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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
                MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
                       EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
                COLEGIO UNIVERSITARIO DE LOS TEQUES
                           “CECILIO ACOSTA”
                         LOS TEQUES – MIRANDA




FACILITADOR:                                         PARTICIPANTES:
Emil Michinel
                                           Aular, Yusnely C.I 15.256.130
                                          Quiñones, Lisett C.I 17.050.083
                                        Velásquez, Carlos C.I 12.414.571
                                                               Sección 6




                     Los Teques, Octubre 2012
INTRODUCCION


         Este trabajo fue realizado con el objeto de conocer sobre el desarrollo
del gobierno electrónico en Venezuela, el cual se impulsa con la entrada en
vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en
diciembre del año 1999.
         En el desarrollo de esta publicación hemos destacado lo que es el
Gobierno en Electrónico en Venezuela, su importancia y fundamentación
legal y la manera como el Estado venezolano ha definido la importancia de la
organización y participación ciudadana en el proceso del uso de las TIC, a fin
de establecer políticas públicas, que respondan eficientemente a las
necesidades de la ciudadanía.
         En este sentido el Centro Nacional de Tecnologías de Información (CNTI) ha iniciado el Gobierno
Participativo apoyado en Tecnologías de Información como parte de una nueva estrategia para el desarrollo de
proyectos de Gobierno Electrónico.

         El Gobierno en Línea es una herramienta de Gobierno Electrónico, el
cual ofrece diversos productos a la ciudadanía, a objeto de que tengan
acceso a la información y los servicios de la Administración Pública.
         En el desarrollo de este trabajo conoceremos la definición de Gobierno
Electrónico, su importancia, su impacto en la ciudadanía, sus características,
sus bases legales y el Gobierno en Línea y sus servicios.




                                                    LAS TIC
Según, Flores, P (2011) Las TIC, son un conjunto de herramientas y
almacenamiento de información, es decir se trata de medios de técnicas o
medios de comunicación como es el caso del internet, la telefonía móvil,
correo electrónico; que permiten a las personas comunicarse para dar,
recibir, adquirir o procesar información.


                          GOBIERNO EN LINEA


       El portal Gobierno en Línea (http/:www.gobiernoenlinea.gob.ve) es
una herramienta de Gobierno Electrónico, el cual tiene como fin ofrecer
contenidos noticiosos, servicios y trámites a la ciudadanía, apoyado en las
Tecnologías de Información.


      Según, La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico
(2008), en las década de los 60 y 70, las tic se utilizaban para mejorar la
comunicación y la obtención de información, mas tarde en los 90 se toman
las primeras iniciativas de gobierno electrónico, centrado en la producción y
la difusión de la información; esto dio como resultado una gran cantidad de
sitios web utilizados en los diferentes entes gubernamentales.


      El gobierno electrónico ayuda significativamente en el desarrollo de un
gobierno bueno y receptivo, que proporciones excelentes servicios a la
ciudadanía.


       Una definición amplia supone el gobierno electrónico como un modelo
de mejora del Estado, el cual se fundamenta en el uso de las tecnologías de
la información y la comunicación (TIC) en los procesos internos de gobierno
y externos de interacción entre el Estado y los ciudadanos, que conllevan al
perfeccionamiento    de    los   servicios    públicos,    fortalecimiento   de   la
responsabilidad    administrativa,   el     aumento   de    la   transparencia,   la
democratización de la información, la participación ciudadana y la contraloría
social.


IMPORTANCIA DEL GOBIERNO ELECTRÓNICO
Cardona, D (2009)


    Pueden generar ahorros en la recolección y la transmisión de datos, el
           suministro de información con los clientes.
    El gobierno electrónico contribuye a reducir la corrupción, aumenta la
           apertura y la confianza en el gobierno.
    Contribuye al logro de los objetivos, económicos, sociales, políticos de
           país.
    El gobierno electrónico genera gastos menores en la administración
           pública, mediante el empleo de programas específicos, así como
           también mejoras en la productividad de las empresas.
    Todo esto contribuye al logro de eficiencias significativas futuras.


EL GOBIERNO ELECTRÓNICO Y LA CIUDADANÍA


          El gobierno electrónico se basa en el principio de habilitar una serie de
herramientas electrónicas para que los usuarios tengan acceso a la
información y los servicios de la administración, cuando y como ellos quieran,
(24 horas al día, 7 días de la semana), la idea y la intensión es que la
prestación de este servicio este basada en las necesidades de los usuarios
de servicio, cabe destacar que, no solo se espera la satisfacción de los
usuarios, sino que mejore notablemente el aumento de los canales de
comunicación.


          Los usuarios cumplen una gran cantidad de roles y contribuyen al
momento de crear confianza entre el gobierno y los ciudadanos. Es
fundamental, para el logro de todos los objetivos propuestos, ya que esto
puede lograr:


      Un gobierno directo y garante de las diferentes normativas y leyes.


      Puede ayudar a que, una voz individual, pueda ser escuchada en un
       debate global, es decir, que a través de las distintas páginas web,
       los usuarios puedan expresar sus opiniones y estas a su vez ser
       vistas en las distintas partes del mundo.


CARACTERÍSTICAS DEL GOBIERNO EN LÍNEA


   Oportuno, en relación al tiempo
   Idóneo, en relación a la adecuación
   Seguro, con plataforma y usuarios.
   Transparente, en cuanto a su Eficiencia y eficacia, así como en      el
       acceso a sus presupuestos y ejecuciones.
   Responsable
   Garantizar la Probidad
   Satisfactorio al ciudadano, en cuanto a calidad y oportunidad




Implicaciones de los Diferentes Roles para el Gobierno Electrónico en el
                                  Usuario
                                                       IMPLICACIONES
                             ELEMENTO CLAVE
         ROL                                           ORIENTADAS AL
                                 DEL ROL
                                                         USUARIO
                                                    Promover   servicios
        Cliente                 Transacción         basados         en        la
satisfacción    de      las
                                                     necesidades       de    los
                                                     clientes
                                                     Hacer que sea sencillo
   Sujeto de estado             Ley y Orden          y      eficiente         el
     Contribuyente                                   cumplimiento       de   las
                                                     obligaciones, garantizar
                                                     la        imparcialidad,
                                                     transparencia      y    uso
                                                     eficiente de los recursos
                                                     de los contribuyentes
                             Libre Ejercicio del     Asegurar la integridad,
        Votante                   derecho            responsabilidad           y
                                                     legitimidad del proceso.



