1. Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA
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EVALUACION
1. Complete.
La definición Legal del Municipio en Colombia está definida en ARTICULO 1º DE LA LEY
136 DE 1994 ASI: El municipio es la entidad territorial fundamental de la división político
administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa dentro de los límites
que lo señalen la Constitución y la ley y cuya finalidad es el bienestar general y el mejoramiento
de la calidad de vida de la población en su respectivo territorio y sus elementos básicos son:
de acuerdo con la definición: Ser una Entidad Territorial; Tener autonomía política, fiscal y
administrativa dentro de los límites de la Constitución y la Ley; su finalidad es el bienestar
general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en su territorio, coméntelos. Al
ser reconocida como Entidad territorial se le define una porción del territorio Colombiano
específica e individual para generar el bienestar de los habitantes de ese territorio; la autonomía
política, fiscal y administrativa, posibilita tener autoridades propias, recursos propios y
organización propia, claro con apego al orden jurídico colombiano.
2. Responda.
Haga una presentación de Cinco Competencias sectoriales del Municipio y Distrito en
Colombia-
SECTOR: DEPORTE Y RECREACION
NORMATIVIDAD: LEY 181 DE 1995 , LEY 715 DE 2001
COMPETENCIA DEL MUNICIPIO.
Ley 181: - Proponer el plan local del deporte, recreación y el aprovechamiento del tiempo libre
efectuando su seguimiento y evaluación con la participación comunitaria que establece esta ley.
- Programar la distribución de recursos en sus respectivos territorios.
- Proponer los planes y proyectos que deban incluirse en el Plan Sectorial Nacional
- Estimular la participación comunitaria y la integración funcional en los términos de la C.P y
esta Ley y las demás normas que lo regulan
- Planear y desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la práctica del deporte, la
recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física en su territorio.
- Cooperar con otros entes deportivos públicos y privados para el cumplimiento de los objetivos
previstos en la Ley,
- Velar por el cumplimiento de las normas urbanísticas sobre reserva de áreas en las nuevas
urbanizaciones, para la construcción de escenarios para el deporte y la recreación.
Los municipios tendrán a su cargo la construcción, administración, mantenimiento y adecuación
de los respectivos escenarios deportivos. El Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, dará
la asistencia técnica correspondiente.
Ley 715 Artículo 75.- Planear y desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la
práctica del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física en
su territorio.
- Construir, administrar, mantener y adecuar los respectivos escenarios deportivos.
- Cooperar con otros entes deportivos públicos y privados para el cumplimiento de los objetivos
previstos en la ley.
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SECTOR: CULTURA
NORMATIVIDAD: Ley 397 de 1997, Ley 715 de 2001
COMPETENCIA DEL MUNICIPIO.
Ley 397. A las entidades territoriales, con base en los principios de descentralización,
autonomía y participación, les corresponde la declaratoria y el manejo del patrimonio cultural y
de los bienes de interés cultural del ámbito municipal, distrital, departamental, a través de las
alcaldías municipales y las Gobernaciones respectivas, y de los territorios indígenas, previo
concepto de los centros filiales del Consejo de Monumentos Nacionales allí donde existan, o en
su defecto por la entidad delegada por el Ministerio de Cultura
Ley 715: Fomentar el acceso, la innovación, la creación y la producción artística y cultural en el
municipio.
- Apoyar y fortalecer los procesos de información, investigación, comunicación y formación y las
expresiones multiculturales del municipio.
- Apoyar la construcción, dotación, sostenimiento y mantenimiento de la infraestructura cultural
del municipio y su apropiación creativa por parte de las comunidades; y proteger el patrimonio
cultural en sus distintas expresiones y su adecuada incorporación al crecimiento económico y a
los procesos de construcción ciudadana.
- Apoyar el desarrollo de las redes de información cultural y bienes, servicios e instituciones
culturales (museos, bibliotecas, archivos, bandas, orquestas, etc.), así como otras iniciativas de
organización del sector cultural.
- Formular, orientar y ejecutar los planes, programas, proyectos y eventos municipales teniendo
como referencia el Plan Decenal de Cultura.
- Los Consejos departamentales, distritales y municipales de cultura son las instancias de
concertación entre el Estado y la sociedad civil encargadas de liderar y asesorar a los gobiernos
departamentales,
distritales y municipales y de los territorios indígenas en la formulación y ejecución de las
políticas y la planificación de los procesos culturales.
