4. NORMATIVIDAD AMBIENTAL
1. INTRODUCCION
2. OBJETIVOS
3. CONTENIDO
• CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA
• LEY 99 DE 1993
• DECRETO 2811 DE 1994
4. CONCLUSIONES
5. WEBGRAFIA
5. INTRODUCCION
• GARANTIZAR LA INTEGRIDAD DEL MEDIO
AMBIENTE, TENER CONCIENCIA DEL USO
SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES Y
LA PROTECCION AMBIENTAL DE LAS ZONAS
URBANAS Y RURALES, COMIENZA CON EL
CONOCIMIENTO DE LAS NORMAS, LEYES Y
DECRETOS QUE RIGEN EL ACCIONAR DE LA
CIUDADANIA SOBRE EL MEDIO AMBIENTE
6. OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Conocer la normatividad ambiental que se rige
en la Republica de Colombia.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Identificar las normas ambientales incluidas en
la Constitución Política de Colombia.
Comprender las nomas ambientales emitidas
mediante leyes y decretos
8. MAPA CONCEPTUAL POLITICA Y LEGISLACION
AMBIENTAL EN COLOMBIA
http://ambientsostenible.blogspot.com/p/politica-y-legislacion-ambiental.html
9. CONSTITUCION POLITICA DE
COLOMBIA
La Constitución Política de Colombia con
sus 380 artículos cuenta con más de 35
de ellos que de forma directa hablan del
medio ambiente y los recursos naturales
10. La Constitución Política de Colombia de 1991 elevó a norma
constitucional la consideración, manejo y conservación de los
recursos naturales y el medio ambiente, a través de los
siguientes principios fundamentales:
• Derecho a un ambiente sano
• El medio ambiente como patrimonio común
• Desarrollo Sostenible
11. CONSTITUCION POLITICA DE
COLOMBIA
ART.
TEMA
CONTENIDO
7
DIVERSIDAD ETNICA Y
CULTURAL DE LA NACION
Pluralidad étnica y cultural
de la nación
8
RIQUEZAS CULTURALES Y
NATURALES DE LA NACION
Obligación del estado y los
ciudadanos de conservar los
recursos naturales
49
ATENCION DE LA SALUD Y
SANEAMIENTO AMBIENTAL
Consagra como servicio
publico la atención de la
salud y el saneamiento
ambiental
58
FUNCION ECOLOGICA DE LA La propiedad es una
PROPIEDAD PRIVADA
función social que implica
obligaciones
12. CONSTITUCION POLITICA DE
COLOMBIA
ART
TEMA
CONTENIDO
63
Bienes de servicio
publico
Son inalienables,
imprescriptibles e
inembargables
79
Ambiente sano
Todas las personas
deben gozar de un
ambiente sano
80
Planificación del manejo Deber del estado
y aprovechamiento de
garantizar su desarrollo
los recursos naturales
sostenible, su
conservación,
restauración o
sustitución
88
Acciones populares
Para la protección y
derechos colectivos del
medio ambiente
13. CONSTITUCION POLITICA DE
COLOMBIA
ART
TEMA
CONTENIDO
95
Protección de los
recursos naturales y
culturales del país
Es deber de las
personas, la protección
de los recursos
naturales de la nación
330
Administración de los
territorios indígenas
Establece la
administración
autónoma de los
recursos indígenas
14. PRINCIPIOS GENERALES
AMBIENTALES, ARTÍCULO 1 DE LA LEY 99
DE 1993
Se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se
reordena el Sector Público encargado de la
gestión y conservación del medio ambiente y
los recursos naturales renovables, se organiza
el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan
otras disposiciones.
15. PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES,
ARTÍCULO 1 DE LA LEY 99 DE 1993
• El proceso de desarrollo económico y social
del país se orientará según los principios
universales y del desarrollo sostenible
contenidos en la Declaración de Río de
Janeiro de junio de 1992 sobre Medio
Ambiente y Desarrollo.
16. PRINCIPIOS GENERALES
AMBIENTALES, ARTÍCULO 1 DE LA LEY 99
DE 1993
La biodiversidad del país, por ser patrimonio
nacional y de interés de la humanidad, deberá
ser protegida prioritariamente y aprovechada
en forma sostenible.
Las políticas de población tendrán en cuenta el
derecho de los seres humanos a una vida
saludable y productiva en armonía con la
naturaleza.
17. PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES,
ARTÍCULO 1 DE LA LEY 99 DE 1993
Las zonas de páramos, subpáramos, los
nacimientos de agua y las zonas de recarga de
acuíferos serán objeto de protección especial.
En la utilización de los recursos hídricos, el
consumo humano tendrá prioridad sobre
cualquier otro uso.
18. PRINCIPIOS GENERALES
AMBIENTALES, ARTÍCULO 1 DE LA LEY 99
DE 1993
El paisaje por ser patrimonio común deberá ser
protegido.
La acción para la protección y recuperación
ambientales del país es una tarea conjunta y
coordinada entre el Estado, la comunidad, las
organizaciones no gubernamentales y el sector
privado. El Estado apoyará e incentivará la
conformación de organismos no gubernamentales
para la protección ambiental y podrá delegar en
ellos algunas de sus funciones.
19. PRINCIPIOS GENERALES
AMBIENTALES, ARTÍCULO 1 DE LA LEY 99
DE 1993
Para el manejo ambiental del país, se establece
un Sistema Nacional Ambiental, SINA, cuyos
componentes y su interrelación definen los
mecanismos de actuación del Estado y la
sociedad civil .
20. LEY 99 DE 1993 Del Sistema Nacional Ambiental
Son funciones de los Departamentos
Promover y ejecutar programas y políticas
nacionales, regionales y sectoriales en relación
con el medio ambiente y los recursos naturales
renovables.
21. LEY 99 DE 1993 Del Sistema Nacional Ambiental
Son funciones de los Departamentos
• Dar apoyo presupuestal, técnico, financiero y
administrativo
a
las
Corporaciones
Autónomas Regionales (CAR), a los
municipios, y a las demás entidades
territoriales que se creen en el ámbito
departamental, en la ejecución de programas
y proyectos y en las tareas necesarias para la
conservación del medio ambiente y los
recursos naturales renovables.
22. LEY 99 DE 1993 Del Sistema Nacional Ambiental
Son funciones de los Municipios
Dictar con sujeción a las disposiciones legales
reglamentarias
superiores,
las
normas
necesarias para el control, la preservación del
patrimonio ecológico del municipio.
23. LEY 99 DE 1993 Del Sistema Nacional Ambiental
Son funciones de los Municipios
• Ejercer a través del alcalde como primera
autoridad de policía, con el apoyo de la policía
nacional y en coordinación con las demás
entidades del Sistema Nacional Ambiental
(SINA) con sujeción a la distribución legal de
competencias, funciones de control y vigilancia
del medio ambiente y los recursos naturales
renovables, con el fin de velar por el
cumplimiento de los deberes del Estado y de los
particulares en materia ambiental y de proteger
el derecho constitucional a un ambiente sano.
24. LEY 99 DE 1993 Del Sistema Nacional Ambiental
Son funciones de los Municipios
• Ejecutar
obras
o
proyectos
de
descontaminación de corrientes o depósitos
de aguas afectadas por vertimientos del
municipio, así como programas de
disposición, eliminación y reciclaje de
residuos líquidos y sólidos y el control a las
emisiones contaminantes del aire.
25. DECRETO 2811 DE 1974
CÓDIGO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES
RENOVABLES Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE.
• Lograr la preservación y restauración del
ambiente y la conservación, mejoramiento y
utilización racional de los recursos naturales
renovables, según criterios de equidad que
aseguran el desarrollo armónico del hombre
y de dichos recursos, la disponibilidad
permanente de éstos, y la máxima
participación social para beneficio de la salud
y el bienestar de los presentes y futuros
habitantes del territorio Nacional
26. DECRETO 2811 DE 1974
CÓDIGO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES
RENOVABLES Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE.
• Prevenir y controlar los efectos nocivos de la
explotación de los recursos naturales no
renovables sobre los demás recursos.
• Regular la conducta humana, individual o
colectiva y la actividad de la Administración
Pública, respecto del ambiente y de los recursos
naturales renovables y las relaciones que surgen
del aprovechamiento y conservación de tales
recursos y del ambiente.
27. CONCLUSIONES
Es función del estado Colombiano
reglamentar la normatividad ambiental con
el fin de preservar y asegurar el futuro de los
recursos naturales y crear un ambiente
sostenible para el mismo.
La ley 99 de 1993, faculta a los entes
territoriales, departamentales y municipales
para dar garantía de cumplimento y
conservación de los recursos naturales.