EL GOBIERNO ELECTRÓNICO VENEZOLANO


   Según Gallegos, A. (2001) el Gobierno Electrónico en Venezuela significa
el aprovechamiento de las Tecnologías de Información y Comunicación para
aumentar la inclusión de amplios sectores que han estado al margen de la
acción social del Estado. Las Tecnologías de Información no sólo pueden
propiciar la transformación del Estado, maximizando la eficiencia de la
administración pública, también son un mecanismo para aumentar la
transparencia y garantizar la seguridad de la nación. Arturo Gallegos señala
los objetivos del gobierno electrónico Venezolano:


      Este portal tiene como objeto garantizar el fácil acceso a la
       información y trámites de la administración pública, así como ofrecer
       servicios y contenidos que buscan promover el uso de las
       herramientas de gobierno electrónico del estado venezolano.
 Apoyar la constitución de un nuevo modelo de Estado definido en el
       nuevo marco constitucional y el nuevo modelo de gestión en el
       proceso de transformación del Estado.
   Propiciar el control social y establecer la corresponsalía como un
       nuevo esquema de relación entre el ciudadano y el Estado.
   Contribuir mediante el uso intensivo de las TIC a la racionalización de
       las tramitaciones públicas, logrando a tal efecto una mayor celeridad
       y funcionalidad.
   Reducir los gastos operativos en que incurren los organismos públicos
       y   obtener   así       ahorros   presupuestarios   que    permitan   cubrir
       insuficiencias     de     carácter   fiscal,   mejorando   las   relaciones
       administración pública-ciudadano.
   Establecer un modelo de arquitectura más horizontal, empírico y
       endógeno, que vincule y permita el acceso y la interoperabilidad
       sistémica de la información de las diferentes instituciones del
       gobierno hacia el ciudadano.
   Sistematizar la responsabilidad y transparencia en los procesos de la
       Administración Pública.
   Ser un país integrado, eficiente y competitivo en el ámbito regional e
       internacional, que garantice a todos los ciudadanos en el territorio
       nacional el acceso democrático a los beneficios y oportunidades que
       la sociedad de la información, comunicaciones y las tecnologías
       genere.


      El portal Gobierno en Línea (www.gobiernoenlinea.gob.ve) es una
ventana de fácil acceso a la información del Estado venezolano,
fundamentándose en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, la cual impulsa la democracia participativa y protagónica, la
construcción consecuente de la justicia social, así como la defensa de los
derechos y resguardo de la libertad de expresión.
Gobierno en Línea, además, ofrece a sus usuarios la posibilidad de
enriquecer los contenidos y servicios disponibles en el portal, mediante su
participación            en        la       Red         de        Colaboradores,                escribiendo            a
http//www.gobiernoenlinea@listas.cnti.gob.ve


          El portal Gobierno en Línea, como una de las caras del Gobierno
Participativo apoyado en Tecnologías de Información (Gob-PaTi), ha definido
sus objetivos y alcance para optimizar las necesidades de los usuarios, además de que busca la aplicación de una
estrategia que apunte hacia la inclusión ciudadana y el modelo colaborativo de gestión.



          Gobierno en Línea presenta contenidos clasificados según el perfil de los usuarios organizados en cuatro
categorías: Ciudadanía, Extranjeros, Empresarios y Participación Ciudadana. En el perfil Ciudadanía el usuario
encontrará todo lo relacionado con trámites civiles, el perfil Extranjeros está dirigido a los viajeros no residentes, los
Empresarios también tendrán un perfil con sus trámites respectivos, mientras que Participación Ciudadana ofrece
toda la información para la participación y el empoderamiento ciudadano.



                                   DEMOCRACIA ELECTRÓNICA


          Reylli, k (2002) afirma que la Democracia Electrónica está
relacionada directamente con la gobernabilidad democrática propiamente, y
se refiere al uso de las Tic para facilitar la participación de los ciudadanos(as)
en procesos democráticos que les permitan defender y ejercer sus derechos,
definir los temas de las agendas públicas, proponer y demandar soluciones y
establecer controles sobre el cumplimiento y el resultado de los compromisos
adquiridos por el Estado. Para efectos de esta investigación, la Democracia
Electrónica es sinónimo de la democracia participativa pero en la red.


          Según, La Carta Iberoamericana, de Gobierno Electrónico (2007) Los
Principios del Gobierno Electrónico se inspira en:
        1.      Principio de igualdad: con objeto de que en ningún caso el uso de
                medios electrónicos pueda implicar la existencia de restricciones o
discriminaciones para los ciudadanos que se relacionen con las
     Administraciones Públicas por medios no electrónicos, tanto
     respecto al acceso a la prestación de servicios públicos como
     respecto a cualquier actuación o procedimiento administrativo sin
     perjuicio de las medidas dirigidas a incentivar la utilización de los
     medios electrónicos.
2.   Principio de legalidad: de forma que las garantías previstas en los
     modos tradicionales de relación del ciudadano con el Gobierno y
     la Administración se mantengan idénticas en los medios
     electrónicos. Los trámites procedimentales, sin perjuicio de su
     simplificación general, constituyen para todos los ciudadanos
     garantías imprescindibles. El principio de legalidad también
     comprende el respeto a la privacidad, por lo que el uso de
     comunicaciones electrónicas comporta la sujeción de todas las
     Administraciones Públicas a la observancia de las normas en
     materia de protección de datos personales.
3.   Principio de conservación: en virtud del cual se garantiza que las
     comunicaciones y documentos electrónicos se conservan en las
     mismas condiciones que por los medios tradicionales.
4.   Principio de transparencia y accesibilidad: garantiza que la
     información de las Administraciones Públicas y el conocimiento de
     los servicios por medios electrónicos se haga en un lenguaje
     comprensible según el perfil del destinatario.
5.   Principio de proporcionalidad: de modo que los requerimientos de
     seguridad sean adecuados a la naturaleza de la relación que se
     establezca con la Administración.
6.   Principio de responsabilidad: de forma que la Administración y el
     Gobierno respondan por sus actos realizados por medios
     electrónicos de la misma manera que de los realizados por medios
     tradicionales. De acuerdo con dicho principio, las informaciones
oficiales que se faciliten por medios electrónicos no pueden
           beneficiarse de una cláusula general de irresponsabilidad, ni
           incorporar una cláusula especial de esta naturaleza. En caso
           contrario, se dejará constancia con caracteres muy visibles y
           reiterados de que se trata de una página o portal electrónico no
           oficial y que no forma parte del sistema de Gobierno Electrónico.
     7.    Principio de adecuación tecnológica: las administraciones elegirán
           las tecnologías más adecuadas para satisfacer sus necesidades.
           Se recomienda el uso de estándares abiertos y de software libre
           en razón de la seguridad, sostenibilidad a largo plazo y para
           prevenir que el conocimiento público no sea privatizado. En ningún
           caso este principio supondrá limitación alguna al derecho de los
           ciudadanos a emplear la tecnología de su elección en el acceso a
           las Administraciones Públicas. Dentro de este principio se
           comprende el del uso de distintos medios electrónicos como son:
           el computador, la televisión digital terrestre, los mensajes SMS en
           teléfonos celulares, entre otros, sin perjuicio de la eventual
           imposición del empleo en determinados casos de aquellos medios
           concretos que se adecuen a la naturaleza del trámite o
           comunicación de que se trate.