SECTOR: PROMOCION DEL DESARROLLO
NORMATIVIDAD: Ley 715 de 2001
COMPETENCIA DEL MUNICIPIO.
Ley 715.Promover asociaciones y concertar alianzas estratégicas para apoyar el desarrollo
empresarial e industrial del municipio y en general las actividades generadoras de empleo.
- Promover la capacitación, apropiación tecnológica avanzada y asesoría empresarial.
SECTOR: TURISMO
NORMATIVIDAD: Ley 300 de 1996
COMPETENCIA DEL MUNICIPIO.
Ley 300.-Elaboración del plan sectorial de desarrollo turístico
- Determinar, por parte de los Concejos Distritales o Municipales, las Zonas de Desarrollo
Turístico Prioritario
- Establecer, por parte de los Concejos Distritales o Municipales, exenciones sobre los tributos
de su competencia en las zonas de desarrollo turístico prioritario
- Establecer un peaje turístico, para lo cual se autoriza a los Concejos Municipales de los
municipios con menos de cien mil habitantes, que posean gran valor histórico, artístico y cultural
- Clausurar los establecimientos que presten servicios turísticos sin la inscripción en el Registro
Nacional de Turismo
SECTOR: JUVENTUD
NORMATIVIDAD: Ley 395 de 1997
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COMPETENCIA DEL MUNICIPIO.
Ley 375. Los municipios y distrito son ejecutores principales de la política de juventud en su
respectiva
jurisdicción. Tienen competencia para formular planes y programas de inversión que permitan la
ejecución de las políticas. Apoyarán el funcionamiento de los Consejos Municipales y Distritales
de Juventud y promoverán la participación de los jóvenes en su territorio.
3. Precise.
Que regímenes Jurídicos debo aplicar para desarrollar las siguientes actividades en el
Municipio y Distrito Colombiano.
- La preparación del Plan de Desarrollo. Régimen de Planeación regulado por el Titulo
XII, capitulo 2 artículos 339 a 344 de la Constitución desarrollado por la Ley Orgánica de
Planeación 152 de 1994 y Decretos………
- Modificación presupuestal. Régimen de Presupuesto regulado por el Titulo XII,
capitulo 3 artículos 345 a 355 de la Constitución desarrollado por la Leyes Orgánicas de
Presupuesto 138/89, 179/94/225/2005 (Compiladas en el Decreto 111 de 1996) y
Decretos………
- Retiro de un Funcionario. Régimen del Personal a su cargo regulado por el Titulo V,
capitulo 2 artículos 112 a 130 de la Constitución desarrollado por la Ley 909 de 2004 y
Decretos………
- Realización de un Referendo. Régimen de las instituciones y mecanismos de
participación ciudadana a nivel municipal. Ley Estatutaria 134 de 1994 y Decretos………
- Definición de tarifas del Impuesto predial. Régimen de los tributos propios de los
Municipios, regulado por el Titulo XII, capitulo 3 artículos 313 numeral 7, de la
Constitución, Ley 44 /90 y Decretos………
4. Desarrolle
Describa el procedimiento para crear un Municipio mediante participación ciudadana. Según la
Ley 134 de 1994 el procedimiento general es:
- Escogencia de promotores o Voceros
- Aprobarse por la asamblea de los ciudadanos participantes de la Iniciativa
- Inscribir los promotores o Voceros en la Registraduría
- Solicitar a la Registraduría los formularios para el registro de las firmas requeridas
- Presentar a la Registraduría las firmas para su validación y definición del calendario
electoral
- Desarrollo de las elecciones
- Si el resultado es la ganancia del si la Asamblea aprobara la ordenanza de Creación.
5. Falso o Verdadero.
a, (f) El Concejo determina el procedimiento para categorizar al Municipio
b, ( v ) La categoría define el salario del Personero
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c, ( f ) Un Municipio con 22.300 habitantes e Ingresos Corrientes de Libre destinación por
1.150.000.000 (497000 salario mínimo legal) y Gastos de Funcionamiento del 65% debe
categorizarse en cuarta categoría.
a. Por población: Cuarta Categoría
b. Por recursos: Quinta
c. Limite del Gasto de Funcionamiento 80%
Entonces al comparar a y b y no ser iguales se elimina a y entonces ya falsa la categoría
definida en la prueba, porque adicionalmente no sufre alteración porque cumple con el límite de
gastos de funcionamiento
Como les fue? BIEN ( ) ACEPTABLE( ) REGULAR ( ) MAL ( ) PESIMO ( )
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