado dia I del mes en curso. del de la HonorableSenadoraseñoraXimena Rincón Gonzálezsolicitódirrgrr ,l scrlor oficio,en su nombre,a Usía,para que, si lo tiene a bien, informea la ('o¡ttrultlJ ( ic¡rcrul lu tlc Corporaciónrespectode la situaciónde la señora Ministra Secretaria Itr:¡rutrlica Generalde GobiernoEna von Baer quien,de acuerdocon su declaración de intereses,es prop¡etaria del 15% de los derechos en la sociedad SemillasBaerLimitada Expresóque el Gobierno Chile, a partirdel de presenteaño, ha decidido que dicen relacióncon la legislar materias en protección los obtentores a vegetales, que se materializa el "Convenio lo en para la Protección las Obtenciones Internacional de Vegetales",de 2 de diciembre 1961,revisado Ginebra de en segúnelActa de'19 de marzode 1991,que fue recienlemente por aprobado el Congreso y Nacional, en el proyecto ley que reguladerechos de sobreobtenciones y vegetales deroga la ley N'19.342, actualmente, segundotrámiteconstitucronal, el en en Senado. solicitóque la Entidadde En virtudde lo anterior, Controlse pronuncierespeclode un eventualconflictode interesesde la señora dadasu participación la que seríauna de las principales M¡nistra, en empresasnacionales beneficiadas la aprobación aquellalegislación, con de y si esa situaciónse adecuaa las normassobre probidadadministrativa que establece legislación la vigente. ú9
  • 8. .'" -.-'.F.€B!!€__q_ j_T!q' Envlo el presente oficio en nombre de la mencionada soñoraSenadora, virtudde lo dispuesto el articulo105 en en delReglamento la Corporación. de Diosguarde Usla. a GUIDO GIRARDILAVIN Presidente delSenado -'72-a:-a)*,<.t- JOSÉLUlsALLIENDE LEIVA Secretado (S) General del Senado *y
  • 9. CONTRALOR|A GENERALDE LA REPÚBLICA DNrsróNAUDrToRin DE mmrursrRATtvA UNTDADAuDrronies DE espeqAlEs lIrrn cxtLa REF.:175.240/11 SOLICITA INFORME FUNDADO EN PBW PRESENTACIÓr.I INDICA. OUE S A N r l A G o , 3 0 . i i j t1 il . l i l 0 l i i J , Pase al MinisterioSecretaríaGeneral de Gobierno,copia de la presentación formuladapor la Senadoradoña Ximena RincónGonzález, fin de que,en conformidad lo dispuesto el articulo a con en 9, de la ley N' 10.336, sirvainformar esteOrganismo tenorde lo expuesto se a al por la recurrente, el plazode 10 días hábiles en contados administrativos, desde la totaltramitación presente del oficio. Dicho informedeberá ser preparadocon intervención la Asesoría de Juridica abogado esa entidad, menosque el o de a asuntoplanteado ajenoa la aplicación interpretación normasjurídicaso sea o de reglamentarias que ese organismono cuente con ese profesional. o Además deben remitirse todoslos antecedentes necesarios para resolveradecuadamente la presentación que se trata. de Saluda a atentamente Ud.. I ¡or ortr ür cotrlrd {tJLl! CS nrnhsr¡a CARR$-tl^ERo ADogb Jrh Dl,lÉn it Aurfbú A¡lnh¡¡rll| A LA SEÑORA MINISTRASECRETARIA GENEML DE GOBIERNO PRESENTE -