          SERVICIOS DEL GOBIERNO EN LINEA EN VENEZUELA


      Principales Servicios del Gobierno Electrónico o en Línea en
Venezuela


1. Servicios de Gobierno Electrónico o en linea:
      Solicitud de Divisas: CADIVI (http://www.cadivi.gov.ve)
 Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria
        (SENIAT) http://www.seniat.gob.ve/portal/page/portal/PORTAL_SENIAT
      Gobierno en Línea http://www.gobiernoenlinea.ve
      Instituto    Venezolano          de     los    Seguros      Sociales         (IVSS)
        http://www.ivss.gov.ve
      SAIME http://.saime.gob.ve
      SAREN:       Servicio       autónomo          de    Registros         y    Notarias
        http://saren.gob.ve
      Ministerio        del     Poder        Popular      para        la        Educación
        http://www.me.gob.ve
      Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social
        http://www.mintra.gov.ve
      Fondo        de         ahorro        obligatorio    para            la    vivienda
        http://faovel.banavih.gob.ve


2. Servicios de Democracia Electrónica
      Creación del sistema de votación automatizado (www.cne.gob.ve )


3. Planes y Proyectos Sociales (Portales):
      Misión Ciencia http://www.misionciencia.gob.ve
      Infocentros El portal Gobierno en Línea http:www.infocentro.gov.ve
      Otras Misiones http://www.misionvenezuela.gov.ve


4. Redes y de cooperativas y PYMES (pequeña y mediana empresa) en el
área tecnológica:
      Red de Líderes de Gobierno Electrónico de América Latina y El
        Caribe (RedGEALC). http://www.redgealc.net/index.php
      Red Nacional de Integración y Desarrollo de Software Libre (RINDE).
        https://www.rinde.gob.ve.
Bases Legales del Gobierno Electrónico en Venezuela


         A partir de la Asamblea Constituyente en el año de 1999, el país tiene
una nueva Carta Magna, denominada: Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV en adelante) la cual consagra en su
preámbulo lo siguiente:... refundar la República para establecer una sociedad
democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural.


         Es desde ese momento que se comienza a dar impulso al desarrollo
de normativas para instaurar las bases legales relacionadas con el área de
las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), esto con el objeto
de apoyar la modernización del Estado y el desarrollo del gobierno
electrónico, regulando e incentivando el impulso de la plataforma tecnológica
nacional, la formación de funcionarios y ciudadanos en el uso de las
tecnologías de la información y la comunicación (TIC), la adopción de
lineamientos para el desarrollo de plataformas de servicios, productos,
información     e   interacción   entre   el   Estado,   las   instituciones,   las
organizaciones y los ciudadanos.


         La meta era establecer un marco legal dirigido a promover un medio
propicio al desarrollo y aplicación de nuevas tecnologías, pero asegurando el
cumplimiento de mandatos legales ya instituidos y de elementos de interés
público como “la intimidad y privacidad de las comunicaciones, la
autenticidad, el comercio electrónico, los derechos de propiedad intelectual,
la protección de los datos personales, la prevención del delito electrónico, la
protección del consumidor y la seguridad nacional, entre otros.” (Pagés,
2005).
La creación de las bases legales no ha sido una tarea fácil, ya que se
han tenido que crear o actualizar leyes, normas y regulaciones que equilibren
aspectos confrontados, por ejemplo, derechos asociados a la libertad de la
información, derechos asociados a la privacidad y a la protección de la
información, con deberes asociados a la soberanía nacional.


      Toda legislación que se establezca debe responder a las necesidades
propias de Venezuela, pero sin descuidar el marco legal internacional. De
igual forma, es preciso desarrollar una normativa donde se involucren a
diversos actores, como por ejemplo: el Estado y sus instituciones, empresas
transnacionales, medianas, pequeñas, cooperativas e iniciativas individuales,
los ciudadanos y comunidades con fácil acceso a las TIC.


La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ( CRBV):
publicada en Gaceta Oficial Nº 36.860 de fecha 30 de diciembre de 1999
establece:
       Artículo 110. “El Estado reconocerá el interés público de la
       ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus
       aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser
       instrumentos fundamentales para el desarrollo económico,
       social y político del país”.


       Articulo 141 “La administración pública está al servicio de
       los ciudadanos (as), y se fundamentan en los principio de la
       honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia,
       transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el
       ejercicio de la función pública…”


       Articulo 143 “los ciudadanos(as) tienen derecho a ser
       informados oportuna y verazmente por la administración
pública sobre el estado de las actuaciones que estén
        directamente interesados(as) y a conocer resoluciones
        definitivas que se adopten sobre el particular…”


        Articulo 145 “Los funcionarios y funcionarias públicas están
        al servicio del estado y no de parcialidad alguna. Su
        nombramiento o remoción no podrán estar determinados por
        la afiliación y orientación política. Quien esté al servicio de
        los municipios de los estados, de la Republica y demás
        personas jurídicas de derecho público o de derecho privados
        estatales…”




La Ley de Simplificación de Trámites: publicada Gaceta Oficial de la
República de Venezuela Nº 5.393 de fecha 22 de octubre de 1999, mediante
Decreto Nº 6.265, reza lo siguiente:


        Artículo 11. “Los órganos y entes de la Administración
        Pública Nacional, en virtud del principio de cooperación que
        debe imperar en sus relaciones interorgánicas y con las
        demás ramas del Poder Público, deberán implementar bases
        de datos automatizadas de fácil acceso y no podrán exigir la
        presentación   de   copias     certificadas   o   fotocopias   de
        documentos que la Administración Pública Nacional tenga en
        su poder, o de los que tenga la posibilidad legal de acceder”.




Decreto N° 825 de fecha 10 de mayo de 2000, el Estado establece el uso
del Internet con carácter obligatorio en las instancias gubernamentales,
además de representar un medio para el acceso y difusión de ideas y nuevos
conocimientos, así como proveedor de servicios de diversa índole a los
ciudadanos/as en forma más eficiente.



Decreto con fuerza de ley Nº 1.204 de Mensaje de Datos y Firmas
Electrónicas, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela Nº 37.148 de fecha 28 de febrero de 2001, establece:

       Artículo 1.- El presente Decreto-Ley tiene por objeto otorgar
       y reconocer Artículo 1. El presente Decreto-Ley tiene por
       objeto otorgar y reconocer eficacia y valor jurídico a la Firma
       Electrónica, al Mensaje de Datos y a toda información
       inteligible en formato electrónico, independientemente de su
       soporte material, atribuible a personas naturales o jurídicas,
       públicas o privadas, así como regular todo lo relativo a los
       Proveedores de Servicios de Certificación y los Certificados
       Electrónicos.



