El documento proporciona información sobre la IX Calzaferia Internacional de El Porvenir-Trujillo 2011, incluyendo su historia, detalles sobre la industria del calzado en la región y los aspectos tributarios y laborales para la formalización de las micro y pequeñas empresas (MYPES) del calzado.
61. MICRO EMPRESA Ley 28015 D.S 007-08-TR Características 1 a 10 trabajadores. Ventas anuales hasta 150 UIT (S/. 540,000) 1 a 10 trabajadores. Ventas anuales hasta 150 UIT (S/. 540,000) Seguridad social salud Trab. y conductores asegurados regulares ESSALUD Trabajadores y conductores asegurados SIS. (50% Estado, SEMICONTRIBUTIVO) Pensiones Trab. y conductores asegurados facultativos Trabajadores y conductores asegurados SNP, AFP. Asignación familiar, Gratificaciones , CTS, Utilidades. NO APLICA NO APLICA Jornada Laboral y descanso semanal 8 ó 48 horas a la semana como máximo. 24 horas de descanso semanal. 8 ó 48 horas a la semana como máximo. 24 horas de descanso semanal. RMV Sí SI ….pero puede ser menor CNT (No aplicable aun) Indemnización despido ½ sueldo/año. Tope 6 remuneraciones 10 remuneraciones diarias/año. Tope 90 remuneraciones diarias Vacaciones 15 días por cada año 15 días por cada año Horario nocturno No sobretasa 35% No sobretasa 35% si es habitual (panadería) si no, si abona 35% sobretasa Feriados y HH. Extras Régimen general Régimen general
62. Pequeña EMPRESA Ley 28015 D.S No. 007-08-TR Características 1 a 50 trabajadores. Ventas anuales hasta 850 UIT (S/3,060,000) 1 a 100 trabajadores. Ventas anuales hasta 1700 UIT (6,120,000) Indemnización despido Régimen general (1.5 Sueldo/año. Tope 12 remuneraciones 20 Remuneraciones Diarias/año. Tope 120 remuneraciones diarias CTS Régimen general ½ sueldo/año Vacaciones Régimen general 15 días/año Gratificaciones Régimen general 1/2 sueldo/julio y dic. Seguridad social salud y SCTR Régimen general Régimen general Pensiones Régimen general Régimen general (ONP – AFP) RMV, DSO, feriados, horas extras, seguro vida, utilidades Régimen general Régimen general, salvo pago sobretasa 35% trabajo nocturno en labores no habituales Jornada 8 horas o 48 semanales como máximo 8 horas o 48 semanales como máximo Derechos Colectivos Régimen General Régimen general