1. Aborto desde el
punto de vista
religioso y social.
Yumié Albertos Tay
DHTIC’s
Profa. Olivia Calderón Iturriaga
2. ¿Qué es el aborto?
Se entiende por aborto a la interrupción espontánea o
provocada del embarazo tiempo antes de que el feto
comience a presentar signos de vida avanzada. El problema
aquí radica en el marco religioso y social, en cuándo se
considera ya una “vida”.
3. Tipos de aborto
• Aborto accidental: Como se nombre lo
dice, es el que ocurre accidentalmente.
• Aborto espontáneo: Es aquél que
ocurre de forma natural y por lo general
durante la tercera semana después de la
fecundación.
• Aborto habitual: Expulsión espontánea
de un feto muerto.
• Aborto inducido: Es el aborto
provocado antes de las 20 semanas. Este
tipo de aborto es la expulsión intencional
de un feto.
• Aborto completo: Es aquel donde se
expulsan todos los productos de la
concepción del útero.
• Aborto fallido: Es la retención del
concepto en el útero después de la
muerte del feto.
4. Infusiones Salinas
A partir de la semana 15 de
gestación. En esta técnica se
utiliza una aguja hipodérmica o un
tubo fino para extraer una pequeña
cantidad de líquido amniótico del
útero a través de la pared
abdominal. Este es sustituido por
una solución salina concentrada.
Empiezan a producirse
contracciones uterinas, que
producen la expulsión del feto.
Sólo se mostrarán algunos métodos,
pues las imágenes son muy fuertes.
5. Succión
Puede ser realizada durante el
primer trimestre mediante el uso de
dilatadores sucesivos para
conseguir el acceso a la cavidad
uterina a través del cérvix, se
introduce un tubo flexible
conectado a una bomba de vacío
denominado cánula para extraer el
contenido uterino. Su tiempo es de
cinco a diez minutos en pacientes
no internadas. Luego se introduce
una legra (instrumento metálico en
forma de cuchara), eliminar por
raspado cualquier resto de las
cubiertas uterinas.
6. Secuelas del aborto
• Cáncer de ovarios,
hígado y cervical.• Muerte.
• Perforación del
Útero.
• Embarazo
Ectópico.
• Cáncer de mama.
7. ¿Qué dice la Iglesia?
Para la iglesia católica el aborto es la
muerte provocada del feto, realizada
por cualquier método y en cualquier
momento del embarazo desde el
instante mismo de la concepción. Ha
sido declarado el 23 de mayo de 1988
por la Comisión para la interpretación
Auténtica del Código de Derecho
Canónico.
Quien consiente y practica un aborto,
acepta que se lo practiquen o colabora
para la práctica del mismo, incurre en
una culpa moral y comete un pecado
y un delito.
8. Pena canónica y abortar
El Canon 1398 dice: “Quien procura un aborto, si éste se
produce, incurre en excomunión Latae sententiae”3. Con esta
expresión se dice que el que incurre en ella queda
excomulgado automáticamente, sin necesidad de que ninguna
autoridad de la iglesia lo declare.
9. Legislación del aborto
En la Declaración de los Derechos Humanos encontramos que
“el artículo primero habla de la igualdad de dignidad y
derechos de los seres humanos, que los considera de este
modo a partir de su nacimiento. Aquí nos podemos dar cuenta
de que no se consideró a los no nacidos en el momento de su
realización; Sin embargo en el artículo 2 hace referencia que
se tienen los mismos derechos y libertades, sin importar si ya
se nació o no.
10. Al no nacido se le
defiende con lo siguiente:
• Art. 3: “Todo individuo tiene derecho a la vida, la libertad
y la seguridad de su persona”.
• Art. 5: “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos
crueles, inhumanos o degradantes”.
• Art: 6: “Todo ser humano tiene derecho, en todas partes,
al reconocimiento de su personalidad jurídica””4.
11. ¡Por lo tanto, los no nacidos,
también son personas y
merecen respeto!
12. Conclusión
Los que realizan el aborto y quienes dejan que se lo realicen
deberían ser juzgados por la ley y castigados, porque el niño
– no nacido es el más indefenso y es el que merece más
protección de parte de la ley.
13. El aborto es asesinar a una persona, ya que desde el
momento en el que se concibe al feto es considerado como
tal una persona, con derechos que la protegen ante la ley y
ante Dios. Es una injusticia condenar a un niño no – nacido
a muerte, porque, sea el caso que sea en el que fue
concebido, no tiene que la culpa por el acto irresponsable
que realizaron los padre (o en caso de violación, el padre).
De la misma manera él no es responsable de la situación en
la que se encuentre la madre, sea cual sea y nada lo priva
del derecho a que viva como ser humano, ni si quiera los
problemas físicos o mentales que pueda llegar a tener.
14. Por eso desde el
principio hay que dar
educación sexual, para
evitar éstas acciones
irresponsables.
¡NO AL ABORTO!