Decreto Nº 2.479 del 27 de junio de 2003. Establece la
creación de la Comisión Presidencial para la conformación de la red
del Estado, con la finalidad de facilitar la comunicación e interacción
de los órganos y entes de la Administración Pública.


Decreto Nº 3.390. Gaceta Oficial Nº 38.095 de fecha 28 de
diciembre de 2004, establece:
       Artículo 1º:”La Administración Pública Nacional empleará
       prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares
       Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos.
       A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración
       Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual
       y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado
       con Estándares Abiertos”.
Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, publicada en Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.242 de fecha 03 de Agosto
del 2005, indica:

         Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar los
         principios orientadores que en materia de ciencia, tecnología
         e innovación y sus aplicaciones, establece la Constitución de
         la República Bolivariana de Venezuela, organizar el Sistema
         Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definir los
         lineamientos que orientarán las políticas y estrategias para la
         actividad científica, tecnológica, de innovación y sus
         aplicaciones,   con     la     implantación   de   mecanismos
         institucionales y operativos para la promoción, estímulo y
         fomento de la investigación científica, la apropiación social
         del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica,
         a fin de fomentar la capacidad para la generación, uso y
         circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo
         nacional.




La Ley Orgánica de la Administración Pública , publicada en Gaceta
Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 5.890 Extraordinario del
15 de julio de 2008, indica:

         Art.   10: Principios        que   rigen la actividad   de la
         Administración Pública. “La actividad de la Administración
         Pública se desarrollará con base en los principios de
         economía, celeridad, simplicidad, rendición de cuentas,
eficacia, eficiencia… La simplificación de los trámites
       administrativos, así como la supresión de los que fueren
       innecesarios será tarea permanente de los órganos y entes
       de la Administración Pública, de conformidad con los
       principios y normas que establezca la ley correspondiente”.




       Art. 11: Mecanismos tecnológicos. “Los órganos y entes
       de la Administración Pública deberán utilizar las tecnologías
       que desarrolle la ciencia, tales como los medios electrónicos
       o   informáticos     y    telemáticos,    para   su     organización,
       funcionamiento y relación con las personas. Cada órgano y
       ente de la Administración Pública deberá establecer y
       mantener una página en Internet, que contendrá entre otra, la
       información    que       se   considere    relevante,     los   datos
       correspondientes a su misión, organización, procedimiento,
       normativa que lo regula, servicios que presta, documentos de
       interés para las personas, ubicación de sus dependencias e
       información de contactos. “




Ley Especial Contra los Delitos Informáticos: publicada en Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.313 de fecha 30 de octubre
de 2010, establece:
       Artículo 1: “La presente Ley tiene por objeto la protección
       integral de los sistemas que utilicen tecnologías de
       información, así como la prevención y sanción de los delitos
       cometidos contra tales sistemas o cualesquiera de sus
       componentes, o de los delitos cometidos mediante el uso de
       dichas tecnologías, en los términos previstos en esta Ley”
Concepto de Gobierno Electrónico a los efectos de la Carta
Iberoamericana se entienden las expresiones de “Gobierno Electrónico” y de
“Administración Electrónica” como sinónimas, ambas consideradas como el
uso de las TIC en los órganos de la Administración para mejorar la
información y los servicios ofrecidos a los ciudadanos, orientar la eficacia y
eficiencia       de     la    gestión       pública       e     incrementar         sustantivamente             la
transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos. Todo
ello, sin perjuicio de las denominaciones establecidas en las legislaciones
nacionales.


         Por otra parte cabe mencionar que Venezuela en el año 2007, firmó la
Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico, como un compromiso continental para promover las iniciativas,
estrategias y desarrollo del Gobierno Electrónico a fin de "reducir la brecha digital y convertir la Sociedad de la
información y el Conocimiento en una oportunidad para todos".

         Los objetivos de la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico
persiguen:
       1.      Determinar las bases conceptuales y los componentes que
               constituyen el Gobierno Electrónico para Iberoamérica.
       2.      Definir los contenidos del derecho de los ciudadanos a
               relacionarse          de     forma       electrónica         con      sus      Gobiernos          y
               Administraciones Públicas.
       3.      Conformar un marco genérico de principios rectores, políticas y
               mecanismos de gestión llamado a constituir un lenguaje común
               sobre el Gobierno Electrónico en los países de la comunidad
               iberoamericana.
       4.      Servir como orientación para el diseño, regulación, implantación,
               desarrollo, mejora y consolidación de modelos nacionales de
               Gobierno Electrónico en la gestión pública.
Carta       Iberoamericana   de    Gobierno    Electrónico   tomando    en
consideración los objetivos anteriormente indicados, se orientan a múltiples
fines que son:
       1.     Aproximar los Gobiernos y sus respectivas Administraciones a
              los ciudadanos al facilitar la comunicación y relación con los
              mismos por medios electrónicos.
       2.     Incrementar la calidad de los servicios y productos públicos que
              el Estado tiene que suministrar a los ciudadanos al mejorar la
              eficiencia, la eficacia y una mayor transparencia de la gestión
              pública, aprovechando la utilización de las TIC en el Gobierno y
              en la Administración Pública.
       3.     Contribuir a que los países iberoamericanos accedan en
              plenitud a la sociedad de la información y del conocimiento
              mediante el impulso que, para la misma, supone el efectivo
              establecimiento del Gobierno Electrónico.
       4.     Coadyuvar     en     la   consolidación    de   la   gobernabilidad
              democrática, mediante la legitimación efectiva de los Gobiernos
              y     sus   Administraciones     que      comporta   el   potencial
              democratizador del Gobierno Electrónico.
       5.     Optimizar, con ocasión de la implantación del Gobierno
              Electrónico, los modos de organización y de funcionamiento de
              los Gobiernos y sus Administraciones, simplificando trámites y
              procedimientos.
       6.     Fomentar el uso de los medios electrónicos en los demás
              ámbitos de la sociedad a través de la percepción de la utilidad
              que presentan en la Administración Pública.
       7.     Sensibilizar a las Administraciones para que ofrezcan sus
              servicios y se interconecten con la ciudadanía a través de
              estrategias de múltiples canales de acceso.
8.     Desarrollar en la implementación del Gobierno Electrónico,
                 acciones que apunten a generar información de alto valor para
                 que redunden en conocimiento social, con el objetivo de
                 aumentar la competitividad y mejorar el posicionamiento de
                 cada comunidad en el concierto global.




                                        CONCLUSION


        Gobierno en Línea          es que la red que nos integra, además es un espacio construido en colectivo

con el objeto de incentivar la participación ciudadana, además tiene como esencia informar     sobre los
diferentes servicios y trámites en línea, también presenta el resumen diario
de noticias y contiene el Directorio Nacional de la Administración Pública.


        Gobierno en Línea es el conjunto de herramientas técnicas,
normativas y política pública que promueven la construcción de un Estado
más eficiente, transparente y participativo, y a su vez, busca prestar un mejor
servicio   con     la   colaboración   de   toda   la   sociedad   mediante   el
aprovechamiento de la tecnología.


       Por otra parte, podemos indicar que el Gobierno en Línea busca
impulsar la mejorar de las políticas públicas y optimizar el servicio al
ciudadano a través de las TIC, además de empoderar a la ciudadanía para
impulsar la participación ciudadana y protagónica.


       Finalmente, podemos concluir que el Portal Gobierno, tiene como
finalidad servir de puerta para todas las páginas web de los órganos y entes
de la Administración Pública. Además, de brindar información de Venezuela,
legislación vigente, de trámites ante organismos públicos, información de
acciones gubernamentales, directorio del Estado, estadísticas, sección de
noticias, análisis de prensa, concientización ciudadana entre otros.




                                BIBLIOGRAFIA



Carta Magna de La Republica Bolivariana de Venezuela, (1999)

Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico (2007)

Cardona, D (2009)

Según, Flores, P (2011)

Reylli, k (2002)

La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (2008)

Ley Orgánica de la Administración Publica
Ley de Simplificación de tramites

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  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA COLEGIO UNIVERSITARIO DE LOS TEQUES “CECILIO ACOSTA” LOS TEQUES – MIRANDA FACILITADOR: PARTICIPANTES: Emil Michinel Aular, Yusnely C.I 15.256.130 Quiñones, Lisett C.I 17.050.083 Velásquez, Carlos C.I 12.414.571 Sección 6 Los Teques, Octubre 2012
  • 2. INTRODUCCION Este trabajo fue realizado con el objeto de conocer sobre el desarrollo del gobierno electrónico en Venezuela, el cual se impulsa con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en diciembre del año 1999. En el desarrollo de esta publicación hemos destacado lo que es el Gobierno en Electrónico en Venezuela, su importancia y fundamentación legal y la manera como el Estado venezolano ha definido la importancia de la organización y participación ciudadana en el proceso del uso de las TIC, a fin de establecer políticas públicas, que respondan eficientemente a las necesidades de la ciudadanía. En este sentido el Centro Nacional de Tecnologías de Información (CNTI) ha iniciado el Gobierno Participativo apoyado en Tecnologías de Información como parte de una nueva estrategia para el desarrollo de proyectos de Gobierno Electrónico. El Gobierno en Línea es una herramienta de Gobierno Electrónico, el cual ofrece diversos productos a la ciudadanía, a objeto de que tengan acceso a la información y los servicios de la Administración Pública. En el desarrollo de este trabajo conoceremos la definición de Gobierno Electrónico, su importancia, su impacto en la ciudadanía, sus características, sus bases legales y el Gobierno en Línea y sus servicios. LAS TIC
  • 3. Según, Flores, P (2011) Las TIC, son un conjunto de herramientas y almacenamiento de información, es decir se trata de medios de técnicas o medios de comunicación como es el caso del internet, la telefonía móvil, correo electrónico; que permiten a las personas comunicarse para dar, recibir, adquirir o procesar información. GOBIERNO EN LINEA El portal Gobierno en Línea (http/:www.gobiernoenlinea.gob.ve) es una herramienta de Gobierno Electrónico, el cual tiene como fin ofrecer contenidos noticiosos, servicios y trámites a la ciudadanía, apoyado en las Tecnologías de Información. Según, La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (2008), en las década de los 60 y 70, las tic se utilizaban para mejorar la comunicación y la obtención de información, mas tarde en los 90 se toman las primeras iniciativas de gobierno electrónico, centrado en la producción y la difusión de la información; esto dio como resultado una gran cantidad de sitios web utilizados en los diferentes entes gubernamentales. El gobierno electrónico ayuda significativamente en el desarrollo de un gobierno bueno y receptivo, que proporciones excelentes servicios a la ciudadanía. Una definición amplia supone el gobierno electrónico como un modelo de mejora del Estado, el cual se fundamenta en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los procesos internos de gobierno y externos de interacción entre el Estado y los ciudadanos, que conllevan al perfeccionamiento de los servicios públicos, fortalecimiento de la responsabilidad administrativa, el aumento de la transparencia, la
  • 4. democratización de la información, la participación ciudadana y la contraloría social. IMPORTANCIA DEL GOBIERNO ELECTRÓNICO Cardona, D (2009)  Pueden generar ahorros en la recolección y la transmisión de datos, el suministro de información con los clientes.  El gobierno electrónico contribuye a reducir la corrupción, aumenta la apertura y la confianza en el gobierno.  Contribuye al logro de los objetivos, económicos, sociales, políticos de país.  El gobierno electrónico genera gastos menores en la administración pública, mediante el empleo de programas específicos, así como también mejoras en la productividad de las empresas.  Todo esto contribuye al logro de eficiencias significativas futuras. EL GOBIERNO ELECTRÓNICO Y LA CIUDADANÍA El gobierno electrónico se basa en el principio de habilitar una serie de herramientas electrónicas para que los usuarios tengan acceso a la información y los servicios de la administración, cuando y como ellos quieran, (24 horas al día, 7 días de la semana), la idea y la intensión es que la prestación de este servicio este basada en las necesidades de los usuarios de servicio, cabe destacar que, no solo se espera la satisfacción de los usuarios, sino que mejore notablemente el aumento de los canales de comunicación. Los usuarios cumplen una gran cantidad de roles y contribuyen al momento de crear confianza entre el gobierno y los ciudadanos. Es
  • 5. fundamental, para el logro de todos los objetivos propuestos, ya que esto puede lograr:  Un gobierno directo y garante de las diferentes normativas y leyes.  Puede ayudar a que, una voz individual, pueda ser escuchada en un debate global, es decir, que a través de las distintas páginas web, los usuarios puedan expresar sus opiniones y estas a su vez ser vistas en las distintas partes del mundo. CARACTERÍSTICAS DEL GOBIERNO EN LÍNEA  Oportuno, en relación al tiempo  Idóneo, en relación a la adecuación  Seguro, con plataforma y usuarios.  Transparente, en cuanto a su Eficiencia y eficacia, así como en el acceso a sus presupuestos y ejecuciones.  Responsable  Garantizar la Probidad  Satisfactorio al ciudadano, en cuanto a calidad y oportunidad Implicaciones de los Diferentes Roles para el Gobierno Electrónico en el Usuario IMPLICACIONES ELEMENTO CLAVE ROL ORIENTADAS AL DEL ROL USUARIO Promover servicios Cliente Transacción basados en la
  • 6. satisfacción de las necesidades de los clientes Hacer que sea sencillo Sujeto de estado Ley y Orden y eficiente el Contribuyente cumplimiento de las obligaciones, garantizar la imparcialidad, transparencia y uso eficiente de los recursos de los contribuyentes Libre Ejercicio del Asegurar la integridad, Votante derecho responsabilidad y legitimidad del proceso. EL GOBIERNO ELECTRÓNICO VENEZOLANO Según Gallegos, A. (2001) el Gobierno Electrónico en Venezuela significa el aprovechamiento de las Tecnologías de Información y Comunicación para aumentar la inclusión de amplios sectores que han estado al margen de la acción social del Estado. Las Tecnologías de Información no sólo pueden propiciar la transformación del Estado, maximizando la eficiencia de la administración pública, también son un mecanismo para aumentar la transparencia y garantizar la seguridad de la nación. Arturo Gallegos señala los objetivos del gobierno electrónico Venezolano:  Este portal tiene como objeto garantizar el fácil acceso a la información y trámites de la administración pública, así como ofrecer servicios y contenidos que buscan promover el uso de las herramientas de gobierno electrónico del estado venezolano.
  • 7.  Apoyar la constitución de un nuevo modelo de Estado definido en el nuevo marco constitucional y el nuevo modelo de gestión en el proceso de transformación del Estado.  Propiciar el control social y establecer la corresponsalía como un nuevo esquema de relación entre el ciudadano y el Estado.  Contribuir mediante el uso intensivo de las TIC a la racionalización de las tramitaciones públicas, logrando a tal efecto una mayor celeridad y funcionalidad.  Reducir los gastos operativos en que incurren los organismos públicos y obtener así ahorros presupuestarios que permitan cubrir insuficiencias de carácter fiscal, mejorando las relaciones administración pública-ciudadano.  Establecer un modelo de arquitectura más horizontal, empírico y endógeno, que vincule y permita el acceso y la interoperabilidad sistémica de la información de las diferentes instituciones del gobierno hacia el ciudadano.  Sistematizar la responsabilidad y transparencia en los procesos de la Administración Pública.  Ser un país integrado, eficiente y competitivo en el ámbito regional e internacional, que garantice a todos los ciudadanos en el territorio nacional el acceso democrático a los beneficios y oportunidades que la sociedad de la información, comunicaciones y las tecnologías genere. El portal Gobierno en Línea (www.gobiernoenlinea.gob.ve) es una ventana de fácil acceso a la información del Estado venezolano, fundamentándose en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual impulsa la democracia participativa y protagónica, la construcción consecuente de la justicia social, así como la defensa de los derechos y resguardo de la libertad de expresión.
  • 8. Gobierno en Línea, además, ofrece a sus usuarios la posibilidad de enriquecer los contenidos y servicios disponibles en el portal, mediante su participación en la Red de Colaboradores, escribiendo a http//www.gobiernoenlinea@listas.cnti.gob.ve El portal Gobierno en Línea, como una de las caras del Gobierno Participativo apoyado en Tecnologías de Información (Gob-PaTi), ha definido sus objetivos y alcance para optimizar las necesidades de los usuarios, además de que busca la aplicación de una estrategia que apunte hacia la inclusión ciudadana y el modelo colaborativo de gestión. Gobierno en Línea presenta contenidos clasificados según el perfil de los usuarios organizados en cuatro categorías: Ciudadanía, Extranjeros, Empresarios y Participación Ciudadana. En el perfil Ciudadanía el usuario encontrará todo lo relacionado con trámites civiles, el perfil Extranjeros está dirigido a los viajeros no residentes, los Empresarios también tendrán un perfil con sus trámites respectivos, mientras que Participación Ciudadana ofrece toda la información para la participación y el empoderamiento ciudadano. DEMOCRACIA ELECTRÓNICA Reylli, k (2002) afirma que la Democracia Electrónica está relacionada directamente con la gobernabilidad democrática propiamente, y se refiere al uso de las Tic para facilitar la participación de los ciudadanos(as) en procesos democráticos que les permitan defender y ejercer sus derechos, definir los temas de las agendas públicas, proponer y demandar soluciones y establecer controles sobre el cumplimiento y el resultado de los compromisos adquiridos por el Estado. Para efectos de esta investigación, la Democracia Electrónica es sinónimo de la democracia participativa pero en la red. Según, La Carta Iberoamericana, de Gobierno Electrónico (2007) Los Principios del Gobierno Electrónico se inspira en: 1. Principio de igualdad: con objeto de que en ningún caso el uso de medios electrónicos pueda implicar la existencia de restricciones o
  • 9. discriminaciones para los ciudadanos que se relacionen con las Administraciones Públicas por medios no electrónicos, tanto respecto al acceso a la prestación de servicios públicos como respecto a cualquier actuación o procedimiento administrativo sin perjuicio de las medidas dirigidas a incentivar la utilización de los medios electrónicos. 2. Principio de legalidad: de forma que las garantías previstas en los modos tradicionales de relación del ciudadano con el Gobierno y la Administración se mantengan idénticas en los medios electrónicos. Los trámites procedimentales, sin perjuicio de su simplificación general, constituyen para todos los ciudadanos garantías imprescindibles. El principio de legalidad también comprende el respeto a la privacidad, por lo que el uso de comunicaciones electrónicas comporta la sujeción de todas las Administraciones Públicas a la observancia de las normas en materia de protección de datos personales. 3. Principio de conservación: en virtud del cual se garantiza que las comunicaciones y documentos electrónicos se conservan en las mismas condiciones que por los medios tradicionales. 4. Principio de transparencia y accesibilidad: garantiza que la información de las Administraciones Públicas y el conocimiento de los servicios por medios electrónicos se haga en un lenguaje comprensible según el perfil del destinatario. 5. Principio de proporcionalidad: de modo que los requerimientos de seguridad sean adecuados a la naturaleza de la relación que se establezca con la Administración. 6. Principio de responsabilidad: de forma que la Administración y el Gobierno respondan por sus actos realizados por medios electrónicos de la misma manera que de los realizados por medios tradicionales. De acuerdo con dicho principio, las informaciones
  • 10. oficiales que se faciliten por medios electrónicos no pueden beneficiarse de una cláusula general de irresponsabilidad, ni incorporar una cláusula especial de esta naturaleza. En caso contrario, se dejará constancia con caracteres muy visibles y reiterados de que se trata de una página o portal electrónico no oficial y que no forma parte del sistema de Gobierno Electrónico. 7. Principio de adecuación tecnológica: las administraciones elegirán las tecnologías más adecuadas para satisfacer sus necesidades. Se recomienda el uso de estándares abiertos y de software libre en razón de la seguridad, sostenibilidad a largo plazo y para prevenir que el conocimiento público no sea privatizado. En ningún caso este principio supondrá limitación alguna al derecho de los ciudadanos a emplear la tecnología de su elección en el acceso a las Administraciones Públicas. Dentro de este principio se comprende el del uso de distintos medios electrónicos como son: el computador, la televisión digital terrestre, los mensajes SMS en teléfonos celulares, entre otros, sin perjuicio de la eventual imposición del empleo en determinados casos de aquellos medios concretos que se adecuen a la naturaleza del trámite o comunicación de que se trate. SERVICIOS DEL GOBIERNO EN LINEA EN VENEZUELA Principales Servicios del Gobierno Electrónico o en Línea en Venezuela 1. Servicios de Gobierno Electrónico o en linea:  Solicitud de Divisas: CADIVI (http://www.cadivi.gov.ve)
  • 11.  Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) http://www.seniat.gob.ve/portal/page/portal/PORTAL_SENIAT  Gobierno en Línea http://www.gobiernoenlinea.ve  Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) http://www.ivss.gov.ve  SAIME http://.saime.gob.ve  SAREN: Servicio autónomo de Registros y Notarias http://saren.gob.ve  Ministerio del Poder Popular para la Educación http://www.me.gob.ve  Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social http://www.mintra.gov.ve  Fondo de ahorro obligatorio para la vivienda http://faovel.banavih.gob.ve 2. Servicios de Democracia Electrónica  Creación del sistema de votación automatizado (www.cne.gob.ve ) 3. Planes y Proyectos Sociales (Portales):  Misión Ciencia http://www.misionciencia.gob.ve  Infocentros El portal Gobierno en Línea http:www.infocentro.gov.ve  Otras Misiones http://www.misionvenezuela.gov.ve 4. Redes y de cooperativas y PYMES (pequeña y mediana empresa) en el área tecnológica:  Red de Líderes de Gobierno Electrónico de América Latina y El Caribe (RedGEALC). http://www.redgealc.net/index.php  Red Nacional de Integración y Desarrollo de Software Libre (RINDE). https://www.rinde.gob.ve.
  • 12. Bases Legales del Gobierno Electrónico en Venezuela A partir de la Asamblea Constituyente en el año de 1999, el país tiene una nueva Carta Magna, denominada: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV en adelante) la cual consagra en su preámbulo lo siguiente:... refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural. Es desde ese momento que se comienza a dar impulso al desarrollo de normativas para instaurar las bases legales relacionadas con el área de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), esto con el objeto de apoyar la modernización del Estado y el desarrollo del gobierno electrónico, regulando e incentivando el impulso de la plataforma tecnológica nacional, la formación de funcionarios y ciudadanos en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), la adopción de lineamientos para el desarrollo de plataformas de servicios, productos, información e interacción entre el Estado, las instituciones, las organizaciones y los ciudadanos. La meta era establecer un marco legal dirigido a promover un medio propicio al desarrollo y aplicación de nuevas tecnologías, pero asegurando el cumplimiento de mandatos legales ya instituidos y de elementos de interés público como “la intimidad y privacidad de las comunicaciones, la autenticidad, el comercio electrónico, los derechos de propiedad intelectual, la protección de los datos personales, la prevención del delito electrónico, la protección del consumidor y la seguridad nacional, entre otros.” (Pagés, 2005).
  • 13. La creación de las bases legales no ha sido una tarea fácil, ya que se han tenido que crear o actualizar leyes, normas y regulaciones que equilibren aspectos confrontados, por ejemplo, derechos asociados a la libertad de la información, derechos asociados a la privacidad y a la protección de la información, con deberes asociados a la soberanía nacional. Toda legislación que se establezca debe responder a las necesidades propias de Venezuela, pero sin descuidar el marco legal internacional. De igual forma, es preciso desarrollar una normativa donde se involucren a diversos actores, como por ejemplo: el Estado y sus instituciones, empresas transnacionales, medianas, pequeñas, cooperativas e iniciativas individuales, los ciudadanos y comunidades con fácil acceso a las TIC. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ( CRBV): publicada en Gaceta Oficial Nº 36.860 de fecha 30 de diciembre de 1999 establece: Artículo 110. “El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país”. Articulo 141 “La administración pública está al servicio de los ciudadanos (as), y se fundamentan en los principio de la honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública…” Articulo 143 “los ciudadanos(as) tienen derecho a ser informados oportuna y verazmente por la administración
  • 14. pública sobre el estado de las actuaciones que estén directamente interesados(as) y a conocer resoluciones definitivas que se adopten sobre el particular…” Articulo 145 “Los funcionarios y funcionarias públicas están al servicio del estado y no de parcialidad alguna. Su nombramiento o remoción no podrán estar determinados por la afiliación y orientación política. Quien esté al servicio de los municipios de los estados, de la Republica y demás personas jurídicas de derecho público o de derecho privados estatales…” La Ley de Simplificación de Trámites: publicada Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 5.393 de fecha 22 de octubre de 1999, mediante Decreto Nº 6.265, reza lo siguiente: Artículo 11. “Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, en virtud del principio de cooperación que debe imperar en sus relaciones interorgánicas y con las demás ramas del Poder Público, deberán implementar bases de datos automatizadas de fácil acceso y no podrán exigir la presentación de copias certificadas o fotocopias de documentos que la Administración Pública Nacional tenga en su poder, o de los que tenga la posibilidad legal de acceder”. Decreto N° 825 de fecha 10 de mayo de 2000, el Estado establece el uso del Internet con carácter obligatorio en las instancias gubernamentales, además de representar un medio para el acceso y difusión de ideas y nuevos
  • 15. conocimientos, así como proveedor de servicios de diversa índole a los ciudadanos/as en forma más eficiente. Decreto con fuerza de ley Nº 1.204 de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.148 de fecha 28 de febrero de 2001, establece: Artículo 1.- El presente Decreto-Ley tiene por objeto otorgar y reconocer Artículo 1. El presente Decreto-Ley tiene por objeto otorgar y reconocer eficacia y valor jurídico a la Firma Electrónica, al Mensaje de Datos y a toda información inteligible en formato electrónico, independientemente de su soporte material, atribuible a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, así como regular todo lo relativo a los Proveedores de Servicios de Certificación y los Certificados Electrónicos. Decreto Nº 2.479 del 27 de junio de 2003. Establece la creación de la Comisión Presidencial para la conformación de la red del Estado, con la finalidad de facilitar la comunicación e interacción de los órganos y entes de la Administración Pública. Decreto Nº 3.390. Gaceta Oficial Nº 38.095 de fecha 28 de diciembre de 2004, establece: Artículo 1º:”La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos”.
  • 16. Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.242 de fecha 03 de Agosto del 2005, indica: Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar los principios orientadores que en materia de ciencia, tecnología e innovación y sus aplicaciones, establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, organizar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definir los lineamientos que orientarán las políticas y estrategias para la actividad científica, tecnológica, de innovación y sus aplicaciones, con la implantación de mecanismos institucionales y operativos para la promoción, estímulo y fomento de la investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica, a fin de fomentar la capacidad para la generación, uso y circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo nacional. La Ley Orgánica de la Administración Pública , publicada en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 5.890 Extraordinario del 15 de julio de 2008, indica: Art. 10: Principios que rigen la actividad de la Administración Pública. “La actividad de la Administración Pública se desarrollará con base en los principios de economía, celeridad, simplicidad, rendición de cuentas,
  • 17. eficacia, eficiencia… La simplificación de los trámites administrativos, así como la supresión de los que fueren innecesarios será tarea permanente de los órganos y entes de la Administración Pública, de conformidad con los principios y normas que establezca la ley correspondiente”. Art. 11: Mecanismos tecnológicos. “Los órganos y entes de la Administración Pública deberán utilizar las tecnologías que desarrolle la ciencia, tales como los medios electrónicos o informáticos y telemáticos, para su organización, funcionamiento y relación con las personas. Cada órgano y ente de la Administración Pública deberá establecer y mantener una página en Internet, que contendrá entre otra, la información que se considere relevante, los datos correspondientes a su misión, organización, procedimiento, normativa que lo regula, servicios que presta, documentos de interés para las personas, ubicación de sus dependencias e información de contactos. “ Ley Especial Contra los Delitos Informáticos: publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.313 de fecha 30 de octubre de 2010, establece: Artículo 1: “La presente Ley tiene por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualesquiera de sus componentes, o de los delitos cometidos mediante el uso de dichas tecnologías, en los términos previstos en esta Ley”
  • 18. Concepto de Gobierno Electrónico a los efectos de la Carta Iberoamericana se entienden las expresiones de “Gobierno Electrónico” y de “Administración Electrónica” como sinónimas, ambas consideradas como el uso de las TIC en los órganos de la Administración para mejorar la información y los servicios ofrecidos a los ciudadanos, orientar la eficacia y eficiencia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos. Todo ello, sin perjuicio de las denominaciones establecidas en las legislaciones nacionales. Por otra parte cabe mencionar que Venezuela en el año 2007, firmó la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico, como un compromiso continental para promover las iniciativas, estrategias y desarrollo del Gobierno Electrónico a fin de "reducir la brecha digital y convertir la Sociedad de la información y el Conocimiento en una oportunidad para todos". Los objetivos de la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico persiguen: 1. Determinar las bases conceptuales y los componentes que constituyen el Gobierno Electrónico para Iberoamérica. 2. Definir los contenidos del derecho de los ciudadanos a relacionarse de forma electrónica con sus Gobiernos y Administraciones Públicas. 3. Conformar un marco genérico de principios rectores, políticas y mecanismos de gestión llamado a constituir un lenguaje común sobre el Gobierno Electrónico en los países de la comunidad iberoamericana. 4. Servir como orientación para el diseño, regulación, implantación, desarrollo, mejora y consolidación de modelos nacionales de Gobierno Electrónico en la gestión pública.
  • 19. Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico tomando en consideración los objetivos anteriormente indicados, se orientan a múltiples fines que son: 1. Aproximar los Gobiernos y sus respectivas Administraciones a los ciudadanos al facilitar la comunicación y relación con los mismos por medios electrónicos. 2. Incrementar la calidad de los servicios y productos públicos que el Estado tiene que suministrar a los ciudadanos al mejorar la eficiencia, la eficacia y una mayor transparencia de la gestión pública, aprovechando la utilización de las TIC en el Gobierno y en la Administración Pública. 3. Contribuir a que los países iberoamericanos accedan en plenitud a la sociedad de la información y del conocimiento mediante el impulso que, para la misma, supone el efectivo establecimiento del Gobierno Electrónico. 4. Coadyuvar en la consolidación de la gobernabilidad democrática, mediante la legitimación efectiva de los Gobiernos y sus Administraciones que comporta el potencial democratizador del Gobierno Electrónico. 5. Optimizar, con ocasión de la implantación del Gobierno Electrónico, los modos de organización y de funcionamiento de los Gobiernos y sus Administraciones, simplificando trámites y procedimientos. 6. Fomentar el uso de los medios electrónicos en los demás ámbitos de la sociedad a través de la percepción de la utilidad que presentan en la Administración Pública. 7. Sensibilizar a las Administraciones para que ofrezcan sus servicios y se interconecten con la ciudadanía a través de estrategias de múltiples canales de acceso.
  • 20. 8. Desarrollar en la implementación del Gobierno Electrónico, acciones que apunten a generar información de alto valor para que redunden en conocimiento social, con el objetivo de aumentar la competitividad y mejorar el posicionamiento de cada comunidad en el concierto global. CONCLUSION Gobierno en Línea es que la red que nos integra, además es un espacio construido en colectivo con el objeto de incentivar la participación ciudadana, además tiene como esencia informar sobre los diferentes servicios y trámites en línea, también presenta el resumen diario de noticias y contiene el Directorio Nacional de la Administración Pública. Gobierno en Línea es el conjunto de herramientas técnicas, normativas y política pública que promueven la construcción de un Estado más eficiente, transparente y participativo, y a su vez, busca prestar un mejor
  • 21. servicio con la colaboración de toda la sociedad mediante el aprovechamiento de la tecnología. Por otra parte, podemos indicar que el Gobierno en Línea busca impulsar la mejorar de las políticas públicas y optimizar el servicio al ciudadano a través de las TIC, además de empoderar a la ciudadanía para impulsar la participación ciudadana y protagónica. Finalmente, podemos concluir que el Portal Gobierno, tiene como finalidad servir de puerta para todas las páginas web de los órganos y entes de la Administración Pública. Además, de brindar información de Venezuela, legislación vigente, de trámites ante organismos públicos, información de acciones gubernamentales, directorio del Estado, estadísticas, sección de noticias, análisis de prensa, concientización ciudadana entre otros. BIBLIOGRAFIA Carta Magna de La Republica Bolivariana de Venezuela, (1999) Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico (2007) Cardona, D (2009) Según, Flores, P (2011) Reylli, k (2002) La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (2008) Ley Orgánica de la Administración Publica
  • 22. Ley de Simplificación de tramites